
Módulo de Contadores Públicos
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¿Puedo sustituir al contador público que contraté para que dictamine mi empresa?
Sí, un patrón o sujeto obligado podrá solicitar la sustitución del contador público autorizado que lo dictamina, y cuando no pueda dictaminar por una incapacidad física o impedimento legal, deberá comprobarse dicha circunstancia al Instituto, de acuerdo a lo establecido en el artículo 160 del Reglamento del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.
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¿Si como contador público ya cuento con un registro ante el Instituto que me autoriza a dictaminar, debo solicitar un nuevo registro para ingresar al SIDEIMSS?
No, para el caso de los contadores públicos autorizados que ya cuentan con un número de registro IMSS, éste seguirá vigente, no obstante, deberá realizar el trámite de “activación” para poder utilizar el aplicativo.
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¿La presentación de la membresía y acreditación se realizará a través del SIDEIMSS?
Sí, el único medio para que el contador público presente tanto la membresía como su acreditación es a través del aplicativo.
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¿Qué obligaciones tiene un contador público autorizado para mantener vigente su registro ante el Instituto?
De conformidad con lo establecido en el 154 del Reglamento del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, debe:
- Informar al Instituto cualquier cambio en los datos que proporcionó en su solicitud de registro, en un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que ocurra.
- Presentar su constancia de acreditación de la evaluación y membresía expedida por su colegio o asociación durante los primeros tres meses de cada año.
- Evitar ser sancionado.
- Dar aviso por escrito, a los patrones o sujetos obligados en proceso de dictamen de la suspensión o cancelación de su registro ante el Instituto, esto, en un plazo que no exceda de cinco días hábiles contados a partir de la correspondiente notificación por parte del Instituto.
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¿Si mi registro se encuentra dado de baja ante el Instituto, puedo volver a utilizar mi registro?
Sí, siempre y cuando no haya sido sancionado, o bien, ya haya transcurrido el plazo de la sanción; sólo tiene que ingresar al SIDEIMSS, en el Módulo de Contadores a la opción “Reactivación” y proporcionar la información y documentación solicitada por el sistema.
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¿Cómo puedo solicitar la baja de mi registro de contador público autorizado ante el Instituto?
Este trámite puede realizarse a través del SIDEIMSS, ingresando en el Módulo de Contadores a la opción “Solicitud de baja” e indicar en el sistema el motivo de su baja.