Introducción
Con la publicación del Decreto y las Reglas de Incorporación para las personas trabajadoras de plataformas, se busca formalizar y proteger los derechos laborales y de seguridad social de este creciente sector sin perder la flexibilidad laboral. El objetivo de este micrositio es proveer información clara y accesible tanto para las empresas de plataformas digitales como para sus trabajadores, facilitando el cumplimiento de las nuevas obligaciones y el acceso a los beneficios correspondientes.
Fechas Clave de Entrada en Vigor del Marco Normativo
La implementación de este nuevo marco normativo se realiza en fases, lo que requiere atención a las fechas específicas de entrada en vigor de cada disposición.
- Decreto LFT: El Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de Plataformas Digitales, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2024. Este decreto entrará en vigor 180 días después de su publicación.1
- Reglas de la Prueba Piloto del IMSS: Las Reglas de Carácter General de la Prueba Piloto para la Incorporación de las Personas Trabajadoras de Plataformas Digitales al Régimen Obligatorio del Seguro Social, emitidas por el Consejo Técnico del IMSS, entrarán en vigor el 1 de julio de 2025.1
Sección 1: Para las Empresas de Plataformas Digitales
Esta sección está dedicada a las empresas que operan plataformas digitales, proporcionando la información esencial sobre el marco normativo, los beneficios de la formalización, los requisitos para la incorporación y las obligaciones específicas que deben cumplir.
1.1 Prueba piloto
Se implementa una "prueba piloto" para la incorporación al IMSS, tal como lo establecen el Artículo Segundo Transitorio del Decreto de la LFT y las Reglas del IMSS la cual inicia el 1º de julio de 2025. El Artículo Tercero Transitorio del Decreto de la LFT especifica que el IMSS contará con 180 días naturales, contados a partir de la publicación de las reglas de carácter general, para preparar iniciativas que definirán con mayor detalle los aspectos relativos al cumplimiento de estas obligaciones, considerando los resultados de la prueba piloto. Esto significa que las regulaciones actuales no son la versión final y definitiva del esquema de aseguramiento. La naturaleza innovadora y compleja del trabajo en plataformas digitales requiere un período de experimentación y ajuste regulatorio.
1.2 Beneficios de la Incorporación a la Seguridad Social para Empresas
La incorporación de los trabajadores de plataformas digitales al régimen de seguridad social no es solo una obligación legal, sino también una estrategia fundamental para las empresas del sector.
- Cumplimiento Normativo y Reducción de Riesgos Legales: Al incorporar a sus trabajadores al régimen de seguridad social, las empresas cumplen con las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social.
- Esquema que contempla la flexibilidad laboral del sector: Las reglas publicadas consideran flexibilidad que tienen las personas para realizar actividades vinculadas a una plataforma digital.
1.3 Requisitos para Empresas de Plataformas Digitales
Para cumplir con las nuevas disposiciones, las empresas de plataformas digitales deben atender a una serie de requisitos específicos para su afiliación y la de sus trabajadores ante el IMSS.
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Registro ante el IMSS y Obtención del Registro Patronal (NRP): Las empresas de plataformas digitales deben darse de alta ante el IMSS y obtener su Número de Registro Patronal (NRP) a través del Escritorio Virtual. Las propias empresas pueden optar por un registro patronal a nivel nacional o un registro patronal por cada Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada (OOAD) del IMSS, eligiendo la Subdelegación de control correspondiente a dicho órgano.
Avisar al Instituto, que el registro patronal creado, a partir del 24 de junio de 2025, es para un patrón de plataformas digitales y se regirá con las Reglas de carácter general de las prueba piloto para las incorporación de las personas trabajadoras de plataformas digitales del seguro social.
Enviar un correo electrónico a la dirección: altarpplataforma@imss.gob.mx anexando la “Tarjeta de Identificación Patronal”
- Clasificación de Clase y Prima de Riesgo de Trabajo: Es indispensable establecer la clase y prima que corresponda a la actividad desempeñada por las personas trabajadoras de plataformas digitales. Para las plataformas cuya actividad principal sea el transporte y las comunicaciones, se asociará a la división económica 7, fracciones 711 ("Transporte de Pasajeros") y 755 ("Servicios con transporte de agencias de gestión aduanal, de mensajería y paquetería, de equipajes, viajes, turísticas y otras actividades relacionadas con los transportes en general"), con Clase IV. Si la plataforma digital pertenece a una división económica distinta, deberá autoclasificarse conforme a la normativa aplicable.1
- Habilitación del Buzón IMSS: Los patrones de plataformas digitales deben habilitar el Buzón IMSS conforme a lo señalado en la Ley del Seguro Social. Este buzón es un sistema digital que facilita la comunicación y el cumplimiento de las obligaciones de seguridad social entre el IMSS y los empleadores.
- Inscripción Inicial de Trabajadores: Las empresas tienen la obligación de inscribir ante el IMSS a las personas susceptibles de prestar sus servicios a través de sus plataformas desde el momento de su inicio en la plataforma, con al menos un salario mínimo general diario de la Ciudad de México.
