Beneficios
Las personas trabajadoras del hogar tienen derecho a los cinco seguros que la Ley del Seguro Social prevé, sin restricciones ni tiempos de espera:
- Enfermedades y Maternidad
Atención médica, farmacéutica y hospitalaria, sin restricciones para la persona trabajadora del hogar y sus beneficiarios
Pago de incapacidades por enfermedad general - Riesgos de Trabajo
Atención médica, farmacéutica y hospitalaria, sin restricciones
Incapacidad por accidente de trabajo y enfermedad de trabajo - Invalidez y Vida
Pensión de invalidez para el asegurado
Pensión para los beneficiarios en caso de muerte del asegurado - Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
Ahorro para el retiro (en su caso, pensión) - Guarderías y Prestaciones Sociales
Estancias infantiles para el cuidado de menores
Actividades de esparcimiento (deportivas y culturales)
Beneficiarios
Los beneficiarios legales de la persona trabajadora del hogar son:
- Cónyuge o concubina(o).
- Hijos(as): menores de 16 años o hasta los 25 años si continúan estudiando en el Sistema Educativo Nacional o cuentan con un Dictamen de Incapacidad Física o Psíquica del IMSS.
- Padres: si viven en el mismo domicilio y dependen económicamente del asegurado.