¿Quiénes están obligados a presentarla?
- Los patrones cuya prima determinada resulte diferente a aquella a la que habían cubierto sus cuotas en el periodo inmediato anterior.
- Las empresas de menos de 10 trabajadores, que opten por presentar la declaración anual correspondiente.
¿Quiénes no están obligados a presentarla?
- Empresas de reciente registro en el Instituto, o que cambiaron de actividad y que no hayan completado un periodo anual del primero de enero al 31 de diciembre.
- Patrones que, al determinar su prima, ésta resulte igual a la del ejercicio anterior.
- Empresas de menos de 10 trabajadores que opten por cubrir la PRIMA MEDIA que les corresponda.
¿Qué es la prima media?
Es la prima con la cual las empresas calcularán el pago de las cuotas en el seguro de riesgos de trabajo al inscribirse por primera vez en el Instituto o al cambiar de actividad de acuerdo a la clasificación del riesgo de la negociación.
Actualmente existen 5 clases de riegos con su correspondiente prima media. También cubrirán la prima media las empresas de menos de 10 trabajadores que opten por no presentar su calculo y mantenerse en la prima media.