Acuerdos 2006


 

 

 

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  • S/N / Reconocimientos al doctor Santiago Levy Algazi, quien fuera Director General del IMSS, durante el periodo del 4 diciembre de 2000 al 3 de octubre de 2005, por el licenciado Fernando Flores, Director General del IMSS. y develación del retrato pintado al óleo del propio doctor Levy Algazi.
    '1/2006 / 11 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota de: A) Los reconocimientos que en esta sesión se hicieron al doctor Santiago Levy Algazi, quien fuera Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, durante el periodo del 4 de diciembre de 2000 al 3 de octubre de 2005, expresados por el licenciado Fernando Flores, Director General del IMSS, así como por los integrantes de este Consejo Técnico, y en particular por los señores consejeros licenciado León Halkin Bider y José Luis Carazo Preciado, en representación de los Sectores Patronal y Obrero de este Cuerpo Colegiado; y B) La develación del retrato pintado al óleo, del doctor Levy Algazi, que se colocó, como es tradición en el caso de los exdirectores de la Institución, en la Sala de Sesiones del propio Consejo Técnico".
  • S/N / Se aprueba la Convocatoria para la celebración de la XCVI Asamblea General Ordinaria del IMSS.
    '2/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 264 fracción V de la Ley del Seguro Social y 31 fracción V del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, acuerda: convocar a la XCVI Asamblea General Ordinaria del Instituto Mexicano del Seguro Social, para que se lleve a cabo a las 10:00 horas del día 15 de marzo de 2006, en la Sala del propio Honorable Consejo Técnico, ubicada en el edificio central del Instituto, sito en Paseo de la Reforma No. 476 de esta ciudad, para lo cual deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación la Convocatoria correspondiente, en los términos de lo dispuesto en el Artículo 17 del Reglamento mencionado, conforme al siguiente Orden del Día: I. Instalación de la Asamblea General. II. Aprobación del Acta de la XCV Asamblea General Ordinaria del Instituto, celebrada el 6 de septiembre de 2005. III. Designación de representante suplente ante el H. Consejo Técnico por el Ejecutivo Federal de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. IV. Informe de la Honorable Comisión de Vigilancia. V. Informe Financiero y Actuarial al 31 de diciembre de 2004. VI. Segunda y Tercera Evaluaciones Trimestrales de los Ingresos y Gastos con respecto al Presupuesto 2005 y Adecuaciones. VII. Presupuesto 2006 del IMSS. VIII. Informe de la Evaluación de los Riesgos considerados en el Programa de Administración de Riesgos Institucionales 2005. IX. Programa de Inversión Física 2005-2006 del IMSS. X. Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas 2006. XI. Resultados Financieros por la Inversión de las Reservas y el Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual correspondientes al año 2005 y Políticas y Directrices de Inversión. XII. Informe del ciudadano Director General, respecto de las Labores Realizadas durante el año 2005 al frente del Instituto Mexicano del Seguro Social, y su Programa de Actividades para el año 2006. XIII. Intervención de los Sectores. XIV. Asuntos Generales".
  • S/N / Designación del Lic. Igor Oswaldo Rosette Valencia, como Titular de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico del Instituto Mexicano del Seguro Social.
    '3/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General del Instituto, y designa al licenciado Igor Oswaldo Rosette Valencia, como Titular de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Se autoriza modificar la estructura orgánica ocupacional y salarial del IMSS, considerando la incorporación de un puesto de Delegado para cada una de las Delegaciones ubicadas en: Aguascalientes, Zacatecas, Campeche, Tabasco, Colima, Michoacán, Nayarit, Sinaloa, Puebla, Tlaxcala, Veracruz Norte y Veracruz Sur.
    '4/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 264 fracciones IV, XIV y XVII, 268 fracciones IX y XII, 270 y 272 de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones IV, XXIV y XXVII y 71 fracción X del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: PRIMERO.- Autorizar a la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización para modificar la estructura orgánica ocupacional y salarial del IMSS, la cual considera la incorporación de un puesto de Delegado para cada una de las Delegaciones ubicadas en: Aguascalientes, Zacatecas, Campeche, Tabasco, Colima, Michoacán, Nayarit, Sinaloa, Puebla, Tlaxcala, Veracruz Norte y Veracruz Sur. SEGUNDO.- Incorporar las plazas y puestos necesarios definidos en la estructura orgánica típica, para la operación independiente de cada Delegación. TERCERO.- Realizar el análisis técnico-funcional y la valuación de puestos correspondientes, con el propósito de determinar los niveles salariales que tendrían cada una de las estructuras orgánicas de las Delegaciones antes citadas. Dichas modificaciones serán financiadas mediante la cancelación de plazas de confianza, por lo que no incrementará el número total de plazas, ni el presupuesto de servicios personales autorizado al Instituto".
  • S/N / Designación del C.P. Diego Martínez Parra como Titular de la Delegación Estatal del IMSS, en Aguascalientes.
    '5/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y designa al contador público Diego Martínez Parra como Titular de la Delegación Estatal en Aguascalientes, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación se hace en sustitución del doctor Héctor Jesús Luis Alfonso Lozano de los Santos, y surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Ratificación de la Lic. Ma. Concepción Sevilla Gutiérrez como Titular de la Delegación Regional del IMSS, en Colima.
    '6/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y ratifica a la licenciada Ma. Concepción Sevilla Gutiérrez como Titular de la Delegación Regional en Colima, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta ratificación surtirá sus efectos a partir del 25 de enero de 2006".
  • S/N / Nombramiento del Ing. Rogelio Alonso Vizcarra como Titular de la Delegación Estatal en Durango del IMSS.
    '6/2006Bis / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y designa al ingeniero Rogelio Alonso Vizcarra como Titular de la Delegación Estatal en Durango, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación se hace en sustitución del licenciado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán, y surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Designación del Dr. Moisés Andrade Quezada como Titular de la Delegación Estatal del IMSS, en Guanajuato.
    '7/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y designa al doctor Moisés Andrade Quezada como Titular de la Delegación Estatal en Guanajuato, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación se hace en sustitución del contador público Leonardo Larios Hernández, y surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Designación del Lic. Delfino Garibay Ochoa como Titular de la Delegación Regional del IMSS, en Michoacán.
    '8/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y designa al licenciado Delfino Garibay Ochoa como Titular de la Delegación Regional en Michoacán, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación se hace en sustitución de la licenciada Ma. Concepción Sevilla Gutiérrez, y surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Ratificación del Lic. Jesús Aureliano Cruz Monreal como Titular de la Delegación Estatal del IMSS, en Nayarit.
    '9/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y ratifica al licenciado Jesús Aureliano Cruz Monreal como Titular de la Delegación Estatal en Nayarit, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta ratificación surtirá sus efectos a partir del 25 de enero de 2006".
  • S/N / Designación del Dr. Rogelio Quiñonez Rodríguez como Titular de la Delegación Estatal del IMSS, en Sinaloa.
    '10/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y designa al doctor Rogelio Quiñonez Rodríguez como Titular de la Delegación Estatal en Sinaloa, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación se hace en sustitución del licenciado Jesús Aureliano Cruz Monreal, y surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Designación del Lic. Juan Carlos Espina como Titular de la Delegación Estatal del IMSS, en Tlaxcala.
    '11/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y designa al licenciado Juan Carlos Espina como Titular de la Delegación Estatal en Tlaxcala, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación se hace en sustitución del ingeniero José Carlos Hannan y Traslosheros, y surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Designación del Dr. Jorge Antonio Cabrera Hidalgo como Titular de la Delegación Regional del IMSS, en Veracruz Sur.
    '12/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y designa al doctor Jorge Antonio Cabrera Hidalgo como Titular de la Delegación Regional en Veracruz Sur, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación se hace en sustitución del licenciado Ricardo Alberto García Vargas, y surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Ratificación del Dr. Héctor Jesús Luis Alfonso Lozano de los Santos como Titular de la Delegación Estatal del IMSS, en Zacatecas.
    '13/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y ratifica al doctor Héctor Jesús Luis Alfonso Lozano de los Santos como Titular de la Delegación Estatal en Zacatecas, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta ratificación surtirá sus efectos a partir del 25 de enero de 2006".
  • S/N / Primera Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el Ejercicio Fiscal 2006.
    '14/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263, 264, 272, 274 y 286 B de la Ley del Seguro Social y las fracciones correlativas del Artículo 31 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme a la resolución del Comité de Presupuesto de este propio Cuerpo Colegiado contenida en el Acta de fecha 25 de enero de 2006, aprueba el documento denominado “Primera Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el Ejercicio Fiscal 2006" que propone la Dirección General, a través de la Dirección de Planeación y Finanzas mediante oficio 107 del 25 de enero de 2006, con las siguientes consideraciones: a) Se toma nota que no se modifica la meta establecida para la acumulación de las reservas financieras y actuariales y al fondo laboral autorizada el 14 de diciembre de 2005 en el Acuerdo 557/2005. b) Se toma nota de que únicamente se está modificando el nivel de las reservas operativas aprobadas el 14 de diciembre de 2005. c) Se toma nota del impacto a mediano y largo plazo que tendrán las medidas aprobadas. d) Se aprueban los calendarios mensual y trimestral del presupuesto modificado de flujo de efectivo del Instituto, contenidos en el documento que se aprueba. e) Se instruye a la Dirección General para que, a través de la Dirección de Planeación y Finanzas, se envíe a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el documento que se aprueba, para su conocimiento".
  • S/N / Propuestas de Adecuación al Presupuesto 2006 aprobado del Instituto Mexicano del Seguro Social.
    '15/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263, 264 fracciones I, II, III y VI, 270, 272, 274, 276 y 277 F de la Ley del Seguro Social y las fracciones correlativas del Artículo 31 del Reglamento de Organización Interna del IMSS, y conforme a la resolución del Comité de Presupuesto de este propio Cuerpo Colegiado contenida en el Acta de fecha 25 de enero de 2006, aprueba el documento denominado “Propuestas de adecuación al presupuesto 2006 aprobado del Instituto Mexicano del Seguro Social", que presenta la Dirección General a través de la normativa de Planeación y Finanzas mediante oficio 107 del 25 de enero de 2006, con las siguientes consideraciones: a) Se aprueban las adecuaciones al presupuesto 2006 aprobado, en términos de flujo de efectivo y devengado, contenidas en las tablas 1, 2 y 3 de la sección III del documento, así como su impacto en los calendarios respectivos. b) Se toma nota de que este primer incremento de $6,000 millones se apega a la política de ingreso-gasto de la Administración Pública Federal. De conformidad con las facultades conferidas en la Ley del Seguro Social a este Cuerpo Colegiado, de ser el caso, se incrementaría posteriormente el presupuesto 2006 hasta los $21,072 millones de superávit primario presupuestado después de reservas, en los términos de los Artículos 274 y 286 B de la Ley del Seguro Social, quedando por lo tanto pendientes de transferir $15,072 millones. c) Se toma nota que de acuerdo con la información sobre el cierre preliminar del ejercicio 2005, se prevén pasivos por un monto aproximado de $2,000 millones de bienes y servicios recibidos hasta el 31 de diciembre de 2005, los cuales afectarán exclusivamente el presupuesto financiero del 2005, de conformidad con los Artículos 28 y 29 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y el 45 de su Reglamento. El monto exacto se informará con el cierre definitivo del ejercicio y el dictamen a los estados financieros emitido por el auditor externo. d) Se toma nota del monto preliminar de los adeudos del Gobierno Federal por cuotas, aportaciones y contribuciones de Ley, y se instruye a la Dirección General para que, a través de la Dirección de Planeación y Finanzas, con asesoría de la Dirección Jurídica, continúen las gestiones de cobro hasta su liquidación, informándose periódicamente de los avances a este Consejo Técnico. e) Se aprueba la distribución por seguro de los ingresos y gastos previstos expresados como devengados y contenidos en la tabla 4 de la sección IV del documento. f) Se toma nota de que para la distribución del presupuesto por seguro se utilizaron los porcentajes que resultan de aplicar la metodología de contabilidad por ramo aprobada por este Consejo Técnico y presentados en los estados financieros al 31 de diciembre de 2004. g) Se aprueba el presupuesto por programas, actividades y procesos contenido en la tabla 5 de la sección V del documento. h) Se aprueba la modificación al programa de inversión física para 2006 contenido en la sección referente a la fracción XII del Artículo 275, de la Ley del Seguro Social. i) Se aprueban en términos del Artículo 277 F de la Ley del Seguro Social los 347 proyectos multianuales de inversión física. j) Se aprueba la celebración de los proyectos que por su naturaleza y características abarcan más de un período, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal, contenidos en la sección VIII del documento que se aprueba. Además de la aprobación como proyectos multianuales, deberá darse una asignación específica en cada ejercicio para su ejecución, y cumplirse con la normatividad sobre adquisiciones y obras públicas que corresponda. k) Se toma nota del informe sobre el proceso de inicio de licitaciones para 2006, aprobado el 26 de octubre del 2005 por este Cuerpo Colegiado, dando cumplimiento al inciso g) del Acuerdo 465/2005 dictado en la referida sesión. l) Se instruye a todas las Unidades responsables del gasto, que deberán respetar estrictamente los límites presupuestales aprobados. m) Se instruye a la Dirección General para que, a través de la Dirección de Planeación y Finanzas, envíe el documento que se aprueba al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento y efectos conducentes".
  • S/N / "Programa de Modernización de la Administración de Derechohabientes y de las Prestaciones que les otorga la Ley del Seguro Social (PROMADYP)".
    '16/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV y XXXVII, 263, 264 fracciones III, XIV y XVII, así como el 277 F, de la Ley del Seguro Social; 24 y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Tomar nota de la necesidad de contratar la adquisición de bienes y servicios técnicos profesionales que permitan el desarrollo del “Programa de Modernización de la Administración de Derechohabientes y de las Prestaciones que les otorga la Ley del Seguro Social" (PROMADYP), conforme a la propuesta de la Coordinación de Tecnología para la Afiliación, Recaudación y Pagos, contenida en el oficio número 09-5276-5400/0121/06 de fecha 10 de enero de 2006 y sus anexos. Segundo.- Autorizar al Director General del Instituto, para que, por conducto de la Dirección de Administración y Calidad, en coordinación con la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico, contrate de manera multianual la prestación de servicios de técnicos profesionales. Tercero.- Instruir a la Dirección General para que, el procedimiento de contratación se realice con estricto apego a las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como para que por conducto de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico, informe a este Consejo Técnico trimestralmente, sobre el cumplimiento del presente Acuerdo".
  • S/N / Lineamientos de carácter general para la condonación de recargos y multas a favor de patrones y demás sujetos obligados al pago de cuotas obrero patronales adeudadas, en términos de lo dispuesto por el “Artículo Octavo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006".
    '17/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, XII, XXXIII y XXXVII, 263, 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social (Ley); Octavo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006; 31 fracciones III, XII y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Aprobar los Lineamientos de carácter general para la condonación de recargos y multas a favor de patrones y demás sujetos obligados al pago de cuotas obrero patronales adeudadas, en términos de lo dispuesto por el “Artículo Octavo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006". Primero.- Los patrones y demás sujetos obligados que deseen gozar del beneficio de la condonación de recargos y multas, en los porcentajes señalados en el Artículo Octavo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, deberán: a) Solicitar de manera espontánea la regularización de sus adeudos fiscales, esto es, sin que medie requerimiento o cualquier otra gestión notificada por el Instituto; b) La regularización de adeudos fiscales comprenderá únicamente los causados hasta el 30 de septiembre de 2005, independientemente de que estén o no determinados y fijados en cantidad líquida, por el patrón o sujeto obligado o por el Instituto, en el ejercicio de sus facultades de comprobación; c) Que los créditos fiscales deriven de cuotas obrero-patronales, así como de infracciones cometidas a la Ley y sus reglamentos, y d) Pagar en una sola exhibición el monto total de sus adeudos fiscales. No obstante, el patrón o sujeto obligado podrá solicitar a la Subdelegación que le corresponda, autorización para pagar a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, el monto total de sus adeudos fiscales, respecto de los cuales se causaron los recargos y las multas condonadas, debiendo garantizar el interés fiscal mediante cualquiera de las formas de garantía señaladas en las “Reglas que deben observar las Áreas Operativas del Sistema Nacional del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Materia de Cobranza, Fiscalización, Dictamen y Corrección para 2006, Miscelánea Fiscal IMSS 2006", privilegiándose la del depósito en dinero. La garantía deberá constituirse dentro de los diez días naturales siguientes al en que se acepte la solicitud de condonación. La Subdelegación en todos los casos autorizará el pago a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, sin que dicho plazo exceda al 31 de julio de 2006. Segundo.- Cuando el patrón o sujeto obligado tenga autorización para pagar a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, sobre una parte de sus adeudos fiscales, también procederá la condonación de recargos y multas en los porcentajes señalados en el Artículo Octavo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del 2006, respecto de dicha parte de adeudos, la condonación será únicamente en proporción al saldo insoluto del adeudo, y el Instituto en ningún caso estará obligado a devolver cantidad alguna por concepto de recargos y multas pagadas. En este supuesto, la Subdelegación deberá exhortar al patrón o sujeto obligado a que pague en una sola exhibición el total del importe insoluto de su adeudo y, en caso de no ser posible, invitarlo a que obtenga autorización de pago a plazos, pero con un término menor al autorizado inicialmente. Tercero.- En caso de que el patrón o sujeto obligado esté impugnando la totalidad o una parte de sus créditos fiscales, también procederá la condonación de recargos y multas en los porcentajes señalados en el Artículo Octavo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del 2006, respecto de los mismos, siempre y cuando medie desistimiento de dicho patrón o sujeto obligado, para lo cual deberá exhibir el escrito y acuerdo correspondiente. Cuarto.- La solicitud de condonación deberá presentarse en escrito libre, debidamente firmada por el patrón o sujeto obligado o por su representante legal, ante la Subdelegación que controle su registro patronal, en la que señalará y acompañará: a) El total de registros patronales con que cuente, en su caso; b) Copia de los documentos en los que conste la totalidad de sus créditos fiscales adeudados; c) La fecha en que efectuará el pago de sus adeudos o si solicitará autorización de pago a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, indicando la fecha de pago o el número de parcialidades; d) La forma con que garantizará el interés fiscal, cuando se solicite autorización de pago a plazos. La garantía deberá constituirse dentro de los diez días naturales siguientes al en que se acepte la solicitud de condonación, y deberá comprender los créditos fiscales adeudados actualizados, los accesorios causados y, en su caso, los que se causen por el periodo autorizado para pagar a plazos; e) Copia del convenio de autorización para el pago a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, así como copia de los comprobantes de pago correspondientes, en su caso, y f) Copia del escrito de desistimiento con el acuerdo correspondiente, cuando se tenga interpuesto algún medio de defensa. La Subdelegación deberá resolver la solicitud de condonación, en un plazo no mayor de 5 días naturales siguientes a la fecha en que se presentó. Transcurrido el plazo se entenderá que dicha solicitud ha sido aceptada, para lo cual el Subdelegado deberá bajo su más estricta responsabilidad justificar debidamente tal situación. En caso de que la Subdelegación no acepte la solicitud de condonación deberá fundar y motivar la resolución que dicte. Quinto.- Cuando un patrón o sujeto obligado cuente con diversos registros patronales controlados por diversas Subdelegaciones, podrá presentar su solicitud de condonación de recargos y multas ante cualquiera de ellas. La Subdelegación ante la que se presente la solicitud, deberá obtener de inmediato los estados de cuenta de los adeudos a cargo del patrón o sujeto obligado, siempre y cuando no se requiera modificación de los créditos por ajuste, en su caso, deberá realizar la solicitud ante la Subdelegación de control, con la finalidad de agilizar la verificación de la cuantía real de los adeudos fiscales respectivos. Una vez hechas las gestiones a que se refiere el párrafo anterior, la Subdelegación ante la que se presentó la solicitud de condonación, deberá resolver en un plazo no mayor de 5 días naturales siguientes a la fecha en que se presentó. Transcurrido el plazo se entenderá que dicha solicitud ha sido aceptada, para lo cual el Subdelegado también deberá bajo su más estricta responsabilidad justificar debidamente tal situación. En caso de que la Subdelegación no acepte la solicitud de condonación también deberá fundar y motivar la resolución que dicte. Sexto.- La condonación de recargos y multas se realizará: a) Con el pago en una sola exhibición del monto total de los adeudos fiscales a cargo del patrón o sujeto obligado; b) Cuando el patrón o sujeto obligado hubiere obtenido autorización para pagar a plazos, respecto de la totalidad o sobre una parte de sus créditos fiscales: 1. Si hubiere sido en forma diferida, cuando realice el pago en la fecha señalada. En caso de que el patrón o sujeto obligado no efectúe el pago en fecha señalada, la aceptación de condonación de recargos y multas quedará sin efectos, y el Instituto hará efectiva la garantía y exigirá el pago de los recargos y multas correspondientes. 2. Cuando hubiere sido en parcialidades, la condonación de los recargos y multas se consumará con el pago de la última parcialidad. En el supuesto de que el patrón o sujeto obligado dejare de pagar una parcialidad, la aceptación de condonación de recargos y multas quedará sin efectos, y el Instituto hará efectiva la garantía y exigirá el pago de los recargos y multas correspondientes. Séptimo.- La solicitud de condonación de recargos y multas no procederá, cuando el patrón o sujeto obligado, se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos: a) La determinación de las cuotas obrero patronales respecto de las que se causaron los recargos y multas derive de actos u omisiones que impliquen la existencia de agravantes en la comisión de infracciones en términos de la Ley, y b) Exista sentencia ejecutoriada que provenga de la comisión de delitos fiscales. Octavo.- La solicitud de condonación de recargos y multas a que se refiere el Artículo Octavo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del 2006; los datos, informes o documentos que, en su caso, la Subdelegación requiera al patrón o sujeto obligado para determinar la procedencia o no de la condonación, no constituirán instancia, y las resoluciones que dicte al respecto, no podrán ser impugnadas por el patrón o sujeto obligado por ningún medio de defensa. Noveno.- Tratándose de recargos respecto de créditos fiscales derivados de cuotas del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, no se otorgará condonación alguna, y respecto de la condonación de la multa en las fechas y los porcentajes indicados, aplicará sólo a los créditos generados hasta antes del 1 de septiembre de 2005. Décimo.- La Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social emitirá los lineamientos y/o procedimientos que sean necesarios para la debida aplicación de las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo, interpretará las mismas y resolverá las dudas o aclaraciones que le formulen los órganos operativos, con motivo de su ejecución. Décimo Primero.- La Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, promoverá la difusión y aplicación del presente Acuerdo, así como los lineamientos y/o procedimientos, que emita o establezca con base en el mismo, a los órganos operativos del Instituto. Décimo Segundo.- La Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, considerará las disposiciones del presente Acuerdo en los requerimientos de los sistemas informáticos que sean necesarios, a efecto de que la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico, en su caso, los diseñe, desarrolle e implemente. Décimo Tercero.- Este Consejo Técnico informará en los meses de abril, julio y octubre de 2006, a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, del H. Congreso de la Unión, de los resultados obtenidos con motivo del ejercicio de las facultades otorgadas a este Instituto Mexicano del Seguro Social, en los términos del Artículo Octavo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del 2006. Para tal efecto, las Delegaciones remitirán el informe requerido a la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, en la fecha y en el formato que ésta establezca para que lo presente a este Órgano Colegiado en las sesiones correspondientes".
  • S/N / Se difiere el análisis y resolución del asunto relativo a las Reglas para la Aplicación de los Beneficios Fiscales y Facilidades Administrativas.
    '18/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Diferir el análisis y resolución, del asunto relativo a las REGLAS PARA LA APLICACIÓN DE LOS BENEFICIOS FISCALES Y FACILIDADES ADMINISTRATIVAS QUE SE INDICAN EN EL DECRETO DEL EJECUTIVO FEDERAL, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 23 DE DICIEMBRE DE 2005, presentadas por la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social con oficio 20 del 18 de enero de 2006. La Dirección mencionada deberá someter a la consideración de este propio Cuerpo Colegiado, en una próxima sesión las reglas de referencia".
  • S/N / “Manual de Contabilización del IMSS" (Guía Contabilizadora) y el Catálogo de Cuentas y sus respectivos instructivos de manejo.
    '19/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 263, 264 fracción XVII y 277 E de la Ley del Seguro Social, 31 fracción XXVII y 79 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, aprueba en sus términos los documentos: “Manual de Contabilización del IMSS" (Guía Contabilizadora) y el Catálogo de Cuentas y sus respectivos instructivos de manejo, que presenta la Dirección General con oficio 1866, de fecha 28 de noviembre de 2005".
  • S/N / Reglas de Carácter General para la Distribución de Gastos.
    '20/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 263, 264 fracción XVII y 277 E de la Ley del Seguro Social, 31 fracción XXVII y 79 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, aprueba en sus términos el documento Reglas de Carácter General para la Distribución de Gastos, que presenta la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 61, de fecha 16 de enero de 2006".
  • S/N / Se instrumenten las acciones necesarias para que el Fondo para el Fomento de la Investigación Médica (FOFOI), bajo la Coordinación de Investigación en Salud opere bajo la figura jurídica de fideicomiso.
    '21/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, así como en el Artículo 31 fracciones III, XV y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Autorizar al Director General, para que por conducto del Director de Prestaciones Médicas del IMSS, se instrumenten las acciones necesarias para que el Fondo para el Fomento de la Investigación Médica (FOFOI), bajo la responsabilidad de la Coordinación de Investigación en Salud, opere bajo la figura jurídica del fideicomiso, en los términos dispuestos por la Ley de Ciencia y Tecnología. Segundo.- Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas, a efecto de que realice los trámites administrativos necesarios y determine la institución fiduciaria que resulte más conveniente para la constitución del fideicomiso del Fondo a que se hace referencia en el punto que antecede. Tercero.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas, a fin de que en coordinación con la Dirección Jurídica, se elaboren los instrumentos jurídicos necesarios para la formalización de esta operación".
  • S/N / Donación ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., para apoyar el proyecto “Genes candidato como marcadores de complicaciones en pacientes con diabetes tipo 2 y marcadores de riesgo en sujetos sanos e intolerantes a la glucosa".
    '22/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y XXXVII, 263 y 264 fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como en el numeral 7.1.11, último párrafo de la Norma de Disposiciones Presupuestarias del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General, para que por conducto del Director de Prestaciones Médicas del IMSS, acepte mediante donación pura, simple y a título gratuito, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., los siguientes bienes: a) Un sistema de inventario, con un valor de $47,925.36 (Cuarenta y siete mil novecientos veinticinco pesos 36/100 M.N.) incluyendo el impuesto al valor agregado (IVA); b) Una fotocopiadora, con un valor de $16,042.50 (Dieciséis mil cuarenta y dos pesos 50/100 M.N.) incluyendo el IVA; c) Dos equipos de aire acondicionado, con un valor de $89,959.42 (Ochenta y nueve mil novecientos cincuenta y nueve pesos 42/100 M.N.) incluyendo el IVA; d) Cuatro equipos Mini Protean III Electrophores, con un valor de $45,812.90 (Cuarenta y cinco mil ochocientos doce pesos 90/100 M.N.) incluyendo el IVA; e) Tres equipos Power Basic, con un valor de $26,814.48 (Veintiséis mil ochocientos catorce pesos 48/100 M.N.) incluyendo el IVA; f) Un equipo Micromat II instrumento, con un valor de $107,213.28 (Ciento siete mil doscientos trece pesos 28/100 M.N.) incluyendo el IVA; g) Un equipo Protean IEF System Complete, con un valor de $140,456.75 (Ciento cuarenta mil cuatrocientos cincuenta y seis pesos 75/100 M.N.) incluyendo el IVA; h) Un equipo Sub Cell GT WX 15X15 Tray & Castle, con un valor de $12,493.37 (Doce mil cuatrocientos noventa y tres pesos 37/100 M.N.) incluyendo el IVA e, i) Un equipo Wide Mini-Sub Cell GT System, con un valor de $7,278.21 (Siete mil doscientos setenta y ocho pesos 21/100 M.N.) incluyendo el IVA, con la finalidad de apoyar la realización del proyecto “Genes candidato como marcadores de complicaciones en pacientes con diabetes tipo 2 y marcadores de riesgo en sujetos sanos e intolerantes a la glucosa". Segundo.- Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas, a fin de que considere, para efectos contables, el valor de los bienes objeto de la donación. Tercero.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas, a fin de que en coordinación con la Dirección Jurídica, en los trámites de formalización de esta operación, se cumpla con todos los requisitos legales, atendiendo a lo previsto en los Artículos 2332 al 2335 y 2344, del Código Civil Federal, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto en el Artículo 9, de la Ley del Seguro Social. Los gastos y honorarios que se generen por esta operación, serán por cuenta del Instituto y, los impuestos y derechos por quien la Ley determine."
  • S/N / Donación ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., en apoyo del proyecto “Prevención Temprana de Diabetes Mellitus Tipo 2. Estudio Multicéntrico y Multidisciplinario. Primera Fase: Integración de una Cohorte de Sujetos de Alto Riesgo para el Desarrollo de Diabetes Mellitus Tipo 2".
    '23/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y XXXVII, 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como en el numeral 7.1.11, último párrafo, de la Norma de Disposiciones Presupuestarias del propio Instituto, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que por conducto del Director de Prestaciones Médicas del IMSS, acepte mediante donación pura, simple y a título gratuito, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., los siguientes bienes: a).- 16 Chanel Impact 2 Pipettor, marca Matriz, volume range 2-125 ul, pipeta electrónica de 16 canales, con un valor de $88,180.62 (Ochenta y ocho mil ciento ochenta pesos 62/100 M.N.) incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y, b).- Un lector de placas modelo Victor 3V Marca PerkinElmer, con un valor de $39,500.00 USD (Treinta y nueve mil quinientos Dólares Americanos 00/100) incluyendo el IVA, con la finalidad de apoyar la realización del proyecto “Prevención Temprana de Diabetes Mellitus Tipo 2. Estudio Multicéntrico y Multidisciplinario. Primera Fase: Integración de una Cohorte de Sujetos de Alto Riesgo para el Desarrollo de Diabetes Mellitus Tipo 2". Segundo.- Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas, a fin de que considere, para efectos contables, el valor de los bienes objeto de la donación. Tercero.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas, a fin de que en coordinación con la Dirección Jurídica, en los trámites de formalización de esta operación, se cumpla con todos los requisitos legales, atendiendo a lo previsto en los artículos 2332 al 2335 y 2344, del Código Civil Federal, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto en el artículo 9, de la Ley del Seguro Social. Los gastos y honorarios que se generen por esta operación, serán por cuenta del Instituto y, los impuestos y derechos por quien la Ley determine".
  • S/N / “Nota Técnica de modificación de los resultados a la contabilidad por ramo de seguro, de los Ejercicios Fiscales 2003 y 2004, derivados de la aplicación errónea de factores de prorrateo constantes en la distribución de los gastos médicos".
    '24/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones II, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y en los términos de la solicitud presentada por la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 31, de fecha 9 de enero de 2006, ACUERDA: Aprobar la “Nota Técnica de modificación de los resultados a la contabilidad por ramo de seguro, de los Ejercicios Fiscales de 2003 y 2004, derivados de la aplicación errónea de factores de prorrateo constantes en la distribución de los gastos médicos".
  • S/N / “Norma que Establece las Bases Generales para el Registro, Afectación, Disposición Final y Baja de Bienes Muebles del Instituto Mexicano del Seguro Social".
    '30/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, aprueba el documento “Norma que Establece las Bases Generales para el Registro, Afectación, Disposición Final y Baja de Bienes Muebles del Instituto Mexicano del Seguro Social", que fue elaborado entre las Direcciones: Jurídica; Planeación y Finanzas; Innovación y Desarrollo Tecnológico y de Administración y Calidad, actualmente Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones, y que presenta esta última con oficio 20 del 6 de enero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 130, 131 y 139 de la Ley General de Bienes Nacionales, publicada el 20 de mayo de 2004 en el Diario Oficial de la Federación".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS, en Guerrero. (GOBIERNO)
    '31/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de las designaciones comunicadas por el contador público Carlos Zeferino Torreblanca Galindo, Gobernador Constitucional del Estado de Guerrero, en favor de los licenciados Juan Perea Rodríguez y Juan Urbano Carreño, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Guerrero. Estas designaciones se hacen en sustitución de los señores licenciado José Rubén Robles Catalán y Julián Fernando Chávez Mireles, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdos 128/2002 y 156/2000, de fechas 20 de marzo de 2002 y 15 de marzo de 2000, respectivamente, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS, en Coahuila. (GOBIERNO)
    '32/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de las designaciones comunicadas por el profesor Humberto Moreira Valdés, Gobernador Constitucional del Estado de Coahuila de Zaragoza, en favor de los doctores Raymundo Verduzco Rosán y Francisco Elizalde Herrera, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Coahuila. Estas designaciones se hacen en sustitución de los doctores Bertha Castellanos Muñoz y Fortunato Rodríguez Castañeda, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdos 155/2000 y 373/2005, de fechas 15 de marzo de 2000 y 26 de septiembre de 2005, respectivamente, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designación de representante propietario en el Consejo Consultivo de la Delegación del IMSS, Estado de México Oriente. (CROC)
    '33/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la designación comunicada por el señor Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos, en favor del señor Salim Kalkach Navarro, como representante propietario en el Consejo Consultivo de la Delegación Estado de México Oriente. Esta designación se hace en sustitución del señor Miguel Ramírez Martínez, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 264/2005, de fecha 22 de junio de 2005, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designación de representante propietario en el Consejo Consultivo de la Delegación del IMSS, Estado de México Poniente. (CROC)
    '34/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la designación comunicada por el señor Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos, en favor del señor Miguel Ramírez Martínez, como representante propietario en el Consejo Consultivo de la Delegación Estado de México Poniente. Esta designación se hace en sustitución del señor Salim Kalkach Navarro, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 265/2005, de fecha 22 de junio de 2005, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Gestión de la Comisión de Inversiones Financieras, correspondiente al mes de noviembre de 2005.
    '35/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, 3 fracción XI, 4 y 7 fracción VIII del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social y en los numerales 1.7.6 y 1.8, último párrafo de los Lineamientos Operativos del Consejo Técnico, ACUERDA: Único.- Tomar conocimiento de la gestión de la Comisión de Inversiones Financieras, correspondiente al mes de noviembre de 2005, la cual se detalla en el informe de actividades aprobado por la propia Comisión mediante Acuerdo 10-268/05, tomado en la sesión celebrada el 14 de diciembre de 2005, que presenta la Dirección de Inversiones Financieras con oficio 104, de fecha 29 de diciembre de 2005".
  • S/N / Informe de los rendimientos producto de las operaciones y rendimientos obtenidos por la inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuenta 1, correspondiente al mes de noviembre de 2005.
    '36/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones III y XXXVII, 263, 264 fracciones I, III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones I, III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Tomar nota del informe de las operaciones y rendimientos obtenidos por la inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuenta 1, correspondiente al mes de noviembre de 2005, que la Comisión de Inversiones Financieras por conducto de la Dirección de Inversiones Financieras, presenta a este Consejo Técnico en su oficio 09 52 17 0800/12 del 29 de diciembre de 2005, en cumplimiento a los Artículos 3 fracción XI y 28 del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social y al Artículo 73 B fracción VII del Reglamento de Organización Interna del propio Instituto, el cual detalla el proceso integral de inversión, con cifras al cierre del citado mes que presenta la información siguiente: la posición de los recursos en inversión (incluyendo dólares y euros valuados al tipo de cambio del cierre del mes); los montos promedio de inversión (incluyendo la posición promedio en dólares y euros valuados al tipo de cambio del cierre de mes); los rendimientos devengados del portafolio de inversión durante el mes y acumulados en el año (incluyendo los rendimientos en dólares y euros acumulados durante el mes, los cuales fueron valuados al tipo de cambio del cierre del mes, excluyéndose la provisión contable por revaluación de posiciones del principal en moneda extranjera); las tasas de interés, rendimientos devengados y cumplimiento de metas; la inversión en moneda extranjera; la estructura del portafolio por tipo de instrumento; los indicadores de valor en riesgo (VaR) de mercado y crediticio; los indicadores de sensibilidad; inversión en instrumentos estructurados; y el control de operaciones en cuanto a asignaciones, títulos y transaccionalidad; asimismo se incluye la siguiente información: comportamiento de inflación, de enero de 2004 a noviembre de 2005 y de los Cetes en el mercado secundario, de diciembre de 2004 a noviembre de 2005; acumulación de las Reservas Financieras y Actuariales, la General Financiera y Actuarial y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones Subcuenta 1, de 1997 a noviembre de 2005; comportamiento del VaR en los últimos 12 meses; comportamiento de indicadores de sensibilidad en los últimos 12 meses; evolución de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones Subcuenta 1, de enero de 1996 a noviembre de 2005, Segundo.- Tomar nota de los favorables resultados obtenidos durante el mes de noviembre de 2005 en las operaciones de inversión, concluyendo que se alcanzaron en apego a las políticas y estrategias prudentes y conservadoras. Tercero.- Tomar nota de las estrategias de inversión prudentes y conservadores aprobadas por la Comisión de Inversiones Financieras, que considerando el escenario actual y las expectativas económicas y financieras, consisten en: a) Aplicar criterios de prudencia, seguridad, rendimiento, liquidez y diversificación del riesgo, transparencia y respeto a las sanas prácticas y usos del mercado en la inversión de los portafolios institucionales (Reservas Operativas, Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento, Reservas Financieras y Actuariales, Reserva General Financiera y Actuarial y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones Subcuenta 1) mismos que se definen como la canasta o un grupo de instrumentos que presenta, en forma global y acumulada, un perfil de riesgo-rendimiento que responde a los objetivos y a la tolerancia de riesgo fijados por el órgano de gobierno, y cuyo rendimiento se evalúa en el mediano plazo; b) Mantener las inversiones hasta su vencimiento; c) Incrementar gradualmente la participación en inversiones de deuda corporativa de alta calidad crediticia; d) Continuar la inversión en instrumentos estructurados a partir de nuevos esquemas y subyacentes, considerando el límite actual de 3% del portafolio global para las operaciones vigentes; e) El mecanismo de evaluación de los rendimientos para estas inversiones será en forma global acumulada en períodos móviles de 36 meses, con lo que se suavizan los efectos de la volatilidad de las tasas y tipos de cambio en diferentes condiciones de mercado; f) Realizar inversiones escalonadas a corto y mediano plazo (con tasas revisables de hasta 182 días) aprovechando las oportunidades de mercado; g) Como medida de diversificación del riesgo sistémico de mediano y largo plazo, a partir de la posición actual en monedas extranjeras, gradualmente incrementarla e invertir en instrumentos de deuda de alta calidad crediticia internacional considerando el límite autorizado del 30% respecto a las Reservas Financieras y Actuariales, la Reserva General Financiera y Actuarial y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones Subcuenta 1 del Fondo Laboral, en los horizontes de inversión establecidos; h) Analizar alternativas de inversión y los más adecuados instrumentos, mecanismos e instituciones financieras internacionales de alta calidad crediticia, para la inversión en notas estructuradas o esquemas de inversión que consideren como subyacente índices de instrumentos de deuda y gubernamentales cotizados en los mercados internacionales, o en bonos o certificados de depósito de alta calidad crediticia que coadyuven a la maximización de la relación riesgo-rendimiento en el mediano y largo plazo; i) Buscar una amplia diversificación en monedas, instrumentos, emisores, mercados, tasas y referencias; j) Mantener, y en su caso, ampliar las inversiones en tasa real y referenciadas a TIIE y CETES para aprovechar los incrementos en la inflación; k) Realizar las compras e inversiones en dólares para proveer la cobertura cambiaria a los pasivos en esta divisa por compra de materiales y equipo según las solicitudes correspondientes de la Dirección de Planeación y Finanzas; y l) Continuar participando en las subastas semanales de instrumentos gubernamentales, de papel comercial o de certificados bursátiles".
  • S/N / Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de noviembre de 2005.
    '37/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de noviembre de 2005, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9. y 2.5.4 f), de los “Lineamientos Operativos del Consejo Técnico", aprobados por este Órgano de Gobierno en la sesión extraordinaria del 25 de abril de 2002 y por la XC Asamblea General Ordinaria del IMSS del 29 de abril de 2002, que presenta la Secretaría General del Instituto con oficio del 13 de enero de 2006".
  • S/N / Informe de las Dispensas de Trámite Administrativo otorgadas en su totalidad por la Dirección de Prestaciones Médicas, conforme a lo solicitado por los integrantes del HCT, correspondiente al cuarto trimestre de 2005.
    '38/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe de las Dispensas de Trámite Administrativo otorgadas en su totalidad por la Dirección de Prestaciones Médicas, conforme a lo solicitado por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, correspondiente al cuarto trimestre de 2005, que presenta la Dirección mencionada con oficio 46 del 10 de enero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el punto Noveno de su Acuerdo 656/2002 del 16 de diciembre de 2002".
  • S/N / La Fundación IMSS, A.C. y los Fondos para el Fomento de la Investigación y para el Fomento de la Educación tienen diferentes propósitos, características, funciones y procedencia de recursos, no obstante se encuentran vinculados y se complementan con dicha Fundación
    '39/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota de la opinión en el sentido de que tanto el Fondo para el Fomento de la Investigación Médica (FOFOI), como el Fondo para el Fomento de la Educación (FOFOE), se encuentran vinculados y se complementan con la Fundación IMSS, A. C.; sin embargo, dichos fondos y la Fundación poseen diferentes propósitos, características, funciones y procedencia de recursos financieros, información que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas con oficio 65 del 16 de enero de 2006, en cumplimiento a lo solicitado por los señores consejeros en la sesión del 23 de noviembre de 2005".
  • S/N / Informe sobre el desglose de la disposición, amortización y saldos correspondientes a los créditos suscritos en las líneas contratadas con Instituciones Financieras para negociar Cartas de Crédito en dólares, del segundo semestre de 2005.
    '40/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el desglose de la disposición, amortización y saldos correspondientes a los créditos suscritos en las líneas contratadas con Instituciones Financieras para negociar Cartas de Crédito en dólares, del segundo semestre de 2005, que presenta la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 44 del 11 de enero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el punto II de su Acuerdo 151/2000, de fecha 5 de marzo de 2000".
  • S/N / Reporte acumulado de los resultados del tercer trimestre de 2005, de los Estados Financieros del Sistema Nacional de Tiendas, durante el período comprendido del 1° de enero al 31 de octubre de 2005.
    '41/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones II y XIV de la Ley del Seguro Social, toma nota del reporte acumulado de los resultados del tercer trimestre de 2005, de los Estados Financieros del Sistema Nacional de Tiendas, durante el período comprendido del 1° de enero al 31 de octubre de 2005, presentados por la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 59 del 16 de enero de 2006, en cumplimento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 133/2001, de fecha 28 de marzo de 2001, en el que instruyó a esta Dirección para que trimestralmente presente los resultados Financieros de la operación del Sistema Nacional de Tiendas".
  • S/N / Diagnóstico preliminar sobre el funcionamiento de las Áreas responsables de la contratación de acciones de Obra en el IMSS, así como del estado de las obras al 15 de noviembre de 2005.
    '42/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Diagnóstico Preliminar sobre el funcionamiento de las Áreas responsables de la contratación de acciones de Obra en el IMSS, así como del estado de las obras al 15 de noviembre de 2005; asimismo, de las estrategias y acciones a corto y mediano plazo que se están comenzando a tomar para poder concluir las obras en la presente Administración, que presenta la Dirección de Administración y Calidad, actualmente Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones anexo al documento fechado el 3 de enero de 2006".
  • S/N / Informe “Programa de Suministro y Mantenimiento de Inventarios de Medicamentos con Patente Vigente" correspondiente al 30 de junio de 2005.
    '43/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe “Programa de Suministro y Mantenimiento de Inventarios de Medicamentos con Patente Vigente" correspondiente al 30 de junio de 2005, que presenta la Dirección de Administración y Calidad, actualmente Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones con oficio 1267 del 5 de diciembre de 2005, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 163/2005 de fecha 20 de abril de 2005".
  • S/N / “Programa Anual de Disposición Final de Bienes Muebles, Ejercicio Fiscal 2006". La Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones , deberá informar al H.C.T. de los resultados que se generen al término del ejercicio fiscal 2006.
    '44/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, acuerda: I.- Aprobar el “Programa Anual de Disposición Final de Bienes Muebles, Ejercicio Fiscal 2006", que presenta la Dirección de Administración y Calidad, actualmente Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones con oficio 46 del 12 de enero de 2006; y II.- La Dirección mencionada, deberá informar a este propio Consejo Técnico de los resultados que se generen al término del Ejercicio Fiscal 2006".
  • S/N / Informe sobre el contrato de transacción celebrado con la empresa TRIBASA, para la conclusión y equipamiento de la obra del Hospital General de Zona, ubicado en Ciudad Juárez, Chihuahua , correspondiente al periodo octubre-noviembre de 2005.
    '45/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, VI y XXXII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Primero.- Tomar nota del Informe que presenta la Dirección Jurídica de este Instituto con oficio 17 del 5 de enero de 2006, sobre el estado que guardan a esta fecha los trabajos de obra, tendientes a la puesta en marcha de las instalaciones del Hospital General de Zona, 236 camas, en Ciudad Juárez, Chihuahua, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 127/2005 del 20 de abril de 2005. Segundo.- instruir a la Dirección Juridica, a fin de que se continúe con el seguimiento de la ejecución de los trabajos estipulados en el contrato de transacción suscrito con la empresa Triturados Basálticos y Derivados, S.A. de C.V.(TRIBASA)".
  • S/N / Designación de los señores Lic. Ignacio Cuauhtémoc Paleta y Rodolfo G. González Guzmán, como representantes propietario y suplente, respectivamente, para integrar el Comité de Evaluación de Delegaciones del H. Consejo Técnico.
    '46/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones XXII, XXIV y XXVII, 33 fracciones V y XVI y 34 fracciones IV y VII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y en lo establecido en los numerales 1.8., 1.9.1, 1.9.1.13, 1.9.3. y 1.9.3.9 de los Lineamientos Operativos del Consejo Técnico, Acuerda: tomar nota de la propuesta presentada por el Sector Obrero de este Cuerpo Colegiado y designar a los señores licenciados Ignacio Cuauhtémoc Paleta y Rodolfo G. González Guzmán, como representantes propietario y suplente, respectivamente, para integrar el Comité de Evaluación de Delegaciones de este propio Consejo Técnico. Lo anterior, en relación con lo dispuesto en su Acuerdo 463/2005 del 26 de octubre de 2005".
  • S/N / Contratación de 3 prestadores de servicios bajo el régimen de honorarios, por el período del 1°. de enero al 31 diciembre de 2006, los dos primeros y del 1 al 24 de enero de 2006, el tercero.
    '47/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, y de conformidad con lo establecido en el “Procedimiento para la Contratación de Servicios Profesionales o Especiales bajo el Régimen de Honorarios", aprobado mediante Acuerdo 679/2002, de fecha 16 de diciembre de 2002 de este propio Consejo Técnico, y a petición de la Unidad de Vinculación Institucional y de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico, autoriza a la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización, actualmente Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones, para contratar bajo el régimen de honorarios, a los C.C. Claudia Carolina Guzmán Moreno, Jesús Méndez Velasco e Igor Oswaldo Rossette Valencia, por los períodos comprendidos del 1 de enero al 31 de diciembre de 2006, los dos primeros y del 1 al 24 de enero de 2006, el tercero, en términos de la solicitud contenida en oficio 67 del 18 de enero de 2006 de la propia Dirección de Desarrollo de Personal y Organización".
  • S/N / Modificar la percepción mensual bruta del contrato por honorarios que se tiene celebrado con la C. Bertha Guerrero Cázares, por el período comprendido del 1 de febrero al 31 de diciembre de 2006.
    '48/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, y de conformidad con lo establecido en el “Procedimiento para la Contratación de Servicios Profesionales o Especiales bajo el Régimen de Honorarios", aprobado mediante Acuerdo 679/2002, de fecha 16 de diciembre de 2002, de este propio Consejo Técnico, autoriza a la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización, actualmente Dirección de Administración de Evaluación de Delegaciones para modificar la percepción mensual bruta a que se refiere el contrato por honorarios que se tiene celebrado con la C. Bertha Guerrero Cázares, por el período comprendido del 1 de febrero al 31 de diciembre de 2006, en términos de la solicitud contenida en oficio 91 del 25 de enero de 2006 de la propia Dirección de Desarrollo de Personal y Organización".
  • S/N / Designación de representante propietario en el Consejo Consultivo de la Delegación Sur del IMSS, en el Distrito Federal. CONCAMIN
    '49/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la designación comunicada por el licenciado León Halkin Bider, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos, en favor del licenciado Mario Emilio Carbajal Trillo, como representante propietario en el Consejo Consultivo de la Delegación Sur en el Distrito Federal. Esta designación se hace en sustitución del licenciado Octavio Omar Edwin Pérez Padilla, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 200/2005, de fecha 25 de mayo de 2005, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Se fijan las 17:00 hrs. del día 22 de febrero de 2006, para la celebración de la próxima sesión ordinaria del HCT.
    '50/2006 / 25 de Enero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las 17:00 horas del día 22 de febrero del año 2006".
  • S/N / Anteproyecto del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, para que la Dirección Jurídica lo envíe a la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República.
    '51/2006 / 2 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, Acuerda: Primero.- Autorizar el Anteproyecto de Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, presentado por la Dirección Jurídica con oficio 457 del 1 de febrero de 2006; y Segundo.- Instruir a la propia Dirección Jurídica, a fin de que envíe a la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República el Anteproyecto de Reglamento mencionado y, en su caso, se someta a la consideración del Ejecutivo Federal, para que en los términos de sus facultades reglamentarias, si lo considera conveniente, expida el decreto correspondiente y lo publique en el Diario Oficial de la Federación".
  • S/N / Informe de Labores 2005 y Programa de Actividades 2006 del C. Director General del Instituto, que presentará a la XCVI Asamblea General Ordinaria del IMSS.
    '52/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, aprueba el Informe de Labores 2005 y Programa de Actividades 2006 del licenciado Fernando Flores, Director General del Instituto, para ser sometido a la consideración de la XCVI Asamblea General Ordinaria del Instituto Mexicano del Seguro Social".
  • S/N / Informe que la H. Comisión de Vigilancia someterá a la consideración de la XCVI Asamblea General Ordinaria del IMSS.
    '53/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe que la H. Comisión de Vigilancia someterá a la consideración de la XCVI Asamblea General Ordinaria del Instituto Mexicano del Seguro Social".
  • S/N / El H Consejo Técnico, faculta al Director General para que se tomen medidas pertinentes y dicte las indicaciones respectivas a la Delegación Estatal en Coahuila. Por lo ocurrido en la Mina Pasta de Conchos A efecto de que se otorguen las prestaciones que correspondan.
    '54/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII, del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, acuerda: a) Expresar su profunda preocupación por el desafortunado accidente ocurrido en la madrugada del domingo 19 de febrero de 2006, en la Mina Pasta de Conchos, ubicada en San Juan Sabinas, Coahuila, para lo cual el IMSS envió una Brigada Médica Especial, integrada por 14 médicos (traumatólogos, neurólogos y cirujanos), así como 18 enfermeras y 8 ambulancias, a fin de atender de inmediato a los trabajadores mineros; y b) Facultar al señor licenciado Fernando Flores, Director General del Instituto, para que se tomen las medidas que estime pertinentes y dicte las indicaciones respectivas a la Delegación Estatal en Coahuila, a efecto de que se agilicen los trámites de las solicitudes de otorgamiento de las prestaciones que correspondan".
  • S/N / Se faculta al C. Director General del IMSS, para que haga llegar al Secretario del Trabajo y Previsión Social, el reconocimiento del HCT; por su labor realizada, con motivo del accidente ocurrido en la Mina Pasta de Conchos, ubicada en San Juan Sabinas, Coahuila.
    '55/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, faculta al señor licenciado Fernando Flores, Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social para que haga llegar al ingeniero Francisco Javier Salazar Sáenz, Secretario del Trabajo y Previsión Social, el reconocimiento de este Cuerpo Colegiado por la intensa labor que ha venido realizando, con motivo del accidente ocurrido en la madrugada del domingo 19 de febrero de 2006, en la mina Pasta de Conchos, ubicada en San Juan Sabinas".
  • S/N / Designación de la Lic. Ma. Guadalupe Emilia Martín Amaya como Titular de la Delegación Regional en Tamaulipas del IMSS.
    '56/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y designa a la licenciada María Guadalupe Emilia Martín Amaya como Titular de la Delegación Regional en Tamaulipas, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación se hace en sustitución del licenciado Francisco Díaz González, y surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Reglas para la aplicación de los beneficios Fiscales y Facilidades Administrativas que se indican en el Decreto del Ejecutivo Federal, publicado el 23 de diciembre de 2005.
    '57/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 237 B, 251 fracciones IV, VIII, XIII y XXXVII, 263 y 264 fracciones XIV, XV y XVII, de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones VII, XI y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y los Artículos Segundo, Tercero y Cuarto, así como Segundo Transitorio, del Decreto por el que se otorgan los beneficios y facilidades fiscales que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2005, Acuerda: PRIMERO.- Aprobar las siguientes: REGLAS PARA LA APLICACIÓN DE LOS BENEFICIOS FISCALES Y FACILIDADES ADMINISTRATIVAS QUE SE INDICAN EN EL DECRETO DEL EJECUTIVO FEDERAL, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 23 DE DICIEMBRE DE 2005. 1. GLOSARIO DE TÉRMINOS. Para los efectos de las presentes Reglas se entenderá por: Ajuste: Comparación realizada al concluir el ciclo de cultivo o de la explotación ganadera o forestal de que se trate, entre el importe del entero a cuenta pagado, y el importe de las cuotas obrero patronales efectivamente causadas conforme al número total de días a cotizar correspondiente a los movimientos ocurridos de alta, reingreso y baja de cada trabajador eventual del campo, para determinar la diferencia del importe de cuotas obrero patronales a pagar, en su caso. Cuotas Obrero Patronales: Las definidas como tales en el Artículo 5A fracción XV, de la Ley del Seguro Social. Decreto: Decreto por el que se otorgan los beneficios y facilidades que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2005. Entero a Cuenta: Importe estimado de las cuotas obrero patronales, determinado y pagado por el patrón del campo al inicio del ciclo de cultivo o de la explotación ganadera o forestal, según corresponda, conforme a lo establecido en las presentes reglas. Instituto: Instituto Mexicano del Seguro Social. Ley: Ley del Seguro Social. Pago complementario: Importe pagado por concepto de las diferencias actualizadas de cuotas obrero-patronales determinadas mediante el Ajuste. Reglamento: Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización. Salario Base de Cotización: El definido como tal en el Artículo 5A fracción XVIII de la Ley del Seguro Social. Salario de Referencia: El importe estimado como ingreso promedio diario de los trabajadores eventuales del campo en las distintas regiones geográficas del país, determinado con base en la información proporcionada por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, acerca de la naturaleza y características de las labores de dichos trabajadores eventuales del campo, así como de las condiciones especiales de tiempo y lugar de los procesos agrícolas, ganaderos y forestales en los que prestan sus servicios. Sistema de registro simplificado de movimientos afiliatorios: Medio de registro manual o electrónico autorizado por el Instituto, que el patrón del campo podrá utilizar para cumplir las obligaciones de inscribir a los trabajadores eventuales del campo, así como para comunicar sus movimientos de baja y/o reingreso, salario base de cotización y las modificaciones de éste, y los demás datos requeridos. 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN. Las presentes reglas serán aplicadas por las Delegaciones del Instituto, dentro de cuya circunscripción territorial tengan registrados a patrones del campo con trabajadores eventuales del campo a su servicio. 3. SUJETOS DE APLICACIÓN. Son sujetos de la aplicación de las presentes reglas los patrones del campo y los trabajadores eventuales del campo, registrados e inscritos, según corresponda, ante el Instituto en los términos de la Ley y del Reglamento, que para el cumplimiento de las obligaciones a su cargo en materia de Seguridad Social se acojan a los beneficios fiscales y facilidades administrativas establecidos en el Decreto. Para estos efectos, el patrón del campo, dentro de los diez días previos al inicio del ciclo de cultivo o de la explotación forestal o mixta de que se trate, deberá de comunicar por escrito al Instituto su decisión de solicitar para sí y para sus trabajadores eventuales del campo, los beneficios fiscales y facilidades administrativas que concede el Decreto, y proporcionar al Instituto la información y datos relativos al período y tipo de cultivo, superficie o unidad de producción, estimación de jornadas a utilizar en cada período y los demás datos que éste les requiera. Los patrones del campo con actividades ganaderas, deberán proporcionar la información sobre el tipo de ganado y el número de cabezas que poseen. La modificación de cualquiera de los datos proporcionados deberá ser comunicada al Instituto en un plazo no mayor de treinta días naturales contados a partir de la fecha en que se produzcan y sin que rebase la vigencia del Decreto. 4. REGISTRO DE LOS MOVIMIENTOS AFILIATORIOS DE LOS TRABAJADORES EVENTUALES DEL CAMPO Y SU COMUNICACIÓN AL INSTITUTO. 4.1 El patrón del campo que haya dado aviso al Instituto, de su decisión de acogerse a los beneficios y facilidades establecidos en el Decreto, cumplirá las obligaciones de inscribir a sus trabajadores eventuales del campo ante el Instituto, comunicar a éste las altas, reingresos, bajas, el salario base de cotización y las modificaciones del mismo, así como los demás datos necesarios, utilizando el Sistema de registro simplificado de movimientos afiliatorios a que se refieren las presentes Reglas, anotando en el mismo los datos antes señalados, dentro de plazos no mayores de siete días hábiles. Dentro de los primeros ocho días naturales del mes siguiente al que correspondan los movimientos afiliatorios, el patrón del campo, conforme a lo autorizado por el Instituto, deberá exhibir documentalmente el Sistema de registro simplificado de movimientos afiliatorios, presentarlo en medio magnético o bien, transmitirlo a través de medios electrónicos, a la Subdelegación del Instituto que controle su registro patronal, a efecto de que en las oficinas del Instituto se recopile o tome nota de los movimientos afiliatorios registrados del mes inmediato anterior, con lo que se tendrán por presentados dichos movimientos. 4.2 El patrón del campo, para cumplir las obligaciones mencionadas en el primer párrafo de la regla 4.1, también podrá optar por utilizar los documentos impresos o los medios magnéticos, digitales, electrónicos, ópticos, magneto ópticos o de cualquier otra naturaleza, autorizados por el Instituto conforme a las disposiciones de la Ley y el Reglamento. 4.3 Con independencia del medio o sistema utilizado, el patrón del campo invariablemente deberá proporcionar al Instituto los datos de identificación del trabajador eventual del campo, su número de seguridad social, fecha y tipo del movimiento que se trate (alta, reingreso, modificación de salario o baja), el salario base de cotización integrado conforme a las disposiciones de la Ley, y los demás datos que se requieran. 4.4 El patrón del campo deberá mantener en todo tiempo en el lugar en que físicamente se lleve a cabo el cultivo o la explotación ganadera o forestal, a disposición del Instituto, el Sistema de registro simplificado de movimientos afiliatorios, pudiendo el Instituto, a través del personal debidamente autorizado, efectuar la revisión de dicho Sistema y recopilar o tomar nota de los movimientos afiliatorios registrados en el mismo y de su fecha, levantando acta de la revisión efectuada. 4.5 Las prestaciones económicas que en términos de la Ley deban otorgarse al trabajador eventual del campo o a sus beneficiarios, se calcularán con el salario base de cotización señalado en los avisos afiliatorios presentados al Instituto y, en su caso, con el determinado por el Instituto mediante el ejercicio de sus facultades de comprobación. 5. DETERMINACIÓN Y PAGO DE LAS CUOTAS OBRERO PATRONALES. 5.1 El patrón del campo que haya comunicado al Instituto su decisión de acogerse a los beneficios y facilidades establecidos en el Decreto, para efectuar el pago de las cuotas obrero patronales utilizará el esquema de facilidades administrativas que se establece en estas reglas, consistente en efectuar al inicio del ciclo de cultivo o de la explotación ganadera o forestal, según corresponda, el pago de un entero a cuenta y realizar, al concluir dicho ciclo, el ajuste y, en su caso, el pago complementario que corresponda conforme a las presentes reglas. En este caso no será aplicable el pago diferido o a plazos previsto en el Artículo 237 C, de la Ley. El patrón del campo también podrá optar por determinar y enterar las cuotas obrero patronales en los términos dispuestos en la Ley y el Reglamento. 5.2 DETERMINACIÓN Y PAGO CONFORME AL ESQUEMA DE FACILIDADES ADMINISTRATIVAS. 5.2.1 ENTERO A CUENTA. El patrón del campo que opte por el esquema de facilidades administrativas a que se refieren las presentes reglas, calculará el importe del entero a cuenta conforme al procedimiento siguiente: 5.2.1.1 Identificar el salario de referencia que corresponda, según la región, tipo y ciclo de cultivo o de la explotación ganadera o forestal de que se trate, de los contenidos en el “Anexo 1. Salarios de Referencia", de estas reglas. 5.2.1.2 Identificar el número de jornadas por hectárea que corresponda, según la región, tipo y ciclo de cultivo o de la explotación ganadera o forestal de que se trate, de los contenidos en el “Anexo 2. Número de Jornadas por Hectárea", de estas reglas. En el supuesto de que el cultivo o actividad del patrón del campo no esté incluido en el Anexo citado, aquél determinará el número de jornadas respectivo, informando al Instituto por escrito esa circunstancia. El Instituto comunicará la información proporcionada por el patrón del campo, a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación o, en su caso, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para los efectos previstos en el Artículo Segundo Transitorio del Decreto. 5.2.1.3 Calcular el número estimado de jornadas a cotizar. Este cálculo se realizará, multiplicando el número de jornadas por hectárea correspondiente (identificado conforme al número 5.2.1.2), por el número de hectáreas que el patrón del campo destinará al cultivo o explotación ganadera o forestal respectiva, en el ciclo de que se trate. 5.2.1.4 Calcular el importe estimado de salarios. Este cálculo se realizará, multiplicando el número estimado de jornadas a cotizar (calculado conforme al número 5.2.1.3), por el salario de referencia (identificado conforme al número 5.2.1.1). 5.2.1.5 Calcular el importe del entero a cuenta. Este cálculo se realizará, aplicando sobre el importe estimado de salarios los porcentajes de las primas de financiamiento establecidas en la Ley para los Seguros de Riesgos de Trabajo, Enfermedades y Maternidad, Gastos Médicos de Pensionados, Invalidez y Vida, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, y de Guarderías y Prestaciones Sociales. Las cuotas fija y adicional del Seguro de Enfermedades y Maternidad se deberán calcular considerando las disposiciones de los Artículos 106 fracciones I y II, y Transitorio Décimo Noveno, de la Ley. 5.2.1.6 El entero a cuenta deberá ser calculado y pagado por el patrón del campo, a más tardar el día 17 del primer mes del ciclo de cultivo o de la explotación ganadera o forestal de que se trate. 5.2.1.7 El Instituto recibirá el pago del entero a cuenta con base en la información proporcionada por el patrón del campo en su escrito de solicitud de otorgamiento de los beneficios fiscales y facilidades establecidos en el Decreto. Si una vez recibido el pago, se determina que el cálculo no fue correcto, se notificará al patrón del campo, a efecto de que proceda a enterar la diferencia en un plazo máximo de cinco días hábiles. 5.2.1.8 El Instituto expedirá al patrón del campo el comprobante de pago del entero a cuenta y registrará el importe correspondiente a cada seguro. 5.2.2 AJUSTE Y PAGO COMPLEMENTARIO. El patrón del campo que opte por el esquema de facilidades administrativas a que se refieren las presentes reglas, al concluir el ciclo del cultivo o de la explotación ganadera o forestal de que se trate, deberá realizar el Ajuste y, en su caso, el pago complementario del importe de las diferencias actualizadas de las cuotas obrero patronales a su cargo, conforme al procedimiento siguiente: 5.2.2.1 Determinar el número real de días a cotizar. Este cálculo se realizará, sumando el número de días bajo aseguramiento de la totalidad de los trabajadores eventuales del campo al servicio del patrón del campo, considerando, de cada trabajador eventual del campo, sus movimientos de alta, reingreso y baja ocurridos durante el ciclo del cultivo o de la explotación ganadera o forestal correspondiente. 5.2.2.2 Calcular el importe de la base de cotización. Este cálculo se realizará, multiplicando el número real de días a cotizar (determinado conforme al número 5.2.2.1), por el salario de referencia que corresponda (identificado conforme al número 5.2.1.1). 5.2.2.3 Calcular el importe de las cuotas obrero patronales causadas. Este cálculo se realizará, aplicando sobre el importe de la base de cotización (determinada conforme a la regla 5.2.2.2), los porcentajes de las primas de financiamiento establecidas en la Ley para los Seguros de Riesgos de Trabajo, Enfermedades y Maternidad, Gastos Médicos de Pensionados, Invalidez y Vida, Retiro, Cesantía en Edad Avanza y Vejez, y de Guarderías y Prestaciones Sociales. Las cuotas fija y adicional del Seguro de Enfermedades y Maternidad se deberán calcular considerando las disposiciones de los Artículos 106 fracciones I y II, y Transitorio Décimo Noveno de la Ley. 5.2.2.4 Calcular el importe del pago complementario. Este cálculo se realizará restando, en forma sucesiva a partir del primer mes del ciclo de cultivo o de la explotación ganadera o forestal, el importe mensual de las cuotas obrero patronales causadas, del importe del entero a cuenta pagado al inicio de dicho ciclo. El resultado obtenido será el importe de las diferencias de cuotas obrero patronales a pagar, las cuales se deberán actualizar de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 17 A, del Código Fiscal de la Federación. 5.2.2.5 El pago complementario deberá ser calculado y pagado por el patrón del campo, a más tardar el día 17 del mes siguiente al último mes del ciclo de cultivo o de la explotación ganadera o forestal de que se trate. 5.2.2.6 El Instituto revisará el cálculo del pago complementario, con base en el salario de referencia y con la información relativa a los períodos de aseguramiento de los trabajadores eventuales del campo, contenida en los movimientos afiliatorios presentados mediante el Sistema de registro simplificado de movimientos afiliatorios y, en su caso, en las Actas levantadas con motivo de la inspección de dicho Sistema, o bien, con la información de los movimientos afiliatorios presentados a través de los documentos impresos o los medios magnéticos, digitales, electrónicos, ópticos, magneto ópticos o de cualquier otra naturaleza, autorizados por el Instituto conforme a las disposiciones de la Ley y el Reglamento, así como con los datos obtenidos por el Instituto mediante el ejercicio de sus facultades de comprobación. Si el cálculo no fuese correcto, el Instituto notificará al patrón del campo las cédulas de liquidación por el importe de las diferencias determinadas, para su pago dentro de los quince días hábiles siguientes, conforme a las disposiciones de la Ley y el Reglamento. En este supuesto, sólo hasta que se paguen las diferencias se tendrá por realizado el pago complementario. 5.2.2.7 El Instituto expedirá al patrón del campo el comprobante del pago complementario y registrará el importe correspondiente a cada seguro. 5.2.3 DEVOLUCIÓN DE IMPORTES NO APLICADOS DEL ENTERO A CUENTA. 5.2.3.1 El Instituto, a solicitud del patrón del campo, efectuará la devolución del saldo del entero a cuenta, cuando el importe de éste sea superior al de las cuotas obrero patronales efectivamente causadas en el ciclo de cultivo o de la explotación ganadera o forestal, derivado de caso fortuito, como la presentación de contingencias climatológicas, o de causas de fuerza mayor, que hubiesen afectado total o parcialmente el proceso productivo y que por tal motivo se haya contratado menor número de trabajadores eventuales del campo o se hayan laborado menos jornadas, que lo considerado para efectuar el cálculo del importe del entero a cuenta pagado al inicio del ciclo de que se trate. 5.2.3.2 La solicitud de devolución será tramitada conforme a las disposiciones de la Ley y el Reglamento, debiendo el solicitante acreditar fehacientemente, a través de los medios generales de prueba, la realización del caso fortuito o de la causa de fuerza mayor de que se trate, así como la afectación al proceso productivo. 5.3 DETERMINACIÓN Y PAGO CONFORME A LA LEY. 5.3.1 El patrón del campo que opte por cumplir sus obligaciones en los términos de la Ley, determinará las cuotas obrero patronales por mensualidades vencidas, mediante el programa de cómputo autorizado por el Instituto y considerando los salarios de referencia que correspondan a sus trabajadores eventuales del campo, de los señalados en el “Anexo 1. Salarios de Referencia", de las presentes reglas. 5.3.2 El patrón del campo deberá presentar ante el Instituto la Cédula de Determinación de Cuotas del mes de que se trate y realizar el pago respectivo, a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente. 5.3.3 El Instituto revisará los pagos mensuales de cuotas obrero patronales efectuados por los patrones del campo, con base en el salario de referencia y con la información relativa a los períodos de aseguramiento del trabajador eventual del campo, contenida en los movimientos afiliatorios presentados mediante el Sistema de registro simplificado de movimientos afiliatorios y, en su caso, en las Actas levantadas con motivo de la inspección de dicho Sistema, o bien, con la información de los movimientos afiliatorios presentados a través de los documentos impresos o los medios magnéticos, digitales, electrónicos, ópticos, magneto ópticos o de cualquier otra naturaleza, autorizados por el Instituto conforme a las disposiciones de la Ley y el Reglamento, así como con los datos obtenidos por el Instituto mediante el ejercicio de sus facultades de comprobación. Si el pago efectuado no fuese correcto, el Instituto notificará al patrón del campo las cédulas de liquidación por el importe de las cuotas obrero patronales omitidas, para su pago dentro de los quince días hábiles siguientes, conforme a las disposiciones de la Ley. 6. CONSTANCIAS DE EXENCIÓN PARCIAL. 6.1 El Instituto revisará el Ajuste y el pago complementario realizados por los patrones del campo que paguen las cuotas obrero patronales mediante el esquema de facilidades administrativas previsto en estas reglas, así como los pagos mensuales de dichas cuotas efectuados por los patrones del campo que opten por cumplir la obligación fiscal en los términos de la Ley y el Reglamento, a efecto de determinar, de cada mes comprendido en el ciclo de cultivo o de la explotación ganadera o forestal, el importe de la diferencia entre las cuotas obrero patronales determinadas con el salario base de cotización señalado en los avisos de afiliación de los trabajadores eventuales del campo y el importe de las cuotas determinadas con los salarios de referencia respectivos. 6.2 El importe total de las diferencias determinadas será el monto de la exención parcial de las cuotas obrero patronales otorgada al patrón del campo y a los trabajadores eventuales del campo en los términos del Decreto, y el Instituto expedirá y entregará al patrón del campo la Constancia respectiva. 6.3 Cuando en los términos del Decreto se consideren revocados los beneficios fiscales otorgados, y cuando no se determinen y paguen en tiempo las cuotas obrero patronales, el Instituto determinará y notificará al patrón del campo los créditos fiscales a su cargo y, en su caso, la resolución relativa a la revocación de los beneficios fiscales mencionados. 7. DETERMINACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES. 7.1 El Instituto, en uso de sus facultades de comprobación, podrá determinar la existencia y cuantía de los créditos fiscales a su favor y notificar al patrón del campo las cédulas de liquidación que corresponda, derivado de la omisión total o parcial de éste en el cumplimiento de las obligaciones a su cargo establecidas en la Ley o, en su caso, en el Decreto. 7.2 Para tales efectos, el Instituto podrá determinar y liquidar las cuotas obrero patronales y los capitales constitutivos previstos en la Ley, así como sus accesorios legales y, en su caso, las multas que corresponda imponer por infracción a las disposiciones de la misma o de sus reglamentos, con base en: - Los datos e información proporcionados por el patrón del campo con respecto al período y tipo de cultivo, superficie o unidad de producción, estimación de jornadas a utilizar en cada período, o bien, del tipo de ganado y el número de cabezas que posee, - Los datos e información de los movimientos afiliatorios de los trabajadores eventuales del campo presentados mediante el Sistema de registro simplificado de movimientos afiliatorios y, en su caso, con los datos de las Actas levantadas con motivo de la inspección de dicho Sistema, o bien, con la información de los movimientos afiliatorios presentados a través de los documentos impresos o los medios magnéticos, digitales, electrónicos, ópticos, magneto ópticos o de cualquier otra naturaleza, autorizados por el Instituto conforme a las disposiciones de la Ley y el Reglamento, - Los datos e información proporcionados al Instituto por los trabajadores eventuales del campo al solicitar su inscripción ante la omisión del patrón, o - La información y datos obtenidos por el Instituto con motivo del ejercicio de sus facultades de comprobación, así como los proporcionados por otras autoridades fiscales o por terceros, en los términos previstos en las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. SEGUNDO. Las Subdelegaciones del Instituto, dentro de su circunscripción territorial, en el ejercicio de sus facultades de asistencia al patrón, podrán realizar acciones para informar al patrón del campo y demás sujetos obligados acerca del contenido del Decreto del Ejecutivo Federal por el que se otorgan beneficios y facilidades fiscales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2005, así como del contenido y alcance de las Reglas aprobadas mediante este Acuerdo. TERCERO. La Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social establecerá los procedimientos operativos para la aplicación de las presentes Reglas y resolverá las dudas o aclaraciones que formulen los órganos operativos con motivo de su aplicación. CUARTO. Con el propósito de evaluar los niveles de registro de los patrones del campo, así como de la inscripción de los trabajadores eventuales del campo y el pago de las cuotas obrero patronales, el Instituto podrá invitar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a organizaciones que representen a los sectores mencionados, así como a cualquier otra dependencia o institución involucrada en esta materia, para realizar reuniones de trabajo con periodicidad bimestral o la que en su caso se determine por los participantes. QUINTO. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación".
