Acuerdos 2014


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Ejemplo: "ACDO.DN.HCT.290114/1.P.DG", "290114", "Nombramiento", "Enero"
  • ACDO.DN.HCT.290114/1.P.DG / Nombramiento del Titular de la Dirección de Administración.
    '1/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, 264, fracciones IX y XVII, y 286 H, de la Ley del Seguro Social; 5 y 58, fracción XI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; así como 31, fracción III, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y conforme a la propuesta presentada por el Director General a través del Director Jurídico, mediante oficio 5 del 14 de enero de 2014, Acuerda: Único.- Nombrar al maestro Jesús Antonio Berumen Preciado, como Titular de la Dirección de Administración, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Este nombramiento surtirá efectos a partir del 1° de enero de 2014".
  • SCAP2.HCT.290114/1.P.SG / Informe del Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del HCT, con corte al mes de diciembre de 2013.
    '1/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción III, y 68, fracción IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9 y 2.6.4, inciso f), de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 17 de enero de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico, con corte al mes de diciembre de 2013".
  • ACDO.SA2.HCT.290114/10.P.DA / Se autoriza modificar la estructura orgánica de la Dirección de Prestaciones Médicas.
    '10/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VII y XXXVII, 264, fracciones III, IV, XIV y XVII, y 286 I, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción VIII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones I, XII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; numeral 8.1.1, de la Norma que Establece las Disposiciones para Elaborar, Autorizar y Registrar las Estructuras Orgánicas, Ocupacionales y Salariales de Puestos de Mando y de Nómina Ordinaria del IMSS; y en términos del oficio 15 del 20 de enero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como en la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Aprobar la modificación a la estructura orgánica del Instituto, la cual considera el cambio de denominación de la Unidad de Salud Pública, por la de Unidad de Atención Primaria a la Salud, adscrita a la Dirección de Prestaciones Médicas, manteniendo su mismo nivel salarial JA3 autorizado a la fecha. Segundo.- Tomar nota que dicho movimiento no implicará modificaciones al presupuesto autorizado en Servicios Personales del Instituto Mexicano del Seguro Social para el presente ejercicio ni los subsecuentes, toda vez que se trata de un cambio de denominación. Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que conforme a lo previsto en el artículo 75, fracción IV, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, coordine la formulación y presentación a este Consejo Técnico del proyecto del Decreto de Reformas al citado Reglamento, en lo que así proceda, derivado de la modificación orgánica aprobada con el presente Acuerdo, a fin de que se realicen los trámites correspondientes para su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Cuarto.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas para actualizar su manual de organización, derivado de la adecuación organizacional a que se refiere el presente Acuerdo. Quinto.- Tomar nota que el presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente de la fecha en que haya sido emitido".
  • ACDO.SA2.HCT.290414/100.P.DJ / Se autoriza enajenar, a título oneroso y mediante el procedimiento de adjudicación directa en favor del Sistema de Transporte Colectivo Metrorrey, de una fracción de inmueble, sin uso institucional, en Monterrey, Nuevo León.
    '100/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracciones V y XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 116, 117, segundo párrafo, y Décimo Cuarto Transitorio, de la Ley General de Bienes Nacionales; 31, fracción XV, XVI y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y conforme al planteamiento que hace el Director General por conducto del Director Jurídico, mediante oficio 104 del 14 de abril de 2014, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto del Titular de la Delegación Regional del IMSS en Nuevo León, enajene a título oneroso y mediante el procedimiento de adjudicación directa en favor del Sistema de Transporte Colectivo Metrorrey, una fracción con superficie de 291.88 metros cuadrados, sin uso institucional, que forma parte del inmueble ubicado en Félix Uresti Gómez número 501, Colonia Obrera, en Monterrey, N.L., cuyos linderos y colindancias se indican en el Dictamen de No Utilidad Institucional de fecha 11 de febrero de 2014, elaborado por esa Delegación. Segundo.- Instruir a las Direcciones de Finanzas y de Administración, a fin de considerar como valor mínimo de enajenación del terreno señalado en el punto Primero de este Acuerdo, la cantidad de $1’887,363.00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES PESOS 00/100 M.N.), según dictamen con número genérico G-0116-ZNB y número secuencial 02-13-651, del 9 de agosto de 2013, emitido por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN). Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que en los trámites de formalización de la operación, se cumpla con lo previsto en la Ley General de Bienes Nacionales y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Cuarto.- Los gastos y honorarios que se generen con motivo de la enajenación del inmueble, serán por cuenta del adquirente".
  • SCAP2.HCT.270814/100.P.DJ / Informe del avance en la solventación de observaciones determinadas por los órganos fiscalizadores, correspondiente al primer semestre de 2014.
    '100/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III y XIV, de la Ley del Seguro Social, así como 26 y 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo establecido en el punto Primero del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.230713/206.P.DJ, aprobado por este Órgano de Gobierno en sesión del 23 de julio de 2013; y con base en el informe que presenta la Dirección General por conducto del Titular de la Dirección Jurídica, mediante oficio número 231 del 30 de julio de 2014, Acuerda: Primero.- Tomar nota del Informe de Seguimiento a la atención de observaciones de auditoría al Instituto Mexicano del Seguro Social, correspondiente al período del 1° de enero al 30 de junio de 2014, elaborado por la Dirección Jurídica; y que de un total de 535 observaciones existentes al inicio del primer semestre de 2014, formuladas por la Auditoría Superior de la Federación, la Secretaría de la Función Pública, el Órgano Interno de Control en el Instituto y despacho Auditor Externo, en el período que se informa fueron solventadas 407 observaciones y se determinaron 635 nuevas, resultado al 30 de junio de 2014, un saldo de 763 observaciones en proceso de atención a cargo de los Órganos Normativos, de Operación Administrativa Desconcentrada y Operativos. Segundo.- Exhortar a los Titulares de las Direcciones Normativas, de las Delegaciones y de las Unidades Médicas de Alta Especialidad, así como a las unidades administrativas que de ellos dependan, para que atiendan las recomendaciones que les señale el área de atención a los órganos fiscalizadores de la Dirección Jurídica e instrumenten mejoras y acciones preventivas para disminuirlas en sus procesos".
  • SCAP2.HCT.270814/101.P.DJ / Informe de las acciones de mejora propuestas por el Despacho Auditor Externo “Prieto, Ruiz de Velasco y Cía., S.C.", derivado de la dictaminación de los Estados Financieros para el ejercicio fiscal 2013.
    '101/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III y XIV, de la Ley del Seguro Social; así como 26 y 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y con base en el informe que presenta la Dirección General por conducto del Titular de la Dirección Jurídica, mediante oficio número 231 del 30 de julio de 2014, Acuerda: Primero.- Tomar nota del Informe Ejecutivo y Propuestas de Mejora correspondiente al período del 1° de enero al 31 de diciembre de 2013, elaborado por el Despacho ‘Prieto, Ruíz de Velasco y Cía. S.C.’, con un total de 6 Propuestas de Mejora al IMSS, entregadas a la Secretaría de la Función Pública y al Órgano Interno de Control en el propio Instituto el 21 de julio de 2013. Segundo.- Exhortar a los Titulares de las Direcciones Normativas, de las Delegaciones y de las Unidades Médicas de Alta Especialidad, así como a las unidades administrativas que de ellos dependan, para que atiendan las recomendaciones que les señale el área de atención a los Órganos Fiscalizadores de la Dirección Jurídica e instrumenten mejoras y acciones preventivas para disminuirlas en sus procesos".
  • ACDO.SA2.HCT.290414/101.P.DJ / Se autoriza llevar a cabo la permuta y donación de un inmueble ubicado en el municipio de Mazapil, Zacatecas, por otro, propiedad de la empresa MINERA TAYAHUA, S.A. DE C.V., en esa misma localidad.
    '101/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, V, VI y XXXVII, 253, fracción II, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracciones V y XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 116, 117 segundo párrafo, y Décimo Cuarto Transitorio, de la Ley General de Bienes Nacionales; y 31, fracción XV, XVI y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y conforme al planteamiento que hace el Director General por conducto del Director Jurídico, mediante oficio 106 del 14 de abril de 2014, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto del Titular de la Delegación Estatal del IMSS en Zacatecas, formalice los contratos de permuta y donación por los que este Organismo transmitirá la propiedad del inmueble ubicado en Antiguo Camino a Mazapil, en la población de Salaverna, municipio de Mazapil, Estado de Zacatecas, con superficie de 1,003.97 metros cuadrados; y, a su vez, adquirirá de la empresa MINERA TAYAHUA, S.A. DE C.V., la parte proporcional por permuta y el resto en donación, del inmueble situado en Avenida Nueva Salaverna número 19, Manzana 1, Lote 1, fraccionamiento Nuevo Salaverna, en el municipio y entidad mencionados, con una superficie de 3,547.54 metros cuadrados, el cual será destinado a la Unidad de Medicina Familiar número 14. Las medidas y colindancias de dichos inmuebles se indican en los Anexos 1 y 2 del presente Acuerdo. Segundo.- Instruir a las Direcciones de Finanzas y de Administración, a fin de considerar para efectos contables y con base en los dictámenes valuatorios emitidos por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN), vigentes al momento de formalizar la operación, como monto de la permuta, el valor del inmueble del Instituto y como monto de la donación, la cantidad que resulte de restar al valor del inmueble que se adquiere, el valor del inmueble que este Instituto transmite. Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que en los trámites de formalización de la operación se cumpla con lo previsto en la Ley General de Bienes Nacionales y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Cuarto.- Los gastos y honorarios que se generan con motivo de la adquisición del inmueble objeto de la permuta y donación, serán por cuenta del Instituto".
  • ACDO.SA1.HCT.290414/102.P.DPES / Se autoriza el otorgamiento del donativo, a título oneroso, en favor de “Apoyo a Jubilados y Pensionados del MUNJP, A.C.", por la cantidad de $5’250,000.00.
    '102/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, XXIV y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción XVI, de la Ley Federal de las Entidades paraestatales, 80, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 31, fracciones XVII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y conforme al planteamiento presentado por la Dirección General, por conducto de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, mediante oficio 115 del 11 de abril de 2014, así como la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 9 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar el otorgamiento del donativo previsto en el Presupuesto del IMSS para el ejercicio fiscal 2014, en favor de ‘Apoyo a Jubilados y Pensionados del MUNJP, A.C., por la cantidad de $5’250,000.00 (CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.). Segundo.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales para que, en coordinación con la Dirección Jurídica, formalice el instrumento jurídico que corresponda, con base en el modelo y reglas emitidos por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de la Función Pública, observando lo dispuesto en los artículos 183, 183 A y 184 B, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria".
  • ACDO.SA2.HCT.290414/103.P.DPM / Informe de autorización para aceptar la donación pura, no onerosa, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., de un autobús, marca Dina, modelo 1994.
    '103/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, V y XXXVII, 263 y 264, fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción XVI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones XVII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 182, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y conforme al planteamiento presentado por la Dirección General por conducto de la Dirección de Prestaciones Médicas, mediante oficio 49 del 9 de abril de 2014, así como la resolución del Comité del mismo nombre, del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto del Director de Prestaciones Médicas, acepte la donación pura, no onerosa, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., consistente en un autobús marca Dina, con un valor de $75,000.00 (SETENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado, cuya descripción se señala en el Anexo 1 del presente Acuerdo, para fortalecer las actividades del Banco de Sangre del Centro Médico Nacional ‘Siglo XXI’, en el Distrito Federal, como unidad médica complementaria incorporada a la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades ‘Dr. Bernardo Sepúlveda Gutiérrez’. Segundo.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que registre para efectos contables, el valor del bien objeto de la donación señalado en el punto Primero de este Acuerdo. Tercero.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas a fin de que, en coordinación con la Dirección Jurídica, realice los trámites para la formalización del contrato de donación respectivo, atendiendo a lo previsto en el Código Civil Federal".
  • SCAP2.HCT.270814/103.P.SG / Informe de Actividades de los Comités del HCT, con corte al 26 de agosto de 2014.
    '103/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción XII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como en lo establecido en el punto 1.9.2.20, de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 22 de agosto de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de actividades de las reuniones celebradas por los Comités del propio Órgano de Gobierno, acorde al calendario aprobado mediante Acuerdo ACDO.SA2.HCT.271113/337.P.SG, dictado en sesión del 27 de noviembre de 2013, con corte al 26 de agosto de 2014".
  • ACDO.SA2.HCT.290414/104.P.DPM / Se autoriza aceptar la donación pura, no onerosa, de 2,458 Guías de Práctica Clínica en los ámbitos de Pediatría, Ginecología y Obstetricia, Medicina Interna, Oftalmología, Infectología y Enfermedades Lisosomales.
    '104/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, V y XXXVII, 263 y 264, fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción XVI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones XVII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 182, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y conforme al planteamiento presentado por la Dirección General por conducto de la Dirección de Prestaciones Médicas, mediante oficio 49 del 9 de abril de 2014, así como la resolución del Comité del mismo nombre, del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto del Director de Prestaciones Médicas, acepte la donación pura, no onerosa, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., consistente en 2,458 Guías de Práctica Clínica, con un valor de $482,814.98 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CATORCE PESOS 98/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado, cuya descripción se señala en el Anexo 1, del presente Acuerdo. Segundo.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que registre para efectos contables, el valor de los bienes objeto de la donación señalado en el punto Primero de este Acuerdo. Tercero.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas a fin de que, en coordinación con la Dirección Jurídica, realice los trámites para la formalización del contrato de donación respectivo, atendiendo a lo previsto en el Código Civil Federal".
  • SCAP2.HCT.240914/105.P.SG / Informe del Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del HCT, con corte al mes de agosto de 2014.
    '105/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción III, y 68, fracción IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9 y 2.6.4, inciso f), de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 12 de septiembre de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos de este Consejo, con corte al mes de agosto de 2014".
  • SCAP2.HCT.240914/106.P.SG / Informe del funcionamiento de los Consejos Consultivos Delegacionales del IMSS, correspondiente al segundo cuatrimestre de 2014.
    '106/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio sin número, del 12 de septiembre de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe del funcionamiento de los Consejos Consultivos Delegacionales del propio Instituto, correspondiente al segundo cuatrimestre de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en los Acuerdos 8 102/80 y 493/2006, punto III, dictados en sesiones del 15 de octubre de 1980 y 30 de octubre de 2006, respectivamente; e instruye a la Secretaría General para que haga llegar a los Presidentes de los Consejos Consultivos Delegacionales el Informe de referencia, específicamente en lo que respecta a las incidencias que competen a los Órganos Colegiados que presiden".
  • ACDO.IN2.HCT.290414/106.P.SG / Fecha de la próxima sesión.
    '106/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el artículo 263, de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las dieciséis treinta horas del 28 de mayo de 2014".
  • ACDO.AS3.HCT.280514/107.P.DF / Primera Evaluación Trimestral de los Ingresos Recibidos y el Gasto Incurrido con respecto al Presupuesto 2014 del IMSS y Propuestas de Adecuación.
    '107/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 264, fracciones I, II, III y VI, 270, 272, 274, 277, 283, 286 A, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 156 del 16 de mayo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, así como la resolución del Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 27 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar el documento denominado ‘Primera Evaluación Trimestral de los Ingresos Recibidos y el Gasto Incurrido con Respecto al Presupuesto 2014 del Instituto Mexicano del Seguro Social y Propuestas de Adecuación’, que presenta la Dirección de Finanzas. Segundo.- Tomar nota de los resultados de ingresos y gastos en flujo de efectivo y devengado, presentados en las Secciones II y III del documento mencionado en el punto que antecede. Tercero.- Tomar nota del avance en el cumplimiento de la Primera Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas 2014, aprobado por este Órgano de Gobierno en sesión celebrada el 4 de abril de 2014, mediante Acuerdo ACDO.AS3.HCT.040414/65.P.DF. Cuarto.- Tomar nota del saldo de 3,000 millones de pesos pendiente de liquidar del préstamo solicitado en agosto de 2013 de la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento a la Reserva Operativa. Quinto.- Tomar nota de la actualización de los programas presupuestarios y sus indicadores, así como de sus resultados al primer trimestre con respecto al presupuesto aprobado, contenidos en la Sección V del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Sexto.- Tomar nota de las adecuaciones pormenorizadas realizadas por la Dirección de Finanzas, en cumplimiento al punto Segundo del Acuerdo ACDO.AS3.HCT.040414/64.P.DF, dictado por el propio Consejo Técnico y contenidas en la Sección VI, inciso a), del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Séptimo.- Tomar nota de las adecuaciones al presupuesto de flujo de efectivo y de operación, así como del impacto que tendrán en los calendarios, en los términos descritos en la Sección VI, incisos a) y b), del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo, incluyendo las cifras contenidas en las Tablas 7, 8 y 9. Octavo.- Tomar nota de las adecuaciones al presupuesto de Inversión Física 2014 que se presentan en la Sección VII del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Noveno.- Tomar nota del ejercicio y adecuación del presupuesto de las áreas de administración central, contenido en la Sección VIII, inciso a), del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Décimo.- Tomar nota del adeudo del Gobierno Federal con el Instituto por 1,729 millones de pesos, integrado por 502 millones de pesos de aportaciones al régimen obligatorio del 2013; 1,224 millones de pesos de la administración de las pensiones en curso de pago de 2012, al primer trimestre de 2014, y 3 millones de pesos por el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 2008, por el que se exime parcialmente del pago de las cuotas obrero patronales (beneficio del 5%). Décimo Primero.- Tomar nota del Calendario de Flujo de Efectivo modificado a mayo, contenido en la Sección VIII, inciso c), del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Décimo Segundo.- Instruir a la Dirección General para que, por conducto de la Dirección de Finanzas, continúe las gestiones de cobro ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para el pago de los adeudos a cargo del Gobierno Federal. Décimo Tercero.- Instruir a la Dirección General para que, por conducto de la Dirección de Finanzas, se envíe el presente documento a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento y efectos conducentes".
  • ACDO.AS3.HCT.280514/108.P.DF / Segunda Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el ejercicio fiscal 2014.
    '108/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 264, fracción I, 276, 278, 279, 283, 286 B y 286 K, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del IMSS; y en términos del oficio 156 del 16 de mayo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, así como la resolución del Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 27 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar la Segunda Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el ejercicio fiscal 2014 que propone la Dirección General, a través de la Dirección de Finanzas. Segundo.- Tomar nota de que el uso de la Reserva Financiera y Actuarial del Seguro de Enfermedades y Maternidad, por hasta 20,250 millones de pesos, se realizará de conformidad con el calendario de flujo de efectivo presentado en la Primera Evaluación Trimestral al Presupuesto para el ejercicio fiscal 2014 del Instituto Mexicano del Seguro Social y que el monto autorizado para dicho uso en marzo, se estima ejercerlo en agosto. Tercero.- Tomar nota que para mayor transparencia se separa la acumulación de reservas y fondo de los ingresos restringidos, acorde a lo presentado en la Segunda Adecuación al Presupuesto de 2014. Cuarto.- Tomar nota que en mayo se liquidó el saldo de 3,000 millones de pesos a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento, correspondiente al préstamo solicitado en agosto de 2013 y sus respectivos costos financieros. Quinto.- Instruir a la Dirección General para que envíe, por conducto de la Dirección de Finanzas, el presente documento a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su conocimiento".
  • SCAP2.HCT.240914/108.P.SG / Informe Cuantitativo y Cualitativo de los Recursos de Inconformidad interpuestos ante los Consejos Consultivos Delegacionales, correspondiente al segundo cuatrimestre de 2014.
    '108/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio circular 2135 del 25 de julio de 2014, así como del diverso sin número, del 12 de septiembre de 2014, signados por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe Cuantitativo y Cualitativo de los Recursos de Inconformidad interpuestos ante los Consejos Consultivos Delegacionales, correspondiente al segundo cuatrimestre de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno, en el punto Tercero del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.260111/10.P.SG, dictado en sesión del 26 de enero de 2011".
  • SCAP2.HCT.240914/109.P.DA / Informe de avance del PTCI 2014-2015, así como del PTAR 2014, correspondientes al segundo trimestre de 2014.
    '109/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 21 y 22, de la Ley de Planeación, de conformidad con el artículo Tercero, numerales 9, 22, 23, 24, 29 y 65, fracción VIII, inciso e), del ‘Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en Materia de Control Interno y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno’, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010, cuya última modificación fue publicada el 2 de mayo de 2014; y en términos del oficio 467 del 10 de septiembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 18 del mes y año citados, toma conocimiento de los Reportes de Avance del Programa de Trabajo de Control Interno Institucional (PTCI) 2014-2015, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en el punto Segundo del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.290910/297.P.DAED, dictado en sesión del 29 de septiembre de 2010, así como del Programa de Trabajo de Administración de Riesgos (PTAR) 2014, correspondientes al segundo trimestre de dicho año. Asimismo, se toma nota de la atención a las recomendaciones emitidas por el Órgano Interno de Control a los Programas de Trabajo en materia de Control Interno y Administración de Riesgos".
  • ACDO.DS.HCT.280514/109.P.SG / Designación de representantes propietario y suplente, ante el CCD en San Luis Potosí. (CONCANACO-SERVYTUR)
    '109/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta de designación formulada por el ingeniero Enrique Solana Sentíes, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), mediante oficio sin número, del 5 de mayo de 2014, en favor de los ingenieros Gerardo Zermeño Pérez y Humberto Ávila Moreno, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la tercera fórmula del Sector Patronal, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS en San Luis Potosí, en sustitución del ingeniero Jaime Cantú Sánchez y del doctor Ernesto Sánchez Hermosillo, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.270612/149.P.SG, dictado en sesión del 27 de junio de 2012, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.SA2.HCT.290114/11.P.DA / Se autoriza actualizar la Norma que Establece las Disposiciones para la Implementación y Mantenimiento del Sistema de Gestión de Calidad basado en el Modelo de Calidad, Efectividad y Resultados Institucionales y cambiar su actual denominación.
    '11/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones XII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 15 del 20 de enero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como en la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Aprobar la actualización de la ‘Norma que Establece las Disposiciones para la Implementación y Mantenimiento del Sistema de Gestión de Calidad Basado en el Modelo de Calidad, Efectividad y Resultados Institucionales’, así como el cambio de denominación de la misma por el de: ‘Norma que Establece las Disposiciones para la Implementación y Mantenimiento del Modelo Institucional para la Competitividad “MC" ’, en los términos presentados por la Dirección enunciada. Segundo.- Instruir a la Dirección antes citada, para que a través de la Unidad de Organización y Calidad, proceda a registrar en el catálogo normativo institucional el documento que se aprueba, y publicarlo en la página de Internet del Instituto, así como a que difunda y dé estricta observancia a las disposiciones contenidas en dicho instrumento. Tercero.- Tomar nota que el documento aprobado tendrá vigencia a partir de su publicación en el catálogo normativo institucional, dejando sin efecto todas aquellas disposiciones administrativas que se le contrapongan. Cuarto.- La Dirección de Administración deberá informar a este H. Consejo Técnico los resultados de la presente autorización al término del primer semestre de 2014".
  • SCAT3.HCT.290114/11.P.DIR / Resultados del otorgamiento de facilidades administrativas para el cumplimiento de obligaciones fiscales con motivo de las precipitaciones pluviales de agosto, septiembre y octubre de 2013.
    '11/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, 264, fracciones XIV y XVII, y 304 C, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 473 del 12 de diciembre de 2013, signado por el Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, toma nota del Informe de resultados relativos al otorgamiento de facilidades administrativas para el cumplimiento de obligaciones fiscales con motivo de las lluvias severas, huracanes y tormentas, que afectaron el territorio nacional durante los meses de agosto, septiembre y octubre de 2013, en cumplimiento total a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en el punto Séptimo del Acuerdo ACDO.AS2.HCT.250913/244.P.DG, dictado en sesión del 25 de septiembre del 2013".
  • ACDO.DS.HCT.280514/110.P.SG / Designación de representante suplente, ante el CCD en Querétaro. (CONCANACO-SERVYTUR)
    '110/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta de designación formulada por el ingeniero Enrique Solana Sentíes, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), mediante oficio sin número, del 13 de mayo de 2014, en favor del licenciado Manuel Ruiz López, como representante suplente, en la segunda fórmula del Sector Patronal, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS en Querétaro, en sustitución del licenciado Martín Alfredo Romo Villegas, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.250412/97.P.SG, dictado en sesión del 25 de abril de 2012, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAP2.HCT.240914/110.P.DA / Informe de resultados de la prestación del servicio de hemodiálisis subrogada (2011-2013), correspondiente al primer semestre de 2014.
    '110/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 89, fracción II, 251, fracciones IV y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII, 277 F y 277 G, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 467 del 10 de septiembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 18 del mes y año citados, toma nota del Informe correspondiente al primer semestre del año 2014, relativo a la contratación del Servicio de Hemodiálisis Subrogada 2011-2013, en cumplimiento a lo dispuesto por el propio Consejo en el punto Cuarto del Acuerdo ACDO.AS3.HCT.310811/216.P.DAED, DPM y DF dictado en sesión del 31 de agosto de 2011".
