Consulta de trámites

Homoclave IMSS-01-004-A. Modalidad A. Hijo menor y hasta 16 años.

Posterior al fallecimiento de un asegurado o pensionado ante el IMSS, el representante legal de los hijos menores de edad de hasta 16 años, puede solicitar la pensión de orfandad.

Homoclave IMSS-01-004-B. Modalidad B. Hijo mayor de 16 y hasta 25 años estudiante

¿Eres hijo (a) de un asegurado o pensionado ante el IMSS y falleció? ¿Tienes entre 16 y 25 años de edad y estudias en planteles del Sistema Educativo Nacional?

Puedes solicitar pensión de orfandad, directamente si eres mayor de edad. Si eres menor de edad, la solicitud debe realizarla tu representante legal.

Homoclave IMSS-01-004-C. Modalidad C. Hijo mayor de 16 años incapacitado

Derivado del fallecimiento del asegurado o pensionado ante el IMSS, los hijos mayores de 16 años que tengan dictaminada incapacidad total debido a una enfermedad crónica o a una discapacidad por deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, que le impida mantenerse por su propio trabajo, podrán solicitar pensión de orfandad, directamente o a través de su representante legal, según sea el caso.
La pensión será otorgada en tanto no desaparezca la incapacidad que padece.