  • S/N / Plan Gerontológico Institucional 2006-2025.
    '58/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme al oficio 264 del 15 de febrero de 2006 de la Dirección de Prestaciones Médicas, Acuerda: Primero.- Autorizar el Plan Gerontológico Institucional 2006-2025; Segundo.- Autorizar el desarrollo de las líneas estratégicas de trabajo del Plan Gerontológico Institucional 2006-2025: a) Planear, implementar y evaluar un modelo de atención social a la salud de las personas adultas mayores y sus diferentes servicios, b) Analizar su factibilidad técnica y la viabilidad financiera, y c) Fortalecer la capacidad institucional actual por medio de estrategias de actualización y capacitación para el personal de salud, así como de formación de recursos humanos especializados en torno a la atención gerontológica; Tercero.- Autorizar la asignación por un monto de $58,590,027.00 (cincuenta y ocho millones quinientos noventa mil veintisiete pesos 00/100 M.N.) para los gastos de operación e inversión del año 2006, correspondiente al primer año de implementación del Plan Gerontológico Institucional 2006-2025; Cuarto.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas y a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, a fin de que conjuntamente desarrollen las líneas estratégicas de trabajo para la implementación del Plan Gerontológico Institucional 2006-2025, que se señalan en el punto Segundo, incisos a), b) y c), del presente Acuerdo".
  • S/N / Se autorizan las Propuestas de Adecuación al Presupuesto 2006 aprobado del Instituto Mexicano del Seguro Social.
    '60/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263, 264 fracciones I, II, III y VI, 270, 272, 274, 276 y 277 F de la Ley del Seguro Social y las fracciones correlativas del Artículo 31 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, aprueba el documento denominado “Propuestas de adecuación al presupuesto 2006 aprobado del Instituto Mexicano del Seguro Social", que presenta la Dirección General a través de la normativa de Planeación y Finanzas, mediante oficio 259 del 16 de febrero de 2006, con las siguientes consideraciones: a) Se aprueban las adecuaciones al presupuesto 2006 aprobado, en términos de flujo de efectivo y devengado, contenidas en las tablas 1 y 2 de la sección III del documento, así como su impacto en los calendarios respectivos. b) Se toma nota que este segundo incremento de $1,371 millones se apega a la política de ingreso-gasto de la Administración Pública Federal. De conformidad con las facultades conferidas en la Ley del Seguro Social a este Cuerpo Colegiado, de ser el caso, se incrementaría posteriormente el presupuesto 2006 hasta los $21,072 millones de superávit primario presupuestado originalmente después de reservas, en los términos de los Artículos 274 y 286 B de la Ley del Seguro Social, quedando por lo tanto pendientes de transferir $13,701 millones. c) Se instruye a la Dirección General para que, por conducto de la Dirección de Planeación y Finanzas, presente los presupuestos modificados por seguro y por programas a que se refieren las fracciones II y V del Artículo 275 de la Ley del Seguro Social, una vez que se haya transferido de las reservas operativas al gasto, el total de los recursos presupuestarios originalmente presupuestados como superávit primario. d) Se instruye a la Dirección General para que, a través de la Dirección de Planeación y Finanzas, envíe el documento que se aprueba al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento y efectos conducentes".
  • S/N / Segunda Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el Ejercicio Fiscal 2006.
    '61/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 264, 272, 274 y 286 B de la Ley del Seguro Social, aprueba la segunda Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el Ejercicio Fiscal 2006 que propone la Dirección General, a través del documento presentado por la Dirección de Planeación y Finanzas, mediante oficio 257 del 16 de febrero de 2006, con las siguientes consideraciones: a) Se toma nota que no se modifica la meta establecida para la acumulación de las reservas financieras y actuariales y al fondo laboral autorizada el 14 de diciembre de 2005 en el Acuerdo 557/2005. b) Se toma nota de que únicamente se está modificando la afectación a las Reservas Operativas que se había aprobado según Acuerdo número 14/2006 del 25 de enero de 2006. c) Se toma nota del impacto a mediano y largo plazo que tendrán las medidas aprobadas. d) Se aprueban los calendarios mensual y trimestral del presupuesto modificado de flujo de efectivo del Instituto, contenidos en el documento que se aprueba. e) Se toma nota que este segundo incremento de $1,371 millones se apega a la política de ingreso-gasto de la Administración Pública Federal. De conformidad con las facultades conferidas en la Ley del Seguro Social a este Cuerpo Colegiado, de ser el caso, se incrementaría posteriormente el presupuesto 2006 hasta los $21,072 millones de superávit primario presupuestado originalmente después de reservas, en los términos de los Artículos 274 y 286 B de la Ley del Seguro Social, quedando por lo tanto pendientes de transferir $13,701 millones. f) Se instruye a la Dirección General para que a través de la Dirección de Planeación y Finanzas, se envíe a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el documento que se aprueba, para su conocimiento".
  • S/N / Se autoriza ratificar la gestión oficiosa llevada a cabo por el Delegado Regional en Baja California, con motivo de la aceptación de la donación que realizó Banco Nacional de México, S.A., Grupo Financiero Banamex, S.A. de C.V., División Fiduciaria.
    '62/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y VI, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Autorizar al C. Director General para que, por sí o por medio de la persona que él designe, ratifique la gestión oficiosa llevada a cabo por el Delegado Regional en Baja California, con motivo de la aceptación de la donación que realizó Banco Nacional de México, S.A., Grupo Financiero Banamex, S.A. de C.V., División Fiduciaria, por instrucción de la empresa Sanyo North America Corporation, como primer Fideicomisario y Sia Electrónica de Baja California, S.A. de C.V., como segundo Fideicomisario en favor de este Instituto, del inmueble ubicado en Av. Los Cabos No. 13350, fracción de terreno No. 121-B, de la Manzana 18, del Desarrollo denominado Parque Industrial Pacífico Segunda Etapa, en el Municipio de Tijuana, Baja California, con superficie de 1,270.98 m2, en el que se encuentra construida una Clínica de 4 Consultorios, cuyas medidas y colindancias, conforme al plano de levantamiento topográfico que corresponde a la autorización de subdivisión expedida por la Dirección de Administración Urbana de Tijuana, Baja California, son las siguientes: Al Noroeste: En tres tramos, partiendo del punto 72 al 71 en 17.933 metros, del punto 71 al 70 en 6.829 metros y del punto 70 al 69 en 32.558 metros, con fracción 121-A; Al Suroeste: Partiendo del punto 69 al 68 en 20.945 metros, con fracción 121-A; Al Sur: Partiendo del punto 68 al 67 en 4.616 metros, con fracción 121-A; Al Sureste: En tres tramos, partiendo del punto 67 al 66 en 9.500 metros, del punto 66 al 65 en 5.845 metros y del punto 65 al 64 en 27.960 metros, con fracción 121-A; Al Sur: En dos tramos, partiendo del punto 64 al 63 en 6.914 metros y del punto 63 al 62 en 0.150 metros, con fracción 121-A y, Al Noreste: Partiendo del punto 62 al 72 en 25.627 metros, con Av. los Cabos. Segundo.- Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas, a fin de considerar como valor del inmueble para efectos contables la cantidad de $2’419,000.00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL PESOS 00/100 M.N.), con base en el Avalúo No. 4-03-04-29 de fecha 17 de abril del 2003, elaborado por el perito valuador Ing. Antonio N. Malof Córdova, el cual fue empleado en la Escritura Pública No. 15,496 de fecha 2 de julio del 2003, por la que este Instituto adquirió el inmueble mencionado. Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que en los trámites de formalización de la operación se cumpla con lo previsto en la Ley General de Bienes Nacionales y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Los gastos y honorarios que se generen por la presente operación, serán por cuenta del Instituto".
  • S/N / Gestión oficiosa Delegación Estatal en Coahuila, de la dación en pago que realizó la señora Rosa María Quintero Vargas en favor de este Instituto.
    '63/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y VI, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Autorizar al C. Director General para que, por sí o por medio de la persona que él designe, ratifique la gestión oficiosa llevada a cabo por el entonces Delegado Estatal en Coahuila, con motivo de la aceptación de la dación en pago que realizó la señora Rosa María Quintero Vargas en favor de este Instituto, del inmueble ubicado en calle Ramos Arizpe No. 29, fracción de la Manzana 57, Municipio de Torreón, Estado de Coahuila, con superficie de 683.74 m2, para destinarse a Bodega de Bienes Embargados, cuyas medidas y colindancias, de conformidad con el título de propiedad en favor de este Instituto, consistente en la Escritura Pública No. 1,040 de fecha 27 de septiembre del 2004, son las siguientes: Al Norte: En línea quebrada, de oriente a poniente en 29.90 metros, luego hacia el sur en 4.30 metros de oriente a poniente hasta llegar a la calle Ramos Arizpe mide 12 metros y colinda con la propiedad que es o fue de los señores Sada e Irene Sada de González; Al Sur: En 41.90 metros, con propiedad que es o fue de Sebastián Vera; Al Oriente: En 17.55 metros, con propiedad del señor Enrique de Lara Dávila, antes del señor Abrosio Vallejo y, Al Poniente: En 13.25 metros, con calle Ramos Arizpe. Segundo.- Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas, a fin de considerar como valor del inmueble para efectos contables la cantidad de $500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), de conformidad con la cláusula segunda de la escritura pública mencionada. Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que en los trámites de formalización de la operación se cumpla con lo previsto en la Ley General de Bienes Nacionales y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Los gastos y honorarios que se generen por la presente operación, serán por cuenta del Instituto".
  • S/N / Gestión oficiosa Delegación Regional Estado de México Poniente, con motivo de la aceptación de la donación condicionada que realizó el H. Ayuntamiento de Metepec, Estado de México en favor de este Instituto.
    '64/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y VI, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Autorizar al C. Director General para que, por sí o por medio de la persona que él designe, ratifique la gestión oficiosa llevada a cabo por el entonces Titular de la Delegación Regional Estado de México Poniente, con motivo de la aceptación de la donación condicionada que realizó el H. Ayuntamiento de Metepec, Estado de México en favor de este Instituto, de la fracción de terreno adyacente a la Unidad de Medicina Familiar No. 231, ubicada en Hacienda La Quemada s/n, Unidad Habitacional Andrés Molina Enríquez, Municipio y Entidad mencionados, con superficie de 3,690.52 m2, para destinarlo a la construcción de una Unidad Médica de Atención Ambulatoria y Módulo de Rehabilitación, cuyas medidas y colindancias, conforme al título de propiedad en favor de este Instituto, consistente en la Escritura Pública No. 1,837 de fecha 15 de diciembre del 2004, son las siguientes: Al Norte: En 98.91 metros, con Unidad de Medicina Familiar No. 231 del Instituto Mexicano del Seguro Social; Al Sur: En 86.31 metros, con Unidad Deportiva La Pila; Al Oriente: En 67.79 metros, con Templo y Biblioteca y, Al Poniente: En 18.00 metros, con Velatorio del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia. Segundo.- Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas, a fin de considerar como valor del inmueble para efectos contables la cantidad de $ 5’399,230.76 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA PESOS 76/100 M.N.), con base en el Avalúo No. 04-2852, Secuencial G-37949, de fecha 4 de enero del 2005, emitido por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN). Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que en los trámites de formalización de la operación se cumpla con lo previsto en la Ley General de Bienes Nacionales y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Los gastos y honorarios que se generen por la presente operación, serán por cuenta del Instituto".
  • S/N / Gestión oficiosa Delegación Estatal en Baja California Sur, con motivo de la aceptación de la donación que realizó el Gobierno del Estado de Baja California Sur en favor de este Instituto.
    '65/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y VI, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Autorizar al C. Director General para que, por sí o por medio de la persona que él designe, ratifique la gestión oficiosa llevada a cabo por el Delegado Estatal en Baja California Sur, con motivo de la aceptación de la donación que realizó el Gobierno del Estado de Baja California Sur en favor de este Instituto, del inmueble ubicado en el Lote 1, de la Manzana 001, del Proyecto de Lotificación de la Parcela 346/ZP, en San José del Cabo, Municipio de Los Cabos, en dicha Entidad, con superficie de 9,628.82 m2, para destinarse a la construcción de un Hospital General de Subzona, cuyas medidas y colindancias, de conformidad con el título de propiedad en favor de este Instituto, consistente en la Escritura Pública No. 16,129 de fecha 16 de junio del 2005, son las siguientes: Al Noreste: En 49.688 metros, con Boulevard Tecnológico; Al Norte: En 26.01 metros, con Boulevard Tecnológico; Al Este: En cinco tramos de 10.71 metros, 19.93 metros, 20.00 metros, 19.99 metros y 20.35 metros, con Lote 2; Al Sur: En cinco tramos, de 24.56 metros, con Lote 15, 25.04 metros, con Lote 14, 26.74 metros, con calle Jesús Ceseña Agundez, 24.98 metros, con Lote 13 y 24.98 metros, con Lote 12; Al Oeste: En 19.98 metros, con calle Eduardo García Martínez y, Al Noroeste: En cuatro tramos, de 16.02 metros, 23.64 metros, 29.77 metros y 23.913 metros, con calle Eduardo García Martínez. Segundo.- Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas, a fin de considerar como valor del inmueble para efectos contables la cantidad de $5’430,660.12 (CINCO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS SESENTA PESOS 12/100 M.N.), de acuerdo al Dictamen No. 50259 HMO, Secuencial G-4199-HMO, de fecha 1 de marzo del 2005, emitido por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN). Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que en los trámites de formalización de la operación se cumpla con lo previsto en la Ley General de Bienes Nacionales y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Los gastos y honorarios que se generen por la presente operación, serán por cuenta del Instituto".
  • S/N / Donación ofrecida por el R. Ayuntamiento de Apodaca, Nuevo León, en favor de este Instituto, el terreno ubicado en Carretera Miguel Alemán.
    '66/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y VI, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Autorizar al C. Director General para que, por sí o por medio de la persona que él designe, adquiera mediante donación ofrecida por el R. Ayuntamiento de Apodaca, Nuevo León, en favor de este Instituto, el terreno ubicado en Carretera Miguel Alemán a la altura del camino a la Barreta, Lote 4, de la Manzana 004, con clave catastral 353, en el Municipio y Entidad mencionados, con superficie de 25,000.00 m2, para destinarlo a la construcción de un Hospital General de Zona, cuyas medidas y colindancias, de conformidad con el Acta No. 64, de fecha 8 de noviembre del 2005, correspondiente a la Décima Cuarta Sesión Extraordinaria, del R. Ayuntamiento de Apodaca, Nuevo León, por la que se aprobó por unanimidad la donación definitiva del terreno en favor de este Instituto, son las siguientes: Al Norte: En 100.00 metros, con propiedad privada; Al Sur: En 100.00 metros, con Carretera Miguel Alemán; Al Este: En 250.00 metros, con propiedad privada y, Al Oeste: En 250.00 metros, con propiedad privada. Segundo.- Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas, a fin de considerar como valor del inmueble para efectos contables la cantidad de $8’750,000.00 (OCHO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), de acuerdo al Dictamen No. 05-1230, Secuencial G-5257-MTY, de fecha 7 de diciembre del 2005, emitido por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN). Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que en los trámites de formalización de la operación se cumpla con lo previsto en la Ley General de Bienes Nacionales y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Los gastos y honorarios que se generen por la presente operación, serán por cuenta del Instituto".
  • S/N / Programa de Modernización de la Administración del Derechohabiente y de las Prestaciones (PROMADYP), incluido el proceso de credencialización de los derechohabientes.
    '67/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme al contenido del oficio 22 del 9 de febrero de 2006 que presenta la Coordinación General de Comunicación Social, acuerda: Primero.- Autorizar la Propuesta de Estrategia para la difusión del Programa de Modernización de la Administración del Derechohabiente y de las Prestaciones (PROMADYP), incluido el proceso de credencialización de los derechohabientes; y Segundo.- Instruir a la Coordinación General mencionada para que informe a este Consejo Técnico sobre la Propuesta que se aprueba".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en San Luis Potosí. (CONCANACO)
    '68/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de las designaciones comunicadas por el contador público Raúl Alejandro Padilla Orozco, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), en favor de los señores ingeniero Gerardo Zermeño Pérez y licenciada Daniela Pérez Gavidia, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en San Luis Potosí. Estas designaciones se hacen en sustitución de los señores licenciado Pablo Mina Ruiz Esparza y contador público Benjamín Romero Villalobos, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdos 228/2004 y 354/2000, de fechas 19 de mayo de 2004 y 24 de mayo de 2000, respectivamente, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Informe Anual de Actividades del Comité Institucional de Obras Públicas, correspondiente al ejercicio 2005.
    '69/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe Anual de Actividades del Comité Institucional de Obras Públicas, correspondiente al ejercicio 2005, que presenta la Dirección General con oficio 188, de fecha 14 de febrero de 2006, en cumplimiento al numeral 4.1.8 del Manual de Integración y Funcionamiento de los Comités de Obra Pública, en los Ámbitos Institucional, Delegacional y en las Unidades Médicas de Alta Especialidad".
  • S/N / Información relativa a los Resultados Financieros por la Inversión de las Reservas y el Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual correspondiente al año 2005 y Políticas y Directrices de Inversión.
    '70/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones III, IV y XXXVII, 263, 264 fracciones I, III y XVII de la Ley del Seguro Social y 31 fracciones I, III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Tomar conocimiento y aprobar con beneplácito el documento que contiene información relativa a los Resultados Financieros por la Inversión de las Reservas y el Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual correspondiente al año 2005 y Políticas y Directrices de Inversión, que presenta la Dirección de Inversiones Financieras mediante oficio número 0124 de fecha 8 de febrero de 2006, cuyo contenido es: I. Informe de labores de 2005; I.1 Posición de las Reservas y Fondo Laboral; I.2 Estructura del portafolio de inversión; I.3 Inversión en instrumentos estructurados; I.4 Inversión en moneda extranjera; I.5 Rendimientos devengados; I.6 Cumplimiento de metas; I.7 Administración de riesgos de inversión; Norma de riesgos; Riesgo de mercado; Riesgo crediticio; I.8 Evaluación del desempeño de las inversiones institucionales; I.9 Transaccionalidad de las inversiones; I.10 Transparencia y calidad de los procesos; I.11 Infraestructura informática; I.12 Acciones de mejora desarrolladas; II. Políticas y directrices de inversión; Segundo.- Someter el documento mencionado a la consideración de la XCVI Asamblea General Ordinaria del Instituto Mexicano del Seguro Social".
  • S/N / Informe de las operaciones y rendimientos obtenidos por la inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuenta 1 del Fondo Laboral, correspondiente al mes de diciembre de 2005.
    '71/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones III y XXXVII, 263 y 264 fracciones I, III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones I, III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Tomar nota del informe de las operaciones y rendimientos obtenidos por la inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuenta 1 del Fondo Laboral, correspondiente al mes de diciembre de 2005, que la Comisión de Inversiones Financieras por conducto de la Dirección de Inversiones Financieras, presenta a este Consejo Técnico con su oficio 71 del 23 de enero de 2006, en cumplimiento a los Artículos 3 fracción XI y 28 del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social y al Artículo 73 B fracción VII del Reglamento de Organización Interna del propio Instituto, el cual detalla el proceso integral de inversión, con cifras al cierre del citado mes, que presenta la información siguiente: la posición de los recursos en inversión (incluyendo dólares y euros valuados al tipo de cambio del cierre del mes); los montos promedio de inversión (incluyendo la posición promedio en dólares y euros valuados al tipo de cambio del cierre de mes); los rendimientos devengados del portafolio de inversión durante el mes que se informa y acumulados en el 2005 (incluyendo los rendimientos en dólares y euros acumulados durante el mes, los cuales fueron valuados al tipo de cambio del cierre del mes, excluyéndose la provisión contable por revaluación de posiciones del principal en moneda extranjera); las tasas de interés, rendimientos devengados y cumplimiento de metas; la inversión en moneda extranjera; la estructura del portafolio por tipo de instrumento; los indicadores de valor en riesgo (VaR) de mercado y crediticio; los indicadores de sensibilidad; inversión en instrumentos estructurados; y el control de operaciones en cuanto a asignaciones, títulos y transaccionalidad; asimismo se incluye la siguiente información: acumulación de las Reservas Financieras y Actuariales, la General Financiera y Actuarial y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuenta 1 del Fondo Laboral, de 1997 a diciembre de 2005; comportamiento del VaR en los últimos 12 meses; comportamiento de indicadores de sensibilidad en los últimos 12 meses; evolución de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuenta 1 del Fondo Laboral, de enero de 1996 a diciembre de 2005. Segundo.- Tomar nota de los favorables resultados obtenidos durante el mes de diciembre de 2005 en las operaciones de inversión, concluyendo que se alcanzaron en apego de las políticas y estrategias prudentes y conservadoras. Tercero.- Tomar nota de las estrategias de inversión prudentes y conservadoras aprobadas por la Comisión de Inversiones Financieras, que considerando el escenario actual y las expectativas económicas y financieras, consisten en: a) Aplicar criterios de prudencia, seguridad, rendimiento, liquidez y diversificación del riesgo, transparencia y respeto a las sanas prácticas y usos del mercado en la inversión de los portafolios institucionales (Reservas Operativas, Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento, Reservas Financieras y Actuariales, Reserva General Financiera y Actuarial y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuenta 1 del Fondo Laboral), mismos que se definen como la canasta o un grupo de instrumentos que presenta, en forma global y acumulada, un perfil de riesgo-rendimiento que responde a los objetivos y a la tolerancia de riesgo fijados por el órgano de gobierno, y cuyo rendimiento se evalúa en el mediano plazo; b) Mantener las inversiones hasta su vencimiento; c) Incrementar gradualmente la participación en inversiones de deuda corporativa de alta calidad crediticia; d) Continuar la inversión en instrumentos estructurados a partir de nuevos esquemas y subyacentes, considerando el límite actual de 3% del portafolio global para las operaciones vigentes; e) El mecanismo de evaluación de los rendimientos para estas inversiones será en forma global acumulada en períodos móviles de 36 meses, con lo que se suavizan los efectos de la volatilidad de las tasas y tipos de cambio en diferentes condiciones de mercado; f) Realizar inversiones escalonadas a corto y mediano plazo (con tasas revisables de hasta 182 días) aprovechando las oportunidades de mercado; g) Como medida de diversificación del riesgo sistémico de mediano y largo plazo, a partir de la posición actual en monedas extranjeras, gradualmente incrementarla e invertir en instrumentos de deuda de alta calidad crediticia internacional considerando el límite autorizado del 30% respecto a las Reservas Financieras y Actuariales, la Reserva General Financiera y Actuarial y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuenta 1 del Fondo Laboral, en los horizontes de inversión establecidos; h) Analizar alternativas de inversión y los más adecuados instrumentos, mecanismos e instituciones financieras internacionales de alta calidad crediticia, para la inversión en notas estructuradas o esquemas de inversión que consideren como subyacentes índices de instrumentos de deuda y gubernamentales cotizados en los mercados internacionales, o en bonos o certificados de depósito de alta calidad crediticia que coadyuven a la maximización de la relación riesgo-rendimiento en el mediano y largo plazo; i) Buscar una amplia diversificación en monedas, instrumentos, emisores, mercados, tasas y referencias; j) Mantener, y en su caso, ampliar las inversiones en tasa real y referenciadas a TIIE y CETES para aprovechar las oportunidades de mercado; k) Realizar las compras e inversiones en dólares para proveer la cobertura cambiaria a los pasivos en esta divisa por compra de materiales y equipo según las solicitudes correspondientes de la Dirección de Planeación y Finanzas y; l) Continuar participando en las subastas semanales de instrumentos gubernamentales, de papel comercial o de certificados bursátiles. Cuarto.- Tomar nota de los montos del ejercicio 2005 incluidos en el informe que se presenta relativos a los traspasos solicitados por la Dirección de Planeación y Finanzas".
  • S/N / Gestión de la Comisión de Inversiones Financieras, correspondiente al mes de diciembre de 2005.
    '72/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, 3 fracción XI, 4 y 7 fracción VIII del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social y en los numerales 1.7.6 y 1.8, último párrafo de los Lineamientos Operativos del Consejo Técnico, ACUERDA: Único.- Tomar conocimiento de la gestión de la Comisión de Inversiones Financieras, correspondiente al mes de diciembre de 2005, la cual se detalla en el informe de actividades aprobado por la propia Comisión mediante Acuerdo 11-270/06, tomado en la sesión celebrada el 25 de enero de 2006, que presenta la Dirección de Inversiones Financieras con oficio 107, de fecha 1 de febrero de 2006".
  • S/N / Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de diciembre de 2005.
    '73/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de diciembre de 2005, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9. y 2.5.4 f), de los “Lineamientos Operativos del Consejo Técnico", aprobados por este Órgano de Gobierno en la sesión extraordinaria del 25 de abril de 2002 y por la XC Asamblea General Ordinaria del IMSS del 29 de abril de 2002, que presenta la Secretaría General del Instituto con oficio del 10 de febrero de 2006".
  • S/N / Informe sobre el proyecto “Desarrollo de Medicamentos a base de plantas medicinales" derivado de la instalación de una Política Institucional de Investigación y Desarrollo Tecnológico, con la participación del Sector Empresarial, correspondiente al segundo semestre de 2005.
    '74/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe sobre el proyecto “Desarrollo de Medicamentos a base de plantas medicinales", derivado de la instalación de una Política Institucional de Investigación y Desarrollo Tecnológico, con la participación del Sector Empresarial, correspondiente al segundo semestre de 2005, que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas con oficio 193, de fecha 7 de febrero de 2006, de conformidad con lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 19/2004 del 21 de enero de 2004".
  • S/N / Informe de resultados 2005 obtenidos en el Programa Bienal de Estímulos a la Productividad Científica en el IMSS.
    '75/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe de resultados 2005, obtenidos en el Programa Bienal de Estímulos a la Productividad Científica en el IMSS, que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas con oficio 194 de fecha 7 de febrero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 381/2004, de fecha 14 de julio de 2004".
  • S/N / Informe sobre el avance del “Programa de Regularización del Patrimonio Inmobiliario durante el ejercicio 2005".
    '76/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y VII, 253, 263, 264 fracciones III, IV y XVII, 277 C, 277 G, 291 segundo párrafo de la Ley del Seguro Social, y el Artículo Décimo Sexto Transitorio del Decreto por el que se modifica y adiciona la Ley General de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2003 y de conformidad con lo establecido en la Ley General de Bienes Nacionales, acuerda: Tomar conocimiento de los resultados del Programa de Regularización del Patrimonio Inmobiliario durante el ejercicio 2005, que considera los resultados de la regularización de la propiedad a favor del Instituto de 14 inmuebles incluidos en el Programa de Regularización Inmobiliaria y 16 inmuebles del Programa de Inversión 2005, sumando 30 inmuebles regularizados equivalente al 100% de la meta propuesta en el período que se informa, y que generó un incremento en la cuenta contable de bienes inmuebles en servicio de $136,593,080.56, que presenta la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 76 del 19 de enero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 606/2004 del 8 de diciembre de 2004. Con lo anterior, se da cumplimiento a los acuerdos: 215/2000, 440/2000, 663/2001, 486/2004, 488/2004, 489/2004, 539/2004, 540/2004, 544/2004, 546/2004, 547/2004, 548/2004, 550/2004, 552/2004, 586/2004, 587/2004, 627/2004, 636/2004, 637/2004, 638/2004 y 337/2005. De igual manera se da por enterado que del Programa IMSS Oportunidades se han regularizado 23 predios estando en proceso de definición el procedimiento para estimar los valores de terreno y construcción con que se registrarán en la contabilidad institucional. La Dirección de Planeación y Finanzas deberá informar anualmente a este Consejo Técnico los avances logrados".
  • S/N / Informe “Nivel de Abasto Ponderado en Farmacias y Almacenes", correspondiente al bimestre noviembre – diciembre de 2005.
    '77/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe “Nivel de Abasto Ponderado en Farmacias y Almacenes", correspondiente al bimestre noviembre - diciembre de 2005, que presenta la Dirección de Administración y Calidad, actualmente Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones con oficio 114 del 30 de enero de 2006, en cumplimiento a lo solicitado por los señores consejeros en su Acuerdo 380/2004, de fecha 14 de julio de 2004".
  • S/N / Informe sobre las operaciones del Sistema de Abasto Institucional, SAI, correspondiente al trimestre octubre-diciembre de 2005.
    '78/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre las operaciones del Sistema de Abasto Institucional, SAI, correspondiente al trimestre octubre-diciembre de 2005, que presenta la Dirección de Administración y Calidad, actualmente Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones con oficio 128 del 1 de febrero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el punto II de su Acuerdo 476/2003, de fecha 10 de diciembre de 2003".
  • S/N / Informe de las Contrataciones de Servicios Profesionales conforme al “Procedimiento para la Contratación de Servicios Profesionales o Especiales bajo el Régimen de Honorarios", correspondiente al segundo semestre de 2005.
    '79/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe de las Contrataciones de Servicios Profesionales conforme al “Procedimiento para la Contratación de Servicios Profesionales o Especiales bajo el Régimen de Honorarios", correspondiente al segundo semestre de 2005, que presenta la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización, actualmente Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones con oficio 68 del 18 de enero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el punto II de su Acuerdo 25/2002, de fecha 23 de enero de 2002".
  • S/N / Informe sobre los juicios de amparo interpuestos en contra del Decreto por el que se reforman y adicionan los Artículos 277 D y 286 K de la Ley del Seguro Social, actualizado al 15 de enero de 2006.
    '80/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Tomar nota del Informe sobre los juicios de amparo interpuestos en contra del Decreto por el que se reforman y adicionan los Artículos 277 D y 286 K de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2004, actualizado al 15 de enero de 2006, que presenta la Dirección Jurídica de este Instituto con oficio 56 del 19 de enero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 500/2004 del 20 de octubre de 2004".
  • S/N / Informe de juicios concluidos en el período comprendido de julio a diciembre de 2005, en relación al estudio denominado “Conveniencia para Concluir Litigios, sin agotar todos los Procedimientos Jurisdiccionales".
    '81/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Tomar nota del Informe de juicios concluidos en el período comprendido de julio a diciembre de 2005, en relación al estudio denominado “Conveniencia para Concluir Litigios, sin agotar todos los Procedimientos Jurisdiccionales", que presenta la Dirección Jurídica con oficio 57, de fecha 17 de enero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el punto Cuarto de su Acuerdo 280/2004, de fecha 23 de junio de 2004".
  • S/N / Informe respecto a los avances en la aplicación del Convenio de Colaboración entre la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, y el Instituto Mexicano del Seguro Social, correspondiente al tercer cuatrimestre de 2005.
    '82/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna de Instituto Mexicano del Seguro Social, acuerda: Único.- Tomar nota del informe respecto a los avances en la aplicación del Convenio de Colaboración entre la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, y el Instituto Mexicano del Seguro Social, correspondiente al tercer cuatrimestre de 2005, que presenta la Dirección Jurídica con oficio 69 del 19 de enero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 218/2001, de fecha 16 de mayo de 2001".
  • S/N / Contratos y Convenios Regulados por Ordenamientos Jurídicos distintos a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, llevados a cabo en Nivel Central y en las Delegaciones del Sistema.
    '83/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota de la relación de los Contratos y Convenios Regulados por Ordenamientos Jurídicos distintos a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, llevados a cabo en Nivel Central y en las Delegaciones del Sistema, celebrados durante el período de julio a diciembre de 2005, que presenta el Órgano Interno de Control en el IMSS con oficio 00641/30.1/140/06 del 24 de enero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 580/2001, de fecha 24 de octubre de 2001".
  • S/N / Informe sobre la facultad delegada a los Directores Normativos y Coordinadores Generales para autorizar Viáticos al Extranjero, otorgados tanto a Nivel Central, como en las Delegaciones durante el período de julio a diciembre de 2005.
    '84/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre la facultad delegada a los Directores Normativos y Coordinadores Generales para autorizar Viáticos al Extranjero, con relación al Programa de Austeridad Presupuestaria para el IMSS, otorgados tanto a Nivel Central, como en las Delegaciones durante el período de julio a diciembre de 2005, que presenta el Órgano Interno de Control en el IMSS con oficio 00641/30.1/141/06 del 24 de enero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en el punto II de su Acuerdo 576/2001, de fecha 24 de octubre de 2001".
  • S/N / Análisis de los Indicadores de Proceso y Resultado del Componente de Salud y Alimentación del “Programa de Desarrollo Humano Oportunidades", correspondiente al segundo semestre de 2005.
    '85/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Análisis de los Indicadores de Proceso y Resultado del Componente de Salud y Alimentación del “Programa de Desarrollo Humano Oportunidades", correspondiente al segundo semestre de 2005, que presenta la Coordinación General del Programa IMSS-Oportunidades con oficio 277 del 1 de febrero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 394/97, de fecha 20 de agosto de 1997".
  • S/N / Informe de los avances y logros obtenidos en relación al convenio específico de colaboración entre la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Instituto Mexicano del Seguro Social, correspondiente al año 2005.
    '86/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe de los avances y logros obtenidos en relación al convenio específico de colaboración entre la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Instituto Mexicano del Seguro Social, con el propósito de implementar un programa de Cobertura Social con Conectividad Digital, a través del Sistema Nacional e-México, en las Unidades Médicas del Programa IMSS-Oportunidades, correspondiente al año 2005, que presenta la Coordinación General del Programa IMSS-Oportunidades con oficio 278 del 1 de febrero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 628/2004 del 8 de diciembre de 2004".
  • S/N / Reconocimiento al licenciado Javier Freyre Rubio, como consejero propietario del Sector Obrero, en representación de la CROC.
    '95/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, por unanimidad, expresa su más amplio reconocimiento al señor licenciado Javier Freyre Rubio, por su destacada participación e importantes aportaciones que hizo a este Órgano de Gobierno, con trabajo, gran dedicación, compromiso institucional y profesionalismo, en pro de la clase trabajadora y de la Seguridad Social Mexicana, así como a los Comités y Comisiones de este Cuerpo Colegiado de los que formó parte, en su carácter de consejero propietario del Sector Obrero, en representación de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos, por el periodo que comprende del 7 de mayo 1998 a febrero de 2006".
  • S/N / Designación del doctor Pedro Reyes Páramo como Director de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades del Centro Médico Nacional “Manuel Ávila Camacho", Puebla, Pue.
    '96/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263 y 264 fracciones IX y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores y Pérez, Director General, y nombrar al doctor Pedro Reyes Páramo como Director de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades del Centro Médico Nacional “Manuel Ávila Camacho", Puebla, Puebla, en sustitución del doctor Salvador Aguilar Fernández de Lara, que se designó por Acuerdo de este propio Consejo Técnico 152/2004, de fecha 22 de abril de 2004, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Este nombramiento surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Modificación de la estructura orgánica ocupacional y salarial de la Unidad de Vinculación Institucional, la cual considera la renivelación salarial del puesto de su Titular de KC1 a KC3.
    '97/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 264 fracciones IV, XIV y XVII, 268 fracciones IX y XII, 270 y 272 de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones IV, XXIV y XXVII, y 71 fracción X del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Autorizar a la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización para modificar la estructura orgánica ocupacional y salarial de la Unidad de Vinculación Institucional, la cual considera la renivelación salarial del puesto de su Titular de KC1 a KC3, en virtud de la asignación de tareas específicas encomendadas por la Dirección General del Instituto. Dicha modificación será financiada mediante la cancelación de plazas de confianza, por lo que no incrementará el número total de plazas, ni el presupuesto de servicios personales autorizado al Instituto".
  • S/N / Se deja sin efecto el Acuerdo 520/2005 del HCT, y parcialmente, los Acuerdos 74/2004 y 122/2004 del HCT, por lo que respecta a la enajenación del inmueble conocido comúnmente como Teatro Hidalgo.
    '98/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, V y VI, 263, 264 fracciones I, III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social y en las atribuciones que le otorga el Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: a) Dejar sin efectos su Acuerdo No. 520/2005, dictado en la sesión celebrada el día 23 de noviembre de 2005, mediante el cual autorizó al Director General de este Instituto, para que por conducto de la Dirección de Planeación y Finanzas enajenara a título oneroso y mediante adjudicación directa a favor del Gobierno Federal, a solicitud del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el inmueble sin destino ubicado en Avenida Hidalgo No. 23 esquina 2 de Abril, Col. Centro Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal, conocido comúnmente como Teatro Hidalgo, por las causas y razones externadas por la Dirección de Planeación y Finanzas en su oficio 235 de fecha 13 de febrero de 2006; b) Dejar sin efecto parcialmente, por lo que respecta a la enajenación del inmueble conocido comúnmente como Teatro Hidalgo, los Acuerdos de este Consejo Técnico Números 74/2004 y 122/2004; c) Autoriza que la Dirección de Planeación y Finanzas, con fundamento en el Artículo 79 fracción XV del Reglamento Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, destine el inmueble comúnmente conocido como Teatro Hidalgo al nivel de oficinas centrales para reubicar en él, en coordinación con la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización, a los empleados de las Dependencias del Instituto que actualmente se ubican en el inmueble rentado de Durango No. 167 y a los empleados de las Coordinaciones de Presupuesto e Información Programática y de Planeación, ubicadas en el inmueble propiedad del Instituto de Toledo No. 21; d) Instruye a la Dirección de Planeación y Finanzas y a la Dirección Jurídica para que coordinadamente concluyan el trámite de fusión de predios; e) Instruye a la Dirección de Planeación y Finanzas, para que realizadas y concluidas las indagatorias y trámites de regularización de las inconsistencias detectadas, informe a este Cuerpo Colegiado los orígenes y soluciones implementadas; y f) La Dirección de Planeación y Finanzas en apego al Programa de Reordenamiento de Oficinas Centrales y al Programa de Ahorros Presupuestales, deberá proceder a la cancelación del arrendamiento de Durango 167 y a continuar las acciones de reordenación que procedan para dar pleno uso a los inmuebles de nivel central".
  • S/N / Ratificación y designación de representantes propietario y suplente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Tlaxcala. (GOBIERNO)
    '99/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la ratificación y designación comunicadas por el licenciado Héctor Israel Ortiz Ortiz, Gobernador Constitucional del Estado de Tlaxcala, en favor de los señores doctor Orlando Chavero Ramos y Raúl Pluma Ríos, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en esa Entidad Federativa. La ratificación del representante propietario surtirá sus efectos a partir del 22 de febrero de 2006, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva. La designación del representante suplente se hace en sustitución del licenciado Manuel Castañeda Hernández, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 85/95 del 8 de febrero de 1995, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual también deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designación del Dr. Leonardo Viniegra Velázquez, como representante ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades No. 25 del CMN del Noreste, Monterrey, N.L.
    '100/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones VII y XXXVII, 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 3 y 142 A párrafo segundo del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme al oficio 263 del 15 de febrero de 2006 de la Dirección de Prestaciones Médicas, Acuerda: Tomar conocimiento que el Director de Prestaciones Médicas, ha designado al doctor Leonardo Viniegra Velázquez, como representante ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades No. 25 del Centro Médico Nacional del Noreste, Monterrey, Nuevo León, quien en apego a lo previsto en el Artículo 142 A del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, presidirá la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad antes citada y fungirá como representante gubernamental, en sustitución del licenciado Delfino Garibay Ochoa, de cuya designación se tomó conocimiento a través de su Acuerdo 244/2004, de fecha 19 de mayo de 2004, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designación del Dr. Felipe Cruz Vega, como representante ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Traumatología y Ortopedia del CMN “Manuel Ávila Camacho", Puebla, Pue.
    '101/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones VII y XXXVII, 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 3 y 142 A párrafo segundo del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme al oficio 263 del 15 de febrero de 2006 de la Dirección de Prestaciones Médicas, Acuerda: Tomar conocimiento que el Director de Prestaciones Médicas, ha designado al doctor Felipe Cruz Vega, como representante ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Traumatología y Ortopedia del Centro Médico Nacional “Manuel Ávila Camacho", Puebla, Puebla, quien en apego a lo previsto en el Artículo 142 A del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, presidirá la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad antes citada y fungirá como representante gubernamental, en sustitución del doctor Jorge Antonio Cabrera Hidalgo, de cuya designación se tomó conocimiento a través de su Acuerdo 244/2004, de fecha 19 de mayo de 2004, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designación del Dr. Juan Garduño Espinosa, como representante ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Pediatría del CMN de Occidente, Guadalajara, Jalisco.
    '102/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones VII y XXXVII, 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 3 y 142 A párrafo segundo del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme al oficio 263 del 15 de febrero de 2006 de la Dirección de Prestaciones Médicas, Acuerda: Tomar conocimiento que el Director de Prestaciones Médicas, ha designado al doctor Juan Garduño Espinosa, como representante ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Pediatría del Centro Médico Nacional de Occidente, Guadalajara, Jalisco, quien en apego a lo previsto en el Artículo 142 A del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, presidirá la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad antes citada y fungirá como representante gubernamental, en sustitución del doctor Lucio Galileo Lastra Escudero, de cuya designación se tomó conocimiento a través de su Acuerdo 244/2004, de fecha 19 de mayo de 2004, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Modificación de la percepción mensual bruta del contrato por honorarios que se tiene celebrado con el C.P. Jesús Méndez Velasco, a partir del 23 de febrero de 2006; asimismo, para contratar por honorarios al Lic. Carlos Enrique Medina de Lamadrid, del 16 de enero al 31 de diciembre de 2006.
    '103/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, y de conformidad con lo establecido en el “Procedimiento para la Contratación de Servicios Profesionales o Especiales bajo el Régimen de Honorarios", aprobado mediante Acuerdo 679/2002, de fecha 16 de diciembre de 2002, de este propio Consejo Técnico, y a petición de la Unidad de Vinculación Institucional, autoriza a la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización, actualmente Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones, para modificar a partir del 23 de febrero de 2006, la percepción mensual bruta a que se refiere el contrato por honorarios que se tiene celebrado con el contador público Jesús Méndez Velasco; asimismo, para efectuar la contratación bajo el régimen de honorarios del licenciado Carlos Enrique Medina de Lamadrid, del 16 de enero al 31 de diciembre de 2006. Lo anterior, en términos de la solicitud contenida en oficio 151 del 20 de febrero de 2006 de la propia Dirección de Desarrollo de Personal y Organización".
  • S/N / Cancelar el contrato por honorarios que se tiene celebrado con el C. Manuel Guerrero Baca, por el período del 2 de enero al 31 de diciembre de 2006, en la Coordinación General de Atención y Orientación al Derechohabiente, y efectuar esa contratación en la Delegación Norte del Distrito Federal.
    '104/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, y de conformidad con lo establecido en el “Procedimiento para la Contratación de Servicios Profesionales o Especiales bajo el Régimen de Honorarios", aprobado mediante Acuerdo 679/2002, de fecha 16 de diciembre de 2002 de este propio Consejo Técnico, autoriza a la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización, actualmente Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones, para cancelar el contrato por honorarios que se tiene celebrado con el C. Manuel Guerrero Baca, por el período del 2 de enero al 31 de diciembre de 2006, en la Coordinación General de Atención y Orientación al Derechohabiente, y efectuar esa contratación en la Delegación Norte del Distrito Federal, a partir del 23 de febrero del mismo año, en términos de la solicitud contenida en oficio 152 del 20 de febrero de 2006 de la propia Dirección de Desarrollo de Personal y Organización".
  • S/N / Contratación bajo el régimen de honorarios, de la C. Blanca Levy Chávez, por el período del 1°. de enero al 31 diciembre de 2006.
    '105/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, y de conformidad con lo establecido en el “Procedimiento para la Contratación de Servicios Profesionales o Especiales bajo el Régimen de Honorarios", aprobado mediante Acuerdo 679/2002, de fecha 16 de diciembre de 2002 de este propio Consejo Técnico, autoriza a la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización, actualmente Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones, para contratar bajo el régimen de honorarios, a la C. Blanca Levy Chávez, por el período del 1 de febrero al 31 de diciembre de 2006, en términos de la solicitud contenida en oficio 169 del 22 de febrero de 2006 de la propia Dirección de Desarrollo de Personal y Organización".
  • S/N / Designación de los servidores públicos que fungirán como miembros propietarios y suplentes, ante la Comisión Institucional de Rescate y Formación de Valores.
    '106/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social y 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: ÚNICO.- Aprobar la propuesta que presenta la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización, actualmente Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones con oficio 133 del 20 de febrero de 2006, para la designación de los servidores públicos que fungirán como miembros propietarios y suplentes, ante la Comisión Institucional de Rescate y Formación de Valores, creada conforme al Código de Conducta del Servidor Público del IMSS, aprobado por este propio Cuerpo Colegiado mediante acuerdo 41/2004, de fecha 21 de enero de 2004".
  • S/N / Designación del Sr. Mario Martínez Déctor, como representante propietario, por el Sector Obrero, en el H. Consejo Técnico del IMSS.
    '107/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 de la Ley del Seguro Social, 11 fracción VII, 25 fracción III, 26 y 28 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de la designación que la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos ha hecho en favor del señor Mario Martínez Déctor, como representante propietario, en el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social. Esta designación se hace en sustitución del licenciado Javier Freyre Rubio, y surtirá sus efectos, provisionalmente, a partir del 1 de marzo de 2006, hasta en tanto la H. Asamblea General del IMSS dicte el Acuerdo respectivo".
  • S/N / Designación del Sr. Mario Martínez Déctor, por el Sector Obrero, para integrar los Comités y Comisión del H. Consejo Técnico en sustitución del Lic. Javier Freyre Rubio. (CROC)
    '108/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones VII, VIII y XXXVII, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, mediante el cual se reforman diversas disposiciones de la propia Ley del Seguro Social, 31 fracciones XXII, XXIV y XXVII, 33 fracciones V y XVI y 34 fracciones IV y VII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y en lo establecido en el punto 1.8 de los Lineamientos Operativos del Consejo Técnico, aprobados en la XC Asamblea General Ordinaria del Instituto Mexicano del Seguro Social, acuerda aprobar la designación del señor Mario Martínez Déctor, para integrar la representación del Sector Obrero, por la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), en los Comités y Comisión de este propio Cuerpo Colegiado, como sigue: a). De Prestaciones Médicas, como representante propietario; b). De Asuntos Jurídicos, como representante suplente; y c). Comisión Bipartita de Atención al Derechohabiente, como representante propietario, en sustitución del licenciado Javier Freyre Rubio; consecuentemente, se modifican en su parte conducente los Acuerdos 327/98 y 432/2002 de fechas 17 de junio de 1998 y 4 de septiembre de 2002, respectivamente".
  • S/N / Se fijan las 17:00 hrs. del día 29 de marzo de 2006, para la celebración de la próxima sesión ordinaria del HCT.
    '109/2006 / 22 de Febrero de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las 17:00 horas del día 29 de marzo del año 2006".
  • S/N / Designación del señor ingeniero Luis Antonio Mahbub Sarquis, para integrar la representación del Sector Patronal, por la CONCANACO en los Comités y Comisiones del HCT.
    '110/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones VII, VIII y XXXVII, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, mediante el cual se reforman diversas disposiciones de la propia Ley del Seguro Social, 31 fracciones XXII, XXIV y XXVII, 33 fracciones V y XVI y 34 fracciones IV y VII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y en lo establecido en el punto 1.8 de los Lineamientos Operativos del Consejo Técnico, aprobados en la XC Asamblea General Ordinaria del Instituto Mexicano del Seguro Social, acuerda: aprobar la designación del señor ingeniero Luis Antonio Mahbub Sarquis, para integrar la representación del Sector Patronal, por la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO), a partir del pasado 15 de marzo de 2006, en que fue designado en la XCVI Asamblea General Ordinaria del IMSS, como miembro propietario del H. Consejo Técnico, en los Comités y Comisiones de este propio Cuerpo Colegiado, como sigue: a). De Prestaciones Médicas, como representante suplente; b). De Incorporación y Recaudación, como representante suplente; c). De Asuntos Jurídicos, como representante propietario; d). En la Comisión de Revisión de Actas, como representante propietario; y e). En la Comisión Bipartita de Atención al Derechohabiente, como representante propietario. Estas designaciones se hacen en sustitución del contador público Raúl Alejandro Padilla Orozco; consecuentemente, se modifica en su parte conducente el Acuerdo 122/2003 Bis, de fecha 23 de abril de 2003".
  • S/N / Reconocimiento al contador público Raúl Alejandro Padilla Orozco, por su participación como consejero del Sector Patronal, en representación de la CONCANACO.
    '111/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, expresa su más amplio reconocimiento al señor contador público Raúl Alejandro Padilla Orozco, por su destacada participación e importantes aportaciones, que hizo a este Órgano de Gobierno, con trabajo, compromiso institucional y profesionalismo, en pro de la Seguridad Social Mexicana, así como a los Comités y Comisiones de este Cuerpo Colegiado de los que formó parte, en su carácter de consejero del Sector Patronal, en representación de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo, por el periodo que comprende del 23 de abril de 2003 al 14 de marzo de 2006".
  • S/N / Que las Áreas Normativas, Coordinaciones Generales y Delegaciones, den cumplimiento a las recomendaciones formuladas por la H. Comisión de Vigilancia en la XCVI Asamblea General Ordinaria.
    '112/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, y de conformidad con el Acuerdo A.G. 4/2006 dictado en la XCVI Asamblea General Ordinaria, celebrada el 15 de marzo de 2006, Acuerda: Que las Direcciones de: Prestaciones Médicas; Prestaciones Económicas y Sociales; Incorporación y Recaudación del Seguro Social; Jurídica; Planeación y Finanzas; Administración y Calidad; Innovación y Desarrollo Tecnológico; Inversiones Financieras, y Desarrollo de Personal y Organización, así como las Coordinaciones Generales de Atención y Orientación al Derechohabiente; Comunicación Social; y del Programa IMSS-Oportunidades; de igual forma, las Delegaciones del Sistema, den cumplimiento en el ámbito de sus respectivas competencias considerando los recursos financieros disponibles, a las recomendaciones formuladas por la H. Comisión de Vigilancia en dicha Asamblea; asimismo, que la Secretaría General del Instituto y el Órgano Interno de Control en el IMSS realicen el seguimiento correspondiente, de cuyo resultado deberán informar a la propia Comisión de Vigilancia y a este Cuerpo Colegiado".
  • S/N / Asignación del nombre del “Dr. Héctor José Moyetón Contreras", al Hospital General Regional No. 66 en Ciudad Juárez, Chih.
    '113/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, aprueba la propuesta del Director General, para asignar el nombre del “Dr. Héctor José Moyetón Contreras", al Hospital General Regional No. 66 ubicado en Ciudad Juárez, Chihuahua, como un reconocimiento por su destacada trayectoria institucional".
  • S/N / Ratificación del Dr. Fernando José Sandoval Castellanos, como Titular de la Delegación Estatal en Campeche.
    '114/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y ratifica al doctor Fernando José Sandoval Castellanos, como Titular de la Delegación Estatal en Campeche, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta ratificación surtirá sus efectos a partir del 29 de marzo de 2006".
  • S/N / Designación del Lic. Jaime Carbajal Aceves, como Titular de la Delegación Estatal en Tabasco.
    '115/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y designa al licenciado Jaime Carbajal Aceves, como Titular de la Delegación Estatal en Tabasco, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación se hace en sustitución del doctor Fernando José Sandoval Castellanos, y surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Designación del Lic. Arturo Leyva Lizárraga como Titular de la Delegación Estatal en Sonora.
    '116/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y designa al ingeniero Maurilio Acuña Romero, como Titular de la Delegación Regional en Veracruz Norte, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación se hace en sustitución del licenciado Ricardo Alberto García Vargas, y surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Designación del Lic. Arturo Leyva Lizárraga como Titular de la Delegación Estatal en Sonora. (Gobierno)
    '117/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y designa al licenciado Arturo Leyva Lizárraga, como Titular de la Delegación Estatal en Sonora, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación se hace en sustitución del ingeniero Maurilio Acuña Romero, y surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Designación del Lic. Francisco Javier Bermúdez Almada como Titular de la Delegación Estatal en Puebla.
    '118/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y designa al licenciado Francisco Javier Bermúdez Almada como Titular de la Delegación Estatal en Puebla, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación se hace en sustitución del ingeniero José Carlos Hannan y Traslosheros, y surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Designación del Dr. Fernando Coutiño Esquinca, como Titular de la Delegación Estado de México Oriente.
    '119/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y designa al doctor Fernando Coutiño Esquinca, como Titular de la Delegación Estado de México Oriente, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación se hace en sustitución del doctor Efraín Arizmendi Uribe, y surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Designación del Lic. José Luis Dávila Flores, como Titular de la Delegación Estatal en Coahuila.
    '120/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y designa al licenciado José Luis Dávila Flores, como Titular de la Delegación Estatal en Coahuila, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación se hace en sustitución del licenciado Eduardo Luque Altamirano, y surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Se modifica el Anexo 1 “Salario de Referencia por Zona", de las “Reglas para la Aplicación de los Beneficios Fiscales y Facilidades Administrativas", por lo que, el nuevo Anexo sustituye al mencionado en el punto 5.2.1.1 del Acuerdo 57/2006.
    '121/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 de la Ley del Seguro Social y 78 fracciones III y XIX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, acuerda modificar el Anexo 1 “Salario de Referencia por Zona", de las “Reglas para la Aplicación de los Beneficios Fiscales y Facilidades Administrativas", a que se refiere el Decreto del Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2005, aprobadas por este Cuerpo Colegiado en el Acuerdo 57/2006 dictado en sesión del 22 de febrero de 2006, y que se menciona en el punto 5.2.1.1. Por lo tanto, el nuevo anexo sustituye al presentado en la fecha mencionada".
  • S/N / Tercera Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el Ejercicio Fiscal 2006.
    '122/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 264, 272, 274 y 286 B de la Ley del Seguro Social, y conforme a la resolución del Comité de Presupuesto de este Cuerpo Colegiado del día 28 de marzo de 2006, aprueba la Tercera Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el Ejercicio Fiscal 2006 que propone la Dirección General, a través del documento presentado por la Dirección de Planeación y Finanzas, mediante oficio 574 del 27 del mes y año citados, con las siguientes consideraciones: a) Se toma nota que no se modifica la meta establecida para la acumulación de las reservas financieras y actuariales y al fondo laboral autorizada el 14 de diciembre de 2005 en el Acuerdo 557/05; b) Se toma nota de que únicamente se está modificando la afectación a las reservas operativas que se había aprobado según Acuerdo de este propio Consejo Técnico 61/2006 del 22 de febrero de 2006; c) Se toma nota del impacto a mediano y largo plazo que tendrán las medidas aprobadas; d) Se aprueban los calendarios mensual y trimestral del presupuesto modificado del flujo de efectivo del Instituto, contenidos en el documento que se aprueba; e) Se toma nota que este tercer incremento de $1,525 millones se apega a la política de ingreso-gasto de la Administración Pública Federal. De conformidad con las facultades conferidas en la Ley del Seguro Social a este Cuerpo Colegiado, de ser el caso, se incrementaría posteriormente el presupuesto 2006 hasta los $21,072 millones de superávit primario presupuestado originalmente después de reservas, en los términos de los Artículos 274 y 286 B de la Ley del Seguro Social, quedando por lo tanto pendientes de transferir $12,176 millones; y f) Se instruye a la Dirección General para que, a través de la Dirección de Planeación y Finanzas, se envíe a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el documento que se aprueba, para su conocimiento".
  • S/N / Adecuaciones al Presupuesto 2006, aprobado del IMSS.
    '123/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263, 264 fracciones I, II, III y VI, 270, 272, 274, 276 y 277 F de la Ley del Seguro Social y las fracciones correlativas del Artículo 31 del Reglamento de Organización Interna del IMSS, y conforme a la resolución del Comité de Presupuesto de este Cuerpo Colegiado del día 28 de marzo de 2006, aprueba el documento denominado “Propuestas de adecuación al presupuesto 2006 aprobado del Instituto Mexicano del Seguro Social", que presenta la Dirección General a través de la normativa de Planeación y Finanzas, mediante oficio 574 del 27 del mes y año citados, con las siguientes consideraciones: a) Se aprueban las adecuaciones al presupuesto 2006 aprobado, en términos de flujo de efectivo y devengado, contenidas en las tablas 1 y 2 de la sección II del documento, así como su impacto en los calendarios respectivos; b) Se toma nota que este tercer incremento de $1,525 millones se apega a la política de ingreso-gasto de la Administración Pública Federal. De conformidad con las facultades conferidas en la Ley del Seguro Social a este Cuerpo Colegiado, de ser el caso, se incrementaría posteriormente el presupuesto 2006 hasta los $21,072 millones de superávit primario presupuestado originalmente después de reservas, en los términos de los artículos 274 y 286 B de la Ley del Seguro Social, quedando por lo tanto pendientes de transferir $12,176 millones; c) Se aprueba otorgar donativos a la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres por 33,900 euros (al tipo de cambio del día en que se realice su pago) para 2006 y $400.2 miles por 2005; al Movimiento Unificador Nacional de Jubilados, Pensionados y Adultos Mayores por un monto de $6,234.0 miles; y a Promotores Sociales Voluntarios A.C. por $4,000.0 miles; d) Se aprueba el programa de inversión física para 2006 contenido en la sección referente a la fracción XII del artículo 275, de la Ley del Seguro Social; e) Se aprueban en términos del artículo 277 F de la Ley del Seguro Social los 377 proyectos multianuales; f) Se aprueba transferir $97.5 millones del Fondo de Fomento a la Educación (FOFOE) al capítulo de inversión física en el seguro de Enfermedades y Maternidad para la construcción de los 12 Centros de Investigación Educativa y Fomento Docente que se detallan en el Anexo 1; y g) Se instruye a la Dirección General para que, a través de la Dirección de Planeación y Finanzas, envíe el documento que se aprueba al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento y efectos conducentes".
  • S/N / Presupuesto de Inversión Física 2006 del Programa IMSS-Oportunidades.
    '124/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “El Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 264 fracciones I, II, III y VI, 270, 272, 274, 275, 276, 277 G y 277 F de la Ley del Seguro Social, y conforme a la resolución del Comité de Presupuesto de este Cuerpo Colegiado del día 28 de marzo de 2006, aprueba el Presupuesto de Inversión Física 2006 del Programa IMSS-Oportunidades presentado por la Dirección General, a través de la normativa de Planeación y Finanzas, mediante oficio 574 del 27 del mes y año citados, el cual se detalla en el Anexo 1. a) Se aprueba el Presupuesto de inversiones 2006 y los montos de su composición de obra pública y bienes muebles del Programa IMSS Oportunidades sujeto a que se cumpla la normatividad aplicable en la materia, en la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y en la Ley del Seguro Social; y b) Se aprueba se comunique el Presupuesto de inversiones 2006 del Programa IMSS Oportunidades a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público".
  • S/N / Implementación del Programa de Rehabilitación para el Trabajo y Reincorporación Laboral del IMSS.
    '125/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme al oficio 465 del 17 de marzo de 2006 de la Dirección de Prestaciones Médicas, Acuerda: Primero.- Autorizar la implementación del Programa de Rehabilitación para el Trabajo y Reincorporación Laboral del Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme a las estrategias y actividades que se establecen en dicho programa, y surtirá sus efectos a partir del 29 de marzo de 2006; Segundo.- Instruir a la Dirección mencionada, a fin de que informe semestralmente a este propio Consejo Técnico de los resultados que se generen en el desarrollo de ese programa".
  • S/N / Otorgamiento de atención médica en hospitales de 2do. y 3er. Nivel a las mujeres embarazadas que se identifiquen como beneficiarias del Programa IMSS-Oportunidades.
    '126/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 216, 216 A fracción III, 250 A, 251 fracciones I, XXXVI y XXXVII, 263 y 264 fracciones II, III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social y conforme a la propuesta de la Dirección de Prestaciones Médicas, que presenta con oficio 466 de fecha 22 de marzo de 2006, Acuerda: Primero.- Autorizar que los hospitales de segundo y tercer nivel de atención del régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, otorguen atención médica que incluya la atención del parto y del recién nacido en caso de embarazos de alto riesgo, así como las urgencias médico quirúrgicas derivadas de complicaciones del embarazo, parto y/o puerperio y que ponga en riesgo su vida y la del recién nacido, a las mujeres que se identifiquen como beneficiarias del Programa IMSS-Oportunidades, o bien que sean referidas por las unidades médicas de dicho Programa, sin perjuicio del eficaz otorgamiento de las prestaciones a que tienen derecho los trabajadores y demás beneficiarios del régimen obligatorio. Segundo.- Autorizar que los costos derivados de la atención médica proporcionada en los términos de este Acuerdo, sean cubiertos con cargo al presupuesto asignado del Programa IMSS-Oportunidades, con base en los costos unitarios por nivel de atención, aplicables para el cobro de servicios a pacientes no derechohabientes y efectuando los registros contables correspondientes de tal manera que no se afecten las finanzas institucionales, ni las aportaciones obrero patronales".
  • S/N / Suscribir contratos multianuales para la prestación del servicio de guardería a través de los esquemas Vecinal Comunitario Único y Guardería Integradora.
    '127/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 11 fracción V, 251 fracciones I, II, IV y XXXVII, 263, 264 fracciones III, XIV y XVII, 277 F de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme a la solicitud que presenta la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales con oficio 478 de fecha 22 de marzo de 2006, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General de este Instituto, para suscribir contratos multianuales para la prestación del servicio de guardería a través de los esquemas Vecinal Comunitario Único y Guardería Integradora, con un periodo de vigencia de tres años contados a partir de su fecha de firma, en el entendido de que los compromisos excedentes no cubiertos dentro del ejercicio en el que se suscriban, quedarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria de los años subsecuentes. Segundo.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales para que dentro del ámbito de sus facultades, lleve a cabo el procedimiento de adjudicación en términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, quedando bajo su responsabilidad la selección de los proveedores y la administración de los contratos correspondientes".
  • S/N / Se autoriza para que los beneficiarios de los sesenta y cinco trabajadores atrapados en la Mina de Carbón Pasta de Conchos, ubicada en San Juan Sabinas, Coahuila, a consecuencia del accidente, les otorguen las prestaciones económicas procedentes en términos de la Ley del Seguro Social.
    '128/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones I, II y XIII, 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones XI, XV y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social y a propuesta del C. Director General, que presenta mediante oficio 493 del 23 de marzo de 2006, la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, Acuerda: PRIMERO.- Autorizar al Director General para que por conducto de la Delegación Estatal en Coahuila, tratándose de los beneficiarios de los sesenta y cinco trabajadores atrapados en la Mina de Carbón Pasta de Conchos, ubicada en San Juan Sabinas, Coahuila, a consecuencia del accidente ocurrido en ese establecimiento el 19 de febrero de 2006, para que en relación al otorgamiento de las prestaciones económicas procedentes en términos de la Ley del Seguro Social, los trámites administrativos respectivos se agilicen y faciliten, considerando los lineamientos siguientes: a) Para trámite de la solicitud de Ayuda para Gastos de Funeral, se acepte la presentación de copia simple de la factura de gastos correspondiente, en los casos que el original de ese documento sea necesario para los beneficiarios del trabajador, por requerirlo para la obtención de otras prestaciones legales, contractuales o de cualquier otra naturaleza, derivadas del accidente. b) Para el trámite de la solicitud de pensión de viudez, de orfandad o de ascendencia, la falta del acta de defunción respectiva, expedida por el Registro Civil, sea suplida mediante la exhibición de cualquiera de los documentos siguientes: Constancias de actuaciones del Agente del Ministerio Público competente, relativas a la investigación del accidente; constancia expedida por autoridad competente, con la cual se sustente la certeza de que el trabajador sucumbió en el lugar del accidente, conteniendo el nombre de personas que le hubiesen conocido y las demás noticias que se tengan sobre dicho suceso; o bien, documento expedido por el patrón, en el cual se haga constar que el trabajador se encontraba en el interior de la mina al ocurrir el accidente. c) Para el mismo trámite de la solicitud de pensión de viudez, de orfandad o de ascendencia, el parentesco del solicitante de la pensión con el trabajador, se compruebe por cualquiera de los medios siguientes: Certificación de que en las bases de datos y/o registros de derechohabientes de este Instituto, el solicitante de la pensión se encuentra registrado como beneficiario del trabajador; certificación de que el solicitante se encuentra registrado con derecho al servicio médico en el documento institucional denominado “Aviso de Inscripción o Baja de Beneficiarios", o bien, mediante la exhibición de copias simples de actas del registro civil, sin que sea necesario conservar en el expediente institucional la copia certificada de dichos documentos, siendo suficiente que se agregue al mismo la copia simple de las actas respectivas. SEGUNDO.- La Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, directamente o por conducto de la Coordinación de Prestaciones Económicas, dé seguimiento estricto a la aplicación del presente Acuerdo, atienda las consultas de la Delegación e informe a este Órgano Colegiado sobre los resultados obtenidos".
