Preguntas Normativas Frecuentes SIROC
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¿Qué es el SIROC?
Es una aplicación establecida por el IMSS, denominado Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción, para facilitar que el patrón o sujeto obligado dedicado a la actividad de la construcción, le permita cumplir con lo establecido en el Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, respecto de registrar una obra de construcción y sus incidencias.
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¿Cuándo entra en operación el SIROC?
Los patrones y sujetos obligados podrán optar por utilizar el SIROC para el registro de las obras de construcción, sus fases e incidencias al día siguiente de la publicación en Diario Oficial de la Federación y de forma obligatoria, a partir del 1 de septiembre de 2017.
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¿Qué validez tienen los registros de obras efectuados antes del 1 de septiembre del 2017?
Aquellos registros de obra, sus fases e incidencias realizados conforme al Acuerdo ACDO.SA1.HCT.240210/41.P.DIR., antes del 1º de septiembre de 2017, tendrán validez para el Instituto. Los patrones o sujetos obligados deberán continuar con sus trámites por las obras registradas de conformidad al RSSOTCOTD.
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¿Qué requisitos necesito para registrar una obra o incidencia en SIROC?
- Registrarse previamente, como usuarios en el escritorio virtual del portal IMSS Digital
- Tener vigente la Firma Electrónica (FIEL o e.firma), emitida por el SAT.
- El Usuario que se firme en el sistema, deberá contar con un Registro Patronal vigente ante el Instituto.y que corresponda a la circunscripción Subdelegacional de la ubicación de la obra.
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¿Qué debe hacer una persona que no tiene FIEL?
Para el uso del aplicativo es indispensable contar con su Firma Electrónica (FIEL), la cual se deberá tramitar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
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¿Quiénes deben registrar una obra de construcción ante el IMSS y por qué?
Conforme al artículo 5o del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, se encuentran obligados a registrar una obra de construcción: Los propietarios de las obras de construcción, que directamente o a través de intermediarios contraten a los trabajadores que intervengan en dichas obras; las personas contratadas por los propietarios, para llevar a cabo obras de construcción a precio alzado o bajo el sistema de precios unitarios, con trabajadores a su servicio, y las personas físicas o morales subcontratadas para la ejecución de parte o partes de la obra.
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¿A qué se refieren los semáforos que aparecen en SIROC?
Los semáforos son herramientas que permiten alertar sobre el cumplimiento de obligaciones del patrón, tales como:
- Tiempo transcurrido sin informar sobre la actividad de la obra.
- Opinión de cumplimiento, en términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
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¿Qué validez tienen los registros en SIROC?
Los acuses emitidos por el SIROC contienen sello digital y cadena original de autenticidad y se remiten al patrón vía correo electrónico; así mismo el patrón puede consultarlos en cualquier momento.
Si desaparece el SATIC 05, ¿cómo voy a cumplir con la obligación de vincular a los trabajadores con la obra en que intervienen?
El Sistema Único de Autodeterminación (SUA) se ha actualizado a la par de la entrada en vigor del SIROC para que a través del submenú “Registro de Obra” sea posible vincular a cada trabajador con las obras en que interviene. -
¿Qué es el REPSE?
Es el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas y se puede realizar en la plataforma informática a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para que las personas físicas y morales puedan obtener su registro y su inscripción en el padrón.
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¿Qué es el Número de Registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas (REPSE)?
El número de registro; un número de folio por cada servicio u obra de carácter especializado registrado, el nombre del servicio u obra especializada y el nombre de la persona física o moral titular del mismo.
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¿Quiénes son Subcontratista de ejecución de obra especializada?
Las personas físicas o morales que proporcionen servicios de subcontratación, las cuales deberán contar con registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social al que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.
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¿Qué información pueden registrar los Intermediarios en SIROC?
Son los que intervienen en el proceso de contratación de personal, participando en el reclutamiento, selección, entrenamiento y capacitación, entre otros; conforme al artículo 12, segundo párrafo de la Ley Federal del Trabajo.
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¿Qué debo hacer si cuento con obras registradas con tipo de usuario intermediario hasta el 31 de agosto de 2021?
Para el seguimiento de registro de la obra, el tipo de usuario Intermediario que cuente con registros de obra activas o suspendidas deberá presentar por única ocasión la Incidencia “Modificar el tipo de usuario”, para actualizar el usuario a Subcontratista de ejecución de obras especializada, con el nuevo número de registro patronal que en su caso se le haya asignado.