Preguntas frecuentes sobre receta resurtible

¿Tienes una enfermedad crónica?, ¿está controlada desde hace 6 meses?, ¿consumes el mismo medicamento mes con mes?, la Receta Resurtible IMSS puede ser para ti.

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  • Sí, en caso de que por alguna circunstancia no puedas ir a canjear la receta, puede acudir algún familiar tuyo, a surtirla de acuerdo a la fecha del mes que corresponda.

  • El periodo de vigencia es de 5 días hábiles de acuerdo a la fecha establecida en la receta a surtir.

  • No, los pacientes que utilizan oxígeno requieren una valoración mensual por la predisposición a la agudización de la enfermedad.

  • Debes acudir a la Unidad de Medicina Familiar y pasar a la Jefatura de Departamento Clínico, en donde el Jefe de Servicio, te reimprimirá tu receta, siempre y cuando

  • Debes solicitar una nueva cita con tu médico para que te de otra receta, ya que se cancelan automáticamente; por tal motivo debes tener cuidado de ir por tu medicamento en la fecha indicada.

  • No, en todo caso puede acudir algún familiar tuyo, ya que se tiene que surtir cada receta de acuerdo a la fecha del mes que corresponda.

  • No, solo se requiere acudir a la farmacia en el horario hábil que te convenga, dentro del periodo de 5 días que tienes para surtirla, en caso de que en la farmacia detecten que no están vigentes tus derechos, tendrás que pasar al área de Control de Prestaciones para que te digan qué hacer.

  • Las fórmulas magistrales no están contempladas para la prescripción en la Receta Resurtible, solo se incluyeron los medicamentos que pueden ser expedidos a través de la receta electrónica.

  • Debes ir a la Administración de la Unidad Médica en donde se te informará cuando te proporcionarán tu medicamento.

  • Sí, tienes que presentarte ya sea tú o un familiar tuyo a recoger los medicamentos cada mes.

  • Debido a la naturaleza y control necesarios en el manejo de este tipo de fármacos, por el momento no se encuentran contemplados en el proyecto.

  • El proyecto inició su implementación el 1° de agosto del 2013 en todas las Unidades de Medicina Familiar.

  • Cuando el médico familiar, confirma los siguientes condiciones:

    • Cuando se siente bien el paciente.
    • Lleva a cabo puntualmente las indicaciones del personal de salud.
    • No tiene datos de alarma propios del padecimiento.
  • Sí, debes ir a tu consulta, pero será cada 3 meses, para que tu médico familiar verifique que estás controlado.

  • Efectivamente, en caso de que no aceptes participar en el proyecto, se te agendará la consulta regular y cita mensual.

  • Por fecha.

  • El EPOC no se encuentra entre las 10 patologías incluidas de receta resurtible, ya que los pacientes que utilizan oxígeno requieren de valoración mensual.

  • Ninguna, debido a que es necesario mantener un control mensual de la mamá y el bebé.

  • Sí, puedes acudir en cualquier momento con tu médico familiar.

  • No, en este momento solo aplica para las enfermedades de la lista.

23/09/2020 - 11:57