  • S/N / Informe sobre la Situación que guarda el Sistema Nacional de Tiendas IMSS.
    '129/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción III de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción III del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, acuerda: Único.- Tomar nota del Informe sobre la Situación que guarda el Sistema Nacional de Tiendas IMSS, que presenta la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, con oficio 236 del 15 de febrero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 346/2003 de fecha 17 de septiembre de 2003".
  • S/N / Se difiere el análisis y resolución de la solicitud de autorización de los Programas Multianuales que presenta la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnologico.
    '130/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, Acuerda: Diferir el análisis y resolución, de la solicitud de autorización de los Programas Multianuales referentes a: “Servicios Administrados de Infraestructura Tecnológica (SAIT)", un “Centro de Contacto Único (01-800-IMSS)", “Contratación de una Mesa de Servicios Institucionales (MSI)", “Servicios de Telefonía Local para las ciudades de Guadalajara, Monterrey y Distrito Federal", que presenta la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico con oficio 43 del 20 de marzo de 2006. La Dirección mencionada deberá someter a la consideración de este propio Cuerpo Colegiado, en una próxima sesión la solicitud de referencia".
  • S/N / Donación ofrecida por la Fundación IMSS, A. C., en favor del Instituto, para la realización del proyecto “Prevención Temprana de Diabetes Mellitus Tipo 2". Estudio Multicéntrico y Multidisciplinario. Primera Fase: para el Desarrollo de Diabetes Mellitus Tipo 2".
    '131/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y XXXVII, 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como en el numeral 7.1.11, último párrafo, de la Norma de Disposiciones Presupuestarias del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que por conducto del Director de Prestaciones Médicas del IMSS, acepte mediante donación pura, simple y a título gratuito, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., los siguientes bienes: a) Un incubador con agitación orbital y recíproco, marca Boekel, modelo OR200, con un valor aproximado de 4,372.88 USD. (cuatro mil trescientos setenta y dos dólares americanos 88/100) incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.); b) Dos paquetes de “Pipet Boy" pipeteador automático de seguridad marca Tecnomara, con un valor aproximado de $23,805.00 (veintitrés mil ochocientos cinco pesos 00/100 M.N.) incluyendo el I.V.A.; c) Veinte refrigeradores marca Revco, modelo RLR 2111, con un valor aproximado de 37,950.00 USD (treinta y siete mil novecientos cincuenta dólares americanos 00/100) incluyendo el I.V.A.; d) Dieciséis básculas con altímetro marca Detecto, con un valor aproximado de $59,886.64 (cincuenta y nueve mil ochocientos ochenta y seis pesos 64/100 M.N.) incluyendo el I.V.A.; e) Dieciséis básculas (analizador de composición corporal) marca Tanita, modelo TBF 215, con un valor aproximado de $584,981.12 (quinientos ochenta y cuatro mil novecientos ochenta y un pesos 12/100 M.N.) incluyendo el I.V.A.; f) Treinta y dos baumanómetros con brazalete pediátrico, con un valor aproximado de $7,691.20 (siete mil seiscientos noventa y un pesos 20/100 M.N.) incluyendo el I.V.A.; g) Dieciséis plicómetros marca Lange, con un valor aproximado de $73,600.00 (setenta y tres mil seiscientos pesos 00/100 M.N.) incluyendo el I.V.A.; h) Treinta y dos estetoscopios Litman Clasic II pediátrico marca 3M, con un valor aproximado de $62,560.00 (sesenta y dos mil quinientos sesenta pesos 00/100 M.N.) incluyendo el I.V.A.; i) Treinta y dos estetoscopios Litman Clasic II adulto marca 3M, con un valor aproximado de $66,240.00 (sesenta y seis mil doscientos cuarenta pesos 00/100 M.N.) incluyendo el I.V.A.; j) Treinta y dos baumanómetros aneroide para adulto, con un valor aproximado de $7,691.20 (siete mil seiscientos noventa y un pesos 20/100 M.N.) incluyendo el I.V.A.; k) Dos congeladores de -20ºC marca Revco, con un valor aproximado de 2,530.00 USD (dos mil quinientos treinta dólares americanos 00/100) incluyendo el I.V.A.; l) Tres paquetes de cinco pipetas “Pipet Lite" marca Rainiin, con un valor aproximado de $34,241.53 (treinta y cuatro mil doscientos cuarenta y un pesos 53/100 M.N.) incluyendo el I.V.A.; m) Un detector de absorvancia, fluorescencia y luminiscencia para microplacas marca Beckman Coulter, modelo DTX 880, con un valor aproximado de 25,236.75 USD (veinticinco mil doscientos treinta y seis dólares americanos 75/100) incluyendo el I.V.A.; n) Un Multiskan ascent marca Thermolabsystems, con un valor aproximado de 13,570.00 USD (trece mil quinientos setenta dólares americanos 00/100) incluyendo el I.V.A.; o) Un viscosímetro digital rango de 100 a 40000000, con un valor aproximado de $70,836.82 (setenta mil ochocientos treinta y seis pesos 82/100 M.N.) incluyendo el I.V.A.; p) Un juego de Finnpipette digital volumen variable, marca Thermolabsystems, con un valor aproximado de 914.25 USD (novecientos catorce dólares americanos 25/100) incluyendo el I.V.A.; q) Un baño refrigerado con circulación, con un valor aproximado de $48,075.35 (cuarenta y ocho mil setenta y cinco pesos 35/100 M.N.) incluyendo el I.V.A.; r) Un servidor marca Dell, con un valor aproximado de $59,929.85 (cincuenta y nueve mil novecientos veintinueve pesos 85/100 M.N.) incluyendo el I.V.A.; s) Dieciséis computadoras marca Dell, modelo Precision 380, con un valor aproximado de $382,440.50 (trescientos ochenta y dos mil cuatrocientos cuarenta pesos 50/100 M.N.) incluyendo el I.V.A.; t) Una incubadora de CO2 marca Revco, modelo Elite II, con un valor aproximado de 4,315.95 USD (cuatro mil trescientos quince dólares americanos 95/100) incluyendo el I.V.A.; u) Una micropipeta electrónica de 8 canales rango de 20-200 marca Rainiin con un valor aproximado de 1,242.00 USD. (un mil doscientos cuarenta y dos dólares americanos 00/100) incluyendo el I.V.A.; v) Dos impresoras marca Dell Quote, lasser, modelo 1710 LA, con un valor aproximado de $5,665.72 (cinco mil seiscientos sesenta y cinco pesos 72/100 M.N.) incluyendo el I.V.A.; y w) Un agitador para tubos Vacutainer con un valor aproximado de $14,950.00 (catorce mil novecientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) incluyendo el I.V.A., con la finalidad de apoyar la realización del proyecto “Prevención Temprana de Diabetes Mellitus Tipo 2. Estudio Multicéntrico y Multidisciplinario. Primera Fase: Integración de una Cohorte de Sujetos de Alto Riesgo para el Desarrollo de Diabetes Mellitus Tipo 2". Segundo.- Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas, a fin de que considere, para efectos contables, el valor de los bienes objeto de la donación. Tercero.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas, a fin de que en coordinación con la Dirección Jurídica, en los trámites de formalización de esta operación, se cumpla con todos los requisitos legales, atendiendo a lo previsto en los Artículos 2332 al 2335 y 2344 del Código Civil Federal, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto en el Artículo 9 de la Ley del Seguro Social. Los gastos y honorarios que se generen por esta operación, serán por cuenta del Instituto y, los impuestos y derechos por quien la Ley determine".
  • S/N / Se autoriza la Ampliación de los servicios mediante la comercialización y se actualice las modificaciones de las cuotas de recuperación, de las “Casas Ejecutivas" de los Centros Vacacionales IMSS-Oaxtepec “Lic. Adolfo López Mateos", IMSS-Metepec e IMSS-Trinidad.
    '132/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 210 fracción VII, 210 A, 251 fracciones II, IV, VI, XII y XXXVI, 263 y 264 fracciones I, III y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracción III del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social; 5 y 58 fracción III de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; 9 y siguientes de la Ley Federal de Turismo, 26 fracción III del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y conforme a la resolución del Comité de Prestaciones Económicas y Sociales de este Cuerpo Colegiado del día 10 de febrero del 2006, acuerda: Primero.- Autorizar la ampliación de los servicios mediante la comercialización de las “Casas Ejecutivas" de los Centros Vacacionales IMSS-Oaxtepec “Lic. Adolfo López Mateos", IMSS-Metepec e IMSS-Trinidad, así como las cuotas de recuperación que se deberán cobrar por los servicios antes mencionados, en los términos de la propuesta presentada por la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales mediante oficio 237 de fecha 15 de febrero de 2006; y Segundo.- Se faculta a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales realice las actualizaciones y modificaciones de las cuotas de recuperación de las “Casas Ejecutivas" de los Centros Vacacionales, de conformidad al Acuerdo número 116/2003, dictado por este Consejo Técnico en la sesión celebrada el 12 de marzo de 2003".
  • S/N / Donación pura, simple y a título gratuito, ofrecida por las empresas Mabe Export, S.A. de C.V.; Cía. Procter & Gamble de México, S. de R.L. de C.V.; Pescados Industrializados, S.A. de C.V.; SC Johnson & Son, S.A. de C.V.; Colgate-Palmolive, S.A. de C.V. y Azúcar Dominó de México, S.A. de C.V..
    '133/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y XXXVII, 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Primero.- Autorizar a la Dirección General para que, por conducto del Director de Prestaciones Económicas y Sociales del IMSS, acepte la donación pura, simple y a título gratuito, ofrecida por las empresas Mabe Export, S.A. de C.V.; Cía. Procter & Gamble de México, S. de R.L. de C.V.; Pescados Industrializados, S.A. de C.V.; SC Johnson & Son, S.A. de C.V.; Colgate-Palmolive, S.A. de C.V. y Azúcar Dominó de México, S.A. de C.V., de ciento treinta y siete impresoras, con un valor total aproximado de $450,000 (cuatrocientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), con la finalidad de que sean instaladas en las Tiendas IMSS-SNTSS, a nivel nacional. Segundo.- Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas, a fin de que considere, para efectos contables, el valor de los bienes objeto de la donación. Tercero.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, a fin de que en coordinación con la Dirección Jurídica, se cumpla con todos los requisitos legales en los trámites de formalización de esta operación, atendiendo a lo previsto en el segundo párrafo del Artículo 2344 del Código Civil Federal de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto en el Artículo 9 de la Ley del Seguro Social. Los gastos y honorarios que se generen por esta operación serán por cuenta del Instituto y, los impuestos y derechos por quien la Ley determine".
  • S/N / Informe de gestión 2005, y el Programa de Trabajo y Presupuesto 2006 de Fideicomisos y Fondos Institucionales.
    '134/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico con fundamento en los Artículos 251 fracciones I, IV, IX, XX, XXII, XXIV, XXX y 264 fracción VI de la Ley del Seguro Social, Acuerda: I.- Aprobar el Informe de gestión de 2005 y el Programa de Trabajo y Presupuesto 2006 de los fideicomisos y fondos institucionales, presentado por el Director de Planeación y Finanzas con oficio 282 del 15 de febrero de 2006; II.- Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas para que gestione ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la renovación del registro de clave presupuestaria 2006 para los fideicomisos y fondos médicos FIDEIMSS, FIBESO, FIDTEATRO, FNM, FOFOI y FOFOE; y III.- Ratifica su acuerdo contenido en el numeral VI del Acuerdo No. 102/2003 en el sentido de que vista la opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público contenida en oficio 315-A-01248 en relación a la normatividad de registro de los contratos de los servidores públicos que prestan sus servicios en los fideicomisos, autorizar que se dé continuidad al pago de honorarios establecido en los contratos correspondientes".
  • S/N / Distribución por Capítulos del Gasto del Presupuesto 2006, para el Programa IMSS-Oportunidades.
    '135/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 263, 264 fracciones I, II, VI y XVII, 274 y 277 de la Ley del Seguro Social, aprueba la distribución por Capítulos del Gasto del Presupuesto 2006, para el Programa IMSS-Oportunidades, en los términos de la solicitud que presenta la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 493 del 15 de marzo de 2006".
  • S/N / Cancelación de los adeudos No Fiscales Incobrables, por “Devolución de Mercancía de las Tiendas IMSS- SNTSS Cumbres de Acultzingo y Villa Coapa, del proveedor denominado Grupo Electrónico Especializado, S.A. de C.V.".
    '136/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme a lo establecido en las “Normas y Bases de Operación para la Cancelación de Adeudos No Fiscales Incobrables", acuerda: Autorizar la Cancelación de los Adeudos No Fiscales Incobrables, por “Devolución de Mercancía de las Tiendas IMSS-SNTSS Cumbres de Acultzingo y Villa Coapa, con número de expediente 01/05 del proveedor denominado Grupo Electrónico Especializado, S.A. de C.V.", por $577,545.78 (quinientos setenta y siete mil quinientos cuarenta y cinco pesos 78/100 M.N.) y $577,545.59 (quinientos setenta y siete mil quinientos cuarenta y cinco pesos 59/100 M.N.), respectivamente, en los términos de la propuesta presentada por la Dirección Jurídica mediante oficio 738 del 9 de marzo de 2006".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Coahuila. (CROC)
    '137/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de las designaciones comunicadas por el señor Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), en favor de los señores Juan Rodríguez Márquez y José Alberto Morales Núñez, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Coahuila. Estas designaciones se hacen en sustitución de los señores Leopoldo Rodríguez Alvarado y del propio señor Juan Rodríguez Márquez, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdos 230/2004 y 525/2000, del 19 de mayo de 2004 y 30 de agosto de 2000, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente en el Consejo Consultivo de la Delegación Norte en el Distrito Federal. (CROC)
    '138/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de las designaciones comunicadas por el señor Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), en favor de los señores Nicolás Loza Hurtado y Samuel Palafox Sologuren, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Norte en el Distrito Federal. Estas designaciones se hacen en sustitución de los señores Mario Martínez Déctor y Abraham Peñaloza Sánchez, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo 262/2005, de fecha 22 de junio de 2005, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Puebla. (CROC)
    '139/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de las designaciones comunicadas por el señor Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), en favor de los señores Gustavo Martínez Cueto y Jaime García Vargas, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Puebla. Estas designaciones se hacen en sustitución de los señores Abel Abad Fernández y Juan Durán Anselmo, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo 294/2005, de fecha 22 de junio de 2005, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Informe de las operaciones y rendimientos obtenidos producto de las operaciones de inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuenta 1 del Fondo Laboral, correspondiente al mes de enero de 2006.
    '140/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones III y XXXVII, 263 y 264 fracciones I, III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones I, III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Tomar nota del Informe de las operaciones y rendimientos obtenidos por la inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuenta 1 del Fondo Laboral, correspondiente al mes de enero de 2006, que la Comisión de Inversiones Financieras por conducto de la Dirección de Inversiones Financieras, presenta a este Consejo Técnico en su oficio 180 del 15 de febrero de 2006, en cumplimiento a los Artículos 3 fracción XI y 28 del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social y al Artículo 73 B fracción VII del Reglamento de Organización Interna del propio Instituto, el cual detalla el proceso integral de inversión, con cifras al cierre del citado mes, que presenta la información siguiente: la posición de los recursos en inversión (incluyendo dólares y euros valuados al tipo de cambio del cierre del mes); los montos promedio de inversión (incluyendo la posición promedio en dólares y euros valuados al tipo de cambio del cierre de mes); los rendimientos devengados del portafolio de inversión durante el mes que se informa (incluyendo los rendimientos en dólares y euros acumulados durante el mes, los cuales fueron valuados al tipo de cambio del cierre del mes, excluyéndose la provisión contable por revaluación de posiciones del principal en moneda extranjera); las tasas de interés, rendimientos devengados y cumplimiento de metas; la inversión en moneda extranjera; la estructura del portafolio por tipo de instrumento; los indicadores de valor en riesgo (VaR) de mercado y crediticio; los indicadores de sensibilidad; inversión en instrumentos estructurados; y el control de operaciones en cuanto a asignaciones, títulos y transaccionalidad; asimismo se incluye la siguiente información: acumulación de las Reservas Financieras y Actuariales, la General Financiera y Actuarial y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuenta 1 del Fondo Laboral, de 1997 a enero de 2006; comportamiento del VaR en los últimos 12 meses; comportamiento de indicadores de sensibilidad en los últimos 12 meses; evolución de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuenta 1 del Fondo Laboral, de enero de 1996 a enero de 2006. Segundo.- Tomar nota de los favorables resultados obtenidos durante el mes de enero de 2006 en las operaciones de inversión, concluyendo que se alcanzaron en apego de las políticas y estrategias prudentes y conservadoras. Tercero.- Tomar nota de las estrategias de inversión prudentes y conservadoras aprobadas por la Comisión de Inversiones Financieras, que considerando el escenario actual y las expectativas económicas y financieras, consisten en: a) Aplicar criterios de prudencia, seguridad, rendimiento, liquidez y diversificación del riesgo, transparencia y respeto a las sanas prácticas y usos del mercado en la inversión de los portafolios institucionales (Reservas Operativas, Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento, Reservas Financieras y Actuariales, Reserva General Financiera y Actuarial y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuenta 1 del Fondo Laboral, mismos que se definen como la canasta o un grupo de instrumentos que presenta, en forma global y acumulada, un perfil de riesgo-rendimiento que responde a los objetivos y a la tolerancia de riesgo fijados por el Órgano de Gobierno, y cuyo rendimiento se evalúa en el mediano plazo; b) Mantener las inversiones hasta su vencimiento; c) Incrementar gradualmente la participación en inversiones de deuda corporativa de alta calidad crediticia; d) Continuar la inversión en instrumentos estructurados a partir de nuevos esquemas y subyacentes, considerando el límite actual de 3% del portafolio global para las operaciones vigentes; e) El mecanismo de evaluación de los rendimientos para estas inversiones será en forma global acumulada en períodos móviles de 36 meses, con lo que se suavizan los efectos de la volatilidad de las tasas y tipos de cambio en diferentes condiciones de mercado; f) Realizar inversiones escalonadas a corto y mediano plazo (con tasas revisables de hasta 182 días) aprovechando las oportunidades de mercado; g) Como medida de diversificación del riesgo sistémico de mediano y largo plazo, a partir de la posición actual en monedas extranjeras, gradualmente incrementarla e invertir en instrumentos de deuda de alta calidad crediticia internacional considerando el límite autorizado del 30% respecto a las Reservas Financieras y Actuariales, la Reserva General Financiera y Actuarial y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuenta 1 del Fondo Laboral, en los horizontes de inversión establecidos; h) Analizar alternativas de inversión y los más adecuados instrumentos, mecanismos e instituciones financieras internacionales de alta calidad crediticia, para la inversión en notas estructuradas o esquemas de inversión que consideren como subyacente índices de instrumentos de deuda y gubernamentales cotizados en los mercados internacionales, o en bonos o certificados de depósito de alta calidad crediticia que coadyuven a la maximización de la relación riesgo-rendimiento en el mediano y largo plazo; i) Buscar una amplia diversificación en monedas, instrumentos, emisores, mercados, tasas y referencias; j) Mantener, y en su caso, ampliar las inversiones en tasa real y referenciadas a TIIE y CETES para aprovechar las oportunidades de mercado; k) Realizar las compras e inversiones en dólares para proveer la cobertura cambiaria a los pasivos en esta divisa por compra de materiales y equipo según las solicitudes correspondientes de la Dirección de Planeación y Finanzas y; l) Continuar participando en las subastas semanales de instrumentos gubernamentales, de papel comercial o de certificados bursátiles".
  • S/N / Informe de las actividades de la Comisión de Inversiones Financieras, correspondiente al mes de enero de 2006.
    '141/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, 3 fracción XI, 4 y 7 fracción VIII del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social y en los numerales 1.7.6 y 1.8, último párrafo de los Lineamientos Operativos del Consejo Técnico, ACUERDA: Único.- Tomar conocimiento de la gestión de la Comisión de Inversiones Financieras, correspondiente al mes de enero de 2006, la cual se detalla en el informe de actividades aprobado por la propia Comisión mediante Acuerdo 8-273/06 tomado en la sesión celebrada el 15 de febrero de 2006, que presenta la Dirección de Inversiones Financieras con su oficio 188 de fecha 21 de febrero de 2006".
  • S/N / Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de enero de 2006.
    '142/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de enero de 2006, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9. y 2.5.4 f), de los “Lineamientos Operativos del Consejo Técnico", aprobados por este Órgano de Gobierno en la sesión extraordinaria del 25 de abril de 2002 y por la XC Asamblea General Ordinaria del IMSS del 29 de abril de 2002, que presenta la Secretaría General del Instituto con oficio del 17 de marzo de 2006".
  • S/N / Informe de las labores realizadas por la Comisión Bipartita de Atención al Derechohabiente del H.C.T., correspondiente al período comprendido del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2005.
    '143/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe de las labores realizadas por la Comisión Bipartita de Atención al Derechohabiente del H. Consejo Técnico, correspondiente al período comprendido del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2005, que presenta dicha Comisión a través de la Secretaría General del Instituto con oficio del 17 de marzo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el Punto III de su Acuerdo 197/97, de fecha 14 de mayo de 1997".
  • S/N / Informe de las Actividades realizadas por el Comité de Enfermería del IMSS, correspondiente al año 2005.
    '144/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, acuerda: Tomar nota del Informe de las Actividades realizadas por el Comité de Enfermería del Instituto Mexicano del Seguro Social, correspondiente al año 2005, que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas con oficio 274 del 16 de febrero de 2006, de conformidad con lo dispuesto por este Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 10/2000 de fecha 19 de enero de 2000".
  • S/N / Informe de Resultados que comprende los Logros Relevantes alcanzados por el Área Médica, durante el período enero-diciembre de 2005.
    '145/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe de Resultados que comprende los Logros Relevantes alcanzados por el Área Médica, durante el período enero-diciembre de 2005, que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas con oficio 292 del 21 de febrero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 5/98 del 14 de enero de 1998".
  • S/N / Informe sobre el Número y Monto de los Préstamos Otorgados a Cuenta de Pensión, así como su Recuperación, tramitados durante el segundo semestre de 2005.
    '146/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del “Informe sobre el Número y Monto de los Préstamos Otorgados a Cuenta de Pensión, así como su Recuperación, tramitados durante el segundo semestre de 2005", que presenta la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales con oficio 249 del 16 de febrero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este Cuerpo Colegiado en el Punto VIII de su Acuerdo 434/89, de fecha 28 de junio de 1989".
  • S/N / Informe de Resultados Operativos y Financieros obtenidos en los Centros Vacacionales del IMSS, correspondiente al trimestre julio-septiembre y acumulado 2005.
    '147/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción III de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción III del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme a la resolución del Comité de Prestaciones Económicas y Sociales de este Cuerpo Colegiado del día 10 de febrero de 2006, acuerda: Tomar nota del Informe de Resultados Operativos y Financieros obtenidos en los Centros Vacacionales IMSS, al trimestre julio-septiembre y acumulado 2005, presentado por la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, con oficio 238 del 15 de febrero de 2006, en relación con el punto IV del Acuerdo 635/2001, dictado por este propio Consejo Técnico en la sesión celebrada el 21 de noviembre de 2001".
  • S/N / Informe sobre los Resultados de la Operación del Esquema en el Campo y Reglas de Carácter General para la Subrogación de Servicios de Guardería en el Campo con Patrones y Organizaciones de Trabajadores Eventuales del Campo.
    '148/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre los Resultados de la Operación del Esquema en el Campo y Reglas de Carácter General para la Subrogación de Servicios de Guardería en el Campo con Patrones y Organizaciones de Trabajadores Eventuales del Campo, que presenta la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales con oficio 443 del 15 de marzo de 2006, de conformidad con la determinación de este propio Consejo Técnico en sus Acuerdos 243/2005, 349/2005 y 562/2005, de fechas 13 de junio, 22 de julio y 14 de diciembre de 2005, respectivamente".
  • S/N / Informe sobre el avance del “Programa de la Corrección de la Situación Fiscal de los Patrones y demás Sujetos Obligados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social", correspondiente al segundo semestre de 2005.
    '149/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el avance del “Programa de la Corrección de la Situación Fiscal de los Patrones y Demás Sujetos Obligados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social", correspondiente al segundo semestre de 2005, que presenta la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social con oficio 71 del 2 de febrero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 393/2003, de fecha 22 de octubre de 2003".
  • S/N / Cadenas Productivas para el Desarrollo de Proveedores por Medios Electrónicos, así como del Convenio para Operaciones Electrónicas de Crédito para Financiamiento a Pedido y/o Contratos, durante el segundo semestre de 2005.
    '150/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones I y III de la Ley del Seguro Social, acuerda: I.- Tomar nota del informe y resultados obtenidos en el financiamiento otorgado a proveedores del Instituto Mexicano del Seguro Social a través del Convenio denominado Cadenas Productivas para el Desarrollo de Proveedores por Medios Electrónicos, así como del Convenio para Operaciones Electrónicas de Crédito para Financiamiento a Pedido y/o Contratos, durante el segundo semestre de 2005; y II.- Tomar nota del reporte de las acciones emprendidas para el enlace directo entre el Instituto y Nafin para operar los esquemas de factoraje a proveedores de manera automática, el cual permitirá el incremento de los documentos a financiar, que presenta la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 263 del 15 de febrero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en sus Acuerdos 97/97 y 448/97, de fechas 5 de marzo y 10 de septiembre de 1997, respectivamente".
  • S/N / Informe de los resultados del Programa Institucional de Seguros Patrimoniales, correspondiente al año 2005, y aprueba la propuesta del Programa para el ejercicio 2006.
    '151/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y el Artículo 1º. fracción V de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y tomando en cuenta el oficio 281 del 17 de febrero de 2006 que presenta la Dirección de Planeación y Finanzas, Acuerda: Primero.- Tomar conocimiento del Informe de los resultados del Programa Institucional de Seguros Patrimoniales, correspondiente al año 2005, y aprueba la propuesta del Programa para el ejercicio 2006, que en su oportunidad fue documentada por la Dirección de Planeación y Finanzas, revisada por el Grupo Institucional de Seguros y autorizada por el Comité Institucional de Adquisiciones, Arrendamientos y servicios; Segundo: Tomar conocimiento de los resultados de la licitación del programa mencionado; y Tercero: Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas, para que en coordinación con la Dirección de Administración y Calidad en sus respectivos ámbitos de competencia, promuevan ante las dependencias de Nivel Central, las Delegaciones y las Direcciones de las UMAE’s la ampliación de los Programas de Prevención de Riesgos y Seguridad, buscando que la tasa de siniestralidad de los riesgos con mayor severidad y frecuencia, no se incremente y por el contrario se obtengan resultados descendentes; de igual manera, la Dirección de Planeación y Finanzas promoverá el que todas las dependencias institucionales se apeguen a los tiempos normados para reportar e integrar los expedientes de siniestros a fin de que la Institución recupere en el menor plazo los importes de indemnización correspondiente, en este sentido la totalidad de siniestros ocurridos hasta el 31 de diciembre de 2005, deberán quedar debidamente reportados y reclamados ante las aseguradoras al 30 de junio de 2006, debiendo informar a este Cuerpo Colegiado de los resultados; por la trascendencia, la Dirección de Planeación y Finanzas informará a este propio Consejo Técnico, en un plazo de 6 meses, de los resultados de recuperación de indemnizaciones de los siniestros provocados por los Huracanes Stan y Wilma y de la implementación de acciones y presupuestos ejercidos para reponer los activos siniestrados".
  • S/N / “Programa para la Disminución del Ausentismo no Programado", correspondiente al cuarto trimestre de 2005.
    '152/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el avance en el Desarrollo del “Programa para la Disminución del Ausentismo no Programado", correspondiente al cuarto trimestre de 2005, que presenta la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización, actualmente Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones con oficio 150 del 20 de febrero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por el propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 436/2000, de fecha 19 de julio de 2000".
  • S/N / Informe relativo a las Plazas Ocupadas de Confianza de las Plantillas de las Direcciones Normativas, Coordinaciones Generales y Direcciones Regionales, incluyendo a las Plazas de mando y Homólogos y las contrataciones por pago de honorarios, correspondiente al cuarto trimestre de 2005.
    '153/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe relativo a las Plazas Ocupadas de Confianza de las Plantillas de las Direcciones Normativas, Coordinaciones Generales y Direcciones Regionales, incluyendo a las Plazas de mando y Homólogos y las contrataciones por pago de honorarios, correspondiente al cuarto trimestre de 2005, que presenta la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización, actualmente Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones con oficio 200, de fecha 3 de marzo de 2006".
  • S/N / Informe Cuantitativo y Cualitativo de los Recursos de Inconformidad y Juicios Fiscales, correspondiente al período septiembre-diciembre de 2005.
    '154/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe Cuantitativo y Cualitativo de los Recursos de Inconformidad y Juicios Fiscales, correspondiente al período septiembre-diciembre de 2005, que presenta la Dirección Jurídica con oficio 101 del 30 de enero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en sus Acuerdos 296/96 y 217/98, de fechas 21 de agosto de 1996 y 22 de abril de 1998, respectivamente".
  • S/N / Informe Cuantitativo y Cualitativo de los Recursos de Inconformidad y Juicios Fiscales, correspondiente al período enero-diciembre de 2005.
    '155/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe Cuantitativo y Cualitativo de los Recursos de Inconformidad y Juicios Fiscales, correspondiente al período enero-diciembre de 2005, que presenta la Dirección Jurídica con oficio 102, del 6 de febrero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en sus Acuerdos 296/96 y 217/98, de fechas 21 de agosto de 1996 y 22 de abril de 1998, respectivamente".
  • S/N / Informe sobre los juicios de amparo interpuestos en contra del Decreto por el que se reforman y adicionan los Artículos 277 D y 286 K de la LSS, actualizado al 15 de febrero de 2006.
    '156/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Tomar nota del Informe que presenta la Dirección Jurídica de este Instituto con oficio 112 del 22 de febrero de 2006, sobre los juicios de amparo interpuestos en contra del Decreto por el que se reforman y adicionan los Artículos 277 D y 286 K de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2004, actualizado al 15 de febrero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por el propio Consejo Técnico en su Acuerdo 500/2004 del 20 de octubre de 2004".
  • S/N / Informe sobre los juicios de amparo interpuestos en contra del Decreto por el que se reforman y adicionan los Artículos 277 D y 286 K de la LSS, actualizado al 15 de marzo de 2006.
    '157/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Tomar nota del Informe que presenta la Dirección Jurídica de este Instituto con oficio 177 del 17 de marzo de 2006, sobre los juicios de amparo interpuestos en contra del Decreto por el que se reforman y adicionan los Artículos 277 D y 286 K de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2004, actualizado al 15 de marzo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por el propio Consejo Técnico en su Acuerdo 500/2004 del 20 de octubre de 2004".
  • S/N / Informe Cualitativo y Cuantitativo de los Juicios Laborales, correspondiente al período julio-septiembre de 2005, así como su comparativo con el mismo período del año 2004.
    '158/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe Cualitativo y Cuantitativo de los Juicios Laborales, correspondiente al período julio-septiembre de 2005, así como su comparativo con el mismo período del año 2004, que presenta la Dirección Jurídica con oficio 113 de fecha 21 de febrero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en sus Acuerdos 147/92 y 398/97, de fechas 22 de abril de 1992 y 20 de agosto de 1997, respectivamente".
  • S/N / Informe Cualitativo y Cuantitativo de los Juicios Laborales, correspondiente al período octubre-diciembre de 2005, así como su comparativo con el mismo período del año 2004.
    '159/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe Cualitativo y Cuantitativo de los Juicios Laborales, correspondiente al período octubre-diciembre de 2005, así como su comparativo con el mismo período del año 2004, que presenta la Dirección Jurídica con oficio 160 de fecha 2 de marzo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en sus Acuerdos 147/92 y 398/97, de fechas 22 de abril de 1992 y 20 de agosto de 1997, respectivamente".
  • S/N / Informe sobre el estado que guardan los trabajos de obra del Hospital General de Zona, 236 camas, en Ciudad Juárez, Chihuahua, al 31 de enero de 2006. con la empresa TRIBASA.
    '160/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, VI y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Tomar nota del Informe sobre el estado que guardan los trabajos de obra, para la puesta en marcha de las instalaciones del Hospital General de Zona, 236 camas, en Ciudad Juárez, Chihuahua, al 31 de enero de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 127/2005 del 20 de abril de 2005, que presenta la Dirección Jurídica de este Instituto con oficio 131 del 3 de marzo de 2006; y Segundo.- Instruir a la Dirección Jurídica, a fin de que se continúe con el seguimiento hasta la formulación del finiquito correspondiente, respecto del contrato de transacción suscrito con la empresa Triturados Basálticos y Derivados, S.A. de C.V. (TRIBASA)".
  • S/N / Informe sobre el número de poderes otorgados y revocados durante el período comprendido del 3 de octubre de 2005 al 16 de marzo de 2006, e instruir a la Dirección Jurídica.
    '161/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Tomar nota del informe que presenta la Dirección Jurídica de este Instituto con oficio 157 del 16 de marzo de 2006, sobre el número de poderes otorgados y revocados durante el período comprendido del 3 de octubre de 2005 al 16 de marzo de 2006. Segundo.- Instruir a la Dirección Jurídica, a fin de que informe semestralmente respecto al ejercicio de esta facultad".
  • S/N / Informe Ejecutivo del Seguimiento de Medidas Correctivas, correspondiente al cuarto trimestre de 2005 y el Resumen del Informe Ejecutivo.
    '162/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe Ejecutivo del Seguimiento de Medidas Correctivas, correspondiente al cuarto trimestre de 2005 y el Resumen del Informe Ejecutivo, que presenta el Órgano Interno de Control en el IMSS con oficio 00641/30.1/313/06 del 1 de marzo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 344/99, de fecha 23 de junio de 1999".
  • S/N / Informe sobre las actividades del “Programa de Desarrollo Humano Oportunidades", correspondiente al año 2005.
    '163/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del informe sobre las actividades del “Programa de Desarrollo Humano Oportunidades", correspondiente al año 2005, que presenta la Coordinación General del mismo nombre, con oficio 690, de fecha 20 de marzo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado, en su Acuerdo 27/2005 del 19 de enero de 2005".
  • S/N / Se difiere el análisis y resolución de la solicitud para que se dejen sin efecto las “Políticas para el Pago de Honorarios y Prestaciones a los miembros de los Consejos Consultivos Delegacionales".
    '166/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, Acuerda: Diferir el análisis y resolución de la solicitud para que se dejen sin efecto las “Políticas para el Pago de Honorarios y Prestaciones a los miembros de los Consejos Consultivos Delegacionales", que presenta la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones con oficio 234 del 23 de marzo de 2006. La Dirección mencionada deberá someter a la consideración de este propio Cuerpo Colegiado, en una próxima sesión con mayores elementos de juicio dicha solicitud".
  • S/N / Designación y ratificación de representantes propietario y suplente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Jalisco. (Gobierno)
    '167/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la designación y ratificación comunicadas por el licenciado Francisco Javier Ramírez Acuña, Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, en favor de los doctores José de Jesús Becerra Soto y Agustín García de Alba Zepeda, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en esa Entidad Federativa. La designación anterior se hace en sustitución del doctor Alfonso Petersen Farah, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 481/97, de fecha 8 de octubre de 1997, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente. La ratificación del representante suplente surtirá sus efectos a partir del 29 de marzo de 2006, lo cual también deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Ratificación de representante propietario en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Oaxaca. (Gobierno)
    '168/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la ratificación que hace el licenciado Ulises Ruíz Ortiz, Gobernador Constitucional del Estado de Oaxaca, en favor del doctor Francisco Jiménez Sosa, como representante propietario en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en dicha Entidad Federativa. Esta ratificación surtirá sus efectos a partir del 29 de marzo de 2006, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designación y ratificación de representantes propietario y suplente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Zacatecas. (Gobierno)
    '169/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la designación y ratificación comunicadas por la C. Amalia D. García Medina, Gobernadora Constitucional del Estado de Zacatecas, en favor del doctor Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez y Francisco Javier Varela Maldonado, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en esa Entidad Federativa. La designación anterior se hace en sustitución de la doctora Esperanza Ávalos Díaz, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 560/2004, de fecha 24 de noviembre de 2004, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente. La ratificación del representante suplente surtirá sus efectos a partir del 29 de marzo de 2006, lo cual también deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Entrega a los señores consejeros de una copia del “Decreto por el que se reforma la Ley General de Salud", publicado en el DOF.
    '171/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota de la entrega a los señores consejeros de una copia del “Decreto por el que se reforma la Ley General de Salud", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2003, presentado por el señor consejero doctor Enrique Ruelas Barajas, Subsecretario de Innovación y Calidad de la Secretaría de Salud".
  • S/N / Se aumenta a la cantidad de $96,292.18, el monto de los emolumentos de los señores consejeros de los Sectores Obrero y Patronal del HCT y se ratifica que se proceda a la actualización de los emolumentos de los representantes de esos sectores en la HCV.
    '172/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, y el punto 1.5 de los Lineamientos Operativos del H. Consejo Técnico, a propuesta del Director General, conforme a la determinación de los Consejeros representantes del Estado en este propio Consejo Técnico, Acuerda: I.- Los Consejeros representantes de los Sectores Obrero y Patronal de este propio Cuerpo Colegiado, recibirán por concepto de emolumentos un monto correspondiente a una percepción bruta mensual de $96,292.18 (noventa y seis mil doscientos noventa y dos pesos, 18/100 M.N.), a partir del primero de enero de 2006, además de la cuota correspondiente al Seguro de Salud para la Familia que conforme al Artículo 242 de la Ley del Seguro Social corresponda al consejero, su cónyuge y descendientes en primer grado hasta los 18 años de edad; II.- Para la instrumentación del punto anterior, se faculta a las Direcciones de Planeación y Finanzas y de Desarrollo de Personal y Organización, así como para que procedan a la actualización de los emolumentos de los representantes de los Sectores Obrero y Patronal en la H. Comisión de Vigilancia, en los términos de lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en el punto PRIMERO de su Acuerdo 588/2005 de fecha 14 de diciembre de 2005, que establece: “Ratificar que debe existir un diferencial del 25% entre las percepciones de los representantes de los Sectores Obrero y Patronal de la Comisión de Vigilancia, con respecto a los emolumentos de los integrantes de esos Sectores en el Consejo Técnico, como una Norma que rige desde el mes de enero de 2005"; y III.- Se modifica en lo conducente el inciso p) del Acuerdo 603/2004 de fecha 8 de diciembre de 2004".
  • S/N / Se fijan las 17:00 hrs. del día 26 de abril de 2006, para la celebración de la próxima sesión ordinaria del HCT.
    '173/2006 / 29 de Marzo de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las 17:00 horas del día 26 de abril del año 2006".
  • S/N / “Cuarta Evaluación Trimestral de los Ingresos Recibidos y el Gasto Incurrido con Respecto al Presupuesto 2005 aprobado del IMSS y Propuestas de Adecuación".
    '174/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en la fracción VI del Artículo 264 de la Ley del Seguro Social, y conforme a la resolución del Comité de Presupuesto de este propio Cuerpo Colegiado contenida en el Acta de fecha 25 de abril de 2006, aprueba el documento denominado “Cuarta Evaluación Trimestral de los Ingresos Recibidos y el Gasto Incurrido con Respecto al Presupuesto 2005 aprobado del IMSS y Propuestas de Adecuación", que presenta la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 790 del 18 de abril de 2006, con las siguientes consideraciones: a) Se toma nota de la emisión del Dictamen a los Estados Financieros 2005 del Instituto, realizado por el Despacho independiente designado por la Secretaría de la Función Pública, el cual no tiene ninguna salvedad y da por solventadas aquellas que se determinaron en el Dictamen de 2004. Asimismo, se instruye a la Dirección General para que, a través de la normativa de Planeación y Finanzas, informe a este Cuerpo Colegiado sobre la conclusión y evaluación que haga el mismo Despacho independiente del Dictamen Presupuestal de 2005. b) Se toma nota de los resultados de fin del ejercicio 2005 de ingresos y gastos en flujo de efectivo y devengado presentados en las secciones II y III de este documento. c) Se toma nota del cumplimiento puntual del Programa de Administración y Constitución de Reservas aprobado por este Cuerpo Colegiado el 8 de diciembre de 2004, con Acuerdo 605/2004, y modificado el 26 de septiembre de 2005 con Acuerdo 363/2005. d) Se toma nota de los resultados al finalizar 2005 de los indicadores que evalúan los programas institucionales contenidos en la sección V del documento. e) Se toma nota que se incorporan las modificaciones al programa de inversión física para 2005 en la sección VI, autorizado por el propio Consejo Técnico con Acuerdo 556/2005 aprobado en su sesión del 14 de diciembre de 2005, en el marco del presupuesto de ingresos y gasto 2006. f) Se aprueban las adecuaciones al presupuesto de flujo de efectivo y el de operación, en los términos descritos en la sección VI del presente documento, incluyendo las cifras contenidas en las tablas 6 y 7 correspondientes. g) Se toma nota de la situación del ejercicio del presupuesto al 31 de diciembre de 2005 de las Áreas de Administración Central, contenido en la sección VII subsección a). h) Se autorizan los movimientos presupuestales compensados efectuados al presupuesto autorizado de los Sectores Obrero y Patronal del H. Consejo Técnico. i) Se toma nota del ejercicio presupuestario final de los gastos de previsión social y fomento, con las adecuaciones finales presentadas. j) Se toma nota del informe sobre el proceso de pago en 2006 de los pasivos generados en 2005, en cumplimiento del inciso c) del Acuerdo 15/2006 dictado por este Órgano Colegiado, contenido en la sección VII subsección c). k) Se toma nota de la entrega en tiempo y forma de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2005 con los resultados financieros, presupuestarios, económicos y programáticos del Instituto y que se abre un período de aclaraciones y modificaciones con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Asimismo, se instruye a la Dirección General para que, a través de la normativa de Planeación y Finanzas, informe a este Cuerpo Colegiado sobre la conclusión y evaluación que se haga de este proceso. l) Se instruye a la Dirección General para que, por conducto de la Dirección de Planeación y Finanzas, se envíe el presente documento a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Asimismo, para que cumplimente y oficialice los presentes Acuerdos, en los términos que señala la Ley del Seguro Social".
  • S/N / Cuarta Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el Ejercicio Fiscal 2006.
    '175/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 264, 272, 274 y 286 B de la Ley del Seguro Social, y conforme a la resolución del Comité de Presupuesto de este propio Cuerpo Colegiado contenida en el Acta de fecha 25 de abril de 2006, aprueba la Cuarta Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el Ejercicio Fiscal 2006 que propone la Dirección General, a través del documento presentado por la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 790 del 18 de abril de 2006, con las siguientes consideraciones: a) Se toma nota que no se modifica la meta establecida para la acumulación de las reservas financieras y actuariales y el fondo laboral autorizada el 14 de diciembre de 2005 en el Acuerdo 557/2005. b) Se toma nota de que únicamente se está modificando la afectación a las reservas operativas que se había aprobado según Acuerdo número 123/2006 del 29 de marzo de 2006. c) Se toma nota del impacto a mediano y largo plazo que tendrán las medidas aprobadas. d) Se aprueban los calendarios mensual y trimestral del presupuesto modificado de flujo de efectivo del Instituto, contenidos en el documento que se aprueba. e) Se toma nota de que este cuarto incremento de $1,715 millones se apega a la política de ingreso-gasto de la Administración Pública Federal. De conformidad con las facultades conferidas en la Ley del Seguro Social a este Cuerpo Colegiado, de ser el caso, se incrementaría posteriormente el presupuesto 2006 hasta los $21,072 millones de superávit primario presupuestado originalmente después de reservas, en los términos de los Artículos 274 y 286 B de la Ley del Seguro Social, quedando por lo tanto pendientes de transferir $10,461 millones. f) Se toma nota del segundo pago parcial por $1,115 millones que se tiene programado realizar en abril de 2006, correspondiente al préstamo solicitado de 2004 a la ROCF por $3,345 millones. g) Se toma nota de la devolución de $3,500 millones de las RO a la ROCF, monto que junto con los correspondientes intereses se reintegrará en el próximo mes de mayo, toda vez que de acuerdo con los estados financieros dictaminados del ejercicio 2005, el Instituto obtuvo mayores ingresos propios, que permitieron financiar íntegramente el Programa de Inversiones Físicas. h) Se instruye a la Dirección General para que, a través de la Dirección de Planeación y Finanzas, se envíe a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el documento que se aprueba, para su conocimiento".
  • S/N / “Primera Evaluación Trimestral de los Ingresos Recibidos y el Gasto incurrido con Respecto al Presupuesto 2006 Aprobado del IMSS y Propuestas de Adecuación".
    '176/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 264 fracción VI, 274, 277 y 277 C de la Ley del Seguro Social, y conforme a la resolución del Comité de Presupuesto de este propio Cuerpo Colegiado contenida en el Acta de fecha 25 de abril de 2006, aprueba el documento denominado “Primera Evaluación Trimestral de los Ingresos Recibidos y el Gasto Incurrido con Respecto al Presupuesto 2006 Aprobado del IMSS y Propuestas de Adecuación", que presenta la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 801 del 19 de abril de 2006, con las siguientes consideraciones: a) Se toma nota de los resultados de ingresos y gastos en flujo de efectivo y devengado presentados en las secciones II y III de este documento. b) Se toma nota del avance en el cumplimiento del Programa de Administración y Constitución de Reservas aprobado por este Cuerpo Colegiado el 14 de diciembre de 2005, con Acuerdo 557/2005 y sus modificaciones. c) Se toma nota de los resultados al primer trimestre de los indicadores aprobados y publicados en el PEF 2006, que evalúan los programas institucionales contenidos en la sección V del documento y se aprueba el indicador adicional presentado en la misma. d) Se aprueban las adecuaciones al presupuesto de flujo de efectivo y el de operación, en los términos descritos en la sección VI del presente documento, incluyendo las cifras contenidas en las tablas 6 y 7 correspondientes, así como los calendarios respectivos, las cuales mantienen el compromiso de reservas financieras y actuariales y fondo laboral aprobado por el propio Consejo Técnico. e) Se toma nota del ejercicio del presupuesto de las Áreas de Administración Central, contenido en la sección VII subsección a). f) Se autoriza la modificación al presupuesto de Donativos, Cuotas, Aportaciones y Equidad contenida en la sección VII subsección b), aprobándose incrementar $1.6 millones para el Instituto Tecnológico Autónomo de México A.C. g) Se toma nota de la situación presupuestaria de los gastos de previsión social y fomento que reflejan los movimientos organizacionales y nombramientos aprobados en Delegaciones por este Cuerpo Colegiado, presentada en la sección VII subsección c). h) Se toma nota de que a la fecha se tiene pendiente la resolución de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a la gestión de cobro del Instituto Mexicano del Seguro Social de los adeudos 2004 y 2005 a cargo del Gobierno Federal y que al cierre de 2005 ascendió a $10,619 millones y se instruye para que la Dirección General, por conducto de las normativas de Planeación y Finanzas y Jurídica, continúen con las gestiones de cobro ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. i) Se instruye a la Dirección General para que, por conducto de la Dirección de Planeación y Finanzas, se envíe el presente documento a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Asimismo, para que cumplimente y oficialice los presentes Acuerdos, en los términos que señala la Ley del Seguro Social".
  • S/N / Contratar de manera multianual la prestación de servicios y adquisición de bienes que permitan el desarrollo de los programas siguientes: Servicios Administrados de Infraestructura Tecnológica (SAIT); Centro de Contacto Único (01-800-IMSS); Contratación de una Mesa de Servicios Institucionales (MSI); y Servicios de Telefonía local para las ciudades de Guadalajara, Monterrey y D.F.
    '177/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV y XXXVII, 263, 264 fracciones III, XIV y XVII, así como el 277 F de la Ley del Seguro Social; 24 y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme a la solicitud de la Dirección de Planeación y Finanzas, a que se refiere su oficio 791 del 18 de abril de 2006, y tomando en consideración los beneficios que representa la aplicación de los programas de que se trata, ACUERDA: Primero.- Tomar nota de la necesidad de contratar la prestación de servicios y la adquisición de bienes que permitan el desarrollo de los programas siguientes: “Servicios Administrados de Infraestructura Tecnológica (SAIT)", “Centro de Contacto Único (01-800- IMSS)", “Contratación de una Mesa de Servicios Institucional (MSI)", “Servicios de Telefonía Local a las ciudades de Guadalajara, Monterrey y Distrito Federal". Segundo.- Autorizar al Director General del Instituto, para que, por conducto de la Dirección de Administración y Calidad, en coordinación con la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico, contrate de manera multianual la prestación de servicios y adquisición de bienes. Tercero.- Instruir a la Dirección General para que, los procedimientos de contratación se realicen con estricto apego a las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como para que por conducto de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico, informe a este Consejo Técnico trimestralmente sobre el cumplimiento del presente Acuerdo".
  • S/N / Otorgamiento de una Ayuda por Equidad, por un monto de hasta $105,833,000.00 para cubrir durante el año 2006 los costos de las erogaciones derivadas de la asistencia obstétrica a las beneficiarias hijas menores de 16 años de edad.
    '178/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, XIII y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, VI, XIII, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, así como el Artículo 31 fracciones III, XI, XIII y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social y conforme a la propuesta de la Dirección de Prestaciones Médicas contenida en oficio 649 del 19 de abril de 2006, Acuerda: Primero.- Autorizar el otorgamiento de una ayuda por equidad, por un monto de hasta $105,833,000.00, para cubrir durante el año 2006 los costos de las erogaciones derivadas de la asistencia obstétrica a las beneficiarias hijas menores de 16 años de edad. Segundo.- El otorgamiento de las prestaciones por concepto de ayuda por equidad señalada en el punto anterior, será autorizado por el Consejo Consultivo Delegacional, a solicitud del asegurado o pensionado, en atención a las circunstancias particulares de cada caso y sin perjuicio del eficaz otorgamiento de las prestaciones a que tienen derecho las aseguradas y las beneficiarias esposa o concubina. Tercero.- Las Direcciones de Prestaciones Médicas y de Planeación y Finanzas, establecerán los lineamientos que deberán observar las Delegaciones para el trámite de autorización de los casos específicos, así como para el registro y control de los montos que proceda aplicar con cargo a la ayuda por equidad. Cuarto.- Las Direcciones de Prestaciones Médicas y de Planeación y Finanzas, informarán a este Consejo Técnico, con periodicidad trimestral, sobre las prestaciones otorgadas y los importes aplicados con cargo a la ayuda por equidad a que se refiere el presente Acuerdo".
  • S/N / Se deja sin efecto el Acuerdo 1045/84 del HCT mediante el cual aprobó las Políticas relativas al pago de una ayuda a los miembros de los Consejos Consultivos Delegacionales; se otorga a los representantes de los Sectores Obrero y Patronal que integren los Cuerpos Colegiados mencionados, en el mes de diciembre de cada año el 25% del monto total de los ingresos percibidos durante el año respectivo; la ayuda mensual de $3,500.00 para dicho representantes. y se modifica el Acuerdo 494/2005 del HCT.
    '179/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones XV y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social y los puntos 1.3.5.5 y 1.5.1 de los Lineamientos Operativos del Consejo Técnico, conforme a las sugerencias de los señores consejeros, acuerda lo siguiente: I.- Dejar sin efecto el Acuerdo 1045/84, de fecha 6 de junio de 1984, mediante el cual este propio Consejo Técnico aprobó las Políticas relativas al Pago de una ayuda a los Miembros de los Consejos Consultivos Delegacionales. II.- Otorgar, en términos de lo que dispone la Ley del Seguro Social vigente, a los representantes de los Sectores Obrero y Patronal que integren los Cuerpos Colegiados mencionados, en el mes de diciembre de cada año, una cantidad anual equivalente al 25% del monto total de los ingresos percibidos durante el año respectivo. III.- La ayuda mensual de $3,500.00 para dichos representantes, conforme a lo establecido en el Acuerdo 494/2005 de fecha 26 de octubre de 2005, será otorgada siempre y cuando asistan a la totalidad de las sesiones que celebren esos Cuerpos Colegiados, durante el mes correspondiente. De asistir solamente a alguna o algunas de las sesiones, se les cubrirá únicamente la parte proporcional del monto de la ayuda mensual. IV.- Modificar, en lo conducente, el Acuerdo mencionado en el punto que antecede. Lo anterior, conforme a la propuesta presentada por la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización con su oficio 344 del 19 de abril de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en su Acuerdo 166/2006 del 29 de marzo de 2006".
  • S/N / Informe de la Situación que guarda el Programa de Obras 2006 y su Problemática.
    '180/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Tomar conocimiento del Informe de la Situación que guarda el Programa de Obras 2006 y su Problemática, el cual contiene los antecedentes; Situación Actual; Obras terminadas a marzo 2006; Problemática y Medidas Adoptadas, que presenta la Dirección de Administración y Calidad con oficio 549 del 12 de abril de 2006".
  • S/N / “Norma que establece las disposiciones para autorizar el protocolo de estudio, atención médica y exención del cobro de los gastos generados al donador de órganos y tejidos no derechohabiente".
    '181/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones I, IV y XXXVII, 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social; 31 fracciones III, XXIV y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, aprueba la “Norma que establece las disposiciones para autorizar el protocolo de estudio, atención médica y exención del cobro de los gastos generados al donador de órganos y tejidos no derechohabiente", Clave 0200-001-002, que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas con su oficio 625 del 18 de abril de 2006, y que sustituye a la Norma que establece las disposiciones para el protocolo de estudio, atención y exención del cobro al donador vivo relacionado no derechohabiente, Clave 0200-001-002, aprobada por este Cuerpo Colegiado mediante Acuerdo número 330/2003, de fecha 27 de agosto de 2003".
  • S/N / Cambiar la denominación actual del Hospital de Especialidades No. 1 del Centro Médico Nacional Noroeste, Ciudad Obregón, Sonora, por el de Hospital General Regional No. 1, de Ciudad Obregón, Sonora.
    '182/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, aprueba la solicitud que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas con oficio 624 del 18 de abril de 2006, para cambiar la denominación actual del Hospital de Especialidades No. 1 del Centro Médico Nacional Noroeste, Ciudad Obregón, Sonora, por el de Hospital General Regional No. 1, de Ciudad Obregón, Sonora".
  • S/N / Reversión de recursos excedentes por parte del Fideicomiso de Beneficios Sociales (FIBESO), a favor del IMSS, en base a lo dispuesto en el contrato constitutivo del FIBESO.
    '183/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV y XXXVII, 263 y 264 fracción III de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción III del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Primero.- Tomar nota sobre la reversión de recursos excedentes por parte del Fideicomiso de Beneficios Sociales (FIBESO), a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social por un monto equivalente a $97,059,449.91 (Noventa y Siete Millones Cincuenta y Nueve Mil Cuatrocientos Cuarenta y Nueve Pesos 91/100 M.N.), en base a lo dispuesto en el contrato constitutivo del FIBESO. Segundo.- Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas para dar el aviso correspondiente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público del movimiento antes citado para los efectos legales conducentes".
  • S/N / Se modifica el texto del Acuerdo 561/2005, correspondiente a la sesión del HCT celebrada el 14 de diciembre de 2005, en relación a la “Presencia del IMSS en los EUA: Reestructuración y Modernización de las Representaciones".
    '184/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones I, IV, VI, XIII, XX y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 3, 5 y 31 fracciones III, XI y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, tomando en cuenta el contenido del oficio 172 del 10 de abril de 2006, de la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, Acuerda modificar su Acuerdo 561/2005 del 14 de diciembre de 2005, para quedar en los siguientes términos: Primero.- Autorizar al C. Director General para que por conducto de la unidad administrativa competente del Instituto, lleve a cabo las acciones siguientes: I.- Reestructuración operativa de las oficinas de representación del Instituto Mexicano del Seguro Social en los Estados Unidos de América, a efecto de establecer como la única representación del IMSS en ese país a la oficina ubicada en los Ángeles, California. II.- Instalación de veinte kioscos o ventanillas electrónicas, en coordinación con la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico, en los consulados de México en los Estados Unidos de América con mayor presencia de población mexicana, a fin de que a través de los mismos se pueda ofrecer información acerca de los esquemas de aseguramiento a que se refiere el punto siguiente del presente Acuerdo y, en su caso, se tramite por dicha vía la inscripción correspondiente. III.- Promoción entre población mexicana residente en los Estados Unidos de América, además del Seguro de Salud para la Familia, la incorporación voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social de los Trabajadores que laboran de manera independiente, en términos de lo dispuesto por el Artículo 13 fracción I, de la Ley del Seguro Social, así como la continuación voluntaria en el propio régimen de las personas que cumplan con los requisitos legales establecidos para tal efecto. IV.- Tramitar la inscripción en el Seguro de Salud para la Familia, únicamente de los familiares residentes en la República Mexicana, cuando el trabajador mexicano que labora en el extranjero no tenga posibilidad de acudir a territorio mexicano a solicitar y recibir los servicios médicos correspondientes. V.- Tramitar la autorización para que los mexicanos residentes en el extranjero que se inscriban al Instituto Mexicano del Seguro Social, a través de la incorporación voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social, puedan solicitar y recibir los servicios médicos institucionales en cualquier unidad médica de la República Mexicana. VI.- Tramitar la autorización para que los trabajadores mexicanos residentes en el extranjero que se inscriban en la continuación voluntaria en el Régimen Obligatorio del Seguro Social puedan realizar, a su elección, el pago de las cuotas correspondientes en exhibiciones bimestrales, semestrales o anuales, además de la mensual prevista en la Ley del Seguro Social. VII.- Realizar el trámite que corresponda para que en caso de invalidez o muerte del asegurado en continuación voluntaria durante el período de aseguramiento cubierto, el Instituto acredite las semanas pagadas por dicho período para los efectos legales que procedan; Segundo.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, para que dentro de los noventa días posteriores a la emisión de este Acuerdo, presente a este Consejo Técnico los documentos normativos necesarios para el adecuado funcionamiento de la oficina de representación y ventanillas electrónicas, así como para la aplicación de este Acuerdo; y Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que, una vez que la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, haya realizado los trámites correspondientes ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, gestione la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, el cual deberá entrar en vigor a partir del día siguiente al de su publicación".
  • S/N / Se autoriza celebrar un Convenio de Subrogación de Servicios Médicos con Reversión de Cuotas con la empresa MINAS DE BACIS, S.A. DE C.V.
    '185/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 89 fracción III, 251 fracciones I, II, IV y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, VII y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III, VII y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, a propuesta de la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, a que se refiere el oficio 246 del 20 de abril de 2006 de la Dirección Jurídica, y de conformidad con lo expuesto por las Direcciones de Prestaciones Médicas y de Planeación y Finanzas, mediante oficios número 1920 y 0641 de fechas 29 de septiembre de 2005 y 30 de marzo de 2006, respectivamente, Acuerda: Único.- Autorizar al C. Director General para que por conducto del Titular de la Delegación Estatal en Durango, suscriba un Convenio de Subrogación de Servicios Médicos con Reversión de Cuotas con la empresa denominada MINAS DE BACIS, S.A. de C.V., registrada como patrón bajo el número R52 10003-10-7, con domicilio en San José Bacis, Municipio de Otaez, en el Estado de Durango".
  • S/N / Informe sobre la “Problemática Delictiva y Propuesta de Acciones para Reforzar la Seguridad en las Instalaciones del IMSS" y de las recomendaciones emitidas para atender esta problemática.
    '186/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre la “Problemática Delictiva y Propuesta de Acciones para Reforzar la Seguridad en las Instalaciones del IMSS" y de las recomendaciones emitidas para atender esta problemática, que presenta la Dirección de Administración y Calidad con oficio 494 del 30 de marzo de 2006, en cumplimiento a lo solicitado por este Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 587/2005 del 14 de diciembre de 2005".
  • S/N / Se autoriza el Proyecto de Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS.
    '187/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones I, II, IV, VII, XXXVI y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones III, VII, XXIII y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Primero.- Autorizar el Proyecto de Reglamento de Prestaciones Médicas del Instituto Mexicano del Seguro Social, presentado por el Director General por conducto de la Dirección Jurídica mediante oficio 232 del 7 de abril de 2006. Segundo.- Instruir a la Dirección Jurídica, a fin de que envíe a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal el Proyecto del Reglamento mencionado en el punto que antecede y, en su caso, se someta a la consideración del Ejecutivo Federal, para que en términos de sus facultades reglamentarias, si lo considera conveniente, expida el Decreto correspondiente y ordene su publicación en el Diario Oficial de la Federación".
  • S/N / Donación ofrecida por el H. Ayuntamiento de San Mateo Atenco, Estado de México, en favor del IMSS, el terreno ubicado en calle Libertad Sur No. 1301 Sur, en el Barrio de Guadalupe. para destinarlo a la construcción de una UMF.
    '188/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y VI, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Autorizar al C. Director General para que, por sí o por medio de la persona que él designe, adquiera mediante donación ofrecida por el H. Ayuntamiento de San Mateo Atenco, Estado de México, en favor de este Instituto, el terreno ubicado en calle Libertad Sur No. 1301 Sur, en el Barrio de Guadalupe, en el Municipio y Entidad mencionados, con superficie de 6,749.00 m2, para destinarlo a la construcción de una Unidad de Medicina Familiar, cuyas medidas y colindancias, de conformidad con el avalúo que más adelante se detalla, son las siguientes: Al Norte: En 105.00 metros, con José Porcayo Catalina; Al Sur: En 106.90 metros, con Luis Baltasar Villaseñor; Al Oriente: En 62.60 metros, con Ángel Sánchez Palomares; y Al Poniente: En 64.80 metros, con zanja medianera. Segundo.- Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas, a fin de considerar como valor del inmueble para efectos contables la cantidad de $2’929,100.00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL CIEN PESOS 00/100 M.N.), de acuerdo al Dictamen No. 051330, Secuencial G-38403, de fecha 26 de agosto de 2005, emitido por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN). Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que en los trámites de formalización de la operación se cumpla con lo previsto en la Ley General de Bienes Nacionales y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Los gastos y honorarios que se generen por la presente operación, serán por cuenta del Instituto".
  • S/N / Gestión oficiosa Delegación Estatal en San Luis Potosí, con motivo de la aceptación de la donación condicionada que realizó el H. Ayuntamiento de Tamazunchale, San Luis Potosí en favor del IMSS, del predio urbano ubicado en el Barrio de Zacatipan, del Ejido “La Laguna", para destinarlo a la construcción de la UMF No. 37.
    '189/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y VI, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Autorizar al C. Director General para que, por sí o por medio de la persona que él designe, ratifique la gestión oficiosa llevada a cabo por el Delegado Estatal en San Luis Potosí, con motivo de la aceptación de la donación condicionada que realizó el H. Ayuntamiento de Tamazunchale, San Luis Potosí en favor de este Instituto, del predio urbano ubicado en el Barrio de Zacatipan, del Ejido “La Laguna", en el Municipio y Entidad mencionados, con superficie de 2,500.00 m2, para destinarlo a la construcción de la Unidad de Medicina Familiar No. 37, cuyas medidas de linderos y colindancias, conforme al título de propiedad en favor de este Instituto, relacionadas en la Escritura Pública No. 81,481 de fecha 24 de octubre de 2005, son las siguientes: Al Norte: En 50.00 metros, linda con parcela 65, calle sin nombre e Iglesia San Miguel Arcángel; Al Sur: En 50.00 metros, linda con calle sin nombre; Al Este: En 50.00 metros, linda con calle sin nombre; y Al Oeste: En 50.00 metros, linda con propiedad del señor Pedro Hernández. Segundo.- Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas, a fin de considerar como valor del inmueble para efectos contables la cantidad de $525,000.00 (QUINIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), con base en el Avalúo No. 060113, Secuencial G-3264, de fecha 17 de febrero de 2006, emitido por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN). Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que en los trámites de formalización de la operación se cumpla con lo previsto en la Ley General de Bienes Nacionales y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Los gastos y honorarios que se generen por la presente operación, serán por cuenta del Instituto".
  • S/N / Donación condicionada ofrecida por el Gobierno del Estado de Baja California Sur, en favor del IMSS, el terreno ubicado en Calle del Sol No. 145 esquina con Calle del Río, Lote 11, Fraccionamiento La Fuente, en el Municipio de La Paz, de dicha Entidad, para destinarlo a la construcción de una UMF.
    '190/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y VI, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Autorizar al C. Director General para que, por sí o por medio de la persona que él designe, adquiera mediante donación condicionada ofrecida por el Gobierno del Estado de Baja California Sur, en favor de este Instituto, el terreno ubicado en Calle del Sol No. 145 esquina con Calle del Río, Lote 11, Fraccionamiento La Fuente, en el Municipio de La Paz, de dicha Entidad, con superficie de 10,000.63 m2, para destinarlo a la construcción de una Unidad de Medicina Familiar, cuyas medidas y colindancias, de conformidad con el plano de levantamiento topográfico de junio del 2004, empleado para la subdivisión del predio, son las siguientes: Al Norte: En 116.50 metros, con calle Sol; Al Sur: En 116.07 metros, con Lote 017; Al Este: En 86.00 metros, con los Lotes 013 y 016; y Al Oeste: En 86.00 metros, con calle del Río. Segundo.- Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas, a fin de considerar como valor del inmueble para efectos contables la cantidad de $1’620,102.06 (UN MILLÓN SEISCIENTOS VEINTE MIL CIENTO DOS PESOS 06/100 M.N.), de acuerdo al Dictamen No. 050558 HMO, Secuencial G-4247-HMO, de fecha 28 de junio de 2005, emitido por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN). Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que en los trámites de formalización de la operación se cumpla con lo previsto en la Ley General de Bienes Nacionales y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Los gastos y honorarios que se generen por la presente operación, serán por cuenta del Instituto".
  • S/N / Designación del Auditor Externo Financiero del IMSS, del Despacho Solloa, Tello de Meneses y Compañía, S.C. como invitado permanente sólo con derecho a voz, ante la Comisión de Inversiones Financieras.
    '192/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV y XXXVII, 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, 4 fracción II, inciso e) del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social y el numeral 1.8 de los Lineamientos Operativos del H. Consejo Técnico, ACUERDA: Único.- Designar al contador público Víctor Gutiérrez Olvera, Auditor Externo Financiero del Instituto Mexicano del Seguro Social, del Despacho Solloa, Tello de Meneses y Compañía, S.C., como invitado permanente, sólo con derecho a voz, de la Comisión de Inversiones Financieras, por el período 2006-2008, quien en sus ausencias temporales, será cubierto por el contador público certificado José Alfonso Armenta Alemán, Gerente de Auditoría del Despacho Solloa, Tello de Meneses y Compañía, S.C. Lo anterior, conforme al oficio 301 del 29 de marzo de 2006 de la Dirección de Inversiones Financieras".
