Enfermedad General
La incapacidad por enfermedad general es otorgada por un médico del IMSS al asegurado que sufra un padecimiento no generado por un accidente o enfermedad de trabajo, es decir, que la incapacidad para trabajar sea ajena a cualquier situación laboral.
El médico deberá entregar al trabajador asegurado la "Copia Asegurado" y la “Copia Patrón" del certificado de incapacidad; está última se deberá entregar en la empresa, ya que justifica la ausencia en el trabajo durante el padecimiento.
A partir del cuarto día de incapacidad, el asegurado tendrá derecho al pago de un subsidio por parte del IMSS equivalente al 60% del salario en que estuviera cotizando en el IMSS al inicio del padecimiento.
Los requisitos que señalan la Ley del Seguro Social y demás normatividad aplicable para tener derecho al pago del subsidio por enfermedad general son:
- Estar vigente el asegurado ante el instituto.
- El asegurado debe contar con un mínimo de 4 semanas cotizadas inmediatas anterior a la fecha de inicio de la enfermedad.
- El trabajador eventual debe haber cotizado 6 semanas en los últimos cuatro meses anteriores a la fecha de inicio de la enfermedad.
Los documentos que debes de presentar en la ventanilla bancaria para el pago del subsidio por enfermedad general son:
- "Copia Asegurado" del certificado de incapacidad.
- Identificación oficial (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional o credencial ADIMSS).
El pago de subsidios se puede extender hasta por 78 semanas, previa prescripción de incapacidades por parte de médicos del IMSS.
El derecho al reclamo del pago de cada subsidio es de un año, contado a partir de la fecha de expedición del certificado de incapacidad temporal para el trabajo. Si en un año el trabajador no cobra el subsidio, éste quedará cancelado en forma definitiva.
La incapacidad permanecerá disponible durante 30 días en el banco para cobrar tu subsidio. En caso de que la sucursal te indique que ya no está disponible, tendrás que acudir a la ventanilla de prestaciones económicas de tu clínica para solicitar que sea reactivado.
El pago del subsidio se cancelará de forma definitiva si dejas pasar un año sin cobrar.
Para denuncias, comentarios, quejas e información puedes dirigirte al:
Teléfono: 01800 623 23 23 desde cualquier parte de la república.
Correo electrónico: prestaciones.economicas@imss.gob.mx
Todos los trámites son gratuitos
Última modificación :
2010/06/21, 13:00 hrs., Fuente: División de Subsidios y Ayudas