  • SCAP2.HCT.240914/111.P.DA / Informe de los avances en la instrumentación del Servicio Integral de Transporte Terrestre (SITT), correspondiente al segundo trimestre de 2014.
    '111/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 26 y 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 467 del 10 de septiembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 18 del mes y año citados, toma nota del Informe de los avances en la instrumentación del Servicio Integral de Transporte Terrestre 2013-2015, correspondiente al segundo trimestre de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por el propio Consejo en el punto Cuarto del Acuerdo ACDO.AS2.HCT.290513/105.P.DAED, dictado en sesión del 29 de mayo del 2013".
  • ACDO.SA2.HCT.280514/111.P.DA / Se autoriza el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité y de los Subcomités Delegacional y de la UMAE, de Bienes Muebles.
    '111/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones I, II, VIII y XXXVII, 263, 264, fracción XVII, 268, fracciones IX y XII, y 291, segundo párrafo, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones II, XII y XX, y 69, fracción I, del Reglamento Interior del IMSS, así como de la ‘Norma que Establece las Disposiciones para Elaborar, Actualizar, Autorizar y Registrar los Manuales de Organización de los Órganos Administrativos y los Manuales de Integración y Funcionamiento de Comités o Comisiones del Instituto Mexicano del Seguro Social’; y en términos del oficio 215 del 19 de mayo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, con base en la resolución del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Aprobar en sus términos el documento denominado ‘Manual de Integración y Funcionamiento del Comité y de los Subcomités Delegacional y de la UMAE, de Bienes Muebles’. Segundo.- Instruir a la Dirección de Administración a difundir dicho ordenamiento, para la estricta observancia de las disposiciones contenidas en el instrumento normativo que se autoriza. Tercero.- Tomar nota que el documento aprobado entrará en vigor a partir del día siguiente de la emisión del presente Acuerdo, por lo que quedan sin efecto todas aquellas disposiciones administrativas que se le contrapongan".
  • ACDO.IN2.HCT.280514/112.P.DA / Informe de los Servicios Personales en el IMSS, correspondiente al ejercicio 2013.
    '112/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracciones VIII y XI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, 69 y 75, fracción XVI, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 215 del 19 de mayo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como la resolución del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Único.- Aprobar el documento denominado: ‘Informe de los Servicios Personales en el IMSS 2013’. Asimismo, faculta a la Dirección Jurídica para realizar las gestiones pertinentes, a fin de que el documento que se autoriza, se publique a más tardar el 30 de junio de 2014, en el Diario Oficial de la Federación, en cumplimiento a la obligación del Instituto establecida en el quinto párrafo del artículo 277 D, de la Ley del Seguro Social".
  • ACDO.IN3.HCT.280514/113.P.DF / Informe de los Estados Financieros del IMSS, dictaminados por el Despacho de Auditoría Externa, Prieto, Ruiz de Velasco y Cía., S.C., con cifras al 31 de diciembre de 2012 y 2013.
    '113/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones II, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 66, fracción IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 156 del 16 de mayo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota de los Estados Financieros del IMSS, dictaminados por el despacho auditor externo Prieto, Ruiz de Velasco y Cía., S.C., con cifras al 31 de diciembre de 2012 y 2013".
  • SCAT2.HCT.240914/113.P.DPES / Informe de resultados sobre la donación de diversos bienes ofrecidos por la Fundación IMSS, A.C.
    '113/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 334 del 10 de septiembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, toma nota del resultado de la formalización de la donación pura, no onerosa, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., de diversos bienes, para apoyar el equipamiento de las Tiendas IMSS-SNTSS y mejoramiento de su operación, en cumplimiento total a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en el punto Cuarto del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.290513/132.P.DPES, dictado en sesión del 29 de mayo de 2013".
  • SCAT2.HCT.240914/114.P.DPES / Informe de resultados sobre la donación de la escultura de bronce titulada “Alerta".
    '114/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 334 del 10 de septiembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, toma nota del Informe sobre la formalización del contrato de donación pura, no onerosa, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., de la escultura de bronce titulada ‘Alerta’, de la artista Mercedes Ortiz Vaquero, en cumplimiento total a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno, en el punto Quinto del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.280813/236.P.DPES, dictado en sesión del 28 de agosto de 2013".
  • ACDO.IN3.HCT.280514/114.P.DF / Informe sobre los Estados Financieros del IMSS con corte al 31 de marzo de 2014.
    '114/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones II, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 156 del 16 de mayo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota del resultado acumulado de los Estados Financieros del IMSS, que presenta la Dirección General por conducto de la Dirección de Finanzas, con cifras al 31 de marzo de 2014".
  • ACDO.IN3.HCT.280514/115.P.DF / Informe relativo a las operaciones de inversión, los rendimientos obtenidos y la composición de las inversiones de las Reservas Financieras y el FCOLCLC, con corte al mes de marzo de 2014.
    '115/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III, XXII y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX y 70, fracción XIII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 9, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; y en términos del oficio 156 del 16 de mayo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe relativo a las operaciones de inversión, los rendimientos obtenidos y la composición de las inversiones de las Reservas Financieras y el Fondo para el Cumplimiento de las Obligaciones Laborales de Carácter Legal y Contractual, con corte al mes de marzo de 2014".
  • SCAT2.HCT.240914/115.P.DPES / Informe de resultados relativos al uso de las siglas “IMSS" por la Asociación PROSOVOL.
    '115/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 334 del 10 de septiembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, toma nota del Informe de resultados derivado del uso de las siglas ‘IMSS’ por la Asociación Civil Promotores Sociales Voluntarios, dentro de su denominación social, para la realización de su objeto, en cumplimiento total a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno, en el punto Tercero del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.280813/237.P.DPES, dictado en sesión del 28 de agosto de 2013".
  • SCAP2.HCT.240914/116.P.SG / Informe de Actividades de los Comités del HCT, con corte al 23 de septiembre de 2014.
    '116/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción XII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como en lo establecido en el punto 1.9.2.20, de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 19 de septiembre de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de Actividades de las reuniones celebradas por los Comités del propio Órgano de Gobierno, acorde al calendario aprobado mediante Acuerdo ACDO.SA2.HCT.271113/337.P.SG, dictado en sesión del 27 de noviembre de 2013, con corte al 23 del presente mes y año".
  • ACDO.IN3.HCT.280514/116.P.DF / Informe de Actividades de la CIF, correspondiente al mes de abril de 2014.
    '116/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 9, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; y en términos del oficio 156 del 16 de mayo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe de Actividades de la Comisión de Inversiones Financieras, con corte al mes de abril de 2014".
  • ACDO.SA2.HCT.280514/117.P.DIR / Se autoriza la propuesta de modificación del coeficiente familiar, aplicado en la estimación de la población derechohabiente del IMSS.
    '117/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 263 y 264, fracciones II, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX y 71, fracciones II, IV, V, IX y XII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y tomando en consideración el informe que presenta la Dirección de Incorporación y Recaudación, mediante oficio 32 del 16 de mayo de 2014, así como la resolución del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 14 del mes y año citados, Acuerda: Único.- Autorizar la actualización del coeficiente familiar aplicado al cálculo de la población derechohabiente del Instituto, a partir de las cifras de abril de 2014".
  • SCAP2.HCT.291014/117.P.SG / Informe del Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del HCT, con corte al mes de septiembre de 2014.
    '117/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción III y 68, fracción IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9 y 2.6.4, inciso f), de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 17 de octubre de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos de este Consejo, con corte al mes de septiembre de 2014".
  • SCAT2.HCT.291014/118.P.SG / Informe de resultados del seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones de la HCV en la Centésima Cuarta AGO del IMSS, con corte al 26 de septiembre de 2014.
    '118/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 266, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción III y 68, fracción IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; de conformidad con lo señalado en el numeral 1.9.2.9, de los Lineamientos Operativos del H. Consejo Técnico, en cumplimiento a lo establecido por este Órgano de Gobierno en el Acuerdo ACDO.IN2.HCT.301013/302.P.SG, dictado en sesión del 30 de octubre de 2013; y en términos del oficio sin número, del 29 de septiembre de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de cumplimiento total de las 16 recomendaciones formuladas por la H. Comisión de Vigilancia en la Centésima Cuarta Asamblea General Ordinaria del IMSS, celebrada el 25 de octubre de 2013."
  • ACDO.SA1.HCT.280514/118.P.DIR / Se autoriza la suscripción de los Convenios de aseguramiento y pago de cuotas con productores de caña de azúcar y trabajadores eventuales del campo al servicio de aquéllos, para el ciclo 2014-2015.
    '118/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones I, II, IV, XIII y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, VII, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 3, fracción II, inciso c), 6, fracción I, 31, fracciones IV y XX, 71, fracciones I y XXI, y 72, fracciones I y IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; de conformidad con el planteamiento del Director General, presentado por conducto del Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, mediante oficio 32 del 16 de mayo de 2014; y con base en la resolución del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 14 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar al Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, a suscribir con los representantes legales de la Unión Nacional de Cañeros, A.C., de la Confederación Nacional de Propietarios Rurales (CNPR), la Unión Nacional de Productores de Caña de Azúcar, Confederación Nacional Campesina, A.C. (CNC), y los correspondientes a la Unidad Cañera Democrática, A.C. (UCD), los convenios relativos al aseguramiento y pago de cuotas de los productores de caña de azúcar, así como de los trabajadores eventuales del campo al servicio de dichos productores, correspondientes al ciclo anual de aseguramiento 2014-2015, y en su caso, los subsecuentes suscripciones, en el evento de que dichas asociaciones manifiesten su voluntad de continuar con el régimen de aseguramiento, en los términos aprobados. Segundo.- Autorizar que los términos de los convenios referidos sean observados en la formalización de aquellos que, en su caso, soliciten organizaciones locales de productores de caña de azúcar, que acrediten su inscripción como organizaciones de abastecedores de caña de azúcar en el Registro Nacional Agropecuario previsto en la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto de 2005. Tercero.- Autorizar a la Dirección de Incorporación y Recaudación, en su caso, emitir los Lineamientos que deberán observar las Delegaciones y Subdelegaciones en la aplicación de los convenios referidos".
  • ACDO.SA2.HCT.280514/119.P.DJ / Se autoriza aceptar la donación que hace el Ayuntamiento de Irapuato, Gto., en favor del Instituto, de dos predios en el municipio y entidad mencionados, destinados a la construcción de una UMF.
    '119/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, V, VI y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 116, de la Ley General de Bienes Nacionales; y 31, fracciones XVI y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y conforme al planteamiento que hace el Director General por conducto de la Dirección Jurídica mediante oficio 121 del 9 de mayo de 2014, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto del Titular de la Delegación Estatal del IMSS en Guanajuato, acepte la donación que realiza el H. Ayuntamiento de Irapuato, en dicha entidad, en favor de este Instituto, de dos predios, el primero de ellos identificado como calle Rey Alfonso XIII, con una superficie de 1,666.951 m2 y el segundo como calle Rey Felipe II, con superficie de 1,681.156 m2, ambos en el Fraccionamiento Los Reyes, en el municipio y entidad mencionados, destinados a la construcción de una Unidad de Medicina Familiar. Las medidas y colindancias de dichos inmuebles, se indican en la escritura pública número 9,134, del 3 de diciembre de 1999, pasada ante la fe del licenciado Pedro Salgado Andrade, Titular de la Notaría Pública número 23 de Irapuato, Gto., inscrita el 29 de febrero del 2000 ante el Registro Público de la Propiedad de esa localidad, bajo el Registro número 66638, del Tomo 193, del Libro de Propiedad. Segundo.- Instruir a las Direcciones de Finanzas y de Administración, a fin de considerar como valor del terreno señalado, la cantidad que se establezca en el instrumento de formalización de la operación de enajenación que se autoriza. Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que en los trámites de formalización de la operación, se cumpla con lo previsto en la Ley General de Bienes Nacionales y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Cuarto.- Los gastos y honorarios que se generen por la presente operación, serán por cuenta del Instituto".
  • SCAP3.HCT.290114/12.P.DPES / Informe del importe total de la ayuda en efectivo otorgada a Guarderías, correspondiente al cuarto trimestre de 2013.
    '12/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este H. Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 6 del 16 enero de 2014, signado por la Titular de las Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, toma nota del Informe del importe total de la ayuda en efectivo, otorgada con motivo de las Modificaciones y Adiciones al Reglamento para la Prestación de los Servicios de Guardería, correspondiente al cuarto trimestre de 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en el Punto Tercero del Acuerdo ACDO.AS1.HCT.161209/306.P.DJ y DPES, dictado en sesión del 16 de diciembre de 2009".
  • ACDO.SA2.HCT.290114/12.P.DA / Se autoriza actualizar la Norma que establece las disposiciones para que las Unidades Médicas, Sociales o Administrativas participen en el Premio IMSS de Calidad y cambiar su actual denominación.
    '12/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones I, XII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 15, del 20 de enero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como en la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Aprobar la actualización de la ‘Norma que Establece las Disposiciones para que las Unidades Médicas, Sociales o Administrativas participen en el Premio IMSS de Calidad’, así como el cambio de denominación de la misma por el de: ‘Norma que Establece las Disposiciones para que las Unidades Médicas, Sociales y Administrativas participen en el Premio IMSS a la Competitividad’, en los términos presentados por la Dirección enunciada. Segundo.- Instruir a la Dirección en comento, para que a través de la Unidad de Organización y Calidad, proceda a registrar en el catálogo normativo institucional el documento que se aprueba, y publicarlo en la página de Internet del Instituto, así como a que difunda y dé estricta observancia a las disposiciones contenidas en dicho instrumento. Tercero.- Tomar nota que el documento aprobado tendrá vigencia a partir de su publicación en el catálogo normativo institucional, dejando sin efecto todas aquellas disposiciones administrativas que se le contrapongan. Cuarto.- La Dirección de Administración deberá informar a este H. Consejo Técnico los resultados de la presente autorización al término del primer semestre de 2014".
  • ACDO.IN2.HCT.280514/120.P.DPM / Informe del relanzamiento de la Campaña Institucional con el lema: “Manos Limpias, Salvan Vidas".
    '120/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, y 268, fracciones IX y XII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del IMSS; y en términos del oficio 66 del 13 de mayo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas, así como la resolución del Comité del mismo nombre, del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 12 del mes y año citados, Acuerda: Único.- Tomar nota con beneplácito, de la información que presenta la Dirección enunciada, referente al Relanzamiento de la Campaña Institucional de Higiene de Manos, con el lema ‘Manos Limpias, Salvan Vidas’, en el marco del Modelo Institucional para Prevenir y Reducir las Infecciones Nosocomiales (MIPRIN), del Instituto Mexicano del Seguro Social".
  • SCAP3.HCT.291014/120.P.DIR / Informe del cumplimento al Decreto del 5% por el que se exime parcialmente del pago de las COP a que se refiere la LSS, con corte al mes de agosto de 2014.
    '120/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con el numeral 9, de los Lineamientos Operativos para dar cumplimiento al Decreto por el que se exime parcialmente del pago de las Cuotas Obrero Patronales a que se refiere la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 2008; y en términos del oficio 72 del 6 de octubre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, toma nota del Informe de los resultados aplicados durante el mes de agosto de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en el punto Quinto del Acuerdo ACDO.AS1.HCT.260308/65.R.DIR, dictado en sesión del 26 de marzo de 2008".
  • SCAP2.HCT.291014/121.P.DIR / Informe de actividades de la Unidad de Servicios Estratégicos, correspondiente al tercer trimestre de 2014.
    '121/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VII y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, IV y XVII y 286 I, de la Ley del Seguro Social; así como 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 73 del 6 de octubre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, toma nota del Informe de las actividades realizadas por la Unidad de Servicios Estratégicos, correspondiente al tercer trimestre de 2014, en cumplimiento a lo establecido en el punto Séptimo del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.271113/355.P.DAED y DIR, dictado por este Órgano de Gobierno en sesión del 27 de noviembre de 2013".
  • ACDO.DS.HCT.280514/121.P.SG / Designación de representante propietario ante la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Traumatología y Ortopedia del CMN ‘Manuel Ávila Camacho’, en Puebla, Puebla.
    '121/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción III, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/286/14 del 20 de mayo de 2014, en favor del doctor Carlos Ricardo Rueda Alvarado, como representante propietario, en la primera fórmula del Sector Patronal, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Traumatología y Ortopedia del Centro Médico Nacional ‘Manuel Ávila Camacho’, en Puebla, Puebla, en sustitución del licenciado Luis Oscar Gutiérrez Santos, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.250608/146.P.SG, dictado en sesión del 25 de junio de 2008, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.IN2.HCT.280514/122.P.SG / Fecha de la próxima sesión.
    '122/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el artículo 263, de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las dieciséis treinta horas del 25 de junio de 2014".
  • SCAP2.HCT.291014/122.P.DPES / Informe del importe total de ayuda en efectivo otorgada a Guarderías, correspondiente al tercer trimestre de 2014.
    '122/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 383 del 17 de octubre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, toma nota del Informe del importe total de la ayuda en efectivo, otorgada con motivo de las modificaciones y adiciones al Reglamento para la Prestación de los Servicios de Guardería, correspondiente al tercer trimestre de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno, en el punto Tercero del Acuerdo ACDO.AS1.HCT.161209/306.P.DJ y DPES, dictado en sesión del 16 de diciembre de 2009".
  • SCAP3.HCT.291014/123.P.DPM / Informe sobre los costos de erogaciones por asistencia obstétrica en caso de embarazo, a las beneficiarias hijas menores de 16 años, correspondiente al primer semestre de 2014.
    '123/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 154 del 13 de octubre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 13 del mes y año citados, toma nota del Informe sobre los costos de las erogaciones derivadas de la asistencia obstétrica, en caso de embarazo, a las beneficiarias hijas menores de 16 años de edad, correspondiente al primer semestre de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Técnico en el punto Cuarto del Acuerdo ACDO.SA3.HCT.271113/357.P.DPM, dictado en sesión del 27 de noviembre de 2013".
  • ACDO.AS3.HCT.190614/123.P.DF / Se aprueba el Informe al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión sobre la Situación Financiera y los Riesgos del IMSS, 2013-2014.
    '123/2014 / 19 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, 264, fracción, XVII, 268, fracción XI y 273, de la Ley del Seguro Social; y en términos del oficio 196 del 18 de junio de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Primero.- Aprobar el Proyecto del ‘Informe al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión sobre la Situación Financiera y los Riesgos del Instituto Mexicano del Seguro Social, 2013-2014’, presentado por el doctor José Antonio González Anaya, Director General del Instituto. Segundo.- Autorizar al Director General a que haga llegar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la versión final del documento referido en el punto que antecede, para que por conducto de ésta, se entregue a más tardar el 30 de junio de 2014 al Ejecutivo Federal y al H. Congreso de la Unión".
  • ACDO.DG.HCT.250614/124.P.DG / Designación de representante suplente ante el H. Consejo Técnico, por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. (Gobierno)
    '124/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, de la Ley del Seguro Social; 14, fracción IV, 27 y 29, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Tomar nota de la designación que el licenciado Alfonso Navarrete Prida, Secretario del Trabajo y Previsión Social, ha hecho mediante oficio número OS/254/14 del 1° de junio de 2014, en favor del licenciado Rafael Adrián Avante Juárez, Subsecretario del Trabajo de dicha Secretaría, como su representante suplente, ante el Consejo Técnico del IMSS, misma que se hace en sustitución de la licenciada Flora Patricia Martínez Cranss, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DG.HCT.300113/10.P.DG, dictado en sesión del 30 de enero de 2013. Esta designación surtirá sus efectos, provisionalmente, a partir del 25 de junio de 2014, hasta en tanto la H. Asamblea General del IMSS dicte el Acuerdo respectivo".
  • SCAP2.HCT.291014/124.P.DPM / Informe de las erogaciones e ingresos del IMSS, de los Convenios Específicos para el Intercambio de Servicios, correspondiente al segundo semestre de 2013.
    '124/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones VII, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 154 del 13 de octubre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas, así como el dictamen del Comité del mismo nombre, del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 13 del mes y año citados, toma nota del Informe correspondiente al segundo semestre de 2013, de las erogaciones e ingresos del IMSS, por lo que hace a los Convenios Específicos para el Intercambio de Servicios en la Delegación Regional en Baja California Sur entre el IMSS, el ISSSTE y la Secretaría de Salud Estatal; así como en la Delegación Estatal en Yucatán entre el IMSS y el Hospital Regional de Alta Especialidad en esa entidad, en cumplimiento a lo establecido en los puntos Cuarto y Segundo de los Acuerdos ACDO.AS2.HCT.230211/45.P.DPM, ACDO.SA3.HCT.260912/245.P.DPM y ACDO.SA3.HCT.040414/78.P.DPM, dictados en sesiones del 23 de febrero de 2011, 26 de septiembre de 2012 y 4 de abril de 2014, respectivamente".
  • SCAP2.HCT.291014/125.P.SG / Informe de Actividades de los Comités del HCT, con corte al 28 de octubre de 2014.
    '125/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción XII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como en lo establecido en el punto 1.9.2.20, de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 20 de octubre de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de Actividades de las reuniones celebradas por los Comités del propio Órgano de Gobierno, acorde al calendario aprobado mediante Acuerdo ACDO.SA2.HCT.271113/337.P.SG, dictado en sesión del 27 de noviembre de 2013, con corte al día 28 del actual".
  • ACDO.DN.HCT.250614/125.P.DG / Nombramiento del Titular de la Unidad de Investigaciones y Procesos Jurídicos, adscrito a la Dirección Jurídica.
    '125/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, 264, fracciones IX y XVII, 268 H, de la Ley del Seguro Social; 5 y 58, fracción XI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; así como 31, fracción III, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el doctor José Antonio González Anaya, Director General del IMSS, mediante oficio 148 del 5 de junio de 2014, y nombrar al licenciado Antonio Balderas Cruz, como Titular de la Unidad de Investigaciones y Procesos Jurídicos, adscrita a la Dirección Jurídica, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Este nombramiento surtirá efectos a partir del 16 de junio de 2014".
  • ACDO.DS.HCT.250614/126.P.SG / Designación de representante propietario y suplente, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Especialidades del CMN de Occidente, en Guadalajara, Jalisco. (CONCAMIN)
    '126/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción III, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar las propuestas de designación comunicadas por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/304/14 del 4 de junio de 2014, en favor del ingeniero Rubén Masayi González Uyeda y licenciado Daniel Curiel Rodríguez, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la primera y segunda fórmulas del Sector Patronal, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades del Centro Médico Nacional de Occidente ‘Lic. Ignacio García Téllez’, en Guadalajara, Jalisco, en sustitución de los doctores José Luis Martínez Álvarez y Salvador Chávez Ramírez, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdos ACDO.DS.HCT.240908/246.P.SG y ACDO.DS.HCT.250810/234.P.SG, dictados en sesiones del 24 de septiembre de 2008 y 25 de agosto de 2010, respectivamente, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAP2.HCT.261114/126.P.SG / Informe del Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del HCT, con corte al mes de octubre de 2014.
    '126/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción III, y 68, fracción IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9 y 2.6.4, inciso f), de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 5 de noviembre de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos de este Consejo, con corte al mes de octubre de 2014".
  • SCAT2.HCT.261114/127.P.DF / Informe de avance respecto del análisis y posibles soluciones a la contención del gasto de enfermedades preexistentes en el Seguro de Salud para la Familia.
    '127/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 242, 263 y 264, fracciones II, III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 481 del 14 de noviembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, toma nota del Informe de avance respecto del análisis y posibles soluciones a la contención del gasto de enfermedades preexistentes en el Seguro de Salud para la Familia, en cumplimiento total al punto Cuarto del Acuerdo ACDO.AS3.HCT.290114/3.P.DF, dictado por este Órgano de Gobierno en sesión del 29 de enero de 2014".
  • ACDO.DS.HCT.250614/127.P.SG / Designación de representante propietario y suplente, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Gineco Obstetricia del CMN de Occidente, en Guadalajara, Jalisco. (CONCAMIN)
    '127/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción III, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar las propuestas de designación comunicadas por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/304/14 del 4 de junio de 2014, en favor de la licenciada Teresa Delgado Gómez y la C. María Alma Cervantes Ramírez, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la primera fórmula del Sector Patronal, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Gineco Obstetricia del Centro Médico Nacional de Occidente ‘Lic. Ignacio García Téllez’, en Guadalajara, Jalisco, en sustitución del licenciado Alfonso Nuño Rodríguez e ingeniero Giuseppe Belli Mazzola, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.270411/114.P.SG, dictado en sesión del 27 de abril de 2011, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.250614/128.P.SG / Designación de representante propietario y suplente, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Pediatría del CMN de Occidente, en Guadalajara, Jalisco. (CONCAMIN)
    '128/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción III, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar las propuestas de designación comunicadas por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/304/14 del 4 de junio de 2014, en favor de la doctora Georgina García Martínez y la química Patricia Valdés Córdova, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la segunda fórmula del Sector Patronal, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Pediatría del Centro Médico Nacional de Occidente ‘Lic. Ignacio García Téllez’, en Guadalajara, Jalisco, en sustitución de los doctores Jaime Raúl Parra Estrada y Oscar Aguirre Jáuregui, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.250810/235.P.SG, dictado en sesión del 25 de agosto de 2010, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAT3.HCT.261114/128.P.DF / Avance del Informe al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión, sobre la Situación Financiera y los Riesgos del IMSS 2012-2013.