  • S/N / Designación y ratificación de representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación mencionada. (CONCANACO)
    '193/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la designación y ratificación comunicadas por el ingeniero Luis Antonio Mahbub Sarquis, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), en favor de los señores contador público Eduardo Alfonso García Moreno e ingeniero Jaime Zorrilla de San Martín Diego, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Oaxaca. La designación del representante propietario se hace en sustitución del licenciado Julio Calvo Montesinos, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 649/2001 del 21 de noviembre de 2001, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva. La ratificación del representante suplente surtirá sus efectos a partir del 26 de abril de 2006, lo cual también deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Querétaro. (CONCANACO)
    '194/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de las designaciones comunicadas por el ingeniero Luis Antonio Mahbub Sarquis, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), en favor de los señores Mauricio Kuri González y Rogelio Vega Vázquez Mellado, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Querétaro. Estas designaciones se hacen en sustitución de los señores licenciados Martín Alfredo Romo Villegas y José de la Garza Pedraza, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo 334/2004, de fecha 23 de junio de 2004, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designación y ratificación de representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Yucatán. (CONCANACO)
    '195/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la designación y ratificación comunicadas por el ingeniero Luis Antonio Mahbub Sarquis, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), en favor de los señores M.V.Z. Miguel Ángel Martínez Vázquez y licenciado Juan Martín Vázquez Carrillo, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Yucatán. La designación del representante propietario se hace en sustitución del señor licenciado Julio Enrique Leal Franco, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 316/2005 del 22 de julio de 2005, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva. La ratificación del representante suplente surtirá sus efectos a partir del 26 de abril de 2006, lo cual también deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designaciones de representantes propietarios y suplentes, de la primera y segunda fórmula, en el Consejo Consultivo de la Delegación Norte en el Distrito Federal. (CONCANACO)
    '196/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, Artículo 159 del Reglamento mencionado, reformado en el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2005, y Acuerdo 556/2004 de este propio Consejo Técnico, dictado el 24 de noviembre de 2004, acuerda: Tomar nota de las designaciones que formula el ingeniero Luis Antonio Mahbub Sarquis, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), en favor de los señores José Osorio Guzmán y licenciado Ruperto Chávez Franco, como representantes propietario y suplente, respectivamente, de la primera fórmula, así como del arquitecto Jorge Ramos Arévalo y licenciado Jesús Morales Raya, como representantes propietario y suplente, respectivamente, de la segunda fórmula en el Consejo Consultivo de la Delegación Norte en el Distrito Federal. Estas designaciones surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Sur en el Distrito Federal. (CONCANACO)
    '197/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, Artículo 159 del Reglamento mencionado, reformado en el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2005, y Acuerdos 556/2004 y 170/2005 de este propio Consejo Técnico, dictados el 24 de noviembre de 2004 y 20 de abril de 2005, respectivamente, acuerda: Tomar nota de las designaciones que formula el ingeniero Luis Antonio Mahbub Sarquis, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), en favor de los señores licenciados José Luis Morales Millán y César Javier Cortés Sanpedro, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Sur en el Distrito Federal. Estas designaciones surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Designación de representante propietario del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Gineco Obstetricia No. 3 del Centro Médico Nacional “La Raza", D.F. (CONCANACO)
    '198/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones VII y XXXVII, 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 3 y 142 A párrafo segundo del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de la designación formulada por el ingeniero Luis Antonio Mahbub Sarquis, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), en favor del licenciado Luis Ángel Munguía Ruiz, como representante propietario, del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Gineco Obstetricia No. 3 del Centro Médico Nacional “La Raza", D.F. Esta designación se hace en sustitución del señor Roberto Zapata Gil, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 346/2004 del 23 de junio de 2004, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designación de representantes gubernamentales ante las Juntas de Gobierno de las Unidades Médicas de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades del CMN “La Raza", D.F.; Hospital de Cardiología No. 34 del CMN del Noreste, en Monterrey, N. L.; Hospital de Especialidades del CMN de Occidente en Guadalajara, Jal.; Hospital de Traumatología y Ortopedia “Lomas Verdes", Estado de México y Hospital de Pediatría del CMN Siglo XXI, D.F.
    '199/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones VII y XXXVII, 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 3 y 142 A, párrafo segundo del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme al oficio 556 del 5 de abril de 2006 de la Dirección de Prestaciones Médicas, Acuerda: Tomar conocimiento de los representantes designados por el Director de Prestaciones Médicas, ante las Juntas de Gobierno de las Unidades Médicas de Alta Especialidad, los cuales en apego a lo previsto en el Artículo 142 A, del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, presidirán la Junta de Gobierno respectiva y fungirán como representante gubernamental, como a continuación se indica: a) Al licenciado Juan Manuel Amador Leal, como representante del Director de Prestaciones Médicas ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades del Centro Médico Nacional “La Raza", Distrito Federal, en sustitución de la doctora Rosa Margarita Garza Ochoa, de quien el propio Consejo Técnico tomó conocimiento de su designación a través de su Acuerdo 244/2004, de fecha 19 de mayo de 2004; b) Al ingeniero Manuel Castillo Magallón, como representante del Director de Prestaciones Médicas ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Cardiología No. 34 del Centro Médico Nacional del Noreste, en Monterrey, Nuevo León, en sustitución del doctor Juan Francisco Irizar López, de quien el propio Consejo Técnico tomó conocimiento de su designación a través de su Acuerdo 244/2004, de fecha 19 de mayo de 2004; c) Al licenciado Sergio Pérez Aguilera, como representante del Director de Prestaciones Médicas ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades del Centro Médico Nacional de Occidente, Guadalajara, Jalisco, en sustitución del doctor Francisco Preciado Negrete, de quien el propio Consejo Técnico tomó conocimiento de su designación a través de su Acuerdo 244/2004, de fecha 19 de mayo de 2004; d) Al ingeniero Aníbal Méndez Cuevas, como representante del Director de Prestaciones Médicas ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Traumatología y Ortopedia “Lomas Verdes", Estado de México, en sustitución del doctor Francisco Javier Méndez Bueno, de quien el propio Consejo Técnico tomó conocimiento de su designación a través de su Acuerdo 524/2005, de fecha 23 de noviembre de 2005; y e) Al licenciado José Antonio Estefan Garfias, como representante del Director de Prestaciones Médicas ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Pediatría del Centro Médico Nacional “Siglo XXI", Distrito Federal, en sustitución de la doctora Rosa Margarita Garza Ochoa, de quien el propio Consejo Técnico tomó conocimiento de su designación a través de su Acuerdo 244/2004, de fecha 19 de mayo de 2004. Estas designaciones surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designaciones de represente propietaria en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Jalisco. (CROM)
    '200/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la designación comunicada por el licenciado Ignacio Cuauhtémoc Paleta, Secretario General de la Confederación Regional Obrera Mexicana (CROM), en favor de la C. Dulce Roberta García Campos, como representante propietaria en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Jalisco. Esta designación se hace en sustitución de la C. Jeannette Velásquez Sedano, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 24/2004 Bis, de fecha 21 de enero de 2004, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designación de representante suplente en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Chihuahua. (CROC)
    '201/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la designación comunicada por el señor Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), en favor del C. Jaime Sánchez Calderón, como representante suplente en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Chihuahua. Esta designación se hace en sustitución del C. Eduardo Contreras Murillo, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 10/2001 del 10 de enero de 2001, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Ratificaciones de representantes propietario y suplente que hace la Asociación Civil de Usuarios del Distrito de Riego 05 Delicias (Primera Unidad), en representación de los Patrones Agrícolas Independientes en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Chihuahua.
    '202/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, y en términos del Acuerdo 42 722 del 17 de diciembre de 1956, toma nota de las ratificaciones que hace la Asociación Civil de Usuarios del Distrito de Riego 05 Delicias (Primera Unidad), en representación de los Patrones Agrícolas Independientes, en favor del doctor Edgar Aguilar Sierra y del licenciado Mario Alberto González Espinosa, como representantes propietario y suplente, respectivamente, de esa Organización en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Chihuahua. Estas ratificaciones surtirán sus efectos a partir del 26 de abril de 2006, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Designación de representante propietario, en el Consejo Consultivo de la Delegación de Tabasco. (Gobierno)
    '203/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la designación comunicada por el licenciado Manuel Andrade Díaz, Gobernador Constitucional del Estado de Tabasco, en favor de la doctora Hilda Santos Padrón, como representante propietaria en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en esa Entidad Federativa. La designación anterior se hace en sustitución del doctor Jaime Mier y Terán Suárez, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 89/2002, del 20 de marzo de 2002, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Informe del Monitoreo de Surtimiento de Medicamentos en Farmacias de Unidades de 1er. y 2do. Nivel de Atención, así como de las UMAE’s, correspondiente a los meses de julio a diciembre de 2005.
    '204/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre la Tabla 1. Claves de medicamentos no surtidos, resultado del Monitoreo de Surtimiento de Medicamentos en Farmacias de Unidades Médicas de 1er. y 2do. Nivel de Atención, así como de las Unidades Médicas de Alta Especialidad, correspondiente a los meses de julio a diciembre de 2005, que presenta la Unidad de Vinculación Institucional, con oficio 84 del 20 de marzo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 57/2004 del 18 de febrero de 2004".
  • S/N / Informe de los Rendimientos Producto de las Operaciones de Inversión de las Reservas y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuenta 1, correspondiente al mes de febrero de 2006.
    '205/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones III y XXXVII, 263, 264 fracciones I, III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones I, III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Tomar nota del Informe de las operaciones y rendimientos obtenidos por la inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuenta 1 del Fondo Laboral, correspondiente al mes de febrero de 2006, que la Comisión de Inversiones Financieras por conducto de la Dirección de Inversiones Financieras, presenta a este Consejo Técnico, en su oficio 289 del 22 de marzo de 2006, en cumplimiento a los Artículos 3 fracción XI y 28 del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social y al Artículo 73 B fracción VII del Reglamento de Organización Interna del propio Instituto, el cual detalla el proceso integral de inversión, con cifras al cierre del citado mes que presenta la información siguiente: la posición de los recursos en inversión (incluyendo dólares y euros valuados al tipo de cambio del cierre del mes); los montos promedio de inversión (incluyendo la posición promedio en dólares y euros valuados al tipo de cambio del cierre de mes); los rendimientos devengados del portafolio de inversión durante el mes que se informa y acumulados en el año (incluyendo los rendimientos en dólares y euros acumulados durante el mes, los cuales fueron valuados al tipo de cambio del cierre del mes, excluyéndose la provisión contable por revaluación de posiciones del principal en moneda extranjera); las tasas de interés, rendimientos devengados y cumplimiento de metas; la inversión en moneda extranjera; la estructura del portafolio por tipo de instrumento; los indicadores de valor en riesgo (VaR) de mercado y crediticio; los indicadores de sensibilidad; inversión en instrumentos estructurados; y el control de operaciones en cuanto a asignaciones, títulos y transaccionalidad; asimismo se incluye la siguiente información: acumulación de las Reservas Financieras y Actuariales, la General Financiera y Actuarial y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuenta 1 del Fondo Laboral, de 1997 a febrero de 2006; comportamiento del VaR en los últimos 12 meses; comportamiento de la Duración Modificada en los últimos 12 meses; evolución de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuenta 1 del Fondo Laboral, de enero de 1996 a febrero de 2006. Segundo.- Tomar nota de los favorables resultados obtenidos durante el mes de febrero de 2006 en las operaciones de inversión, concluyendo que se alcanzaron en apego de las políticas y estrategias prudentes y conservadoras. Tercero.- Tomar nota de las estrategias de inversión prudentes y conservadoras aprobadas por la Comisión de Inversiones Financieras, que considerando el escenario actual y las expectativas económicas y financieras, consisten en: a) Aplicar criterios de prudencia, seguridad, rendimiento, liquidez y diversificación del riesgo, transparencia y respeto a las sanas prácticas y usos del mercado en la inversión de los portafolios institucionales (Reservas Operativas, Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento, Reservas Financieras y Actuariales, Reserva General Financiera y Actuarial y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuenta 1 del Fondo Laboral, mismos que se definen como la canasta o un grupo de instrumentos que presenta, en forma global y acumulada, un perfil de riesgo-rendimiento que responde a los objetivos y a la tolerancia de riesgo fijados por el órgano de gobierno, y cuyo rendimiento se evalúa en el mediano plazo; b) Mantener las inversiones hasta su vencimiento; c) Incrementar gradualmente la participación en inversiones de deuda corporativa de alta calidad crediticia; d) Continuar la inversión en instrumentos estructurados a partir de nuevos esquemas y subyacentes, considerando el límite actual de 3% del portafolio global para las operaciones vigentes; e) El mecanismo de evaluación de los rendimientos para estas inversiones será en forma global acumulada en períodos móviles de 36 meses, con lo que se suavizan los efectos de la volatilidad de las tasas y tipos de cambio en diferentes condiciones de mercado; f) Realizar inversiones escalonadas a corto y mediano plazo (con tasas revisables de hasta 182 días) aprovechando las oportunidades de mercado; g) Como medida de diversificación del riesgo sistémico de mediano y largo plazo, a partir de la posición actual en monedas extranjeras, gradualmente incrementarla e invertir en instrumentos de deuda de alta calidad crediticia internacional considerando el límite autorizado del 30% respecto a las Reservas Financieras y Actuariales, la Reserva General Financiera y Actuarial y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuenta 1 del Fondo Laboral, en los horizontes de inversión establecidos; h) Analizar alternativas de inversión y los más adecuados instrumentos, mecanismos e instituciones financieras internacionales de alta calidad crediticia, para la inversión en notas estructuradas o esquemas de inversión que consideren como subyacente índices de instrumentos de deuda y gubernamentales cotizados en los mercados internacionales, o en bonos o certificados de depósito de alta calidad crediticia que coadyuven a la maximización de la relación riesgo-rendimiento en el mediano y largo plazo; i) Buscar una amplia diversificación en monedas, instrumentos, emisores, mercados, tasas y referencias; j) Mantener, y en su caso, ampliar las inversiones en tasa real y referenciadas a TIIE y CETES para aprovechar las oportunidades de mercado; k) Realizar las compras e inversiones en dólares para proveer la cobertura cambiaria a los pasivos en esta divisa por compra de materiales y equipo según las solicitudes correspondientes de la Dirección de Planeación y Finanzas; y l) Continuar participando en las subastas semanales de instrumentos gubernamentales, de papel comercial o de certificados bursátiles".
  • S/N / Informe de las actividades de la Comisión de Inversiones Financieras, correspondiente al mes de febrero de 2006.
    '206/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, 3 fracción XI, 4 y 7 fracción VIII del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social, y en los numerales 1.7.6 y 1.8 último párrafo de los Lineamientos Operativos del Consejo Técnico, ACUERDA: Único.- Tomar conocimiento de la gestión de la Comisión de Inversiones Financieras, correspondiente al mes de febrero de 2006, la cual se detalla en el informe de actividades aprobado por la propia Comisión mediante Acuerdo 8-276/06, tomado en la sesión celebrada el 15 de marzo de 2006, que presenta la Dirección de Inversiones Financieras con oficio 272 del 20 de marzo de 2006".
  • S/N / Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de febrero de 2006.
    '207/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de febrero de 2006, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9. y 2.5.4 f), de los “Lineamientos Operativos del Consejo Técnico", aprobados por este Órgano de Gobierno en la sesión extraordinaria del 25 de abril de 2002 y por la XC Asamblea General Ordinaria del IMSS del 29 de abril de 2002, que presenta la Secretaría General del Instituto con oficio del 17 de abril de 2006".
  • S/N / Informe 2005 correspondiente al Proceso de Implantación y Evaluación de la Calidad y Eficiencia de las Unidades Médicas de Alta Especialidad, en forma comparativa con el periodo 2000-2004.
    '208/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe 2005 correspondiente al Proceso de Implantación y Evaluación de la Calidad y Eficiencia de las Unidades Médicas de Alta Especialidad, en forma comparativa con el periodo 2000-2004, que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas con oficio 537 del 31 de marzo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 389/2003 del 22 de octubre de 2003".
  • S/N / Informe de las Dispensas de Trámite Administrativo otorgadas en su totalidad por la Dirección de Prestaciones Médicas, conforme a lo solicitado por los integrantes del HCT, correspondiente al primer trimestre de 2006.
    '209/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe de las Dispensas de Trámite Administrativo otorgadas en su totalidad por la Dirección de Prestaciones Médicas, conforme a lo solicitado por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, correspondiente al primer trimestre de 2006, que presenta la Dirección mencionada con oficio del 6 de abril de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el punto Noveno de su Acuerdo 656/2002 del 16 de diciembre de 2002".
  • S/N / Informe comparativo de incapacidades otorgadas a los trabajadores asegurados en general y a los trabajadores del IMSS, al periodo enero-diciembre 2004-2005.
    '210/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe comparativo de incapacidades otorgadas a los trabajadores asegurados en general y a los trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social, correspondiente al periodo enero-diciembre 2004-2005, que presentan las Direcciones de Prestaciones Médicas, de Prestaciones Económicas y Sociales y, de Desarrollo de Personal y Organización con oficio 266 del 30 de marzo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 125/2003 del 23 de abril de 2003".
  • S/N / Se difiere el análisis y resolución del Informe sobre la Evolución de los Adeudos durante los ejercicios 2000 a 2005 y el avance del ejercicio actual hasta marzo de 2006, de la Cartera de Créditos en Mora.
    '211/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, difiere el análisis y resolución del Informe sobre la Evolución de los Adeudos durante los ejercicios 2000 a 2005 y el avance del ejercicio actual hasta marzo de 2006, de la Cartera de Créditos en Mora, que presenta la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social con oficio 188 del 19 de abril de 2006. La Dirección mencionada deberá someter a la consideración de este propio Cuerpo Colegiado, en la próxima sesión el informe de referencia".
  • S/N / Informe sobre las Acciones y Resultados en el ejercicio de las Facultades concedidas en el Artículo Octavo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2006, período del 1 de enero al 31 de marzo de 2006.
    '212/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre las Acciones y Resultados en el ejercicio de las Facultades concedidas en el Artículo Octavo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, periodo del 1 de enero al 31 de marzo de 2006, que presenta la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social con oficio 187 del 19 de abril de 2006".
  • S/N / Informe sobre el Salario Base de Cotización de los Trabajadores Permanentes y Eventuales Afiliados al Régimen Obligatorio del Seguro Social, correspondiente al segundo semestre de 2005.
    '213/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el Salario Base de Cotización de los Trabajadores Permanentes y Eventuales Afiliados al Régimen Obligatorio del Seguro Social, correspondiente al segundo semestre de 2005, que presenta la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social con oficio 153 del 27 de marzo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 510/97, de fecha 29 de octubre de 1997".
  • S/N / Se aprueba el documento “PEIMSS 2006, Enfoque para el Cierre de Administración y Reporte de Avance al Segundo Semestre de 2005".
    '214/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, aprueba el documento titulado “PEIMSS 2006, Enfoque para el Cierre de Administración y Reporte de Avance al Segundo Semestre de 2005", presentado por la Dirección General por conducto de la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 536 del 22 de marzo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 185/2005 del 29 de abril de 2005, el cual da seguimiento a los objetivos, iniciativas, productos e indicadores determinados por cada Área Normativa, como eje articulador del proceso de planeación en el Instituto Mexicano del Seguro Social y rector de la modernización del quehacer institucional. El PEIMSS, continuará operando bajo las consideraciones específicas siguientes: a) Las áreas normativas en el ámbito de su competencia, darán seguimiento al contenido del Plan mediante el uso de la funcionalidad del Módulo de Información Directiva y Tablero Balanceado del Sistema de Planeación de Recursos Institucionales (PREI Millenium); y b) La Dirección de Planeación y Finanzas presentará de manera trimestral al propio Consejo Técnico un reporte de avance sobre el cumplimiento del mismo. El PEIMSS que se presenta se integra de dos anexos: 1.- El Anexo I, presenta la actualización del “Sistema de Planeación, Programación, Presupuestación, Medición del Desempeño y Obtención de Resultados" para el ejercicio de 2006. 2.- El Anexo II, presenta los resultados alcanzados durante el periodo julio-diciembre de 2005 a través del sistema de semáforos por enfoque y perspectiva, por cada una de las Áreas Normativas".
  • S/N / Reporte acumulado de los resultados del cuarto trimestre de 2005, de los Estados Financieros del Sistema Nacional de Tiendas, durante el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2005.
    '215/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones II y XIV de la Ley del Seguro Social, toma nota del reporte acumulado de los resultados del cuarto trimestre de 2005, de los Estados Financieros del Sistema Nacional de Tiendas, durante el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2005, presentados por la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 657 del 4 de abril de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado, en su Acuerdo 133/2001, de fecha 28 de marzo de 2001, en el que instruyó a esta Dirección para que trimestralmente presente los resultados Financieros de la operación del Sistema Nacional de Tiendas".
  • S/N / Informe sobre los Avances del Programa de Reordenamiento de Oficinas Centrales, correspondiente al segundo semestre de 2005.
    '216/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre los Avances del Programa de Reordenamiento de Oficinas Centrales, correspondiente al segundo semestre de 2005, que presenta la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 754 del 4 de abril de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 367/2003, de fecha 17 de septiembre de 2003".
  • S/N / Informe de Distribución de Nuevas Plazas, derivado de la revisión al Contrato Colectivo de Trabajo, correspondiente al trimestre enero-marzo 2006.
    '217/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe de Distribución de Nuevas Plazas, derivado de la revisión al Contrato Colectivo de Trabajo, correspondiente al trimestre enero-marzo 2006, que presenta la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización con oficio 343 del 31 de marzo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 511/2005 del 23 de noviembre de 2005".
  • S/N / “Informe sobre la Situación Presupuestaria y Evolución de la Ocupación de los Servicios de Personal en el IMSS, al mes de diciembre de 2005".
    '218/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del “Informe de la Situación Presupuestaria y Evolución de la Ocupación de los Servicios de Personal en el IMSS, al mes de diciembre de 2005", que presenta la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización con oficio 345 del 19 de abril de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 189/90, de fecha 4 de abril de 1990".
  • S/N / Informe sobre la regularización, respecto a la donación y escrituración de 24 inmuebles referentes al Programa de Obras 1999-2002, correspondiente al segundo semestre de 2005.
    '219/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre la regularización, respecto a la donación y escrituración de 24 inmuebles referentes al Programa de Obras 1999-2002, correspondiente al segundo semestre de 2005, que presenta la Dirección de Administración y Calidad con oficio 459 del 22 de marzo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por los señores consejeros en la sesión del 19 de mayo de 1999 en su Acuerdo 241/99".
  • S/N / Informe “Nivel de Abasto Ponderado en Farmacias y Almacenes", correspondiente al bimestre enero-febrero de 2006.
    '220/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe “Nivel de Abasto Ponderado en Farmacias y Almacenes", correspondiente al bimestre enero-febrero de 2006, que presenta la Dirección de Administración y Calidad con oficio 499 del 17 de marzo de 2006, en cumplimiento a lo solicitado por los señores consejeros en su Acuerdo 380/2004, del 14 de julio de 2004".
  • S/N / Informe relativo a la celebración de Convenios de Suspensión Temporal, Parcial y de Reprogramación a los Programas de Ejecución de los Contratos de Obra Pública, al cuarto trimestre de 2005.
    '221/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe relativo a la celebración de convenios de Suspensión Temporal, Parcial y de Reprogramación a los Programas de Ejecución de los Contratos de Obra Pública, al cuarto trimestre de 2005, que presenta la Dirección de Administración y Calidad con oficio 456 del 17 de marzo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por los señores consejeros en la sesión del 22 de mayo de 2002 en el punto II de su Acuerdo 249/2002".
  • S/N / Informe sobre los juicios de amparo interpuestos en contra del Decreto por el que se reforman y adicionan los Artículos 277 D y 286 K de la Ley del Seguro Social.
    '222/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna de Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Tomar nota del Informe que presenta la Dirección Jurídica con oficio 249 del 17 de abril de 2006, sobre los juicios de amparo interpuestos en contra del Decreto por el que se reforman y adicionan los Artículos 277 D y 286 K de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2004, en cumplimiento a lo dispuesto por este Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 500/2004 del 20 de octubre de 2004".
  • S/N / Informe sobre el Ejercicio de Cartas de Prestación de Servicios con medios de comunicación social, durante el segundo semestre de 2005.
    '223/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el Ejercicio de Cartas de Prestación de Servicios con medios de comunicación social, durante el segundo semestre de 2005, que presenta la Coordinación General de Comunicación Social con oficio 58 del 17 de abril de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 610/2004 del 8 de diciembre de 2004".
  • S/N / Informe del Programa Operativo de Transparencia y Combate a la Corrupción 2005.
    '224/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe del Programa Operativo de Transparencia y Combate a la Corrupción 2005, que presenta la Coordinación General de Atención y Orientación al Derechohabiente con oficio 183 del 18 de abril de 2006, en relación con lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 128/2005 del 20 de abril de 2005".
  • S/N / Informe correspondiente al año 2005, sobre las actividades del “Programa de Desarrollo Humano Oportunidades" (18 Módulos Urbanos en el D.F.).
    '225/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe correspondiente al año 2005, sobre las actividades del “Programa de Desarrollo Humano Oportunidades" (18 Módulos Urbanos en el Distrito Federal), que presenta la Coordinación General del Programa IMSS-Oportunidades con oficio 728 del 23 de marzo de 2006, en cumplimiento a lo solicitado por los señores consejeros en el punto SEGUNDO de su Acuerdo 25/2005 del 19 de enero de 2005".
  • S/N / Designación del Lic. David Razú Aznar como Titular de la Unidad de Incorporación al Seguro Social, dependiente de la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social.
    '226/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263 y 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y designa al licenciado David Razú Aznar como Titular de la Unidad de Incorporación al Seguro Social, dependiente de la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social del IMSS, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación se hace en sustitución del maestro Jorge Carlos Díaz Cuervo, y surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Contratar 4 prestadores de servicios bajo el régimen de honorarios, para el ejercicio 2006.
    '228/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, y de conformidad con lo establecido en el “Procedimiento para la Contratación de Servicios Profesionales o Especiales bajo el Régimen de Honorarios", aprobado mediante Acuerdo 679/2002, de fecha 16 de diciembre de 2002 de este propio Consejo Técnico, y a petición de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, autoriza en sus términos la solicitud contenida en oficio 348 del 24 de abril de 2006 de la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización, actualmente Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones, para efectuar la contratación de 4 prestadores de servicios bajo el régimen de honorarios, para el ejercicio 2006".
  • S/N / Contratar al C. Armando Talavera Zamorano, por el período del 2 de mayo al 31 de diciembre de 2006.
    '229/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, y de conformidad con lo establecido en el “Procedimiento para la Contratación de Servicios Profesionales o Especiales bajo el Régimen de Honorarios", aprobado mediante Acuerdo 679/2002, de fecha 16 de diciembre de 2002 de este propio Consejo Técnico, autoriza en sus términos la solicitud contenida en oficio 355 del 26 de abril de 2006, de la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización, actualmente Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones, para efectuar la contratación bajo el régimen de honorarios, del C. Armando Talavera Zamorano, en la Delegación Estado de México Oriente, por el período del 2 de mayo al 31 de diciembre de 2006".
  • S/N / Se fijan las 17:00 hrs. del día 24 de mayo de 2006, para la celebración de la próxima sesión ordinaria del HCT.
    '230/2006 / 26 de Abril de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las 17:00 horas del día 24 de mayo del año 2006".
  • S/N / El HCT toma nota de la entrega del Premio IMSS Calidad 2005, a la UMAE: Hospital de Cardiología del CMN Siglo XXI; asimismo, de que durante ese evento, el doctor Rubén Argüero Sánchez, Director de esa Unidad Médica y pionero en México en trasplantes de corazón, presentó su informe, sobre los resultados obtenidos en 75 pacientes integrados al protocolo de implante de células madre.
    '231/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, acuerda: Primero.- Tomar nota de que el día 23 de mayo de 2006 se hizo entrega del Premio IMSS Calidad 2005, a la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Cardiología del Centro Médico Nacional Siglo XXI, donde se develó una placa conmemorativa; asimismo, de que durante ese evento, el doctor Rubén Argüero Sánchez, Director de esa Unidad Médica y pionero en México en trasplantes de corazón, presentó su informe, sobre los resultados obtenidos en 75 pacientes integrados al protocolo de implante de células madre; y Segundo.- Expresar con gran satisfacción su reconocimiento y felicitación al doctor Argüero, así como a los integrantes del equipo médico, paramédico y demás personal del hospital mencionado, por los exitosos resultados alcanzados en esa técnica médica, que con compromiso social participaron en esos implantes, en beneficio de la población derechohabiente, ya que representan el mayor número de casos registrados a nivel internacional, destacando la disminución de la mortalidad histórica por cardiopatías isquémicas, y se confirma un avance significativo en la medicina de México, particularmente en la especialidad de Cardiología con proyección a nivel mundial".
  • S/N / Quinta Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el Ejercicio Fiscal 2006.
    '232/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 264, 272, 274 y 286 B de la Ley del Seguro Social, y conforme a la resolución del Comité de Presupuesto de este Cuerpo Colegiado del día 22 de mayo de 2006, aprueba la Quinta Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el Ejercicio Fiscal 2006, que propone la Dirección General, a través del documento presentado por la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 1008 del 16 de mayo de 2006, con las siguientes consideraciones: a) Se toma nota que no se modifica la meta establecida para la acumulación de las reservas financieras y actuariales y el fondo laboral autorizada el 14 de diciembre de 2005 en el Acuerdo 557/2005; b) Se toma nota de que únicamente se está modificando la afectación a las reservas operativas que se había aprobado según Acuerdo 175/2006 del 26 de abril de 2006; c) Se toma nota del impacto a mediano y largo plazo que tendrán las medidas aprobadas; d) Se aprueban los calendarios mensual y trimestral del presupuesto modificado de flujo de efectivo del Instituto, contenidos en el documento que se aprueba; e) Se toma nota de que este quinto incremento de $1,649 millones se apega a la política de ingreso-gasto de la Administración Pública Federal. De conformidad con las facultades conferidas en la Ley del Seguro Social a este Cuerpo Colegiado, de ser el caso, se incrementaría posteriormente el presupuesto 2006 hasta los $21,072 millones de superávit primario presupuestado originalmente después de reservas, en los términos de los Artículos 274 y 286 B de la Ley del Seguro Social, quedando por lo tanto pendientes de transferir $8,812 millones; y f) Se instruye a la Dirección General para que a través de la Dirección de Planeación y Finanzas, se envíe a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el documento que se aprueba, para su conocimiento".
  • S/N / Propuestas de Adecuación al Presupuesto 2006 aprobado del Instituto Mexicano del Seguro Social.
    '233/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263, 264 fracciones I, II, III y VI, 270, 272, 274, 276 y 277 F de la Ley del Seguro Social, y las fracciones correlativas del Artículo 31 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme a la resolución del Comité de Presupuesto de este Cuerpo Colegiado del día 22 de mayo de 2006, aprueba el documento denominado “Propuestas de adecuación al presupuesto 2006 aprobado del Instituto Mexicano del Seguro Social", que presenta la Dirección General a través de la normativa de Planeación y Finanzas con oficio 1006 del 16 de mayo de 2006, con las siguientes consideraciones: a) Se aprueban las adecuaciones al presupuesto 2006 aprobado, en términos de flujo de efectivo y devengado, contenidas en las tablas 1 y 2 de la sección II del documento, así como su impacto en los calendarios respectivos; b) Se toma nota que este quinto incremento de $1,649 millones se apega a la política de ingreso-gasto de la Administración Pública Federal. De conformidad con las facultades conferidas en la Ley del Seguro Social a este Cuerpo Colegiado, de ser el caso, se incrementaría posteriormente el presupuesto 2006 hasta los $21,072 millones de superávit primario presupuestado originalmente después de reservas, en los términos de los Artículos 274 y 286 B de la Ley del Seguro Social, quedando por lo tanto pendientes de transferir $8,812 millones; c) Se instruye a la Dirección General para que, a través de la Dirección de Planeación y Finanzas, envíe el documento que se aprueba al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento y efectos conducentes; y d) Aprueba el documento denominado “El ejercicio presupuestal del IMSS durante 2006", que presenta la Dirección General a través de la normativa de Planeación y Finanzas con oficio 1092 del 24 de mayo de 2006".
  • S/N / Adecuaciones al Presupuesto de Inversión Física 2006 del IMSS.
    '234/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 264 fracciones I, II, III y VI, 270, 272, 274, 275, 276, 277 G y 277 F de la Ley del Seguro Social, y conforme a la resolución del Comité de Presupuesto de este Cuerpo Colegiado del día 22 de mayo de 2006, aprueba el Presupuesto de Inversión Física 2006 del Instituto Mexicano del Seguro Social, presentado por la Dirección General a través de la normativa de Planeación y Finanzas con oficio 1025 del 17 de mayo de 2006, el cual se detalla en el Anexo 1: a) Se aprueba el programa de inversión física para 2006 contenido en la sección referente a la fracción XII del Artículo 275, de la Ley del Seguro Social; y b) Se aprueban en términos del Artículo 277 F de la Ley del Seguro Social los 378 proyectos multianuales".
  • S/N / Se difiere el análisis y resolución de la propuesta para enajenar mediante adjudicación en favor de la UNAM, la fracción de un terreno ubicado en el D.F., en el cual se encuentra construida la Preparatoria No. 9 de dicha Universidad.
    '235/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Diferir el análisis y resolución, respecto de la propuesta presentada por la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 975 del 12 de mayo de 2006, para enajenar mediante adjudicación directa en favor de la Universidad Nacional Autónoma de México el predio que forma parte de uno mayor propiedad del Instituto Mexicano del Seguro Social, ubicado en Avenida Insurgentes Norte 1700, Colonia Lindavista, Delegación Gustavo A. Madero, en el que se encuentra construida la Preparatoria No. 9. La Dirección mencionada deberá someter a la consideración de este propio Cuerpo Colegiado, en una próxima sesión con mayores elementos de juicio dicha solicitud".
  • S/N / Informe del estado que guarda el Programa de Arrendamiento-Enajenación de los Inmuebles destinados al Servicio de Guarderías Participativas.
    '236/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, XXXIII y XXXVII, 253 fracciones II, III y V, 263, 264 fracciones III y XVII y 285 de la Ley del Seguro Social, y en relación con el Programa de Uso de Inmuebles de Guarderías Participativas, que incluye la opción de enajenación a título oneroso, Acuerda: a).- Tomar conocimiento del Informe que presentan las Direcciones de Planeación y Finanzas y de Prestaciones Económicas y Sociales con oficio 1023 del 16 de mayo de 2006, en cumplimiento del Acuerdo de este propio Cuerpo Colegiado 519/2005 del 23 de noviembre de 2005, relacionado con la problemática jurídica-financiera que presentan las Asociaciones Civiles que prestan el servicio de Guarderías en inmuebles propiedad de este Instituto, que ha impedido el cobro de los adeudos correspondientes a los ejercicios del 2002 a 2005; y b).- Instruye a las Direcciones de Planeación y Finanzas y de Prestaciones Económicas y Sociales para que se analice en el Comité de Prestaciones Económicas y Sociales de este propio Consejo Técnico, el estado jurídico-financiero de todas las guarderías con la problemática planteada y se presente, a la brevedad posible, una propuesta de solución a este Cuerpo Colegiado, sin que esto sea un impedimento para que se continúe el proceso de adjudicación de aquellas guarderías que hayan cumplido con las condiciones previamente establecidas en el Acuerdo citado".
  • S/N / Entrega del Borrador del Informe al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión sobre la Situación Financiera y los Riesgos del Instituto Mexicano del Seguro Social.
    '237/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, toma nota de la entrega a los señores consejeros del Borrador del Informe al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión sobre la Situación Financiera y los Riesgos del Instituto Mexicano del Seguro Social, que presenta el licenciado Fernando Flores, Director General del Instituto, anexo a sus oficios del 23 de mayo de 2006. El documento mencionado se deberá presentar en una próxima sesión para su análisis y aprobación de este Órgano de Gobierno".
  • S/N / Que el IMSS define y entiende a la Afore XXI, como una Administradora Social que surgió por determinación de los trabajadores, los empresarios y el gobierno. Que se debe conservar la definición social de esa Afore, y enfatiza no considerar propuesta alguna, sea de la empresa Prudential International Investment Corporation o de cualquier otra, que cambie o desvirtúe la calificación social de la Afore XXI.
    '238/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, en su carácter de representante legal del Instituto, por unanimidad, Acuerda: a) Que el Instituto Mexicano del Seguro Social, con participación accionaria en el capital de Afore XXI, S.A. de C.V., la define y entiende como una Administradora Social que surgió por determinación de los trabajadores, los empresarios y el gobierno; b) Que por lo anterior este Consejo Técnico debe conservar la definición social de esa Afore, tanto más que funciona cumpliendo los propósitos del ahorro para el retiro de los trabajadores; c) Que este Consejo Técnico enfatiza no considerar propuesta alguna, sea de la empresa Prudential International Investment Corporation o de cualquier otra, que cambie o desvirtúe la calificación social de la Afore XXI; d) Que cualquier propuesta que involucre al capital social de Afore XXI y que cumpla con los incisos a) al c) de este Acuerdo, en todo caso sea revisada por un Comité ad hoc de este Consejo Técnico durante el segundo semestre del presente ejercicio; y, e) Que el licenciado Fernando Flores, Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, con ese carácter y como Presidente de este Órgano de Gobierno, disponga el cumplimiento del Acuerdo".
  • S/N / Informe sobre el desarrollo del “Programa de Modernización de la Administración de Derechohabientes y de las Prestaciones que les otorga la Ley del Seguro Social" (PROMADYP), del primer trimestre de 2006.
    '239/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el desarrollo del “Programa de Modernización de la Administración de Derechohabientes y de las Prestaciones que les otorga la Ley del Seguro Social" (PROMADYP), correspondiente al primer trimestre de 2006, que presenta la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico con oficio 81 del 25 de abril de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 16/2006, de fecha 25 de enero de 2006".
  • S/N / Informe sobre la inauguración del Hospital General de Zona No. 7 con Unidad Médica de Atención Ambulatoria, en Lagos de Moreno, Jal., con el cual se inicia la era del hospital digital.
    '240/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota con beneplácito de la información sobre la inauguración del Hospital General de Zona No. 7 con Unidad Médica de Atención Ambulatoria, en Lagos de Moreno, Jalisco, por el Presidente de la República, el 19 de mayo de 2006, con el cual se inicia la era del hospital digital, que integra todos los procesos en todos los niveles de atención y ámbitos, tanto médicos, intra y extra hospitalarios, como administrativos y financieros, de educación y de investigación en salud, mediante el uso de avanzadas tecnologías de la información que permitirán una administración más eficiente y un mejor aprovechamiento de todos los recursos, lo que se traducirá en una mejor y más oportuna atención a los pacientes".
  • S/N / Se asigna el nombre “Dr. Normando Bustamante Molina", al HGZ/MF No. 11, en Ciudad Delicias, Chih.
    '241/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, aprueba la solicitud que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas con oficio 842 del 11 de mayo de 2006, para asignar el nombre del “Dr. Normando Bustamante Molina", al Hospital General de Zona y Medicina Familiar No. 11, en Ciudad Delicias, Chihuahua, como un reconocimiento por su destacada trayectoria institucional".
  • S/N / Metodología para el cálculo de los porcentajes de reversión a utilizarse en los Convenios de Reversión de Cuotas para el Servicio de Guardería.
    '242/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones I, II, IV y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, VII y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones III, VII y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y de conformidad con el punto Tercero del Acuerdo 499/2004, adoptado por este Órgano Colegiado en sesión de fecha 20 de octubre de 2004, Acuerda: Primero.- Autorizar la Metodología para el cálculo de los porcentajes de reversión a utilizarse en los Convenios de Reversión de Cuotas para el Servicio de Guardería, en términos de lo dispuesto en el Artículo 213 de la Ley del Seguro Social, que presenta la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales mediante oficio 726 del 27 de abril de 2006. Segundo.- Instruir a la Dirección Jurídica a efecto de que tramite la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación. Tercero.- La Metodología contenida en el Anexo 1 del presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en dicho Diario Oficial".
  • S/N / “Manual de Integración y Funcionamiento del Comité y de los Subcomités Delegacional y de la UMAE, de Bienes Muebles".
    '243/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 264 fracciones XIV y XVII y 268 fracciones IX y XII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones XXIV y XXVII y 71 fracciones VI y X del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: ÚNICO.- Aprobar en sus términos el documento “Manual de Integración y Funcionamiento del Comité y de los Subcomités Delegacional y de la UMAE, de Bienes Muebles", el cual fue autorizado por el Director de Desarrollo de Personal y Organización, y que presenta con oficio 388 del 9 de mayo de 2006".
  • S/N / Se autoriza se ratifique la gestión oficiosa llevada a cabo por el Titular de la Delegación Regional en Baja California, con motivo de la aceptación de la donación condicionada que realizó el Gobierno del Estado de Sonora.
    '244/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y VI, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Autorizar al C. Director General para que, por sí o por medio de la persona que él designe, ratifique la gestión oficiosa llevada a cabo por el Titular de la Delegación Regional en Baja California, con motivo de la aceptación de la donación condicionada que realizó el Gobierno del Estado de Sonora, en favor de este Instituto, del inmueble ubicado en Av. Tuxpan No. 4401 y Calle 44, Manzana RT-1, Lote P-NO, Colonia Solidaridad, Barrio Nuevo San Luis 1, Sector IV, en el Municipio de San Luis Río Colorado, Estado de Sonora, con superficie de 14,699.908 m2, para destinarlo a la construcción de un Hospital Ambulatorio y una Unidad de Medicina Familiar, cuyas medidas y colindancias, de conformidad con el avalúo que más adelante se detalla, son las siguientes: Al Norte: En 109.775 metros, con Calle Tuxpan (polígono remanente G y polígono IV-C-2); Al Sur: En 109.774 metros, con calle Jalapa (polígono remanente G y polígono IV-C-2); Al Este: En 133.909 metros, con Calle 45 (polígono remanente G); y Al Oeste: En 133.911 metros, con Calle 44 (polígono IV-C-2); Segundo.- Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas, a fin de considerar como valor del inmueble para efectos contables la cantidad de $705,595.58 (SETECIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS 58/100 M.N.), con base en el Avalúo No. 06-0119, Secuencial G-4378-HMO, de fecha 26 de enero de 2006, emitido por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN); y Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que en los trámites de formalización de la operación se cumpla con lo previsto en la Ley General de Bienes Nacionales y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Los gastos y honorarios que se generen por la presente operación, serán por cuenta del Instituto".
  • S/N / Se autoriza se ratifique la gestión oficiosa llevada a cabo por el Jefe Subdelegacional de Servicios Jurídicos en Tijuana, B.C.
    '245/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y VI, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Autorizar al C. Director General para que, por sí o por medio de la persona que él designe, ratifique la gestión oficiosa llevada a cabo por el licenciado Rubén Escoto Mendoza, Jefe Subdelegacional de Servicios Jurídicos en Tijuana, Baja California, con motivo de la aceptación de la dación en pago en rebeldía que se demandó a la “Asociación de Apoyo a la Mujer Trabajadora en Tijuana, A.C.", por la que este Instituto adquiere la propiedad del inmueble ubicado en Av. Paseo Playas No. 1501 (antes 426), consistente en los lotes de terreno Nos. 7 y 8, ambos en la Manzana No. 113, Sección Costera, Fraccionamiento Playas Tijuana, en el Municipio de Tijuana, Baja California, cada uno con superficie de 300.00 m2, así como las construcciones existentes en dichos lotes de terreno, destinadas a edificio escolar y los cuales forman una sola unidad por estar contiguos y ya catastrados bajo una clave catastral PT-113-007, con superficie total de 600.00 m2, para destinarse a la Escuela de Enfermería, cuyas medidas y colindancias, de conformidad con Acta de Levantamiento de fecha 6 de enero de 2005, emitido por el Departamento de Cartografía, de la Subdirección de Catastro de la Dirección de Administración Urbana, del H. Ayuntamiento de Tijuana, Baja California, son las siguientes: Al Norte: En 30.00 metros, con Lote 6; Al Sur: En 30.00 metros, con Lote 9; Al Oriente: En 20.00 metros, con calle Paseo Playa de Tijuana y, Al Poniente: En 20.00 metros, con Lotes 27 y 28; Segundo.- Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas, a fin de considerar como valor del inmueble para efectos contables la cantidad de $3,124,000.00 (TRES MILLONES CIENTO VEINTICUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.), con base en el Avalúo No. 050098 HMO, Secuencial G-3063-B-HMO, de fecha 20 de enero de 2005, emitido por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN); y Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que en los trámites de formalización de la operación se cumpla con lo previsto en la Ley General de Bienes Nacionales y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Los gastos y honorarios que se generen por la presente operación, serán por cuenta del Instituto".
  • S/N / Se autoriza a la Coordinación mencionada, realizar la licitación multianual para seleccionar la Institución Académica y de Investigación y Organismo Especializado que efectúe la Evaluación de Resultados del Programa IMSS-Oportunidades.
    '246/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracción IV, 263, 264 fracciones XIV y XVII y 277 F de la Ley del Seguro Social, 52 fracción IV inciso b) del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, acuerda: PRIMERO.- Autorizar a la Coordinación General del Programa IMSS-Oportunidades realizar la licitación multianual para seleccionar la Institución Académica y de Investigación y Organismo Especializado que efectúe la Evaluación de Resultados del Programa IMSS-Oportunidades, en los periodos de evaluación del 1 de enero al 31 de agosto de 2006, para entrega el 29 de septiembre del citado año; y del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2006, con entrega de conclusiones al 31 de marzo de 2007. Lo anterior, para que dicha evaluación se considere en el proceso de análisis y aprobación del Presupuesto para el siguiente ejercicio fiscal; y SEGUNDO.- Que la Coordinación General del Programa IMSS-Oportunidades haga llegar a este Cuerpo Colegiado de forma anual los resultados de la evaluación mencionada".
  • S/N / Designación de representantes gubernamentales ante las Juntas de Gobierno de las Unidades Médicas de Alta Especialidad: Hospitales de Especialidades: CMN “Ignacio García Téllez", Mérida, Yucatán; No. 71, Torreón, Coahuila; No. 2 “Lic. Luis Donaldo Colosio Murrieta", CMN Noroeste, Cd. Obregón, Son.; y No. 14 CMN “Lic. Adolfo Ruiz Cortines", Veracruz, Ver.
    '247/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones VII y XXXVII, 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 3 y 142 A párrafo segundo del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme al oficio 772 del 2 de mayo de 2006 de la Dirección de Prestaciones Médicas, Acuerda: Tomar conocimiento de los representantes designados por el Director de Prestaciones Médicas, ante las Juntas de Gobierno de las Unidades Médicas de Alta Especialidad, los cuales en apego a lo previsto en el Artículo 142 A del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, presidirán la Junta de Gobierno respectiva y fungirán como representante gubernamental, como a continuación se indica: a) Al licenciado en contaduría Ranferiz Cruz Godoy, como representante del Director de Prestaciones Médicas ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades del Centro Médico Nacional “Ignacio García Téllez", Mérida, Yucatán, en sustitución del doctor Arturo Viniegra Osorio, de quien el propio Consejo Técnico tomó conocimiento de su designación a través de su Acuerdo 48/2005, de fecha 23 de febrero de 2005; b) Al licenciado José Luis Dávila Flores, como representante del Director de Prestaciones Médicas ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades No. 71, Torreón, Coahuila, en sustitución del doctor Héctor Gerardo Aguirre Gas, de quien el propio Consejo Técnico tomó conocimiento de su designación a través de su Acuerdo 244/2004, de fecha 19 de mayo de 2004; c) Al licenciado Arturo Leyva Lizárraga, como representante del Director de Prestaciones Médicas ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades No. 2 “Lic. Luis Donaldo Colosio Murrieta", Centro Médico Nacional Noroeste, Cd. Obregón, Sonora, en sustitución del doctor José de Jesús González Izquierdo, de quien el propio Consejo Técnico tomó conocimiento de su designación a través de su Acuerdo 524/2005, de fecha 23 de noviembre de 2005; y d) Al ingeniero Maurilio Acuña Romero, como representante del Director de Prestaciones Médicas ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades No. 14 Centro Médico Nacional “Lic. Adolfo Ruiz Cortines", Veracruz, Veracruz, en sustitución del doctor Ricardo Enrique Pérez Cuevas, de quien el propio Consejo Técnico tomó conocimiento de su designación a través de su Acuerdo 523/2004, de fecha 20 de octubre de 2004. Estas designaciones surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Informe de los Rendimientos Producto de las Operaciones de Inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuentas 1, 2A y 2B del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, correspondiente al mes de marzo de 2006.
    '248/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones III y XXXVII, 263 y 264 fracciones I, III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones I, III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Tomar nota del informe de las operaciones y rendimientos obtenidos por la inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuentas 1, 2A y 2B del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, correspondiente al mes de marzo de 2006, que la Comisión de Inversiones Financieras por conducto de la Dirección de Inversiones Financieras, presenta a este Consejo Técnico, en su oficio 392 del 21 de abril de 2006, en cumplimiento a los Artículos 3 fracción XI y 28 del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social y al Artículo 73 B fracción VII del Reglamento de Organización Interna del propio Instituto, el cual detalla el proceso integral de inversión, con cifras al cierre del citado mes, que presenta la información siguiente: la posición de los recursos en inversión (incluyendo dólares y euros valuados al tipo de cambio del cierre del mes); los montos promedio de inversión (incluyendo la posición promedio en dólares y euros valuados al tipo de cambio del cierre de mes); los rendimientos devengados del portafolio de inversión durante el mes que se informa y acumulados en el año (incluyendo los rendimientos en dólares y euros acumulados durante el mes, los cuales fueron valuados al tipo de cambio del cierre del mes, excluyéndose la provisión contable por revaluación de posiciones del principal en moneda extranjera); las tasas de interés, rendimientos devengados y cumplimiento de metas; la inversión en moneda extranjera; la estructura del portafolio por tipo de instrumento; los indicadores de valor en riesgo (VaR) de mercado y crediticio; los indicadores de sensibilidad; inversión en instrumentos estructurados; y el control de operaciones en cuanto a asignaciones, títulos y transaccionalidad; asimismo se incluye la siguiente información: acumulación de las Reservas Financieras y Actuariales, la General Financiera y Actuarial y del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual de 1997 a marzo de 2006; comportamiento del VaR en los últimos 12 meses; comportamiento de la Duración Modificada en los últimos 12 meses; evolución de las Reservas Financieras y del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, de enero de 1996 a marzo de 2006; Segundo.- Tomar nota de los favorables resultados obtenidos durante el mes de marzo de 2006 en las operaciones de inversión, concluyendo que se alcanzaron en apego de las políticas y estrategias prudentes y conservadoras; Tercero.- Tomar nota de las estrategias de inversión prudentes y conservadoras aprobadas por la Comisión de Inversiones Financieras, que considerando el escenario actual y las expectativas económicas y financieras, consisten en: a) Aplicar criterios de prudencia, seguridad, rendimiento, liquidez y diversificación del riesgo, transparencia y respeto a las sanas prácticas y usos del mercado en la inversión de los portafolios institucionales (Reservas Operativas, Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento, Reservas Financieras y Actuariales, Reserva General Financiera y Actuarial y del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual), mismos que se definen como la canasta o un grupo de instrumentos que presenta, en forma global y acumulada, un perfil de riesgo-rendimiento que responde a los objetivos y a la tolerancia de riesgo fijados por el órgano de gobierno, y cuyo rendimiento se evalúa en el mediano plazo; b) Mantener las inversiones hasta su vencimiento; c) Incrementar gradualmente la participación en inversiones de deuda corporativa de alta calidad crediticia; d) Continuar la inversión en instrumentos estructurados a partir de nuevos esquemas y subyacentes, considerando el límite actual de 3% del portafolio global para las operaciones vigentes; e) El mecanismo de evaluación de los rendimientos para estas inversiones será en forma global acumulada en períodos móviles de 36 meses, con lo que se suavizan los efectos de la volatilidad de las tasas y tipos de cambio en diferentes condiciones de mercado; f) Realizar inversiones escalonadas a corto y mediano plazo (con tasas revisables de hasta 182 días) aprovechando las oportunidades de mercado; g) Como medida de diversificación del riesgo sistémico de mediano y largo plazo, a partir de la posición actual en monedas extranjeras, gradualmente incrementarla e invertir en instrumentos de deuda de alta calidad crediticia internacional considerando el límite autorizado del 30% respecto a las Reservas Financieras y Actuariales, la Reserva General Financiera y Actuarial y del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, en los horizontes de inversión establecidos; h) Analizar alternativas de inversión y los más adecuados instrumentos, mecanismos e instituciones financieras internacionales de alta calidad crediticia, para la inversión en notas estructuradas o esquemas de inversión que consideren como subyacente índices de instrumentos de deuda y gubernamentales cotizados en los mercados internacionales, o en bonos o certificados de depósito de alta calidad crediticia que coadyuven a la maximización de la relación riesgo-rendimiento en el mediano y largo plazo; i) Buscar una amplia diversificación en monedas, instrumentos, emisores, mercados, tasas y referencias; j) Mantener, y en su caso, ampliar las inversiones en tasa real y referenciadas a TIIE y CETES para aprovechar las oportunidades de mercado; k) Realizar las compras e inversiones en dólares para proveer la cobertura cambiaria a los pasivos en esta divisa por compra de materiales y equipo según las solicitudes correspondientes de la Dirección de Planeación y Finanzas; y l) Continuar participando en las subastas semanales de instrumentos gubernamentales, de papel comercial o de certificados bursátiles; Cuarto.- Tomar nota de la creación y transferencia de recursos a la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuentas 2A y 2B, en atención al requerimiento de la Dirección de Planeación y Finanzas planteado mediante oficio 492 del 15 de marzo de 2006, correspondientes a las aportaciones retenidas para el financiamiento del Régimen de Jubilaciones y Pensiones; y Quinto.- Tomar nota del ingreso efectuado el 29 de marzo del presente año, por la cantidad de 115 millones de pesos derivado del pago de dividendos por la participación accionaria que el Instituto Mexicano del Seguro Social tiene en la Afore XXI, los cuales se incorporaron al Seguro de Invalidez y Vida, de la Reserva Financiera y Actuarial".
  • S/N / Informe sobre los Traspasos de Trabajadores IMSS Afiliados a Afore XXI, S.A. de C.V., correspondiente al segundo semestre de 2005.
    '249/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones III, XXII y XXXVII, 263 y 264 fracciones I, III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones I, III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y 27 y 28 del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Primero.- Tomar nota del Informe relativo a los Traspasos de Trabajadores del IMSS Afiliados a Afore XXI, S.A. de C.V., correspondiente al segundo semestre de 2005, mismo que contiene los rubros relativos a Traspasos Cedentes; Traspasos a Favor e Información Oportuna, el cual ha sido elaborado por la mencionada Administradora de Fondos y, presentado por la Dirección de Inversiones Financieras con oficio 395, de fecha 21 de abril de 2006. Segundo.- Tener por cumplido lo dispuesto en el Segundo Punto del Acuerdo número 607/2004, dictado por este Órgano Colegiado en sesión de fecha 8 de diciembre de 2004".
  • S/N / Informe de las Actividades de la Comisión de Inversiones Financieras, correspondiente al mes de marzo de 2006.
    '250/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, 3 fracción XI, 4 y 7 fracción VIII del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social, y en los numerales 1.7.6 y 1.8, último párrafo de los Lineamientos Operativos del Consejo Técnico, ACUERDA: Único.- Tomar conocimiento de la gestión de la Comisión de Inversiones Financieras, correspondiente al mes de marzo de 2006, la cual se detalla en el informe de actividades aprobado por la propia Comisión mediante Acuerdo 12-278/06, tomado en la sesión celebrada el 26 de abril de 2006, que presenta la Dirección de Inversiones Financieras con oficio 423 del 3 de mayo de 2006".
  • S/N / Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de marzo de 2006.
    '251/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de marzo de 2006, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9. y 2.5.4 f), de los “Lineamientos Operativos del Consejo Técnico", aprobados por este Órgano de Gobierno en la sesión extraordinaria del 25 de abril de 2002 y por la XC Asamblea General Ordinaria del IMSS del 29 de abril de 2002, que presenta la Secretaría General del Instituto con oficio del 12 de mayo de 2006".
  • S/N / Informe de Labores de la Comisión Bipartita de Atención al Derechohabiente, correspondiente al periodo enero - marzo de 2006.
    '252/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe de las Labores realizadas por la Comisión Bipartita de Atención al Derechohabiente del H. Consejo Técnico, correspondiente al período enero - marzo de 2006, que presenta dicha Comisión a través de la Secretaría General del Instituto con oficio del 12 de mayo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el Punto III de su Acuerdo 197/97 del 14 de mayo de 1997".
  • S/N / Resultados de la auditoría externa practicada al FOFOI, correspondiente al ejercicio presupuestal 2005, elaborados por el Despacho Gómez Espiñeira, S.C.
    '253/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracción IV, 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Tomar conocimiento de los resultados obtenidos de la auditoría externa practicada al Fondo para el Fomento de la Investigación Médica (FOFOI), correspondiente al ejercicio presupuestal 2005, emitidos por la firma de Auditores Externos “Gómez Espiñeira, S.C.", que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas con oficio 873 del 15 de mayo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 517/2005 del 23 de noviembre de 2005".
  • S/N / Informe del Avance en relación con el Programa de Actualización Normativa de Procedimientos.
    '254/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 de la Ley del Seguro Social, 31 fracción XXVII y 77 fracciones I, VI y X del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, acuerda: Único.- Tomar nota del avance al mes de abril de 2006, del Programa de Actualización Normativa de sus Procedimientos, que presenta la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales con oficio 789 del 2 de mayo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto en el Punto Segundo del Acuerdo 173/2005 de fecha 20 de abril de 2005 emitido por este Cuerpo Colegiado".
  • S/N / Informe de Resultados Operativos y Financieros obtenidos en los Centros Vacacionales al trimestre octubre – diciembre y acumulado enero – diciembre de 2005.
    '255/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción III de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, acuerda: Tomar nota del Informe de Resultados Operativos y Financieros obtenidos en los Centros Vacacionales, al trimestre octubre – diciembre y acumulado enero – diciembre de 2005, que presenta la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales con oficio 845, de fecha 5 de mayo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el punto IV de su Acuerdo No. 635/2001, dictado en la sesión celebrada el 21 de noviembre de 2001".
  • S/N / Reporte sobre el funcionamiento de la denominada “Subdelegación Virtual".
    '256/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota del Reporte sobre el funcionamiento de la denominada “Subdelegación Virtual", que presenta la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social con oficio 194 del 24 de abril de 2006".
  • S/N / Informe Semestral de Empresas en Huelga, correspondiente al período septiembre 2005 - febrero de 2006.
    '257/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe Semestral de Empresas en Huelga, correspondiente al período septiembre 2005 - febrero de 2006, que presenta la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social con oficio 224 del 9 de mayo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 2 219/84, de fecha 5 de septiembre de 1984".
  • S/N / Reporte acumulado de los resultados, de los Estados Financieros del IMSS, durante el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2005.
    '258/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones II y XIV de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota del reporte acumulado de resultados de los Estados Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social, durante el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2005, presentados con oficio 850, de fecha 21 de abril de 2006 de la Dirección de Planeación y Finanzas".
  • S/N / Informe sobre la autorización de la renovación de clave presupuestaria 2006 de los Fondos y Fideicomisos Institucionales, la cual se llevó a cabo a través del módulo habilitado del Programa Integral de Programación y Presupuesto (PIPP) de la SHCP.
    '259/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones I, IV, XX, XXIV, 253 fracción V y 264 fracciones I y III de la Ley del Seguro Social, acuerda: I.- Tomar nota del informe que presenta la Dirección de Planeación y Finanzas (DPF) con oficio 945 del 4 de mayo de 2006 y se da por enterado de los planteamientos presentados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP); II.- Aprueba las transferencias de recursos financieros de los Fondos y Fideicomisos a la Tesorería del Instituto, ya acordadas por los Comités Técnicos de los Fondos y Fideicomisos Institucionales conforme a lo siguiente: FIDEIMSS $5’000,000.00, FIBESO $97’059,449.91, FIDTEATROS $8’125,144.70, FOFOI $150’000,000.00 y FOFOE $13’304,000.00; e instruye a la Dirección de Planeación y Finanzas sobre su incorporación a los fondos institucionales; III.- Toma nota de las acciones adoptadas por la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales para atender las recomendaciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dar transparencia a las operaciones de los fideicomisos institucionales; y IV.- Se da por enterado de la autorización de la renovación de clave presupuestaria 2006 de los Fondos y Fideicomisos Institucionales, la cual se llevó a cabo a través del módulo habilitado del Programa Integral de Programación y Presupuesto (PIPP) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 134/2006 del 29 de marzo de 2006".
  • S/N / Informe sobre el avance del Programa Anual de Disposición Final de Bienes Muebles, ejercicio fiscal 2005.
    '260/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el avance del Programa Anual de Disposición Final de Bienes Muebles, ejercicio fiscal 2005, que presenta la Dirección de Administración y Calidad con oficio 582 del 21 de abril de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el punto II de su Acuerdo 118/2005, de fecha 16 de marzo de 2005".
  • S/N / Informe sobre el desarrollo del “Programa para la Disminución del Ausentismo no Programado", correspondiente al primer trimestre de 2006.
    '261/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el desarrollo del “Programa para la Disminución del Ausentismo no Programado", correspondiente al primer trimestre de 2006, que presenta la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización con oficio 09 52 17 7000/0364 del 28 de abril de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 436/2000, de fecha 19 de julio de 2000".
  • S/N / Informe sobre el estado que guardan los servicios contratados para la elaboración de Expedientes Integrales, Memorias de Gestión y Libros Blancos, al 30 de abril de 2006.
    '262/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, VI y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Tomar nota del Informe que presenta la Dirección Jurídica con oficio 2482 del 15 de mayo de 2006, sobre el estado que guardan los servicios contratados para la elaboración de Expedientes Integrales, Memorias de Gestión y Libros Blancos, al 30 de abril de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el Punto Tercero de su Acuerdo 365/2005 del 26 de septiembre de 2005; y Segundo.- Instruir a la Dirección Jurídica, a fin de que se continúe con el seguimiento y control del contrato hasta la conclusión de los 17 documentos a generarse, en sus distintas modalidades".
  • S/N / Informe de seguimiento a los trámites tendientes al finiquito del contrato de transacción celebrado con la empresa Triturados Basálticos y Derivados S.A. de C.V.
    '263/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, VI y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Tomar nota del Informe de seguimiento a los trámites tendientes al finiquito del contrato de transacción celebrado con la empresa Triturados Basálticos y Derivados S.A. de C.V., para el trámite de conclusión de la obra del Hospital General de Zona, 236 camas, en Ciudad Juárez, Chihuahua, al 30 de abril de 2006, que presenta la Dirección Jurídica con oficio 2490 del 15 de mayo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el Punto Tercero de su Acuerdo 127/2005, de fecha 20 de abril de 2005; y Segundo.- Instruir a la Dirección Jurídica, a fin de que se continúe con el seguimiento hasta la formulación del finiquito correspondiente".
  • S/N / Informe sobre los juicios de amparo interpuestos en contra del Decreto por el que se reforman y adicionan los Artículos 277 D y 286 K de la LSS, actualizado al 15 de mayo de 2006.
    '264/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Tomar nota del Informe que presenta la Dirección Jurídica de este Instituto con oficio 327 del 15 de mayo de 2006, sobre los juicios de amparo interpuestos en contra del Decreto por el que se reforman y adicionan los Artículos 277 D y 286 K de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2004, actualizado al 15 de mayo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 500/2004, de fecha 20 de octubre de 2004".
  • S/N / Informes al 31 de diciembre de 2005 del Programa IMSS-Oportunidades y otros documentos.
    '265/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracción IV, 263, 264 fracciones XIV y XVII y 277 F de la Ley del Seguro Social, Artículo 55 fracción IV inciso b) del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, acuerda: Único.- Tomar nota de los Informes al 31 de diciembre de 2005, del Programa IMSS-Oportunidades: Cuenta Pública para la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; Dictamen de Estados Financieros de la Auditoría Externa realizada por el Despacho Prieto Ruiz de Velasco y CIA. S.C.; y Evaluación Externa realizada por la Consultora Innova Consult, S.C., que presenta la Coordinación General del Programa IMSS-Oportunidades con oficio 1281 del 12 de mayo de 2006".
  • S/N / Designación de la Lic. Cristina González Medina, como Titular de la Unidad de Fiscalización y Cobranza, dependiente de la Dirección citada.
    '267/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263 y 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y designa a la licenciada Cristina González Medina, como Titular de la Unidad de Fiscalización y Cobranza, dependiente de la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social del IMSS, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación se hace en sustitución del licenciado Juan Manuel Jiménez Illescas, y surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Ratificaciones de representantes propietario y suplente en el Consejo Consultivo de la Delegación de Guerrero. (Gobierno)
    '268/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de las ratificaciones que hace el contador público Zeferino Torreblanca Galindo, Gobernador Constitucional del Estado de Guerrero, en favor de los licenciados Juan Perea Rodríguez y Juan Urbano Carreño, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en dicha Entidad Federativa. Estas ratificaciones surtirán sus efectos a partir del 24 de mayo de 2006, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Ratificaciones de representantes propietarios y suplentes en el Consejo Consultivo de la Delegación citada. (CTM)
    '269/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de las ratificaciones que hace el licenciado Joaquín Gamboa Pascoe, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México, en favor de los señores David Quintero León y Sergio Madrigal Ponce, de la primera fórmula; y de Miguel Luna Ley y Dagoberto Treviño Benítez, de la segunda fórmula, como representantes propietarios y suplentes, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Sinaloa. Estas ratificaciones surtirán sus efectos a partir del 24 de mayo de 2006, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Ratificaciones de representantes propietario y suplente en el Consejo Consultivo de la Delegación citada. (CTM)
    '270/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de las ratificaciones que hace el licenciado Joaquín Gamboa Pascoe, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México, en favor de los señores Cutberto de la Cruz Arellano y Luis Ruiz de la Cruz, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Tabasco. Estas ratificaciones surtirán sus efectos a partir del 24 de mayo de 2006, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Contratar bajo el régimen de honorarios al Lic. Rafael García Garza, por el período del 1 de junio al 31 de diciembre de 2006.
    '271/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, y de conformidad con lo establecido en el “Procedimiento para la Contratación de Servicios Profesionales o Especiales bajo el Régimen de Honorarios", aprobado mediante Acuerdo 679/2002, de fecha 16 de diciembre de 2002 de este propio Consejo Técnico, autoriza en sus términos la solicitud contenida en oficio 433 del 19 de mayo de 2006, de la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización, actualmente Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones, para efectuar la contratación del licenciado Rafael García Garza, bajo el régimen de honorarios, por el período del 1 de junio al 31 de diciembre de 2006".
  • S/N / Se fijan las 17:00 hrs. del día 28 de junio de 2006, para la celebración de la próxima sesión ordinaria del HCT.
    '272/2006 / 24 de Mayo de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las 17:00 horas del día 28 de junio del año 2006".
  • S/N / Informe de los Servicios Personales en el IMSS, 2005-2006 presentado por el C. Director General del Instituto.
    '273/2006 / 23 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, aprueba el documento Informe de los Servicios Personales en el IMSS, 2005-2006, presentado por el licenciado Fernando Flores, Director General del Instituto, y que se adjunta al oficio 628 de fecha 13 de junio de 2006 de la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización. Asimismo, faculta a la Dirección Jurídica para que se realicen las gestiones pertinentes, a fin de que el documento que se aprueba, se publique a más tardar el 30 de junio de 2006, en el Diario Oficial de la Federación, en cumplimiento a la obligación del Instituto establecida en el quinto párrafo del Artículo 277 D de la misma Ley".
  • S/N / Informe al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión sobre la Situación Financiera y los Riesgos del IMSS, 2005-2006.
    '274/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263, 264 fracción XVII y 268 fracción XI de la Ley del Seguro Social, y en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 273 de la misma Ley, acuerda: I.- Aprobar el Informe al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión sobre la Situación Financiera y los Riesgos del Instituto Mexicano del Seguro Social, 2005-2006, que presenta el licenciado Fernando Flores, Director General del Instituto, anexo a la comunicación folio 1444 del 28 de junio de 2006, de la Dirección de Planeación y Finanzas; y II.- Dicho Informe, por conducto de la propia Dirección General se deberá hacer llegar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, durante el presente mes de junio de 2006, para que a su vez haga entrega al Ejecutivo Federal, así como al H. Congreso de la Unión".
  • S/N / Información relativa a la corrección en la aportación del Gobierno Federal 2004 y 2005.
    '275/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XIV de la Ley del Seguro Social, acuerda: I.- Tomar nota de la corrección a la Aportación del Gobierno Federal de 2004 y 2005, en los términos planteados en esta sesión por la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social a que se refiere ésta en su oficio 371 del 21 de junio de 2006; y II.- Instruir a la Dirección General para que, a través de la Dirección de Planeación y Finanzas continúe la gestión del cobro del adeudo resultante hasta su conclusión, e informe a este Cuerpo Colegiado sobre la resolución final".
  • S/N / Términos de Aseguramiento y Pago de cuotas de los Productores de Caña de Azúcar y sus Trabajadores Eventuales del Campo relativos al ciclo de aseguramiento 2006-2007 (1 julio 2006-30 junio 2007).
    '276/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones I, II, IV y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y a propuesta de la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, a que se refiere su oficio 381 del 28 de junio de 2006, Acuerda: Primero.- Aprobar los términos de Aseguramiento y Pago de Cuotas de los Productores de Caña de Azúcar, así como de sus Trabajadores Eventuales del Campo, contenidos en los Convenios relativos al ciclo de aseguramiento 2006-2007, que comprende del 1 de julio de 2006 al 30 de junio de 2007. Segundo.- Autorizar al Director General del Instituto para suscribir los Convenios referidos con las organizaciones nacionales de productores de caña de azúcar, haciéndose extensivos los términos de dichos convenios a las organizaciones locales que así lo soliciten y que acrediten contar con su inscripción como organizaciones de abastecedores de caña de azúcar en el Registro Nacional Agropecuario, en términos de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 7 de diciembre de 2001 y el 22 de agosto de 2005, respectivamente. Tercero.- Autorizar a la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, para establecer los lineamientos que deberán observar las Delegaciones y Subdelegaciones en la aplicación de los Convenios referidos, debiendo informar dicha Dirección a este Órgano Colegiado sobre los resultados obtenidos".