Posteriormente, se requiere un ajuste mensual del SBC dentro de los primeros cinco días naturales del mes inmediato posterior al de aseguramiento.
1.4 Preguntas Frecuentes para Empresas de Plataformas Digitales
A continuación, se abordan algunas de las preguntas más comunes que las empresas de plataformas digitales pueden tener respecto a sus obligaciones y procedimientos.
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¿Qué fechas deben tenerse en mente para el cumplimiento?
- Inscripción de trabajadores: Cualquier momento del mes, en cuanto inicie efectivamente la actividad con la empresa.
- Baja extraordinaria: Sólo por solicitud del propio trabajador o fallecimiento, en cualquier momento del mes.
- Ajuste salarial: En los primeros 5 días naturales calendario del mes inmediatamente posterior al de aseguramiento, los patrones de las personas trabajadoras de plataformas digitales presentarán al IMSS la información de ajuste salarial para cada trabajador en plataforma, a través del IMSS desde su Empresa (IDSE).
- Notificación a quienes no alcanzaron los requisitos mínimos para ser considerados Personas Trabajadoras de Plataformas Digitales: En los primeros 5 días naturales calendario del mes inmediatamente posterior al de aseguramiento, la empresa deberá notificar tanto al trabajador como al IMSS a través del movimiento de cancelación de inscripción.
- Propuesta de Pago del IMSS: Con base en la información presentada por el patrón, el IMSS expedirá una propuesta de pago de cuotas obrero patronales, a más tardar el día 10 del mismo mes. En caso de no recibir la información, el IMSS elaborará la propuesta de pago con base en sus registros administrativos.
- Plazo de Pago: El patrón de las personas trabajadoras de plataformas digitales deberá cubrir las cuotas obrero patronales a periodo vencido, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al de aseguramiento.
- ¿Cuáles son los procedimientos para los movimientos afiliatorios (altas, bajas, modificaciones de salario)? Consultar la “01. Guía para integrar movimientos afiliatorios” disponible en este portal.
Soy trabajador de plataformas digitales
Derivado de las Reglas publicadas el 24 junio en el Diario Oficial de la Federación, el 1 de julio de 2025 inicia la operación de la Prueba Piloto para la inscripción en el IMSS de las personas trabajadoras de plataformas digitales, a partir de esta fecha, las empresas de plataformas digitales deberán incorporar al régimen obligatorio del Seguro Social, a las personas trabajadoras de dichas plataformas, como choferes y repartidores, es decir, a aquellas personas que como tú, prestan servicios en favor de terceros a través de una app o plataforma digital para:
- Entregar comida o productos
- Transportar personas
- Realizar envíos, mensajería, o compras
- Ofrecer otros servicios desde una plataforma, o cualquier otro servicio desde una plataforma que requieran la presencia física de la persona trabajadora para la prestación del servicio.
Beneficios en el IMSS
Al ser afiliado al IMSS como trabajador de plataformas digitales, a través de la misma plataforma digital para la cual laboras, tendrás derecho a la cobertura de los siguientes seguros:
Seguro de Enfermedades y Maternidad
Otorga al trabajador y sus beneficiarios, asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica, servicio de hospitalización, por enfermedades no profesionales, así como el pago de incapacidades al trabajador por dichas enfermedades.
Tratándose de maternidad, se otorga asistencia obstétrica para la asegurada, la cónyuge o la concubina, ayuda en especie por 6 meses para lactancia. Para la atención del parto se requiere un tiempo de espera de diez meses posteriores al primer aseguramiento.
Las aseguradas tienen derecho a un subsidio en dinero igual al 100% del último salario diario de cotización, siempre y cuando haya cubierto por lo menos treinta cotizaciones semanales en el período de doce meses anteriores a la fecha en que debiera comenzar el pago del subsidio. A través de este seguro también se otorga una ayuda para gastos de funeral para el asegurado/a.
Para hacer uso de los servicios que otorga el IMSS, deberás realizar tu registro, y en su caso el de tus beneficiarios legales, en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que corresponda a tu domicilio. Podrás hacerlo usando tu FIEL desde el Escritorio Virtual en el portal del IMSS o acudiendo directamente a la ventanilla de la UMF.
Seguro de Riesgos de Trabajo
Cubre los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, otorgando al trabajador de plataformas digitales asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica, servicio de hospitalización, aparatos de prótesis y ortopedia, y rehabilitación; así como el pago de incapacidades (incapacidad temporal, incapacidad permanente parcial, incapacidad permanente total y la muerte).
En caso de fallecimiento del trabajador se otorga una ayuda para gastos de funeral, además de las pensiones de viudez, orfandad o ascendientes que correspondan.