    '128/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, 264, fracción XVII, 268, fracción XI y 273, de la Ley del Seguro Social; y en términos del oficio 481 del 14 de noviembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, toma nota del avance del Informe al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión sobre la Situación Financiera y los Riesgos del Instituto Mexicano del Seguro Social, 2012-2013, en cumplimiento total al punto Tercero del Acuerdo ACDO.AS3.HCT.120613/137.P.DF, dictado en sesión del 12 de junio de 2013".
  • SCAP3.HCT.261114/129.P.DF / Informe del avance en la implementación de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
    '129/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 264, fracciones II, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; y en términos del oficio 481 del 14 de noviembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, toma nota del Informe de los avances y las adecuaciones realizadas al mes de octubre de 2014, en los sistemas y reportes financieros, presupuestales y contables, derivados de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, en seguimiento al punto Cuarto del Acuerdo ACDO.SA3.HCT.211112/291.P.DF, dictado en sesión del 21 de noviembre de 2012. Asimismo, toma conocimiento de que el listado de cuentas del Instituto no necesita estar autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y que éste se encuentra apegado al Manual de Contabilidad Gubernamental para el Sector Paraestatal Federal publicado por la SHCP, con corte al mes de octubre de 2014".
  • ACDO.DS.HCT.250614/129.P.SG / Ratificación de representantes propietario y suplente, ante el CCD en el Estado de México Oriente. (CTM)
    '129/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar las propuestas de ratificación comunicadas por el licenciado Joaquín Gamboa Pascoe, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), mediante oficio sin número, del 22 de mayo de 2014, en favor de los CC. Reyes Alcántara Ramírez y José Janitzio Soto Elguera, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la primera fórmula del Sector Obrero, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Regional del IMSS en el Estado de México Oriente, cuyos antecedentes obran en el Acuerdo ACDO.DS.HCT.250608/147.P.SG, dictado en sesión del 25 de junio de 2008, y surtirán sus efectos a partir del 25 de junio de 2014, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.SA2.HCT.290114/13.P.DA / Se autoriza que la Dirección de Administración, durante el ejercicio 2014, exente del pago de la cuota de recuperación por concepto de permiso de acceso itinerante, a las Instituciones Bancarias que realizan el pago de la nómina en el IMSS.
    '13/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 253, fracciones II, III, V y último párrafo, 263 y 264, fracciones I, III, XIV y XVII, 277 C y 277 F, de la Ley del Seguro Social; 101, de la Ley Federal del Trabajo; 31, fracción XX y 69, fracciones VI y VIII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 57 y 58, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y en términos del oficio 15 del 20 de enero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como en la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Autorizar a la citada Dirección, para que durante el ejercicio 2014 exente del pago de la cuota de recuperación de manera temporal por concepto de Permiso de Uso Temporal Revocable de Acceso Itinerante, a las Instituciones Bancarias que realizan el pago de la nómina en el IMSS, con la finalidad de que lleven a cabo, exclusivamente, la promoción y recepción de solicitudes de acreditamiento en cuenta bancaria de los trabajadores activos, jubilados y pensionados del IMSS que aún cobran su salario o monto de pensión en efectivo o cheque a nivel nacional. Segundo.- Instruir al Titular de la Unidad de Personal, dependiente de la Dirección enunciada, para que previa sanción de la Dirección Jurídica, formalice con las Instituciones Bancarias que correspondan, el instrumento jurídico adecuado mediante el cual se establezcan los términos y condiciones para aplicar la exención a que se refiere el punto que antecede. De igual manera, se instruye a la Unidad de Administración para que gestione el permiso de uso temporal itinerante que regule la aplicación de dicho convenio. Tercero.- La Dirección de Administración deberá informar a este H. Consejo Técnico los resultados de la presente autorización al término del primer semestre de 2014".
  • SCAT3.HCT.290114/13.P.DPES / Informe del resultado del procedimiento de contratación del servicio de Guardería y de los contratos formalizados.
    '13/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este H. Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 203, 237 A, 251, fracciones I, IV, VI y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII, y 277 F, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; así como 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 6 del 17 enero de 2014, signado por la Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, toma nota del resultado del procedimiento de contratación del servicio de guardería y de los contratos formalizados, en cumplimiento total a lo solicitado por este Órgano de Gobierno en el punto Sexto del Acuerdo ACDO.AS3.HCT.081113/334.P.DPES, dictado en sesión del 8 de noviembre de 2013".
  • ACDO.DS.HCT.250614/130.P.SG / Ratificación de representantes propietario y suplente, ante el CCD en el Estado de México Poniente. (CTM)
    '130/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar las propuestas de ratificación comunicadas por el licenciado Joaquín Gamboa Pascoe, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), mediante oficio sin número, del 22 de mayo de 2014, en favor del C. Armando Neyra Chávez y el doctor Jorge A. Díaz Galindo Hurtado, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la primera fórmula del Sector Obrero, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Regional del IMSS en el Estado de México Poniente, cuyos antecedentes obran en el Acuerdo ACDO.DS.HCT.250608/148.P.SG, dictado en sesión del 25 de junio de 2008, y surtirán sus efectos a partir del 25 de junio de 2014, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAP3.HCT.261114/130.P.DIR / Informe sobre los resultados de la aplicación de las Bases para cancelar créditos fiscales en las cuentas del Instituto, y adeudos por extinción de créditos fiscales a cargo de patrones y demás sujetos obligados, correspondiente al tercer trimestre de 2014.
    '130/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, XXX y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 76 del 21 de octubre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, toma nota del Informe sobre los resultados de la aplicación de las ‘Bases para cancelar créditos fiscales en las cuentas del Instituto, por INSOLVENCIA, INCOSTEABILIDAD y por NO LOCALIZACIÓN del deudor o responsable solidario’, y de las ‘Bases para cancelar adeudos por extinción de créditos fiscales a cargo de patrones y demás sujetos obligados, por PRESCRIPCIÓN, y por la extinción de la facultad del Instituto para determinarlos y fijarlos en cantidad líquida, CADUCIDAD’, correspondiente al tercer trimestre de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en la Base DÉCIMA SEXTA de los Acuerdos 469/2005 y 470/2005, dictados en sesión del 26 de octubre de 2005".
  • SCAP2.HCT.261114/131.P.SG / Informe de Actividades de los Comités del HCT, con corte al 25 de noviembre de 2014.
    '131/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción X, 32 y 38, fracción XII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como en el punto 1.9.2.20, de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 5 de noviembre de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de Actividades de las reuniones celebradas por los Comités del propio Órgano de Gobierno, acorde al calendario aprobado mediante Acuerdo ACDO.SA2.HCT.271113/337.P.SG, dictado en sesión del 27 de noviembre de 2013, con corte al 25 de noviembre de 2014".
  • ACDO.DS.HCT.250614/131.P.SG / Ratificación y designación de representantes propietario y suplente, ante el CCD en Veracruz Norte. (CTM)
    '131/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar las propuestas de ratificación y designación comunicadas por el licenciado Joaquín Gamboa Pascoe, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), mediante oficio sin número, del 22 de mayo de 2014, en favor de los CC. Enrique Ramos Rodríguez y Alfredo Morales Hernández, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la primera fórmula del Sector Obrero, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Regional del IMSS en Veracruz Norte. La ratificación del representante propietario guarda su antecedente en el Acuerdo ACDO.DS.HCT.250608/145.P.SG, dictado en sesión del 25 de junio de 2008, y surtirá sus efectos a partir del 25 de junio de 2014; y la designación del representante suplente, es en sustitución del C. Rafael Martínez Hernández, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante el Acuerdo citado, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.250614/132.P.SG / Designación de representantes propietario y suplente, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Cardiología No. 34, del CMN Noreste, en Monterrey, NL. (CTM)
    '132/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción II, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar las propuestas de designación comunicadas por el licenciado Joaquín Gamboa Pascoe, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), mediante oficio sin número, del 22 de mayo de 2014, en favor de los CC. Ernesto Mariano González González y Tobías Morales Soto, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la primera fórmula del Sector Obrero, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Cardiología No. 34 del Centro Médico Nacional Noreste, en Monterrey, Nuevo León, en sustitución del C. Tobías Morales Soto y doctor Adrián de Hoyos González, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdos ACDO.DS.HCT.260809/183.P.SG y ACDO.DS.HCT.300408/82.P.SG, dictados en sesiones del 26 de agosto de 2009 y 30 de abril de 2008, respectivamente, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAP2.HCT.101214/132.P.SG / Informe del Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del HCT, con corte al mes de noviembre de 2014.
    '132/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción III y 68, fracción IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9 y 2.6.4, inciso f), de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 28 de noviembre de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos de este Consejo, con corte al mes de noviembre de 2014".
  • SCAP2.HCT.101214/133.P.DA / Informes de avance del PTCI 2014-2015, así como del PTAR 2014, correspondientes al tercer trimestre de 2014.
    '133/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 21 y 22, de la Ley de Planeación; de conformidad con el artículo Tercero, numerales 9, 31, 33, 42 y 65, fracción VIII, inciso e), del ‘Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en Materia de Control Interno y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno’, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010, cuya última modificación data del 2 de mayo de 2014; y en términos del oficio 593 del 2 de diciembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, toma conocimiento de los Reportes de Avances a septiembre de 2014 del Programa de Trabajo de Control Interno Institucional 2014-2015 (PTCI 2014-2015) y del reporte de avance a septiembre de 2014 del Programa de Trabajo de Administración de Riesgos 2014 (PTAR 2014), en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en el punto Segundo del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.290910/297.P.DAED, dictado en sesión del 29 de septiembre de 2010. Asimismo, se toma nota de la atención a las recomendaciones emitidas por el Órgano Interno de Control a los Programas de Trabajo en materia de Control Interno y Administración de Riesgos".
  • ACDO.DS.HCT.250614/133.P.SG / Ratificación de representantes propietario y suplente, ante el CCD en Hidalgo. (CTM)
    '133/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar las propuestas de ratificación comunicadas por licenciado Joaquín Gamboa Pascoe, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), mediante oficio sin número, del 22 de mayo de 2014, en favor de los CC. Eusebio Fortino Santos Lozano y María del Carmen Juárez Quijas, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la primera fórmula del Sector Obrero, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS en Hidalgo, cuyos antecedentes obran en el Acuerdo ACDO.DS.HCT.250608/144.P.SG, dictado en sesión del 25 de junio de 2008, y surtirán sus efectos a partir del 25 de junio de 2014, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DG.HCT.250614/134.P.SG / Ratificación y designación de representantes propietario y suplente, ante el CCD en Campeche. (GOBIERNO)
    '134/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; así como 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar las propuestas de ratificación y designación comunicadas por el licenciado Fernando E. Ortega Bernés, Gobernador Constitucional del Estado de Campeche, mediante oficio SAIG16.SSA.DAP/1142/2014 del 21 de abril de 2014, en favor de la maestra en administración pública María Luisa Sahagún Arcila y la licenciada Norma Beatríz Cach Colli, como representantes propietario y suplente, respectivamente, por el Sector Gobierno, ante el Consejo Consultivo Delegacional del IMSS en dicha Entidad Federativa. La ratificación de la representante propietaria guarda su antecedente en el Acuerdo ACDO.DG.HCT.300311/70.P.SG., y surtirá sus efectos a partir del 25 de junio de 2014; y la designación de la representante suplente, es en sustitución de la maestra en administración pública Mildret Guadalupe Suárez Burgos, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante el Acuerdo citado, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.250614/135.P.SG / Ratificación y designación de representantes propietario y suplente, ante el CCD en Aguascalientes. (STFRM)
    '135/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; Acuerda: Único.- Aprobar las propuestas de ratificación y designación comunicadas por el señor Víctor Flores Morales, Secretario General del Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana (STFRM), mediante oficio sin número, del 20 de mayo de 2014, en favor del licenciado Raúl Vázquez Valdez y del C. Rafael Juárez Frias, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la tercera fórmula del Sector Obrero, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS en Aguascalientes. La ratificación del representante propietario guarda su antecedente en el Acuerdo ACDO.DS.HCT.280508/120.P.SG, dictado en sesión del 28 de mayo de 2008, y surtirá sus efectos a partir del 25 de junio de 2014; y la designación del representante suplente, es en sustitución del C. Manuel Rodríguez Domínguez, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante el Acuerdo citado, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAP2.HCT.101214/135.P.DIDT / Informe de evaluación sobre los resultados de la contratación de los Servicios Administrados de Infraestructura de Procesamiento y Almacenamiento, Soporte Técnico de Hardware y de Migración y de Consolidación de Aplicaciones, con corte al mes de septiembre de 2014.
    '135/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 124 del 25 de noviembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, toma nota del Informe de evaluación sobre los resultados de la contratación de los Servicios Administrados de Infraestructura de Procesamiento y Almacenamiento, Soporte Técnico de Hardware y de Migración y de Consolidación de Aplicaciones (Servicio de Centro de Datos y Plan de Desastres), con corte al mes de septiembre de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por el H. Consejo Técnico en el punto Cuarto del Acuerdo ACDO.AS2.HCT.290611/167.P.DIDT, dictado en sesión del 29 de junio de 2011".
  • SCAP1.HCT.101214/136.P.DIDT / Informe de avance en la implementación de la estrategia de Actualización del ECE, correspondiente al tercer trimestre de 2014.
    '136/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 124 del 25 de noviembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, toma nota del Informe relativo a la estrategia de actualización del Expediente Clínico Electrónico (ECE-IMSS), correspondiente al tercer trimestre de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por este Consejo en el punto Segundo del Acuerdo ACDO.IN1.HCT.300512/132.P.DIDT, dictado en sesión del 30 de mayo de 2012. Asimismo, se instruye a las Direcciones de Prestaciones Médicas, de Innovación y Desarrollo Tecnológico, y de Vinculación Institucional y Evaluación de Delegaciones, para que dentro del ámbito de competencia de cada Normativa, hagan del conocimiento de este Órgano de Gobierno trimestralmente y de manera conjunta, los avances en torno al asunto en comento".
  • ACDO.SA2.HCT.250614/136.P.DA / Se autorizan los convenios modificatorios a los contratos números S350389 y S350390, derivados de la contratación del Servicio Integral de Transporte Terrestre.
    '136/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 26 y 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 249 del 16 de junio de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Único.- Autorizar la celebración de convenios modificatorios a los contratos para el Servicio Integral de Transporte Terrestre con números S350389 y S350390, para incrementar hasta por un 20% los montos contratados, cuyo antecedente obra en el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.290513/105.P.DAED, dictado en sesión del 29 de mayo del 2013".
  • ACDO.SA2.HCT.250614/137.P.DA / Se autoriza el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Ética del IMSS.
    '137/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones VIII y XXXVII, 263, 264, fracción XVII, 268, fracciones IX y XII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones II, XII y XX, y 69, fracción XIV, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como de la ‘Norma que Establece las Disposiciones para Elaborar, Actualizar, Autorizar y Registrar los Manuales de Organización de los Órganos Administrativos y los Manuales de Integración y Funcionamiento de Comités o Comisiones del Instituto Mexicano del Seguro Social’; y en términos del oficio 249 del 16 de junio de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Aprobar en sus términos el ‘Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Ética del Instituto Mexicano del Seguro Social’, en los términos planteados por la Dirección enunciada. Segundo.- Instruir a la Dirección de Administración a difundir dicho ordenamiento, para la estricta observancia de las disposiciones contenidas en el instrumento normativo que se autoriza. Tercero.- Instruir a la Dirección de Administración a fin de que informe semestralmente a este Órgano de Gobierno, el resultado del trabajo realizado por el Comité de Ética del Instituto. Cuarto.- Tomar nota que el documento aprobado entrará en vigor a partir del día siguiente de la emisión del presente Acuerdo, por lo que quedan sin efectos todas aquellas disposiciones administrativas que se le contrapongan".
  • ACDO.IN3.HCT.250614/138.P.DF / Informe relativo a las operaciones de inversión, los rendimientos obtenidos y la composición de las inversiones de las Reservas Financieras y el FCOLCLC, con corte al mes de abril de 2014.
    '138/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III, XXII y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX y 70, fracción XIII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 9, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; y en términos del oficio 191 del 12 de junio de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe relativo a las operaciones de inversión, los rendimientos obtenidos y la composición de las inversiones de las Reservas Financieras y el Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, con corte al mes de abril de 2014".
  • SCAP2.HCT.101214/138.P.SG / Informe de Actividades de los Comités del HCT, con corte al 9 de diciembre de 2014.
    '138/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción X, 32 y 38, fracción XII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como en lo establecido en el punto 1.9.2.20, de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 2 de diciembre de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de Actividades de las reuniones celebradas por los Comités del propio Órgano de Gobierno, acorde al calendario aprobado mediante Acuerdo ACDO.SA2.HCT.271113/337.P.SG, dictado en sesión del 27 de noviembre de 2013, con corte al día 9 de diciembre del presente año".
  • ACDO.IN3.HCT.250614/139.P.DF / Informe de Actividades de la CIF, correspondiente al mes de mayo de 2014.
    '139/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y 9, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; y en términos del oficio 191 del 12 de junio de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe de Actividades de la Comisión de Inversiones Financieras, con corte al mes de mayo de 2014".
  • SCAP2.HCT.290114/14.P.SG / Informe de Actividades de los Comités del HCT, con corte al 28 de enero de 2014.
    '14/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción XII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como en lo establecido en el punto 1.9.2.20, de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 20 de enero de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de Actividades de las reuniones celebradas por los Comités del propio Órgano de Gobierno con corte al 28 de enero de 2014, acorde al calendario aprobado mediante Acuerdo ACDO.SA2.HCT.271113/337.P.SG, dictado en sesión del 27 de noviembre de 2013".
  • ACDO.SA2.HCT.290114/14.P.DA / Se autoriza el Programa Anual de Disposición Final de Bienes Muebles, ejercicio fiscal 2014.
    '14/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracción XXXVII, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 131 y 139, de la Ley General de Bienes Nacionales; así como el numeral 8.1.2, de la Norma que Establece las Bases Generales para el Registro, Afectación, Disposición Final y Baja de Bienes del Instituto Mexicano del Seguro Social; 26 y 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 15 del 20 de enero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como en la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Aprobar el ‘Programa Anual de Disposición Final de Bienes Muebles, para el ejercicio fiscal 2014’, que presenta la Dirección enunciada. Segundo.- Para el caso de los desechos que originalmente fueron considerados para venta en el Programa descrito en el punto que antecede, y que no se adjudiquen una vez realizados los procesos de venta contemplados en la normatividad aplicable vigente, se autoriza al Comité de Bienes Muebles para realizar el cambio en su destino final por cualquiera de los procedimientos establecidos en la materia (donación, permuta, dación en pago o destrucción), conforme a las solicitudes que reciba de las Delegaciones y Unidades Médicas de Alta Especialidad. Tercero.- La Dirección de Administración deberá informar a este Consejo Técnico los resultados que se generen al término del presente ejercicio fiscal, incluyendo las modificaciones, dentro del transcurso del primer trimestre de 2015".
  • ACDO.SA2.HCT.250614/140.P.DIR / Se autoriza la modificación de los periodos de pago del régimen de incorporación voluntaria al régimen obligatorio para trabajadores domésticos.
    '140/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 13, fracción II, 222, fracción II, inciso b), 224, 251, fracciones I, II, IV, XIII y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, VII, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 3, fracción II, inciso c), 6, fracción VI, 31, fracciones IV y XX, 71, fracciones I y XXI, y 72, fracciones I y IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; de conformidad con el planteamiento presentado por la Dirección General, por conducto de la Dirección de Incorporación y Recaudación, mediante oficio número 42 del 13 de junio de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 11 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar el pago bimestral de las cuotas a cargo del patrón persona física por el aseguramiento del o los trabajadores domésticos. Segundo.- Autorizar a la Dirección de Incorporación y Recaudación para que, en su caso, establezca los procedimientos técnicos, operativos y los formatos necesarios, que permitan agilizar la incorporación de los trabajadores domésticos al régimen obligatorio. Tercero.- El presente Acuerdo entrará en vigor una vez que el Instituto Mexicano del Seguro Social, ponga a disposición del patrón persona física con trabajadores domésticos, el aplicativo que posibilite el pago bimestral, a través del portal de internet del Instituto, www.imss.gob.mx. Cuarto.- Instruir a la Dirección Jurídica para que realice los trámites necesarios ante las instancias competentes, a efecto de que se realice la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación".
  • ACDO.SA1.HCT.250614/141.P.DIR / Se autorizan las Disposiciones de carácter general para la aplicación del estímulo fiscal al pago de las cuotas obrero patronales al Seguro Social.
    '141/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VIII, XII, XIII y XXXVII, 263 y 264, fracciones XIV, XV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 1, 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y 31, fracciones II, VI y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y los artículos Primero, Tercero, Cuarto, Sexto, Octavo, Noveno y Décimo, del ‘Decreto por el que se otorgan estímulos para promover la incorporación a la seguridad social’, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de abril de 2014; y en términos del oficio 42 del 13 de junio de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 11 del actual, Acuerda: Primero.- Aprobar las Disposiciones de carácter general para la aplicación del estímulo fiscal al pago de las cuotas obrero patronales al Seguro Social, de conformidad con el ‘Decreto por el que se otorgan estímulos para promover la incorporación a la seguridad social’, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de abril de 2014, que forman parte del presente Acuerdo como Anexo Único. Segundo.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación, para que establezca los procedimientos técnicos, operativos y los formatos necesarios, para la aplicación de las citadas ‘Disposiciones’, y para resolver las dudas o aclaraciones, en el ámbito de su competencia, que formulen las Delegaciones y Subdelegaciones. Tercero.- Las Subdelegaciones del Instituto, dentro de su circunscripción territorial, en el ejercicio de sus facultades de asistencia al patrón, informarán a los patrones personas físicas y en su caso a sus trabajadores y demás sujetos obligados acerca del contenido del Decreto por el que se otorgan estímulos para promover la incorporación a la seguridad social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de abril de 2014, así como del contenido y alcance de las ‘Disposiciones’, aprobadas mediante este Acuerdo. Cuarto.- El presente Acuerdo, así como las Disposiciones de Carácter General a que se refiere el punto Primero del mismo, entrarán en vigor a la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Quinto.- Instruir a la Dirección Jurídica para que realice los trámites necesarios ante las instancias competentes, a efecto de que se realice la publicación mencionada en el Diario Oficial de la Federación".
  • ACDO.SA2.HCT.250614/142.P.DJ / Autorización para enajenar, a título gratuito, un inmueble, sin uso institucional, ubicado en el Municipio de San Juan Bautista Tuxtepec, Oaxaca.
    '142/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracciones V y XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 116, 117, segundo párrafo, y Décimo Cuarto Transitorio, de la Ley General de Bienes Nacionales; y 31, fracciones XV, XVI y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y conforme al planteamiento que hace el Director General por conducto del Director Jurídico, mediante oficio 149 del 10 de junio de 2014, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto del Titular de la Delegación Estatal del IMSS en Oaxaca, enajene a título gratuito en favor del municipio de San Juan Bautista Tuxtepec, Oax., el inmueble sin uso institucional ubicado en Acceso al Camino al Porvenir número 412, entre Carretera a Ciudad Alemán y Arroyo del Apompo, Colonia Predio San Rosendo, en el municipio y entidad mencionados. La superficie, medidas y colindancias de dicho predio, se indican en la escritura pública número 14,214 de fecha 21 de enero de 2009, pasada ante la fe del licenciado Flavio Arturo Torres Pérez, Notario Público número 62 del Estado de Oaxaca. Segundo.- Instruir a la Dirección de Administración, a fin de que tramite el avalúo correspondiente, ante el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, para dictaminar el valor comercial del inmueble, para efectos contables y de enajenación. Tercero.- Instruir a las Direcciones de Finanzas y de Administración, a fin de considerar como valor del terreno señalado, la cantidad que se establezca en el dictamen mencionado en el punto anterior. Cuarto.- Instruir a la Dirección Jurídica para que, en los trámites de formalización de la operación, supervise que la Delegación Estatal del IMSS en Oaxaca cumpla con lo previsto en las leyes General de Bienes Nacionales y Federal de las Entidades Paraestatales".