  • S/N / Se precisa el contenido del Acuerdo 57/2006; se ratifica, por única vez y sin que siente precedente, el contenido y alcance de la Nota Aclaratoria publicada en el DOF, por la que se precisa el contenido de los puntos 4.4, 5.2.1.5., 5.2.2.3., mediante el cual se aprobaron las Reglas para la aplicación de los beneficios fiscales y facilidades administrativas que se indican en el Decreto del Ejecutivo Federal.
    '277/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 237 B, 251 fracciones IV, VIII, XIII y XXXVII, 263 y 264 fracciones XIV, XV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones VII, XI y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y los Artículos Segundo, Tercero y Cuarto, así como Segundo Transitorio del Decreto por el que se otorgan los beneficios y facilidades fiscales que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2005, y de conformidad con el oficio 378 del 23 de junio de 2006 de la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, Acuerda: Primero.- Tomar nota de los razonamientos expuestos por la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, en cuanto a la urgencia y necesidad de precisar el contenido del Acuerdo 57/2006 del 22 de febrero de 2006. Segundo.- Ratificar, por única vez y sin que siente precedente, el contenido y alcance de la Nota Aclaratoria publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 17 de mayo de 2006, por la que se precisa el contenido de los puntos 4.4., 5.2.1.5., 5.2.2.3., del Acuerdo 57/2006, mediante el cual se aprobaron las Reglas para la aplicación de los beneficios fiscales y facilidades administrativas que se indican en el Decreto del Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2005. Tercero.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social para que en lo subsecuente, en el trámite de este tipo de asuntos, se observen puntualmente los Lineamientos Operativos del Consejo Técnico".
  • S/N / Se faculta al Titular de la Delegación Regional en Michoacán, así como al de la Subdelegación Lázaro Cárdenas, a autorizar el pago a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, de las cuotas que se hayan causado durante los meses de abril y mayo de 2006, cuyo pago debió haberse efectuado a más tardar los días 17 de mayo y 19 de junio de 2006.
    '278/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 40 C, 40 D, 251 fracciones IV, XII, XXXIII y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, VII, XIV y XVII y 304 C de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones III, XII y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como 133, 134, 140 y demás relativos del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, Acuerda: Primero.- Facultar al Titular de la Delegación Regional en Michoacán, así como al de la Subdelegación Lázaro Cárdenas, dependiente de dicha Delegación, a autorizar el pago a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, de las cuotas que se hayan causado durante los meses de abril y mayo de 2006, cuyo pago debió haberse efectuado a más tardar los días 17 de mayo y 19 de junio de 2006, respectivamente, a solicitud de los patrones y demás sujetos obligados que cuentan con centros de trabajo ubicados en el municipio de Lázaro Cárdenas, Michoacán, en los términos presentados por la Dirección General, por conducto del Director de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, conforme al contenido del oficio 378 del 23 de junio de 2006. Segundo.- Facultar al Titular de la Delegación Regional en Michoacán, así como al de la Subdelegación Lázaro Cárdenas, dependiente de dicha Delegación, a que, sólo en caso de persistir las causas que dieron origen al presente Acuerdo, autoricen el pago a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, de las cuotas que se causen durante los meses de junio, julio y agosto de 2006, a solicitud de los patrones y demás sujetos obligados que cuenten con centros de trabajo ubicados en el Municipio de Lázaro Cárdenas, Michoacán, en los términos presentados por la Dirección General, por conducto del Director de Incorporación y Recaudación del Seguro Social. Tercero.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, para que por su conducto se comunique a la Delegación Regional en Michoacán y a la Subdelegación Lázaro Cárdenas, a fin de que en el caso de los patrones y sujetos obligados beneficiarios del presente Acuerdo, no se impongan multas por la falta de pago oportuno de las cuotas a su cargo, por encontrarse en uno de los supuestos hipotéticos normativos a que se refiere el Artículo 304 C de la Ley del Seguro Social. Cuarto.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, para que promueva la difusión y aplicación del presente Acuerdo, así como para que expida los lineamientos normativos y/o procedimientos que, en su caso, requiera la implementación del presente Acuerdo. Quinto.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, para que por su conducto, la Delegación Regional en Michoacán, informe a este Órgano de Gobierno sobre los resultados de la aplicación del presente Acuerdo".
  • S/N / Presentación que realizó el doctor Rubén Argüero Sánchez, Director de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Cardiología del CMN Siglo XXI, sobre los resultados obtenidos en el protocolo de implantación de células madre.
    '279/2006 / 28 de Junio de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, acuerda: Tomar nota con gran satisfacción de la presentación que realizó el doctor Rubén Argüero Sánchez, Director de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Cardiología del Centro Médico Nacional Siglo XXI, sobre los resultados obtenidos en el protocolo de implantación de células madre, relacionada con los casos de insuficiencia cardiaca grave, cuya información se contiene en el video que se proyectó. Asimismo, reitera al doctor Argüero Sánchez su reconocimiento expresado por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 231/2006 del 24 de mayo de 2006 del que gratamente se le hizo entrega en esta sesión".
  • S/N / Reglas de Operación del Fideicomiso Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico, denominado Fondo de Investigación en Salud (FIS).
    '280/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones XV y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como los Artículos 23, 26, 27 y 50 fracción V de la Ley de Ciencia y Tecnología, Acuerda: Primero.- Aprobar las Reglas de Operación del Fideicomiso Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico, denominado Fondo de Investigación en Salud (FIS), que se anexa al oficio 1087 del 16 de junio de 2006 de la Dirección de Prestaciones Médicas. Segundo.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas, para que por conducto de la Coordinación de Investigación en Salud, constituya, con base en las Reglas aprobadas el Fideicomiso Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico, denominado Fondo de Investigación en Salud (FIS). Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que asesore y apoye a la Dirección de Prestaciones Médicas, en la formalización de los instrumentos jurídicos que se requieran para el cumplimiento del presente acuerdo".
  • S/N / Convenio de licencia de explotación de patente con la empresa Genoma Laboratories México, S.A. de C.V., para el uso y explotación de la invención denominada Extracto mejorado de Psidium guajava.
    '281/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, XXIV y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme al contenido del oficio 1096 del 20 de junio de 2006 de la Dirección de Prestaciones Médicas, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, para que suscriba un convenio de licencia de explotación de patente con la empresa Genomma Laboratories México, S.A. de C.V., para el uso y explotación de la invención denominada “Extracto mejorado de Psidium guajava, el método para su obtención y su uso para el tratamiento de padecimientos gastrointestinales", con la finalidad de generar dividendos derivados de su comercialización, en ejercicio de sus derechos patrimoniales como titular de la patente en trámite de registro; y Segundo.- Instruir a la Dirección Jurídica y a la Dirección de Prestaciones Médicas, a fin de que elaboren, en forma conjunta, el instrumento jurídico por virtud del cual se formalizará esta operación".
  • S/N / Aceptar la donación pura, simple y a título gratuito ofrecida por la empresa de Pescados Industrializados, S.A. de C.V., de una subestación eléctrica, con la finalidad de que sea instalada en la Tienda IMSS-SNTSS, ubicada en Mazatlán, Sinaloa.
    '282/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y XXXVII, 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como en el numeral 7.1.11, último párrafo de la Norma de Disposiciones Presupuestarias del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme al contenido del oficio 1127 del 13 de junio de 2006, de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, Acuerda: Primero.- Autorizar al C. Director General del Instituto, para que por conducto del Director de Prestaciones Económicas y Sociales, acepte la donación pura, simple y a título gratuito, ofrecida por la empresa Pescados Industrializados, S.A. de C.V., de una subestación eléctrica con un valor aproximado de $158,474.50 (ciento cincuenta y ocho mil cuatrocientos setenta y cuatro pesos 50/100 M.N.), con la finalidad de que sea instalada en la Tienda IMSS-SNTSS, ubicada en Mazatlán, Sinaloa, para el óptimo funcionamiento de los equipos de aire acondicionado de la misma. Segundo.- Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas, a fin de que considere, para efectos contables, el valor del bien objeto de la donación. Tercero.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, para que en coordinación con la Dirección Jurídica, se cumpla con todos los requisitos legales en los trámites de formalización de esta operación, atendiendo lo previsto en los Artículos 2332 al 2335 y 2344 del Código Civil Federal. Los gastos y honorarios que se generen con motivo de esta donación, serán por cuenta del Instituto, y los impuestos y derechos correspondientes, por quien la Ley determine".
  • S/N / Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el Ejercicio Fiscal 2005.
    '283/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 264 fracción I, 272, 274, 277 C, 278, 279, 283 y 286 B de la Ley del Seguro Social, aprueba la Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el Ejercicio Fiscal 2005 que propone la Dirección General, a través del documento presentado por la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 1366 del 21 de junio de 2006, y se toma nota de las siguientes consideraciones: a) Del primer pago, por $1,115 millones, efectuado en septiembre de 2005 a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento correspondientes al préstamo solicitado de 2004; b) Del pago efectuado en septiembre de 2005 de $255 millones que corresponden al reintegro del préstamo de 2004; c) De la transferencia de $1,690 millones correspondientes a los ingresos Excedentes a los presupuestados de 2004, de conformidad al Artículo 277 C de la Ley del Seguro Social; d) De que el importe de $1,660 millones autorizado como préstamo para apoyar a la Reserva Operativa del Instituto no se utilizó; e) Del importe de $223.4 millones correspondiente a los intereses generados por los excedentes 2003 y 2004; f) De que en el mes de mayo de 2006 se reintegró a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento el monto de $3,500 millones con sus respectivos intereses, debido a que el Instituto obtuvo mayores ingresos propios que permitieron financiar íntegramente el Programa de Inversiones Físicas, lo anterior en cumplimiento con el Acuerdo 176/2006 del 26 de abril de 2006 de este propio Consejo Técnico; g) De que se cumplió con la meta establecida para la acumulación de las reservas financieras y actuariales y al fondo laboral autorizada el 8 de diciembre de 2004 en el Acuerdo 605/2004; y h) De los ingresos Excedentes sobre los presupuestados en 2005, que ascendieron a $2,255 millones".
  • S/N / Sexta Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el Ejercicio Fiscal 2006.
    '284/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 264, 272, 274 y 286 B de la Ley del Seguro Social, aprueba la Sexta Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el Ejercicio Fiscal 2006 que propone la Dirección General, a través del documento presentado por la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 1367 del 21 de junio de 2006, con las siguientes consideraciones: a)Se toma nota de que no se modifica la meta establecida para la acumulación de las reservas financieras y actuariales y el fondo laboral autorizada el 14 de diciembre de 2005 en el Acuerdo 557/2005; b)Se toma nota de que únicamente se está modificando la afectación a las reservas operativas que se había aprobado según Acuerdo 232/2006 del 24 de mayo de 2006; c) Se toma nota del impacto a mediano y largo plazo que tendrán las medidas aprobadas; d)Se aprueban los calendarios mensual y trimestral del presupuesto modificado de flujo de efectivo del Instituto, contenidos en el documento que se autoriza; e)Se considera que este sexto incremento de $1,547 millones se apega a la política de ingreso-gasto de la Administración Pública Federal. De conformidad con las facultades conferidas en la Ley del Seguro Social a este Cuerpo Colegiado, de ser el caso, se incrementaría posteriormente el presupuesto 2006 hasta los $22,265 millones de superávit primario presupuestado originalmente después de reservas, en los términos de los Artículos 274 y 286 B de la Ley del Seguro Social, quedando por lo tanto pendientes de transferir $7,265 millones; f) Se toma nota de que se efectuará un traspaso a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento por $2,255 millones por los ingresos excedentes a los presupuestados en 2005, más los intereses que se devenguen hasta la fecha del traspaso, lo anterior con fundamento en el segundo párrafo del Artículo 277 C de la Ley del Seguro Social; y g) Se instruye a la Dirección General para que a través de la Dirección de Planeación y Finanzas, se envíe a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el documento que se aprueba, para su conocimiento".
  • S/N / “Propuestas de adecuación al presupuesto 2006 aprobado del Instituto Mexicano del Seguro Social".
    '285/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263, 264 fracciones I, II, III y VI, 270, 272, 274, 276 y 277 F de la Ley del Seguro Social y las fracciones correlativas del Artículo 31 del Reglamento de Organización Interna del IMSS, aprueba el documento denominado “Propuestas de adecuación al presupuesto 2006 aprobado del Instituto Mexicano del Seguro Social", que presenta la Dirección General a través de la normativa de Planeación y Finanzas, a que se refieren los oficios 1364 y 1420, de fechas 20 y 27 de junio de 2006, respectivamente, con las siguientes consideraciones: a) Se aprueban las adecuaciones al presupuesto 2006 aprobado, en términos de flujo de efectivo y devengado, contenidas en las tablas 1 y 2 de la sección II del documento, así como su impacto en los calendarios respectivos. b) Se considera que este sexto incremento de $1,547 millones se apega a la política de ingreso-gasto de la Administración Pública Federal. De conformidad con las facultades conferidas en la Ley del Seguro Social a este Cuerpo Colegiado, de ser el caso, se incrementaría posteriormente el presupuesto 2006 hasta los $21,072 millones de superávit primario presupuestado originalmente después de reservas, en los términos de los artículos 274 y 286 B de la Ley del Seguro Social, quedando por lo tanto pendientes de transferir $7,265 millones. c) Se autoriza a la Dirección de Planeación y Finanzas para instrumentar en el presente ejercicio los mecanismos y lineamientos para iniciar los procesos licitatorios y comprometer recursos presupuestales del 2007, descritos en el apartado A de la sección III del documento que se aprueba. d) Se toma nota de la aclaración contenida en el apartado B de la sección III, de este documento, relativa a la Tabla 1 de la Primera Evaluación Trimestral de los Ingresos Recibidos y el Gasto Incurrido con Respecto al Presupuesto Aprobado del IMSS y Propuestas de Adecuación, mediante la cual se rectifica el excedente de flujo de efectivo al mes de marzo de 2006 para quedar en $3,526 millones. e) Se autoriza el incremento de 9,033 plazas solicitadas por la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización a través del Oficio 679, derivado del incremento autorizado mediante Acuerdo 176/2006 del 26 de abril de 2006 en el capítulo de Servicios de Personal, lo que modifica el total de plazas autorizado en el Acuerdo 556/2005 del 14 de diciembre de 2005 para el ejercicio 2006 para quedar en 362,950 plazas. f) Se instruye a la Dirección General para que, a través de la Dirección de Planeación y Finanzas, envíe el documento que se aprueba al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento y efectos conducentes".
  • S/N / Modificación a la sección III.2.5 de las “Reglas de Carácter General para la Distribución de Gastos".
    '286/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 263, 264 fracción XVII y 277 E de la Ley del Seguro Social, 31 fracción XXVII y 79 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, aprueba la modificación a la sección III.2.5 de las “Reglas de Carácter General para la Distribución de Gastos", autorizadas mediante el Acuerdo 20/2006 del 25 de enero de 2006, que presenta la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 1349, de fecha 20 de junio de 2006, en los términos siguientes: a) Dice: “III.2.5 Nómina del régimen de jubilados y pensionados y pasivo laboral. Con motivo del cambio de LSS publicada en el D.O.F. el 21 de diciembre de 1995, se decidió que todos los derechos (bienes y recursos) así como los pasivos existentes hasta antes de la entrada en vigor de la misma, se asignarían al SIV. Dado que los pagos a jubilados del IMSS son con base en la Ley anterior, corresponde por lo mismo, imputar el importe de la nómina que se paga mes a mes directamente a este seguro. El reconocimiento del pasivo laboral se distribuye entre todos los seguros en función a la utilización de los servicios de personal ya que su vencimiento es a plazo más largo". Se modifica por: “III.2.5 Nómina del régimen de jubilados y pensionados y pasivo laboral. ....La nómina del régimen de jubilaciones y pensiones entre los seguros y ramos se hará con base en los porcentajes de la nómina de los trabajadores activos". El reconocimiento del pasivo laboral se distribuye entre todos los seguros en función a la utilización de los servicios de personal ya que su vencimiento es a plazo más largo". b) Dicha modificación a las reglas mencionadas surtirá efectos a partir del ejercicio de 2006".
  • S/N / Facultar a la Dirección mencionada para que en representación del IMSS proponga al Gobierno del D.F., a través de la Delegación Gustavo A. Madero, la recuperación o enajenación del inmueble propiedad del IMSS.
    '287/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracción IV, 253, 263, 264 fracciones I, III, XIV y XVII y 285 de la Ley del Seguro Social y en las atribuciones que le otorga el Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y vistos los antecedentes y problemática que expresa la Dirección de Planeación y Finanzas mediante oficios 1365 y 1401 de fechas 19 y 22 de junio de 2006, respectivamente, en relación a la situación que observa el predio propiedad del Instituto ubicado en la confluencia de la calle Chosica, la avenida Ricarte y la avenida Instituto Politécnico Nacional en la Colonia Churubusco Tepeyac, ocupado por presuntos damnificados de los sismos ocurridos en el mes de septiembre de 1985 y ante la propuesta del Gobierno del Distrito Federal, a través de la Delegación Gustavo A. Madero, de constituir una mesa de trabajo para proponer un esquema viable de solución, y considerando que los inmuebles del Instituto, en términos de la Ley del Seguro Social, están afectos a las reservas financieras, acuerda: 1) Facultar a la Dirección de Planeación y Finanzas, para que en representación del IMSS, proponga al Gobierno del Distrito Federal, a través de la Delegación Gustavo A. Madero, en primera instancia la posibilidad de reubicar a los damnificados a un predio, o predios propiedad del Gobierno del Distrito Federal, con el objeto de que el Instituto recupere su propiedad después de 20 años de haber sido utilizada mediante la figura de comodato por presuntos damnificados de los sismos de septiembre de 1985; 2) En el caso de que lo planteado en el numeral 1, conlleve costos sociales elevados y difíciles de solventar, se faculta a la Dirección de Planeación y Finanzas para que proponga al Gobierno del Distrito Federal, a través de la Delegación Gustavo A. Madero, la posible adquisición de la totalidad del predio, es decir, los aproximadamente 16,000 m2, en el valor que fije para tal efecto el INDAABIN, enterando al Instituto el valor de la operación en una sola operación, en un plazo que no exceda el 30 de noviembre de 2006; 3) La Dirección de Planeación y Finanzas deberá requerir a la Delegación Gustavo A. Madero, el apoyo para lograr la recuperación del predio ubicado en Avenida Insurgentes Norte, Colector 13, Ricarte, Río Bamba y Avenida Fortuna con una superficie aproximada de 15,000 m2, que actualmente está invadido por una organización dedicada al Fútbol Americano denominada Vietnamitas. Esta acción tiene por objeto que el Instituto pueda resolver la reubicación de la Tienda, que actualmente está operando en el predio ocupado por los presuntos damnificados; 4) Las opciones anteriores, relativas a la reubicación de damnificados y retiro del grupo Vietnamitas podrán ser apoyadas por el Instituto en la cobertura de los gastos que se generen; y 5) De consolidarse lo planteado en el numeral 2, se faculta a la Dirección de Planeación y Finanzas, a realizar las acciones administrativas procedentes en materia de desincorporación".
  • S/N / Se autoriza se formalice la donación que el Banco Nacional de México, S.A., entregó al Instituto para llevar a cabo las transferencias de archivos con información para el pago de subsidios en las UMF, así como operaciones en las bancas electrónicas en los Departamentos de Tesorería de las Delegaciones del Sistema Nacional.
    '288/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción III de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción III del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y tomando en cuenta la propuesta de la Dirección de Planeación y Finanzas, contenida en oficio 1207 del 5 de junio de 2006, autoriza al C. Director General del IMSS, para que por sí o por conducto de la persona que él designe, se formalice la donación de 74 Equipos de Cómputo que Banco Nacional de México, S.A., entregó al Instituto para llevar a cabo las transferencias de archivos con información para el pago de subsidios en las Unidades de Medicina Familiar, así como operaciones en las bancas electrónicas en los Departamentos de Tesorería de las Delegaciones del Sistema Nacional".
  • S/N / Actualización del “Manual de Organización de las Subdelegaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social".
    '289/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 264 fracciones XIV y XVII y 268 fracciones IX y XII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones XXIV y XXVII, así como 71 fracciones VI y X del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: ÚNICO.- Aprobar en sus términos la actualización del “Manual de Organización de las Subdelegaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social", anexo al oficio 415, de fecha 16 de mayo de 2006 de la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización".
  • S/N / Informe Anual de la Comisión Institucional de Rescate y Formación de Valores; se aprueba la reforma al Artículo 22 del Código de Conducta del Servidor Público del IMSS en los términos propuestos.
    '290/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV y XXXVII, 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social y de conformidad con el Artículo Sexto del Procedimiento para la Elección de los Miembros de la Comisión Institucional de Rescate y Formación de Valores, Acuerda: Primero.- Tomar nota del Informe Anual de la Comisión Institucional de Rescate y Formación de Valores, presentado por el Director General de este Instituto, por conducto del Director de Desarrollo de Personal y Organización, mediante oficio 636 del 15 de junio de 2006. Segundo.- Aprobar la reforma al Artículo 22 del Código de Conducta del Servidor Público del Instituto Mexicano del Seguro Social en los términos propuestos por el Director de Desarrollo de Personal y Organización de este Instituto. Tercero.- Aprobar las modificaciones al Procedimiento para la Elección de los Miembros de la Comisión Institucional de Rescate y Formación de Valores, en los términos propuestos; consecuentemente modifica en lo conducente sus Acuerdos 41/2004 y 631/2004 del 21 de enero y 8 de diciembre de 2004, respectivamente".
  • S/N / Ratificación y designación de representantes propietario y suplente, respectivamente, que hace la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Coahuila. (CONCANACO)
    '291/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la ratificación y designación comunicadas por el ingeniero Luis Antonio Mahbub Sarquis, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), en favor del señor Armando Gutiérrez González y de la señora Ángeles Rocha Domínguez, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Coahuila. La ratificación del representante propietario surtirá sus efectos a partir del 28 de junio de 2006, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente. La designación anterior se hace en sustitución de la licenciada Marina Guadalupe Lozano Yáñez, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 83/2005, del 23 de febrero de 2005, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual también deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Designación de representante propietario, que hace la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Jalisco. (CONCANACO)
    '292/2006 / 28 de Junio de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la designación comunicada por el ingeniero Luis Antonio Mahbub Sarquis, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), en favor del licenciado Carlos E. Quirarte Tolentino, como representante propietario en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Jalisco. Esta designación se hace en sustitución del licenciado Rubén Arámbula Curiel, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 234/2005 del 25 de mayo de 2005, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Designación de representante suplente, que hace la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos en el Consejo Consultivo de la Delegación Estado de México Oriente. (CROC)
    '293/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la designación formulada por el señor Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), en favor del señor Jesús Isidro Moreno Mercado, como representante suplente en el Consejo Consultivo de la Delegación Estado de México Oriente. Esta designación se hace en sustitución del señor Jorge Alejandro Ávila Salceda, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 264/2005 del 22 de junio de 2005, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designación de representante suplente, que hace la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos en el Consejo Consultivo de la Delegación Estado de México Poniente. (CROC)
    '294/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la designación formulada por el señor Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), en favor del señor Jorge Alejandro Ávila Salceda, como representante suplente en el Consejo Consultivo de la Delegación Estado de México Poniente. Esta designación se hace en sustitución del señor Jesús Isidro Moreno Mercado, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 265/2005 del 22 de junio de 2005, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente, que hace la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Oaxaca. (CROC)
    '295/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de las designaciones formuladas por el señor Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), en favor de los señores licenciado Ulises Bravo Cruz y Nubeli Zárate López, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Oaxaca. Estas designaciones se hacen en sustitución del ingeniero Francisco Cervantes Martínez y del propio licenciado Ulises Bravo Cruz, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo 386/2000 del 7 de junio de 2000, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designación de representante propietario del Sector Obrero, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades del Centro Médico Nacional “La Raza", D.F. (CROC)
    '296/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones VII y XXXVII, 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 3 y 142 A párrafo segundo del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de la designación formulada por el señor Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), en favor de la señora Adela Vivanco Mendoza, como representante propietario, del Sector Obrero, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades del Centro Médico Nacional “La Raza", D.F. Esta designación se hace en sustitución de la C. Patricia Méndez Moguel, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 44/2004 del 21 de enero de 2004, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Informe de los Rendimientos Producto de las Operaciones de Inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuentas 1, 2A y 2B del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, correspondiente al mes de abril de 2006.
    '297/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones III y XXXVII, 263 y 264 fracciones I, III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones I, III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Tomar nota del informe de las operaciones y rendimientos obtenidos por la inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuentas 1, 2A y 2B del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, correspondiente al mes de abril de 2006, que la Comisión de Inversiones Financieras por conducto de la Dirección de Inversiones Financieras, presenta a este Consejo Técnico, en su oficio 0524 del 30 de mayo de 2006, en cumplimiento a los Artículos 3 fracción XI y 28 del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social y al Artículo 73 B fracción VII del Reglamento de Organización Interna del propio Instituto, el cual detalla el proceso integral de inversión, con cifras al cierre del citado mes que presenta la información siguiente: la posición de los recursos en inversión (incluyendo dólares y euros valuados al tipo de cambio del cierre del mes); los montos promedio de inversión (incluyendo la posición promedio en dólares y euros valuados al tipo de cambio del cierre de mes); fondeos; los rendimientos devengados del portafolio de inversión durante el mes que se informa y acumulados en el año (incluyendo los rendimientos en dólares y euros acumulados durante el mes, los cuales fueron valuados al tipo de cambio del cierre del mes, excluyéndose la provisión contable por revaluación de posiciones del principal en moneda extranjera); las tasas de interés, rendimientos devengados y cumplimiento de metas; la inversión en moneda extranjera; la estructura del portafolio por tipo de instrumento; los indicadores de valor en riesgo (VaR) de mercado y crediticio; los indicadores de sensibilidad; inversión en instrumentos estructurados; inversión en notas referenciadas a índices; y el control de operaciones en cuanto a asignaciones, títulos y transaccionalidad; asimismo se incluye la siguiente información: acumulación de las Reservas Financieras y Actuariales, la General Financiera y Actuarial y del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual de 1997 a abril de 2006; comportamiento del VaR en los últimos 12 meses; comportamiento de la Duración Modificada en los últimos 12 meses; evolución de las Reservas Financieras y del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, de enero de 1996 a abril de 2006, Segundo.- Tomar nota de los favorables resultados obtenidos durante el mes de abril de 2006 en las operaciones de inversión, concluyendo que se alcanzaron en apego de las políticas y estrategias prudentes y conservadoras. Tercero.- Tomar nota de las estrategias de inversión prudentes y conservadoras aprobadas por la Comisión de Inversiones Financieras, que considerando el escenario actual y las expectativas económicas y financieras, consisten en: a) Aplicar criterios de prudencia, seguridad, rendimiento, liquidez y diversificación del riesgo, transparencia y respeto a las sanas prácticas y usos del mercado en la inversión de los portafolios institucionales (Reservas Operativas, Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento, Reservas Financieras y Actuariales, Reserva General Financiera y Actuarial y del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual), mismos que se definen como la canasta o un grupo de instrumentos que presenta, en forma global y acumulada, un perfil de riesgo-rendimiento que responde a los objetivos y a la tolerancia de riesgo fijados por el Órgano de Gobierno, y cuyo rendimiento se evalúa en el mediano plazo; b) Mantener las inversiones hasta su vencimiento; c) Incrementar gradualmente la participación en inversiones de deuda corporativa de alta calidad crediticia; d) Continuar la inversión en instrumentos estructurados a partir de nuevos esquemas y subyacentes, considerando el límite actual de 3% del portafolio global para las operaciones vigentes; e) El mecanismo de evaluación de los rendimientos para estas inversiones será en forma global acumulada en períodos móviles de 36 meses, con lo que se suavizan los efectos de la volatilidad de las tasas y tipos de cambio en diferentes condiciones de mercado; f) Realizar inversiones escalonadas a corto y mediano plazo (con tasas revisables de hasta 182 días) aprovechando las oportunidades de mercado; g) Como medida de diversificación del riesgo sistémico de mediano y largo plazo, a partir de la posición actual en monedas extranjeras, gradualmente incrementarla e invertir en instrumentos de deuda de alta calidad crediticia internacional considerando el límite autorizado del 30% respecto a las Reservas Financieras y Actuariales, la Reserva General Financiera y Actuarial y del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, en los horizontes de inversión establecidos; h) Analizar alternativas de inversión y los más adecuados instrumentos, mecanismos e instituciones financieras internacionales de alta calidad crediticia, para la inversión en notas estructuradas o esquemas de inversión que consideren como subyacente índices de instrumentos de deuda y gubernamentales cotizados en los mercados internacionales, o en bonos o certificados de depósito de alta calidad crediticia que coadyuven a la maximización de la relación riesgo-rendimiento en el mediano y largo plazo; i) Buscar una amplia diversificación en monedas, instrumentos, emisores, mercados, tasas y referencias; j) Mantener, y en su caso, ampliar las inversiones en tasa real y referenciadas a TIIE y CETES para aprovechar las oportunidades de mercado; k) Realizar las compras e inversiones en dólares para proveer la cobertura cambiaria a los pasivos en esta divisa por compra de materiales y equipo según las solicitudes correspondientes de la Dirección de Planeación y Finanzas y; l) Continuar participando en las subastas semanales de instrumentos gubernamentales, de papel comercial o de certificados bursátiles. Cuarto.- Toma nota de las inversiones efectuadas durante abril de 2006 en notas referenciadas a índices de emisiones soberanas de Estados Unidos y Europa, las cuales fueron aprobadas por la Comisión de Inversiones Financieras mediante acuerdos 8-270/06, 2-272/06, 2-274/06 y 2-278/06".
  • S/N / Informe de Actividades de la Comisión de Inversiones Financieras, correspondiente al mes de abril de 2006.
    '298/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, 3 fracción XI, 4 y 7 fracción VIII del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social, y en los numerales 1.7.6 y 1.8, último párrafo de los Lineamientos Operativos del Consejo Técnico, ACUERDA: Único.- Tomar conocimiento de la gestión de la Comisión de Inversiones Financieras, correspondiente al mes de abril de 2006, la cual se detalla en el informe de actividades aprobado por la propia Comisión mediante Acuerdo 8-281/06, tomado en la sesión celebrada el 24 de mayo de 2006, que presenta la Dirección de Inversiones Financieras con oficio 520 del 31 de mayo de 2006".
  • S/N / Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de abril de 2006.
    '299/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de abril de 2006, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9. y 2.5.4 f), de los “Lineamientos Operativos del Consejo Técnico", aprobados por este Órgano de Gobierno en la sesión extraordinaria del 25 de abril de 2002 y por la XC Asamblea General Ordinaria del IMSS del 29 de abril de 2002, que presenta la Secretaría General del Instituto con oficio del 14 de junio de 2006".
  • S/N / Informe del Programa Institucional sobre la Discapacidad y su Prevención, correspondiente al período julio-diciembre de 2005.
    '300/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción III de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción III del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Tomar nota del Informe del Programa Institucional sobre la Discapacidad y su Prevención, correspondiente al período julio-diciembre de 2005, presentado por la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales con oficio 947 del 19 de mayo de 2006, en relación con lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 99/98, de fecha 11 de febrero de 1998".
  • S/N / Informe de Clasificación de Empresas y Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, correspondiente al segundo semestre de 2005.
    '301/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe de Clasificación de Empresas y Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, correspondiente al segundo semestre de 2005, que presenta la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social con oficio 243 del 12 de mayo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 437/90, de fecha 8 de agosto de 1990".
  • S/N / “Reporte de Avance. Primer Trimestre de 2006" del “Plan del Instituto Mexicano del Seguro Social, PEIMSS 2006".
    '302/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, aprueba el “Reporte de Avance. Primer Trimestre de 2006" del “Plan del Instituto Mexicano del Seguro Social, PEIMSS 2006", el cual da seguimiento a los objetivos, iniciativas e indicadores determinados por cada Área Normativa, como parte del Sistema de Planeación Institucional, presentado por la Dirección General por conducto de la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 1024 del 17 de mayo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el inciso b) de su Acuerdo 214/2006, de fecha 26 de abril de 2006".
  • S/N / Reporte acumulado de los resultados de los Estados Financieros del IMSS, correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo de 2006.
    '303/2006 / 28 de Junio de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones II y XIV de la Ley del Seguro Social, toma nota del reporte acumulado de los resultados de los Estados Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social, correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo de 2006, presentados por la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 1208, de fecha 2 de junio de 2006".
  • S/N / Resultados al primer trimestre de 2006, de los Estados Financieros del Sistema Nacional de Tiendas, durante el período comprendido del 1 de enero al 31 de marzo de 2006.
    '304/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones II y XIV de la Ley del Seguro Social, toma nota de los resultados al primer trimestre de 2006, de los Estados Financieros del Sistema Nacional de Tiendas, durante el período comprendido del 1 de enero al 31 de marzo de 2006, presentados por la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 1208 del 2 de junio de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado, en su Acuerdo 133/2001, de fecha 28 de marzo de 2001, en el que instruyó a esa Dirección para que trimestralmente presente los resultados Financieros de la operación del Sistema Nacional de Tiendas".
  • S/N / Informe “Nivel de Abasto Ponderado en Farmacias y Almacenes", correspondiente al bimestre Marzo – Abril de 2006.
    '305/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el “Nivel de Abasto Ponderado en Farmacias y Almacenes", correspondiente al bimestre Marzo-Abril de 2006, que presenta la Dirección de Administración y Calidad con oficio 869 del 23 de mayo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 380/2004, de fecha 14 de julio de 2004".
  • S/N / Informe sobre la Operación del Sistema de Abasto Institucional (SAI), correspondiente al período enero-marzo de 2006.
    '306/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre la Operación del Sistema de Abasto Institucional (SAI), correspondiente al período enero-marzo de 2006, que presenta la Dirección de Administración y Calidad con oficio 1060 del 13 de junio de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en el punto II de su Acuerdo 476/2003, de fecha 10 de diciembre de 2003".
  • S/N / Informe a Nivel Nacional sobre el Parque Vehicular Institucional, incluyendo las Ambulancias.
    '307/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, acuerda tomar nota del Informe a Nivel Nacional sobre el Parque Vehicular Institucional, incluyendo las Ambulancias, que presenta la Dirección de Administración y Calidad con oficio 1082 del 16 de junio de 2006".
  • S/N / Informe correspondiente a las plazas ocupadas de confianza de las plantillas de las Direcciones Normativas, Coordinaciones Generales y Direcciones Regionales, actualizado al primer trimestre del año 2006.
    '308/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe correspondiente a las plazas ocupadas de confianza de las plantillas de las Direcciones Normativas, Coordinaciones Generales y Direcciones Regionales, incluyendo las plazas de mando y homólogos, así como las contrataciones bajo el régimen de honorarios y de temporales, actualizado al primer trimestre del año 2006, que presenta la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización con oficio 598, de fecha 6 de junio de 2006".
  • S/N / Informe de Distribución de Nuevas Plazas, derivado de la revisión al Contrato Colectivo de Trabajo, correspondiente al período enero-mayo de 2006.
    '309/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe de Distribución de Nuevas Plazas, derivado de la revisión al Contrato Colectivo de Trabajo, correspondiente al período enero-mayo de 2006, que presenta la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización con oficio fechado el 9 de junio de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 511/2005, de fecha 23 de noviembre de 2005".
  • S/N / Informe sobre el Avance obtenido en el Abatimiento de Juicios en aplicación del Convenio de Colaboración entre la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y el Instituto Mexicano del Seguro Social, correspondiente al primer cuatrimestre de 2006.
    '310/2006 / 28 de Junio de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el Avance obtenido en el Abatimiento de Juicios en aplicación del Convenio de Colaboración entre la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y el Instituto Mexicano del Seguro Social, correspondiente al primer cuatrimestre de 2006, que presenta la Dirección Jurídica con oficio 320 del 11 de mayo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 218/2001, de fecha 16 de mayo de 2001".
  • S/N / Informe Cuantitativo y Cualitativo de los Recursos de Inconformidad y Juicios Fiscales, correspondiente al período enero-abril de 2006.
    '311/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe Cuantitativo y Cualitativo de los Recursos de Inconformidad y Juicios Fiscales, correspondiente al período enero-abril de 2006, que presenta la Dirección Jurídica con oficio 350, de fecha 26 de mayo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en sus Acuerdos 296/96 y 217/98, dictados en sus sesiones celebradas el 21 de agosto de 1996 y 22 de abril de 1998, respectivamente".
  • S/N / Informe Cuantitativo y Cualitativo de los Juicios Laborales, correspondiente al período enero-marzo de 2006.
    '312/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, acuerda: Único.- Tomar nota del Informe Cuantitativo y Cualitativo de los Juicios Laborales, correspondiente al período enero-marzo de 2006, que presenta la Dirección Jurídica con oficio 352, del 31 de mayo de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en sus Acuerdos 147/92 y 398/97, de fechas 22 de abril de 1992 y 20 de agosto de 1997, respectivamente".
  • S/N / Informe sobre los juicios de amparo interpuestos en contra del Decreto por el que se reforman y adicionan los Artículos 277 D y 286 K de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2004, actualizado al 8 de junio de 2006.
    '313/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Tomar nota del Informe sobre los juicios de amparo interpuestos en contra del Decreto por el que se reforman y adicionan los Artículos 277 D y 286 K de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2004, actualizado al 8 de junio de 2006, que presenta la Dirección Jurídica con oficio 387 del 9 de junio de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 500/2004, de fecha 20 de octubre de 2004".
  • S/N / Designación de representante propietario, que hace la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Zacatecas. (CONCANACO)
    '319/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la designación comunicada por el ingeniero Luis Antonio Mahbub Sarquis, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), en favor del señor René León Frías, como representante propietario en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Zacatecas. Esta designación se hace en sustitución del contador público Héctor Santoyo Castro, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 317/2001 del 27 de junio de 2001, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente, que hace la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Durango. (CONCANACO)
    '320/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de las designaciones comunicadas por el ingeniero Luis Antonio Mahbub Sarquis, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), en favor de los licenciados Juan Francisco Gutiérrez Fragoso y Hugo Mario Garza Sánchez, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Durango. Estas designaciones se hacen en sustitución de los licenciados Carlos Matuk López de Nava y Jaime Espeleta Benítez, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo 132/2005 del 20 de abril de 2005, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Designación de representante propietario del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades No. 25 del Centro Médico Nacional del Noreste, Monterrey, N.L. (CONCANACO)
    '321/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones VII y XXXVII, 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 3 y 142 A párrafo segundo del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de la designación formulada por el ingeniero Luis Antonio Mahbub Sarquis, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), en favor del licenciado José Ángel Ramón Lozano, como representante propietario, del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades No. 25 del Centro Médico Nacional del Noreste, Monterrey, Nuevo León. Esta designación se hace en sustitución del ingeniero Jorge Ramón Saucedo García, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 345/2004 del 23 de junio de 2004, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / El H. Consejo Técnico, autoriza para que por conducto del Titular de la Delegación Estatal en Sonora, otorgue un donativo a la Fundación Beatriz Beltrones, para el diagnóstico oportuno del cáncer en la Mujer, A.C., durante el periodo de mayo a diciembre de 2006.
    '322/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones II, IV, XXXII y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 80 fracción II de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de aplicación supletoria, 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y de conformidad con el contenido del oficio 508 del 26 de junio de 2006 de la Dirección de Administración y Calidad, acuerda: Primero.- Autorizar al Director General, para que por conducto del Titular de la Delegación Estatal en Sonora, otorgue un donativo a la Fundación Beatriz Beltrones, para el diagnóstico oportuno del cáncer en la Mujer, A.C., por la cantidad de $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.), que serán destinados para la realización de estudios de detección oportuna de cáncer cérvico-uterino y de mama, a mujeres derechohabientes residentes en dicha demarcación, durante el periodo de mayo a diciembre de 2006, de conformidad con las reglas que se establezcan en el convenio de coordinación que para tal efecto se celebre. Segundo.- Instruir a la Dirección de Administración y Calidad para que en coordinación con la Dirección Jurídica elabore el instrumento jurídico respectivo. Tercero.- Instruir a la Dirección de Administración y Calidad para que informe a este Órgano de Gobierno de los avances y resultados obtenidos con el otorgamiento del donativo y del cumplimiento de obligaciones estipuladas en el convenio respectivo".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente, que hace la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Tlaxcala. (CONCAMIN)
    '323/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de las designaciones comunicadas por el licenciado León Halkin Bider, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), en favor de los licenciados Frida Iraiz López Muñoz y Francisco Aramburo García, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Tlaxcala. Estas designaciones se hacen en sustitución de las licenciadas Silvia Alejandra Torres Mejía y Olga Viridiana Pavón Castillo, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo 128/2000 del 2 de febrero de 2000, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Designación de representante propietario del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Gineco Obstetricia No. 3 del Centro Médico Nacional “La Raza", D.F. (CONCAMIN)
    '324/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones VII y XXXVII, 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 3 y 142 A párrafo segundo del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de la designación formulada por el licenciado León Halkin Bider, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), en favor del doctor Jaime Cervantes Rangel, como representante propietario del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Gineco Obstetricia No. 3 del Centro Médico Nacional “La Raza", D.F. Esta designación se hace en sustitución del licenciado Cuauhtémoc Crespo Ramírez, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 213/2004 del 22 de abril de 2004, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Se fijan las 17:00 hrs. del día 26 de julio de 2006, para la celebración de la próxima sesión ordinaria del HCT.
    '325/2006 / 28 de Junio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las 17:00 horas del día 26 de julio del año 2006".
  • S/N / Séptima Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el Ejercicio Fiscal 2006.
    '326/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 264, 272, 274 y 286 B de la Ley del Seguro Social, aprueba la Séptima Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el Ejercicio Fiscal 2006 que propone la Dirección General, a través del documento presentado con oficio 1663 del 19 de julio de 2006 de la Dirección de Planeación y Finanzas, con las siguientes consideraciones: a) Se toma nota de que no se modifica la meta establecida para la acumulación de las reservas financieras y actuariales y el fondo laboral autorizada el 14 de diciembre de 2005 en el Acuerdo 557/2005. b) Se toma nota de que únicamente se está modificando la afectación a las reservas operativas que se había aprobado según Acuerdo 284/2006 del 28 de junio de 2006. c) Se toma nota del impacto a mediano y largo plazo que tendrán las medidas aprobadas. d) Se aprueban los calendarios mensual y trimestral del presupuesto modificado de flujo de efectivo del Instituto, contenidos en el documento que se aprueba. e) Se aprueba el incremento al techo de gasto por $2,302 millones, $2,265 corresponden a la séptima modificación al PAACR, en los términos del Artículo 286 B de la Ley del Seguro Social, y $37 millones provenientes de la recuperación de gastos por atención médica prestada a no derechohabientes y del pago de indemnizaciones por siniestros. f) Se considera que este séptimo incremento de $2,265 millones se apega a la política de ingreso-gasto de la Administración Pública Federal. De conformidad con las facultades conferidas en la Ley del Seguro Social a este Cuerpo Colegiado, de ser el caso, se incrementaría posteriormente el presupuesto 2006 hasta los $20,000 millones de superávit primario presupuestado originalmente después de reservas, en los términos de los Artículos 274 y 286 B de la Ley del Seguro Social, quedando por lo tanto pendientes de transferir $5,000 millones. g) Se toma nota de que el 30 de junio de 2006, se traspasó de la Reserva Operativa a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento la cantidad de $2,255 millones, más $85.9 millones de intereses devengados correspondientes a ingresos excedentes a los presupuestados en 2005, lo anterior, con fundamento en el segundo párrafo del Artículo 277 C de la Ley del Seguro Social. h) Se instruye a la Dirección General para que a través de la Dirección de Planeación y Finanzas, se envíe a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el documento que se aprueba, para su conocimiento".
  • S/N / “Segunda Evaluación Trimestral de los Ingresos Recibidos y el Gasto Incurrido con Respecto al Presupuesto 2006 Aprobado del IMSS y Propuestas de Adecuación".
    '327/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 264 fracción VI, 274, 277 y 277 C de la Ley del Seguro Social, aprueba el documento denominado “Segunda Evaluación Trimestral de los Ingresos Recibidos y el Gasto Incurrido con Respecto al Presupuesto 2006 Aprobado del IMSS y Propuestas de Adecuación", que presenta la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 1662 del 19 de julio de 2006, con las siguientes consideraciones: a) Se toma nota de los resultados de ingresos y gastos en flujo de efectivo y devengado presentados en las secciones II y III de este documento. b) Se toma nota del avance en el cumplimiento del Programa de Administración y Constitución de Reservas aprobado por este Cuerpo Colegiado el 14 de diciembre de 2005, con Acuerdo 557/2005 y sus modificaciones. c) Se toma nota de los resultados al segundo trimestre de los indicadores aprobados y publicados en el PEF 2006, que evalúan los programas institucionales contenidos en la sección V del documento. d) Se aprueban las adecuaciones al presupuesto de flujo de efectivo y el de operación, en los términos descritos en la sección VI del presente documento, incluyendo las cifras contenidas en las tablas 6 y 7 correspondientes, así como los calendarios respectivos, las cuales mantienen el compromiso de reservas financieras y actuariales y fondo laboral aprobado por este Consejo Técnico. e) Se toma nota del ejercicio del presupuesto de las Áreas de Administración Central, contenido en la sección VII subsección a). f) Se toma nota de la situación presupuestaria de los gastos de previsión social y fomento que refleja nombramientos aprobados en Delegaciones por este Cuerpo Colegiado, presentada en la sección VII subsección c). g) Por ser un programa prioritario auditar a nivel nacional el patrimonio institucional, se aprueba el presupuesto autorizado al Órgano Interno de Control. h) Se toma nota de que a la fecha se tiene pendiente la resolución de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a la gestión de cobro del IMSS de los adeudos 2004 y 2005 a cargo del Gobierno Federal y que al cierre de 2005 ascendió a $6,924 millones y se instruye para que la Dirección General, por conducto de las normativas de Planeación y Finanzas y Jurídica, continúe con las gestiones de cobro ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. i) Se instruye a la Dirección General para que, por conducto de la Dirección de Planeación y Finanzas, se envíe el presente documento a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Así mismo para que cumplimente y oficialice los presentes acuerdos, en los términos que señala la Ley del Seguro Social".
  • S/N / Presupuesto de Inversión Física 2006-2007 del IMSS.
    '328/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 264 fracciones I, II, III y VI, 270, 272, 274, 275, 276, 277 G y 277 F de la Ley del Seguro Social, aprueba el Presupuesto de Inversión Física 2006-2007 del Instituto Mexicano del Seguro Social, presentado por la Dirección General, a través de la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 1661 del 19 de julio de 2006, el cual se detalla en el Anexo 1. a) Se aprueba el Programa de Inversión Física para 2006-2007, contenido en la sección referente a la fracción XII del Artículo 275 de la Ley del Seguro Social. b) Se aprueban en términos del Artículo 277 F de la Ley del Seguro Social los 367 proyectos multianuales".
  • S/N / Informe de avance trimestral sobre el desarrollo del “Programa de Modernización de la Administración de Derechohabientes y de las Prestaciones que les otorga la Ley del Seguro Social" (PROMADYP).
    '329/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota del Informe de avance trimestral sobre el desarrollo del “Programa de Modernización de la Administración de Derechohabientes y de las Prestaciones que les otorga la Ley del Seguro Social" (PROMADYP), que presenta la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico con oficio 134 del 20 de julio de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 177/2006, de fecha 26 de abril de 2006".
  • S/N / Se aprueba la homologación de estímulos económicos a la docencia destacada, con respecto a los estímulos económicos autorizados para la productividad científica de los investigadores.
    '330/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, Acuerda: Primero.- Autorizar la homologación de estímulos económicos a la docencia destacada, con respecto a los estímulos económicos autorizados para la productividad científica de los investigadores; Segundo.- Autorizar que: a) A la Categoría de Profesor de Carrera Asociado “A" se otorguen como estímulo por productividad docente, 6 salarios mínimos mensuales cuando no pertenezcan al Sistema Nacional de Investigadores, y de 7 salarios mínimos mensuales cuando pertenezcan al Sistema Nacional de Investigadores; b) A la Categoría de Profesor de Carrera Asociado “B" se otorguen como estímulo por productividad docente, 7 salarios mínimos mensuales cuando no pertenezcan al Sistema Nacional de Investigadores, y de 8 salarios mínimos mensuales cuando pertenezcan al Sistema Nacional de Investigadores; c) A la Categoría de Profesor de Carrera Asociado “C" se otorguen como estímulo por productividad docente, 8 salarios mínimos mensuales cuando no pertenezcan al Sistema Nacional de Investigadores, y de 9 salarios mínimos mensuales cuando pertenezcan al Sistema Nacional de Investigadores; d) A la Categoría de Profesor de Carrera Titular “A" se otorguen como estímulo por productividad docente, 10 salarios mínimos mensuales cuando no pertenezcan al Sistema Nacional de Investigadores, y de 11 salarios mínimos mensuales cuando pertenezcan al Sistema Nacional de Investigadores; e) A la Categoría de Profesor de Carrera Titular “B" se otorguen como estímulo por productividad docente, 11 salarios mínimos mensuales cuando no pertenezcan al Sistema Nacional de Investigadores, y de 12 salarios mínimos mensuales cuando pertenezcan al Sistema Nacional de Investigadores; y f) A la Categoría de Profesor de Carrera Titular “C" se otorguen como estímulo por productividad docente, 12 salarios mínimos mensuales cuando no pertenezcan al Sistema Nacional de Investigadores, y de 13 salarios mínimos mensuales cuando pertenezcan al Sistema Nacional de Investigadores; Tercero.- Autorizar que los estímulos económicos por productividad científica que se señalan en el punto Segundo, incisos del a) al f), del presente Acuerdo, sean extensivos a los Profesores de Carrera con plaza de base y de confianza, hasta el nivel de Jefe de División inclusive; y Cuarto.- Autorizar la diferencia que impacta presupuestalmente el ejercicio 2007 del orden de $6’027,292.80 (Seis millones veintisiete mil doscientos noventa y dos pesos 80/100 M. N.) para la homologación de estímulos a la docencia destacada de 76 Profesores de Carrera que califican para recibir dichos estímulos para el año 2007, conforme a lo autorizado por este Cuerpo Colegiado en el presente Acuerdo, y con base en la propuesta que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas con oficio 1292 del 17 de julio de 2006".
  • S/N / Se autoriza se otorgue un descuento equivalente al 95% en el pago de las cuotas de recuperación por concepto de hospedaje y de uso de instalaciones del Centro Vacacional IMSS-Oaxtepec, a los participantes de los “34 Juegos Deportivos Nacionales de los Trabajadores".
    '331/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 208 fracción I, 209, 210 fracciones IV y VII, 210 A último párrafo, 251 fracciones I, II, IV, XIII y XXXVII, 263, 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III, XI, XXV y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme a la solicitud contenida en oficio 1406 del 14 de julio de 2006, de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, Acuerda: Único.- Autorizar a la Dirección General, para que por conducto de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, se otorgue un descuento equivalente al 95 (noventa y cinco) por ciento en el pago de las cuotas de recuperación por concepto de hospedaje y de uso de instalaciones del Centro Vacacional IMSS-Oaxtepec, a los aproximadamente 1800 participantes en la etapa final de los “34 Juegos Deportivos Nacionales de los Trabajadores", organizados por el Instituto del Deporte de los Trabajadores del Congreso del Trabajo, durante el período comprendido del 30 de septiembre al 6 de octubre de 2006".
  • S/N / Se difiere la resolución para otorgar un donativo a la Fundación John Langdon Down, A.C.
    '332/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, Acuerda: Primero.- Diferir la resolución de la solicitud de autorización para que el Instituto otorgue un donativo por la cantidad de $3’500,000.00 en favor de la Fundación John Langdon Down, A.C., que presenta la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales con oficio 1449 del 18 de julio de 2006. Segundo.- La Dirección mencionada deberá someter a la consideración de este propio Cuerpo Colegiado, en una próxima sesión con mayores elementos de información dicha solicitud".
  • S/N / Se autoriza aceptar la donación pura, simple y a título gratuito, ofrecida por el artista Leonardo Nierman Mendelejis, de la escultura denominada “Ángel", con la finalidad de que sea incorporada al acervo cultural del IMSS.
    '333/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y XXXVII, 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, 182 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y el numeral 7.1.11, último párrafo, de la Norma de Disposiciones Presupuestarias del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General, para que por conducto del Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales de este Instituto, a que se refiere su oficio 1448 del 18 de julio de 2006, acepte la donación pura, simple y a título gratuito, ofrecida por el artista Leonardo Nierman Mendelejis, de la escultura denominada “Ángel", con un valor aproximado de $1’250,000.00 (un millón doscientos cincuenta mil pesos), con la finalidad de que sea incorporada al acervo cultural del Instituto Mexicano del Seguro Social. Segundo.- Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas, a fin de que considere, para efectos contables, el valor del bien objeto de la donación. Tercero.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, para que en coordinación con la Dirección Jurídica, se cumpla con todos los requisitos legales en los trámites de formalización de esta operación, atendiendo lo dispuesto por los ordenamientos legales aplicables en la materia. Los gastos y honorarios que se generen con motivo de esta donación serán por cuenta del Instituto, y los impuestos y derechos correspondientes, por quien la Ley determine".
  • S/N / Aprobación de los "Manual de Organización Delegacional de la Jefatura de Servicios Administrativos" y “Manual de Organización Delegacional de la Coordinación de Calidad y Normatividad".
    '334/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 264 fracciones XIV y XVII, y 268 fracciones IX y XII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones XXIV y XXVII, y 71 fracciones VI y X del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: ÚNICO.- Aprobar en sus términos los documentos “Manual de Organización Delegacional de la Jefatura de Servicios Administrativos" y “Manual de Organización Delegacional de la Coordinación de Calidad y Normatividad", anexos al oficio 09 52 17 7000/0736, de fecha 10 de julio de 2006 de la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización".
  • S/N / Modificar la percepción mensual bruta del contrato por honorarios que se tiene celebrado con la C. Aurora Isabel Pérez Gómez; asimismo, para contratar por honorarios al C. Roberto Soto Ibarra, del 1 de agosto al 31 de diciembre de 2006, respectivamente.
    '335/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, y de conformidad con lo establecido en el “Procedimiento para la Contratación de Servicios Profesionales o Especiales bajo el Régimen de Honorarios", aprobado mediante Acuerdo 679/2002, de fecha 16 de diciembre de 2002, de este propio Consejo Técnico, y a petición de la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, autoriza a la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización, para modificar la percepción mensual bruta a que se refiere el contrato por honorarios que se tiene celebrado con la C. Aurora Isabel Pérez Gómez; asimismo, para efectuar la contratación bajo el régimen de honorarios del C. Roberto Soto Ibarra, del 1 de agosto al 31 de diciembre de 2006, respectivamente. Lo anterior, en términos de la solicitud contenida en oficio 759 del 19 de julio de 2006 de la propia Dirección de Desarrollo de Personal y Organización".
  • S/N / Se autoriza se ratifique la gestión oficiosa llevada a cabo por el entonces Titular de la Delegación Regional en Tamaulipas, con motivo de la aceptación de la donación que realizó el R. Ayuntamiento de Ciudad Victoria, Tamaulipas a favor de este Instituto de un inmueble para destinarlo a la construcción de una UMF.
    '336/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y VI, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Autorizar al C. Director General para que, por sí o por medio de la persona que él designe, ratifique la gestión oficiosa llevada a cabo por el entonces Titular de la Delegación Regional en Tamaulipas, con motivo de la aceptación de la donación que realizó el R. Ayuntamiento de Ciudad Victoria, Tamaulipas en favor de este Instituto, del inmueble ubicado en calle Michoacán esquina con calle Océano Pacífico No. 305, Fraccionamiento San Luisito, en el Municipio y Entidad mencionados, con superficie de 7,048.89 m2, para destinarlo a la construcción de una Unidad de Medicina Familiar, cuyas medidas y colindancias, de conformidad con el avalúo que más adelante se detalla, son las siguientes: Al Norte: en 51.80 metros, con Jardín de Niños; Al Sur: En 87.00 metros, con Avenida Michoacán; Al Oriente: En 114.14 metros, con Propiedad Privada y, Al Poniente: En 97.56 metros, con Calle Océano Pacífico. Segundo.- Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas, a fin de considerar como valor del inmueble para efectos contables la cantidad de $2’079,422.55 (DOS MILLONES SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTIDÓS PESOS 55/100 M.N.) con base en el Avalúo No. 05 0648, Secuencial G-4697-A-MTY, de fecha 26 de agosto de 2005, emitido por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN). Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que en los trámites de formalización de la operación se cumpla con lo previsto en la Ley General de Bienes Nacionales y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Los gastos y honorarios que se generen por la presente operación, serán por cuenta del Instituto".
  • S/N / Se autoriza se ratifique la gestión oficiosa llevada a cabo por el entonces Titular de la Delegación Estatal en Chiapas, con motivo de la compraventa que realizó con la C. María del Carmen Nelly Riveroll Rojas y/o María del Carmen Nelly Riveroll viuda de Vera, por la que el Instituto adquiere la propiedad del predio rústico denominado “Fracción las Palmeras". En el estado de Chiapas, para destinarlo a la construcción de la UMF. No. 43.
    '337/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y VI, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Autorizar al C. Director General para que, por sí o por medio de la persona que él designe, ratifique la gestión oficiosa llevada a cabo por el entonces Titular de la Delegación Estatal en Chiapas, con motivo de la compraventa que realizó con la C. María del Carmen Nelly Riveroll Rojas y/o María del Carmen Nelly Riveroll viuda de Vera, por la que este Instituto adquiere la propiedad del predio rústico denominado “Fracción las Palmeras", ubicado actualmente en el Boulevard Zaragoza Prolongación sin número, Colonia Centro, en el Municipio de Pichucalco, Estado de Chiapas, con superficie de 1,389.95 m2, para destinarlo a la construcción de la Unidad de Medicina Familiar No. 43, cuyas medidas y colindancias, de conformidad con el título de propiedad en favor de este Instituto, consistente en la Escritura Pública No. 3,433 de fecha 28 de noviembre de 2002, son las siguientes: Al Norte: En 47.59 metros, en línea quebrada en tres tramos de 15.77, 28.82 y 3.00 metros con el señor Flavio Alvarado Méndez; Al Sur: En 47.62 metros, en línea quebrada en dos tramos de 13.75 y 33.87 metros, con el resto del terreno segregado propiedad de la señora María del Carmen Nelly Riveroll Rojas y/o María del Carmen Nelly Riveroll viuda de Vera; Al Oriente: En 39.25 metros, con Boulevard Zaragoza Prolongación y, Al Poniente: En 37.10 metros, con el resto del terreno segregado propiedad de la señora María del Carmen Nelly Riveroll Rojas y/o María del Carmen Nelly Riveroll viuda de Vera. Segundo.- Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas, a fin de considerar como valor del inmueble para efectos contables la cantidad de $372,854.09 (TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS 09/100 M.N.) con base en el dictamen No. 02 1699-VSA, Secuencial G-7378-A-VSA, de fecha 31 de julio de 2002, emitido por la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales (CABIN), actualmente Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN). Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que en los trámites de formalización de la operación se cumpla con lo previsto en la Ley General de Bienes Nacionales y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Los gastos y honorarios que se generen por la presente operación, serán por cuenta del Instituto".
  • S/N / Designación de representante suplente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Jalisco. (CONCAMIN)
    '338/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la designación comunicada por el licenciado León Halkin Bider, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), en favor del licenciado Jesús Camacho Cazares, como representante suplente en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Jalisco. Esta designación se hace en sustitución del licenciado Alfonso Nuño Rodríguez, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 300/96 del 21 de agosto de 1996, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Campeche. (CONCANACO)
    '339/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de las designaciones comunicadas por el ingeniero Luis Antonio Mahbub Sarquis, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), en favor del señor Marco Antonio Ramayo Cervantes y la contadora pública Iliana del Pilar Huchín Solís, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Campeche. Estas designaciones se hacen en sustitución de la licenciada Beatriz del Carmen Mena Pacheco y del propio señor Marco Antonio Ramayo Cervantes, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo 383/2005 del 26 de septiembre de 2005, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Informe de Actividades de la Comisión de Inversiones Financieras, correspondiente al mes de mayo de 2006.
    '340/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, 3 fracción XI, 4 y 7 fracción VIII del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social y en los numerales 1.7.6 y 1.8 último párrafo de los Lineamientos Operativos del Consejo Técnico, ACUERDA: Único.- Tomar conocimiento de la gestión de la Comisión de Inversiones Financieras, correspondiente al mes de mayo de 2006, la cual se detalla en el informe de actividades aprobado por la propia Comisión mediante Acuerdo 8-283/06 tomado en la sesión celebrada el 14 de junio de 2006, que presenta la Dirección de Inversiones Financieras con su oficio 578, de fecha 16 de junio de 2006".
  • S/N / Informe de Actividades de la Comisión de Inversiones Financieras, correspondiente al mes de junio de 2006.
    '341/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, 3 fracción XI, 4 y 7 fracción VIII del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social y en los numerales 1.7.6 y 1.8 último párrafo de los Lineamientos Operativos del Consejo Técnico, ACUERDA: Único.- Tomar conocimiento de la gestión de la Comisión de Inversiones Financieras, correspondiente al mes de junio de 2006, la cual se detalla en el informe de actividades aprobado por la propia Comisión mediante Acuerdo 9-286/06 tomado en la sesión celebrada el 5 de julio de 2006, que presenta la Dirección de Inversiones Financieras con su oficio 646, de fecha 10 de julio de 2006".
  • S/N / Informe de los Rendimientos Producto de las Operaciones de Inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuentas 1, 2A y 2B del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, correspondiente al mes de mayo de 2006.
    '342/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones III y XXXVII, 263, 264 fracciones I, III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones I, III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Tomar nota del informe de las operaciones y rendimientos obtenidos por la inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuentas 1, 2A y 2B del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, correspondiente al mes de mayo de 2006, que la Comisión de Inversiones Financieras por conducto de la Dirección de Inversiones Financieras, presenta a este Consejo Técnico, en su oficio 591 del 15 de junio de 2006, en cumplimiento a los Artículos 3 fracción XI y 28 del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social y al Artículo 73 B fracción VII del Reglamento de Organización Interna del propio Instituto, el cual detalla el proceso integral de inversión, con cifras al cierre del citado mes que presenta la información siguiente: la posición de los recursos en inversión (incluyendo dólares y euros valuados al tipo de cambio del cierre del mes); provisiones de intereses devengados no cobrados al cierre de mes; los montos promedio de inversión (incluyendo la posición promedio en dólares y euros valuados al tipo de cambio del cierre de mes); fondeos; los rendimientos devengados del portafolio de inversión durante el mes que se informa y acumulados en el año (incluyendo los rendimientos en dólares y euros acumulados durante el mes, los cuales fueron valuados al tipo de cambio del cierre del mes, excluyéndose la provisión contable por revaluación de posiciones del principal en moneda extranjera); las tasas de interés, rendimientos devengados y cumplimiento de metas; la inversión en moneda extranjera; la estructura del portafolio por tipo de instrumento; los indicadores de valor en riesgo (VaR) de mercado y crediticio; los indicadores de sensibilidad; inversión en instrumentos estructurados; inversión en notas referenciadas a índices; y el control de operaciones en cuanto a asignaciones, títulos y transaccionalidad; asimismo se incluye la siguiente información: acumulación de las Reservas Financieras y Actuariales, la General Financiera y Actuarial y del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual de 1997 a mayo de 2006; comportamiento del VaR en los últimos 12 meses; comportamiento de la Duración Modificada en los últimos 12 meses; evolución de las Reservas Financieras y del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, de enero de 1996 a mayo de 2006. Segundo.- Tomar nota de los favorables resultados obtenidos durante el mes de mayo de 2006 en las operaciones de inversión, concluyendo que se alcanzaron en apego de las políticas y estrategias prudentes y conservadoras. Tercero.- Tomar nota de las estrategias de inversión prudentes y conservadoras aprobadas por la Comisión de Inversiones Financieras, que considerando el escenario actual y las expectativas económicas y financieras, consisten en: a) Aplicar criterios de prudencia, seguridad, rendimiento, liquidez y diversificación del riesgo, transparencia y respeto a las sanas prácticas y usos del mercado en la inversión de los portafolios institucionales (Reservas Operativas, Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento, Reservas Financieras y Actuariales, Reserva General Financiera y Actuarial y del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual), mismos que se definen como la canasta o un grupo de instrumentos que presenta, en forma global y acumulada, un perfil de riesgo-rendimiento que responde a los objetivos y a la tolerancia de riesgo fijados por el Órgano de Gobierno, y cuyo rendimiento se evalúa en el mediano plazo; b) Mantener las inversiones hasta su vencimiento; c) Incrementar gradualmente la participación en inversiones de deuda corporativa de alta calidad crediticia; d) Continuar la inversión en instrumentos estructurados a partir de nuevos esquemas y subyacentes, considerando el límite actual de 3% del portafolio global para las operaciones vigentes; e) El mecanismo de evaluación de los rendimientos para estas inversiones será en forma global acumulada en períodos móviles de 36 meses, con lo que se suavizan los efectos de la volatilidad de las tasas y tipos de cambio en diferentes condiciones de mercado; f) Realizar inversiones escalonadas a corto y mediano plazo (con tasas revisables de hasta 182 días) aprovechando las oportunidades de mercado; g) Como medida de diversificación del riesgo sistémico de mediano y largo plazo, a partir de la posición actual en monedas extranjeras, gradualmente incrementarla e invertir en instrumentos de deuda de alta calidad crediticia internacional considerando el límite autorizado del 30% respecto a las Reservas Financieras y Actuariales, la Reserva General Financiera y Actuarial y del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, en los horizontes de inversión establecidos; h) Analizar alternativas de inversión y los más adecuados instrumentos, mecanismos e instituciones financieras internacionales de alta calidad crediticia, para la inversión en notas estructuradas o esquemas de inversión que consideren como subyacente índices de instrumentos de deuda y gubernamentales cotizados en los mercados internacionales, o en bonos o certificados de depósito de alta calidad crediticia que coadyuven a la maximización de la relación riesgo-rendimiento en el mediano y largo plazo; i) Buscar una amplia diversificación en monedas, instrumentos, emisores, mercados, tasas y referencias; j) Mantener, y en su caso, ampliar las inversiones en tasa real y referenciadas a TIIE y CETES para aprovechar las oportunidades de mercado; k) Realizar las compras e inversiones en dólares para proveer la cobertura cambiaria a los pasivos en esta divisa por compra de materiales y equipo según las solicitudes correspondientes de la Dirección de Planeación y Finanzas y; l) Continuar participando en las subastas semanales de instrumentos gubernamentales, de papel comercial o de certificados bursátiles. Cuarto.- Toma nota de las inversiones efectuadas durante mayo de 2006 en notas referenciadas a índices de emisiones soberanas de Estados Unidos y Europa, las cuales fueron aprobadas por la Comisión de Inversiones Financieras mediante acuerdos 8-270/06, 2-272/06, 2-274/06 y 2-278/06".
  • S/N / Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de mayo de 2006.
    '343/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de mayo de 2006, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9. y 2.5.4 f), de los “Lineamientos Operativos del Consejo Técnico", aprobados por este Órgano de Gobierno en la sesión extraordinaria del 25 de abril de 2002 y por la XC Asamblea General Ordinaria del IMSS del 29 de abril de 2002, que presenta la Secretaría General del Instituto con oficio del 14 de julio de 2006".
  • S/N / Informe de las Dispensas de Trámite Administrativo otorgadas en su totalidad por la Dirección de Prestaciones Médicas, conforme a lo solicitado por los integrantes del HCT, correspondiente al segundo trimestre de 2006.
    '344/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe de las Dispensas de Trámite Administrativo otorgadas en su totalidad por la Dirección de Prestaciones Médicas, conforme a lo solicitado por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, correspondiente al segundo trimestre de 2006, que presenta la Dirección mencionada con oficio 1225 del 3 de julio de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el punto Noveno de su Acuerdo 656/2002 del 16 de diciembre de 2002".
  • S/N / Avance al mes de junio de 2006, del programa de actualización normativa de los procedimientos de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales.