Seguro de Invalidez y Vida
Los riesgos protegidos por este seguro son la invalidez y la muerte. Otorga las prestaciones cuando el trabajador sufre un accidente o enfermedad no profesional que le impide trabajar de manera ordinaria y obtener más de un 50% del salario que percibía durante su último año laboral, o en caso de muerte del trabajador.
Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
Otorga una pensión para los trabajadores que hayan cumplido los periodos de cotización y la edad que exige la Ley del Seguro Social (cesantía: 60 años; vejez: 65 años o más, con 750 semanas en 2021, con incrementos anuales de 25 semanas hasta llegar a 1000 conforme a la nueva LSS o 500 semanas de cotización para LSS 1973). Si el asegurado no cuenta con las suficientes semanas de cotización puede retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta que cubra las semanas necesarias para obtener la pensión.
Para el caso de retiro, el asegurado podrá pensionarse antes de cumplir las edades establecidas, siempre que la pensión calculada en el Sistema de Rentas Vitalicias sea superior en más de 30% a la pensión garantizada. El asegurado tiene el derecho de elegir la Administradora de Fondos para el Retiro de su elección y puede con cargo a los recursos de su cuenta y de sus semanas de cotización, obtener ayuda para gastos de matrimonio o desempleo.
Seguro de Guarderías y Prestaciones Sociales
Centro de Educación y Cuidado Infantil (antes Guarderías)
Se proporcionan los cuidados de salud, educación y recreación, incluyendo el aseo y la alimentación de los hijos de la mujer trabajadora y del trabajador viudo o divorciado que conserve la custodia de los hijos.
Prestaciones sociales
Se proporcionan mediante programas de promoción de salud, cultura y deporte; educación higiénica, sanitaria, prevención de accidentes y enfermedades; impulso y desarrollo de actividades culturales; cursos de adiestramiento técnico y capacitación para el trabajo; centros vacacionales; establecimiento y administración de velatorios.
Beneficios INFONAVIT
Como persona trabajadora de plataformas digitales, tu patrón estará realizando el pago de aportaciones al INFONAVIT, por lo que podrás disfrutar de:
- Ahorro para vivienda
- Crédito para vivienda, o compra de terreno o remodelación
- Construir o remodelar vivienda
¿Qué debes hacer?
Asignación o localización de tu Número de Seguridad Social
Para que la plataforma digital te incorpore al IMSS, es necesario que cuentes con tu Número de Seguridad Social (NSS), el cual es único, permanente e intransferible y se asigna para llevar el registro y control de los asegurados.
Si no lo tienes o no lo conoces, puedes obtenerlo o localizarlo en la página del trámite, ingresando desde aquí:
https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/gestionAsegurados-web-externo/asignacionNSS
Alta en Unidad de Medicina Familiar del IMSS
Una vez que la plataforma digital te ha dado de alta en el IMSS, estarás vigente, por lo que deberás regístrate y dar de alta a tus beneficiarios legales para que empiecen a disfrutar de las prestaciones y servicios que ofrece el Instituto, puedes realizar tu registro aquí Alta en Clínica o UMF
Regularización y/o corrección de tus datos personales en el IMSS
Es importante que tus datos personales estén correctamente registrados en el IMSS y que estén debidamente actualizados, esto facilitará el otorgamiento de los servicios y prestaciones que el IMSS otorga.
Si ya estabas registrado en el IMSS, pero tus datos personales como nombre, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, sexo, CURP o Número de Seguridad Social (NSS), no son correctos o no están actualizados, debes realizar el trámite de Regularización y/o corrección de tus datos personales en el IMSS, ingresando desde aquí https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/correcciondatosasegurado-web-ciudadano/wizard/correccionDatosAsegurado/
Incorporación como persona trabajadora independiente
De acuerdo con la reforma a la Ley Federal del Trabajo, las personas trabajadoras que presten servicios a través de plataformas digitales serán consideradas trabajadoras independientes si al final de cada mes no alcanzan a generar ingresos netos mensuales equivalentes a por lo menos un salario mínimo mensual de la Ciudad de México.
Si al finalizar el mes no alcanzaste dicho ingreso, tienes la opción de realizar tu incorporación retroactiva como persona trabajadora independiente, para obtener mayo información sobre el esquema ingresa aquí: https://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-independientes
Después de realizar el trámite para tu incorporación como trabajador independiente, por el periodo mensual correspondiente, deberás realizar el pago en la ventanilla de la entidad receptora de tu preferencia.
Contacto
Si tienes dudas y requieres más información sobre cómo inscribirte en el IMSS como persona trabajadora de plataformas digitales, comunícate con nosotros, estamos para apoyarte.
Por teléfono marca: 800 623 2323 y elige la opción 1
Horario de atención de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 hrs. Sábados, domingos y días festivos en horario de 8:00 a 14:00 hrs.
Si requieres información de INFONAVIT llama:
En la Ciudad de México 55 9171 5050
Desde cualquier parte del país 800 008 3900
de lunes a viernes de 7:30 a 21:00 horas. Sábados, domingos y días festivos de 9:00 15:00 horas.
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