  • ACDO.SA2.HCT.250614/143.P.DJ / Se autoriza enajenar, a título oneroso y mediante el procedimiento de licitación pública, un inmueble, sin uso institucional, en el Municipio de Jáltipan de Morelos, Veracruz.
    '143/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracciones V y XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 116 y 117, segundo párrafo y Décimo Cuarto Transitorio, de la Ley General de Bienes Nacionales; y 31, fracciones XV, XVI y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y conforme al planteamiento que hace el Director General por conducto del Director Jurídico, mediante oficio 150 del 10 de junio de 2014, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto del Titular de la Delegación Regional del IMSS en Veracruz Sur, enajene a título oneroso y mediante el procedimiento de licitación pública, el inmueble sin uso institucional con superficie de 1,213.33 metros cuadrados, ubicado en la calle Emiliano Zapata número 702, esquina Santos Degollado, en la Colonia Centro, en el poblado de Jáltipan de Morelos, municipio del mismo nombre, Estado de Veracruz. La superficie, medidas y colindancias de dicho inmueble, se indican en la escritura pública número 3,416, de fecha 13 de diciembre de 1978, pasada ante la fe del licenciado Claudio Panes García, Titular de la Notaría Pública número 21 de la ciudad de Veracruz y del Patrimonio Nacional. El valor mínimo de enajenación del inmueble, asciende a la cantidad de $1’859,210.00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS DIEZ PESOS 00/100 M.N.), según dictamen de fecha 13 de mayo de 2014, con Número Genérico G-5537-A-ZND y Número Secuencial 04-14-126, emitido por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. Segundo.- Instruir a las Direcciones de Finanzas y de Administración, a fin de considerar como valor del terreno señalado, la cantidad que se establezca en el instrumento de formalización de la operación de enajenación que se autoriza, así como observar lo dispuesto por el artículo 145, de la Ley General de Bienes Nacionales. Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que, en los trámites de formalización de la operación, supervise que la Delegación Regional del IMSS en Veracruz Sur cumpla con lo previsto en las leyes General de Bienes Nacionales y Federal de las Entidades Paraestatales".
  • ACDO.IN2.HCT.250614/145.P.SG / Fecha de la próxima sesión.
    '145/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el artículo 263, de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las dieciséis treinta horas del 23 de julio de 2014".
  • ACDO.DN.HCT.230714/146.P.DG / Nombramiento del Titular de la Delegación Estatal en Tlaxcala.
    '146/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VII y XXXVII, 251 A, 263, 264, fracciones IX y XVII, y 286 H, de la Ley del Seguro Social; 5 y 58, fracción XI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; así como 31, fracción III, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el doctor José Antonio González Anaya, Director General del Instituto, mediante oficio 21 del 18 de julio de 2014, y nombrar al ingeniero Ariel Leyva Almeida, como Titular de la Delegación Estatal del IMSS en Tlaxcala, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Este nombramiento surtirá sus efectos a partir del 1° de agosto de 2014".
  • ACDO.SA1.HCT.230714/147.P.DA / Se autoriza el Servicio Integral de Transporte Terrestre Etapa: Ambulancias.
    '147/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII, y 277 F, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos de los oficios 311 y 319 de fechas 10 y 18 de julio de 2014, signados por el Titular de la Dirección de Administración, así como del dictamen de los Comités de Administración y de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reuniones celebradas el 16 de junio, 10 y 22 de julio de 2014, respectivamente; Acuerda: Primero.- Autorizar que el Instituto, por conducto de la Dirección antes mencionada, lleve a cabo la contratación plurianual del ‘Servicio Integral de Transporte Terrestre, Etapa: Ambulancias’, con apego al ‘Contrato Marco para el Arrendamiento de Vehículos Terrestres’, por alguno de los siguientes plazos: a) Por un periodo de 36 meses, por un monto total de hasta $1,068,813,391.00 (MIL SESENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS 00/100 M.N.) con la distribución anual siguiente: en el ejercicio fiscal 2014, la cantidad de $89,067,783.00 (OCHENTA Y NUEVE MILLONES SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS 00/100 M.N.), en el ejercicio fiscal 2015, la cantidad de $356,271,130.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO TREINTA PESOS 00/100 M.N.), en el ejercicio fiscal 2016, la cantidad de $356,271,130.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO TREINTA PESOS 00/100 M.N.), y en el ejercicio fiscal 2017, la cantidad de $267,203,348.00 (DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.); b) Por un periodo de 48 meses, por un monto total de hasta $1,369,291,187.00 (MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.) con la distribución anual siguiente: en el ejercicio fiscal 2014, la cantidad de $85,580,699.00 (OCHENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.), en el ejercicio fiscal 2015, la cantidad de $342,322,797.00 (TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.), en el ejercicio fiscal 2016, la cantidad de $342,322,797.00 (TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.), en el ejercicio fiscal 2017, la cantidad de $342,322,797.00 (TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTIDÓS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.), en el ejercicio fiscal 2018, la cantidad de $256,742,098.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL NOVENTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.); o c) Por un periodo de 60 meses, por un monto total de hasta $1,677,147,511.00 (MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ONCE PESOS 00/100 M.N.), con la distribución anual siguiente: en el ejercicio fiscal 2014 la cantidad de $83,857,376.00 (OCHENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N.), en el ejercicio fiscal 2015, la cantidad de $335,429,502.00 (TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS DOS PESOS 00/100 M.N.), en el ejercicio fiscal 2016, la cantidad de $335,429,502.00 (TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS DOS PESOS 00/100 M.N.), en el ejercicio fiscal 2017, la cantidad de $335,429,502.00 (TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS DOS PESOS 00/100 M.N.), en el ejercicio fiscal 2018, la cantidad de $335,429,502.00 (TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS DOS PESOS 00/100 M.N.), en el ejercicio fiscal 2019 la cantidad de $251,572,127.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL CIENTO VEINTISIETE PESOS 00/100 M.N.), todas las cifras anteriores con el Impuesto al Valor Agregado incluido. Será responsabilidad de la Dirección de Administración dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 277 F, de la Ley del Seguro Social. La determinación del plazo de contratación deberá considerar las mejores condiciones para el Instituto en términos de economía, eficacia y eficiencia. Segundo.- Instruir a la Dirección de Administración para que considere dentro de su presupuesto de operación en cada ejercicio fiscal a partir del año 2014, las cantidades anuales correspondientes al periodo contratado, de conformidad con el punto Primero de este Acuerdo, quedando sujetas a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio de que se trate, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 24 y 25, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 32, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; así como 275, 277 F y 277 G, de la Ley del Seguro Social. Tercero.- La presente autorización se limita exclusivamente al ámbito presupuestario, y no genera implicación alguna sobre los respectivos procedimientos de contratación, mismos que deberán realizarse con estricto apego a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y las demás disposiciones, legales, reglamentarias y jurídicas aplicables. Cuarto.- Instruir a la Dirección de Administración para que informe a este Órgano de Gobierno sobre el plazo de contratación plurianual que se determinó, de entre las opciones señaladas en el punto Primero de este Acuerdo; y para que semestralmente presente a este Consejo Técnico, una evaluación sobre los resultados de la contratación respectiva, así como las modificaciones que pudiera requerir esta autorización, privilegiando la continuidad y fortalecimiento del mismo, a fin de que se presente a la consideración y aprobación del propio Consejo Técnico".
  • ACDO.SA1.HCT.230714/148.P.DA / Se autoriza apobrar el Programa de Austeridad del IMSS, para el ejercicio 2014.
    '148/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VIII y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII, y 272, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones II y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 7 y 18, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2013; y en términos del oficio 311 del 10 de julio de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como del dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reuniones celebradas con fechas 19 de mayo y 16 de junio del año en curso, Acuerda: Primero.- Aprobar el Programa de Austeridad del Instituto Mexicano del Seguro Social para el ejercicio fiscal 2014. Segundo.- La Dirección de Administración, deberá presentar a este Órgano de Gobierno, semestralmente, un reporte sobre el avance al cumplimiento del Programa descrito en el punto que antecede".
  • SCAP2.HCT.260214/15.P.SG / Informe del Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del HCT, con corte al mes de enero de 2014.
    '15/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción III, y 68, fracción IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9 y 2.6.4, inciso f), de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 14 de febrero de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico, con corte al mes de enero de 2014".
  • ACDO.SA2.HCT.290114/15.P.DA / Se autoriza el Programa de Arrendamiento Inmobiliario para el año 2014, IMSS Arrendatario: Régimen Ordinario.
    '15/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 253, fracciones II, III, V y último párrafo, 263, 264, fracciones I, III, 277 C y 277 F, de la Ley del Seguro Social; y de conformidad con las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales emitidas por la Secretaría de la Función Pública, publicadas el 16 de julio de 2010 en el Diario Oficial de la Federación, y última reforma del 03 de octubre de 2012; y en términos del oficio 15 del 20 de enero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como en la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Aprobar el ‘Programa de Arrendamiento Inmobiliario para el año 2014, IMSS-Arrendatario: Régimen Ordinario’ que contiene las estrategias de planeación y operación para negociar la renovación de 327 contratos, sustituir 93 inmuebles y evaluar la contratación de 38 nuevos arrendamientos, con un presupuesto de $298.9 millones; así como la contratación de 630 cajones de estacionamiento, con apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, estimando un presupuesto de $7.8 millones, para un presupuesto global de $306.7 millones. Segundo.- La Dirección de Administración deberá presentar a este Órgano de Gobierno, el Informe de Resultados del Programa descrito en el punto que antecede, durante el primer trimestre de 2015".
  • ACDO.SA3.HCT.230714/150.P.DF / Se autoriza la celebración del contrato plurianual de la consultoría para la Transformación de la Administración Financiera del Instituto.
    '150/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracción IV, 263, 264, fracciones II, III, XIV y XVII, 272 y 277 F, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 62, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y conforme al planteamiento presentado por el Director General a través del Director de Finanzas, mediante oficio número 309 del 11 de julio de 2014, así como el dictamen del Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno en reunión celebrada el 22 de julio de 2014, Acuerda: Primero.- Autorizar que el Instituto, por conducto de la Dirección de Finanzas, lleve a cabo la contratación plurianual de los servicios de consultoría para realizar el Proyecto de Transformación de la Administración Financiera, por un periodo de 14 meses a partir de septiembre de 2014 y hasta el mes de octubre de 2015, por un monto total de hasta $90,000,000.00 (NOVENTA MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado. Segundo.- Las erogaciones derivadas de la autorización a que se refiere el punto anterior, se realizarán de acuerdo al siguiente calendario anual: para el ejercicio fiscal 2014, se erogarán $15,000,000.00 (QUINCE MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.); y en el ejercicio fiscal 2015 se erogarán $75,000,000.00 (SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), quedando sujeto a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio que se trate, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 24 y 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 277 F de la Ley del Seguro Social. Tercero.- La presente autorización se limita exclusivamente al ámbito presupuestario, y no genera implicación alguna sobre los respectivos procedimientos de contratación, mismos que deberán realizarse con estricto apego a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y las demás disposiciones que resulten aplicables. Cuarto.- Instruir a la Dirección General para que, por conducto de la Dirección de Finanzas, informe a este Órgano de Gobierno el resultado de los procedimientos de contratación que correspondan y los contratos que al efecto se formalicen; y para que por lo menos una vez al año durante la vigencia de los mismos, presente un informe del avance en el cumplimiento de lo establecido en este Acuerdo. Quinto.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que presente a este Órgano de Gobierno, para su consideración y aprobación, las modificaciones que pudiera requerir su autorización, privilegiando la continuidad y fortalecimiento del servicio".
  • ACDO.SA3.HCT.230714/151.P.DF / Se autoriza el Anteproyecto de Presupuesto 2015 (incluye solicitud para licitaciones anticipadas).
    '151/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, 264, fracciones I, II, III y VI, 270, 272, 274, 275, 276, 277 D, 277 G, y 286 K, de la Ley del Seguro Social; 58, fracciones I y II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; así como 28, segundo párrafo, 31, fracciones XI y XX, y 51, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento del Director General presentado por conducto del Director de Finanzas, mediante oficios 309 y 317 de fechas 11 y 17 de julio de 2014, así como el dictamen del Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno en reunión celebrada el 22 de julio de 2014, Acuerda: Primero.- Aprobar el Anteproyecto de Presupuesto del Instituto Mexicano del Seguro Social para el ejercicio fiscal 2015 y el Reporte de la Dirección General, para efectos de los artículos 274, de la Ley del Seguro Social (LSS), el cual contiene los Anteproyectos de Presupuesto de operación y flujo de efectivo de ingresos y gastos para el ejercicio 2015, y el Reporte a que hace referencia el artículo 275, de la Ley del Seguro Social. Segundo.- Tomar nota de que con este documento se informa a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), sobre el monto estimado de las aportaciones del Gobierno Federal para el año 2015, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 108, de la LSS. Tercero.- Tomar nota del impacto que el Anteproyecto de Presupuesto que se propone tendrá en el Instituto a mediano plazo. Cuarto.- Tomar nota de la propuesta de incremento de las reservas por un monto de $7,742 millones. Quinto.- Aprobar la modificación del calendario del uso de la Reservas Financieras y Actuariales del Seguro de Enfermedades y Maternidad para 2015, en términos del Acuerdo ACDO.AS3.HCT.271113/335.P.DF, dictado en sesión de este Órgano de Gobierno, en sesión del 27 de noviembre de 2013, hasta por $19,595 millones, para cubrir las necesidades adicionales de financiamiento para el gasto de operación. Sexto.- Tomar nota del Anteproyecto de Presupuesto por programas, que incluye los objetivos, actividades, programas presupuestarios, metas e indicadores que los evaluarán. Séptimo.- Tomar nota de la celebración, con fundamento en el artículo 277 F, de la Ley del Seguro Social, de los proyectos que por su naturaleza y características abarcan más de un periodo presupuestario, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria y autorización específica. Además de la aprobación como proyectos plurianuales, las Direcciones Normativas deberán dar respaldo presupuestario en cada ejercicio para su contratación y ejecución, y cumplir con la normatividad sobre adquisiciones y obras públicas que corresponda. Octavo.- Tomar nota del Anteproyecto de los ingresos, gastos y excedentes de flujo de efectivo y de operación del Instituto. Noveno.- Tomar nota del anteproyecto de los ingresos y gastos por ramo de seguro expresados como devengados, cuya distribución se efectúa con base en los porcentajes, resultado de la metodología de la contabilidad por ramo de seguro. Décimo.- Tomar nota de la situación deficitaria de los seguros de enfermedades y maternidad, guarderías y prestaciones sociales y salud para la familia, que presentarán un déficit de operación. Décimo Primero.- Tomar nota del monto para la contratación por honorarios de personas físicas. Décimo Segundo.- Tomar nota de un total de hasta 421,657 plazas a ocupar en 2015, incluyendo permanentes y totales, las cuales para su ocupación quedarán sujetas a la disponibilidad presupuestaria. Décimo Tercero.- Tomar nota de la información sobre pasivos laborales. Décimo Cuarto.- Tomar nota del Anteproyecto de Presupuesto del Programa de Inversión Física 2015. Décimo Quinto.- Tomar nota del Anteproyecto de Presupuesto de las áreas de nivel central. Décimo Sexto.- Tomar nota del Anteproyecto de Presupuesto para servidores públicos superiores y de previsión social y fomento. Décimo Séptimo.- Tomar nota del Anteproyecto de Presupuesto correspondiente a la Comisión de Vigilancia y al Consejo Técnico. Décimo Octavo.- Tomar nota del Anteproyecto de Presupuesto para donativos, cuotas, aportaciones y ayudas por equidad. Décimo Noveno.- Tomar nota que se considera que en la formulación de este anteproyecto, ya se dan por aplicados los criterios de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria; toda vez que este mandato está claramente establecido en el artículo 272, de la LSS. Vigésimo.- Instruir a la Dirección General para que, por conducto de la Dirección de Finanzas, y con base en este documento se solicite la autorización especial a la SHCP a que hacen referencia los artículos 35, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 146, de su Reglamento y 25, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Vigésimo Primero.- Instruir a la Coordinación de Presupuesto e Información Programática (CPIP) para que, gestione el registro de autorización de los contratos plurianuales ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de acuerdo al flujo de trabajo establecido en los Lineamientos para la Implementación y Operación del Módulo de Administración y Seguimiento de Contratos Plurianuales (MASCP), delegando a la CPIP el rol de autorizador. Vigésimo Segundo.- Instruir a la Dirección General para que, por conducto de la Dirección de Finanzas, se envíe el presente documento a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su conocimiento y efectos conducentes".
  • ACDO.DG.HCT.230714/152.P.SG / Designación de representantes propietario y suplente, ante el CCD del IMSS en Baja California (GOBIERNO).
    '152/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar las propuestas de designación comunicadas por el licenciado Francisco Arturo Vega de Lamadrid, Gobernador Constitucional del Estado de Baja California, mediante oficio 120/20 del 11 de junio de 2014, en favor de los doctores Miguel Antonio Osuna Millán y Miguel Efrén Lomelí Benítez, como representantes propietario y suplente, respectivamente, por el Sector Gubernamental, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Regional del IMSS en dicha Entidad Federativa, misma que se hace en sustitución del doctor José Guadalupe Bustamante Moreno y del contador público Rogelio Carranza Terán, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DG.HCT.130509/82.P.SG, dictado en sesión del 13 de mayo de 2009, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.230714/153.P.SG / Designación de representantes propietario y suplente, ante la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Gineco Obstetricia del CMN de Occidente, Lic. “Ignacio García Téllez" en Guadalajara, Jal. (CTM).
    '153/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción II, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar las propuestas de designación comunicadas por el licenciado Joaquín Gamboa Pascoe, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), mediante oficio sin número, del 1° de julio de 2014, en favor del doctor Guillermo Hernández Godoy y el licenciado Juan Jesús Arrellano Salazar, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la primera fórmula del Sector Obrero, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Gineco Obstetricia del Centro Médico Nacional de Occidente ‘Lic. Ignacio García Téllez’, en Guadalajara, Jalisco, en sustitución del doctor Enrique Ramón Orozco Besenthal y el C. Vicente Sánchez Gómez, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.261011/286.P.SG, dictado en sesión del 26 de octubre de 2011, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.IN3.HCT.230714/154.P.DF / Informe relativo a las operaciones de inversión, rendimientos y composición de las inversiones de las RFA’s y el FCOLCLC, con corte al mes de mayo de 2014.
    '154/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III, XXII y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX y 70, fracción XIII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 9, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; y en términos del oficio 309 del 11 de julio de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe relativo a las operaciones de inversión, los rendimientos obtenidos y la composición de las inversiones de las Reservas Financieras y el Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, con corte al mes de mayo de 2014".
  • ACDO.IN3.HCT.230714/155.P.DF / Informe de Actividades de la CIF, correspondiente al mes de junio de 2014.
    '155/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y 9, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; y en términos del oficio 309 del 11 de julio de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe de Actividades de la Comisión de Inversiones Financieras, con corte al mes de junio de 2014".
  • ACDO.SA2.HCT.230714/156.P.DIR / Se autoriza la suscripción del convenio de prestación indirecta de servicios médicos y hospitalarios, así como la reversión de cuotas de la empresa Primero Compañía Minera, S.A. de C.V.
    '156/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 63, 89, fracción III, 251, fracciones I, II, IV y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, VII, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones IV y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como los numerales II. Generalidades, inciso 6), y VI. Evaluación de las Solicitudes, inciso 7), de las Disposiciones de Carácter General para la Prestación Indirecta de Servicios Médicos y Hospitalarios, así como para la Reversión Parcial de Cuotas Obrero Patronales, y conforme al planteamiento presentado por la Dirección General, por conducto de la Dirección de Incorporación y Recaudación, mediante oficio 51 del 11 de julio de 2014; y con base en el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 9 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar la celebración del Convenio de subrogación de servicios para el primer y segundo nivel de atención médica, con reversión de cuotas obrero patronales, con el patrón Primero Compañía Minera, S.A. de C.V., por un período de un año con la posibilidad de renovación por periodos iguales siempre y cuando la compañía se encuentre al corriente de sus obligaciones frente al Instituto. Segundo.- Instruir a la Dirección Jurídica para suscribir el convenio respectivo, así como a las Direcciones de Prestaciones Médicas, de Prestaciones Económicas y Sociales, de Incorporación y Recaudación y de Finanzas, a fin de que, en el ámbito de su competencia, implementen los mecanismos correspondientes para el cumplimiento del referido Convenio. Tercero.- Instruir a las Direcciones mencionadas en el punto que antecede para que informen conjuntamente a este Órgano de Gobierno, con periodicidad semestral, sobre el cumplimiento de las obligaciones que se derivan del instrumento jurídico referido".
  • ACDO.SA2.HCT.230714/157.P.DJ / Se autoriza modificar el punto Segundo del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.300512/135.P.DJ, que aprobó la enajenación de un inmueble sin uso institucional, ubicado en Manzanillo, Colima.
    '157/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 253, fracción II, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracciones V y XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 116, 117, segundo párrafo y Décimo Cuarto Transitorio, de la Ley General de Bienes Nacionales; y 31, fracciones XV, XVI y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 175 del 9 de julio de 2014, signado por el Titular de la Dirección Jurídica, Acuerda: Único: Modificar el punto Segundo del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.300512/135.P.DJ, aprobado por este Órgano de Gobierno en sesión del 30 de mayo de 2012, para quedar en los términos siguientes: Segundo.- El precio mínimo para enajenación del inmueble mencionado, será la cantidad que determine el dictamen valuatorio emitido por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN)".
  • ACDO.SA2.HCT.230714/158.P.DPES / Se autoriza al IMSS suscribir Carta de Adhesión de México al Programa Iberoamericano sobre la situación de los Adultos Mayores en la Región.
    '158/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, XXIV, y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción XVI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 80, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 184, fracción IV, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 31, fracciones XVII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y conforme al planteamiento presentado por la Dirección General, por conducto de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, mediante oficio 237 del 14 de julio de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Autorizar que el Director General, directamente o por conducto del funcionario que él designe, suscriba la Carta de Adhesión de México al ‘Programa Iberoamericano sobre la Situación de los Adultos Mayores en la Región’. Segundo.- Autorizar el otorgamiento de una aportación monetaria, prevista en el presupuesto del Instituto Mexicano del Seguro Social para el ejercicio fiscal 2014, a favor de la ‘Organización Iberoamericana de Seguridad Social’, por la cantidad de 31,702.40 USD (TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS DOS DÓLARES AMERICANOS 40/100). Tercero.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales para que informe a este H. Consejo Técnico sobre el cumplimiento del presente Acuerdo".
  • ACDO.SA2.HCT.230714/159.P.DPES / Se autoriza aceptar la donación pura, no onerosa, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., de 490 carritos de supermercado, que se destinarán a las Tiendas IMSS-SNTSS.
    '159/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, V y XXXVII, 263 y 264, fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción XVI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones XVII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, en relación con lo previsto en el artículo 182, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; conforme al planteamiento presentado por la Dirección General por conducto de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, mediante oficio 237 del 14 de julio de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto de la Directora de Prestaciones Económicas y Sociales, acepte la donación pura, no onerosa, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., consistente en 490 carritos para supermercado con un valor de $1,699,516.00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS DIECISÉIS PESOS 00/100) con lo que se apoyará el equipamiento de las Tiendas IMSS-SNTSS, para el desarrollo de estrategias vinculadas al mejoramiento de su operación. Segundo.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales a fin de que, en coordinación con la Dirección Jurídica, realicen los trámites de formalización del contrato de donación respectivo, atendiendo a lo previsto en los artículos 2332 al 2335 y 2344, del Código Civil Federal. Tercero.- Instruir a la Dirección de Finanzas, a fin de que se registre para efectos contables el valor de los bienes objeto de la donación".
  • SCAP1.HCT.260214/16.P.DF / Informe respecto a las ayudas otorgadas y los importes de las mismas, ocasionados por el siniestro de la Guardería ABC, S.C., correspondiente al cierre del ejercicio 2013.
    '16/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 263, 264, fracciones III, VI, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 54 del 14 de febrero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, toma nota del Informe correspondiente al cierre del ejercicio 2013, en relación a las acciones, servicios, costos de erogaciones y atenciones médicas que se han venido otorgando por parte del IMSS, con motivo del incendio acaecido en las instalaciones de la Guardería ABC, S.C., el 5 de junio de 2009, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en los puntos Octavo y Décimo Segundo de los Acuerdos ACDO.AS1.HCT.100609/126.P.DG y ACDO.SA1.HCT.260809/171Bis.P.DG, dictados en sesiones extraordinaria y ordinaria del 10 de junio y 26 de agosto de 2009, respectivamente".
  • ACDO.SA2.HCT.230714/160.P.DPES / Se autoriza el cambio de destino de los Velatorios de: Toluca, Estado de México; Villahermosa, Tabasco; y Xalapa, Veracruz.