    '345/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 de la Ley del Seguro Social, y 77 fracciones I, VI y X del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, acuerda: ÚNICO.- Tomar nota del avance al mes de junio de 2006, del programa de actualización normativa de los procedimientos de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales (Manual de Procedimientos para el Trámite, Pago y Control de Subsidios, Ayudas de Funeral y Matrimonio en Unidades de Medicina Familiar), en cumplimiento a lo señalado en el punto SEGUNDO del Acuerdo 173/2005 emitido por este Cuerpo Colegiado, el pasado 20 de abril de 2005, que mediante oficio 1312 del 4 de julio de 2006, presenta la Dirección mencionada".
  • S/N / “Estados Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social", correspondiente al mes de abril de 2006.
    '346/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones II y XIV de la Ley del Seguro Social, toma nota del reporte acumulado de los resultados de los “Estados Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social", correspondientes al mes de abril de 2006, presentados por la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 1493, de fecha 26 de junio de 2006".
  • S/N / “Estados Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social", correspondiente al mes de mayo de 2006.
    '347/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones II y XIV de la Ley del Seguro Social, toma nota del reporte acumulado de los resultados de los “Estados Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social", correspondientes al mes de mayo de 2006, presentados por la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 1658, de fecha 17 de julio de 2006".
  • S/N / Informe sobre el desglose de la disposición, amortización y saldos correspondientes a los créditos suscritos en las líneas contratadas con Instituciones Financieras para negociar Cartas de Crédito en dólares, del primer semestre de 2006.
    '348/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el desglose de la disposición, amortización y saldos correspondientes a los créditos suscritos en las líneas contratadas con Instituciones Financieras para negociar Cartas de Crédito en dólares, del primer semestre de 2006, que presenta la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 1630 del 14 de julio de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el punto II de su Acuerdo 151/2000, de fecha 15 de marzo de 2000".
  • S/N / “Reporte de Avance. Segundo Trimestre de 2006" del “Plan del Instituto Mexicano del Seguro Social, PEIMSS 2006".
    '349/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, aprueba el “Reporte de Avance. Segundo Trimestre de 2006" del “Plan del Instituto Mexicano del Seguro Social, PEIMSS 2006", presentado por la Dirección General por conducto de la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 1646 sin fecha, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el inciso b) de su Acuerdo 214/2006 del 26 de abril de 2006, el cual da seguimiento a los objetivos, iniciativas e indicadores determinados por cada Área Normativa, como parte del Sistema de Planeación Institucional. El detalle del Reporte de Avance, se integra de dos anexos: 1) Los resultados alcanzados durante el periodo abril-junio de 2006 a través del sistema de semáforos para cada una de las Áreas Normativas, por enfoque estratégico y perspectiva; y 2) El seguimiento del “Sistema de planeación, programación, presupuestación, medición del desempeño y obtención de resultados 2006".
  • S/N / Informe relativo a la celebración de convenios de Suspensión Temporal, Parcial y de Reprogramación a los Programas de Ejecución de los Contratos de Obra Pública, celebrado con la empresa Construcciones y Promociones RU, S.A. de C.V., suscrito durante el cuarto trimestre de 2005.
    '350/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe relativo a la celebración de convenios de Suspensión Temporal, Parcial y de Reprogramación a los Programas de Ejecución de los Contratos de Obra Pública, celebrado con la empresa Construcciones y Promociones RU, S.A. de C.V., correspondiente a la reestructuración y remodelación de la Unidad de Medicina Familiar No. 15 en Santiago de Querétaro, Qro., suscrito durante el cuarto trimestre de 2005, que presenta la Dirección de Administración y Calidad con oficio 1220 del 10 de julio de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por los señores consejeros en el punto II de su Acuerdo 249/2002, tomado en la sesión del 22 de mayo de 2002".
  • S/N / Informe de la Situación Presupuestaria y Evolución de la Ocupación de los Servicios de Personal en el IMSS, al mes de abril de 2006.
    '351/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del “Informe de la Situación Presupuestaria y Evolución de la Ocupación de los Servicios de Personal en el Instituto Mexicano del Seguro Social, al mes de abril de 2006", que presenta la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización con oficio 663 del 22 de junio de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el punto II de su Acuerdo 189/90 de fecha 4 de abril de 1990".
  • S/N / Informe de las Contrataciones de Servicios Profesionales conforme al “Procedimiento para la Contratación de Servicios Profesionales o Especiales bajo el Régimen de Honorarios", correspondiente al primer semestre de 2006.
    '352/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe de las Contrataciones de Servicios Profesionales conforme al “Procedimiento para la Contratación de Servicios Profesionales o Especiales bajo el Régimen de Honorarios", correspondiente al primer semestre de 2006, que presenta la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización con oficios 760 y 771 del 19 y 26 de julio de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el punto II de su Acuerdo 25/2002, de fecha 23 de enero de 2002".
  • S/N / Informe sobre los juicios de amparo interpuestos en contra del Decreto por el que se reforman y adicionan los Artículos 277 D y 286 K de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2004, actualizado al 12 de julio de 2006.
    '353/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Tomar nota del Informe sobre los juicios de amparo interpuestos en contra del Decreto por el que se reforman y adicionan los Artículos 277 D y 286 K de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2004, actualizado al 12 de julio de 2006, que presenta la Dirección Jurídica de este Instituto con oficio 470 del 17 de julio de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 500/2004, de fecha 20 de octubre de 2004".
  • S/N / Informe de juicios concluidos en el período comprendido de enero a junio de 2006, en relación al estudio denominado “Conveniencia para Concluir Litigios, sin agotar todos los Procedimientos Jurisdiccionales".
    '354/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Tomar nota del Informe de juicios concluidos en el período comprendido de enero a junio de 2006, en relación al estudio denominado “Conveniencia para Concluir Litigios, sin agotar todos los Procedimientos Jurisdiccionales", que presenta la Dirección Jurídica con oficio 472, de fecha 17 de julio de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el punto Cuarto de su Acuerdo 280/2004, de fecha 23 de junio de 2004".
  • S/N / Informe Cuantitativo y Cualitativo de los Juicios Laborales, correspondiente al segundo trimestre de 2006.
    '355/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, acuerda: Único.- Tomar nota del Informe Cuantitativo y Cualitativo de los Juicios Laborales, correspondiente al segundo trimestre de 2006, que presenta la Dirección Jurídica con oficio 476 del 17 de julio de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en sus Acuerdos 147/92 y 398/97, de fechas 22 de abril de 1992 y 20 de agosto de 1997, respectivamente".
  • S/N / Ratificación y designación de representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Regional Veracruz Norte. (GOBIERNO)
    '356/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la ratificación y designación comunicadas por el licenciado Fidel Herrera Beltrán, Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz, en favor de los doctores Jon Gurutz Rementería Sempé y Gloria Mendoza Ruiz, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Regional en Veracruz Norte. La ratificación anterior surtirá sus efectos a partir del 26 de julio de 2006, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente. La designación se hace en sustitución del doctor Pedro Rafael Tovar Portela, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 50/2005 del 23 de febrero de 2005, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual también deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Ratificación y designación de representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Regional Veracruz Sur. (GOBIERNO)
    '357/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la ratificación y designación comunicadas por el licenciado Fidel Herrera Beltrán, Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz, en favor de los doctores Jon Gurutz Rementería Sempé y Hugo Zárate Amezcua, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Regional en Veracruz Sur. La ratificación anterior surtirá sus efectos a partir del 26 de julio de 2006, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente. La designación se hace en sustitución del doctor Héctor Merlín Castro, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 181/2005 del 20 de abril de 2005, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual también deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Se autoriza al Director General para que suscriba un contrato con el despacho Gómez Espiñeira, S.C., relativo a la prestación de servicios de auditoría externa, para dictaminar los estados financieros del FOFOE, del 1 de enero al 31 de agosto de 2006 (transición gubernamental) y del 1 de enero al 31 de diciembre de 2006.
    '358/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracción IV, 263, 264 fracciones XIV y XVII, y 277 F de la Ley del Seguro Social, 37 fracción X de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 36 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Autorizar al Director General para que suscriba un contrato con el despacho Gómez Espiñeira, S.C., relativo a la prestación de servicios de auditoría externa, para dictaminar los estados financieros del Fondo de Fomento a la Educación (FOFOE), con dos cortes: del 1 de enero al 31 de agosto de 2006 (transición gubernamental) y del 1 de enero al 31 de diciembre de 2006, en el entendido de que los compromisos excedentes no cubiertos dentro del ejercicio en el que se suscriba, quedarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria del siguiente ejercicio. Segundo.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas para que en coordinación con la Dirección de Administración y Calidad, dentro del ámbito de sus facultades, lleve a cabo el procedimiento de adjudicación en términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Tercero.- Que el Fondo de Fomento a la Educación (FOFOE) haga llegar a este Cuerpo Colegiado, los resultados obtenidos de dicha auditoría".
  • S/N / Se autoriza al Director General para que suscriba un contrato con el despacho Gómez Espiñeira, S.C., relativo a la prestación de servicios de auditoría externa, para dictaminar los estados financieros del FOFOI, del 1 de enero al 31 de agosto de 2006 (transición gubernamental) y del 1 de enero al 31 de diciembre de 2006.
    '359/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracción IV, 263, 264 fracciones XIV y XVII, y 277 F de la Ley del Seguro Social, 37 fracción X de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 36 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Autorizar al Director General para que suscriba un contrato con el despacho Gómez Espiñeira, S.C., relativo a la prestación de servicios de auditoría externa, para dictaminar los estados financieros del Fondo para el Fomento de la Investigación Médica (FOFOI), con dos cortes: del 1 de enero al 31 de agosto de 2006 (transición gubernamental) y del 1 de enero al 31 de diciembre de 2006, en el entendido de que los compromisos excedentes no cubiertos dentro del ejercicio en el que se suscriban, quedarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria del siguiente ejercicio. Segundo.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas para que en coordinación con la Dirección de Administración y Calidad, dentro del ámbito de sus facultades, lleve a cabo el procedimiento de adjudicación en términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Tercero.- Que el Fondo para el Fomento de la Investigación Médica haga llegar a este Cuerpo Colegiado, los resultados obtenidos de dicha auditoría".
  • S/N / Se autoriza a la Dirección General, para que se otorguen las facilidades necesarias por concepto de hospedaje, alimentación y del uso de instalaciones del Centro Vacacional IMSS-Metepec, a los integrantes de la CNC.
    '360/2006 / 26 de Julio de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Autorizar a la Dirección General, para que se otorguen las facilidades necesarias a la Confederación Nacional Campesina, en relación con los conceptos de hospedaje, alimentación y del uso de instalaciones del Centro Vacacional IMSS-Metepec, a los integrantes de dicha Confederación, en la reunión que se llevará a cabo con éstos, en fecha próxima, a fin de promover la afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social de los trabajadores del campo".
  • S/N / Se fijan las 17:00 hrs. del día 30 de agosto de 2006, para la celebración de la próxima sesión ordinaria del HCT.
    '361/2006 / 26 de Julio de 2006
    Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las 17:00 horas del día 30 de agosto del año 2006.
  • S/N / Presentación del Director General del IMSS, del 21 de agosto de 2006: Avances y Logros (2001-2006); Retos y Oportunidades; Una tarea de todos; y “Monitoreo de Surtimiento de Medicamentos", con Resultados al mes de julio de 2006
    '362/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, toma nota de la entrega a los señores consejeros de los documentos: Presentación del Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, del 21 de agosto de 2006, que contiene información relativa a: Avances y Logros (2001-2006); Retos y Oportunidades; Una tarea de todos, así como del “Monitoreo de Surtimiento de Medicamentos" (Unidades Médicas de Primer y Segundo nivel; y Unidades Médicas de Alta Especialidad), con Resultados al mes de julio de 2006".
  • S/N / Adecuaciones al Presupuesto de Inversión Física 2006-2007 del IMSS.
    '363/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 264 fracciones I, II, III y VI, 270, 272, 274, 275, 276, 277 G y 277 F de la Ley del Seguro Social, aprueba las Adecuaciones al Presupuesto de Inversión Física 2006-2007 del Instituto Mexicano del Seguro Social, presentado por la Dirección General, a través de la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 1876 del 15 de agosto de 2006, el cual se detalla en el Anexo 1 y 2. a) Se aprueba el Programa de Inversión Física para 2006-2007, contenido en la sección referente a la fracción XII del Artículo 275 de la Ley del Seguro Social. b) Se aprueban en términos del Artículo 277 F de la Ley del Seguro Social los 371 proyectos multianuales. c) Se aprueba el Presupuesto de Inversiones 2006 del Programa IMSS Oportunidades sujeto a que se cumpla la normatividad aplicable en la materia, en la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y en la Ley del Seguro Social. d) Se aprueba se comunique el Presupuesto de Inversiones 2006 del Programa IMSS Oportunidades a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público".
  • S/N / “Octava Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el Ejercicio Fiscal 2006".
    '364/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 264, 272, 274 y 286 B de la Ley del Seguro Social, y las fracciones correlativas del Artículo 31 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, aprueba la “Octava Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el Ejercicio Fiscal 2006", que propone la Dirección General, a través del documento presentado por la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 1927 del 21 de agosto de 2006, con las siguientes consideraciones: a) Se aprueba modificar el calendario autorizado por este Consejo Técnico mediante Acuerdo 15/2006 del 25 de enero de 2006, para la incorporación de las Reservas Operativas al gasto institucional. b) Se toma nota de que no se modifica la meta establecida para la acumulación de las reservas financieras y actuariales y el fondo laboral autorizada el 14 de diciembre de 2005 en el Acuerdo 557/2005. c) Se toma nota de que únicamente se está modificando la afectación a las reservas operativas que se había aprobado según Acuerdo 326/2006 del 26 de julio de 2006. d) Se toma nota del impacto a mediano y largo plazo que tendrán las medidas aprobadas. e) Se aprueban los calendarios mensual y trimestral del presupuesto modificado de flujo de efectivo del Instituto, contenidos en el documento que se aprueba. f) Se aprueba el incremento al techo de gasto por $2,500 millones, monto que será aplicado para apoyar el Capítulo de Servicios de Personal, por $2,500 millones, provenientes de las Reservas Operativas. Adicionalmente, se traspasan de manera compensada $1,030 millones, provenientes de la disminución al Capítulo de Inversión Física, autorizada el 26 de julio del presente año mediante Acuerdo 328/2006, incorporándose al Capítulo de Prestaciones Económicas $70 millones, para Pensiones Temporales, y $960 millones para Sumas Aseguradas. g) Se considera que el incremento de $2,500 millones se apega a la política de ingreso-gasto de la Administración Pública Federal. De conformidad con las facultades conferidas en la Ley del Seguro Social a este Cuerpo Colegiado, de ser el caso, se incrementaría posteriormente el Presupuesto 2006 hasta los $21,072 millones de superávit primario presupuestado originalmente después de reservas, en los términos de los Artículos 274 y 286 B de la Ley del Seguro Social, quedando por lo tanto pendientes de transferir $2,500 millones. h) Se instruye a la Dirección General para que a través de la Dirección de Planeación y Finanzas, se envíe a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el documento que se aprueba, para su conocimiento".
  • S/N / “Propuestas de Adecuación al Presupuesto 2006 aprobado del Instituto Mexicano del Seguro Social".
    '365/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263, 264 fracciones I, II, III y VI, 270, 272, 274, 276 y 277 F de la Ley del Seguro Social y las fracciones correlativas del Artículo 31 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, aprueba el documento denominado “Propuestas de Adecuación al Presupuesto 2006 aprobado del Instituto Mexicano del Seguro Social", que presenta la Dirección General a través de la normativa de Planeación y Finanzas con oficio 1939 del 22 de agosto de 2006, con las siguientes consideraciones: a) Se aprueban las adecuaciones al presupuesto 2006 aprobado en términos de flujo de efectivo y devengado, contenidas en las tablas 1 y 2 de la sección II del documento, así como su impacto en los calendarios respectivos. b) Se considera que este octavo incremento se apega a la política de ingreso-gasto de la Administración Pública Federal. c) Se aprueba la modificación del calendario de gasto autorizado por este Consejo Técnico, mediante Acuerdo 14/2006 del 25 de enero de 2006 para la incorporación de las Reservas Operativas al gasto institucional. d) Se instruye a la Dirección General para que, a través de la Dirección de Planeación y Finanzas, envíe el documento que se aprueba al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento y efectos conducentes".
  • S/N / Solicitud para constituir una reserva estratégica del medicamento antiviral “Oseltamivir", en el IMSS.
    '366/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracción XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y con base en la sustentación presentada por la Dirección de Prestaciones Médicas con sus oficios 1636 y 1641 del 22 y 24 de agosto de 2006, respectivamente, y conforme a la resolución del Comité de Prestaciones Médicas de este Cuerpo Colegiado del día 15 de agosto de 2006, Acuerda: Primero.- Autorizar la creación de una reserva estratégica institucional de antivirales sugeridos por la Organización Mundial de la Salud, para asegurar que los servicios esenciales se mantengan funcionando, ante una eventual pandemia de influenza; así como dar respuesta inicial a los casos que se presenten; Segundo.- Autorizar a la Dirección de Administración y Calidad para que adquiera 151,196 dosis del medicamento Oseltamivir cápsulas de 75 miligramos, clave 4582, en presentación envase con 10 cápsulas, caducidad cuatro años; Tercero.- Autorizar que los antivirales adquiridos para constituir la reserva estratégica institucional, a que hacen referencia los puntos Primero y Segundo de este Acuerdo, sean guardados y custodiados en el Almacén Central de Programas Especiales y Red Fría del Instituto Mexicano del Seguro Social. Llegado el momento de su utilización, en caso de que se presente la pandemia por influenza aviar y se decida que la guarda y custodia queden bajo la autoridad de las fuerzas armadas, se deberán establecer los mecanismos correspondientes con la Secretaría de Salud y la propia Secretaría de la Defensa Nacional el sitio para su custodia. Asimismo, el traslado vigilado del medicamento quedará sujeto a lo que designe la autoridad competente. En caso de no presentarse la pandemia, el uso del medicamento será autorizado por el Director de Prestaciones Médicas del IMSS; Cuarto.- Autorizar que, ante la posibilidad de que no se presente la influenza pandémica en nuestro país, durante la vida útil de cuatro años del medicamento Oseltamivir que se adquiera, éste se utilice durante el año anterior a su caducidad en el tratamiento de pacientes con influenza estacional y que en cuanto al remanente que no sea posible aplicar, se proceda conforme a las disposiciones legales, reglamentarias y normativas aplicables; y Quinto.- Autorizar la Re-compra de manera inmediata del medicamento Oseltamivir para mantener la reserva estratégica institucional de antivirales, sin requerir la expedición de un nuevo Acuerdo de autorización de este propio Cuerpo Colegiado, cuando dicho medicamento se destine conforme a los supuestos previstos en el punto Cuarto de este Acuerdo".
  • S/N / Propuesta para Declarar las instalaciones médicas y no médicas del Instituto Mexicano del Seguro Social “Libres del Humo de Tabaco".
    '367/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, tomando en consideración el contenido del oficio 1636 del 22 de agosto de 2006 de la Dirección de Prestaciones Médicas, y conforme a la resolución del Comité de Prestaciones Médicas de este Cuerpo Colegiado del día 15 de agosto de 2006, Acuerda: PRIMERO.- Declarar a todas las instalaciones médicas y no médicas del Instituto Mexicano del Seguro Social “Libres del Humo de Tabaco", de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8, Protección contra la Exposición al Humo de Tabaco, del Convenio Marco para el Control del Tabaco, ratificado por el Senado de la República el 14 de abril de 2004, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de mayo de 2004. SEGUNDO.- Se instruye a los Titulares de los Órganos Superiores, Órganos Normativos, Órganos Colegiados, Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada y Órganos Operativos institucionales, para que de conformidad con lo dispuesto en el reglamento antes referido, se establezca la prohibición para fumar en el interior de las instalaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social y se vigile el cumplimiento de las disposiciones establecidas en “La política del IMSS libre de humo de tabaco". TERCERO.- Se instruye a la Dirección de Prestaciones Médicas, a la Dirección de Administración y Calidad, y a la Coordinación General de Comunicación Social, a elaborar un programa conjunto para la implementación de la política y el desarrollo de un programa de ayuda a trabajadores IMSS para dejar de fumar".
  • S/N / Designación del C.P. Jorge Río Pérez como Titular de la Delegación Estatal en Quintana Roo.
    '368/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y designa al contador público Jorge Río Pérez como Titular de la Delegación Estatal en Quintana Roo, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación se hace en sustitución del licenciado Mauricio Alberto Ituarte Hurtado, y surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Designación del Ing. Aníbal Méndez Cuevas como Titular de la Delegación Estado de México Oriente.
    '369/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y designa al ingeniero Aníbal Méndez Cuevas como Titular de la Delegación Estado de México Oriente, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación se hace en sustitución del doctor Fernando Coutiño Esquinca, y surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Designación del Lic. José Adalberto Castro Castro como Titular de la Delegación Estado de México Poniente.
    '370/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción IX del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y designa al licenciado José Adalberto Castro Castro como Titular de la Delegación Estado de México Poniente, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación se hace en sustitución del ingeniero Aníbal Méndez Cuevas, y surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Acuerdo cancelado en el acta.
    '371/2006 / 30 de Agosto de 2006
    Este acuerdo fue cancelado en libros.
  • S/N / Se autoriza al Director General para que por conducto del Director de la UMAE No. 14 del C.M.N. “Lic. Adolfo Ruiz Cortines", en Veracruz, Ver., acepte la donación pura, simple y a título gratuito, ofrecida por la empresa FABRIVEN, S.A. DE C.V.
    '372/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y XXVII, 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, 38 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como en el numeral 7.1.11 último párrafo de la Norma de Disposiciones Presupuestarias del Instituto Mexicano del Seguro Social y de conformidad con el Artículo 151 B fracción III del Reglamento de referencia, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que por conducto del Director de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades No. 14 del Centro Médico Nacional “Lic. Adolfo Ruiz Cortines" de este Instituto en la Ciudad Veracruz, Ver., acepte la donación pura, simple y a título gratuito, ofrecida por la empresa FABRIVEN, S.A. DE C.V., de los siguientes bienes: a) Un sistema de inversión de imágenes Biom III mecánico, invertidor de imagen, lentes precorneales, con un valor aproximado de $28,000.00 U.S.D. (veintiocho mil dólares americanos 00/100) más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.); b) Un equipo de ultrasonido modo A y B con impresora y traductores, con un valor aproximado de $29,000.00 U.S.D. (veintinueve mil dólares americanos 00/100) más I.V.A.; c) Una unidad de endolaser Eyelite de 532 mm, con un valor aproximado de $39,000.00 U.S.D. (treinta y nueve mil dólares americanos 00/100); con la finalidad de apoyar la capacidad resolutiva de los procesos quirúrgicos de vitrectomía y retina del Servicio de Oftalmología de esa UMAE. Segundo.- Instruir a la Dirección de Planeación y Finanzas, a fin de que se considere para efectos contables, el valor de los bienes objeto de la donación. Tercero.- Instruir a la Dirección de esa Unidad Médica a fin de que en coordinación con la Dirección Jurídica, se cumpla con todos los requisitos legales en los trámites de formalización de esta operación, atendiendo lo previsto en los Artículos 2332 al 2335 y 2344 del Código Civil Federal, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto en el Artículo 9 de la Ley del Seguro Social. Los gastos y honorarios que se generen por esta operación serán por cuenta del Instituto y, los impuestos y derechos por quien la Ley determine".
  • S/N / Informe del Esquema de Pago de Acreditamiento en Cuenta Bancaria y se ratifica la vigencia del “Procedimiento para el Pago a Pensionados del Régimen de Ley a través de Acreditamiento en Cuenta y Pago en Ventanilla Bancaria".
    '373/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones I, II, XIII y XXXVII, 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones XI y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Primero.- Tomar nota del Informe del Esquema de Pago de Acreditamiento en Cuenta Bancaria, elaborado por la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, anexo a su oficio 1680 del 21 de agosto de 2006. Segundo.- Ratificar la vigencia del “Procedimiento para el Pago a Pensionados del Régimen de Ley a través de Acreditamiento en Cuenta y Pago en Ventanilla Bancaria", aprobado por este Órgano de Gobierno mediante Acuerdo 23/2002, de fecha 13 de febrero de 2002".
  • S/N / Se autoriza al Director General para que por conducto del Director de Prestaciones Económicas y Sociales se otorgue un donativo, en favor de la Fundación John Langdon Down, A.C.
    '374/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones II, IV, XXXII y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 80 fracción II de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y el numeral 7.1.11, quinto párrafo de la Norma de Disposiciones Presupuestarias del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con el Artículo 184 fracción I del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General de este Instituto, para que por conducto del Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, otorgue un donativo a la Fundación John Langdon Down, A.C., por la cantidad de $2’400,000.00 (Dos Millones Cuatrocientos Mil Pesos 00/100 M.N.), condicionado a que previamente se realicen los trámites normativos que sean necesarios para la aprobación de dichos recursos presupuestarios, que serán destinados para la continuidad del noble objetivo que persigue la mencionada fundación. Segundo.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales para que en coordinación con la Dirección Jurídica, elabore el instrumento jurídico respectivo. Tercero.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, para que informe a este Órgano de Gobierno de los avances y resultados obtenidos con el otorgamiento del donativo".
  • S/N / Se modifica en lo conducente, el punto V del Acuerdo 275/88 y el diverso 437/90 dictados por el HCT.
    '375/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 facciones I y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme a la solicitud contenida en oficio 581 del 21 de agosto de 2006, de la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, Acuerda: ÚNICO.- Modificar en lo conducente, el punto V del Acuerdo 275/88 y el diverso 437/90 dictados por este propio Cuerpo Colegiado, de fechas 11 de mayo de 1988 y 8 de agosto de 1990, respectivamente, con la finalidad de suprimir la periodicidad con la que se debe rendir el informe sobre el desarrollo de las funciones operativas en materia de Clasificación y Determinación del Grado de Riesgo de las Empresas, a efecto de que dicho informe sea presentado a requerimiento de este Cuerpo Colegiado".
  • S/N / Modificaciones a la “Norma que Establece las Políticas, Bases y Lineamientos para la Planeación y Evaluación de los Proyectos de Inversión Física".
    '376/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 263, 264 fracciones I, II, III y VI, 270, 272 y 275 de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: ÚNICO.- Aprobar las modificaciones a la “Norma que Establece las Políticas, Bases y Lineamientos para la Planeación y Evaluación de los Proyectos de Inversión Física", que anexa al oficio 1786, de fecha 18 de julio de 2006 la Dirección de Planeación y Finanzas".
  • S/N / Adecuación presupuestal 2006 a la distribución por capítulo de gasto, al Programa IMSS- Oportunidades.
    '377/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263, 264 fracciones I, II, VI y XVII, 274 y 277 de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, y en términos de la solicitud que presenta la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 1940 del 22 de agosto de 2006, Acuerda: Autorizar a la Coordinación General del Programa IMSS-Oportunidades, la adecuación presupuestaria mediante la transferencia de 113.9 millones de pesos del presupuesto destinado al gasto corriente al de Inversión, con el objeto de que se cubra el déficit de equipamiento en las Delegaciones donde opera el Programa, así como para el financiamiento de los Programas de Capacitación y supervisión y el fortalecimiento de los Servicios de Neonatos, Unidad de Toco Cirugía y de Gineco-Obstetricia de los Hospitales Rurales del Programa IMSS-Oportunidades".
  • S/N / Modificar la percepción mensual bruta del contrato por honorarios que se tiene celebrado con la C. María del Carmen Villegas Márquez.
    '378/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, y de conformidad con lo establecido en el “Procedimiento para la Contratación de Servicios Profesionales o Especiales bajo el Régimen de Honorarios", aprobado mediante Acuerdo 679/2002, de fecha 16 de diciembre de 2002, de este propio Consejo Técnico, y a petición de la Dirección de Planeación y Finanzas, autoriza a la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización, para modificar la percepción mensual bruta a que se refiere el contrato por honorarios que se tiene celebrado con la C. María del Carmen Villegas Márquez, del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2006. Lo anterior, en términos de la solicitud contenida en oficio 851 del 21 de agosto de 2006, de la propia Dirección de Desarrollo de Personal y Organización".
  • S/N / Contratar, bajo el Régimen de Honorarios, a los CC. Beatriz Robles Linares y Arístides Prats Leal, por el período del 16 de agosto al 31 de diciembre de 2006.
    '379/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, y de conformidad con lo establecido en el “Procedimiento para la Contratación de Servicios Profesionales o Especiales bajo el Régimen de Honorarios", aprobado mediante Acuerdo 679/2002, de fecha 16 de diciembre de 2002 de este propio Consejo Técnico, y a petición de la Dirección de Planeación y Finanzas, autoriza a la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización, para efectuar la contratación bajo el régimen de honorarios, de los CC. Beatriz Robles Linares y Arístides Prats Leal, por el período del 16 de agosto al 31 de diciembre de 2006. Lo anterior, en términos de la solicitud contenida en oficio 852 del 21 de agosto de 2006 de la propia Dirección de Desarrollo de Personal y Organización".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades No. 2 “Lic. Luis Donaldo Colosio Murrieta", CMN Noroeste, Cd. Obregón, Son. (CONCAMIN)
    '380/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones VII y XXXVII, 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 3 y 142 A párrafo segundo del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de las designaciones comunicadas por el licenciado León Halkin Bider, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), en favor de los doctores Norberto Rivera Olvera e Ismael Perea Corral, como representantes propietario y suplente, respectivamente, del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades No. 2 “Lic. Luis Donaldo Colosio Murrieta", Centro Médico Nacional Noroeste, Cd. Obregón, Sonora. Estas designaciones surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designación y ratificación de representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Sinaloa. (GOBIERNO)
    '381/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la designación y ratificación comunicadas por el licenciado Jesús A. Aguilar Padilla, Gobernador Constitucional del Estado de Sinaloa, en favor de los señores Héctor Ponce Ramos y Saúl Pérez Parra, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en esa Entidad Federativa. La designación se hace en sustitución del doctor Ernesto Echeverría Aispuro, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 84/2005 del 23 de febrero de 2005, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente. La ratificación anterior surtirá sus efectos a partir del 30 de agosto de 2006, lo cual también deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Tabasco. (CONCANACO)
    '382/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de las designaciones comunicadas por el ingeniero Luis Antonio Mahbub Sarquis, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), en favor de los señores Carlos Arturo Rosario Pérez y licenciado en administración de empresas Juan Antonio Torres Báez, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Tabasco. Estas designaciones se hacen en sustitución de los señores contador público Ulises Hernández y del propio Carlos Arturo Rosario Pérez, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo 335/2004 del 23 de junio de 2004, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Designación de representante propietario, que hace la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Chihuahua. (CROC)
    '383/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la designación formulada por el señor Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), en favor de la señora Gloria Porras Valles, como representante propietario en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Chihuahua. Esta designación se hace en sustitución del señor José Luis Vidal Gómez, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 232/2004 del 19 de mayo de 2004, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Informe de los Rendimientos Producto de las Operaciones de Inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuentas 1, 2A y 2B del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, correspondiente al mes de junio de 2006.
    '384/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones III y XXXVII, 263, 264 fracciones I, III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones I, III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Tomar nota del Informe de las Operaciones y Rendimientos obtenidos por la Inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuentas 1, 2A y 2B del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, correspondiente al mes de junio de 2006, que la Comisión de Inversiones Financieras por conducto de la Dirección de Inversiones Financieras, presenta a este Consejo Técnico, en su oficio 657 del 13 de julio de 2006, en cumplimiento a los Artículos 3 fracción XI y 28 del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social y al Artículo 73 B fracción VII del Reglamento de Organización Interna del propio Instituto, el cual detalla el proceso integral de inversión, con cifras al cierre del citado mes que presenta la información siguiente: la posición de los recursos en inversión (incluyendo dólares y euros valuados al tipo de cambio del cierre del mes); provisiones de intereses devengados no cobrados al cierre de mes; los montos promedio de inversión (incluyendo la posición promedio en dólares y euros valuados al tipo de cambio del cierre de mes); traspasos durante junio de 2006; los rendimientos devengados del portafolio de inversión durante el mes que se informa y acumulados en el año (incluyendo los rendimientos en dólares y euros acumulados durante el mes, los cuales fueron valuados al tipo de cambio del cierre del mes, excluyéndose la provisión contable por revaluación de posiciones del principal en moneda extranjera); las tasas de interés, rendimientos devengados y cumplimiento de metas; la inversión en moneda extranjera; la estructura del portafolio por tipo de instrumento; los indicadores de valor en riesgo (VaR) de mercado y crediticio; los indicadores de sensibilidad; inversión en instrumentos estructurados; inversión en notas referenciadas a índices; y el control de operaciones en cuanto a asignaciones, títulos y transaccionalidad; asimismo se incluye la siguiente información: acumulación de las Reservas Financieras y Actuariales, la General Financiera y Actuarial y del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual de 1997 a junio de 2006; comportamiento del VaR en los últimos 12 meses; comportamiento de la Duración Modificada en los últimos 12 meses; evolución de las Reservas Financieras y del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, de enero de 1996 a junio de 2006. Segundo.- Tomar nota de los favorables resultados obtenidos durante el mes de junio de 2006 en las operaciones de inversión, concluyendo que se alcanzaron en apego de las políticas y estrategias prudentes y conservadoras. Tercero.- Tomar nota de las estrategias de inversión prudentes y conservadoras aprobadas por la Comisión de Inversiones Financieras, que considerando el escenario actual y las expectativas económicas y financieras, consisten en: a) Aplicar criterios de prudencia, seguridad, rendimiento, liquidez y diversificación del riesgo, transparencia y respeto a las sanas prácticas y usos del mercado en la inversión de los portafolios institucionales (Reservas Operativas, Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento, Reservas Financieras y Actuariales, Reserva General Financiera y Actuarial y del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual), mismos que se definen como la canasta o un grupo de instrumentos que presenta, en forma global y acumulada, un perfil de riesgo-rendimiento que responde a los objetivos y a la tolerancia de riesgo fijados por el órgano de gobierno, y cuyo rendimiento se evalúa en el mediano plazo; b) Mantener las inversiones hasta su vencimiento; c) Incrementar gradualmente la participación en inversiones de deuda corporativa de alta calidad crediticia; d) Continuar la inversión en instrumentos estructurados a partir de nuevos esquemas y subyacentes, considerando el límite actual de 3% del portafolio global para las operaciones vigentes. El mecanismo de evaluación de los rendimientos para estas inversiones será en forma global acumulada en períodos móviles de 36 meses, con lo que se suavizan los efectos de la volatilidad de las tasas y tipos de cambio en diferentes condiciones de mercado; e) Realizar inversiones escalonadas a corto y mediano plazo (con tasas revisables de hasta 182 días) aprovechando las oportunidades de mercado; f) Como medida de diversificación del riesgo sistémico de mediano y largo plazo, a partir de la posición actual en monedas extranjeras, gradualmente incrementarla e invertir en instrumentos de deuda de alta calidad crediticia internacional considerando el límite autorizado del 30% respecto a las Reservas Financieras y Actuariales, la Reserva General Financiera y Actuarial y del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, en los horizontes de inversión establecidos. El mecanismo de evaluación del desempeño de estas inversiones se realizará en la moneda y en el plazo pactados originalmente; g) Analizar alternativas de inversión y los más adecuados instrumentos, mecanismos e instituciones financieras internacionales de alta calidad crediticia, para la inversión en notas estructuradas o esquemas de inversión que consideren como subyacente índices de instrumentos de deuda y gubernamentales cotizados en los mercados internacionales, o en bonos o certificados de depósito de alta calidad crediticia que coadyuven a la maximización de la relación riesgo-rendimiento en el mediano y largo plazo; h) Buscar una amplia diversificación en monedas, instrumentos, emisores, mercados, tasas y referencias; i) Mantener, y en su caso, ampliar las inversiones en tasa real y referenciadas a TIIE y CETES para aprovechar las oportunidades de mercado; j) Realizar las compras e inversiones en dólares para proveer la cobertura cambiaria a los pasivos en esta divisa por compra de materiales y equipo según las solicitudes correspondientes de la Dirección de Planeación y Finanzas; y k) Continuar participando en las subastas semanales de instrumentos gubernamentales, de papel comercial o de certificados bursátiles".
  • S/N / Informe de Actividades de la Comisión de Inversiones Financieras, correspondiente al mes de julio de 2006.
    '385/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, 3 fracción XI, 4 y 7 fracción VIII del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social y en los numerales 1.7.6 y 1.8, último párrafo de los Lineamientos Operativos del Consejo Técnico, ACUERDA: Primero.- Tomar conocimiento de la gestión de la Comisión de Inversiones Financieras, correspondiente al mes de julio de 2006. Segundo.- Tomar nota de que durante el mes de julio de 2006 la Comisión de Inversiones Financieras tomó 37 acuerdos relativos a los siguientes temas: Estrategias de inversión (6), Rendición de cuentas (3), Seguimiento del Proceso Operativo de la Mesa de Dinero (5), Administración de Riesgos Financieros de Inversión (5), Seguimiento del Proceso Operativo de la Mesa de Control (5), Estado de Acuerdos de la Comisión (4), Formalización de Sesiones (4), Mejora de Procesos (2), Protocolo (1) y Expectativas Económicas y Financieras (2), los cuales se detallan en el informe de actividades aprobado por la propia Comisión mediante Acuerdo 7-291/06 tomado en la sesión celebrada el 9 de agosto de 2006, que presenta la Dirección de Inversiones Financieras con su oficio 749 de fecha 9 de agosto de 2006, dentro de los cuales destacan los siguientes: 9-287/06 en el cual tomó nota de los satisfactorios resultados del simulacro de contingencia realizado el 22 de junio de 2006, de acuerdo a lo establecido en el Plan de Contingencias de la Dirección de Inversiones Financieras; 8-287/06 en el que aprobó el informe de rendimientos del mes de junio de 2000 y 9-288/06 mediante el cual aprobó el Informe Trimestral sobre la Composición y Situación Financiera de las Inversiones del Instituto del período de abril a junio de 2006".
  • S/N / Informe sobre el Funcionamiento de los Consejos Consultivos Delegacionales, correspondiente a los períodos enero-junio y julio-diciembre de 2005.
    '386/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el Funcionamiento de los Consejos Consultivos Delegacionales del IMSS, que comprende los períodos enero-junio y julio-diciembre de 2005, que presenta la Secretaría General del Instituto con oficio de fecha 18 de agosto de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en sus Acuerdos 238 281/69 y 8 102/80, de fechas 10 de febrero de 1969 y 15 de octubre de 1980, respectivamente. Asimismo, dispone que la propia Secretaría General haga llegar a los C.C. Gobernadores de los Estados y a las Organizaciones Empresariales y Obreras, el Informe relativo a la asistencia y demás incidencias de sus representantes acreditados ante los Consejos Consultivos Delegacionales, así como que envíe a los Titulares de las Delegaciones Regionales, Estatales y del Distrito Federal, el informe correspondiente a su Delegación".
  • S/N / Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de junio de 2006.
    '387/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de junio de 2006, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9. y 2.5.4 f), de los “Lineamientos Operativos del Consejo Técnico", aprobados por este Órgano de Gobierno en la sesión extraordinaria del 25 de abril de 2002 y por la XC Asamblea General Ordinaria del IMSS del 29 de abril de 2002, que presenta la Secretaría General del Instituto con oficio del 18 de agosto de 2006".
  • S/N / Informe de Labores de la Comisión Bipartita de Atención al Derechohabiente del H. Consejo Técnico, correspondiente al período abril-junio de 2006.
    '388/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe de las Labores realizadas por la Comisión Bipartita de Atención al Derechohabiente del propio Consejo Técnico, correspondiente al período abril-junio de 2006, que presenta dicha Comisión a través de la Secretaría General del Instituto, con oficio del 18 de agosto de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el punto III de su Acuerdo 197/97 del 14 de mayo de 1997".
  • S/N / Informe sobre el Proceso de Implantación y Evaluación de la Calidad y Eficiencia de las Unidades Médicas de Alta Especialidad, correspondiente al primer cuatrimestre de 2006.
    '389/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe del Primer Cuatrimestre 2006, correspondiente al Proceso de Implantación y Evaluación de la Calidad y Eficiencia de las Unidades Médicas de Alta Especialidad, en forma comparativa con el año 2005, que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas con oficio 1594 del 16 de agosto de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo número 389/2003 del 22 de octubre de 2003".
  • S/N / Informe de Resultados que comprende los Logros Relevantes alcanzados por el Área Médica, durante el período enero-junio de 2006.
    '390/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe de Resultados que comprende los Logros Relevantes alcanzados por el Área Médica, durante el período enero-junio de 2006, que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas con oficio 1606 del 17 de agosto de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 5/98 del 14 de enero de 1998".
  • S/N / Informe comparativo semestral de incapacidades otorgadas a los trabajadores asegurados en general y a los trabajadores del IMSS, correspondiente al período enero-junio 2005-2006.
    '391/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe comparativo semestral de incapacidades otorgadas a los trabajadores asegurados en general y a los trabajadores del IMSS, correspondiente al período enero-junio 2005-2006, que presentan las Direcciones de Prestaciones Médicas, de Prestaciones Económicas y Sociales, y de Desarrollo de Personal y Organización con oficio 858 del 22 de agosto de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 70/2005, de fecha 23 de febrero de 2005".
  • S/N / Informe de Resultados Operativos y Financieros obtenidos en los Centros Vacacionales, correspondiente al trimestre enero – marzo de 2006.
    '392/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción III de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción III del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, acuerda: Tomar nota del Informe de resultados operativos y financieros obtenidos en los Centros Vacacionales del IMSS, correspondiente al trimestre enero – marzo de 2006, presentado por la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales con oficio 1539 del 1 de agosto de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este Cuerpo Colegiado, en el punto IV del Acuerdo 635/2001 dictado en la sesión celebrada el 21 de noviembre de 2001".
  • S/N / Informe del Programa Institucional sobre la Discapacidad y su Prevención, correspondiente al período enero-junio de 2006.
    '393/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción III de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción III del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Tomar nota del Informe del Programa Institucional sobre la Discapacidad y su Prevención, correspondiente al período enero-junio de 2006, presentado por la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales con oficio 1668 del 18 de agosto de 2006, en relación con lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 99/98, de fecha 11 de febrero de 1998".
  • S/N / Informe sobre el Número y Monto de los Préstamos Otorgados a Cuenta de Pensión, así como su Recuperación, tramitados durante el primer semestre de 2006.
    '394/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del “Informe sobre el Número y Monto de los Préstamos Otorgados a Cuenta de Pensión, así como su Recuperación, tramitados durante el primer semestre de 2006", que presenta la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales con oficio 1679 del 21 de agosto de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este Cuerpo Colegiado en el Punto VIII de su Acuerdo 434/89, de fecha 28 de junio de 1989".
  • S/N / Informe sobre las Acciones y Resultados en el Ejercicio de las Facultades concedidas en el Artículo Octavo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, periodo del 1 de abril al 30 de junio de 2006.
    '395/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre las Acciones y Resultados en el Ejercicio de las Facultades concedidas en el Artículo Octavo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, periodo del 1 de abril al 30 de junio de 2006, que presenta la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social con oficio 497 del 31 de julio de 2006".
  • S/N / Informe de Clasificación de Empresas y Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, correspondiente al primer semestre de 2006.
    '396/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe de Clasificación de Empresas y Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, correspondiente al primer semestre de 2006, que presenta la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social con oficio 584 del 21 de agosto de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 437/90, de fecha 8 de agosto de 1990".
  • S/N / Informe y resultados obtenidos en el financiamiento otorgado a proveedores del IMSS a través del Convenio denominado Cadenas Productivas, así como del Convenio para Operaciones Electrónicas de Crédito para Financiamiento a Pedido y/o Contratos, durante el primer semestre de 2006.
    '397/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 264 fracciones I y III de la Ley del Seguro Social, tomando en cuenta el contenido del oficio 1754 del 27 de julio de 2006 de la Dirección de Planeación y Finanzas, Acuerda: I.- Tomar nota del Informe y resultados obtenidos en el financiamiento otorgado a proveedores del Instituto Mexicano del Seguro Social a través del Convenio denominado Cadenas Productivas para el Desarrollo de Proveedores por Medios Electrónicos, así como del Convenio para Operaciones Electrónicas de Crédito para Financiamiento a Pedido y/o Contratos, durante el primer semestre de 2006. II.- Tomar nota del reporte de las acciones emprendidas para el enlace directo entre el Instituto y Nafin para operar los esquemas de factoraje a proveedores de manera automática, el cual permitirá el incremento de los documentos a financiar. Lo anterior, en cumplimiento a lo dispuesto por este Consejo Técnico en sus Acuerdos 97/97 y 448/97 de fechas 5 de marzo y 10 de septiembre de 1997, respectivamente".
  • S/N / Reporte acumulado de los resultados, de los Estados Financieros del IMSS, durante el período enero-junio de 2006.
    '398/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones II y XIV de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota del reporte acumulado de resultados de los Estados Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social, durante el período enero-junio de 2006, presentados con oficio 1924, de fecha 16 de agosto de 2006 de la Dirección de Planeación y Finanzas".
  • S/N / Reporte acumulado de los resultados del segundo trimestre de 2006, de los Estados Financieros del Sistema Nacional de Tiendas.
    '399/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones II y XIV de la Ley del Seguro Social, toma nota del reporte acumulado de los resultados del segundo trimestre de 2006, de los Estados Financieros del Sistema Nacional de Tiendas, presentados por la Dirección de Planeación y Finanzas con oficio 1924 del 16 de agosto de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado, en su Acuerdo 133/2001, de fecha 28 de marzo de 2001, en el que instruyó a esta Dirección para que trimestralmente presente los resultados Financieros de la operación del Sistema Nacional de Tiendas".
  • S/N / Informe “Nivel de Abasto Ponderado en Farmacias y Almacenes", correspondiente al bimestre Mayo – Junio de 2006.
    '400/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el “Nivel de Abasto Ponderado en Farmacias y Almacenes", correspondiente al bimestre Mayo-Junio de 2006, que presenta la Dirección de Administración y Calidad con oficio 1443 del 1 de agosto de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 380/2004, de fecha 14 de julio de 2004".
  • S/N / Informe sobre el Desarrollo del “Programa para la Disminución del Ausentismo no Programado", correspondiente al segundo trimestre de 2006.
    '401/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el Desarrollo del “Programa para la Disminución del Ausentismo no Programado", correspondiente al segundo trimestre de 2006, que presenta la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización con oficio 827 del 10 de agosto de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 436/2000, de fecha 19 de julio de 2000".
  • S/N / Informe de seguimiento, al 30 de junio de 2006, a los trámites tendientes al finiquito del contrato de transacción celebrado con la empresa Triturados Basálticos y Derivados, S.A. de C.V.
    '402/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, VI y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Tomar nota del Informe de seguimiento, al 30 de junio de 2006, a los trámites tendientes al finiquito del contrato de transacción celebrado con la empresa Triturados Basálticos y Derivados, S.A. de C.V., para la conclusión de la obra del Hospital General de Zona, 236 camas, en Ciudad Juárez, Chihuahua, que presenta la Dirección Jurídica con oficio 3698 del 31 de julio de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 127/2005, de fecha 20 de abril de 2005. Segundo.- Instruir a la Dirección Jurídica, a fin de que se continúe con el seguimiento hasta la formulación del finiquito correspondiente".
  • S/N / Informe sobre el estado que guardan los servicios contratados, para la elaboración de Expedientes Integrales, Memorias de Gestión y Libros Blancos, a presentar en la próxima entrega recepción de la Administración Pública Federal 2000-2006.
    '403/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, VI y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Tomar nota del Informe que presenta la Dirección Jurídica con oficio 3697 del 31 de julio de 2006, sobre el estado que guardan los servicios contratados, para la elaboración de Expedientes Integrales, Memorias de Gestión y Libros Blancos, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 365/2005, de fecha 26 de septiembre de 2005. Segundo.- Instruir a la Dirección Jurídica, a fin de que se continúe con el seguimiento y control del contrato hasta la conclusión de los 17 documentos a generarse en sus distintas modalidades".
  • S/N / Informe que presenta la Dirección Jurídica sobre los juicios de amparo interpuestos en contra del Decreto por el que se reforman y adicionan los Artículos 277 D y 286 K de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2004, actualizado al 15 de agosto de 2006.
    '404/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Tomar nota del Informe sobre los juicios de amparo interpuestos en contra del Decreto por el que se reforman y adicionan los Artículos 277 D y 286 K de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2004, actualizado al 15 de agosto de 2006, que presenta la Dirección Jurídica de este Instituto con oficio 554 del 17 de agosto de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 500/2004, de fecha 20 de octubre de 2004".
  • S/N / Contratos y Convenios Regulados por Ordenamientos Jurídicos distintos a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, llevados a cabo en Nivel Central y en las Delegaciones del Sistema, celebrados durante el período de enero a junio de 2006.
    '405/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota de la relación de los Contratos y Convenios Regulados por Ordenamientos Jurídicos distintos a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, llevados a cabo en Nivel Central y en las Delegaciones del Sistema, celebrados durante el período de enero a junio de 2006, que presenta el Órgano Interno de Control en el IMSS con oficio 00641/30.1/1154/06 del 9 de agosto de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 580/2001, de fecha 24 de octubre de 2001".
  • S/N / Informe sobre la facultad delegada a los Directores Normativos y Coordinadores Generales para autorizar Viáticos al Extranjero, otorgados tanto a Nivel Central, como en las Delegaciones durante el período de enero a junio de 2006.
    '406/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre la facultad delegada a los Directores Normativos y Coordinadores Generales para autorizar Viáticos al Extranjero, con relación al Programa de Austeridad Presupuestaria para el IMSS, otorgados tanto a Nivel Central como en las Delegaciones durante el período de enero a junio de 2006, que presenta el Órgano Interno de Control en el IMSS con oficio 00641/30.1/1153/06 del 9 de agosto de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en el punto II de su Acuerdo 576/2001, de fecha 24 de octubre de 2001".
  • S/N / Análisis de los Indicadores de Proceso y Resultado del Componente de Salud y Alimentación del “Programa de Desarrollo Humano Oportunidades", correspondiente al primer semestre de 2006.
    '407/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Análisis de los Indicadores de Proceso y Resultado del Componente de Salud y Alimentación del “Programa de Desarrollo Humano Oportunidades", correspondiente al primer semestre de 2006, que presenta la Coordinación General del Programa IMSS-Oportunidades con oficio 2282 del 17 de agosto de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 394/97, de fecha 20 de agosto de 1997, en relación con lo establecido por dicho Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 27/2005 del 19 de enero de 2005".
  • S/N / Se difiere el análisis y resolución de la propuesta para Adicionar el Acuerdo 185/2006 del H.C.T., para que el Convenio de Subrogación de Servicios Médicos con Reversión de Cuotas que fuera suscrito con la empresa Minas de Bacis, S.A. de C.V., comprenda todos los servicios médicos en los tres niveles de atención.
    '408/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, Acuerda: Primero.- Diferir el análisis y resolución de la propuesta de la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, a que se refiere su oficio 588 del 23 de agosto de 2006, respecto de Adicionar el Acuerdo 185/2006, tomado por este Órgano Colegiado en sesión de fecha 26 de abril de 2006, para que el Convenio de Subrogación de Servicios Médicos con Reversión de Cuotas que fuera suscrito con la empresa Minas de Bacis, S.A. de C.V., comprenda todos los servicios médicos en los tres niveles de atención; y Segundo.- La Dirección mencionada, con la opinión del Comité de Incorporación y Recaudación de este propio Consejo Técnico, deberá someter a la consideración del Pleno del Órgano de Gobierno, en una próxima sesión dicha propuesta".
  • S/N / Ratificación de representante propietario, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Jalisco. (CROC)
    '409/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la ratificación formulada por el señor Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), en favor del licenciado Antonio Lara Nuño, como representante propietario en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Jalisco. Esta ratificación surtirá sus efectos a partir del 30 de agosto de 2006, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Ratificación de representante propietario, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Morelos. (CROC)
    '410/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la ratificación formulada por el señor Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), en favor del señor Froylán Franco Huerta, como representante propietario en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Morelos. Esta ratificación surtirá sus efectos a partir del 30 de agosto de 2006, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Ratificaciones de representantes propietario y suplente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Querétaro. (CROC)
    '411/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de las ratificaciones formuladas por el señor Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), en favor de los señores Antonio Castelán Guarneros y Sabino Villanueva Romero, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Querétaro. Estas ratificaciones surtirán sus efectos a partir del 30 de agosto de 2006, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Ratificación y designación de representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Jalisco. (CONCANACO)
    '412/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 119 y 120 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, que continúan vigentes, conforme a lo establecido en los Artículos Segundo y Octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001, toma nota de la ratificación y designación formuladas por el ingeniero Luis Antonio Mahbub Sarquis, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), en favor de los señores licenciados Carlos Eduardo Quirarte Tolentino y Benjamín Uribe Lomelí, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Jalisco. La ratificación del representante propietario surtirá sus efectos a partir del 30 de agosto de 2006, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente. La designación del representante suplente se hace en sustitución del contador público Gerardo Ernesto Martínez Chávez, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 633/2004 del 8 de diciembre de 2004, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual también deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente, del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades del CMN de Occidente, Guadalajara, Jal. (CONCANACO)
    '413/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones VII y XXXVII, 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 3 y 142 A párrafo segundo del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de las designaciones comunicadas por el ingeniero Luis Antonio Mahbub Sarquis, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), en favor de los señores licenciados Carlos Eduardo Quirarte Tolentino y Alfredo Ramos Ruíz, como representantes propietario y suplente, respectivamente, del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades del Centro Médico Nacional de Occidente, Guadalajara, Jalisco. Las designaciones anteriores se hacen en sustitución de los señores licenciados Rubén Arámbula Curiel y Jorge Arturo González Cuevas, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdos 202/2004 y 344/2004, de fechas 22 de abril y 23 de junio de 2004, respectivamente, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente, del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Gineco-Obstetricia del CMN de Occidente, Guadalajara, Jal. (CONCANACO)
    '414/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones VII y XXXVII, 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 3 y 142 A párrafo segundo del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de las designaciones comunicadas por el ingeniero Luis Antonio Mahbub Sarquis, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), en favor de los señores licenciados Benjamín Uribe Lomelí y Carlos Eduardo Quirarte Tolentino, como representantes propietario y suplente, respectivamente, del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Gineco-Obstetricia del Centro Médico Nacional de Occidente, Guadalajara, Jalisco. Las designaciones anteriores se hacen en sustitución de los señores contador público Gerardo Ernesto Martínez Chávez y licenciado Jorge Arturo Candia Muñoz, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo 390/2004 del 14 de julio de 2004, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente, del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Pediatría del CMN de Occidente, Guadalajara, Jal. (CONCANACO)
    '415/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones VII y XXXVII, 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 3 y 142 A párrafo segundo del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de las designaciones comunicadas por el ingeniero Luis Antonio Mahbub Sarquis, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), en favor de los señores licenciados Alfredo Ramos Ruíz y Carlos Eduardo Quirarte Tolentino, como representantes propietario y suplente, respectivamente, del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Pediatría del Centro Médico Nacional de Occidente, Guadalajara, Jalisco. Las designaciones anteriores se hacen en sustitución de los señores licenciados Juan José Villalobos Salazar y Araceli Loza Jiménez, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdos 349/2004 y 384/2004, de fechas 23 de junio y 14 de julio de 2004, respectivamente, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Se autoriza a la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones para modificar la estructura orgánica de la Dirección General, la cual considera la renivelación salarial del puesto del Director General del IMSS, del Nivel Salarial HB1 al HB3.
    '417/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IV y XVII y 268 fracción XII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones IV y XXIII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, derivado del proceso de modificación de la estructura orgánica y salarial del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Autorizar a la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones para modificar la estructura orgánica de la Dirección General, la cual considera la renivelación salarial del puesto del Director General del IMSS, del Nivel Salarial HB1 al HB3, de conformidad a lo que establece el Artículo 277 D de la Ley del Seguro Social. Dicha modificación será financiada mediante la cancelación de plazas de confianza, por lo que no incrementará el número total de plazas, ni el presupuesto de servicios personales autorizado al Instituto".
  • S/N / Se fijan las 17:00 hrs. del día 27 de septiembre de 2006, para la celebración de la próxima sesión ordinaria del HCT.
    '418/2006 / 30 de Agosto de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las 17:00 horas del día 27 de septiembre del año 2006".
  • S/N / Información sobre las Adquisiciones 2007. Licitaciones Coordinadas (Medicamentos y Material de Curación).
    '419/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XIV de la Ley del Seguro Social, Acuerda: Único.- Tomar nota de la información proporcionada en esta sesión por el Director de Administración y Evaluación de Delegaciones, sobre las Adquisiciones 2007. Licitaciones Coordinadas (Medicamentos y Material de Curación)".
  • S/N / Se autoriza Los recursos presupuestales a la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones, por un importe de $16,560,000.00 M.N. para la compra de ambulancias.
    '420/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones I, III y XIV de la Ley del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la solicitud presentada por la Dirección General, por conducto de la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones, relativa a la autorización de recursos presupuestales por un importe de $16,560,000.00 M. N., los cuales representan un veinte por ciento más del presupuesto autorizado en términos de lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; los recursos autorizados serán aplicados exclusivamente a la compra de ambulancias. La instrumentación y aplicación del presente acuerdo quedará a cargo de la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones".
  • S/N / Modificación del Anexo 1 del Acuerdo Número 121/2006 del HCT, mediante el cual se aprobaron las Reglas para la Aplicación de los Beneficios Fiscales y Facilidades Administrativas, a que se refiere el Decreto del Ejecutivo Federal, en lo relativo al Salario de referencia de la Zona 3.
    '421/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 237 B, 251 fracciones IV, VIII, XIII y XXXVII, 263 y 264 fracciones XIV, XV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones II, IV y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y los Artículos Segundo, Tercero y Cuarto, así como Segundo Transitorio, del Decreto por el que se otorgan los beneficios y facilidades fiscales que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2005, atendiendo al planteamiento presentado por la Dirección de Incorporación y Recaudación, a que se refiere su oficio 638 del 21 de septiembre de 2006, Acuerda: PRIMERO.- Aprobar la modificación del Anexo 1 del Acuerdo Número 121/2006 del 29 de marzo de 2006 de este Órgano Colegiado, mediante el cual se aprobaron las Reglas para la Aplicación de los Beneficios Fiscales y Facilidades Administrativas, a que se refiere el Decreto del Ejecutivo Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2005, en lo relativo al Salario de referencia de la Zona 3, el cual se fija en 1.68 veces el salario mínimo general del área Geográfica respectiva. SEGUNDO.- El presente Acuerdo deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación".
  • S/N / Información sobre un comparativo entre el Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, aprobado por el HCT con Acuerdo 51/2006, y el publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 18 de septiembre de 2006.
    '422/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, toma nota de la información proporcionada por la Dirección Jurídica, sobre un comparativo entre el Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, aprobado por este Cuerpo Colegiado con Acuerdo 51/2006 del 2 de febrero de 2006 y el publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 18 de septiembre de 2006. La Dirección Jurídica, tomando en cuenta las propuestas, sugerencias u observaciones que en su caso hicieren llegar los integrantes del propio Cuerpo Colegiado, deberá proponer legalmente lo aconsejable".
  • S/N / Se asigna el nombre del “Dr. Mariano Azuela González" al Hospital General de Zona No. 7, de Lagos de Moreno, Jal.
    '423/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, aprueba la solicitud que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas con oficio 1884 del 27 de septiembre de 2006, para asignar el nombre del “Dr. Mariano Azuela González" al Hospital General de Zona No. 7, de Lagos de Moreno, Jalisco, como un reconocimiento por su destacada trayectoria".
  • S/N / Se asigna el nombre del “Lic. Netzahualcóyotl de la Vega García" a la Unidad Médica de Atención Ambulatoria con Unidad de Medicina Familiar No. 29, de Llano Largo, Punta Diamante, en Acapulco, Gro.
    '424/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, aprueba la solicitud que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas con oficio 1883 del 27 de septiembre de 2006, para asignar el nombre del “Lic. Netzahualcóyotl de la Vega García" a la Unidad Médica de Atención Ambulatoria con Unidad de Medicina Familiar No. 29, de Llano Largo, Punta Diamante, en Acapulco, Guerrero, como un reconocimiento por su destacada trayectoria".
  • S/N / Entrega a los señores consejeros del Libro El IMSS: Compromiso de Vanguardia; y de la Revista Médica. Programas Integrados de Salud (PREVEN-IMSS)
    '425/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota de la entrega a los señores consejeros: A) Del Libro El IMSS: Compromiso de Vanguardia. Colección Editorial del Gobierno del Cambio, el cual da cuenta de las acciones que han permitido incrementar el número de derechohabientes; la cantidad de consultas médicas, y la calidad de las mismas; la cifra récord de trabajadores pensionados; el crecimiento en infraestructura hospitalaria; la expansión del Programa de Guarderías; y el incremento en el número de estudios radiológicos y de laboratorio, así como el que se han fortalecido los mecanismos de atención a la población más necesitada a través de IMSS-Oportunidades; y B) De la Revista Médica. Programas Integrados de Salud (PREVEN-IMSS)".
  • S/N / Información relativa al “Monitoreo de Surtimiento de Medicamentos" al mes de agosto de 2006.
    '426/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, toma nota de la entrega a los señores consejeros de una carpeta que contiene información relativa al “Monitoreo de Surtimiento de Medicamentos" (Unidades Médicas de Primer y Segundo Nivel; y Unidades Médicas de Alta Especialidad), con Resultados al mes de agosto de 2006".
  • S/N / Se aprueba la Convocatoria para la celebración de la XCVII Asamblea General Ordinaria del IMSS.
    '427/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 264 fracción V de la Ley del Seguro Social, acuerda: convocar a la XCVII Asamblea General Ordinaria del Instituto Mexicano del Seguro Social, para que se lleve a cabo a las 10:00 horas del día 8 de noviembre de 2006, en la Sala del propio Honorable Consejo Técnico, ubicada en el edificio central del Instituto, sito en Paseo de la Reforma No. 476 de esta ciudad, para lo cual deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación la Convocatoria correspondiente, al tenor de lo dispuesto en el Artículo 19 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme al siguiente Orden del Día: I. Instalación de la Asamblea General. II. Aprobación del Acta de la XCVI Asamblea General Ordinaria del Instituto, celebrada el 15 de marzo de 2006. III. Informe de la Honorable Comisión de Vigilancia. IV. Informe Financiero y Actuarial al 31 de diciembre de 2005. V. Cuarta Evaluación Trimestral de los Ingresos y Gastos con respecto al Presupuesto 2005 y Adecuaciones. VI. Últimos Estados Financieros correspondientes al año 2006. VII. Adecuaciones al Presupuesto 2006 del IMSS. VIII. Primera y Segunda Evaluaciones Trimestrales de los Ingresos y Gastos con respecto al Presupuesto 2006 y Adecuaciones. IX. Estados Financieros Dictaminados por Auditor Externo, al 31 de diciembre 2005-2004. X. Informe de la Evaluación de los Riesgos considerados en el Programa de Administración de Riesgos Institucionales 2006. XI. Adecuaciones al Presupuesto de Inversión Física 2006-2007 del IMSS. XII. Modificaciones al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para los Ejercicios Fiscales 2005 y 2006. XIII. Resultados Financieros por la Inversión de las Reservas y el Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, correspondientes al mes de agosto de 2006, y Políticas y Directrices de Inversión. XIV. Informe del ciudadano Director General, respecto de las Laborales Realizadas durante el año 2006 al frente del Instituto Mexicano del Seguro Social. Recuento de la Administración 2000-2006. XV. Intervención de los Sectores. XVI. Asuntos Generales".
  • S/N / Actualización al “Manual de Organización Delegacional de la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas".
    '428/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263, 264 fracciones XIV y XVII y 268 fracciones IX y XII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones XII y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: ÚNICO.- Aprobar en sus términos la actualización al “Manual de Organización Delegacional de la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas", anexo al oficio 1013 del 11 de septiembre de 2006 de la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización, actualmente Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones".
  • S/N / Se deja sin efectos el Acuerdo del H. Consejo Técnico 366/2005, mediante el cual se autorizó una propuesta de dación en pago por parte de la empresa Grupo Industrial NKS, S.A. de C. V.
    '429/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y XXXVII, 253 fracción I, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 26 y 31 fracciones VI y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, a propuesta de la Dirección de Incorporación y Recaudación, a que se refiere su oficio 656 del 19 de septiembre de 2006, con base en el Avalúo elaborado y presentado por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales “INDAABIN" y en la autorización del Comité de Incorporación y Recaudación de este propio Cuerpo Colegiado, otorgada en sesión del 19 de septiembre de 2006, Acuerda: Primero.- Dejar sin efectos el Acuerdo número 366/2005 tomado en la sesión del 26 de septiembre de 2005, mediante el cual este Órgano de Gobierno autorizó al C. Director General para que, por conducto de la Dirección de Incorporación y Recaudación, aceptara del Grupo Industrial NKS, S.A. de C. V. la dación de un terreno en Puerto Vallarta, Jalisco, como pago de los adeudos que tienen a su cargo, además de dicha empresa, Nutrimex, S.A. de C. V. y Clemex, S. A. de C. V., hasta donde alcanzaran a ser cubiertos, y Segundo.- Comuníquese el presente acuerdo, al representante legal de Grupo Industrial NKS, S.A. de C. V."
  • S/N / Se deja sin efectos el Acuerdo del H. Consejo Técnico 393/2003, mediante el cual se aprobó el Programa “De la Corrección de la Situación Fiscal de los Patrones y demás sujetos obligados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social".
    '430/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263, 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, 26 y 31 fracciones VI y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, a propuesta de la Dirección de Incorporación y Recaudación, a que se refiere su oficio 656 del 19 de septiembre de 2006, con base en la entrada en vigor de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente el 23 de julio de 2005, que establece nuevas reglas para la corrección patronal durante una visita domiciliaria y la corrección durante una revisión de gabinete o escritorio, y a que la corrección por solicitud patronal y por oficio-invitación del Instituto están reguladas en la Ley del Seguro Social y en el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, atendiendo además, la autorización del Comité de Incorporación y Recaudación de este propio Cuerpo Colegiado, otorgada en sesión del 19 de septiembre de 2006, Acuerda: Único.- Se deja sin efectos el Acuerdo 393/2003, de fecha 22 de octubre de 2003, tomado por este mismo Órgano Colegiado, mediante el cual se aprobó el Programa “DE LA CORRECCIÓN DE LA SITUACIÓN FISCAL DE LOS PATRONES Y DEMÁS SUJETOS OBLIGADOS ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL". Este Acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente de su aprobación".
  • S/N / Se deja sin efectos el contenido del Acuerdo 245/2005, tomado por el HCT; se aprueba el anteproyecto de reformas al Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado.
    '431/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, así como en el Artículo 31 fracciones XI y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Primero.- Dejar sin efectos el contenido del Acuerdo 245/2005, tomado por este Órgano Colegiado en sesión de fecha 13 de junio de 2005. Segundo.- Aprobar el anteproyecto de reformas al Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, que presenta la Dirección de Incorporación y Recaudación con oficio 659 del 25 de septiembre de 2006. Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica, para que realice los trámites que sean necesarios ante las instancias competentes, en términos de lo dispuesto en el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la elaboración, revisión y trámite de Reglamentos del Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 30 de noviembre de 2004, a fin de que sea sometido dicho documento a la consideración del Titular del Ejecutivo Federal, para que en términos de sus facultades, si lo considera conveniente, lo expida y ordene su publicación en el mencionado medio de difusión oficial".
  • S/N / Se autoriza la Propuesta de Cuotas de Recuperación por instalaciones nuevas y de incremento por instalaciones remodeladas en el Centro Vacacional IMSS-Malintzi.
    '434/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 210 A, 251 fracciones I, IV, XII y XXXVII, 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones XIII y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Primero.- Aprobar el incremento de cuotas de recuperación por concepto de uso de cabañas para seis personas, en el Centro Vacacional Malintzi, bajo los términos propuestos por la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, a que se refiere su oficio 1908 del 19 de septiembre de 2006. Segundo.- Establecer cuotas de recuperación por concepto de uso de la cancha de fútbol y de la pista atlética o de tartan, de conformidad con la propuesta elaborada por la Dirección mencionada en el punto que antecede".
  • S/N / Se autoriza al Fideicomiso para el Desarrollo del Deporte (FIDEIMSS), recursos que serán ministrados por la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE).
