Régimen Voluntario
Comprende a las siguientes modalidades con los seguros que se indican:
1. Los trabajadores en industrias familiares, y los independientes, como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos y demás trabajadores no asalariados y sus beneficiarios legales tienen derecho a las prestaciones por:
- Enfermedades y Maternidad (sólo prestaciones en especie)
- Invalidez y Vida
- Retiro y Vejez
2. Los trabajadores domésticos y sus beneficiarios legales tienen derecho a las prestaciones por:
- Riesgos de Trabajo (sólo prestaciones en especie)
- Enfermedades y Maternidad (sólo prestaciones en especie)
- Invalidez y Vida
- Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez
3. Los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios y sus beneficiarios legales tienen derecho a las prestaciones por:
- Enfermedades y Maternidad (sólo prestaciones en especie)
- Invalidez y Vida
- Retiro y Vejez
4. Los Patrones personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio y sus beneficiarios legales tienen derecho a las prestaciones por:
- Riesgos de Trabajo
- Enfermedades y Maternidad (sólo prestaciones en especie)
- Invalidez y Vida
- Retiro y Vejez
5. Los trabajadores al servicio de las Administraciones Públicas de la Federación, Entidades Federativas y Municipios que estén excluidos o no comprendidos en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social y sus beneficiarios legales tienen derecho a las prestaciones por:
- Riesgos de Trabajo
- Enfermedades y Maternidad (sólo prestaciones en especie)
- Invalidez y Vida
- Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez
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Última modificación :
2008/09/09, 9:00 hrs., Fuente: Dirección de Incorporación y Recaudación