    '160/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VI y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 116, de la Ley General de Bienes Nacionales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano de Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por la Dirección General, a través de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, mediante oficio 237 del 14 de julio de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto de la Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales y con la asesoría que en su caso corresponda a las Direcciones Jurídica y de Finanzas, lleve a cabo la reversión de los inmuebles propiedad del Instituto ubicados en las ciudades de Toluca, Estado de México, Villahermosa, Tabasco, y Xalapa, Veracruz, del patrimonio afecto al ‘Fideicomiso de Beneficios Sociales’, el cual financió la construcción de sendos velatorios. Segundo.- Instruir a las Delegaciones Estado de México Poniente, Tabasco y Veracruz Norte, para que lleven a cabo los trámites necesarios para la recepción de los inmuebles a que se refiere el punto Primero de este Acuerdo, mediante acta circunstanciada. Tercero.- Autorizar la modificación del uso y destino que se dará a los inmuebles referidos en el punto Primero de este Acuerdo, de conformidad con la propuesta realizada por las Delegaciones Estado de México Poniente, Tabasco y Veracruz Norte. Cuarto.- Autorizar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias, a efecto de que el Instituto, por conducto de la Dirección de Finanzas, realice una aportación extraordinaria al ‘Fideicomiso de Beneficios Sociales’, por un monto total de $156’523,555.37 (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MILLONES, QUINIENTOS VEINTITRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS 37/100 M.N.), en una o varias exhibiciones, en un periodo máximo de tres años, sujetándose a la disponibilidad presupuestaria de cada ejercicio fiscal. Quinto.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales para que informe a este Órgano de Gobierno, sobre el cumplimiento del presente Acuerdo, hasta su total conclusión".
  • ACDO.SA2.HCT.230714/161.P.DPM / Se autoriza la donación ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., de diversos bienes destinados al área de aplicación de quimio ambulatoria.
    '161/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, V y XXXVII, 263 y 264, fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción XVI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones XVII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; en relación con lo previsto en el artículo 182, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y conforme al planteamiento presentado por la Dirección General por conducto de la Dirección de Prestaciones Médicas, mediante oficio 100 del 11 de julio de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el 7 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto del Director de Prestaciones Médicas, acepte la donación pura, no onerosa, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., consistente en 3 lámparas AccuVein con dos carros para su transportación que contiene cada uno brazo flexible con tripie con ruedas y canasta, un brazo flexible independiente con pinza para ajustar a la mesa de toma o cama del paciente, para el área de aplicación de quimio ambulatoria, y 3 fundas para equipo AccuVein, con un valor de $263,738.16 (DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS 16/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado, a fin de apoyar el equipamiento de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital General ‘Dr. Gaudencio González Garza’ del Centro Médico Nacional ‘La Raza’, Distrito Federal. Segundo.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas a fin de que, en coordinación con la Dirección Jurídica, realice los trámites de la formalización del contrato de donación respectivo, atendiendo a lo previsto en los artículos 2332 al 2335 y 2344 del Código Civil Federal. Tercero.- Instruir a la Dirección de Finanzas, a fin de que se registre para efectos contables el valor de los bienes objeto de la donación".
  • ACDO.IN2.HCT.230714/162.P.SG / Fecha de la próxima sesión.
    '162/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el artículo 263, de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las dieciséis treinta horas del 27 de agosto de 2014".
  • ACDO.DN.HCT.270814/163.P.DG / Nombramiento del C. Armando David Palacios Hernández, como Director de Prestaciones Económicas y Sociales.
    '163/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, 264, fracciones IX y XVII, y 286 H, de la Ley del Seguro Social; 5 y 58, fracción XI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; así como 31, fracción III, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el doctor José Antonio González Anaya, Director General del IMSS, mediante oficio 269 del 26 de agosto de 2014, y nombrar al C. Armando David Palacios Hernández, como Director de Prestaciones Económicas y Sociales, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Este nombramiento surtirá efectos a partir del 01 de septiembre de 2014".
  • ACDO.SA2.HCT.270814/164.P.DG / Proyecto de Convocatoria, para la celebración de la 105 AGO del IMSS.
    '164/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 245, 258, 260, 261, 262, 263, 264, fracción V, 265, 266, fracción IV y 286 B, de la Ley del Seguro Social; 14, fracciones I, IV y V, 15, fracción I, 16, 19, 22 y 62, fracción V, del Reglamento Interior del IMSS, Acuerda: Único.- Convocar a la Centésima Quinta Asamblea General Ordinaria del Instituto Mexicano del Seguro Social, que dará inicio a las 9:30 horas del día 16 de octubre de 2014, en el Auditorio 1 de la Unidad de Congresos del Centro Médico Nacional ‘Siglo XXI’, para lo cual deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación la Convocatoria correspondiente, al tenor de lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento invocado, conforme al siguiente Orden del Día: I. Instalación de la Asamblea General; II. Aprobación del Acta de la Centésima Cuarta Asamblea General Ordinaria del Instituto, celebrada el 25 de octubre de 2013; III. Designación de representante suplente por el Ejecutivo Federal, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ante el H. Consejo Técnico; IV. Designación de representante suplente por el Ejecutivo Federal, de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, ante el H. Consejo Técnico; V. Ratificación y Designación de representantes propietarios y suplentes por el Sector Patronal, de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos, ante el H. Consejo Técnico; VI. Designación por el Sector Obrero, de la Confederación de Trabajadores de México, para fungir como Presidente de la H. Comisión de Vigilancia; VII. Designación por el Ejecutivo Federal, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para fungir como representante propietario ante la H. Comisión de Vigilancia; VIII. Informe Financiero y Actuarial al 31 de diciembre de 2013; IX. Estados Financieros dictaminados por auditor externo, al 31 de diciembre de 2012 y 2013; X. Informe de Evaluación de los Riesgos Financieros considerados en el Programa de Administración de Riesgos Institucionales 2014; XI. Presupuesto de Ingresos, Gastos e Inversión Física 2014 y sus adecuaciones; XII. Estados Financieros al 30 de junio de 2014; XIII. Tercera y Cuarta Evaluaciones Trimestrales de los Ingresos y Gastos con respecto al Presupuesto 2013; y Primera y Segunda Evaluaciones Trimestrales de los Ingresos y Gastos con respecto al Presupuesto 2014 y sus adecuaciones; XIV. Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el Ejercicio Fiscal 2014 y sus adecuaciones; XV. Composición y Situación Financiera de las Inversiones del Instituto, correspondiente al segundo semestre de 2013 y relativo a las operaciones de inversión, los rendimientos obtenidos y la composición de las inversiones de las Reservas Financieras y el Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, con corte al 30 de junio de 2014; XVI. Informe de la H. Comisión de Vigilancia; XVII. Informe de Labores del C. Director General 2013 y Programa de Actividades 2014; XVIII. Intervención de los Sectores; y XIX. Asuntos Generales".
  • ACDO.AS1.HCT.270814/165.P.DA / Contratación plurianual para la prestación del Servicio Médico Integral de Hemodiálisis Subrogada (pacientes prevalentes e incidentes).
    '165/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 89, fracción II, 251, fracciones IV y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII, y 277 F, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; conforme al planteamiento presentado por el Director General a través de las Direcciones de Administración, de Prestaciones Médicas y de Finanzas de este Instituto; y en términos del oficio 358 del 21 de agosto de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, con base en los dictámenes de los Comités de Prestaciones Médicas, Administración y Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reuniones celebradas los días 18, 21, 22 y 26, respectivamente, del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar que el Instituto, por conducto de la Dirección de Administración, lleve a cabo la contratación plurianual del Servicio de Hemodiálisis Subrogada por alguno de los plazos siguientes: a) Por un periodo de 36 meses, por un monto total de hasta $9,307’807,505.01 (NUEVE MIL TRESCIENTOS SIETE MILLONES OCHOCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS CINCO PESOS 01/100 M.N.), con la distribución anual siguiente: para el ejercicio fiscal 2015, la cantidad de $3,102’602,501.67 (TRES MIL CIENTO DOS MILLONES SEISCIENTOS DOS MIL QUINIENTOS UN PESOS 67/100 M.N.); en el ejercicio fiscal 2016, la cantidad de $3,102’602,501.67 (TRES MIL CIENTO DOS MILLONES SEISCIENTOS DOS MIL QUINIENTOS Y UN PESOS 67/100 M.N.); en el ejercicio fiscal 2017 la cantidad de $3,102’602,501.67 (TRES MIL CIENTO DOS MILLONES SEISCIENTOS DOS MIL QUINIENTOS UN PESOS 67/100 M.N.), todos con el Impuesto al Valor Agregado incluido; o b) Por un periodo de 48 meses, por un monto total de hasta $12,051’178,697.88 (DOCE MIL CINCUENTA Y UN MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS 88/100 M.N.), con la distribución anual siguiente: en el ejercicio fiscal 2015, la cantidad de $3,012’794,674.47 (TRES MIL DOCE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS 47/100 M.N.); en el ejercicio fiscal 2016, la cantidad de $3,012’794,674.47 (TRES MIL DOCE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS 47/100 M.N.); en el ejercicio fiscal 2017, la cantidad de $3,012’794,674.47 (TRES MIL DOCE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS 47/100 M.N.); en el ejercicio fiscal 2018, la cantidad de $3,012’794,674.47 (TRES MIL DOCE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS 47/100 M.N.), todos con el Impuesto al Valor Agregado incluido. Será responsabilidad de la Dirección de Administración dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 277 F, de la Ley del Seguro Social. La elección del plazo deberá considerar las mejores condiciones para el Instituto en términos de economía, eficacia y eficiencia. Segundo.- Instruir a la Dirección de Administración para que considere dentro de su presupuesto de operación en cada ejercicio fiscal a partir del año 2015, las cantidades anuales correspondientes al periodo contratado, de conformidad con el punto Primero de este Acuerdo, quedando sujetas a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio de que se trate, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 24 y 25, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 32 y 50, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; así como 277 F y 277 G, de la Ley del Seguro Social. Tercero.- La presente autorización se limita exclusivamente al ámbito presupuestario y no genera implicación alguna sobre los respectivos procedimientos de contratación, mismos que deberán realizarse con estricto apego a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y las demás disposiciones, legales, reglamentarias y jurídicas aplicables. Cuarto.- La Dirección de Administración, en coordinación con las Direcciones de Prestaciones Médicas y de Finanzas, deberán de informar a este Órgano de Gobierno, de los resultados del procedimiento de contratación que corresponda y los contratos que al efecto se formalicen; y semestralmente presentarán el avance en el cumplimiento de lo establecido en este Acuerdo. Quinto.- Instruir a la Dirección de Administración, para que presente a este Órgano de Gobierno, para su consideración y aprobación, las modificaciones que pudiera requerir esta autorización, privilegiando la continuidad y fortalecimiento del servicio que se proporciona a los derechohabientes".
  • ACDO.AS1.HCT.270814/166.P.DA / Contratación plurianual para la prestación del Servicio Médico Integral de Hemodiálisis Interna (pacientes incidentes).
    '166/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 89, fracción II, 251, fracciones IV y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII y 277 F, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; conforme al planteamiento presentado por el Director General a través de las Direcciones de Administración, de Prestaciones Médicas y de Finanzas de este Instituto; y en términos del oficio 358 del 21 de agosto de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, con base en los dictámenes de los Comités de Prestaciones Médicas, Administración y Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reuniones celebradas los días 18, 21, 22 y 26, respectivamente, del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar que el Instituto, por conducto de la Dirección de Administración lleve a cabo la contratación plurianual del Servicio Médico Integral de Hemodiálisis Interna por alguno de los plazos siguientes: a) Por un periodo de 36 meses, por un monto total de hasta $2,561’222,946.63 (DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS 63/100 M.N.), con la distribución anual siguiente: en el ejercicio fiscal 2015, la cantidad de $853’740,982.21 (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS 21/100 M.N.); en el ejercicio fiscal 2016, la cantidad de $853’740,982.21 (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS 21/100 M.N.); en el ejercicio fiscal 2017, la cantidad de $853’740,982.21 (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS 21/100 M.N.), todos con el Impuesto al Valor Agregado incluido; o b) Por un periodo de 48 meses, por un monto total de hasta $3,316’114,498.32 (TRES MIL TRECIENTOS DIECISEIS MILLONES CIENTO CATORCE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS 32/100 M.N.), con la distribución anual siguiente: en el ejercicio fiscal 2015, la cantidad de $829’028,624.58 (OCHOCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO PESOS 58/100 M.N.); en el ejercicio fiscal 2016, la cantidad de $829’028,624.58 (OCHOCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO PESOS 58/100 M.N.); en el ejercicio fiscal 2017, la cantidad de $829’028,624.58 (OCHOCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO PESOS 58/100 M.N.); en el ejercicio fiscal 2018, la cantidad de $829’028,624.58 (OCHOCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO PESOS 58/100 M.N.), todos con el Impuesto al Valor Agregado incluido. Será responsabilidad de la Dirección de Administración dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 277 F, de la Ley del Seguro Social. La elección del plazo deberá considerar las mejores condiciones para el Instituto en términos de economía, eficacia y eficiencia. Segundo.- Instruir a la Dirección de Administración, para que considere dentro de su presupuesto de operación en cada ejercicio fiscal a partir del año 2015, las cantidades anuales correspondientes al periodo contratado, de conformidad con el punto Primero de este Acuerdo, quedando sujetas a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio de que se trate, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 24 y 25, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 32 y 50, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; así como 277 F y 277 G, de la Ley del Seguro Social. Tercero.- La presente autorización se limita exclusivamente al ámbito presupuestario, y no genera implicación alguna sobre los respectivos procedimientos de contratación, mismos que deberán realizarse con estricto apego a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y las demás disposiciones, legales, reglamentarias y jurídicas aplicables. Cuarto.- La Dirección de Administración, en coordinación con las Direcciones de Prestaciones Médicas y de Finanzas, deberán de informar a este Órgano de Gobierno, de los resultados del procedimiento de contratación que corresponda y los contratos que al efecto se formalicen; y semestralmente presentarán el avance en el cumplimiento de lo establecido en este Acuerdo. Quinto.- Instruir a la Dirección de Administración, para que presente a este Órgano de Gobierno, para su consideración y aprobación, las modificaciones que pudiera requerir esta autorización, privilegiando la continuidad y fortalecimiento del servicio que se proporciona a los derechohabientes".
  • ACDO.AS1.HCT.270814/167.P.DA / Contratación plurianual para la prestación del Servicio de Diálisis Peritoneal Continua Ambulatoria (DPCA).
    '167/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 89, fracción II, 251, fracciones IV y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII, 277 F, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; conforme al planteamiento presentado por el Director General a través de las Direcciones de Administración, de Prestaciones Médicas y de Finanzas de este Instituto; y en términos del oficio 358 del 21 de agosto de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, con base en los dictámenes de los Comités de Administración, de Prestaciones Médicas, y de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reuniones celebradas los días 18, 21, 22 y 26, respectivamente, del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar que el Instituto, por conducto de la Dirección de Administración lleve a cabo la adquisición de bienes del Programa de Diálisis Peritoneal Continua Ambulatoria (DPCA), para pacientes nuevos por alguno de los plazos siguientes: a) Por un periodo de 36 meses, por un monto total de hasta $609’754,873.86 (SEISCIENTOS NUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES PESOS 86/100 M.N.), con la distribución anual siguiente: en el ejercicio fiscal 2015, la cantidad de $203’251,624.62 (DOSCIENTOS TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO PESOS 62/100 M.N.); en el ejercicio fiscal 2016, la cantidad de $203’251,624.62 (DOSCIENTOS TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO PESOS 62/100 M.N.), en el ejercicio fiscal 2017, la cantidad de $203’251,624.62 (DOSCIENTOS TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO PESOS 62/100 M.N.); o b) Por un periodo de 48 meses, por un monto total de hasta $789’473,239.84 (SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS 84/100 M.N.), con la distribución anual siguiente: en el ejercicio fiscal 2015, la cantidad de $197’368,309.96 (CIENTO NOVENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NUEVE PESOS 96/100 M.N.); en el ejercicio fiscal 2016, la cantidad de $197’368,309.96 (CIENTO NOVENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NUEVE PESOS 96/100 M.N.); en el ejercicio fiscal 2017, la cantidad de $197’368,309.96 (CIENTO NOVENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NUEVE PESOS 96/100 M.N.); en el ejercicio fiscal 2018, la cantidad de $197’368,309.96 (CIENTO NOVENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NUEVE PESOS 96/100 M.N.). Será responsabilidad de la Dirección de Administración dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 277 F, de la Ley del Seguro Social. La elección del plazo deberá considerar las mejores condiciones para el Instituto en términos de economía, eficacia y eficiencia. Segundo.- Instruir a la Dirección de Administración para que considere dentro de su presupuesto de operación en cada ejercicio fiscal a partir del año 2015, las cantidades anuales correspondientes al periodo contratado, de conformidad con el punto Primero de este Acuerdo, quedando sujetas a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio de que se trate, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 24 y 25, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 32 y 50, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; así como 277 F y 277 G, de la Ley del Seguro Social. Tercero.- La presente autorización se limita exclusivamente al ámbito presupuestario y no genera implicación alguna sobre los respectivos procedimientos de contratación, mismos que deberán realizarse con estricto apego a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y las demás disposiciones, legales, reglamentarias y jurídicas aplicables. Cuarto.- La Dirección de Administración, en coordinación con las Direcciones de Prestaciones Médicas, y de Finanzas, deberán de informar a este Órgano de Gobierno, de los resultados del procedimiento de contratación que corresponda y los contratos que al efecto se formalicen; y semestralmente presentarán el avance en el cumplimiento de lo establecido en este Acuerdo. Quinto.- Instruir a la Dirección de Administración, para que presente a este Órgano de Gobierno, para su consideración y aprobación, las modificaciones que pudiera requerir esta autorización, privilegiando la continuidad y fortalecimiento del servicio que se proporciona a los derechohabientes".
  • ACDO.AS1.HCT.270814/168.P.DA / Contratación plurianual para la prestación del Servicio de Diálisis Peritoneal Automatizada (DPA) pacientes incidentes.
    '168/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 89, fracción II, 251, fracciones IV y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII y 277 F, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; conforme al planteamiento presentado por el Director General a través de las Direcciones de Administración, de Prestaciones Médicas y de Finanzas de este Instituto; y en términos del oficio 358 del 21 de agosto de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, con base en los dictámenes de los Comités de Administración, de Prestaciones Médicas, y de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reuniones celebradas los días 18, 21, 22 y 26, respectivamente, del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar que el Instituto, por conducto de la Dirección de Administración lleve a cabo la adquisición de bienes del Programa de Diálisis Peritoneal Automatizada (DPA), para pacientes nuevos, por alguno de los plazos siguientes: a) Por un periodo de 36 meses, por un monto total de hasta $713’202,781.23 (SETECIENTOS TRECE MILLONES DOSCIENTOS DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UN PESOS 23/100 M.N.), con la distribución anual siguiente: en el ejercicio fiscal 2015, la cantidad de $237’734,260.41 (DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA PESOS 41/100 M.N.); en el ejercicio fiscal 2016, la cantidad de $237’734,260.41 (DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA PESOS 41/100 M.N.); en el ejercicio fiscal 2017, la cantidad de $237’734,260.41 (DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA PESOS 41/100 M.N.); o b) Por un periodo de 48 meses, por un monto total de hasta $923’411,250.16 (NOVECIENTOS VEINTITRÉS MILLONES CUATROCIENTOS ONCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS 16/100 M.N.), con la distribución anual siguiente: en el ejercicio fiscal 2015, la cantidad de $230’852,812.54 (DOSCIENTOS TREINTA MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS DOCE PESOS 54/100 M.N.); en el ejercicio fiscal 2016, la cantidad de $230’852,812.54 (DOSCIENTOS TREINTA MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS DOCE PESOS 54/100 M.N.); en el ejercicio fiscal 2017, la cantidad de $230’852,812.54 (DOSCIENTOS TREINTA MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS DOCE PESOS 54/100 M.N.), en el ejercicio fiscal 2018, la cantidad de $230’852,812.54 (DOSCIENTOS TREINTA MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS DOCE PESOS 54/100 M.N.). Será responsabilidad de la Dirección de Administración dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 277 F, de la Ley del Seguro Social. La elección del plazo deberá considerar las mejores condiciones para el Instituto en términos de economía, eficacia y eficiencia. Segundo.- Instruir a la Dirección de Administración para que considere dentro de su presupuesto de operación en cada ejercicio fiscal a partir del año 2015, las cantidades anuales correspondientes al periodo contratado, de conformidad con el punto Primero de este Acuerdo, quedando sujetas a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio de que se trate, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 24 y 25, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 32 y 50, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; así como 277 F y 277 G, de la Ley del Seguro Social. Tercero.- La presente autorización se limita exclusivamente al ámbito presupuestario y no genera implicación alguna sobre los respectivos procedimientos de contratación, mismos que deberán realizarse con estricto apego a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y las demás disposiciones, legales, reglamentarias y jurídicas aplicables. Cuarto.- La Dirección de Administración, en coordinación con las Direcciones de Prestaciones Médicas y de Finanzas, deberán de informar a este Órgano de Gobierno de los resultados del procedimiento de contratación que corresponda y los contratos que al efecto se formalicen; y semestralmente presentarán el avance en el cumplimiento de lo establecido en este Acuerdo. Quinto.- Instruir a la Dirección de Administración, para que presente a este Órgano de Gobierno, para su consideración y aprobación, las modificaciones que pudiera requerir esta autorización, privilegiando la continuidad y fortalecimiento del servicio que se proporciona a los derechohabientes".
  • ACDO.AS1.HCT.270814/169.P.DA / Contratación plurianual para la prestación del Servicio Integral de Banco de Sangre.
    '169/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 89, fracción II, 251, fracciones IV y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII y 277 F, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y conforme al planteamiento presentado por el Director General a través de las Direcciones de Administración, de Prestaciones Médicas y de Finanzas de este Instituto; y en términos del oficio 358 del 21 de agosto de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, con base en los dictámenes de los Comités de Administración, de Prestaciones Médicas, y de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reuniones celebradas los días 18, 21, 22 y 26, respectivamente, del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar que el Instituto, por conducto de la Dirección de Administración, lleve a cabo la contratación plurianual para la prestación del Servicio de Banco de Sangre, por alguno de los plazos siguientes: a) Por un periodo de 36 meses, por un monto total de hasta $3,485’521,845.30 (TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS 30/100 M.N.), con la distribución anual siguiente: en el ejercicio fiscal 2015, la cantidad de $1,161’840,615.11 (MIL CIENTO SESENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS QUINCE PESOS 11/100 M.N.); en el ejercicio fiscal 2016, la cantidad de $1,161’840,615.11 (MIL CIENTO SESENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS QUINCE PESOS 11/100 M.N.); y en el ejercicio fiscal 2017, la cantidad de $1,161’840,615.11 (MIL CIENTO SESENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS QUINCE PESOS 11/100 M.N.), todos con el Impuesto al Valor Agregado incluido; o b) Por un periodo de 48 meses, por un monto total de hasta $4,512’840,063.70 (CUATRO MIL QUINIENTOS DOCE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL SESENTA Y TRES PESOS 70/100 M.N.), con la distribución anual siguiente: en el ejercicio fiscal 2015, la cantidad de $1,128’210,015.92 (MIL CIENTO VEINTIOCHO MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL QUINCE PESOS 92/100 M.N.); en el ejercicio fiscal 2016, la cantidad de $1,128’210,015.92 (MIL CIENTO VEINTIOCHO MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL QUINCE PESOS 92/100 M.N.); en el ejercicio fiscal 2017, la cantidad de $1,128’210,015.92 (MIL CIENTO VEINTIOCHO MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL QUINCE PESOS 92/100 M.N.), y en el ejercicio fiscal 2018, la cantidad de $1,128’210,015.92 (MIL CIENTO VEINTIOCHO MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL QUINCE PESOS 92/100 M.N.), todos con el Impuesto al Valor Agregado incluido. Será responsabilidad de la Dirección de Administración dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 277 F, de la Ley del Seguro Social. La elección del plazo deberá considerar las mejores condiciones para el Instituto en términos de economía, eficacia y eficiencia. Segundo.- Instruir a la Dirección de Administración, para que considere dentro de su presupuesto de operación en cada ejercicio fiscal a partir del año 2015, las cantidades anuales correspondientes al periodo contratado, de conformidad con el punto Primero de este Acuerdo, quedando sujetas a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio de que se trate, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 24 y 25, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 32 y 50, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; así como 277 F y 277 G, de la Ley del Seguro Social. Tercero.- La presente autorización se limita exclusivamente al ámbito presupuestario y no genera implicación alguna sobre los respectivos procedimientos de contratación, mismos que deberán realizarse con estricto apego a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y las demás disposiciones legales reglamentarias y jurídicas aplicables. Cuarto.- La Dirección de Administración, en coordinación con las Direcciones de Prestaciones Médicas y de Finanzas, deberán de informar a este Órgano de Gobierno, de los resultados del procedimiento de contratación que corresponda y los contratos que al efecto se formalicen; y semestralmente presentarán el avance en el cumplimiento de lo establecido en este Acuerdo. Quinto.- Instruir a la Dirección de Administración, para que presente a este Órgano de Gobierno, para su consideración y aprobación, las modificaciones que pudiera requerir esta autorización, privilegiando la continuidad y fortalecimiento del servicio que se proporciona a los derechohabientes".