    '435/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y XXXVII, 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y al numeral 7.1.10 de la Norma de Disposiciones Presupuestarias del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Primero.- Autorizar a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales para que en coordinación con la Dirección de Finanzas, se destine la cantidad de $2’293,086.00 (dos millones doscientos noventa y tres mil ochenta y seis pesos M.N. 00/100), al Fideicomiso para el Desarrollo del Deporte (FIDEIMSS), recursos que serán ministrados por parte de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE), al amparo de los tres Convenios Específicos de Concertación y Colaboración, celebrados con este Instituto. Segundo.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales para que supervise y vigile que el FIDEIMSS aplique los recursos financieros conforme al calendario, descripción, metas y compromisos establecidos en los Anexos Técnicos de ejecución que forman parte de los instrumentos jurídicos señalados en el punto anterior del presente Acuerdo. Tercero.- Instruir a la Dirección de Finanzas, para que en coordinación con la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, realice las gestiones que procedan ante las instancias correspondientes a fin de que el Fideicomiso cuente con la autorización para la aplicación de los recursos durante el presente ejercicio fiscal".
  • S/N / Designación del Director de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades del Centro Médico Nacional “Ignacio García Téllez" en Mérida, Yucatán.
    '436/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263 y 264 fracciones IX y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción III del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y nombrar al doctor Adolfo Gonzalo Palma Chan como Director de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades del Centro Médico Nacional “Ignacio García Téllez" en Mérida, Yucatán, en sustitución del doctor Hugo Manuel Gerardo Ríos Rodríguez, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Este nombramiento surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Designación de representante propietario, en calidad de invitado permanente y sin percibir remuneración alguna, en el Consejo Consultivo de la Delegación Regional en Tamaulipas. (CNC)
    '437/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota de la designación que hace el ingeniero químico Daniel Pérez Valdés, Secretario General de la Unión Nacional de Productores de Caña de Azúcar, CNC, en favor de la señora Leticia Camero Gómez, como representante propietario, en calidad de invitada permanente y sin percibir remuneración alguna, en el Consejo Consultivo de la Delegación Regional en Tamaulipas. Esta designación se hace en sustitución del ingeniero José de Jesús Lumbreras Vázquez, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 146/2005 del 20 de abril de 2005. Asimismo, dispone que la Secretaría General del IMSS, haga del conocimiento de la Unión de referencia la autorización que se concede en el presente Acuerdo".
  • S/N / Ratificaciones de representantes propietario y suplente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Durango. (CROC)
    '438/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 89 y 90 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de las ratificaciones comunicadas por el señor Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), en favor de la licenciada Luz Amalia Ibarra Gómez y del señor Julián Corral Barraza, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Durango. Las ratificaciones anteriores surtirán sus efectos a partir del 27 de septiembre de 2006, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Ratificación y designación de representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Aguascalientes. (CTM)
    '439/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 89 y 90 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de la ratificación y designación comunicadas por el licenciado Joaquín Gamboa Pascoe, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), en favor de los señores José Alfredo González González y José Luis Muro Hernández, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Aguascalientes. La ratificación anterior surtirá sus efectos a partir del 27 de septiembre de 2006, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente. La designación se hace en sustitución del señor Rodrigo Rodríguez Roque, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 614/2000 del 27 de septiembre de 2000, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual también deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Designación de representante propietario, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Quintana Roo. (CTM)
    '440/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 89 y 90 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de la designación comunicada por el licenciado Joaquín Gamboa Pascoe, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), en favor del señor José de Jesús Magaña Reyes, como representante propietario en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Quintana Roo. Esta designación se hace en sustitución del señor Eugenio Cervantes Aguilar, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 368/2004 del 14 de julio de 2004, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estado de México Oriente. (CONCANACO)
    '441/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 89 y 90 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de las designaciones comunicadas por el ingeniero Luis Antonio Mahbub Sarquis, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), en favor de los licenciados Edmundo Guevara Rodríguez y Mariana Rodríguez Marrufo, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estado de México Oriente. Estas designaciones se hacen en sustitución del señor Federico Colín Sosa y del propio licenciado Edmundo Guevara Rodríguez, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdos 562/2004 y 226/2004, de fechas 24 de noviembre y 19 de mayo de 2004, respectivamente, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Designación del Despacho Solloa, Tello de Meneses y Cía., S.C., como auditores externos, y autorizar su contratación plurianual, para la revisión a los estados financieros del IMSS, del 1 de enero al 31 de agosto, para cumplir con las etapas de la transición y otro dictamen que incluya todo el ejercicio fiscal.
    '442/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracción IV, 263, 264 fracciones III, XIV y XVII y 277 F de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones III y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme a la solicitud de la Dirección de Finanzas, contenida en oficio 2211 del 20 de septiembre de 2006, Acuerda: ÚNICO.- Tomar nota de la designación del Despacho Solloa, Tello de Meneses y Cía., S.C., como auditores externos, y autorizar su contratación plurianual en los términos sugeridos por la Secretaría de la Función Pública y a lo previsto en el Artículo 277 F de la Ley del Seguro Social, todo ello para la revisión a los Estados Financieros del IMSS, del 1 de enero al 31 de agosto, para cumplir con las etapas de la transición y otro dictamen que incluya todo el ejercicio fiscal".
  • S/N / Designación de los Directores de Administración y Evaluación de Delegaciones, de Finanzas, y de Incorporación y Recaudación, así como de los Titulares de las Unidades de Vinculación, Inversiones Financieras, IMSS-Oportunidades, Administración, Evaluación de Delegaciones, Personal, y de Organización y Calidad.
    '443/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción III del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar las propuestas presentadas por el licenciado Fernando Flores, Director General del Instituto y, designar: a). Al Q.F.B. Sergio Antonio Salazar Salazar, como Titular de la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones; b). Al Doctor Jorge Meléndez Barrón, como Titular de la Dirección de Finanzas; c). Al licenciado José Antonio Alvarado Ramírez, como Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación; d). Al licenciado Fernando Huitrón López, como Titular de la Unidad de Vinculación; e) Al ingeniero David Esaú López Campos, como Titular de la Unidad de Inversiones Financieras; f). Al doctor Javier de Jesús Cabral Soto, como Titular de la Unidad IMSS-Oportunidades; g). Al contador público Leonardo Larios Hernández, como Titular de la Unidad de Administración; h). Al Doctor José Concepción Valdés Durón, como Titular de la Unidad de Evaluación de Delegaciones; i). Al ingeniero Armando Franco Monterrubio, como Titular de la Unidad de Personal, y j). Al ingeniero José Alfredo López Rodríguez, como Titular de la Unidad de Organización y Calidad, con las atribuciones y obligaciones que a cada uno de dichos puestos corresponden. Estas designaciones surtirán sus efectos a partir de la fecha del presente Acuerdo".
  • S/N / Designación de representante gubernamental ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades No. 1 del CMN del Bajío, León, Gto.
    '444/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones VII y XXXVII, 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 113 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme al oficio 1705 del 1 de septiembre de 2006 de la Dirección de Prestaciones Médicas, Acuerda: Tomar conocimiento que el Director de Prestaciones Médicas, ha designado al doctor Moisés Andrade Quezada, como representante ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades No. 1 del Centro Médico Nacional del Bajío, León Guanajuato, quien en apego a lo previsto en el Artículo 113 del Reglamento Interior del IMSS, presidirá la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad antes citada y fungirá como representante gubernamental, en sustitución de la doctora Ma. del Carmen García Peña, de quien este Consejo Técnico tomó nota de su designación a través de su Acuerdo 244/2004, de fecha 19 de mayo de 2004, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de julio de 2006.
    '445/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de julio de 2006, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9. y 2.5.4 f), de los “Lineamientos Operativos del Consejo Técnico", aprobados por este Órgano de Gobierno en la sesión extraordinaria del 25 de abril de 2002 y por la XC Asamblea General Ordinaria del IMSS del 29 de abril de 2002, que presenta la Secretaría General del Instituto con oficio del 18 de septiembre de 2006".
  • S/N / Informe relativo a las plazas ocupadas de confianza de las plantillas de las Direcciones Normativas, Coordinaciones Generales, y Direcciones Regionales, correspondiente al segundo trimestre del año 2006.
    '446/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe relativo a las plazas ocupadas de confianza de las plantillas de las Direcciones Normativas, Coordinaciones Generales, y Direcciones Regionales, incluyendo las plazas de mando y homólogos, así como las contrataciones bajo el régimen de honorarios y de temporales, correspondiente al segundo trimestre del año 2006, que presenta la Dirección de Desarrollo de Personal y Organización, actualmente Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones con oficio 1018, de fecha 14 de septiembre de 2006".
  • S/N / Informe sobre la regularización, respecto a la donación y escrituración de 24 inmuebles referentes al Programa de Obras 1999-2002, al primer semestre de 2006.
    '447/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre la regularización, respecto a la donación y escrituración de 24 inmuebles referentes al Programa de Obras 1999-2002, correspondiente al primer semestre de 2006, que presenta la Dirección de Administración y Calidad, actualmente Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones con oficio 1772 del 20 de septiembre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por los señores consejeros en la sesión del 19 de mayo de 1999 en su Acuerdo 241/99".
  • S/N / Informe sobre la conclusión y evaluación obtenidas en el Dictamen Presupuestal 2005 y en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2005, con los resultados financieros, presupuestarios, económicos y programáticos.
    '448/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, Acuerda: Tomar nota del Informe sobre la conclusión y evaluación obtenidas en el Dictamen Presupuestal 2005 y en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2005, con los resultados financieros, presupuestarios, económicos y programáticos, que presenta la Dirección de Planeación y Finanzas, actualmente Dirección de Finanzas con oficios 1993 y 2089 del 28 de agosto y 6 de septiembre de 2006, respectivamente, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 174/2006, de fecha 26 de abril de 2006".
  • S/N / Informe de los Rendimientos Producto de las Operaciones de Inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuentas 1, 2A y 2B del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, correspondiente al mes de julio de 2006.
    '449/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones III y XXXVII, 263, 264, fracciones I, III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción I del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Tomar nota del Informe de las operaciones y rendimientos obtenidos por la inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuentas 1, 2A y 2B del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, correspondiente al mes de julio de 2006, que la Comisión de Inversiones Financieras por conducto de la Dirección de Inversiones Financieras, actualmente Unidad de Inversiones Financieras, presenta a este Consejo Técnico, en su oficio 779 del 17 de agosto de 2006, en cumplimiento a los Artículos 3 fracción XI y 28 del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social y al Artículo 73 B fracción VII del Reglamento Interior del propio Instituto, el cual detalla el proceso integral de inversión, con cifras al cierre del citado mes que presenta la información siguiente: la posición de los recursos en inversión (incluyendo dólares y euros valuados al tipo de cambio del cierre del mes); provisiones de intereses devengados no cobrados al cierre de mes; los montos promedio de inversión (incluyendo la posición promedio en dólares y euros valuados al tipo de cambio del cierre de mes); Traspasos durante julio del 2006; los rendimientos devengados del portafolio de inversión durante el mes que se informa y acumulados en el año (incluyendo los rendimientos en dólares y euros acumulados durante el mes, los cuales fueron valuados al tipo de cambio del cierre del mes, excluyéndose la provisión contable por revaluación de posiciones del principal en moneda extranjera); las tasas de interés, rendimientos devengados y cumplimiento de metas; la inversión en moneda extranjera; la estructura del portafolio por tipo de instrumento; los indicadores de valor en riesgo (VaR) de mercado y crediticio; los indicadores de sensibilidad; inversión en instrumentos estructurados; inversión en notas referenciadas a índices; y el control de operaciones en cuanto a asignaciones, títulos y transaccionalidad; asimismo se incluye la siguiente información: acumulación de las Reservas Financieras y Actuariales, la General Financiera y Actuarial y del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual de 1997 a julio de 2006; comportamiento del VaR en los últimos 12 meses; comportamiento de la Duración Modificada en los últimos 12 meses; evolución de las Reservas Financieras y del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, de enero de 1996 a julio de 2006. Segundo.- Tomar nota de los favorables resultados obtenidos durante el mes de julio de 2006 en las operaciones de inversión, concluyendo que se alcanzaron en apego de las políticas y estrategias prudentes y conservadoras. Tercero.- Tomar nota de las estrategias de inversión prudentes y conservadoras aprobadas por la Comisión de Inversiones Financieras, que considerando el escenario actual y las expectativas económicas y financieras, consisten en: a) Aplicar criterios de prudencia, seguridad, rendimiento, liquidez y diversificación del riesgo, transparencia y respeto a las sanas prácticas y usos del mercado en la inversión de los portafolios institucionales (Reservas Operativas, Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento, Reservas Financieras y Actuariales, Reserva General Financiera y Actuarial y del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual), mismos que se definen como la canasta o un grupo de instrumentos que presenta, en forma global y acumulada, un perfil de riesgo-rendimiento que responde a los objetivos y a la tolerancia de riesgo fijados por el órgano de gobierno, y cuyo rendimiento se evalúa en el mediano plazo; b) Mantener las inversiones hasta su vencimiento; c) Incrementar gradualmente la participación en inversiones de deuda corporativa de alta calidad crediticia; d) Continuar la inversión en instrumentos estructurados a partir de nuevos esquemas y subyacentes, considerando el límite actual de 3% del portafolio global para las operaciones vigentes; e) El mecanismo de evaluación de los rendimientos para estas inversiones será en forma global acumulada en períodos móviles de 36 meses, con lo que se suavizan los efectos de la volatilidad de las tasas y tipos de cambio en diferentes condiciones de mercado; f) Realizar inversiones escalonadas a corto y mediano plazo (con tasas revisables de hasta 182 días) aprovechando las oportunidades de mercado; g) Como medida de diversificación del riesgo sistémico de mediano y largo plazo, a partir de la posición actual en monedas extranjeras, gradualmente incrementarla e invertir en instrumentos de deuda de alta calidad crediticia internacional considerando el límite autorizado del 30% respecto a las Reservas Financieras y Actuariales, la Reserva General Financiera y Actuarial y del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, en los horizontes de inversión establecidos. El mecanismo de evaluación del desempeño de estas inversiones se realizará en la moneda y en el plazo pactados originalmente; h) Analizar alternativas de inversión y los más adecuados instrumentos, mecanismos e instituciones financieras internacionales de alta calidad crediticia, para la inversión en notas estructuradas o esquemas de inversión que consideren como subyacente índices de instrumentos de deuda y gubernamentales cotizados en los mercados internacionales, o en bonos o certificados de depósito de alta calidad crediticia que coadyuven a la maximización de la relación riesgo-rendimiento en el mediano y largo plazo; i) Buscar una amplia diversificación en monedas, instrumentos, emisores, mercados, tasas y referencias; j) Mantener, y en su caso, ampliar las inversiones en tasa real y referenciadas a TIIE y CETES para aprovechar las oportunidades de mercado; k) Realizar las compras e inversiones en dólares para proveer la cobertura cambiaria a los pasivos en esta divisa por compra de materiales y equipo según las solicitudes correspondientes de la Dirección de Finanzas y; l) Continuar participando en las subastas semanales de instrumentos gubernamentales, de papel comercial o de certificados bursátiles".
  • S/N / “Evaluación de los Riesgos Considerados en el Programa de Administración de Riesgos Institucionales 2006".
    '450/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XIV de la Ley del Seguro Social, ACUERDA: ÚNICO.- Aprobar el documento “Evaluación de los Riesgos Considerados en el Programa de Administración de Riesgos Institucionales 2006", que presenta la Dirección de Finanzas con oficio 2207 del 19 de septiembre de 2006".
  • S/N / “Informe Financiero y Actuarial al 31 de diciembre de 2005", el cual se deberá someter a la consideración de la XCVII Asamblea General Ordinaria del IMSS.
    '451/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 262, 263 y 268 fracciones VI y XI de la Ley del Seguro Social, ACUERDA: I.- Aprobar el “Informe Financiero y Actuarial al 31 de diciembre de 2005", presentado por la Dirección General, por conducto de la Dirección de Finanzas con oficio 2206 del 20 de septiembre de 2006; y II.- Someter a la consideración de la XCVII Asamblea General Ordinaria del Instituto Mexicano del Seguro Social el documento mencionado, para los efectos a que se refiere el Artículo 261 de la misma Ley".
  • S/N / Estados Financieros Institucionales Consolidados y por Ramo de Seguro, Dictaminados al 31 de diciembre de 2005-2004.
    '452/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones II, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y en términos de la solicitud presentada por la Dirección de Finanzas con oficio número 2212 del 19 de septiembre de 2006, ACUERDA: ÚNICO.- Tomar nota de los Estados Financieros Institucionales Consolidados y por Ramo de Seguro, según lo establecido en el Artículo 277 E de la misma Ley, Dictaminados por el Despacho de Auditoría Externa, Solloa, Tello de Meneses y Cía., S.C., con cifras al 31 de diciembre de 2005-2004".
  • S/N / Informe de Avance de Solventación de Observaciones de Auditoría formuladas en el IMSS, con corte al primer semestre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por el H. Consejo Técnico en el punto IV de su Acuerdo 304/2005.
    '453/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XlV de la Ley del Seguro Social, y de conformidad con los Lineamientos Generales para la presentación de los Informes y Reportes del Sistema de Información Periódica publicados por la Secretaría de la Función Pública en el Diario Oficial de la Federación el 6 de octubre de 2004, toma nota del Informe de Observaciones relevantes de Auditoría en el Instituto Mexicano del Seguro Social, correspondiente al período julio 2004 a junio 2006, que presenta la Dirección General a través de la Dirección de Finanzas, con oficio 2210 del 20 de septiembre de 2006, y Acuerda: I.- Se da por enterado que de un total de 2,351 observaciones de auditoría al inicio del periodo que se informa, formuladas al IMSS por la Secretaría de la Función Pública, la Auditoría Superior de la Federación y/o el Auditor Externo, se solventaron un total de 1,136, quedando un saldo al segundo trimestre de 2006 de 1,579 observaciones, de las cuales ya fueron enviadas a las Unidades Administrativas Delegacionales y de Nivel Central para su atención; II.- Faculta a la administración del IMSS para que se continúe aplicando el mecanismo de reuniones periódicas entre el Órgano Interno de Control en el IMSS y las unidades administrativas del Instituto responsables del proceso de solventación para promover el desahogo de las observaciones que se encuentren pendientes de resolver y las que se adicionen; y III.- La Dirección General a través de la Dirección de Finanzas deberá informar semestralmente a este Cuerpo Colegiado sobre el avance de solventación que presenten las observaciones de auditoría formuladas"
  • S/N / Resultados Financieros por la Inversión de las Reservas y el Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, correspondiente al año 2006, y Políticas y Directrices de Inversión.
    '454/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones I, III, IV y XXXVII, 263, 264 fracciones I, II, III y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracción XX y 32 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Primero.- Tomar nota y aprobar con beneplácito, el documento que contiene información relativa a los Resultados Financieros por la Inversión de las Reservas y el Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, correspondiente al año 2006, y Políticas y Directrices de Inversión, presentado por la entonces Dirección de Inversiones Financieras, mediante oficio 928 de fecha 18 de septiembre de 2006, cuyo contenido es: I. Resultados financieros por la inversión de las Reservas y el Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual correspondientes al año 2006; I.1 Composición del portafolio de inversión; I.2 Cumplimiento de metas y límites de inversión; I.3 Evolución histórica de la constitución de las Reservas y Fondo Laboral y de los productos financieros; II. Políticas y Directrices de Inversión; II.1 Política de inversión; II.2 Estrategias de inversión; II.3 Diversificación del portafolio, y II.4 Conclusiones. Segundo.- Presentar la información antes mencionada a la XCVII Asamblea General Ordinaria del Instituto Mexicano del Seguro Social, al someter a la consideración de dicho Órgano Superior, el Informe Financiero y Actuarial previsto en el Artículo 261 de la Ley del Seguro Social".
  • S/N / Informe sobre el avance del Programa “De la Corrección de la Situación Fiscal de los Patrones y demás Sujetos Obligados ante el IMSS", correspondiente al primer semestre de 2006.
    '455/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el avance del Programa “De la Corrección de la Situación Fiscal de los Patrones y demás Sujetos Obligados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social", correspondiente al primer semestre de 2006, que presenta la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, actualmente Dirección de Incorporación y Recaudación, con oficio 617 del 29 de agosto de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 393/2003, de fecha 22 de octubre de 2003".
  • S/N / Informe sobre el Avance obtenido en el Abatimiento de Juicios en aplicación del Convenio de Colaboración entre la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y el Instituto Mexicano del Seguro Social, correspondiente al segundo cuatrimestre de 2006.
    '456/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el Avance obtenido en el Abatimiento de Juicios en aplicación del Convenio de Colaboración entre la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y el Instituto Mexicano del Seguro Social, correspondiente al segundo cuatrimestre de 2006, que presenta la Dirección Jurídica con oficio 625 del 13 de septiembre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 218/2001, de fecha 16 de mayo de 2001".
  • S/N / Informe de avance al trámite para el alta de artículos donados al Sistema Nacional de Tiendas IMSS-SNTSS.
    '457/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota del Informe de acciones que presenta la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales con oficio 1823 del 11 de septiembre de 2006, referente a los trámites de alta de 137 impresoras en donación para el Sistema Nacional de Tiendas IMSS-SNTSS autorizada por el propio Consejo Técnico en su Acuerdo 133/2006 del 29 de marzo de 2006".
  • S/N / Informe sobre los resultados de la aplicación del esquema de optimización de plazas en los Centros Vacacionales.
    '458/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones I y XXXVII, 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota del Informe sobre los resultados de la aplicación del esquema de optimización de plazas en los Centros Vacacionales; de la mecánica presupuestaria instaurada para su fortalecimiento y de la estructura orgánica de los mismos, que presenta la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales con oficio 1908 del 19 de septiembre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el punto IX de su Acuerdo 635/2001, de fecha 21 de noviembre de 2001".
  • S/N / Informe de los Avances en la Implantación del Esquema de Guardería Integradora, así como el resultado de supervisión de las condiciones de operación del mismo.
    '459/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme a la resolución del Comité de Prestaciones Económicas y Sociales de este Cuerpo Colegiado del día 8 de septiembre de 2006, toma nota del Informe de los Avances en la Implantación del Esquema de Guardería Integradora, así como el resultado de la supervisión de las condiciones de operación del mismo, que presenta la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales con oficio 1908 del 19 de septiembre de 2006, en relación con lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 498/2004, de fecha 20 de octubre de 2004".
  • S/N / Informe relativo a los resultados derivados de la autorización otorgada a la Delegación Estatal en Coahuila, para agilizar los trámites administrativos de los beneficiarios de los sesenta y cinco trabajadores atrapados en la Mina de Carbón “Pasta de Conchos".
    '460/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota del Informe relativo a los resultados derivados de la autorización otorgada a la Delegación Estatal en Coahuila, para agilizar los trámites administrativos de los beneficiarios de los sesenta y cinco trabajadores atrapados en la Mina de Carbón “Pasta de Conchos", que presenta la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales con oficio 5469 del 20 de septiembre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 128/2006, de fecha 29 de marzo de 2006".
  • S/N / Informe sobre el proyecto “Desarrollo de Medicamentos a base de plantas medicinales" derivado de la instalación de una Política Institucional de Investigación y Desarrollo Tecnológico, con la participación del Sector Empresarial, correspondiente al primer semestre de 2006.
    '461/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe sobre el proyecto “Desarrollo de Medicamentos a base de plantas medicinales", derivado de la instalación de una Política Institucional de Investigación y Desarrollo Tecnológico, con la participación del Sector Empresarial, correspondiente al primer semestre de 2006, que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas con oficio 1781, de fecha 11 de septiembre de 2006, de conformidad con lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 19/2004 del 21 de enero de 2004".
  • S/N / Informe sobre los requerimientos de equipamiento médico y de equipo de alta tecnología.
    '462/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones V y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, VI, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracción XX y 46 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme al oficio 1823 del 19 de septiembre de 2006 de la Dirección de Prestaciones Médicas, Acuerda: Primero.- Tomar conocimiento de los Requerimientos de equipamiento médico y de equipo de alta tecnología, que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas, en cumplimiento a lo solicitado por los señores consejeros en su sesión del 30 de agosto de 2006; Segundo.- Instruir a las Direcciones de Prestaciones Médicas, de Administración y Evaluación de Delegaciones, y de Finanzas, a efecto de que conjuntamente revisen los Requerimientos de equipamiento médico y de equipo de alta tecnología, a que se refiere el punto Primero de este Acuerdo, y presenten a este propio Consejo Técnico para la autorización dentro de la disponibilidad presupuestal para el equipamiento; y Tercero.- Instruir a las Direcciones de Prestaciones Médicas, de Administración y Evaluación de Delegaciones, y de Finanzas, para que de manera conjunta informen semestralmente a este Cuerpo Colegiado sobre el avance en el cumplimiento del presente Acuerdo".
  • S/N / Informe referente a la autorización para que los hospitales de segundo y tercer nivel de atención del Régimen Obligatorio, otorguen atención médica que incluya la atención del parto y del recién nacido, así como las urgencias médico-quirúrgicas derivadas de las complicaciones del embarazo, parto y/o puerperio de las mujeres que se identifiquen como beneficiarias del Programa IMSS-Oportunidades.
    '463/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe del avance derivado del Acuerdo de este propio Consejo Técnico 126/2006, de fecha 29 de marzo de 2006, referente a la autorización para que los hospitales de segundo y tercer nivel de atención del Régimen Obligatorio, otorguen atención médica que incluya la atención del parto y del recién nacido, así como las urgencias médico-quirúrgicas derivadas de las complicaciones del embarazo, parto y/o puerperio de las mujeres que se identifiquen como beneficiarias del Programa IMSS-Oportunidades, que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas con oficio 1847 del 21 de septiembre de 2006".
  • S/N / Informe del Monitoreo de Surtimiento de Medicamentos en Farmacias de Unidades de 1er. y 2do. Nivel de Atención, así como de las UMAE’s, correspondiente a los meses de enero a junio de 2006.
    '464/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre la Tabla 1. Claves de medicamentos no surtidos, resultado del Monitoreo de Surtimiento de Medicamentos en Farmacias de Unidades Médicas de 1er. y 2do. Nivel de Atención, así como de las Unidades Médicas de Alta Especialidad (UMAE’s), correspondiente a los meses de enero a junio de 2006, que presenta la Unidad de Vinculación Institucional, actualmente Unidad de Vinculación con oficio 253/06 del 13 de septiembre de 2006, en relación con lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 57/2004, de fecha 18 de febrero de 2004".
  • S/N / Informes Ejecutivos del Seguimiento de Medidas Correctivas, correspondientes al primer y segundo trimestres de 2006.
    '465/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota de los Informes Ejecutivos del Seguimiento de Medidas Correctivas, correspondientes al primer y segundo trimestres de 2006, que presenta el Órgano Interno de Control en el IMSS con oficios 786/06 y 1377/06 del 29 de mayo y 19 de septiembre de 2006, respectivamente, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 344/99, de fecha 23 de junio de 1999".
  • S/N / Designación de representante propietario del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Gineco Obstetricia No. 4 “Luis Castelazo Ayala", Distrito Federal. (CONCAMIN)
    '468/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones VII y XXXVII, 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 113 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de la designación comunicada por el licenciado León Halkin Bider, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), en favor del doctor Rafael Gerardo Magaña Santos, como representante propietario, del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Gineco Obstetricia No. 4 “Luis Castelazo Ayala", D.F. Esta designación se hace en sustitución del ingeniero Felipe Ruiz de Velasco y Villafaña, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 214/2004 del 22 de abril de 2004, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Reconocimiento al personal médico y paramédico que labora en el Hospital de Especialidades No. 71 en la ciudad de Torreón, Coah.
    '469/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico toma nota con satisfacción del escrito de fecha 11 de agosto de 2006, presentado por la señora María Elena Casas Franco, en el cual hace patente su reconocimiento al personal médico y paramédico que labora en el Hospital de Especialidades No. 71 en la ciudad de Torreón, Coahuila, en razón de la eficiente, oportuna y adecuada atención médica que se le brindó y por los excelentes resultados obtenidos en la intervención quirúrgica a la que fue sometida".
  • S/N / Se declara “2006, Año del Bicentenario del Natalicio del Benemérito de las Américas, Don Benito Juárez García", se acuerda que se realice una ceremonia en la que se devele placa alusiva a este acontecimiento.
    '470/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, atendiendo al Acuerdo Presidencial del 8 de febrero de 2006, por el que se declara “2006, Año del Bicentenario del Natalicio del Benemérito de las Américas, Don Benito Juárez García", acuerda que se realice una ceremonia en la que se devele placa alusiva a este acontecimiento, el próximo día 8 de noviembre, en el marco de la XCVII Asamblea General Ordinaria del Instituto".
  • S/N / Se fijan las 17:00 hrs. del día 30 de octubre de 2006, para la celebración de la próxima sesión ordinaria del HCT.
    '471/2006 / 27 de Septiembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las 17:00 horas del día 30 de octubre del año 2006".
  • S/N / Designación del Dr. José de Jesús Lomelí Ramirez, como Titular de la Delegación Estatal en Campeche.
    '472/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción III del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y designa al doctor José de Jesús Lomelí Ramírez, como Titular de la Delegación Estatal en Campeche, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación se hace en sustitución del doctor Fernando José Sandoval Castellanos, y surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Designación del Dr. Fernando José Sandoval Castellanos como Titular de la Delegación Estatal en Tabasco.
    '473/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción III del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y designa al doctor Fernando José Sandoval Castellanos, como Titular de la Delegación Estatal en Tabasco, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación se hace en sustitución del licenciado Jaime Carbajal Aceves, y surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Designación del Lic. Jaime Carbajal Aceves como Titular de la Delegación Estatal en Zacatecas.
    '474/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción III del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y designa al licenciado Jaime Carbajal Aceves, como Titular de la Delegación Estatal en Zacatecas, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación se hace en sustitución del doctor Héctor Jesús Luis Alfonso Lozano de los Santos, y surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / “Tercera Evaluación Trimestral de los Ingresos recibidos y el Gasto Incurrido con Respecto al Presupuesto 2006 Aprobado del Instituto Mexicano del Seguro Social y Propuestas de Adecuación".
    '475/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 264 fracción VI, 274, 277 y 277 C de la Ley del Seguro Social, y conforme a la resolución del Comité de Presupuesto de este Cuerpo Colegiado del 25 de octubre de 2006, aprueba el documento denominado “Tercera Evaluación Trimestral de los Ingresos Recibidos y el Gasto Incurrido con Respecto al Presupuesto 2006 Aprobado del IMSS y Propuestas de Adecuación", que presenta la Dirección de Finanzas, con las siguientes consideraciones: a) Se toma nota de los resultados de ingresos y gastos en flujo de efectivo y devengado presentados en las secciones II y III de este documento. b) Se toma nota del avance en el cumplimiento del Programa de Administración y Constitución de Reservas aprobado por este Cuerpo Colegiado el 14 de diciembre de 2005, con Acuerdo 557/2005 y sus modificaciones. c) Se toma nota de los resultados al tercer trimestre de los indicadores aprobados y publicados en el PEF 2006, que evalúan los programas institucionales contenidos en la sección V del documento. d) Se aprueban las adecuaciones al presupuesto de flujo de efectivo y el de operación, en los términos descritos en la sección VI del presente documento, incluyendo las cifras contenidas en las tablas 6 y 7 correspondientes, así como los calendarios respectivos, las cuales mantienen el compromiso de las Reservas Financieras y Actuariales y del Fondo para el Cumplimiento de las Obligaciones Laborales de Carácter Legal y Contractual aprobado por este Consejo Técnico. e) Se autoriza la utilización de la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento para respaldar el Programa de Inversión Física. f) Se toma nota de la actualización de los contratos multianuales, presentada en la sección VII. g) Se aprueba el programa de inversión física para 2006-2007 contenido en la sección VIII. h) Se aprueban en términos del Artículo 277 F de la Ley del Seguro Social los 370 proyectos multianuales. i) Se toma nota del ejercicio del presupuesto de las Áreas de Administración Central, así como de sus adecuaciones presupuestales, contenidas en la sección IX subsección a). j) Se toma nota de la actualización de los donativos, presentada en la sección IX subsección b). k) Se toma nota de la situación presupuestaria de los gastos de previsión social y fomento, presentada en la sección IX subsección c), de acuerdo a la nueva estructura organizacional definida en el Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social. l) Para dar cumplimiento a lo establecido en los párrafos segundo y tercero del Artículo 28 del Reglamento Interior del IMSS, se autoriza la transferencia a la Secretaría General del presupuesto para apoyar el desempeño de las funciones de este Consejo Técnico por lo que resta del presente ejercicio. m) Se autoriza el incremento de 5,398 plazas solicitadas por la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones mediante oficio 679 para alcanzar la cifra de 368,348 plazas, de acuerdo a lo señalado en la sección IX subsección e). n) Se toma nota de que a la fecha se tiene pendiente la resolución de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a la gestión de cobro del IMSS de los adeudos 2004, 2005 y 2006 a cargo del Gobierno Federal, y que al cierre del mes de septiembre de 2006 ascendió a $7,751 millones, y se instruye para que la Dirección General por conducto de la normativa de Finanzas, y con el apoyo de la Jurídica, continúe con las gestiones de cobro ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. o) Se instruye a la Dirección General para que, por conducto de la Dirección de Finanzas, se envíe el presente documento a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Así mismo para que cumplimente y oficialice los presentes acuerdos, en los términos que señala la Ley del Seguro Social".
  • S/N / “Anteproyecto de Presupuesto 2007 del Instituto Mexicano del Seguro Social y Reporte de la Dirección General".
    '476/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 264 fracciones I, II, III y VI, 270, 272, 274, 275, 276, 277 G y 277 F de la Ley del Seguro Social, y conforme a la resolución del Comité de Presupuesto de este Cuerpo Colegiado del 25 de octubre de 2006, aprueba el Anteproyecto de Presupuesto 2007 del Instituto Mexicano del Seguro Social y Reporte de la Dirección General, el cual contiene los Anteproyectos de Presupuestos de Operación y Flujo de Efectivo de Ingresos y Gastos para el ejercicio 2007 y el Reporte de la Dirección General a que hace referencia el Artículo 275 de la Ley del Seguro Social, con las consideraciones específicas siguientes: a)Se aprueba el Anteproyecto de Presupuesto por Programas (actividades y procesos) referente a la fracción II del Artículo 275 de la Ley del Seguro Social (Tabla 2). b) Se aprueba la celebración de los proyectos que por su naturaleza y características abarcan más de un período, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal, contenidos en la fracción III del Artículo 275 de la Ley del Seguro Social. Además, de la aprobación como proyectos multianuales, deberá darse una asignación específica en cada ejercicio para su ejecución, y cumplirse con la normatividad sobre adquisiciones y obras públicas que corresponda (Tabla 3). c) Se aprueba el Anteproyecto de los Ingresos, Gastos y Excedentes de Flujo de Efectivo y de Operación del Instituto, referente a las fracciones IV a VIII del Artículo 275 de la Ley del Seguro Social (Tablas 7 y 8). d) Se aprueban las aportaciones a las Reservas Financieras y Actuariales y al Fondo para el Cumplimiento de las Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual a que se refiere la fracción VIII del Artículo 275 de la Ley del Seguro Social. e) Se autoriza el monto del Anteproyecto para la contratación por honorarios de personas físicas. f) Se toma nota de las plazas promedio a ejercer en el 2007, determinadas por la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones contenidas en la sección referente a la fracción X del Artículo 275 de la Ley del Seguro Social. g) Se toma nota de la información sobre pasivos laborales contenida en la sección referente a la fracción XI del Artículo 275 de la Ley del Seguro Social. h) Se toma nota de que la distribución del Presupuesto de Operación por Ramo de Seguro se efectúa con base en los porcentajes que resultan al aplicar la metodología por contabilidad por ramo de seguro, aprobada por este Consejo Técnico. i) Se toma nota del deterioro continuo que se proyecta para los resultados financieros de los Seguros de Enfermedades y Maternidad, Gastos Médicos de Pensionados, Guarderías y Prestaciones Sociales y Salud para la Familia, además de que los Seguros de Guarderías y Prestaciones Sociales y Salud para la Familia, están llegando al límite del déficit que puede ser financiado en los términos del Artículo 283 de la Ley del Seguro Social. j) Se aprueba el Programa de Inversión Física para 2006-2007 contenido en la sección referente a la fracción XII del Artículo 275 de la Ley del Seguro Social. k) Se aprueban en términos del Artículo 277 F de la Ley del Seguro Social los 370 proyectos multianuales. l) Se toma nota de que la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento se utilizará para respaldar el Programa de Inversiones. m) Se aprueba que para el 2007 se asigne el Anteproyecto de Presupuesto presentado en este documento en la sección referente a la fracción XIII del Artículo 275 de la Ley del Seguro Social para las áreas de administración central. n) Se aprueba el Anteproyecto de Presupuesto 2007 para los gastos de los servidores públicos superiores y de previsión social y fomento. o) Se aprueba el Anteproyecto de Presupuesto para Donativos y para Cuotas, Aportaciones y Equidad. p) Con fundamento en el Artículo 277 G de la Ley del Seguro Social, se autoriza la política relacionada con la aplicación de las medidas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal contenida en el inciso A) del apartado correspondiente a la fracción XIV del Artículo 275 de la Ley del Seguro Social, en el cual se señala que las cifras del Anteproyecto 2007 ya contienen la aplicación de las políticas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria. q) Se autoriza a la Dirección de Finanzas para continuar en el presente ejercicio con los mecanismos y lineamientos para iniciar los procesos licitatorios en atención al Acuerdo 285/2006 de este Cuerpo Colegiado, y comprometer recursos presupuestales del 2007, descritos en la sección correspondiente a la fracción XIV del Artículo 275 de la Ley del Seguro Social, inciso C) del documento que se aprueba. r) Se aprueba el Anteproyecto de Presupuesto 2007 correspondiente a la H. Comisión de Vigilancia del IMSS. s) Se toma nota del adeudo por $7,751 millones del Gobierno Federal con el IMSS por concepto de aportaciones tripartitas al Instituto, transferencias por pensiones en curso de pago y las comisiones por su administración, del período de enero 2004 a septiembre 2006 y se instruye a la Dirección General para que a través de la Dirección de Finanzas, con la asesoría de la Dirección Jurídica, se continúe con la gestión de cobro del adeudo restante. t) Se instruye a la Dirección General para que, por conducto de la Dirección de Finanzas, se envíe el presente documento a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su conocimiento y efectos conducentes, con fundamento en el Artículo 276 de la Ley del Seguro Social".
  • S/N / Estados financieros dictaminados al 31 de agosto de 2006, así como la inclusión de los mismos en el Informe de Rendición de Cuentas de la Administración Pública Federal 2000-2006.
    '477/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 de la Ley del Seguro Social, y en términos de la solicitud presentada por la Dirección de Finanzas con oficio 2428, de fecha 17 de octubre de 2006, Acuerda: Aprobar los estados financieros dictaminados al 31 de agosto de 2006, así como la inclusión de los mismos en el Informe de Rendición de Cuentas de la Administración Pública Federal 2000-2006. Lo anterior a efecto de dar cabal cumplimiento y observancia al acuerdo emitido por el Ejecutivo Federal el 14 de septiembre de 2005".
  • S/N / Entrada en operación de la UMAE: Hospital de Traumatología y Ortopedia “Dr. José Manuel Ortega Domínguez" de Villa Coapa, D. F.
    '478/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones II, XXIV y XXXVII, 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, 2 fracciones III inciso b) y IV inciso b), 31 fracción XX, 112 y 113 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme al oficio 1937 del 4 de octubre de 2006 de la Dirección de Prestaciones Médicas, ACUERDA: Primero.- Autorizar la entrada en operación de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Traumatología y Ortopedia “Dr. José Manuel Ortega Domínguez" de Villa Coapa, Distrito Federal; Segundo.- Autorizar la incorporación de la Unidad de Medicina Física y Rehabilitación del Sur, a la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Traumatología y Ortopedia “Dr. José Manuel Ortega Domínguez" de Villa Coapa, Distrito Federal; y Tercero.- Los Sectores Obrero y Patronal de este Consejo Técnico, procederán a designar a sus dos representantes propietarios y a sus dos representantes suplentes, que integrarán a la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad que se señala en el punto Primero del presente Acuerdo".
  • S/N / Designación del Dr. José Fernando Torres Roldán como Director de la UMAE: Hospital de Traumatología y Ortopedia “Dr. José Manuel Ortega Domínguez" de Villa Coapa, D.F.
    '479/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263 y 264 fracciones IX y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción III del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el licenciado Fernando Flores, Director General, y nombrar al doctor José Fernando Torres Roldán como Director de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Traumatología y Ortopedia “Dr. José Manuel Ortega Domínguez" de Villa Coapa, Distrito Federal, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Este nombramiento surtirá sus efectos a partir de la fecha de la toma de posesión correspondiente".
  • S/N / Modificación de la fracción I, del punto Primero y el inciso c), del punto Segundo, de los Lineamientos para la asignación del Registro Patronal Único.
    '480/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones I, IV, VIII, XIII y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones IV y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social y, de conformidad con la propuesta presentada por la Dirección de Incorporación y Recaudación con oficio 729 del 11 de octubre de 2006, ACUERDA: PRIMERO.- Autorizar la modificación de la fracción I, del punto Primero y el inciso c), del punto Segundo, de los Lineamientos para la asignación del Registro Patronal Único, emitidos por este Órgano de Gobierno mediante Acuerdo 697/2002, dictado en sesión de fecha 20 de diciembre de 2002 y, reformado mediante diversos 107/2003 y 325/2003, del 12 de marzo y 27 de agosto de 2003, respectivamente, publicado en el Diario Oficial de la Federación del día 14 de mayo de 2004, para quedar bajo los términos siguientes: a) “Primero: … I. El representante legal del patrón acudirá entre los meses de marzo y diciembre del año de que se trate a la Delegación del Instituto Mexicano del Seguro Social (EL INSTITUTO) que corresponda a su domicilio fiscal. El INSTITUTO le hará entrega de la “Solicitud de Adhesión para la Asignación del Registro Patronal Único" y la “Carta de Aceptación por parte del Patrón de las Condiciones en que Operará el Registro Patronal Único". b) “Segundo: … c) Que a partir de que el Registro Patronal Único inicie su operación, el patrón se obliga a revisar anualmente la siniestralidad para los periodos subsecuentes por cada uno de sus registros asociados, en términos de los Artículos 72 y 74 de la Ley y 32 del Reglamento y, posteriormente fije la prima correspondiente conforme a lo dispuesto en los incisos a), b) y c) de la fracción I del Artículo 27 de este último Ordenamiento." SEGUNDO.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación, para que a través de las unidades administrativas competentes, se dé respuesta a las dudas, aclaraciones o planteamientos que con motivo de su aplicación se presenten. TERCERO.- Instruir a la Dirección Jurídica de este Instituto, para que una vez concluidos los trámites administrativos a que haya lugar, se gestione la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación. CUARTO.- Las modificaciones a que se refiere el presente Acuerdo, entrarán en vigor a partir del día hábil siguiente al de su publicación en el mencionado medio de difusión oficial".
  • S/N / Modificar e incorporar algunos conceptos en los Lineamientos Operativos del Consejo Técnico, respecto a las facultades, integración y funcionamiento de los Comités y Comisiones del HCT, así como su materia de competencia.
    '481/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones VII y XXXVII y 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y Artículos 31 fracciones X y XX, 32, 33 fracciones I, II, III, IV y V, 35 fracciones V, VI y XIV, 36 fracciones IV, V y VII y 38 fracciones IV, XII y XIII del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social vigente a partir del 19 de septiembre de 2006 y en lo establecido en los puntos 1.8. y 1.8.2. de los Lineamientos Operativos del Consejo Técnico, aprobados en la XC Asamblea General Ordinaria del Instituto Mexicano del Seguro Social el 29 de abril de 2002, Acuerda: PRIMERO.- Ratificar la continuación del funcionamiento y operación de los Comités y Comisiones, así como su materia de competencia en la forma siguiente: Comité de Planeación y Presupuesto del H. Consejo Técnico. Materia de Competencia: Facultad de efectuar los estudios sobre: Pensiones, subsidios y ayudas, capitales constitutivos y otorgamiento de prestaciones médico-sociales, motivo por el cual se sugiere cambie de denominación a Comité de Prestaciones Médico-Sociales; Comité de Asuntos Jurídicos. Materia de Competencia: Inconformidades, reformas a la Ley y sus Reglamentos, y análisis e interpretación jurídica; Comisión de Revisión de Actas del H. Consejo Técnico. Materia de Competencia: Revisión del proyecto del Acta para que se ajuste a lo tratado y acordado en las sesiones del H. Consejo Técnico; Comisión Bipartita de Atención al Derechohabiente del H. Consejo Técnico. Materia de Competencia: Resolución de quejas y solicitudes de reintegro de gastos médicos así como para la expedición retroactiva de incapacidades; Comisión Tripartita para el Análisis y la Evaluación de los Fideicomisos y Fondos del IMSS. Materia de Competencia: Análisis y evaluación del funcionamiento de los Fideicomisos y Fondos del IMSS, renovando los fideicomisos de administración de teatros y salas de espectáculos del Instituto, el fideicomiso de beneficios sociales y de desarrollo para el deporte; así como los fondos de fomento a la investigación y el de fomento a la educación médica; Comisión de Inversiones Financieras del H. Consejo Técnico. Materia de Competencia: Las que se establecen en el Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del IMSS, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de octubre de 1999. SEGUNDO.- Ampliar las facultades de los Comités siguientes: de Prestaciones Económicas y Sociales, para efectuar los estudios sobre el fincamiento de los capitales constitutivos; de Incorporación y Recaudación, para contemplar las daciones en pago de créditos a favor del Instituto mediante la entrega de inmuebles. TERCERO.- Que los señores Consejeros del Sector Obrero y Patronal ratifiquen o designen a sus representantes Propietarios y Suplentes en los Comités y Comisiones a que se refiere el punto Primero del presente Acuerdo. CUARTO.- Ratificar en lo conducente los Acuerdos 541/90, 76/94 y 233/2000, de fechas 10 de octubre de 1990, 9 de marzo de 1994 y 12 de abril de 2000, respectivamente. QUINTO.- Se deja insubsistente, en su parte correspondiente lo dispuesto en los Acuerdos 541/90, 196/2000, 570/98 y 689/2000, de fechas 10 de octubre de 1990, 15 de marzo de 2000, 4 de noviembre de 1998 y 11 de octubre de 2000, respectivamente. SEXTO.- Que las Direcciones Jurídica y de Administración y Evaluación de Delegaciones, efectúen la modificación respectiva a los Lineamientos Operativos del Consejo Técnico, sancionados por ese Cuerpo Colegiado mediante Acuerdo 206/2002 de fecha 25 de abril de 2002 y aprobados en la XC Asamblea General Ordinaria del IMSS el 29 de abril de 2002, con relación a la integración, materia de competencia y funcionamiento de los Comités y Comisiones del H. Consejo Técnico. SÉPTIMO.- Ratificar la vigencia de los Acuerdos 289/91 y 186/2005, de fechas 19 de junio de 1991 y 20 de abril de 2005, respectivamente, en los que se establece que será el Titular de la Secretaría General del Instituto y Secretario del H. Consejo Técnico, el que funja como Secretario Técnico ante los Comités y Comisiones del Órgano de Gobierno del Instituto y la operación y funcionamiento del H. Consejo Técnico. OCTAVO.- La elaboración del Calendario Anual de Reuniones para el año 2007, deberá ser consensuada con las Direcciones Normativas, Consejeros Integrantes de los Comités y Comisiones correspondientes y la Secretaría General del Instituto. NOVENO.- Modificar los puntos 1.6, 1.7 y 1.8 de los Lineamientos Operativos del Consejo Técnico, a fin de ponderar y definir las facultades, integración y funcionamiento, respectivamente, de los Comités y Comisiones de dicho Cuerpo Colegiado".
  • S/N / Formato referente a la Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo derivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad CLEM 22 y CLEM 22A.
    '482/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones II y XX, y 71 fracción III del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, considerando la solicitud de la Dirección de Incorporación y Recaudación, Acuerda: ÚNICO.- Aprobar el formato que en dos fojas útiles remite la Dirección de Incorporación y Recaudación con oficio 731 del 16 de octubre de 2006, referente a la Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo derivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad CLEM 22 y CLEM 22A".
  • S/N / Se aprueban los datos y documentos específicos que se deben proporcionar o adjuntar, así como los plazos máximos de resolución y vigencia de ésta, respectivamente, a los trámites que aplica el IMSS, a través de la Dirección mencionada, cuando dicha información no esté prevista en la LSS, sus reglamentos y disposiciones aplicables de manera supletoria.
    '484/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones IV, XI y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con los Artículos 69-M y 69-O de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y en términos de la solicitud que presenta la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales con oficio 2069 del 9 de octubre de 2006, ACUERDA: Primero.- Aprobar los datos y documentos específicos que se deben proporcionar o adjuntar, así como los plazos máximos de resolución y vigencia de ésta, respectivamente, a los trámites que aplica el Instituto Mexicano del Seguro Social, a través de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, cuando dicha información no esté prevista en la Ley del Seguro Social, sus reglamentos y disposiciones aplicables de manera supletoria. Segundo.- Aprobar el Anexo “A" que contiene la información a que se refiere el punto anterior, así como el Anexo “B", que comprende los formatos y sus instructivos de llenado que respaldan los procesos y trámites correspondientes a las prestaciones económicas, respectivamente, anexos que se acompañan al presente Acuerdo formando parte del mismo, los cuales entrarán en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Tercero.- Instruir a las unidades administrativas de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales que apliquen los trámites señalados en el Anexo “A" y los formatos del Anexo “B", a que observen lo dispuesto en este Acuerdo en el desahogo de los mismos y resuelvan las dudas o aclaraciones que con motivo de su aplicación se presenten. Cuarto.- Instruir a la Dirección Jurídica para que una vez concluidos los trámites administrativos a que haya lugar, se gestione la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación".
  • S/N / Se autoriza aceptar la donación pura, simple y a título gratuito, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., de los bienes muebles consistentes en insumos de laboratorio, calibradores, controles y consumibles "Genes candidato como marcadores de riesgo en sujetos sanos e intolerantes a la glucosa".
    '485/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y XXXVII, 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones XVII y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social y, de conformidad con el Artículo 182 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y, el numeral 7.1.11, último párrafo de la Norma de Disposiciones Presupuestarias del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que por conducto del Director de Prestaciones Médicas de este Instituto, acepte mediante donación pura, simple y a título gratuito, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., los bienes muebles consistentes en insumos de laboratorio, calibradores, controles y consumibles cuyas características y especificaciones se describen en el Anexo 1, con un valor total aproximado de $439,414.43 (cuatrocientos treinta y nueve mil cuatrocientos catorce pesos 43/100 M.N.) incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), los cuales serán entregados de acuerdo a las necesidades de la Unidad de Investigación Médica en Bioquímica del Centro Médico Nacional Siglo XXI, con la finalidad de apoyar la realización del proyecto “Genes candidato como marcadores de riesgo en sujetos sanos e intolerantes a la glucosa". Segundo.- Instruir a la Dirección de Finanzas, a fin de que considere, para efectos contables, el valor de los bienes objeto de la donación. Tercero.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas, a fin de que en coordinación con la Dirección Jurídica, realice los trámites de formalización de esta operación, en cumplimiento de todos los requisitos legales, atendiendo a lo previsto en el Código Civil Federal, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto en el Artículo 9 de la Ley del Seguro Social. Los gastos y honorarios que se generen por esta operación, serán por cuenta del Instituto y, los impuestos y derechos por quien la Ley determine".
  • S/N / Se difiere para una próxima sesión la resolución de las propuestas de ratificaciones y designaciones de representantes propietarios y suplentes, por el Sector Patronal, en el HCT del IMSS. (CONCAMIN)
    '486/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, Acuerda: Diferir para una próxima sesión la resolución de las propuestas de ratificaciones y designaciones de representantes propietarios y suplentes, en el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, por la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), a que se refiere su oficio de fecha 25 de septiembre de 2006".
  • S/N / Se difiere para una próxima sesión la resolución de las propuestas de designaciones de representantes propietario y suplente, por el Sector Obrero, en el HCT del IMSS. (SNTMMSRM)
    '487/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, Acuerda: Diferir para una próxima sesión la resolución de las propuestas que presenta el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSRM), a que se refiere su oficio de fecha 17 de octubre de 2006, respecto a las designaciones de sus representantes propietario y suplente en el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social".
  • S/N / Se difiere para una próxima sesión la resolución de las propuestas de designaciones de representantes propietarios y suplentes en los Consejos Consultivos de las Delegaciones Estatales en Coahuila, Chihuahua, San Luis Potosí y Zacatecas; Regionales en Nuevo León y Estado de México Oriente; y Norte en el Distrito Federal. Asimismo, en la Junta de Gobierno de la UMAE: “Hospital de Cardiología No. 34", CMN Noreste, Monterrey, N. .L. SNTMMSRM
    '488/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, Acuerda: Diferir para una próxima sesión la resolución de las propuestas que presenta el señor Elías Morales Hernández, Secretario General del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSRM), con oficios fechados los días 8, 16 y 17 de mayo, 27 de junio y 19 de julio de 2006, respecto de las designaciones de representantes propietarios y suplentes, en los Consejos Consultivos de las Delegaciones Estatales en Coahuila, Chihuahua, San Luis Potosí y Zacatecas; Regionales en Nuevo León y Estado de México Oriente; y Norte en el Distrito Federal. Asimismo, en la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad (UMAE): “Hospital de Cardiología No. 34" del Centro Médico Nacional del Noreste, Monterrey, Nuevo León".
  • S/N / Ratificación y designación de representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Regional en Colima. (CTM)
    '489/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 89 y 90 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de la ratificación y designación comunicadas por el licenciado Joaquín Gamboa Pascoe, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), en favor de los señores Ma. del Socorro Rivera Carrillo y Gustavo Ríos Aguilar, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Regional en Colima. La ratificación anterior surtirá sus efectos a partir del 30 de octubre de 2006, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente. La designación se hace en sustitución del señor Antonio Soto Bernal, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 615/2000 del 27 de septiembre de 2000, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual también deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Ratificación y designación de representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en San Luis Potosí. (CTM)
    '490/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 89 y 90 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de la ratificación y designación comunicadas por el licenciado Joaquín Gamboa Pascoe, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), en favor de los señores Jesús Quintanilla Cuéllar y Juan Olaf González Hernández, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en San Luis Potosí. La ratificación anterior surtirá sus efectos a partir del 30 de octubre de 2006, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente. La designación se hace en sustitución del señor Antonio Estrada Segura, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 617/2000 del 27 de septiembre de 2000, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual también deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Ratificaciones de representantes propietario y suplente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Tlaxcala. (CTM)
    '491/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 89 y 90 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de las ratificaciones comunicadas por el licenciado Joaquín Gamboa Pascoe, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), en favor de los señores Ezequiel Rodríguez Pérez y Hermilio Rojas Xicoténcatl, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Tlaxcala. Las ratificaciones anteriores surtirán sus efectos a partir del 30 de octubre de 2006, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de agosto de 2006.
    '492/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de agosto de 2006, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9. y 2.5.4 f), de los “Lineamientos Operativos del Consejo Técnico", aprobados por este Órgano de Gobierno en la sesión extraordinaria del 25 de abril de 2002 y por la XC Asamblea General Ordinaria del IMSS del 29 de abril de 2002, que presenta la Secretaría General del Instituto con oficio del 13 de octubre de 2006".
  • S/N / Informe sobre el Funcionamiento de los Consejos Consultivos Delegacionales del IMSS, correspondiente al período enero-junio 2006.
    '493/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, Acuerda: I. Tomar nota del Informe sobre el Funcionamiento de los Consejos Consultivos Delegacionales del IMSS, correspondiente al período enero-junio 2006, que presenta la Secretaría General del Instituto con oficio de fecha 13 de octubre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en sus Acuerdos 238 281/69 y 8 102/80, de fechas 10 de febrero de 1969 y 15 de octubre de 1980, respectivamente. Asimismo, dispone que la propia Secretaría General, haga llegar a los C.C. Gobernadores de los Estados y a las Organizaciones Empresariales y Obreras, el Informe relativo a la Asistencia y demás incidencias de sus representantes acreditados ante los Consejos Consultivos Delegacionales, así como que envíe a los Titulares de las Delegaciones Regionales, Estatales y del Distrito Federal, el Informe correspondiente a su Delegación; II. Por lo que respecta a la información del segundo semestre de 2006, ésta se presentará a la consideración del propio Consejo Técnico, en los primeros meses del año 2007; y III. La Secretaría General del Instituto, a partir del año 2007, presentará cuatrimestralmente ante este Órgano de Gobierno el Informe sobre el Funcionamiento de los Consejos Consultivos Delegacionales del IMSS; consecuentemente, se modifica en lo conducente el Acuerdo 238 281/69 de fecha 10 de febrero de 1969".
  • S/N / Informes relativos al Funcionamiento de las Juntas de Gobierno de las UMAES del IMSS, correspondientes a los períodos enero-diciembre 2005 y enero-junio 2006.
    '494/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, Acuerda: I. Tomar nota de los Informes relativos al Funcionamiento de las Juntas de Gobierno de las Unidades Médicas de Alta Especialidad del IMSS, correspondientes a los períodos enero-diciembre 2005 y enero-junio 2006, que presenta la Secretaría General del Instituto con oficio de fecha 13 de octubre de 2006. Asimismo, dispone que la propia Secretaría General, haga llegar a los Presidentes de las Juntas de Gobierno de las Unidades Médicas de Alta Especialidad los informes de referencia, correspondientes a su Junta de Gobierno; II. Por lo que respecta a la información del segundo semestre de 2006, ésta se presentará a la consideración del propio Consejo Técnico, en los primeros meses del año 2007; y III. La Secretaría General del Instituto, a partir del año 2007, presentará cuatrimestralmente ante este Órgano de Gobierno el Informe sobre el Funcionamiento de las Juntas de Gobierno de las Unidades Médicas de Alta Especialidad, resultado del análisis de las actas remitidas por esos Cuerpos Colegiados".
  • S/N / Informe relativo a la Distribución de Nuevas Plazas, derivado de la revisión al Contrato Colectivo de Trabajo, correspondiente al período junio-agosto de 2006.
    '495/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe relativo a la Distribución de Nuevas Plazas, derivado de la revisión al Contrato Colectivo de Trabajo, correspondiente al período junio-agosto de 2006, que presenta la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones con oficio 1039 del 26 de septiembre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 511/2005, de fecha 23 de noviembre de 2005".
  • S/N / Informe Nivel de Abasto Ponderado en Farmacias y Almacenes, correspondiente al bimestre Julio-Agosto de 2006.
    '496/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el Nivel de Abasto Ponderado en Farmacias y Almacenes, correspondiente al bimestre Julio-Agosto de 2006, que presenta la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones con oficio 1854 del 28 de septiembre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 380/2004, de fecha 14 de julio de 2004".
  • S/N / Informe sobre la Operación del Sistema de Abasto Institucional (SAI), correspondiente al período abril-junio de 2006.
    '497/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre la Operación del Sistema de Abasto Institucional (SAI), correspondiente al período abril-junio de 2006, que presenta la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones con oficio 1873 del 2 de octubre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en el punto II de su Acuerdo 476/2003, de fecha 10 de diciembre de 2003".
  • S/N / Reporte acumulado de resultados de los Estados Financieros del IMSS, al mes de julio de 2006.
    '498/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones II y XIV de la Ley del Seguro Social, toma nota del reporte acumulado de resultados, de los Estados Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social, al mes de julio de 2006, presentados por la Dirección de Finanzas con oficio 2218, de fecha 22 de septiembre de 2006".
  • S/N / Reporte acumulado de resultados de los Estados Financieros del IMSS, al mes de agosto de 2006.
    '499/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones II y XIV de la Ley del Seguro Social, toma nota del reporte acumulado de resultados, de los Estados Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social, al mes de agosto de 2006, presentados por la Dirección de Finanzas con oficio 2452, de fecha 18 de octubre de 2006".
  • S/N / Informe relativo a los rendimientos generados por las operaciones de inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuentas 1, 2A y 2B del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, correspondiente al mes de agosto de 2006.
    '500/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones III y XXXVII, 263 y 264 fracciones I, III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 3 fracción XI y 7 fracción VIII del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como el numeral 1.7.6. de los Lineamientos Operativos de este Órgano de Gobierno, ACUERDA: Primero.- Tomar nota de: a) El Informe de la Comisión de Inversiones Financieras, relativo a los rendimientos generados por las operaciones de inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuentas 1, 2A y 2B del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, correspondiente al mes de agosto de 2006; y b) Las estrategias de inversión aprobadas por la Comisión de Inversiones Financieras mediante Acuerdo 296/06, dictado en sesión de fecha 13 de septiembre de 2006, documentos presentados por la Dirección de Finanzas, de conformidad con el Artículo 70 fracción XIII del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social. Segundo.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que haga del conocimiento de la H. Comisión de Vigilancia de este Instituto, la información a la que se refieren los incisos a) y b) del punto que antecede".
  • S/N / Informe sobre el avance del Programa de Reordenamiento de Oficinas Centrales, correspondiente al primer semestre de 2006.
    '501/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el Avance del Programa de Reordenamiento de Oficinas Centrales, correspondiente al primer semestre de 2006, que presenta la Dirección de Finanzas con oficio 2439 del 18 de octubre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 367/2003, de fecha 17 de septiembre de 2003".
  • S/N / Informe sobre la “Evolución de la Cartera en Mora 2000-2006".
    '502/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre la “Evolución de la Cartera en Mora 2000-2006", que presenta la Dirección de Incorporación y Recaudación con oficio 729 del 11 de octubre de 2006".
  • S/N / Informe sobre las acciones y resultados en el ejercicio de las facultades concedidas en el Artículo Octavo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006.
    '503/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre las acciones y resultados en el ejercicio de las facultades concedidas en el Artículo Octavo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, período del 1 al 31 de julio de 2006, que presenta la Dirección de Incorporación y Recaudación con oficio 724 del 12 de octubre de 2006".
  • S/N / Informe del programa (PROMADYP)"; así como de los “Servicios Administrados de Infraestructura Tecnológica (SAIT)", “Centro de Contacto 01-800-IMSS", “Mesa de Servicios Institucionales (MSI)" y “Servicios de Telefonía Local a las ciudades de Guadalajara, Monterrey y Distrito Federal".
    '504/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe de avance trimestral sobre el desarrollo del Programa de “Modernización de la Administración de Derechohabientes y de las Prestaciones que les otorga la Ley del Seguro Social (PROMADYP)"; así como de los “Servicios Administrados de Infraestructura Tecnológica (SAIT)", “Centro de Contacto 01-800-IMSS", “Mesa de Servicios Institucionales (MSI)" y “Servicios de Telefonía Local a las ciudades de Guadalajara, Monterrey y Distrito Federal", que presenta la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico con oficio 173 del 9 de octubre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este Cuerpo Colegiado en sus Acuerdos 16/2006 y 177/2006 de fechas 25 de enero y 26 de abril de 2006, respectivamente".
  • S/N / Informe Cuantitativo y Cualitativo de los Recursos de Inconformidad y Juicios Fiscales, correspondiente al período mayo-agosto de 2006.
    '505/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracción XXXVII, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Primero.- Tomar nota del Informe Cuantitativo y Cualitativo de los Recursos de Inconformidad y Juicios Fiscales, correspondiente al período mayo-agosto de 2006, presentado por la Dirección Jurídica con oficio 682 del 29 de septiembre de 2006, en cumplimiento de lo ordenado en el punto II del Acuerdo 296/96 y el Acuerdo 217/98, dictados por este Órgano de Gobierno en las sesiones celebradas los días 21 de agosto de 1996 y 22 de abril de 1998, respectivamente. Segundo.- Se instruye a la Dirección Jurídica para que continúe informando periódicamente, sobre el estado de los juicios y recursos a los que se hace referencia en el punto que antecede".
  • S/N / Informe Cuantitativo y Cualitativo de los Juicios Laborales, correspondiente al período julio-septiembre de 2006.
    '506/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe Cuantitativo y Cualitativo de los Juicios Laborales, correspondiente al período julio-septiembre de 2006, que presenta la Dirección Jurídica con oficio 718 del 13 de octubre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en sus Acuerdos 147/92 y 398/97, de fechas 22 de abril de 1992 y 20 de agosto de 1997, respectivamente".
  • S/N / Informe sobre los juicios de amparo interpuestos en contra del Decreto por el que se reforman y adicionan los Artículos 277 D y 286 K de la Ley del Seguro Social, actualizado al 6 de octubre de 2006.
    '507/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Único.- Tomar nota del Informe sobre los juicios de amparo interpuestos en contra del Decreto por el que se reforman y adicionan los Artículos 277 D y 286 K de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2004, actualizado al 6 de octubre de 2006, que presenta la Dirección Jurídica con oficio 689 del 6 de octubre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 500/2004, de fecha 20 de octubre de 2004".
  • S/N / Informe de los trámites de finiquito del contrato de transacción celebrado con la empresa Triturados Basálticos y Derivados S.A. de C.V., para la conclusión de la obra del Hospital General de Zona, 236 camas, en Ciudad Juárez, Chihuahua.
    '508/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracción XXVII, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Tomar nota del Informe de seguimiento, al 30 de septiembre de 2006, de los trámites de finiquito del contrato de transacción celebrado con la empresa Triturados Basálticos y Derivados S.A. de C.V., para la conclusión de la obra del Hospital General de Zona, 236 camas, en Ciudad Juárez, Chihuahua, que presenta la Dirección Jurídica con oficio 691 del 9 de octubre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 127/2005, de fecha 20 de abril de 2005. Segundo.- Instruir a la Dirección Jurídica, a fin de que se continúe con el seguimiento hasta la conclusión definitiva de esta contratación".
  • S/N / Informe sobre el estado que guardan los servicios contratados, al 30 de septiembre de 2006, para la elaboración de Expedientes Integrales, Memorias de Gestión y Libros Blancos.
    '509/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracción XXVII, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, ACUERDA: Primero.- Tomar nota del Informe sobre el estado que guardan los servicios contratados, al 30 de septiembre de 2006, para la elaboración de Expedientes Integrales, Memorias de Gestión y Libros Blancos, que presenta la Dirección Jurídica con oficio 692 del 9 de octubre de 2006. Segundo.- Instruir a la Dirección Jurídica, a fin de que se continúe con el seguimiento y control del contrato hasta la conclusión de los 17 documentos a generarse, en sus distintas modalidades".
  • S/N / Informe sobre el contenido del Pliego Petitorio presentado por el SNTSS, para la revisión anual de los salarios contractuales.
    '510/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones XVIII y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, en relación con lo previsto en los Artículos 268 fracciones IX y XII de la Ley del Seguro Social y 66 fracciones VIII y XVI del Reglamento antes citado, de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General de este Organismo, por conducto de la Dirección Jurídica anexo al oficio 729 del 18 de octubre de 2006, en el que se informa del contenido del Pliego Petitorio presentado en su oportunidad por el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social, para la revisión anual de los salarios contractuales, así como de las circunstancias en que se realizaron las pláticas conciliatorias, de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en atención a lo cual este Órgano Colegiado, Acuerda: Primero.- Aprobar los acuerdos obtenidos por el Instituto Mexicano del Seguro Social, por conducto de su Director General, con el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social, con relación a la revisión de los salarios contractuales que regirán del 16 de octubre de 2006 al 15 de octubre de 2007, consistentes en incrementar el Tabulador de Sueldos Base del Contrato Colectivo de Trabajo en vigor, en un 3.5% (tres punto cinco por ciento), así como en un 1.75% (uno punto setenta y cinco por ciento), por concepto de ayuda para pago de renta de casa-habitación, prevista en el inciso b) de la Cláusula 63 Bis del propio Contrato Colectivo de Trabajo, para quedar en el 33.50% (treinta y tres punto cincuenta por ciento) del sueldo tabular con las correspondientes repercusiones en las prestaciones respectivas. Segundo.- Tomar nota de la celebración del Convenio respectivo, suscrito por el Titular de la Dirección Jurídica, en su carácter de representante legal de este Instituto, con la intervención del Titular de la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones, así como de la presentación y ratificación correspondiente, ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. Tercero.- Instruir a la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones, para realizar las gestiones y trámites conducentes, para el cumplimiento por parte del Instituto, de los compromisos derivados del Convenio referido".
  • S/N / Avance al mes de septiembre de 2006, del Programa de actualización normativa de 9 Manuales de Procedimientos.
    '511/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 de la Ley del Seguro Social, y 81 fracciones I y IV del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: ÚNICO.- Tomar nota del avance, al mes de septiembre de 2006, del Programa de Actualización Normativa de 9 Manuales de Procedimientos, que presenta la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales mediante oficio 2012 del 2 de octubre de 2006, en cumplimiento a lo señalado en el punto SEGUNDO del Acuerdo 173/2005 emitido por este Cuerpo Colegiado, el 20 de abril de 2005".
  • S/N / Informe del Proceso de Implantación y Evaluación de la Calidad y Eficiencia de las Unidades Médicas de Alta Especialidad, correspondiente al Segundo Cuatrimestre del año 2006.
