Certificado de deficiencia funcional con fines de aplicación del Artículo 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta

(anteriormente denominado Certificado de Discapacidad con fines de Aplicación del Artículo 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta)

La discapacidad de las personas no implica necesariamente un impedimento para el desempeño de un trabajo y la contratación de personas con discapacidad, conlleva beneficios fiscales para tu empresa.

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  • El Certificado de deficiencia funcional es el documento expedido por el IMSS, que hace constar la existencia de trabajadores con discapacidad en la empresa, con lo que aplican los beneficios fiscales establecidos en el artículo 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).

    La contratación de personas con discapacidad, además de beneficios fiscales, ofrece al patrón la oportunidad de ser distinguido por diversas instancias gubernamentales y no gubernamentales. Les brinda la oportunidad a trabajadores con discapacidad de sustentarse mediante un trabajo digno y formal, además de demostrar que su productividad es igual o mejor a la del resto de la población

  • Patrón o representante legal en la etapa inicial del trámite y posteriormente, si eres trabajador con discapacidad, necesitarás acudir a valoración.

    • Solicitud de certificado de deficiencia funcional. Descargar»
      • Identificación oficial con fotografía y firma del trabajador con discapacidad (copia), como puede ser:
        • Credencial para votar
        • Pasaporte
        • Cartilla del Servicio Militar
        • Cédula profesional

      • Copia fotostática del aviso de inscripción al IMSS del trabajador (AFIL-02) o copia fotostática de la liquidación del pago de cuotas obrero-patronales del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) o Emisión Mensual Anticipada (EMA)
  • En la Unidad de Medicina Familiar (UMF), que corresponde al trabajador con discapacidad, en días hábiles de lunes a viernes de 8:00 a 14:00 horas en unidades con turno matutino y de 08:00 a 19:30 horas en el turno matutino y vespertino.

    Consulta el domicilio de tu UMF

  • La conclusión será informada al trabajador al término de sus valoraciones por el médico de salud en el trabajo, de acuerdo con resultado de la evaluación.

    El oficio de certificado de deficiencia funcional deberá ser recogido por el patrón o representante legal de la empresa en el servicio de Salud en el Trabajo de la unidad en la cual el trabajador realizó su valoración.

    • Patrón: recuerda que para hacer este trámite debes haber afiliado previamente a tu trabajador.
    • Para poder iniciar este proceso, el patrón, representante legal o el propio trabajador, deberá obtener previamente, la solicitud del Certificado de deficiencia funcional debidamente contestada; es importante recordar que antes de presentarse a los servicios de Salud en el Trabajo, deberá cubrir ciertos requisitos y una vez cubiertos, deberá solicitar una cita en el Servicio de  Salud en el Trabajo de la U.M.F. que le corresponde al trabajador por Unidad de Adscripción, en los horarios y días de servicio de los mismos.
    • Ley del Impuesto sobre la Renta - Artículo 186

    “Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes, personas físicas o morales del impuesto sobre la renta, que empleen a personas que padezcan discapacidad motriz, que para superarla requieran usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas; mental; auditiva o de lenguaje, en un ochenta por ciento o más de la capacidad normal o tratándose de invidentes.

    El estímulo fiscal consiste en poder deducir de los ingresos acumulables del contribuyente para los efectos del impuesto sobre la renta por el ejercicio fiscal correspondiente, un monto equivalente al 25% del salario efectivamente pagado a las personas antes señaladas. Para estos efectos, se deberá considerar la totalidad del salario que sirva de base para calcular, en el ejercicio que corresponda, las retenciones del impuesto sobre la renta del trabajador de que se trate, en los términos del Artículo 96 de esta Ley…”

    • El patrón podrá hacer deducciones del impuesto sobre la renta, en los términos y condiciones que establece el propio artículo 186 de la LISR y la SHCP, cuando tenga contratadas a personas con discapacidad y haya obtenido del Instituto Mexicano del Seguro Social, el Certificado de deficiencia funcional de su(s) trabajador(es).
  • El servicio que se ofrece es:

    • Certificación de deficiencia funcional dirigida a patrones que tengan contratadas a personas con discapacidad. 

    Todos los trámites son gratuitos

Todos los trámites son gratuitos

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Por un México incluyente: contrata personas con discapacidad. Entérate de los beneficios fiscales que puedes obtener al hacerlo

 Fuente: Instituto Mexicano del Seguro Social
Última actualización:
24/04/2026 - 16:00