  • SCAP3.HCT.260214/17.P.DF / Informe de las gestiones realizadas respecto a la observancia de los fines del Fideicomiso Público Irrevocable denominado: ‘Fondo para Ayudas Extraordinarias con motivo del Incendio de la Guardería ABC, S.C.’, correspondiente al segundo semestre de 2013.
    '17/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 54 de fecha 14 de febrero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, toma nota del Informe de las gestiones realizadas por la misma durante el segundo semestre de 2013, respecto a la observancia de los fines del Fideicomiso Público Irrevocable denominado: ‘Fondo para Ayudas Extraordinarias con motivo del Incendio de la Guardería ABC’, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno, en los puntos Quinto y Segundo de los Acuerdos ACDO.AS1.HCT.230610/128.P.DF y DJ, y ACDO.SA2.HCT.270411/112.P.SG, dictados en sesiones del 23 de junio del 2010 y 27 de abril de 2011, respectivamente".
  • ACDO.SA2.HCT.290114/17.P.DA / Se autoriza el Programa de Otorgamiento de Permisos de Uso Temporal Revocable para el año 2014.
    '17/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este H. Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 253, fracciones II, III, V y último párrafo, 263, 264, fracciones I, III, 277 C y 277 F, de la Ley del Seguro Social; y en términos del oficio 15 del 20 de enero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como en la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Aprobar el Programa de Otorgamiento de Permisos de Uso Temporal Revocable y Contratos de Subarrendamiento para el año 2014, que contiene las Políticas para el Otorgamiento de Permisos de Uso Temporal Revocable; y autoriza: a) Que los Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada renueven y otorguen Permisos de Uso Temporal Revocable que cumplan con los requisitos establecidos; b) Incrementar las cuotas de recuperación por los conceptos de gastos por la recepción y estudio para la emisión de Permisos de Uso Temporal Revocable; y por el Uso de Superficie Institucional, aplicándose las cuotas diferenciadas conforme a lo señalado en las Políticas para el Otorgamiento de Permisos de Uso Temporal Revocable, empleando la Tabla de Cuotas; y c) El cobro de cuota mínima a Permisos de Acceso Itinerante. Segundo.- La Dirección enunciada deberá informar a este Órgano de Gobierno, el resultado de las acciones que realice en cumplimiento a lo establecido en el presente Acuerdo, en el mes de febrero de 2015".
  • ACDO.AS1.HCT.270814/170.P.DA / Contratación plurianual de la prestación del Servicio Subrogado para la atención ambulatoria de pacientes diabéticos tipo 2, en clínicas de atención externas al IMSS (DiabetIMSS).
    '170/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 89, fracción II, 251, fracciones IV y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII y 277 F, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; conforme al planteamiento presentado por el Director General a través de las Direcciones de Administración, de Prestaciones Médicas y de Finanzas de este Instituto; y en términos del oficio 358 del 21 de agosto de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, con base en los dictámenes de los Comités de Prestaciones Médicas, Administración y Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reuniones celebradas los días 18, 21, 22 y 26, respectivamente, del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar que el Instituto, por conducto de la Dirección de Administración, lleve a cabo la contratación plurianual por el periodo del 1º de enero de 2015 al 30 de junio de 2016, para la prestación del Servicio Subrogado para la atención ambulatoria de pacientes diabéticos tipo 2, por Clínicas de Atención Externa al Instituto, por un monto total de $400’000,000.00 (CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), incluyendo el Impuesto al Valor Agregado, con la distribución anual siguiente: en el ejercicio fiscal 2015, se erogará la cantidad $180’300,000.00 (CIENTO OCHENTA MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.); y en el ejercicio fiscal 2016, un monto de $219’700,000.00 (DOSCIENTOS DIECINUEVE MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.); quedando sujeto a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio de que se trate, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 24 y 25, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 32 y 50, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; así como 277 F y 277 G, de la Ley del Seguro Social. Será responsabilidad de la Dirección de Administración dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 277 F, de la Ley del Seguro Social. Segundo.- La presente autorización se limita exclusivamente al ámbito presupuestario y no genera implicación alguna sobre los respectivos procedimientos de contratación, mismos que deberán realizarse por parte de los servidores públicos responsables, con estricto apego a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento, las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social, y las demás disposiciones que resulten aplicables. Tercero.- La Dirección de Administración, en coordinación con las Direcciones de Prestaciones Médicas y de Finanzas, deberán de informar a este Órgano de Gobierno, de los resultados del procedimiento de contratación que corresponda y los contratos que al efecto se formalicen; y semestralmente presentarán el avance en el cumplimiento de lo establecido en este Acuerdo. Cuarto.- Instruir a la Dirección de Administración, para que presente a este Órgano de Gobierno, para su consideración y aprobación, las modificaciones que pudiera requerir esta autorización, privilegiando la continuidad y fortalecimiento del servicio que se proporciona a los derechohabientes".
  • ACDO.AS3.HCT.270814/172.P.DF / Segunda Evaluación Trimestral de los Ingresos recibidos y el Gasto incurrido con respecto al Presupuesto 2014 del IMSS y Propuestas de Adecuación.
    '172/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 264, fracciones I, II, III y VI, 270, 272, 274, 277, 283 y 286 A, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 365 de fecha 15 de agosto de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, así como el dictamen del Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno en reunión celebrada el 26 de agosto de 2014, Acuerda: Primero.- Aprobar el documento denominado ‘Segunda Evaluación Trimestral de los Ingresos Recibidos y el Gasto Incurrido con Respecto al Presupuesto 2014 del Instituto Mexicano del Seguro Social y Propuestas de Adecuación’ que presenta la Dirección de Finanzas. Segundo.- Tomar nota de los resultados de ingresos y gastos en flujo de efectivo y devengado presentados en las Secciones II y III, del documento mencionado en el punto que antecede. Tercero.- Tomar nota del avance en el cumplimiento de la Segunda Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas 2014, aprobado por este Órgano de Gobierno en sesión celebrada el 28 de mayo de 2014, mediante Acuerdo ACDO.AS3.HCT.280514/108.P.DF. Cuarto.- Tomar nota de la liquidación total en mayo 2014 del préstamo solicitado en agosto de 2013, de la Reserva Operativa a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento por 3,000 millones de pesos. Quinto.- Tomar nota del resultado al segundo trimestre de los indicadores y del ejercicio programático con respecto al presupuesto aprobado, contenidos en la Sección V del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Sexto.- Tomar nota de las adecuaciones pormenorizadas realizadas por la Dirección de Finanzas en cumplimiento al punto Segundo del Acuerdo ACDO.AS3.HCT.040414/64.P.DF, dictado por este Consejo Técnico en sesión del 4 de abril de 2014, y contenidas en la Sección VI, inciso a), del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Séptimo.- Autorizar las adecuaciones al presupuesto de flujo de efectivo y de operación, así como el impacto que tendrán en los calendarios, en los términos descritos en la Sección VI, incisos a) y b), del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo, incluyendo las cifras contenidas en las Tablas 6, 7 y 8. Octavo.- Autorizar las adecuaciones al presupuesto de Inversión Física 2014, que se presentan en la Sección VII, del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Noveno.- Autorizar las adecuaciones al presupuesto de las áreas de administración central y de los gastos de servidores públicos superiores, contenidos en la Sección VIII, inciso a) y b), del documento descrito en el punto Primero del presente Acuerdo. Décimo.- Tomar nota del adeudo del Gobierno Federal con el Instituto por 1,858 millones de pesos, integrado por 502 millones de pesos de aportaciones al régimen obligatorio del 2013; 1,353 millones de pesos de la administración de las pensiones en curso pago de 2012 al segundo trimestre de 2014 y 3 millones de pesos por el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 2008, por el que se exime parcialmente del pago de las cuotas obrero patronales (beneficio del 5%). Décimo Primero.- Instruir a la Dirección General para que, por conducto de la Dirección de Finanzas, continúe las gestiones de cobro ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para el pago de los adeudos a cargo del Gobierno Federal. Décimo Segundo.- Tomar nota del Calendario de Flujo de Efectivo Modificado a agosto de 2014, contenido en la Sección VIII, inciso c), del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Décimo Tercero.- Instruir a la Dirección General para que, por conducto de la Dirección de Finanzas, se envíe el presente documento a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento y efectos conducentes".
  • ACDO.AS3.HCT.270814/173.P.DF / Contratación plurianual de los Seguros que conforman el Programa de Aseguramiento Integral del IMSS, 2015-2016.
    '173/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones I, IV y XXXVII, 263, 264, fracción III y XIV, 277 F, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y conforme al planteamiento presentado por el Director General a través del Director de Finanzas mediante oficio 365 de fecha 15 de agosto de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, con base en el dictamen del Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el 26 de agosto de 2014, Acuerda: Primero.- Autorizar al Instituto, por conducto de la Dirección de Finanzas, lleve a cabo la contratación plurianual de los contratos de seguros que conforman el Programa de Aseguramiento Integral del IMSS 2015-2016, por un periodo comprendido de enero 2015 a diciembre 2016, por un monto total de hasta $1,635’208,464.00 (MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado. Segundo.- Las erogaciones derivadas de la autorización a que se refiere el punto anterior, se realizarán de acuerdo al siguiente calendario anual: para el ejercicio 2014, se erogará la cantidad de hasta $817’604,232.00 (OCHOCIENTOS DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.) y en el ejercicio 2015, se erogará un monto de hasta $817’604,232.00 (OCHOCIENTOS DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.), quedando sujetas a la disponibilidad presupuestal del ejercicio de que se trate, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 24 y 25, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y 277 F, de la Ley del Seguro Social. Estos recursos representan un incremento del 10.8% con respecto al costo de adjudicación del Programa de Aseguramiento Integral del IMSS vigente, el cual asciende a $737’000,000.70 (SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES 70/100 M.N.), y obedece, entre otros factores que inciden en su crecimiento, a la alta siniestralidad registrada en las unidades de servicio del Instituto. En caso de que las propuestas de las compañías aseguradoras fueran superiores al presupuesto, se instruye a la Dirección de Finanzas para que resuelva presupuestalmente el excedente del costo y se adjudiquen los contratos con vigencia 2015-2016, en el entendido de que para contener el incremento en primas que se ha presentado año con año, se propone para la ‘Póliza Empresarial’, un ajuste de primas al final del segundo semestre del ejercicio 2017, mismo que dependerá del comportamiento de la siniestralidad durante los ejercicios 2015-2016, el cual puede significar un retorno o pago adicional limitado de primas, debiendo informar a este Órgano de Gobierno sobre los resultados obtenidos al final del proceso licitatorio. Tercero.- La presente autorización se limita exclusivamente al ámbito presupuestario, y no genera implicación alguna sobre los respectivos procedimientos de contratación, mismos que deberán realizarse con estricto apego a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y las demás disposiciones que resulten aplicables. Cuarto.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que informe a este Órgano de Gobierno sobre el resultado de los procedimientos de contratación que correspondan y los contratos que al efecto se formalicen; y para que por lo menos una vez al año durante la vigencia de los mismos, presente un informe del avance del cumplimiento de lo establecido en este Acuerdo. Quinto.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que presente a este Órgano de Gobierno, para su consideración y aprobación, las modificaciones que pudieran requerir su autorización, privilegiando la continuidad y fortalecimiento del servicio. Sexto.- Tomar conocimiento del nuevo esquema de aseguramiento que incluye el esquema bienal de contratación del Programa de Aseguramiento Integral, además de la realización del proceso bajo la modalidad de puntos y porcentajes, y la creación de una póliza empresarial, que fusiona 8 contratos de los 17 que actualmente integran el Programa de Aseguramiento Integral del IMSS 2014".
  • ACDO.AS3.HCT.270814/174.P.DF / Lineamientos que deberán ser considerados al realizar inversiones a través de Mandatos de Inversión.
    '174/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III y XXXVII, 263, 264, fracciones I, II y XVII, 280, 284, 285, 286, 286 A y 286 E, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones II, XII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; el Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; el Acuerdo ACDO.SA3.HCT.280813/227.P.DF, dictado por este Órgano de Gobierno en sesión del 28 de agosto de 2013; y en términos del oficio 365 del 15 de agosto de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Primero.- Aprobar en sus términos el documento denominado ‘Lineamientos que deberán ser considerados al realizar inversiones a través de Mandatos de Inversión’ a propuesta de la Comisión de Inversiones Financieras, por acuerdo 3-603/14 emitido en sesión ordinaria 603 del 23 de julio de 2014. Segundo.- Que el documento aprobado entrará en vigor a partir del día siguiente de la emisión del presente Acuerdo".
  • ACDO.AS3.HCT.270814/175.P.DF / Contratación Plurianual (2014-2015) de una consultoría externa para realizar el diseño y constitución de la Unidad de Programas y Proyectos de Inversión del IMSS.
    '175/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones I, IV y XXXVII, 263, 264, fracción III y 277 F, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 26 y 31, del Reglamento Interior del IMSS; y en términos del oficio 374 de fecha 22 de agosto de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas; así como el dictamen del Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno en reunión celebrada el 26 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar al Instituto para que, por conducto de la Dirección enunciada, lleve a cabo el procedimiento de contratación plurianual por el periodo del 1° de septiembre de 2014 al 31 de diciembre de 2015, de una consultoría externa para realizar el diseño y constitución de la Unidad de Programas y Proyectos de Inversión del Instituto Mexicano del Seguro Social que permita dar cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, por un monto global de hasta $11’000,000.00 (ONCE MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.) incluido el Impuesto al Valor Agregado. Segundo.- Las erogaciones derivadas de la autorización a la que se refiere el punto anterior, se harán de acuerdo al siguiente calendario anual: para el ejercicio fiscal 2014, se erogarán $4’500,000.00 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.) y en el ejercicio fiscal 2015, se erogarán $6’500,000.00 (SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), quedando sujeto a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio que se trate, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 24 y 25, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 277 F, de la Ley del Seguro Social. Asimismo, se deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 38, fracción I y demás aplicables de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Tercero.- La presente autorización se limita exclusivamente al ámbito presupuestario y no genera implicación alguna sobre las condiciones de adjudicación de los contratos respectivos, misma que deberá realizarse con estricto apego a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento. Cuarto.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que informe a este Órgano de Gobierno sobre el resultado de los procedimientos de contratación que corresponda y los contratos que al efecto se formalicen; y para que por lo menos una vez al año durante la vigencia de los mismos, presente un informe del avance del cumplimiento de lo establecido en el presente Acuerdo. Quinto.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que presenten a este Órgano de Gobierno, para su consideración y aprobación, las modificaciones que pudieran requerir su autorización, privilegiando la continuidad y fortalecimiento del servicio".
  • ACDO.DG.HCT.270814/176.P.SG / Ratificación de representantes propietario y suplente, ante el CCD del IMSS en Yucatán (GOBIERNO).
    '176/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar las propuestas de ratificación comunicadas por el licenciado Rolando Rodrigo Zapata Bello, Gobernador Constitucional del Estado de Yucatán, mediante oficio DGOB/0390/2014 del 25 de junio de 2014, en favor de los doctores Orlando Isaías Piña Basulto y Baltazar Centeno Sánchez, como representantes propietario y suplente, respectivamente, por el Sector Gubernamental, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS en dicha Entidad Federativa, cuyos antecedentes obran en los Acuerdos ACDO-HCT-111207/492.P.N.(S.G.) y ACDO.DG.HCT.280508/118.P.SG, dictados en sesiones del 11 de diciembre de 2007 y 28 de mayo de 2008, respectivamente, y surtirán sus efectos a partir del 27 de agosto de 2014, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.SA3.HCT.270814/177.P.DA / Se modifica el Acuerdo ACDO.AS3.HCT.040414/62.P.DA, dictado en sesión del 4 de abril de 2014.
    '177/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VII y XXXVII, 256, 264, fracciones III, IV, XIV y XVII, 270, 271, 277 D, 286 I y 286 J, fracción III, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción XI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 3, del Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de mayo de 2014; y en términos del oficio 358 del 21 de agosto de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Único.- Modificar el Acuerdo ACDO.AS3.HCT.040414/62.P.DA, aprobado por este Consejo Técnico en sesión ordinaria del 4 de abril de 2014, para quedar como sigue: Primero.- Aprobar la homologación de las percepciones brutas totales del personal de mando del Instituto con el Tabulador de Sueldos y Salarios de Sector Central Aplicable a los Puestos de Mando de las Dependencias y Entidades, y así guardar congruencia con la política salarial que emiten las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública. Segundo.- Aprobar el pago por única vez equivalente al 1.25%, calculado sobre la percepción ordinaria bruta anual, al personal de mando del Instituto. Tercero.- Aprobar un pago por única vez equivalente al 1.25%, calculado sobre los emolumentos anualizados que perciben los representantes patronales y de los trabajadores, integrantes del Consejo Técnico, la Comisión de Vigilancia, los Consejos Consultivos Delegacionales y las Juntas de Gobierno de las Unidades Médicas de Alta Especialidad. La percepción de este pago por única vez no les otorga a los referidos representantes, el carácter de trabajadores, asegurados o derechohabientes del Instituto, ni algún otro derecho adicional, conforme a lo dispuesto en el sexto y octavo párrafos del artículo 263, de la Ley del Seguro Social. Cuarto.- Tomar nota que el pago por única vez no está asociado a los conceptos estipulados en el artículo 5, del Reglamento de Jubilaciones y Pensiones inserto en el Contrato Colectivo de Trabajo. Quinto.- Aprobar que el pago por única vez se realice con cargo al presupuesto autorizado en servicios personales del Instituto para el presente ejercicio. Sexto.- Instruir a la Dirección de Administración para que realice las acciones que al efecto procedan".
  • ACDO.SA2.HCT.270814/178.P.DA / Se modifica la Estructura Orgánica de las Jefaturas de Servicios de Prestaciones Médicas en las Delegaciones del Instituto.
    '178/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264, fracciones III, IV, XIV y XVII, 270 y 286 I, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción VIII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones I, XII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; numeral 8.1.1, de la Norma que Establece las Disposiciones para Elaborar, Autorizar y Registrar las Estructuras Orgánicas, Ocupacionales y Salariales de Puestos de Mando y de Nómina Ordinaria del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 358 del 21 de agosto de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Aprobar la modificación a la estructura orgánica de las Jefaturas de Servicios de Prestaciones Médicas en las Delegaciones del Instituto conforme al planteamiento realizado por la Dirección de Prestaciones Médicas. Segundo.- Autorizar a la Dirección de Administración realizar la modificación a la estructura orgánica de las Jefaturas de Servicios de Prestaciones Médicas, misma que considera la cancelación de la Coordinación de Soporte Médico, quedando una estructura tipo conformada por 1 Jefatura de Servicios y 5 Coordinaciones Delegacionales; y en el caso de las Delegaciones de Coahuila y Durango, la conversión de 2 plazas de Coordinador de Soporte Médico, nivel salarial NC3, a puestos homólogos de autorización específica, mismos que deberán ser cancelados cuando queden vacantes. Tercero.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas para que actualice el Manual de Organización de las Jefaturas de Servicios de Prestaciones Médicas, derivado de las adecuaciones organizacionales a que se refiere el presente Acuerdo. Cuarto.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas para que informe a las Delegaciones, sobre la modificación a la estructura orgánica de las Jefaturas de Servicios de Prestaciones Médicas. Quinto.- Tomar nota que el presente Acuerdo entrará en vigor a partir del 1° de agosto del 2014".
  • ACDO.SA2.HCT.270814/179.P.DA / Se modifican diversos artículos del Estatuto de Trabajadores de Confianza “A" del IMSS.
    '179/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 256, 263 y 264, fracciones III, IV, XII, XIV y XVII, 286 I, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción VIII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; así como 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por la Dirección General, por conducto de la Dirección de Administración, a través del oficio 358 del 21 de agosto de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Aprobar las propuestas de reformas y adiciones a los artículos 1, 2, 5, 10, 18, 31, 32, 45, 46, 47, Quinto y Sexto Transitorios, todos del Estatuto de Trabajadores de Confianza ‘A’ del Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme se detalla en el Anexo Único de este Acuerdo. Segundo.- Las modificaciones a que se refiere el presente Acuerdo entrarán en vigor el 31 de octubre de 2014. Tercero.- Instruir a la Dirección de Administración, para que por conducto de la Unidad de Personal, dé a conocer a través de medios institucionales el Estatuto enunciado, con las modificaciones aprobadas y proceda a realizar las actualizaciones normativas y operativas que resulten aplicables".
  • ACDO.SA2.HCT.290114/18.P.DA / Se autoriza la enajenación de dos bienes inmuebles propiedad del IMSS.
    '18/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 253, fracción II, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracciones V y XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 116 y 117, segundo párrafo, y Décimo Cuarto Transitorio, de la Ley General de Bienes Nacionales; 31, fracciones XV, XVI y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 15 del 20 de enero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como en la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General del Instituto para que por conducto del Delegado Estatal del IMSS en el Distrito Federal Norte, enajene a título oneroso, mediante licitación pública o invitación a cuando menos tres personas, el inmueble sin uso institucional ubicado en Av. Fortuna, entre calles Río Bamba y Lima S/N, Colonia Lindavista, Delegación Gustavo A. Madero, C.P. 07760, México, Distrito Federal. Segundo.- Autorizar al Director General del Instituto, o a la persona que el designe, para que enajene mediante compraventa, a través de licitación pública o por invitación a cuando menos tres personas, el inmueble ubicado en Calle Avenida Melchor Ocampo No. 479, Colonia Nueva Anzures, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 11590, México, Distrito Federal. Tercero.- El precio mínimo para la enajenación de los inmuebles mencionados, será la cantidad que determine el dictamen valuatorio emitido por el Instituto de Administración y Avalúos Nacionales (INDAABIN). Cuarto.- Los gastos y honorarios que se generen por la presente operación, serán por cuenta del adquirente. Quinto.- Instruir a la Dirección de Finanzas para considerar como valor del inmueble para efectos contables, la cantidad determinada en el avalúo a que se hizo referencia en el punto Tercero de este Acuerdo. Sexto.- Instruir a la Dirección Jurídica para verificar que en los trámites de formalización de la operación se cumpla con lo previsto en la Ley General de Bienes Nacionales y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales".
  • SCAP3.HCT.260214/18.P.DIR / Informe de cumplimiento al Decreto del 5%, por el que se exime parcialmente del pago de las COP a que se refiere la LSS, con corte a diciembre de 2013.
    '18/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con el numeral 9, de los ‘Lineamientos Operativos para dar cumplimiento al Decreto por el que se exime parcialmente del pago de las Cuotas Obrero Patronales a que se refiere la Ley del Seguro Social’; y en términos del oficio 7 del 5 de febrero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, toma nota del Informe de Cumplimiento al Decreto del 5%, por el que se exime parcialmente del pago de las Cuotas Obrero Patronales a que se refiere la Ley invocada, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 2008, correspondiente a los resultados de su aplicación durante el mes de diciembre de 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en el punto Quinto del Acuerdo ACDO.AS1.HCT.260308/65.R.DIR, dictado en sesión del 26 de marzo de 2008".
  • ACDO.IN3.HCT.270814/180.P.DF / Informe relativo a los Estados Financieros del IMSS, con corte al 30 de junio de 2014.
    '180/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones II, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 365 del 15 de agosto de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Toma nota del resultado acumulado de los Estados Financieros del IMSS, presentados por la Dirección General por conducto de la Dirección primeramente enunciada, con cifras comparativas al 30 de junio de 2014".
  • ACDO.IN3.HCT.270814/181.P.DF / Informe Financiero y Actuarial, con corte al 31 de diciembre de 2013.
    '181/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 262, 263 y 268, fracciones VI y XI, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 365 del 15 de agosto de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Primero.- Aprobar el Informe Financiero y Actuarial al 31 de diciembre de 2013, presentado por la Dirección General, por conducto de la Dirección primeramente enunciada. Segundo.- Someter a la consideración de la H. Asamblea General Ordinaria del IMSS, el documento mencionado en el punto que antecede, para los efectos a que se refiere el artículo 261, de la Ley anteriormente invocada".
  • ACDO.IN3.HCT.270814/182.P.DF / Informe relativo a las operaciones de inversión, rendimientos y composición de las inversiones de las RFA’s y el FCOLCLC, con corte al mes de junio de 2014.
    '182/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III, XXII y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX y 70, fracción XIII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 9, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; y en términos del oficio 365 del 15 de agosto de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe relativo a las operaciones de inversión, los rendimientos obtenidos y la composición de las inversiones de las Reservas Financieras y el Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, con corte al mes de junio de 2014".
