Subsidios

Comparte esta página

Cuando un trabajador se encuentre incapacitado para trabajar de manera temporal, debido a que sufra un padecimiento derivado de un accidente o enfermedad, o bien durante los periodos anteriores y posteriores al parto en el caso de trabajadoras aseguradas, el médico del IMSS le expedirá un certificado de incapacidad con el fin de justificar su ausencia en el trabajo durante los días que requiera para su recuperación.

Si se cumplen los requisitos que establece la Ley del Seguro Social, la incapacidad genera el derecho al pago de un subsidio. Los tipos de subsidios y sus características generales son los siguientes:


Ramo Semanas Cotizadas Porcentaje de Pago Límite de Pago
Riesgo de Trabajo No requiere semanas cotizadas. 100% del salario registrado en el IMSS, al inicio de la incapacidad. De un día hasta el término de 52 semanas, según lo determinen los Servicios Médicos del IMSS.
Enfermedad en general 4 semanas inmediatas anteriores al inicio de la enfermedad.

Si eres trabajador eventual, 6 semanas en los 4 meses anteriores al inicio de la enfermedad.
60% del salario registrado en el IMSS, al inicio de la incapacidad. A partir del 4º día hasta el término de 52 semanas, según lo determinen los servicios médicos del IMSS, se podrá prorrogar hasta por 26 semanas más.
Maternidad 30 semanas en los 12 meses anteriores a la fecha en que inicia la incapacidad.

Cuando la asegurada no cumpla con este requisito, quedará a cargo del patrón el pago del salario íntegro. (Art. 103 Ley del Seguro Social).
100% del  salario registrado en el IMSS, al inicio de la incapacidad. 42 días anteriores al parto y 42 días posteriores del mismo.

Inicio

Tipos de Subsidios

Tipos de Ayudas

Convenios de Reembolso con Empresas

Pago de Incapacidades Liga externa

Dónde cobrar tu Incapacidad

Denuncias, quejas, sugerencias e información

Algunos derechos reservados IMSS | Reforma 476, Col. Juárez, México DF |Tel. 01 800 6232323 | Acerca del Portal | Avisos Legales
Última modificación: 2009/07/24, 9:00 hrs. Fuente: División de Subsidios y Ayudas