Alta Patronal e inscripción en el seguro de riesgos de trabajo o reanudación de actividades. Persona moral, persona moral del campo, persona moral sindicato.

IMSS-02-001

¿Eres patrón persona moral, persona moral del campo, persona moral sindicato o retenedor de cuotas obrero-patronales? Este trámite te permite registrarte ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para cumplir con tus obligaciones patronales. ¡Ahora también puedes obtener tu registro patronal a través de Internet!

Ya puedes hacer tu trámite por internet:



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O si lo deseas, puedes realizar tu trámite en ventanilla:

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  • ¿Eres patrón persona moral, persona moral del campo, persona moral sindicato o retenedor de cuotas obrero patronales? Este trámite te permite registrarte ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para cumplir con tus obligaciones patronales. ¡Ahora también puedes obtener tu registro patronal a través de Internet!

  • Patrón persona moral, persona moral del campo, persona moral sindicato, sujeto obligado o representante legal.

  • En línea:

    1. Ingresa a la siguiente liga con la e.firma: https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-web/portal (disponible las 24 horas del día, los 365 días del año).
    2. Sigue las instrucciones para realizar el trámite.

    Presencial:

    1. Descarga el(los) formato(s) que corresponda(n) y requisita la información requerida.
    2. Acude a la Subdelegación u Oficina Auxiliar de Afiliación y Cobranza que te corresponda de acuerdo al domicilio fiscal o del centro de trabajo de lunes a viernes en días hábiles para el IMSS de 8:00 a 15:30 horas, con los documentos solicitados.
    3. Verifica que se te proporcione comprobante del trámite debidamente sellado por el Instituto.

     

    Preregistro:

    Puedes realizar tu pre-alta aquí para agendar una cita en línea y concluir el trámite en tu Subdelegación.

     

  • Trámite gratuito

  • REQUISITOS EN LÍNEA:

    1. Ingresar con e.firma.

    2. Formulario digital.

    3. Comprobante de domicilio del centro de trabajo.

    4. Primera y última hoja de la Escritura Pública o Acta Constitutiva que contenga el sello del Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Poder Notarial o Póliza emitida por un Corredor Público Autorizado, específicamente la hoja en la que aparezca el nombre y datos del representante legal.

     

    REQUISITOS PRESENCIAL:

    1. Formato. (En caso de reanudación de actividades: Aviso de Modificación de las empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo (AM-SRT). En caso de inscripción de trabajadores: Formato Aviso de Inscripción del trabajador (AFIL-02). Original y Acuse.

    2. Comprobante de domicilio del centro de trabajo. Original.

    3. Escritura pública o acta constitutiva que contenga el sello del Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Original.

    En caso de persona moral sindicato, además de los puntos 1 y 2, deberá presentar en lugar de la escritura pública o acta constitutiva, la

    Resolución de registro emitida por la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, en el ámbito federal, así como la autoridad competente en el ámbito local, según corresponda. Original.

    Solo en caso de persona moral del campo, además de los puntos 1 a 3, deberá presentar el Permiso Único de Siembra expedido por la

    Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) o la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), o Formato oficial emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social, cuando no sea posible obtener el permiso único de siembra. Original.

    Para el caso de personas morales constituidas en el extranjero y con establecimiento en territorio nacional, presentar acta o documento constitutivo (estatutos sociales, certificado de inscripción u otro que aplique con la legislación en el país de residencia) protocolizado ante notario público.

     

    Nota: Este trámite se inicia en la página del IMSS y se concluye en la Subdelegación que corresponda a su registro patronal.

  • Formato AM-SRT. Aviso de Modificación de las empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo. Original y 2 copias, solo en caso de reanudación de actividades.
    Formato AFIL-02. Aviso de Inscripción del trabajador. Original y 2 copias, solo en caso de inscribir trabajadores.

  • Para realizar el trámite a través de Internet, el patrón persona moral, patrón persona moral del campo, patrón persona moral sindicato, sujeto obligado o representante legal debe contar con su e.firma, expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), debe registrarse en la página web del Instituto Mexicano del Seguro Social, en la liga electrónica www.imss.gob.mx, a través del escritorio virtual en donde proporcionará los datos que le solicite el sistema.

    Al terminar el trámite recibirá: carta de términos y condiciones para utilizar la Firma Electrónica Avanzada en los actos que se realicen ante el IMSS, acuse de recibo electrónico, Aviso de Registro Patronal Personas Morales en el Régimen Obligatorio (ARP-PM) y la Tarjeta de Identificación Patronal (TIP).

    Una vez concluido el trámite, el patrón persona moral, patrón persona moral del campo, patrón persona moral sindicato, sujeto obligado o representante legal podrá presentar los Avisos de Inscripción de los Trabajadores (AFIL-02 http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/pdf/formatos/AFIL-02.pdf), contratados a la fecha de su registro, con el uso de su e.firma.

    En caso de optar por realizar el trámite de forma presencial puede efectuar una cita previa mediante Internet, a través de la página web del Instituto Mexicano del Seguro Social, en la liga electrónica www.imss.gob.mx, en donde proporcionará los datos que le solicite el sistema, debiendo presentarse en la Subdelegación u Oficina Auxiliar de Afiliación y Cobranza que le corresponda de acuerdo con el domicilio fiscal o del centro de trabajo en la fecha y hora indicadas por el sistema.