  • ACDO.IN3.HCT.270814/183.P.DF / Informe de Actividades de la CIF, correspondiente al mes de julio de 2014.
    '183/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y 9, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; y en términos del oficio 365 del 15 de agosto de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe de Actividades de la Comisión de Inversiones Financieras, con corte al mes de julio de 2014".
  • ACDO.IN3.HCT.270814/184.P.DF / Informe sobre la Evaluación de los Riesgos Financieros considerado en el PARI 2014.
    '184/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 261, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del IMSS; y en términos de los oficios 365 y 374 del 15 y 22 de agosto de 2014, respectivamente, signados por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Primero.- Aprobar el documento denominado ‘Evaluación de los Riesgos Financieros Considerados en el Programa de Administración de Riesgos Institucionales 2014’, que presenta la Dirección enunciada. Segundo.- Someter a la consideración de la Asamblea General Ordinaria del Instituto Mexicano del Seguro Social, el documento mencionado, para los efectos a que se refiere el artículo 261, de la Ley invocada".
  • ACDO.SA2.HCT.270814/185.P.DPES / Se aprueban los datos y documentos específicos que se deben proporcionar o adjuntar para efectuar trámites en materia de prestaciones en dinero, ante el IMSS, así como formatos, plazos máximos de resolución y vigencia.
    '185/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, XIII y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones IV y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por la Dirección General, a través de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, mediante oficio 295 del 25 de agosto de 2014; así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el 21 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Dejar sin efecto el Acuerdo ACDO.SA2.HCT.250913/294.P.DPES y Anexos, dictado por este Órgano de Gobierno en sesión ordinaria del 25 de septiembre de 2013, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de ese mismo año, relativo a la aprobación de los datos y documentos específicos que se deben proporcionar o adjuntar para efectuar diversos trámites ante el Instituto Mexicano del Seguro Social. Segundo.- Aprobar los datos, documentos y formatos específicos que se deben proporcionar y presentar para la gestión de los trámites en materia de prestaciones en dinero que se enlistan a continuación, así como los plazos máximos de resolución de éstos y la vigencia de la resolución de los mismos, que se describen en los Anexos ‘A’ y ‘B’, de este Acuerdo, respectivamente: 1) Solicitud de Pensión de Invalidez; 2) Solicitud de Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez; 3) Solicitud de Pensión de Viudez, modalidades: a) Viuda esposa o concubina; b) Viudo esposo o concubinario; 4) Solicitud de Pensión de Orfandad, modalidades: a) Hijo menor de 16 años; b) Hijo mayor de 16 años y hasta 25 años estudiante; c) Hijo mayor de 16 años incapacitado; 5) Solicitud de Pensión de Ascendientes; 6) Solicitud de Pensión de Incapacidad Permanente; 7) Solicitud de Pensión de Retiro; 8) Solicitud de Pensión de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada o Vejez a través de transferencia de derechos IMSS-ISSSTE; 9) Solicitud de modificación de pensión por finiquito, modalidades: a) Finiquito por contraer nuevas nupcias; b) Finiquito de hijo huérfano por cumplir supuestos de Ley; 10) Solicitud de modificación de pensión por hechos que inciden en el cálculo o en el monto del pago de la misma; 11) Solicitud para el pago de mensualidades no cobradas o reclamo de diferencias relativas a la pensión, modalidades: a) Por el pensionado; b) Por terceros en caso de fallecimiento del pensionado; 12) Solicitud para préstamo a cuenta de pensión del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973; 13) Solicitud de ayuda para gastos de matrimonio; 14) Solicitud de ayuda para gastos de funeral; 15) Solicitud de celebración de convenio de pago indirecto y reembolso de subsidios. Tercero.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales para que de manera directa o por conducto de sus unidades administrativas competentes, dicte las instrucciones y criterios que considere convenientes para la debida aplicación por parte de las Delegaciones, de las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo y resuelvan las dudas o aclaraciones que con ese motivo se presenten. Cuarto.- Instruir a la Dirección Jurídica, para que previo dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria obtenido por la Dirección de Administración, realice los trámites necesarios ante las instancias competentes, a efecto de que el presente Acuerdo y sus respectivos anexos, se publiquen en el Diario Oficial de la Federación. Quinto.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 1° de enero de 2015. Sexto.- En tanto inicie la vigencia del presente Acuerdo, continuará vigente el diverso ACDO.SA2.HCT.250913/294.P.DPES y Anexos".
  • ACDO.SA2.HCT.270814/186.P.DPM / Se autoriza aceptar la donación pura, no onerosa, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., de maniquíes “EVA de Entrenamiento Ginecológico".
    '186/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, V y XXXVII, 263 y 264, fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción XVI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones XVII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; de conformidad con lo previsto en el artículo 182, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y conforme al planteamiento presentado por la Dirección General por conducto de la Dirección de Prestaciones Médicas, mediante oficio 117 del 19 de agosto de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 18 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto del Director de Prestaciones Médicas, acepte la donación pura, no onerosa, ofrecida por la Fundación IMSS, A. C., consistente en 10 Maniquíes ‘EVA de entrenamiento ginecológico’, con un valor de $147,162.24 (CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO SESENTA Y DOS PESOS 24/100 M.N.) que incluye el impuesto al valor agregado, para apoyar el Taller de Hemorragia Obstétrica, en el marco de los ‘70 Años de la Medicina de Excelencia en el Instituto Mexicano del Seguro Social’. Segundo.- Instruir a la Dirección de Finanzas, a fin de que se registre para efectos contables el valor de los bienes objeto de la donación. Tercero.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas, a fin de que, en coordinación con la Dirección Jurídica, realice los trámites para la formalización del contrato de donación respectivo, atendiendo a lo previsto en el Código Civil Federal".
  • ACDO.SA2.HCT.270814/187.P.DPM / Se actualizan las Bases y Criterios de Operación del Comité para la Selección de los Médicos Ilustres del IMSS.
    '187/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del IMSS; y de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General, a través del Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas, mediante oficio 117 de 19 de agosto de 2014, así como del dictamen del Comité del mismo nombre, del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 18 del mes y año citados, Acuerda: Único.- Autorizar sean actualizadas las ‘Bases y Criterios de Operación del Comité para la Selección de los Médicos Ilustres del Instituto Mexicano del Seguro Social’, contenidas en el Anexo de este Acuerdo formando parte del mismo, las cuales sustituyen a las autorizadas en el punto Segundo del Acuerdo ACDO.AS2.HCT.211112/271.P.DPM, emitido por este Órgano de Gobierno en sesión del 21 de noviembre de 2012".
  • SCAP2.HCT.260214/19.P.DIDT / Informe de evaluación de los Servicios Administrados de Impresión de Alto Volumen, correspondiente al ejercicio 2013.
    '19/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 9 del 30 de enero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico, toma nota del Informe de evaluación de los Servicios Administrados de Impresión de Alto Volumen, correspondiente al ejercicio 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno, en el punto Quinto del Acuerdo ACDO.AS2.HCT.290611/166.P.DIDT, dictado en sesión del 29 de junio de 2011".
  • ACDO.IN3.HCT.290114/19.P.DF / Se autoriza el Programa Institucional del IMSS (PIIMSS) 2013-2018.
    '19/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y Tercero del Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018; numerales 24 y 27 del Acuerdo 01/2013, por el que se emiten los Lineamientos para dictaminar y dar seguimiento a los programas derivados del Plan citado; y en términos del oficio 11 del 17 de enero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, así como en la resolución tomada por el Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 28 del mes y año citados, Acuerda: Único.- Aprobar el Programa Institucional del Instituto Mexicano del Seguro Social (PIIMSS) 2013-2018 y autoriza su envío a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para dictamen".
  • ACDO.IN2.HCT.270814/191.P.SG / Fecha de la próxima sesión.
    '191/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el artículo 263, de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las dieciséis treinta horas del 24 de septiembre de 2014".
  • ACDO.AS1.HCT.170914/192.P.DG / Otorgamiento de facilidades administrativas para el cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de los patrones y demás sujetos obligados que se hayan visto afectados los días 14 y 15 de septiembre de 2014, por los fenómenos meteorológicos en el Estado de Baja California Sur.
    '192/2014 / 17 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 40 C, 251, fracciones IV, XII, XIII, XXXIII y XXXVII, 263, 264, fracciones III, VII, XIV y XVII, 304 C, de la Ley del Seguro Social; 1, 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 133, 134 y demás relativos del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización; 31, fracciones II y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General, por conducto de la Dirección de Incorporación y Recaudación, mediante oficio 70 del 17 de septiembre de 2014, Acuerda: Primero.- Autorizar a los Titulares de la Delegación Regional en Baja California Sur del IMSS y de las Subdelegaciones Cabo San Lucas y La Paz, para que concedan el pago a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, de las cuotas causadas durante los meses de agosto, septiembre y octubre de 2014, cuyo pago correspondió efectuarse a más tardar el día 17 de septiembre para el mes de agosto, y corresponderá efectuarse el día 17 de octubre para el mes de septiembre, y el día 18 de noviembre para el mes de octubre del mismo año, a solicitud de los patrones y demás sujetos obligados con centros de trabajo o cualquier otro establecimiento ubicados en los municipios de Comondú, La Paz, Loreto, Los Cabos y Mulegé, todos en el Estado de Baja California Sur. Esta autorización sólo será aplicable respecto de la parte de las cuotas obrero patronales a su cargo. Las cuotas a cargo de los trabajadores, así como las del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, deberán ser cubiertas en los términos y condiciones que establecen la Ley del Seguro Social y el Reglamento de la materia. Segundo.- En el caso de las solicitudes de autorización para el pago en parcialidades a que se refiere el punto anterior, se dispensará el otorgamiento de la garantía del interés fiscal por parte de esos patrones y demás sujetos obligados, previo cumplimiento de los demás requisitos establecidos en la Ley del Seguro Social y su Reglamento en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, siempre y cuando continúen realizando el pago de las parcialidades autorizadas por las cantidades y en las fechas correspondientes. Además de que las solicitudes deberán presentarse por los patrones y demás sujetos obligados, a más tardar el 15 de octubre de 2014, para efecto de gozar de la referida facilidad administrativa. Tercero.- Los patrones y demás sujetos obligados a que se refiere el punto Primero del presente Acuerdo, que con anterioridad al mes de agosto de 2014 obtuvieron autorización para efectuar el pago a plazos de cuotas, capitales constitutivos, actualización, recargos y multas, en los términos del artículo 40 C, de la Ley del Seguro Social, podrán diferir el pago de las parcialidades correspondientes al propio mes de agosto de 2014 y las subsecuentes que se les haya autorizado, reanudando su pago en los mismos términos y condiciones autorizados, a partir del mes de noviembre de 2014, sin que se considere que las parcialidades no fueron cubiertas oportunamente, por lo que no se generarán recargos por prórroga o mora. Cuarto.- En el supuesto de que se dejen de pagar total o parcialmente dos o más de las parcialidades a que refiere el presente Acuerdo, se considerarán revocados los beneficios de pago en parcialidades otorgadas en el mismo. En este caso, los titulares de las Subdelegaciones Cabo San Lucas y La Paz, en el Estado de Baja California Sur, exigirán el pago de la totalidad de las cantidades adeudadas al Instituto, con la actualización y los recargos que procedan, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Seguro Social. Quinto.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación para que verifique que la Delegación Regional en Baja California Sur y las Subdelegaciones Cabo San Lucas y La Paz, por el período de agosto a octubre de 2014 no impongan multas o, en su caso, dejen sin efecto las impuestas a los patrones y demás sujetos obligados a que se refiere el presente Acuerdo y que así lo soliciten, en términos del artículo 304 C, de la Ley del Seguro Social, derivadas del incumplimiento del pago de las cuotas obrero patronales que no pueda efectuarse por las mismas circunstancias a que se refiere el punto Primero de este Acuerdo. Sexto.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación, para que promueva la difusión del presente Acuerdo y emita, en su caso, los lineamientos normativos y/o procedimientos para su debida aplicación. Séptimo.- Instruir a la Delegación Regional en Baja California Sur para que, por conducto de la Dirección de Incorporación y Recaudación, informe a este Órgano de Gobierno en el mes de diciembre de 2014, sobre los resultados de la aplicación del presente Acuerdo. Octavo.- Instruir a la Dirección Jurídica, para que realice los trámites necesarios para la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación. Noveno.- Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación".
  • ACDO.IN1.HCT.240914/193.P.DG / Informe de Labores del C. Director General 2013 y Programa de Actividades 2014.
    '193/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, 264, fracción XI y 268, fracción IV, de la Ley del Seguro Social; 66, fracción IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 108 del 17 de septiembre de 2014, signado por el doctor José Antonio González Anaya, Director General del propio Instituto, Acuerda: Primero.- Tomar nota del ‘Informe de Labores del C. Director General 2013-2014 y Programa de Actividades 2014’. Segundo.- El Informe descrito en el punto que antecede, deberá someterse a la consideración de la Centésima Quinta Asamblea General Ordinaria del IMSS, atento a lo previsto en el artículo 261 de la Ley invocada".
  • ACDO.AS1.HCT.240914/194.P.DA / Contratación plurianual para la prestación del Servicio Médico de Procedimientos de Mínima Invasión.
    '194/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 89, fracción II, 251, fracciones IV y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII, y 277 F, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y conforme al planteamiento presentado por el Director General a través de las Direcciones de Administración, de Prestaciones Médicas y de Finanzas; y en términos del oficio 467 del 10 de septiembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como los dictámenes de los Comités de Administración, de Prestaciones Médicas y de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reuniones celebradas los días 18, 19 y 23, respectivamente, del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar que el Instituto, por conducto de la Dirección de Administración, lleve a cabo el procedimiento para la contratación plurianual del Servicio de Procedimientos de Mínima Invasión, por alguno de los plazos siguientes: a) Por un periodo de 36 meses, por un monto total de hasta $4,688’222,699.97 (CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 97/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado, con la distribución anual siguiente: en el ejercicio fiscal 2015, se erogará la cantidad de $1,562’740,899.99 (MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 99/100 M.N.), en el ejercicio fiscal 2016, se erogará la cantidad de $1,562’740,899.99 (MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 99/100 M.N.), y en el ejercicio fiscal 2017, se erogará la cantidad de $1,562’740,899.99 (MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 99/100 M.N.); o b) Por un periodo de 48 meses, por un monto total de $6,070’023,418.76 (SEIS MIL SETENTA MILLONES VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO PESOS 76/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado, con la distribución anual siguiente: en el ejercicio fiscal 2015, se erogará la cantidad de $1,517’505,854.69 (MIL QUINIENTOS DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS 69/100 M.N.), en el ejercicio fiscal 2016, se erogará la cantidad de $1,517’505,854.69 (MIL QUINIENTOS DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS 69/100 M.N.), en el ejercicio fiscal 2017, se erogará la cantidad de $1,517’505,854.69 (MIL QUINIENTOS DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS 69/100 M.N.), y en el ejercicio fiscal 2018, se erogará la cantidad de $1,517’505,854.69 (MIL QUINIENTOS DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS 69/100 M.N.). Será responsabilidad de la Dirección de Administración dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 277 F, de la Ley del Seguro Social. La elección del plazo deberá considerar las mejores condiciones para el Instituto en términos de economía, eficacia y eficiencia. Segundo.- Instruir a la Dirección de Administración, para que considere dentro de su presupuesto de operación en cada ejercicio fiscal a partir del año 2015, las cantidades anuales correspondientes al periodo contratado, de conformidad con el establecido en el punto Primero de este Acuerdo, quedando sujetas a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio de que se trate, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 24 y 25, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 32 y 50, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; así como 277 F y 277 G, de la Ley del Seguro Social. Tercero.- La presente autorización se limita exclusivamente al ámbito presupuestario, y no genera implicación alguna sobre los respectivos procedimientos de contratación, mismos que deberán realizarse con estricto apego a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y las demás disposiciones legales, reglamentarias y jurídicas aplicables. Cuarto.- La Dirección de Administración, en coordinación con las Direcciones de Prestaciones Médicas y de Finanzas, deberán de informar a este Órgano de Gobierno de los resultados del procedimiento de contratación que corresponda y los contratos que al efecto se formalicen y semestralmente presentará el avance en cumplimiento a lo establecido en el presente Acuerdo. Quinto.- Instruir a la Dirección de Administración, para que presente a este Órgano de Gobierno, para su consideración y aprobación, las modificaciones que pudiera requerir esta autorización, privilegiando la continuidad y fortalecimiento del servicio que se proporciona a los derechohabientes".
  • ACDO.AS1.HCT.240914/195.P.DA / Contratación plurianual para la prestación del Servicio Médico de Estudios de Laboratorio Clínico.
    '195/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 89, fracción II, 251, fracciones IV y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII, y 277 F, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y conforme al planteamiento presentado por el Director General a través de las Direcciones de Administración, de Prestaciones Médicas y de Finanzas de este Instituto y en términos del oficio 467 del 10 de septiembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como los dictámenes de los Comités de Administración, Prestaciones Médicas y Presupuesto de este Órgano de Gobierno, en reuniones celebradas los días 18, 19 y 23, respectivamente, del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar que el Instituto, por conducto de la Dirección de Administración, lleve a cabo el procedimiento para la contratación plurianual del Servicio de Estudios de Laboratorio Clínico, por alguno de los plazos siguientes: a) Por un periodo de 36 meses, por un monto total de hasta $10,767’661,342.77 (DIEZ MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS 77/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado, con la distribución anual siguiente: en el ejercicio fiscal 2015, se erogará la cantidad de $3,589’220,447.59 (TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS 59/100 M.N.), en el ejercicio fiscal 2016, se erogará la cantidad de $3,589’220,447.59 (TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS 59/100 M.N.), y en el ejercicio fiscal 2017, se erogará la cantidad de $3,589’220,447.59 (TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS 59/100 M.N.); o b) Por un periodo de 48 meses, por un monto total de hasta $13,941’307,975.08 (TRECE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 08/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado, con la distribución anual siguiente: en el ejercicio fiscal 2015, se erogará la cantidad de $3,485’326,993.77 (TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS VEINTE Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS 77/100 M.N.), en el ejercicio fiscal 2016, la cantidad de $3,485’326,993.77 (TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS VEINTE Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS 77/100 M.N.), en el ejercicio fiscal 2017, la cantidad de $3,485’326,993.77 (TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS VEINTE Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS 77/100 M.N.), y en el ejercicio fiscal 2018, la cantidad de $3,485’326,993.77 (TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS VEINTE Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS 77/100 M.N.). Será responsabilidad de la Dirección de Administración dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 277 F, de la Ley del Seguro Social. La elección del plazo deberá considerar las mejores condiciones para el Instituto en términos de economía, eficacia y eficiencia. Segundo.- Instruir a la Dirección de Administración, para que considere dentro de su presupuesto de operación en cada ejercicio fiscal a partir del año 2015, las cantidades anuales correspondientes al periodo contratado, de conformidad con el punto Primero de este Acuerdo, quedando sujetas a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio de que se trate, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 24 y 25, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 32 y 50, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; así como 277 F y 277 G, de la Ley del Seguro Social. Tercero.- La presente autorización se limita exclusivamente al ámbito presupuestario, y no genera implicación alguna sobre los respectivos procedimientos de contratación, mismos que deberán realizarse con estricto apego a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y las demás disposiciones legales, reglamentarias y jurídicas aplicables. Cuarto.- La Dirección de Administración, en coordinación con las Direcciones de Prestaciones Médicas y de Finanzas, deberá de informar a este Órgano de Gobierno de los resultados del procedimiento de contratación que corresponda y los contratos que al efecto se formalicen; y semestralmente presentará el avance en el cumplimiento de lo establecido en este Acuerdo. Quinto.- Instruir a la Dirección de Administración, para que presente a este Órgano de Gobierno, para su consideración y aprobación, las modificaciones que pudiera requerir esta autorización, privilegiando la continuidad y fortalecimiento del servicio que se proporciona a los derechohabientes".
  • ACDO.SA2.HCT.240914/198.P.SG / Se autoriza dejar sin efectos el Acuerdo ACDO.SA2.HCT.081210/370.P.SG, dictado en sesión del 8 de diciembre de 2010.
    '198/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción VII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y con el fin de que los Consejos Consultivos Delegacionales y las Juntas de Gobierno de las Unidades Médicas de Alta Especialidad (UMAE’s), coadyuven en el cumplimiento y seguimiento de las metas e indicadores del Programa Institucional del Instituto Mexicano del Seguro Social (PIIMSS) 2014-2018; y en términos del oficio sin número, del 12 de septiembre de 2014, Acuerda: Primero.- Se instruye a las Juntas de Gobierno de las Unidades Médicas de Alta Especialidad, para que celebren las sesiones durante la tercer semana de cada mes. Segundo.- El Acuerdo ACDO.SA2.HCT.081210/370.P.SG queda sin efectos, por lo que se refiere al ámbito de competencia de las Juntas de Gobierno de las Unidades Médicas de Alta Especialidad. Tercero.- Se instruye a los Consejos Consultivos Delegacionales y a las Juntas de Gobierno de las UMAE’s para que aprueben su calendario de sesiones de forma anual. El calendario deberá ser autorizado en la sesión de noviembre de cada año. Cuarto.- A la aprobación correspondiente recaerá un Acuerdo de cada Junta de Gobierno de UMAE y Consejo Consultivo Delegacional, en cuya redacción se observarán las fechas programadas, así como las sedes en que se llevarán a cabo las sesiones. Quinto.- La Secretaría General dará seguimiento al cumplimiento de ese Acuerdo, en el capítulo correspondiente de los Informes sobre el funcionamiento de las Juntas de Gobierno de las UMAE’s del IMSS, que se presentan cuatrimestralmente ante este Órgano Superior. Sexto.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del 1° de enero de 2015".
  • ACDO.DN.HCT.240914/199.P.SG / Designación de representantes propietario y suplente, ante la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Especialidades No. 1 del CMN del Bajío “Lic. Ignacio García Téllez", en León, Guanajuato (CROC).
    '199/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción II, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar las propuestas de designación comunicadas por el senador Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), mediante oficio sin número, del 11 de agosto de 2014, en favor de los CC. Brenda Natalia Hernández Campos y Victoriano Fernández Luna, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la primera fórmula del Sector Obrero, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades No. 1, del Centro Médico Nacional del Bajío ‘Lic. Ignacio García Téllez’, en León, Guanajuato, en sustitución de los CC. Irma Oliva Gómez Conteras y Gilberto Galindo Ramírez, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdos ACDO.DS.HCT.290114/7.P.SG y ACDO.DS.HCT.290611/169.P.SG, dictados en sesiones del 29 de enero de 2014 y 29 de junio de 2011, respectivamente, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAP2.HCT.290114/2.P.SG / Informe Cuantitativo y Cualitativo de los Recursos de Inconformidad, correspondiente al tercer cuatrimestre de 2013 y anual.
    '2/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio circular 6285 del 26 de noviembre de 2013, y del oficio sin número, del 16 de enero de 2014, signados por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota de los Informes Cuantitativo y Cualitativo de los Recursos de Inconformidad interpuestos ante los Consejos Consultivos Delegacionales, correspondientes al tercer cuatrimestre de 2013 y anual, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en el punto Tercero del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.260111/10.P.SG, dictado en sesión del 26 de enero de 2011".
  • ACDO.DN.HCT.290114/2.P.DG / Nombramiento del Titular de la Dirección de Finanzas.
    '2/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, 264, fracciones IX y XVII, y 286 H, de la Ley del Seguro Social; 5 y 58, fracción XI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; así como 31, fracción III, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y conforme a la propuesta presentada por el Director General a través del Director Jurídico, mediante oficio 15 del 21 de enero de 2014, Acuerda: Único.- Nombrar al maestro Carlos Alberto Treviño Medina, como Titular de la Dirección de Finanzas, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Este nombramiento surtirá efectos a partir del 1° de febrero de 2014".
  • ACDO.IN3.HCT.290114/20.P.DF / Informe de los rendimientos generados por las operaciones de inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuentas 1, 2A y 2B, del FCOLCLC, con corte al mes de noviembre de 2013.
    '20/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III, XXII y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX y 70, fracción XIII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 9, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; y en términos del oficio 11 del 17 de enero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Primero.- Tomar nota del Informe relativo a los rendimientos generados por las operaciones de inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuentas 1, 2A y 2B, del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal y Contractual, con corte al mes de noviembre de 2013. Segundo.- Tomar nota de la operación de venta de un instrumento financiero de la Reserva Financiera y Actuarial del Seguro de Enfermedades y Maternidad, comprendida en el informe referido en el punto que antecede, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en el punto Tercero del Acuerdo ACDO.SA3.HCT.200313/66.P.DF, dictado en sesión del 20 de marzo de 2013".
  • SCAP1.HCT.260214/20.P.DIDT / Informe de avance en la implementación de la Estrategia de Actualización del ECE, correspondiente al cuarto trimestre de 2013.