    '512/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe relativo al Segundo Cuatrimestre del año 2006, correspondiente al Proceso de Implantación y Evaluación de la Calidad y Eficiencia de las Unidades Médicas de Alta Especialidad, en forma comparativa con el año 2005, que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas con oficio 1963 del 9 de octubre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo número 389/2003 del 22 de octubre de 2003".
  • S/N / Informe de las Dispensas de Trámite Administrativo otorgadas en su totalidad por la Dirección de Prestaciones Médicas, conforme a lo solicitado por los integrantes del HCT, correspondiente al tercer trimestre de 2006.
    '513/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe de las Dispensas de Trámite Administrativo otorgadas en su totalidad por la Dirección de Prestaciones Médicas, conforme a lo solicitado por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, correspondiente al tercer trimestre de 2006, que presenta la Dirección mencionada con oficio 1961 del 6 de octubre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el punto Noveno de su Acuerdo 656/2002 del 16 de diciembre de 2002".
  • S/N / Informe relacionado con las prestaciones otorgadas y los importes aplicados a la ayuda por equidad para la atención obstétrica de las beneficiarias hijas menores de 16 años, correspondiente a los trimestres abril-junio y julio-septiembre de 2006.
    '514/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, Acuerda: Tomar nota del informe relacionado con las prestaciones otorgadas y los importes aplicados a la ayuda por equidad para la atención obstétrica de las beneficiarias hijas menores de 16 años, correspondiente a los trimestres abril-junio y julio-septiembre de 2006, que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas con oficio 1993, de fecha 13 de octubre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por el propio Consejo Técnico en su Acuerdo 178/2006 emitido el 26 de abril de 2006".
  • S/N / Informe sobre los avances observados de la aplicación de los saldos de cartas de prestación de servicios, expedidas por empresas de comunicación social a favor del IMSS.
    '515/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, XII, XXX y XXXVII, 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones VI y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con el planteamiento de la Coordinación de Comunicación Social, a que se refiere su oficio 136 del 17 de octubre de 2006, Acuerda: Primero.- Tomar nota del informe presentado por esa Coordinación de Comunicación Social, sobre los avances observados de la aplicación de los saldos de cartas de prestación de servicios, expedidas por empresas de comunicación social a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como de la integración del saldo actual por aplicar, con un importe total de 9.9 millones de pesos. Segundo.- Instruir a la Coordinación de Comunicación Social, para que: a) Continúe aplicando las cartas de prestación de servicios por el monto de 7.9 millones de pesos, a cargo de las 52 empresas que menciona en el informe; y b) Proporcione a la Dirección de Incorporación y Recaudación la información y antecedentes de las cartas de prestación de servicios, con respecto a las cuales esa Coordinación considera que no es factible realizar su aplicación por las causas señaladas en su informe, a efecto de que la Dirección de Incorporación y Recaudación efectúe los análisis correspondientes y determine si es procedente emitir créditos fiscales para el cobro en efectivo del importe de los saldos, o bien, precisar si los mismos se encuadran en los supuestos de los diversos Acuerdos de este Consejo Técnico, números 469/2005 y 470/2005, de fecha 26 de octubre de 2005. Tercero.- La propia Coordinación de Comunicación Social, en su oportunidad, deberá informar a este Órgano Colegiado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos".
  • S/N / Reporte de Avance. Tercer Trimestre de 2006" del “Plan del Instituto Mexicano del Seguro Social, PEIMSS 2006.
    '516/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, aprueba el “Reporte de Avance. Tercer Trimestre de 2006" del “Plan del Instituto Mexicano del Seguro Social, PEIMSS 2006", presentado por la Dirección General por conducto de la Dirección de Finanzas con oficio 2461 del 19 de octubre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el inciso b) de su Acuerdo 214/2006 del 26 de abril de 2006, el cual da seguimiento a los objetivos, iniciativas e indicadores determinados por cada Área Normativa, como parte del Sistema de Planeación Institucional. El detalle del Reporte de Avance, se integra de dos anexos: 1) Los resultados alcanzados durante el periodo julio-septiembre de 2006 a través del sistema de semáforos para cada una de las Áreas Normativas, por enfoque estratégico y perspectiva; y 2) El seguimiento del “Sistema de planeación, programación, presupuestación, medición del desempeño y obtención de resultados 2006".
  • S/N / Los consejeros representantes patronales y de los trabajadores, recibirán los emolumentos y prestaciones que al efecto determinen los consejeros representantes del Estado, a propuesta del Director General, sin que ello les otorgue el carácter de trabajadores, asegurados, derechohabientes del Instituto ni algún otro derecho adicional.
    '519/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV y XXXVII, 263, 264 fracciones III, VI, XIV y XVII, 272, 274, 276 y 277 de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones II y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y para dar cumplimiento a lo dispuesto en los párrafos segundo y tercero del artículo 28 del Reglamento invocado, ACUERDA: Primero.- Los consejeros representantes patronales y de los trabajadores, recibirán los emolumentos y prestaciones que al efecto determinen los consejeros representantes del Estado, a propuesta del Director General, sin que ello les otorgue el carácter de trabajadores, asegurados, derechohabientes del Instituto ni algún otro derecho adicional. Segundo.- Para el desempeño de las atribuciones que como consejeros les otorga la Ley, el Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social y demás disposiciones aplicables, el Instituto proporcionará a las representaciones de los sectores Obrero y Patronal del Consejo Técnico, el apoyo administrativo que requieran para su función, por conducto de la Secretaría General, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria del propio Instituto. Tercero.- Para todos los efectos legales, reglamentarios y administrativos, el apoyo a que se refiere el punto anterior, será informado por parte del Instituto, a través de la Secretaría General, en forma mensual, a la Comisión de Vigilancia y al Órgano Interno de Control y se incluirá dicha información en la Cuenta Pública. Cuarto.- Para los efectos de los informes que de su gestión anual presente el Instituto al Congreso de la Unión en términos de la Ley del Seguro Social, incluyendo los relativos al informe de la Cuenta Pública Federal y el informe al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión a que se refiere el artículo 273 de la Ley del Seguro Social, las erogaciones y apoyos administrativos proporcionados por el Instituto, a que se refiere el presente Acuerdo, se deberán registrar en un apartado especial de la contabilidad institucional. Quinto.- En lo conducente, las normas establecidas en el Acuerdo que nos ocupa, serán aplicables a la Comisión de Vigilancia. Sexto.- Quedan sin efecto todas las disposiciones administrativas y normativas institucionales que se opongan a lo señalado en el presente Acuerdo. Séptimo.- Lo establecido en este Acuerdo, deja sin efecto el diverso 91/2005, de fecha 25 de febrero de 2005".
  • S/N / Asignación del nombre del “Dr. Carlos Mac Gregor Sánchez Navarro" al HGR No. 1, en el D. F.
    '520/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, aprueba la propuesta que presenta la Dirección General, para asignar el nombre del “Dr. Carlos Mac Gregor Sánchez Navarro" al Hospital General Regional No. 1, en el Distrito Federal, como un reconocimiento por su destacada trayectoria institucional".
  • S/N / Se fijan las 17:00 hrs. del día 29 de noviembre de 2006, para la celebración de la próxima sesión ordinaria del HCT.
    '521/2006 / 30 de Octubre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las 17:00 horas del día 29 de noviembre del año 2006".
  • S/N / Las Áreas Normativas, y Delegaciones, den cumplimiento en el ámbito de sus respectivas competencias, a las recomendaciones formuladas por la H. Comisión de Vigilancia en la XCVII Asamblea General Ordinaria.
    '522/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, y de conformidad con el Acuerdo A.G. 11/2006 dictado en la XCVII Asamblea General Ordinaria, celebrada el 8 de noviembre de 2006, Acuerda: Que las Direcciones de: Prestaciones Médicas; Prestaciones Económicas y Sociales; Incorporación y Recaudación; Jurídica; Finanzas; Administración y Evaluación de Delegaciones; e Innovación y Desarrollo Tecnológico; de igual forma, las Delegaciones del Sistema, den cumplimiento en el ámbito de sus respectivas competencias, a las recomendaciones formuladas por la H. Comisión de Vigilancia en dicha Asamblea; asimismo, que la Secretaría General del Instituto y el Órgano Interno de Control en el IMSS realicen el seguimiento correspondiente, de cuyo resultado deberán informar a la propia Comisión de Vigilancia y a este Cuerpo Colegiado".
  • S/N / Diferencia importante que existe entre los montos propuestos por el Instituto y por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en relación con la meta de reservas para 2007 y de los impactos previsibles en la operación del propio Instituto.
    '523/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones I y XXXVII, 263 y 264 fracciones VI, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones VI y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, en relación con lo previsto en los artículos 274, 275 fracción VIII y 276 de la Ley invocada, de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General, en el que se informa de la diferencia importante que existe entre los montos propuestos por este Organismo y por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en relación con la meta de reservas para 2007 y de los impactos previsibles en la operación de este Instituto, en atención a lo cual, este Órgano Colegiado, Acuerda: Primero.- Instruir y facultar al Director General, a los miembros del Comité de Presupuesto de este Órgano Colegiado y al Director de Finanzas, para que en forma coordinada, realicen las gestiones conducentes ante las unidades administrativas competentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a fin de plantear los efectos que se generarían hacia las operaciones y servicios de este Instituto de verse éste en la obligación de cumplir con la meta de reservas propuesta por esa Secretaría, y gestionar que dicho monto pueda ajustarse en la mayor medida posible a lo aprobado por este Consejo Técnico en el anteproyecto de presupuesto presentado en su oportunidad a esa Dependencia. Segundo.- Solicitar al Director General se informe oportunamente a este Órgano Colegiado, de las gestiones realizadas en cumplimiento al presente Acuerdo y sobre el resultado de las mismas".
  • S/N / Resultados del grupo de trabajo conformado por el IMSS y la SHCP para revisar diversos rubros de las pensiones en curso de pago y otras obligaciones del Gobierno Federal. Los saldos a favor de la SHCP se conciliarán contra los adeudos de dicha dependencia, a favor del IMSS.
    '524/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones I, IV y XXXVII, 263 y 264 fracciones I, II, III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 26 y 31 fracciones VI y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Primero.- Tomar nota de los resultados del grupo de trabajo conformado por el IMSS y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para revisar diversos rubros de las pensiones en curso de pago y otras obligaciones del Gobierno Federal. Segundo.- Los saldos a favor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se conciliarán contra los adeudos de dicha dependencia, a favor del Instituto, por concepto de pensiones en curso de pago, aportaciones estatutarias y comisiones por la administración de pensiones en curso de pago. Tercero.- Una vez que el saldo neto a favor del Instituto por 4,717’716,063.11 pesos derivado del acuerdo anterior sea cubierto, esta cantidad se destinará a fortalecer las reservas del Instituto".
  • S/N / Comprometer recursos presupuestales del ejercicio 2007 de manera anticipada, para llevar a cabo el Programa Institucional de Seguros para el ejercicio 2007.
    '525/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 264 fracciones I, II, III y VI de la Ley del Seguro Social, autoriza a la Dirección de Finanzas a comprometer recursos presupuestales del ejercicio 2007 de manera anticipada, para llevar a cabo el Programa Institucional de Seguros para el ejercicio 2007, que presenta la Dirección de Finanzas con oficio número 2806 del 29 de noviembre de 2006, como complemento al Anteproyecto de Presupuesto 2007 del Instituto Mexicano del Seguro Social".
  • S/N / Reconocimiento al Director General del IMSS, al Director de Finanzas, así como a los demás Directores Normativos, por su participación en la elaboración de los documentos relativos al Presupuesto 2007 del IMSS.
    '526/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico expresa su más amplio reconocimiento al Director General del Instituto, al Director de Finanzas, así como a los demás Directores Normativos, ya que su participación y gestiones realizadas fueron muy benéficas para la elaboración de los documentos relativos al Presupuesto 2007 del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como a la conciliación de adeudos del Gobierno Federal al IMSS".
  • S/N / Informe de Retos y Propuestas en la Administración del Seguro de Riesgos de Trabajo en Materia de Incorporación y Recaudación.
    '527/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 71 y 72 fracción I, inciso h) del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe de Retos y Propuestas en la Administración del Seguro de Riesgos de Trabajo en Materia de Incorporación y Recaudación, y de la solicitud de autorización para iniciar su discusión y consenso con el Sector Patronal, que presenta la Dirección de Incorporación y Recaudación con oficio 824 del 17 de noviembre de 2006".
  • S/N / Adicionar el Acuerdo del H. Consejo Técnico 185/2006, para que el Convenio de subrogación de servicios médicos con reversión de cuotas que sea suscrito con la empresa denominada Minas de Bacis, S. A. de C. V., comprenda los tres niveles de atención médica.
    '528/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 63, 89 fracción III, 251 fracciones I, II, IV y XXXVII, 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, a propuesta de la Dirección de Incorporación y Recaudación, a que se refiere su oficio 825 del 16 de noviembre de 2006, con base en la solicitud presentada por la empresa Minas de Bacis, S.A. de C. V. y la anuencia de la representación de los trabajadores, presentada en escrito de fecha 3 de agosto de 2006, de conformidad con lo expuesto por la entonces Dirección de Planeación y Finanzas, actualmente Dirección de Finanzas mediante oficio 1470 del 28 de junio de 2006, así como en el Dictamen Técnico sobre la atención médica en la población de Bacis, Municipio de Otáez, Durango, emitido por la Jefatura de Prestaciones Médicas de la Delegación Estatal en Durango, Acuerda: Primero.- Se adiciona el Acuerdo 185/2006, tomado por este Órgano Colegiado en sesión de fecha 26 de abril de 2006, para que el convenio de subrogación de servicios médicos con reversión de cuotas que sea suscrito con la empresa Minas de Bacis, S.A. de C. V., comprenda, en los tres niveles de atención médica: a) la prestación de los servicios del ramo de enfermedades y maternidad que incluyen: asistencia médico quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria; asistencia obstétrica; ayuda en especie por seis meses para lactancia y una canastilla al nacer el hijo, y b) las prestaciones en especie del ramo de riesgos de trabajo que incluyen: asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica; servicio de hospitalización; aparatos de prótesis y ortopedia y rehabilitación. Segundo.- Autoriza incluir en el convenio relativo que se celebre con la empresa mencionada, el pago de subsidios por incapacidad temporal para el trabajo de los seguros de Enfermedades y Maternidad y de Riesgos de Trabajo, mediante un sistema de reembolso. Tercero.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación, para que en coordinación con la Dirección Jurídica, se cumpla con todos los requisitos legales en la elaboración y formalización del convenio a que se refiere el punto que antecede. Cuarto.- Instruir a las Direcciones de Incorporación y Recaudación, de Prestaciones Médicas, y de Prestaciones Económicas y Sociales, para que informen a este Consejo Técnico con periodicidad semestral, sobre el cumplimiento de las obligaciones que se deriven del Instrumento jurídico que sea formalizado con la mencionada empresa".
  • S/N / Informe al H. Consejo Técnico sobre el cierre de la Administración 2000-2006.
    '529/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, toma nota del “Informe al H. Consejo Técnico sobre el cierre de la Administración 2000-2006", presentado en esta sesión por el Director Jurídico del Instituto a que se refiere el oficio 1456 del 28 de noviembre de 2006 de la Dirección General, dirigido al licenciado Eduardo Romero Ramos, Titular de la Secretaría de la Función Pública, en cumplimiento al Acuerdo para la Rendición de Cuentas de la Administración Pública Federal 2000-2006 a los Lineamientos para la formulación del Informe de Rendición de Cuentas 2000-2006, así como para la elaboración e integración de Libros Blancos, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 14 de septiembre y 13 de octubre de 2005, respectivamente".
  • S/N / Proyecto de Calendario Anual de Sesiones Ordinarias del HCT, para el año 2007.
    '530/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, aprueba el Proyecto de Calendario Anual de Sesiones Ordinarias de este propio Consejo Técnico, durante el año 2007, que presenta la Secretaría General del Instituto con oficio del 17 de noviembre de 2006".
  • S/N / Proyecto de Calendario Anual de Reuniones Ordinarias de los Comités del HCT, para el año 2007.
    '531/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, aprueba el Proyecto de Calendario Anual de Reuniones Ordinarias, para los Comités de este propio Consejo Técnico, durante el año 2007, que presenta la Secretaría General del Instituto con oficio del 13 de noviembre de 2006".
  • S/N / Informe del Programa de Arrendamiento Inmobiliario y Otorgamiento de Permisos de Uso Temporal Revocable y Contratos de Subarriendo de Espacios Institucionales 2006, así como la Propuesta del Programa de Arrendamiento Inmobiliario y Otorgamiento de Permisos de Uso Temporal Revocables para el ejercicio 2007.
    '532/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico toma conocimiento de los resultados del Programa de Arrendamiento Inmobiliario y del Otorgamiento de Permisos de Uso y Subarriendo de Espacios del año 2006 y de la propuesta del Programa para el año 2007, que presenta la Dirección de Finanzas con oficio 2694, de fecha 16 de noviembre de 2006 y, con fundamento en los Artículos 253 fracciones II, III, V y último párrafo, 263, 264 fracciones I y III y 277 C y 277 F de la Ley del Seguro Social vigente, y de conformidad con los lineamientos emitidos por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, ahora Secretaría de la Función Pública, publicados el día 3 de febrero de 1997 en el Diario Oficial de la Federación, Acuerda: I.- a) Darse por enterado de los resultados del Programa de Arrendamiento Inmobiliario en su modalidad de IMSS Arrendatario durante el ejercicio 2006, que considera la optimización de los recursos inmobiliarios para el régimen ordinario en los siguientes términos: La disminución de la superficie arrendada en 23,194 metros cuadrados en relación al ejercicio anterior; la cancelación de 25 contratos de arrendamiento; la renovación de 277 contratos de arrendamiento correspondiendo 79 a contratos vigentes a diciembre de 2006, 166 a contratos sin incrementar la renta para el presente ejercicio, 20 contratos se encuentran en fase voluntaria y en 12 casos se están consignando las rentas; 216 contratos se renovaron con incremento de renta, correspondiendo 167 con incremento no mayor al 5% y 49 casos se renovaron con incrementos mayores al 5%, destacándose que los casos en que se incrementó la renta se debió a la negativa de los arrendadores de continuar con la misma renta pactada durante casi 7 años consecutivos; la formalización de 13 sustituciones inmobiliarias y la formalización de 10 nuevos arrendamientos, para un total de 516 contratos de arrendamiento, con una contención del gasto en 21.4 millones de pesos al estimar cerrar el ejercicio con un gasto de 217.9 millones de pesos en relación al presupuesto autorizado por este Consejo Técnico de 244 millones de pesos, creciendo el gasto en el presente ejercicio sólo en 300 mil pesos con relación al gasto del ejercicio 2005; para el Régimen IMSS-Oportunidades se logró la cancelación de 1 contrato; la renovación de 16 contratos sin incremento de renta y 17 con incrementos; la formalización de 2 sustituciones y contratar 2 nuevos arrendamientos; para un total de 37 contratos de arrendamiento, estimando ejercer al mes de diciembre 7.4 millones de pesos, cifra inferior en 5.1 millones de pesos con relación a lo autorizado por este Consejo Técnico para el presente ejercicio, con una superficie rentada de 11,739.00 m2, b).- Aprobar el Programa de Arrendamiento de inmuebles para el año 2007 IMSS-Arrendatario, que contiene las políticas, acciones y estrategias para negociar la renovación de 373 contratos; la sustitución de 111 inmuebles; formalizar la contratación de 42 nuevos arrendamientos, que sumados a los 32 contratos suscritos en 2006 con vigencia hasta diciembre de 2007, hacen un total de 558 inmuebles contratados en arrendamiento; de igual manera aprueba renovar los contratos de servicios de estacionamiento de 510 cajones, con apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, estimando un presupuesto para este programa de 251.3 millones de pesos; c).- Aprobar el Programa de Arrendamiento Inmobiliario 2007 IMSS – Oportunidades, que incluye la renovación de 29 contratos; la sustitución de 5 inmuebles; continuar ocupando 3 inmuebles cuyos contratos de arrendamiento se encuentran vigentes a diciembre de 2007, la contratación de 7 nuevos arrendamientos; para un total de 44 inmuebles contratados en arrendamiento y un presupuesto de 10.3 millones de pesos; d).- Aprobar el Programa de Arrendamiento Inmobiliario 2007, Desarrollo Humano Oportunidades, que considera la formalización de 11 contratos de arrendamiento, con un presupuesto de $658,950.00. II.- a).- Darse por enterado de los resultados del programa de otorgamiento de Permisos de Uso Temporal Revocable y Contratos de Subarriendo de espacios en inmuebles institucionales durante el ejercicio 2006, que considera: La formalización de 1054 Permisos de Uso Temporal Revocable, originando un ingreso al mes de diciembre de 2006 del orden de 91 millones de pesos, superior en 13.75% al ingreso autorizado por este Consejo Técnico y en 9.4 millones de pesos en relación a los ingresos obtenidos en el ejercicio 2005, ingresando Nivel Central la cifra de 52.2 millones de pesos, lo que equivale al 57.36% del ingreso a Nivel Nacional, superior en 10.2 millones de pesos al ingreso percibido por Nivel Central en el ejercicio 2005, lo que representa el 41.76% del gasto que tuvo el Instituto por concepto de arrendamiento inmobiliario; de los 1054 permisos formalizados, 82 corresponden a la regularización en la posesión por parte de las Asociaciones Civiles de los inmuebles en donde prestan el servicio de Guardería al Instituto, lo que representa un avance del 77.88% del total de inmuebles ocupados por las Asociaciones Civiles; adicionalmente y con fundamento en el artículo 232 de la Ley Federal de Derechos, se cuenta con 133 cajeros automáticos dentro de los inmuebles institucionales que otorgan el servicio de pago en nómina a trabajadores activos y jubilados, espacios que no generan ingresos; b).- Autorizar el Programa de Otorgamiento de Permisos de Uso Temporal Revocable y Contratos de Subarriendo de espacios institucionales para el ejercicio 2007, que contempla: la prórroga de 1054 permisos de uso más nuevos permisos que se formalicen; ratifica las cuotas de recuperación por el uso de espacios para superficies de hasta 30 m2.; autoriza aplicar como cuota de recuperación para superficies mayores a 30 m2. el 10% anual del valor que determine el avalúo que emita el INDAABIN, más el 30% correspondiente para la recuperación del servicio; para el caso de Guarderías ratifica el cobrar el 5% de los ingresos brutos que perciben por el contrato de prestación de servicios de Guardería que tiene celebrado con el Instituto; fija como meta de ingresos global 92 millones de pesos, el que incluye los montos que las Delegaciones deberán aportar, asimismo aprueba la creación del Inventario Nacional de superficies susceptible a permisionar por Delegación; y c).- El área normativa deberá informar a este Cuerpo Colegiado el resultado de las acciones que realice en cumplimiento a lo acordado en el presente Acuerdo, las metas alcanzadas y presentar el Programa correspondiente al año 2006".
  • S/N / Lineamientos para la Adhesión de los Números Patronales de Identificación Electrónica de las Sucursales al Número Patronal de Identificación Electrónica de la Matriz.
    '533/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones VIII, XIII y XXXVII, 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones II, IV y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, 5, 6 y 14 penúltimo párrafo del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, en relación con lo dispuesto por el Artículo 15 fracciones I, II, III, IV y último párrafo de la invocada Ley del Seguro Social y, de conformidad con la propuesta formulada por las Direcciones de Incorporación y Recaudación, y de Innovación y Desarrollo Tecnológico, a que se refiere el oficio 826 del 16 de noviembre de 2006, de la propia Dirección de Incorporación y Recaudación, Acuerda: Primero.- Aprobar los “Lineamientos para la Adhesión de los Números Patronales de Identificación Electrónica de las Sucursales al Número Patronal de Identificación Electrónica de la Matriz", presentados por el Director General, los cuales se acompañan como Anexo Único del presente Acuerdo. Segundo.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación, para que a través de las Unidades Administrativas competentes, se dé respuesta a las dudas, aclaraciones o planteamientos que con motivo del presente Acuerdo sean formulados. Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica de este Instituto, para que una vez concluidos los trámites administrativos a que haya lugar, gestione la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación".
  • S/N / Reglas de Carácter General, en las que se determinan los supuestos en que las facultades concurrentes que ejercen tanto el Delegado como el Subdelegado, serán ejercidas por el Delegado.
    '534/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones I, IV, VII, VIII, XII, XIV, XV, XVI, XVIII, XIX, XXI, XXVIII, XXX, XXXV y XXXVII de la Ley del Seguro Social y, en ejercicio de las facultades que le confieren los Artículos 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII del mismo ordenamiento, y 31 fracciones II, XIX y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, a fin de dar cumplimiento al Artículo Séptimo Transitorio del Reglamento Interior antes invocado, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 18 de septiembre de 2006, y conforme al oficio 831 del 23 de noviembre de 2006 de la Dirección de Incorporación y Recaudación, Acuerda: Primero.- El Delegado ejercerá exclusivamente las facultades previstas en las fracciones XII, XV, XVII, incisos g), i), k), n) y o), XX y XXI del Artículo 144 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, en los siguientes supuestos: I.- Las facultades previstas en la fracción XII, cuando los patrones o sujetos obligados sean dependencias o entidades de las Administraciones Públicas Federal, del Distrito Federal, Estatales y Municipales. II.- La facultad consignada en la fracción XV, en el caso de las multas previstas para las infracciones señaladas en las fracciones XI y XV del Artículo 304 A de la Ley del Seguro Social. III.- La facultad señalada en la fracción XVII, incisos i) y k), cuando la inscripción en la incorporación voluntaria al Régimen Obligatorio y la incorporación al Régimen Voluntario del Seguro Social, mediante el Seguro de Salud para la Familia, se soliciten en forma colectiva. IV.- La facultad establecida en la fracción XVII, inciso g), en los casos señalados por este Consejo Técnico mediante Acuerdo 701/2002, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 21 de febrero del 2003. V.- La facultad señalada en la fracción XVII, inciso n), en los casos determinados por este Consejo Técnico mediante Acuerdo 469/2005, de fecha 26 de octubre de 2005. VI.- La facultad contemplada en la fracción XVII, inciso o), en los supuestos señalados por este Consejo Técnico mediante Acuerdo 470/2005, de fecha 26 de octubre de 2005. VII.- La facultad conferida en la fracción XX, la ejercerá en todos los casos. VIII.- Las facultades contempladas en la fracción XXI, únicamente para emitir los dictámenes de sustitución patronal y de responsabilidad solidaria, en todos los casos en que las Subdelegaciones ordenen y practiquen dichas investigaciones. Segundo.- Instruir a la Dirección Jurídica a efecto de que tramite la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación. Tercero.- Las reglas contenidas en el presente Acuerdo entrarán en vigor a partir del día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación".
  • S/N / Donación pura, simple y a título gratuito, ofrecida por las empresas Intel Tecnología de México, S.A. de C.V., Cisco Sistems de México, S.A. de C.V., Philips Mexicana, S.A. de C.V. y Emageon Inc.
    '535/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV, V y XXXVII, 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones XVII y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social y, de conformidad con el Artículo 182 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como con el numeral 7.1.11 último párrafo de la Norma de Disposiciones Presupuestarias del Instituto Mexicano del Seguro Social, atento al contenido del oficio 228/06 del 17 de noviembre de 2006, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que por conducto del Director de Innovación y Desarrollo Tecnológico de este Instituto, acepte mediante donación pura, simple y a título gratuito, ofrecida por las empresas Intel Tecnología de México, S.A. de C.V., Cisco Systems de México, S.A. de C.V., Philips Mexicana, S.A. de C.V. y Emageon Inc., los bienes muebles y los servicios accesorios a los mismos, cuyas características y especificaciones se describen en el Anexo 1, con un valor total aproximado de $5’436,947.48 (Cinco millones cuatrocientos treinta y seis mil novecientos cuarenta y siete pesos 48/100 M.N.) incluyendo el Impuesto al Valor Agregado, los cuales serán destinados para apoyar la implementación del proyecto “Hospital Digital". Segundo.- Instruir a la Dirección de Finanzas, a fin de que considere, para efectos contables, el valor de los bienes objeto de la donación. Tercero.- Instruir a la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico, a fin de que en coordinación con la Dirección Jurídica, realice los trámites de formalización de esta operación, en cumplimiento de todos los requisitos legales, atendiendo a lo previsto en el Código Civil Federal, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto en el Artículo 9 de la Ley del Seguro Social. Los gastos y honorarios que se generen por esta operación, serán por cuenta del Instituto, y los impuestos y derechos por quien la Ley determine".
  • S/N / Desincorporación del régimen del dominio público de la Federación y se autoriza la enajenación a título oneroso mediante el procedimiento de licitación pública, el inmueble propiedad de este Organismo sin uso Institucional, ubicado en el Pueblo de San Pablo de las Salinas, Cuautitlán, Edo. de Méx.
    '536/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones IV y XXXVII, 253, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones XV, XVI y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y 117 de la Ley General de Bienes Nacionales, Acuerda: Primero.- Se desincorpora de bienes del dominio público de la Federación y se autoriza al Director General de este Instituto, para que por conducto de la Dirección de Finanzas, enajene a título oneroso y mediante el procedimiento de licitación pública, el inmueble sin uso institucional, resultante de la fusión de 21 lotes y construcciones en él existentes, ubicado en el Pueblo de San Pablo de las Salinas, perteneciente al Municipio de Tultitlán, Distrito de Cuautitlán, Estado de México, con superficie de 124,591.91 m2, cuyas medidas y colindancias, de conformidad con el título de propiedad en favor de este Instituto, son las siguientes: AL NORTE: En dos tramos, de 147.75 metros y 191.33 metros, con camino vecinal; AL SUROESTE: En 751.16 metros, con la Zona Federal de los Ferrocarriles; y AL NORESTE: En tres tramos de 45.41 metros, 717.79 metros y 20.69 metros, con la colindancia del Pueblo de Tultepec. Segundo.- Instruir a la Dirección de Finanzas, a fin de tramitar el avalúo correspondiente, ante el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN); o bien, ante BANOBRAS, institución de crédito, de conformidad con el Artículo 144 de la Ley General de Bienes Nacionales, así como observar lo dispuesto por el Artículo 145 del mismo ordenamiento, en la enajenación que se autoriza, para lo cual servirá de base el dictamen que para tal efecto se obtenga. Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que en los trámites de formalización de la operación se cumpla con lo previsto en la Ley General de Bienes Nacionales y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Los gastos y honorarios que se generen por la presente operación, serán por cuenta del adquirente".
  • S/N / Informe correspondiente a la “Propuesta de Aplicación de Nueva Imagen Gráfica para Centros Vacacionales IMSS y su Vinculación con la Imagen Institucional".
    '537/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Tomar nota del Informe correspondiente a la “Propuesta de Aplicación de Nueva Imagen Gráfica para Centros Vacacionales IMSS y su Vinculación con la Imagen Institucional", que presenta la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales con oficio 2403 del 15 de noviembre de 2006".
  • S/N / Adecuación presupuestaria mediante la transferencia de 41.7 millones de pesos del presupuesto destinado a Inversión Física, al Gasto Corriente, con la finalidad de orientar las economías resultantes del Capítulo de Obras Públicas a la adquisición de medicamentos para las unidades médicas y hospitales.
    '538/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263, 264 fracciones I, II, III y VI, 274 y 277 de la Ley del Seguro Social, 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y de conformidad con la solicitud que presenta la Unidad IMSS-Oportunidades con oficio 3200, de fecha 8 de noviembre de 2006, Acuerda: Autorizar a la Unidad IMSS-Oportunidades, la adecuación presupuestaria mediante la transferencia de 41.7 millones de pesos del presupuesto destinado a Inversión Física, al Gasto Corriente, con el objeto de orientar las economías resultantes del Capítulo de Obras Públicas a la adquisición de medicamentos para las unidades médicas y hospitales del Programa y así cubrir el déficit de abasto en las Delegaciones".
  • S/N / Continuidad de la contratación, para el año 2007, de 1,554 Prestadores de Servicios Profesionales bajo el Régimen de Honorarios, para el Programa de Desarrollo Humano Oportunidades en sus ámbitos rural, urbano y Distrito Federal.
    '539/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 214, 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, 26 y 31 fracciones II y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y en términos de la solicitud contenida en el oficio 3130 de fecha 7 de noviembre de 2006, de la Dirección de Prestaciones Médicas, autoriza a la Dirección mencionada a través de la Unidad IMSS-OPORTUNIDADES, la continuidad de la contratación para el año 2007 de 1,554 Prestadores de Servicios Profesionales y Especiales bajo el Régimen de Honorarios de la siguiente manera: a) 902 Prestadores de Servicios en el ámbito rural; b) 549 Prestadores de Servicios en el ámbito urbano; y c) 103 Prestadores de Servicios en el Distrito Federal, para la operación del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades".
  • S/N / Cambio de denominación actual del Hospital Regional de Psiquiatría “San Fernando" por el de Hospital Regional de Psiquiatría “Dr. Héctor H. Tovar Acosta".
    '540/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, aprueba la solicitud que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas con oficio 2229 del 13 de noviembre de 2006, para cambiar la denominación actual del Hospital Regional de Psiquiatría “San Fernando", por el de Hospital Regional de Psiquiatría “Dr. Héctor H. Tovar Acosta", como un reconocimiento por su destacada trayectoria institucional".
  • S/N / Modificación de designación del Ing. Aníbal Méndez Cuevas, como Delegado Regional del IMSS Estado de México Oriente, en apego al Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social.
    '541/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, autoriza modificar en lo conducente su Acuerdo 369/2006 del 30 de agosto de 2006, en apego a lo establecido en el Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, publicado el 18 de septiembre de 2006, por el que se reforman diversas disposiciones, y que señala en el Artículo 155 fracción XIV como denominación: Delegación Regional Estado de México Oriente y la jurisdicción de la misma, para quedar en los siguientes términos: “…designa al ingeniero Aníbal Méndez Cuevas como Titular de la Delegación Regional Estado de México Oriente, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden". Lo anterior, de conformidad con la solicitud presentada por la propia Delegación Regional Estado de México Oriente en oficio 7474 del 30 de octubre de 2006".
  • S/N / Designación del Sr. Carlos Ruiz de Esparza Cervera, como representante suplente, ante la H. Comisión de Vigilancia del IMSS. (SFP)
    '542/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 265 de la Ley del Seguro Social, 47 y 48 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de la propuesta de designación que el licenciado Eduardo Romero Ramos, Titular de la Secretaría de la Función Pública, ha hecho en favor del señor Carlos Ruiz de Esparza Cervera, como representante suplente, ante la H. Comisión de Vigilancia del Instituto Mexicano del Seguro Social. Esta designación se hace en sustitución del señor Arturo Fuentes Vélez, y surtirá sus efectos, provisionalmente, a partir del 29 de noviembre de 2006, hasta en tanto la H. Asamblea General del Instituto dicte el Acuerdo respectivo. Comuníquese esta determinación a la H. Comisión de Vigilancia".
  • S/N / Designación de representante propietario en el Consejo Consultivo de la Delegación Regional en Baja California Sur. (CROC)
    '543/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 89 y 90 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de la designación comunicada por el señor Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), en favor del señor Noé Martín Juárez González, como representante propietario, en el Consejo Consultivo de la Delegación Regional en Baja California Sur. Esta designación se hace en sustitución del señor René Oyoqui Flores, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 523/2000 del 30 de agosto de 2000, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Ratificación de representante propietario, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Guanajuato. (CROC)
    '544/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 89 y 90 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de la ratificación comunicada por el señor Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), en favor del señor Enrique Betanzos Hernández, como representante propietario en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Guanajuato. Esta ratificación surtirá sus efectos a partir del 29 de noviembre de 2006, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Ratificación de representante suplente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Regional en Michoacán. (CROC)
    '545/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 89 y 90 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de la ratificación comunicada por el señor Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), en favor del señor Rodolfo Rodríguez López, como representante suplente en el Consejo Consultivo de la Delegación Regional en Michoacán. Esta ratificación surtirá sus efectos a partir del 29 de noviembre de 2006, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Ratificación de representante suplente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en San Luis Potosí. (CROC)
    '546/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 89 y 90 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de la ratificación comunicada por el señor Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), en favor del señor Mariano Francisco Tristán Rodríguez, como representante suplente en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en San Luis Potosí. Esta ratificación surtirá sus efectos a partir del 29 de noviembre de 2006, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Designación y ratificación de representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Tabasco.(CROC)
    '547/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 89 y 90 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de la designación y ratificación comunicadas por el señor Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), en favor de los señores Baldemar Carrera Carrera y Ramón Serra Solís, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Tabasco. La designación anterior se hace en sustitución del señor Leonides Martínez Hernández, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 351/2003 del 17 de septiembre de 2003, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente. La ratificación del representante suplente surtirá sus efectos a partir del 29 de noviembre de 2006, lo cual también deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Regional en Tamaulipas. (CROC)
    '548/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 89 y 90 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de las designaciones comunicadas por el señor Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), en favor de los señores Edmundo Briones Padilla y José Lemus Sánchez, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Regional en Tamaulipas. Estas designaciones se hacen en sustitución del licenciado Ricardo Castillo Gamboa y del señor Lorenzo Balderas Castillo, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo 267/2005 del 22 de junio de 2005, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de septiembre de 2006.
    '549/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de septiembre de 2006, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9. y 2.5.4. f), de los “Lineamientos Operativos del Consejo Técnico", aprobados por este Órgano de Gobierno en la sesión extraordinaria del 25 de abril de 2002 y por la XC Asamblea General Ordinaria del IMSS del 29 de abril de 2002, que presenta la Secretaría General del Instituto con oficio del 17 de noviembre de 2006".
  • S/N / Informe de Labores de la Comisión Bipartita de Atención al Derechohabiente del H. Consejo Técnico, correspondiente al período julio-septiembre de 2006.
    '550/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe de las Labores realizadas por la Comisión Bipartita de Atención al Derechohabiente del propio Consejo Técnico, correspondiente al período julio-septiembre de 2006, que presenta dicha Comisión a través de la Secretaría General del Instituto con oficio de fecha 17 de noviembre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el punto III de su Acuerdo 197/97 del 14 de mayo de 1997".
  • S/N / Informe sobre el Desarrollo del “Programa para la Disminución del Ausentismo no Programado", correspondiente al tercer trimestre de 2006.
    '551/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el Desarrollo del “Programa para la Disminución del Ausentismo no Programado", correspondiente al tercer trimestre de 2006, que presenta la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones con oficio 243 del 24 de octubre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 436/2000, de fecha 19 de julio de 2000".
  • S/N / Informe de la Situación Presupuestaria y Evolución de la Ocupación de los Servicios de Personal en el IMSS, al segundo cuatrimestre de 2006.
    '552/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del “Informe de la Situación Presupuestaria y Evolución de la Ocupación de los Servicios de Personal en el IMSS", correspondiente al segundo cuatrimestre de 2006, que presenta la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones con oficio 245 del 24 de octubre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el punto II de su Acuerdo 189/90, de fecha 4 de abril de 1990".
  • S/N / Informe sobre la modificación a la estructura orgánica y salarial del IMSS.
    '553/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre la modificación a la estructura orgánica y salarial del Instituto Mexicano del Seguro Social, que presenta la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones con oficio 312 del 6 de noviembre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este Cuerpo Colegiado en los puntos I y II de su Acuerdo 503/2005, de fecha 23 de noviembre de 2005".
  • S/N / Informe de la recuperación de indemnizaciones de siniestros provocados por los huracanes Stan y Wilma, así como de la implementación de acciones y presupuestos ejercidos para reponer los activos siniestrados.
    '554/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe de la recuperación de indemnizaciones de siniestros provocados por los huracanes Stan y Wilma, ocurridos el 4 de octubre de 2005, y del 21 al 23 del mismo mes y año, respectivamente, así como de la implementación de acciones y presupuestos ejercidos para reponer los activos siniestrados, que presenta la Dirección de Finanzas con oficio 2632 del 8 de noviembre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 151/2006, de fecha 29 de marzo de 2006".
  • S/N / Reporte acumulado de resultados de los Estados Financieros del IMSS, al mes de septiembre de 2006.
    '555/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones II y XIV de la Ley del Seguro Social, toma nota del reporte acumulado de resultados, de los Estados Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social, al mes de septiembre de 2006, presentados por la Dirección de Finanzas con oficio 2656, de fecha 1 de noviembre de 2006".
  • S/N / Reporte acumulado de los resultados al tercer trimestre de 2006, de los Estados Financieros del Sistema Nacional de Tiendas.
    '556/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones II y XIV de la Ley del Seguro Social, toma nota del reporte acumulado de los resultados al tercer trimestre de 2006, de los Estados Financieros del Sistema Nacional de Tiendas, presentados por la Dirección de Finanzas con oficio 2656 del 1 de noviembre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este Cuerpo Colegiado, en su Acuerdo 133/2001, de fecha 28 de marzo de 2001".
  • S/N / Informe Semestral de Empresas en Huelga, correspondiente al período marzo – agosto de 2006.
    '557/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe Semestral de Empresas en Huelga, correspondiente al período marzo-agosto de 2006, que presenta la Dirección de Incorporación y Recaudación con oficio 791 del 30 de octubre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 2 219/84, de fecha 5 de septiembre de 1984".
  • S/N / Informe sobre el Salario Base de Cotización de los Trabajadores Permanentes y Eventuales Afiliados al Régimen Obligatorio del Seguro Social, correspondiente al primer semestre de 2006.
    '558/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el Salario Base de Cotización de los Trabajadores Permanentes y Eventuales Afiliados al Régimen Obligatorio del Seguro Social, correspondiente al primer semestre de 2006, que presenta la Dirección de Incorporación y Recaudación con oficio 803 del 3 de noviembre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 510/97, de fecha 29 de octubre de 1997".
  • S/N / Informe sobre la autorización para ampliar el pago a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, de las cuotas que se hayan causado entre los meses de abril y agosto de 2006.
    '559/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre la autorización para ampliar el pago a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, de las cuotas que se hayan causado entre los meses de abril y agosto de 2006, a solicitud de los patrones y demás sujetos obligados con centros de trabajo ubicados en el Municipio de Lázaro Cárdenas, Michoacán, que presenta la Dirección de Incorporación y Recaudación con oficio 792 del 26 de octubre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en el punto Quinto de su Acuerdo 278/2006, de fecha 28 de junio de 2006".
  • S/N / Informe sobre los Juicios de Amparo interpuestos en contra del Decreto por el que se reforman y adicionan los Artículos 277 D y 286 K de la Ley del Seguro Social, actualizado al 15 de noviembre de 2006.
    '560/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Tomar nota del Informe sobre los Juicios de Amparo interpuestos en contra del Decreto por el que se reforman y adicionan los Artículos 277 D y 286 K de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2004, actualizado al 15 de noviembre de 2006, que presenta la Dirección Jurídica con oficio 842 del 15 de noviembre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este Cuerpo Colegiado en su Acuerdo 500/2004, de fecha 20 de octubre de 2004".
  • S/N / Informe de Resultados Operativos y Financieros obtenidos en los Centros Vacacionales, correspondiente al trimestre abril – junio de 2006 y acumulado.
    '561/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción III de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Tomar nota del Informe de resultados operativos y financieros obtenidos en los Centros Vacacionales del IMSS, correspondiente al trimestre abril – junio de 2006 y acumulado, presentado por la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales con oficio 2158 del 23 de octubre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este Cuerpo Colegiado, en el punto IV del Acuerdo 635/2001 dictado en la sesión celebrada el 21 de noviembre de 2001".
  • S/N / Avance sobre la donación pura, simple y a título gratuito, ofrecida por la empresa Pescados Industrializados, S.A. de C.V. a la tienda ubicada en Mazatlán de la Delegación Estatal en Sinaloa.
    '562/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como el numeral 7.1.11 último párrafo, de la Norma de Disposiciones Presupuestarias del IMSS, y de conformidad con el oficio 2367, de fecha 8 de noviembre de 2006, que presenta la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, Acuerda: Tomar nota del avance al mes de octubre de 2006, que guarda la donación pura, simple y a título gratuito, ofrecida por la empresa Pescados Industrializados, S.A. de C.V. a la tienda ubicada en Mazatlán de la Delegación Estatal en Sinaloa, autorizada mediante Acuerdo 282/2006 dictado por este propio Consejo Técnico en la sesión celebrada el 28 de junio de 2006".
  • S/N / Informe sobre los Resultados de la Operación del Esquema en el Campo y la Subrogación de Servicios de Guardería en el Campo con Patrones y Organizaciones de Trabajadores Eventuales del Campo, al 15 de noviembre de 2006.
    '563/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Tomar nota del Informe sobre el avance de Resultados de la Operación del Esquema en el Campo y la Subrogación de Servicios de Guardería en el Campo con Patrones y Organizaciones de Trabajadores Eventuales del Campo, al 15 de noviembre de 2006, que presenta la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales con oficio 2439 del 17 de noviembre de 2006, de conformidad con la determinación de este propio Consejo Técnico en sus Acuerdos 243/2005, 349/2005 y 562/2005, de fechas 13 de junio, 22 de julio y 14 de diciembre de 2005, respectivamente".
  • S/N / Informe del Programa de Actualización de Pensiones Temporales y Provisionales.
    '564/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones I y XXXVII, 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Tomar nota del Informe del Programa de Actualización de Pensiones Temporales y Provisionales, elaborado por las Direcciones de Prestaciones Médicas, y de Prestaciones Económicas y Sociales, en cumplimiento al criterio emitido por la Dirección Jurídica del Instituto, presentado por la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales con oficio 2439, de fecha 17 de noviembre de 2006".
  • S/N / Informe de resultados correspondiente al primer semestre de 2006, obtenidos en el Programa Bienal de Estímulos a la Productividad Científica en el IMSS.
    '565/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Tomar nota del Informe de resultados correspondiente al primer semestre de 2006, obtenidos en el Programa Bienal de Estímulos a la Productividad Científica en el IMSS, que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas con oficio 2227 del 14 de noviembre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 381/2004, de fecha 14 de julio de 2004".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente, en el HCT del IMSS. (SNTMMSRM)
    '566/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 de la Ley del Seguro Social, 14 fracción IV, 27 y 29 fracción I del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de las propuestas de designación que ha hecho el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSRM), en favor de los señores Isrrael Villasana De Hoyos y Arturo Chavarría Reyna, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social. Estas designaciones se hacen en sustitución de los señores Raúl Hernández Vega y Juan Luis Zúñiga Velázquez, y surtirán sus efectos, provisionalmente, a partir del 29 de noviembre de 2006, hasta en tanto la H. Asamblea General del IMSS dicte el Acuerdo respectivo".
  • S/N / Designaciones para integrar la Representación del Sector Obrero, por el SNTMMSRM) en los Comités del HCT, como sigue: a).- De Incorporación y Recaudación, como representantes propietario y suplente, respectivamente; y b).- De Administración como representantes propietario y suplente, respectivamente. (SNTMMSRM)
    '567/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones X y XX, 32 y 33 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y en lo establecido en los puntos 1.8., 1.9.1.13. y 1.9.3.8. de los Lineamientos Operativos del Consejo Técnico, acuerda aprobar las designaciones de los señores Isrrael Villasana De Hoyos y Arturo Chavarría Reyna, para integrar la Representación del Sector Obrero, por el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSRM), en los Comités de este propio Cuerpo Colegiado, como sigue: a).- De Incorporación y Recaudación, como representantes propietario y suplente, respectivamente; y b).- De Administración, como representantes propietario y suplente, respectivamente. Lo anterior, en sustitución de los señores Raúl Hernández Vega y Juan Guadalupe Flores Martínez; consecuentemente, se modifica en su parte conducente el Acuerdo 432/2002 de fecha 4 de septiembre de 2002".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Coahuila.(SNTMMSRM)
    '568/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 89 y 90 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de las designaciones comunicadas por el señor Elías Morales Hernández, Secretario General del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSRM), en favor de los señores Víctor Manuel Pecina y Rubén Zermeño Alarcón, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Coahuila. Estas designaciones se hacen en sustitución de los señores Juventino Mares Martínez y Elisama García Gamboa, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo 363/2004 del 14 de julio de 2004, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Chihuahua. (SNTMMSRM)
    '569/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 89 y 90 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de las designaciones comunicadas por el señor Elías Morales Hernández, Secretario General del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSRM), en favor de los señores Carlos Pérez Mendiola y Juan Socorro Villalobos Molina, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Chihuahua. Estas designaciones se hacen en sustitución de los señores Ramiro Rodríguez Castro y Francisco Jiménez Moya, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo 609/2002 del 13 de noviembre de 2002, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Regional Estado de México Oriente. (SNTMMSRM)
    '570/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 89 y 90 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de las designaciones comunicadas por el señor Elías Morales Hernández, Secretario General del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSRM), en favor de los señores Rigoberto Gómez Rivera y Juan Vergara Hernández, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Regional Estado de México Oriente. Estas designaciones se hacen en sustitución de los señores José Refugio López Rodríguez y Cirilo Sánchez Molano, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo 567/2004 del 24 de noviembre de 2004, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Regional en Nuevo León. (SNTMMSRM)
    '571/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 89 y 90 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de las designaciones comunicadas por el señor Elías Morales Hernández, Secretario General del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSRM), en favor de los señores Benito Ortiz Elizalde y Gilberto Medina Aguilar, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Regional en Nuevo León. Estas designaciones se hacen en sustitución de los señores Leonel Vázquez Aguilar y José Ignacio Hernández Luna, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo 337/2004 del 23 de junio de 2004, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Delegación Norte en el Distrito Federal. (SNTMMSRM)
    '572/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 89 y 90 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de las designaciones comunicadas por el señor Elías Morales Hernández, Secretario General del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSRM), en favor de los señores Marco Antonio León Franco y Héctor Carballido Gutiérrez, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Norte en el Distrito Federal. Estas designaciones se hacen en sustitución de los señores Héctor Félix Estrella y Ernesto Cruz Rebollar, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo 379/2005 del 28 de septiembre de 2005, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en San Luis Potosí. (SNTMMSRM)
    '573/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 89 y 90 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de las designaciones comunicadas por el señor Elías Morales Hernández, Secretario General del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSRM), en favor de los señores Miguel Hernández Medina y J. Antelmo Flores González, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en San Luis Potosí. Estas designaciones se hacen en sustitución de los señores J. Humberto López Hernández y del propio Miguel Hernández Medina, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo 565/2000 del 30 de agosto de 2000, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente, en el Consejo Consultivo de la Delegación mencionada. (SNTMMSRM)
    '574/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 89 y 90 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de las designaciones comunicadas por el señor Elías Morales Hernández, Secretario General del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSRM), en favor de los señores Domingo Medellín Castorena y Rosendo Muñoz Torres, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal en Zacatecas. Estas designaciones se hacen en sustitución de los señores Rogelio Carrillo Alvarado y Jesús Nava Martínez, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo 380/2005 del 26 de septiembre de 2005, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Cardiología No. 34 del Centro Médico Nacional del Noreste, Monterrey. (SNTMMSRM)
    '575/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 112 y 113 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de las designaciones formuladas por el señor Elías Morales Hernández, Secretario General del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSRM), en favor de los señores Roberto Ríos Ojeda y Mario Alberto Tobías Rojas, como representantes propietario y suplente, respectivamente, del Sector Obrero, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Cardiología No. 34 del Centro Médico Nacional del Noreste, Monterrey, N.L. Estas designaciones se hacen en sustitución de los señores Leonel Vázquez Aguilar y José Ignacio Hernández Luna, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo 457/2004 del 22 de septiembre de 2004, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente, del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Especialidades No. 1 del CMN del Bajío, en León. (CONCAMIN)
    '576/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 112 y 113 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de las designaciones formuladas por el señor Ismael Plascencia Núñez, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), en favor de los doctores José Sebastián Moreno González y Carlos Rangel Singh, como representantes propietario y suplente, respectivamente, del Sector Patronal para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades No. 1 del Centro Médico Nacional del Bajío en León, Guanajuato. Las designaciones anteriores se hacen en sustitución de los doctores Jorge Godínez Melgoza y Jesús Arturo Barriga Martínez, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdos 197/2005 y 490/2004, de fechas 25 de mayo de 2005 y 22 de septiembre de 2004, respectivamente, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Designación de representante suplente, en el Consejo Consultivo de la Delegación Regional en Nuevo León. (FNSI)
    '577/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 89 y 90 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de la designación que hace la Federación Nacional de Sindicatos Independientes (FNSI), en favor de la licenciada Joana Flores Pecina, como representante suplente en el Consejo Consultivo de la Delegación Regional en Nuevo León. Esta designación se hace en sustitución del licenciado Juan E. Palacios Acuña, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo 364/2004 del 14 de julio de 2004, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Se fijan las 17:00 hrs. del día 13 de diciembre de 2006, para la celebración de la próxima sesión ordinaria del HCT.
    '578/2006 / 29 de Noviembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las 17:00 horas del día 13 de diciembre del año 2006".
  • S/N / El HCT expresa beneplácito al Mtro. Juan Francisco Molinar Horcasitas, por su designación como Director General del IMSS.
    '579/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico expresa su beneplácito al maestro Juan Francisco Molinar Horcasitas, por su designación como Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social y toma de protesta de dicho cargo, el 4 de diciembre de 2006, que en términos del Artículo 267 de la Ley del Seguro Social, hizo el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Felipe Calderón Hinojosa".
  • S/N / Designaciones que el Ejecutivo Federal, ha hecho en favor del doctor Agustín Guillermo Carstens Carstens, Secretario de Hacienda y Crédito Público; del doctor José Ángel Córdova Villalobos, Secretario de Salud; y del licenciado Javier Lozano Alarcón, Secretario del Trabajo y Previsión Social, como representantes propietarios, en el H. Consejo Técnico del IMSS.
    '580/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 de la Ley del Seguro Social, 14 fracción IV, 27 y 29 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de las designaciones que el Ejecutivo Federal, ha hecho en favor del doctor Agustín Guillermo Carstens Carstens, Secretario de Hacienda y Crédito Público; del doctor José Ángel Córdova Villalobos, Secretario de Salud; y del licenciado Javier Lozano Alarcón, Secretario del Trabajo y Previsión Social, como representantes propietarios, en el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social. Estas designaciones surtirán sus efectos, provisionalmente, a partir del 13 de diciembre de 2006, hasta en tanto la H. Asamblea General del IMSS dicte el acuerdo respectivo".
  • S/N / Se toma nota de la información proporcionada por el Director General del Instituto, sobre la puesta en servicio de 30 nuevas ambulancias, en compañía del Secretario General del SNTSS.
    '580/2006Bis / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota de la información proporcionada por el maestro Juan Francisco Molinar Horcasitas, Director General del Instituto, sobre la puesta en servicio de 30 nuevas ambulancias, el 7 de diciembre de 2006, en compañía del doctor Valdemar Gutiérrez Fragoso, Secretario General del SNTSS, con las cuales llegaron a 204 las adquiridas en el presente año".
  • S/N / Información del programa (PROMADYP)"; “Centro de Contacto Único 01-800-IMSS"; “Hospital Digital"; “Servicios de Telefonía Local a las ciudades de Guadalajara, Monterrey y Distrito Federal"; “Servicios Administrados de Infraestructura Tecnológica (SAIT)"; y “Mesa de Servicios Institucionales (MSI)".
    '581/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del informe sobre el avance en el desarrollo de los Programas de: “Modernización de la Administración de Derechohabientes y de las Prestaciones que les otorga la Ley del Seguro Social (PROMADYP)"; “Centro de Contacto Único 01-800-IMSS"; “Hospital Digital"; “Servicios de Telefonía Local a las ciudades de Guadalajara, Monterrey y Distrito Federal"; “Servicios Administrados de Infraestructura Tecnológica (SAIT)"; y “Mesa de Servicios Institucionales (MSI)", que presenta la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico con oficio 235 del 6 de diciembre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este Cuerpo Colegiado en sus Acuerdos 16/2006, 177/2006 y 240/2006 de fechas 25 de enero, 26 de abril y 24 de mayo de 2006, respectivamente".
  • S/N / Designación del Mtro. Daniel Karam Toumeh, como Director de Finanzas.
    '582/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción III del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el maestro Juan Francisco Molinar Horcasitas, Director General, y designa al maestro Daniel Karam Toumeh, como Director de Finanzas, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación surtirá sus efectos a partir del 16 de diciembre de 2006".
  • S/N / Designación del Dr. Santiago Félix Ignacio Echevarría Zuno como Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas.
    '583/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción III del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el maestro Juan Francisco Molinar Horcasitas, Director General, y designa al doctor Santiago Félix Ignacio Echevarría Zuno, como Director de Prestaciones Médicas, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación surtirá sus efectos a partir del 16 de diciembre de 2006".
  • S/N / Designación del Mtro. Pablo Salvador Reyes Pruneda como Director de Incorporación y Recaudación.
    '584/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción III del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el maestro Juan Francisco Molinar Horcasitas, Director General, y designa al maestro Pablo Salvador Reyes Pruneda como Director de Incorporación y Recaudación, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación surtirá sus efectos a partir del 16 de diciembre de 2006".
  • S/N / Designación del Sr. Carlos Felipe Castañeda Gómez del Campo, como Director de Innovación y Desarrollo Tecnológico.
    '585/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción III del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el maestro Juan Francisco Molinar Horcasitas, Director General, y designa al señor Carlos Felipe Castañeda Gómez del Campo, como Director de Innovación y Desarrollo Tecnológico, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación surtirá sus efectos a partir del 16 de diciembre de 2006".
  • S/N / Designación de la Lic. María Eloisa Talavera Hernández, como Titular de la Unidad de Evaluación de Delegaciones, dependiente de la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones.
    '586/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción III del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el maestro Juan Francisco Molinar Horcasitas, Director General, y designa a la licenciada María Eloisa Talavera Hernández, como Titular de la Unidad de Evaluación de Delegaciones, dependiente de la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación surtirá sus efectos a partir del 16 de diciembre de 2006".
  • S/N / Designación de la Lic. Carolina Gómez Vinales, como Titular de la Unidad IMSS-Oportunidades, dependiente de la Dirección de Prestaciones Médicas.
    '587/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción III del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el maestro Juan Francisco Molinar Horcasitas, Director General, y designa a la licenciada Carolina Gómez Vinales, como Titular de la Unidad IMSS-Oportunidades, dependiente de la Dirección de Prestaciones Médicas, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación surtirá sus efectos a partir del 16 de diciembre de 2006".
  • S/N / Designación del Mtro. Mony de Swaan Addati, como Titular de la Unidad de Vinculación, dependiente de la Dirección General.
    '588/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IX y XVII y 268 fracción VII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción III del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el maestro Juan Francisco Molinar Horcasitas, Director General, y designa al maestro Mony de Swaan Addati, como Titular de la Unidad de Vinculación, dependiente de la propia Dirección General, del Instituto Mexicano del Seguro Social, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Esta designación surtirá sus efectos a partir del 2 de enero de 2007".
  • S/N / Modificar la estructura orgánica y salarial del Instituto, la cual considera la reducción de los sueldos y salarios netos correspondientes a los puestos de Director General, Secretario General, Director Normativo y Titular de Unidad, con vigencia a partir del 1 de enero de 2007.
    '589/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones VII y XXXVII, 263, 264 fracciones IV y XVII, 268 fracción XII, 270 y 272 de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Autorizar a la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones para modificar la estructura orgánica y salarial del Instituto, la cual considera la reducción de los sueldos y salarios netos correspondientes a los puestos de Director General, Secretario General, Director Normativo y Titular de Unidad, con vigencia a partir del 1 de enero de 2007, de conformidad a lo que señala el Decreto que establece las Medidas de Austeridad y Disciplina del Gasto de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 2006. Es importante precisar que dichos movimientos estarán sujetos a las reglas de aplicación que al efecto emitan las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, en el ámbito de sus respectivas competencias".
  • S/N / Se autorizan diversos formatos, a) Solicitud de Inscripción a la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, Invalidez y Vida, Retiro Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (C.V.R.O.´01); b) Solicitud de Inscripción de Beneficiarios Padres (SAV 03); c)Solicitud de Inscripción Concubina o Concubinario (SAV 04); y d) Relación de Trabajadores no Considerados en Estado de Huelga (PH-01).
    '591/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 fracciones XIII y XXXVII, 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracciones XI y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con los Artículos 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 3 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización y la propuesta de la Dirección de Incorporación y Recaudación, a que se refiere su oficio 859 del 6 de diciembre de 2006, Acuerda: Primero.- Aprobar en términos de lo dispuesto por el Artículo 71 fracción III del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, los formatos siguientes: a) Solicitud de Inscripción a la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, Invalidez y Vida, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (C.V.R.O.´01), Anexo 1; b) Solicitud de Inscripción de Beneficiarios Padres (SAV 03), Anexo 2; c) Solicitud de Inscripción de Concubina o Concubinario (SAV 04), Anexo 3; y d) Relación de Trabajadores no Considerados en Estado de Huelga (PH-01), Anexo 4. Segundo.- Instruir a la Dirección Jurídica a efecto de que proceda al trámite de publicación en el Diario Oficial de la Federación, del presente Acuerdo, así como de los formatos anexos al mismo. Tercero.- Los formatos aprobados en términos del Punto Primero del presente Acuerdo, entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente del Sector Patronal ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades No. 14 del Centro Médico Nacional “Lic. Adolfo Ruiz Cortines" en Veracruz, Ver. (CONCANACO)
    '592/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 112 y 113 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de las designaciones formuladas por el ingeniero Luis Antonio Mahbub Sarquis, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), en favor del contador público Salvador Zamora Hernández y licenciado Oscar Agustín Lara Hernández, como representantes propietario y suplente, respectivamente, del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades No. 14 del Centro Médico Nacional “Lic. Adolfo Ruiz Cortines" en Veracruz, Ver. Estas designaciones surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta correspondiente".
  • S/N / Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de octubre de 2006.
    '593/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre el Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico y de los Asuntos Derivados de las observaciones de los integrantes de dicho Cuerpo Colegiado, al mes de octubre de 2006, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9. y 2.5.4. inciso f), de los “Lineamientos Operativos del Consejo Técnico", aprobados por este Órgano de Gobierno en la sesión extraordinaria del 25 de abril de 2002 y por la XC Asamblea General Ordinaria del IMSS del 29 de abril de 2002, que presenta la Secretaría General del Instituto con oficio del 4 de diciembre de 2006".
  • S/N / Informe de las propuestas de solución implementadas para resolver la problemática jurídico financiera de 105 inmuebles destinados al servicio de guarderías y promover su enajenación a título oneroso de las Asociaciones y Sociedades Civiles prestadoras del servicio.
    '594/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe de las propuestas de solución implementadas para resolver la problemática jurídico financiera de 105 inmuebles destinados al servicio de guarderías y promover su enajenación a título oneroso de las Asociaciones y Sociedades Civiles prestadoras del servicio, que presentan las Direcciones de Finanzas y de Prestaciones Económicas y Sociales con oficio 2822 del 27 de noviembre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por este propio Consejo Técnico en sus Acuerdos 74/2004 y 122/2004, de fechas 18 de febrero y 17 de marzo de 2004, respectivamente".
  • S/N / Informes de Actividades de la Comisión de Inversiones Financieras, correspondientes a los meses de agosto y septiembre de 2006.
    '595/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones III y XXXVII, 263 y 264 fracciones I, III y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracción XX y 70 fracción XIII del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social y, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 3 fracción XI y 7 fracción VIII del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recurso Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Primero.- Tomar nota de los Informes de Actividades de la Comisión de Inversiones Financieras, correspondientes a los meses de agosto y septiembre de 2006, que presenta la Dirección de Finanzas con oficios 2813 y 2814, de fecha 28 de noviembre de 2006. Segundo.- Instruir a la propia Dirección de Finanzas para que haga del conocimiento de la Comisión de Vigilancia de este Instituto, los Informes de actividades a que se hace referencia en el punto que antecede".
  • S/N / Informe de Aseguramiento y Pago de Cuotas de los Productores de Caña de Azúcar, así como de sus Trabajadores eventuales del campo, para el ciclo de aseguramiento que comprende del 1 de julio de 2006 al 30 de junio de 2007.
    '596/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe de Aseguramiento y Pago de Cuotas de los Productores de Caña de Azúcar, así como de sus Trabajadores eventuales del campo, para el ciclo de aseguramiento que comprende del 1 de julio de 2006 al 30 de junio de 2007, que presenta la Dirección de Incorporación y Recaudación, con oficio 830 del 22 de noviembre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por el H. Consejo Técnico en su Acuerdo 276/2006, de fecha 28 de junio de 2006".
  • S/N / Informe sobre los Estados Financieros del Fondo de Fomento a la Educación (FOFOE), por el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de agosto de 2006, y el dictamen de los auditores, elaborado por el Despacho Gómez Espiñeira, S.C.
    '597/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe sobre los Estados Financieros del Fondo de Fomento a la Educación (FOFOE), por el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de agosto de 2006, y el Dictamen de los auditores, elaborado por el Despacho Gómez Espiñeira, S.C., que presenta la Dirección de Prestaciones Médicas, con oficio 2337 del 27 de noviembre de 2006, en cumplimiento a lo dispuesto por el H. Consejo Técnico en su Acuerdo 358/2006, de fecha 26 de julio de 2006".
  • S/N / Se autoriza el incremento al Presupuesto del donativo para la Fundación IMSS.
    '598/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y en términos de la solicitud que presenta la Dirección de Finanzas mediante oficio 2931 del 13 de diciembre de 2006, Acuerda: Autorizar el incremento al Presupuesto del donativo para la Fundación IMSS por un millón de pesos, a que se refiere el documento “Cuarta Evaluación Trimestral de los Ingresos Recibidos y el Gasto Incurrido con Respecto al Presupuesto 2005 Aprobado del Instituto Mexicano del Seguro Social", autorizado por este propio Consejo Técnico en su Acuerdo 174/2006 del 26 de abril de 2006".
  • S/N / Modificar la estructura orgánica y salarial de la Unidad de Vinculación y el de la Coordinación de Planeación, y considerar el cambio de nivel salarial de de sus Titulares de KC3 a KC1 y de KB2 a KB1, respectivamente, con vigencia a partir del 16 de diciembre de 2006.
    '599/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 264 fracciones IV y XVII, 268 fracción XII, 270, 272 y 277 D de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Autorizar a la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones para modificar la estructura orgánica y salarial de la Unidad de Vinculación y el de la Coordinación de Planeación, la cual considera el cambio de nivel salarial de sus Titulares de KC3 a KC1 y de KB2 a KB1, respectivamente, con vigencia a partir del 16 de diciembre de 2006, de conformidad a la política salarial de los niveles salariales de personal de mando del Instituto. Dicha modificación no incrementará el número total de plazas, ni el presupuesto de servicios profesionales autorizado al Instituto".
  • S/N / Contratar bajo el régimen de honorarios a once prestadores de servicios, para el ejercicio 2007.
    '600/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, y de conformidad con lo establecido en el “Procedimiento para la Contratación de Servicios Profesionales o Especiales bajo el Régimen de Honorarios", aprobado mediante Acuerdo 679/2002, de fecha 16 de diciembre de 2002 de este propio Consejo Técnico, autoriza en sus términos la solicitud contenida en oficio 514 del 11 de diciembre de 2006, de la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones, para efectuar la contratación de once prestadores de servicios, para el ejercicio 2007".
  • S/N / Designaciones de representantes propietario y suplente, del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Traumatología y Ortopedia “Dr. José Manuel Ortega Domínguez" de Villa Coapa, Distrito Federal. (CONCANACO)
    '601/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 251 A, 263 y 264 fracción XVII de la Ley del Seguro Social, 112 y 113 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de las designaciones formuladas por el ingeniero Luis Antonio Mahbub Sarquis, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), en favor de los licenciados Gustavo Rodríguez González y Eduardo García Villaseñor, como representantes propietario y suplente, respectivamente, del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Traumatología y Ortopedia “Dr. José Manuel Ortega Domínguez" de Villa Coapa, Distrito Federal. Las designaciones anteriores surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • S/N / Se fijan las 17:00 hrs. del día 31 de enero de 2007, para la celebración de la próxima sesión ordinaria del HCT.
    '602/2006 / 13 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el Artículo 263 de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las 17:00 horas del día 31 de enero del año 2007".
  • S/N / Se faculta a la Dirección mencionada, para pagar a los Médicos Residentes del IMSS una cantidad que se estima en un costo de $14.5 millones, que beneficia a 5,800 médicos vigentes.
    '603/2006 / 18 de Diciembre de 2006
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo establecido en los Artículos 263 y 264 fracciones XIV y XVII de la Ley del Seguro Social, y 31 fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y en términos de la solicitud contenida en oficio 520 del 13 de diciembre de 2006 de la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones, Acuerda: Facultar a la Dirección mencionada, para pagar a los Médicos Residentes del IMSS una cantidad que se estima en un costo de $14.5 millones, que beneficia a 5,800 médicos vigentes".