    Si lo prefiere, puede acudir de manera directa haciendo fila de espera en la Subdelegación o Unidad Administrativa que corresponda al domicilio fiscal o centro de trabajo en horario de 8:00 a 15:30 horas de lunes a viernes en días hábiles para el Instituto Mexicano del Seguro Social, donde el empleado de ventanilla capturará los datos que solicite el sistema, al término del trámite recibirá de la Subdelegación la carta de términos y condiciones para utilizar la Firma Electrónica Avanzada en los actos que se realicen ante el IMSS, acuse de recibo electrónico, Aviso de Registro Patronal Personas Morales en el Régimen Obligatorio (ARP-PM) y la Tarjeta de Identificación Patronal (TIP).

    En caso de que el trámite sea presencial, el formato Aviso de Registro Patronal Personas Morales en el Régimen Obligatorio (ARP-PM) impreso por el empleado del Instituto, deberá ser firmado de manera autógrafa por el patrón persona moral, patrón persona moral del campo, patrón persona moral sindicato, en presencia de la persona que atienda el trámite.

    Recuerda que ahora la Tarjeta de Identificación Patronal (TIP) es 100% Digital al realizar tu trámite de Alta Patronal e Inscripción en el Seguro de Riesgos de Trabajo o de Reanudación de Actividades, ya sea como persona física, persona física del campo, persona moral, persona moral del campo o persona moral sindicato.

    Posteriormente, una vez obtenida, podrá generar la Tarjeta de Identificación Patronal Digital  las veces que lo considere necesario a través del Buzón IMSS, en términos del ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.310826/238.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social en sesión ordinaria celebrada el 31 de agosto de 2026, por el que se aprueba la generación obligatoria de la Tarjeta de Identificación Patronal Digital, así como la actualización de la relación de trámites y servicios disponibles y por ofrecerse en el Buzón IMSS y sus anexos I y II, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de septiembre de 2026.

    En caso de que no sepa o no pueda firmar, debe imprimir su huella digital. Una vez concluido el trámite podrá inscribir a sus trabajadores por medio del Aviso de Inscripción de los Trabajadores (AFIL-02) contratados a la fecha de su registro, si así lo requiere.

    El Instituto procederá a validar o en su caso, rectificar la clasificación manifestada por el patrón o sujeto obligado, conforme a lo previsto en los artículos 22, 29 y 30 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

    En caso de omisión, el Instituto la determinará de oficio, conforme lo establecido en el artículo 23 del citado Reglamento.

    Los documentos y formatos no deberán contener errores, tachaduras ni enmendaduras. Cuando los documentos solicitados sean expedidos fuera del territorio nacional, deberán presentarse legalizados o apostillados, y en su caso, acompañar la traducción al español.

    Cuando el patrón persona moral, patrón persona moral del campo, patrón persona moral sindicato, sujeto obligado o representante legal ya esté registrado en el IMSS y abra centros de trabajo en diferentes municipios, podrá solicitar a la Subdelegación o Unidad Administrativa que controle el domicilio fiscal, la asignación del nuevo registro patronal.

    Sólo en caso de una reanudación de actividades el formato que deberá requisitar el patrón persona moral, patrón persona moral del campo, patrón persona moral sindicato, sujeto obligado o representante legal, es el Aviso de Modificación de las empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo (AM-SRT http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/pdf/formatos/AM-SRT.pdf)); asimismo deberá presentar la Tarjeta de Identificación Patronal (TIP) de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

    El incumplimiento de las obligaciones puede conllevar a la configuración de las infracciones y delitos previstos y sancionados en el Título Sexto de la Ley del Seguro Social y los relacionados en el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

    · Los documentos considerados como identificación oficial vigente para este trámite son los siguientes:

    a) Credencial para votar vigente.

    b) Pasaporte vigente, mexicano o extranjero.

    c) Cartilla del Servicio Militar Nacional.

    d) Matrícula consular (documento de identidad que expide una oficina consular a favor de un connacional).

    e) Tarjeta/Cédula/Carnet de identidad para extranjeros.

    f) Documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso prórroga o refrendo migratorio).

    · Los documentos considerados como comprobante de domicilio para este trámite son los siguientes:

    a)     Contratos vigentes que pueden estar a nombre del patrón o de un tercero y tener una antigüedad no mayor a dos meses:

    §  Arrendamiento, acompañado del último recibo de pago de renta que cumpla con los requisitos fiscales.

    §  Subarrendamiento, acompañado del último recibo de pago de renta que cumpla con los requisitos fiscales.

    §  Fideicomiso debidamente protocolizado.

    §  Apertura de cuenta bancaria.

    §  Servicio de luz, teléfono o agua.

    b)    Estado de cuenta a nombre del patrón con una antigüedad no mayor a dos meses, expedido por las instituciones del sistema financiero.

     

    c)      Recibos a nombre del patrón o de un tercero con una antigüedad no mayor a cuatro meses o tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso: Del impuesto predial o de los servicios de luz, teléfono o de agua.

     

    d)    Carta de radicación o de residencia a nombre del patrón con una antigüedad no mayor a cuatro meses, expedida conforme a su ámbito territorial, por gobierno estatal, municipal o sus similares en la Ciudad de México.

     

    e)     Comprobante de alineación y número oficial a nombre del patrón o de un tercero con una antigüedad no mayor a cuatro meses, expedida conforme a su ámbito territorial, por gobierno estatal, municipal o sus similares en la Ciudad de México. 

    Se proporciona la liga al Centro de Contacto IMSS, en donde se ponen a disposición los diversos canales que nuestra derechohabiencia y población usuaria pueden utilizar para realizar sus peticiones y consultas relacionadas con trámites y servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social, que serán atendidas por personal especializado. Teléfono Centro de Contacto IMSS: 800 623-2323

Todos los trámites son gratuitos

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Como persona moral puedes registrarte en el IMSS. Tienes dos opciones para realizarlo por Internet:

Escritorio Virtual

Pre-alta en línea

 

02/09/2026 - 10:50