Régimen Obligatorio

Comprende a los trabajadores asalariados permanentes o eventuales, los miembros de sociedades cooperativas y las personas que determine el Ejecutivo Federal a través de decretos específicos. Estos trabajadores y sus beneficiarios legales tienen derecho a la protección del Seguro Social en los siguientes seguros:
  • Riesgos de trabajo
  • Enfermedades y Maternidad
  • Invalidez y Vida
  • Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez
  • Guarderías y Prestaciones Sociales
En este caso el aseguramiento es a partir de la fecha en que inicia la relación laboral, se constituye la sociedad o inicia su vigencia el decreto respectivo. Se controla con avisos de alta, modificación de salario y baja, porque se trata de un aseguramiento de tiempo transcurrido bajo seguro (es decir, desde la fecha de alta hasta la de baja). La base de cotización es el salario real integrado y se paga por mensualidades vencidas.
Última modificación :
2008/09/09, 9:00 hrs., Fuente: Dirección de Incorporación y Recaudación



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