    '20/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 9 del 30 de enero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico, toma nota del Informe de avance en la implementación de la Estrategia de Actualización del Expediente Clínico Electrónico, con corte al cuarto trimestre de 2013, en cumplimento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno, en el punto Segundo del Acuerdo ACDO.IN1.HCT.300512/132.P.DIDT, dictado en sesión del 30 de mayo de 2012".
  • ACDO.DS.HCT.240914/200.P.SG / Designación de representante suplente, por la Confederación Regional Obrera Mexicana (CROM), ante el H. Consejo Técnico del IMSS.
    '200/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, de la Ley del Seguro Social; 14, fracción IV, 27 y 29, fracción I, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Tomar nota de la designación comunicada por el licenciado Rodolfo G. González Guzmán, representante del Sector Obrero por la Confederación Regional Obrera Mexicana (CROM), ante el propio Órgano de Gobierno, mediante oficio número 1046-I del 17 de septiembre de 2014, en favor de la licenciada Taide Alejandra González Baca, como representante suplente ante el Consejo Técnico, en sustitución del licenciado Erick Martínez Cuevas, cuyo antecedente obra en el Acuerdo ACDO.DS.HCT.210710/186.P.SG, dictado en sesión del 21 de julio de 2010 y surtirá sus efectos, provisionalmente, a partir del 24 de septiembre de 2014, hasta en tanto la H. Asamblea General del IMSS dicte el Acuerdo correspondiente".
  • ACDO.SA2.HCT.240914/201.P.DA / Se autoriza modificar la estructura orgánica de la Dirección de Finanzas y de la Unidad de Planeación Estratégica Institucional.
    '201/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 251, fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264, fracciones III, IV, XIV y XVII, 270 y 286 I, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción VIII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones I, XII y XX, 66, fracción IV, y 84, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; numeral 8.1.1, de la Norma que Establece las Disposiciones para Elaborar, Autorizar y Registrar las Estructuras Orgánicas, Ocupacionales y Salariales de Puestos de Mando y de Nómina Ordinaria del IMSS; y en términos del oficio 467 del 10 de septiembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 18 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar los movimientos organizacionales solicitados por la Unidad de Planeación Estratégica Institucional. Segundo.- Autorizar a la Dirección de Administración para modificar la estructura orgánica de la Unidad descrita en el punto que antecede, misma que considera que cuatro de sus puestos de mando correspondientes a la Coordinación de Despliegue Estratégico y Evaluación de los Programas Institucionales; División de Medición del Impacto de los Programas Institucionales; División de Seguimiento y Evaluación de la Aplicación de los Programas y la División de Desarrollo de Modelos de Operación Institucionales, cambien de adscripción a la Dirección de Finanzas, así como sus denominaciones por: Coordinación de Estrategia y Planeación Financiera; División de Proyectos de Gestión Presupuestal; División de Políticas de Asignación Presupuestal; y División de Información Directiva, manteniendo sus mismos niveles salariales, a excepción de la Coordinación de Estrategia y Planeación Financiera, cuyo nivel se homologue al que tienen asignadas las Coordinaciones Normativas de la Estructura Orgánica de la Dirección de Finanzas. Tercero.- Tomar nota que las adecuaciones de estructura orgánica antes citadas, no implicarán un incremento en el número total de plazas, ni en el presupuesto autorizado en servicios personales del Instituto Mexicano del Seguro Social para el presente ejercicio y los subsecuentes. Cuarto.- Instruir a la Unidad de Planeación Estratégica Institucional y a la Dirección de Finanzas, para actualizar sus Manuales de Organización respectivos, en congruencia con las modificaciones organizacionales aprobadas en el presente Acuerdo. Quinto.- Instruir a la Unidad de Planeación Estratégica Institucional para que proceda a realizar las acciones conducentes para transferir a la Dirección de Finanzas, los recursos humanos, materiales y financieros, así como los expedientes y archivos de las unidades administrativas que se transfieren a dicha Dirección, de conformidad a la reestructuración aprobada, observando para tales efectos lo dispuesto en las normas jurídicas y administrativas aplicables. Sexto.- Instruir a la Dirección Jurídica para que, conforme a lo previsto en el artículo 75, fracción IV, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, coordine la formulación y presentación a este Consejo Técnico del proyecto de Decreto de Reformas al citado Reglamento, en lo que así proceda, derivado de la reestructuración orgánica aprobada con el presente Acuerdo, a fin de someterlo a la consideración de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y, en su caso, se someta a consideración del Presidente de la República, para que en términos de sus facultades reglamentarias, si lo considera conveniente, lo expida y publique en el Diario Oficial de la Federación. Séptimo.- Tomar nota que el presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente de la fecha en que haya sido emitido, por lo que quedan sin efectos todas aquellas disposiciones administrativas que se le contrapongan".
  • ACDO.SA2.HCT.240914/202.P.DA / Segunda Modificación al Programa Anual de Disposición Final de Bienes Muebles 2014.
    '202/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracción XXXVII, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 131 y 139, de la Ley General de Bienes Nacionales; así como los numerales 8.1.7, 8.1.9, 8.1.11 y 8.6.2, de la Norma que Establece las Bases Generales para el Registro, Afectación, Disposición Final y Baja de Bienes del Instituto Mexicano del Seguro Social; 26, 31, fracción XX, 144, fracción IV, y 148, fracción III, del Reglamento Interior del IMSS; y en términos del oficio 467 del 10 septiembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 18 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar la Segunda Modificación al Programa Anual de Disposición Final de Bienes Muebles, 2014, que presenta la Dirección de Administración, a solicitud de las Delegaciones y las Unidades Médicas de Alta Especialidad (UMAE´s) que se mencionan a continuación: Aguascalientes, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima, Durango, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Estado de México Oriente, Estado de México Poniente, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz Norte, Veracruz Sur, Yucatán, Zacatecas, Delegación Norte, Delegación Sur, y las UMAE’s: Hospital de Gineco Obstetricia No. 4 ‘Luis Castelazo Ayala’, en el Distrito Federal; Hospital de Gineco Pediatría No. 48 del Centro Médico Nacional del Bajío, en León, Guanajuato; Hospital de Especialidades y Hospital de Gineco Obstetricia, del Centro Médico Nacional de Occidente, en Guadalajara, Jalisco, y Hospital de Especialidades No. 14 del Centro Médico Nacional ‘Adolfo Ruiz Cortines’, en Veracruz, Ver. Segundo.- Autorizar a los Delegados y Directores de UMAE´s, a celebrar los contratos de donación de los desechos de cartón, papel archivo y papel general, con la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos únicamente en aquéllas Delegaciones o UMAE´s consideradas como unidades viables por la citada Comisión para donar estos desechos. Tercero.- La Dirección de Administración deberá informar a este Órgano de Gobierno, dentro del transcurso del primer trimestre del año 2015, los resultados del Programa de Disposición Final de Bienes Muebles, ejercicio fiscal 2014 (modificado). Consecuentemente se deroga el punto Primero del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.040414/69.P.DA".
  • ACDO.SA2.HCT.240914/203.P.DA / Se autoriza la contratación de 47 prestadores de servicios profesionales por honorarios, con percepción mayor al nivel 63, para el ejercicio 2015.
    '203/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, 264, fracción XVII, y 277 D, de la Ley del Seguro Social; 69, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 131 de su Reglamento; y 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con lo establecido en el ‘Procedimiento para la Contratación de Servicios Profesionales o Especiales Bajo el Régimen de Honorarios’ modificado con Acuerdo ACDO-HCT-311007/445.P.(D.A.E.D), dictado por este Órgano de Gobierno en sesión del 31 de octubre de 2007 y de acuerdo a la propuesta que hace el Director General por conducto del Director de Administración; y en términos del oficio 467 del 10 de septiembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 18 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar a la Dirección mencionada para que, a través de la Unidad de Personal, realice la contratación de 47 prestadores de Servicios Profesionales por Honorarios para el ejercicio 2015, con percepción mayor al Nivel 63 del tabulador de sueldos del personal de confianza, y que se precisan en el Anexo Único que se acompaña al presente los cuales se encuentran considerados dentro del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para dicho ejercicio fiscal. Las contrataciones a que se refiere el presente Acuerdo quedarán sujetas a la disponibilidad presupuestaria correspondiente. Segundo.- La presente autorización se limita exclusivamente al ámbito presupuestario y no genera implicación alguna sobre los respectivos procedimientos de contratación, mismos que deberán realizarse con estricto apego a las disposiciones, legales, reglamentarias y jurídicas aplicables. Tercero.- La Dirección de Administración deberá de informar a este Órgano de Gobierno de los contratos de prestación de servicios por honorarios que al efecto se formalicen con base en este Acuerdo".
  • ACDO.SA2.HCT.240914/204.P.DA / Se modifica la estructura orgánica de la Unidad de Desarrollo Organizacional, Competitividad e Igualdad.
    '204/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264, fracciones III, IV, XIV y XVII, 270 y 286 I, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción VIII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones I, XII y XX, 66, fracción IV y 84, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; numeral 8.1.1, de la Norma que Establece las Disposiciones para Elaborar, Autorizar y Registrar las Estructuras Orgánicas, Ocupacionales y Salariales de Puestos de Mando y de Nómina Ordinaria del Instituto; y en términos del oficio 467 del 10 de septiembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 18 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar el movimiento organizacional solicitado por la Dirección enunciada. Segundo.- Autorizar a la citada Dirección para modificar la estructura orgánica de la Unidad de Desarrollo Organizacional, Competitividad e Igualdad, misma que considera el cambio de denominación de la Coordinación Técnica de Igualdad y Género por Coordinación de Igualdad y Género, manteniendo el mismo nivel salarial que a la fecha tiene autorizado, así como su tramo de control. Tercero.- Instruir a la Dirección de Administración para que proceda a la elaboración de la descripción del puesto que se modifica con el presente Acuerdo. Cuarto.- Instruir a la Dirección descrita en el punto que antecede para actualizar su Manual de Organización, en congruencia con la modificación organizacional aprobada en el presente Acuerdo. Quinto.- Tomar nota que el presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente de la fecha en que haya sido emitido, por lo que quedan sin efecto todas aquellas disposiciones administrativas que se le contrapongan".
  • ACDO.SA2.HCT.240914/205.P.DA / Se modifica la estructura orgánica de la Unidad de Personal.
    '205/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264, fracciones III, IV, XIV y XVII, 270 y 286 I, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción VIII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones I, XII y XX, 66, fracción IV y 84, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; numeral 8.1.1, de la Norma que Establece las Disposiciones para Elaborar, Autorizar y Registrar las Estructuras Orgánicas, Ocupacionales y Salariales de Puestos de Mando y de Nómina Ordinaria del IMSS; y en términos del oficio 467 del 10 de septiembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 18 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar los movimientos organizacionales solicitados por la Dirección de Administración. Segundo.- Autorizar a la Dirección enunciada para modificar la estructura orgánica de la Unidad de Personal, misma que considera la conversión de la Coordinación Técnica de Modernización de Servicios de Personal a Coordinación de Nómina de Mando, Evaluación y Mejora de Procesos de Recursos Humanos y se revalúe salarialmente de LA1 a LC1, así como el cambio de denominación de la Coordinación de Sistemas de Información a Coordinación de Administración de Información de Personal y Comunicación Interna, manteniendo el nivel salarial que a la fecha tiene autorizado LC2. Tercero.- Tomar nota que las adecuaciones de estructura orgánica antes citadas, no implicarán un incremento en el número total de plazas, ni en el presupuesto autorizado en servicios personales del Instituto para el presente ejercicio y los subsecuentes. Cuarto.- Instruir a la Dirección de Administración para actualizar su Manual de Organización, en congruencia con las modificaciones organizacionales aprobadas en el Acuerdo que nos ocupa. Quinto.- Tomar nota que el presente Acuerdo tendrá efectos retroactivos a partir del 1º de septiembre de 2014".
  • ACDO.SA2.HCT.240914/206.P.DA / Se modifica el Acuerdo ACDO.SA2.HCT.290114/18.P.DA.
    '206/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 116 y 117, segundo párrafo, y Décimo Cuarto Transitorio, de Ley General de Bienes Nacionales; 31, fracciones XV, XVI y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 467 del 10 de septiembre de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 18 del mes y año citados, Acuerda.- Único: Modificar los puntos Primero, Segundo, Tercero, Quinto y Sexto, y adicionar un punto Séptimo, al Acuerdo número ACDO.SA2.HCT.290114/18.P.DA, aprobado por este Órgano de Gobierno en sesión del 29 de enero de 2014, para quedar como sigue: ".
  • ACDO.SA2.HCT.240914/207.P.DA / Se autoriza el uso temporal y gratuito de espacios en inmuebles propiedad del Instituto, a la Fundación IMSS, A.C., para instalar ludotecas exentando a ésta del pago de las cuotas de recuperación por servicios.
    '207/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 84, fracción XII, 116 y Décimo Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales; 31, fracciones XVI y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y términos del oficio 467 del 10 de septiembre de 2014, signado por el Director de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 18 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar a la Fundación IMSS, A.C., el uso temporal y gratuito de espacios en inmuebles propiedad del Instituto, para instalar ludotecas mediante la celebración de contratos de comodato, exentando a la Fundación del pago de las cuotas de recuperación por pago de servicios. Para tal efecto, se instruye a la Dirección de Administración a realizar las gestiones necesarias para coordinar la formalización de los instrumentos jurídicos respectivos por parte de los titulares de los Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada que se indican en el Anexo 1 de este Acuerdo, en términos de la normatividad aplicable en la materia. Segundo.- La Dirección de Administración deberá informar el resultado de las acciones que se realicen en cumplimiento a lo establecido en el presente Acuerdo".
  • ACDO.SA2.HCT.240914/208.P.DA / Exención del pago de servicios a la Fundación IMSS, A.C.
    '208/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 84, fracción XII, 116 y Décimo Cuarto transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales; 31, fracciones XVI y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 467 del 10 de septiembre de 2014 signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 18 del mes y año citados, Acuerda: Primero: Modificar el inciso m), del punto Primero del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.300113/24.P.DAED, aprobado por el propio Consejo en sesión del 30 de enero de 2013, para quedar como sigue: ’. Segundo.- Instruir a la Dirección de Administración para que, por conducto del Coordinador de Conservación y Servicios Generales, formalice el convenio modificatorio al contrato de comodato suscrito con la Fundación IMSS, A.C., por el que se elimine la obligación a cargo de esa Asociación de recuperar al Instituto una cantidad mensual por el pago que éste realiza por concepto de servicios de energía eléctrica, telefonía, agua, limpieza, vigilancia, un cajón de estacionamiento, internet, soporte técnico, mantenimiento, servicios sanitarios y depreciación del edificio. Tercero.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que realice las adecuaciones presupuestarias correspondientes, derivadas de la disminución en los ingresos del Instituto con motivo de lo autorizado en el presente Acuerdo. Cuarto.- Instruir a la Dirección de Administración para que informe a este Consejo Técnico sobre el cumplimiento de este Acuerdo".
  • ACDO.IN3.HCT.240914/209.P.DF / Informe relativo a las operaciones de inversión, rendimientos y composición de las inversiones de las RFA’s y el FCOLCLC, con corte al mes de julio de 2014.
    '209/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III, XXII y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX y 70, fracción XIII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 9, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; y en términos del oficio 402 del 11 de septiembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe relativo a las operaciones de inversión, los rendimientos obtenidos y la composición de las inversiones de las Reservas Financieras y el Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, con corte al mes de julio de 2014".
  • SCAP2.HCT.260214/21.P.DIDT / Informe de avance de la solución tecnológica que contribuya al desarrollo del Programa de Educación a Distancia, con corte al mes de enero de 2014.
    '21/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 9 del 30 de enero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico, toma nota del Informe de avance en la solución tecnológica que contribuye al desarrollo del Programa de Educación a Distancia, con corte al mes de enero de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno, en el punto Tercero del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.270411/125.P.DPM, dictado en sesión del 27 de abril de 2011".
  • ACDO.IN3.HCT.290114/21.P.DF / Informe de Actividades de la CIF, correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2013.
    '21/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y 9, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; y en términos del oficio 11 del 17 de enero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota de los Informes de Actividades de la Comisión de Inversiones Financieras, correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2013".
  • ACDO.IN3.HCT.240914/210.P.DF / Informe de Actividades de la CIF, correspondiente al mes de agosto de 2014.
    '210/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y 9, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; y en términos del oficio 402 del 11 de septiembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe de Actividades de la Comisión de Inversiones Financieras, con corte al mes de agosto de 2014".
  • ACDO.SA2.HCT.240914/212.P.DPES / Donación pura, no onerosa, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., de 270 carritos de supermercado, para contribuir al fortalecimiento del SNT.
    '212/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, V y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción XVI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 31, fracciones XVII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; en relación con lo previsto en el artículo 182, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y conforme al planteamiento presentado por la Dirección General, por conducto de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, mediante oficio 334 del 10 de septiembre de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto del Director de Prestaciones Económicas y Sociales, acepte en donación pura, no onerosa, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., consistente en 270 carritos para supermercado con un valor de $936,468.00 (NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado, cuyas especificaciones técnicas se señalan en el Anexo Único que se acompaña al presente Acuerdo, a fin de apoyar el equipamiento de las Tiendas IMSS-SNTSS. Segundo.- Instruir al Director de Prestaciones Económicas y Sociales, a fin de que en coordinación con la Dirección Jurídica, realice los trámites de formalización del contrato de donación respectivo, atendiendo a lo previsto en los artículos 2332 al 2335 y 2344, del Código Civil Federal. Tercero.- Instruir a la Dirección de Finanzas, a fin de que se registre para efectos contables el valor de los bienes objeto de la donación".
  • ACDO.SA3.HCT.240914/213.P.DPM / Se actualizan las Reglas de Operación del FIS.
    '213/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 23, 26, 27 y 50, fracción V, de la Ley de Ciencia y Tecnología; 31, fracciones XII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General, a través del Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas, mediante oficio 148 del 19 de septiembre de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre, del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Aprobar las Reglas de Operación del Fideicomiso Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico, denominado Fondo de Investigación en Salud (FIS), que se describen en el Anexo Único de este Acuerdo. Segundo.- Abrogar las Reglas de Operación aprobadas por este Órgano de Gobierno mediante Acuerdo 280/2006 del 28 de junio de 2006. Tercero.- Los procesos y actos que hubieren iniciado durante la vigencia de las Reglas de Operación que se abrogan conforme al punto Segundo de este Acuerdo, continuarán desarrollándose en los términos de las mimas hasta su total conclusión. Cuarto.- Instruir a la Dirección Jurídica para que asesore y apoye a la Dirección de Prestaciones Médicas, en la formalización de los instrumentos jurídicos que se requieran para el cumplimento del presente Acuerdo".
  • ACDO.SA2.HCT.240914/214.P.DPM / Se autoriza colocar dos bustos de médicos destacados en la Plaza de los Médicos Ilustres del IMSS.
    '214/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del IMSS; y de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General, a través del Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas, mediante oficio 148 del 19 de septiembre de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre, del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Único.- Autorizar y expresar su beneplácito para que sean colocados un busto del doctor Gonzalo Gutiérrez Trujillo y un busto del doctor Jorge Martínez Manautou, en la ‘Plaza de los Médicos Ilustres del Instituto Mexicano del Seguro Social’, y que sean develados en el mes de octubre de 2014, como un merecido reconocimiento a su ejemplo de vida, desarrollo profesional y ejercicio ético de la medicina, en beneficio de los derechohabientes del Seguro Social".
  • ACDO.SA2.HCT.240914/215.P.DPM / Donación ofrecida por la Fundación IMSS, A.C.: 1 lámpara AccuVein y 1 funda para la misma, para el CMN “Siglo XXI".
    '215/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, V y XXXVII, 263 y 264, fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción VII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones XVII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; en relación con lo previsto en el artículo 182, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y conforme al planteamiento presentado por la Dirección General, por conducto del Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas, mediante oficio 148 del 19 de septiembre de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto del Director de Prestaciones Médicas, acepte la donación pura, no onerosa, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., consistente en una lámpara AccuVein y una funda para la misma, con un valor de $79,331.32 (SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 32/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado, con el fin de apoyar el equipamiento de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Pediatría ‘Dr. Silvestre Frenk Freund’ del Centro Médico Nacional ‘Siglo XXI’, Distrito Federal. Segundo.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que se registre, para efectos contables, el valor de los bienes objeto de la donación. Tercero.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas a fin de que, en coordinación con la Dirección Jurídica, realice los trámites para la formalización del contrato de donación respectivo, atendiendo a lo previsto en el Código Civil Federal".
  • ACDO.SA2.HCT.240914/216.P.DPM / Donación ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., consistente en: 18 sillones para hemodiálisis, en el Hospital de Ginecología del CMN “La Raza", D.F.
    '216/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, V y XXXVII, 263 y 264, fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción VII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones XVII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; en relación con lo previsto en el artículo 182, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y conforme al planteamiento presentado por la Dirección General, por conducto del Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas, mediante oficio 148 del 19 de septiembre de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto del Director de Prestaciones Médicas, acepte la donación pura, no onerosa, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., consistente en 18 sillones de hemodiálisis, con un valor de $200,448.00 (DOSCIENTOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado, cuya descripción se señala en el Anexo Único del presente Acuerdo, con el fin de apoyar el equipamiento de la unidad de quimioterapia de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Gineco Obstetricia No. 3 ‘Dr. Víctor Manuel Espinosa de los Reyes Sánchez’ del Centro Médico Nacional ‘La Raza’, Distrito Federal. Segundo.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que se registre, para efectos contables, el valor de los bienes objeto de la donación. Tercero.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas a fin de que, en coordinación con la Dirección Jurídica, realice los trámites para la formalización del contrato de donación respectivo, atendiendo a lo previsto en el Código Civil Federal".
  • ACDO.SA2.HCT.240914/217.P.DPM / Donación ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., consistente en: 6 equipos de gimnasio para exterior, para la UMF No. 57, en Irapuato, Gto.
    '217/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, V y XXXVII, 263 y 264, fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción VII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones XVII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; en relación con lo previsto en el artículo 182, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y conforme al planteamiento presentado por la Dirección General, por conducto del Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas, mediante oficio 148 del 19 de septiembre de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto del Director de Prestaciones Médicas, acepte la donación pura, no onerosa, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., consistente en 6 equipos de gimnasio para exterior, con un valor de $76,132.01 (SETENTA Y SEIS MIL CIENTO TREINTA Y DOS PESOS 01/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado, cuya descripción se señala en el Anexo Único del presente Acuerdo, con el fin de promover una mejor calidad de vida y fortalecer la salud de los derechohabientes de la Unidad de Medicina Familiar No. 57, en Irapuato, Guanajuato. Segundo.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que se registre, para efectos contables, el valor de los bienes objeto de la donación. Tercero.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas a fin de que, en coordinación con la Dirección Jurídica, realice los trámites para la formalización del contrato de donación respectivo, atendiendo a lo previsto en el Código Civil Federal".
  • ACDO.SA2.HCT.240914/218.P.DPM / Donación ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., consistente en: 5 estaciones o paraderos y 50 botes de basura, para el Centro Médico Nacional “Siglo XXI".
    '218/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, V y XXXVII, 263 y 264, fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción VII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones XVII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; en relación con lo previsto en el artículo 182, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y conforme al planteamiento presentado por la Dirección General, por conducto del Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas, mediante oficio 148 del 19 de septiembre de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto del Director de Prestaciones Médicas, acepte la donación pura, no onerosa, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., consistente en 5 estaciones o paraderos, y 50 botes de basura, con un valor de $501,686.66 (QUINIENTOS UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS 66/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado, cuya descripción se señala en el Anexo Único que se acompaña al presente Acuerdo, con el fin de apoyar el equipamiento de las Unidades Médicas de Alta Especialidad del Centro Médico Nacional ‘Siglo XXI’, en el Distrito Federal. Segundo.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que se registre, para efectos contables, el valor de los bienes objeto de la donación. Tercero.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas a fin de que, en coordinación con la Dirección Jurídica, realice los trámites para la formalización del contrato de donación respectivo, atendiendo a lo previsto en el Código Civil Federal".
  • ACDO.SA2.HCT.240914/219.P.DPM / Se modificar la actual denominación del Programa IMSS Oportunidades, para que en lo sucesivo se identifique como Programa IMSS PROSPERA.
    '219/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 215, 216 A, fracción III, 251, fracciones I, IV, VI, VII, XX, XXXVI y XXXVII, 251 A, 263, 264, fracciones III, IV, IX, XIV y XVII y 286 I, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción VIII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 77, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 31, fracciones I, III, y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como Quinto y Octavo transitorios del Decreto por el que se crea la Coordinación Nacional de PROSPERA Programa de Inclusión Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de septiembre de 2014; y con base en la propuesta que presenta el Director General, a través del Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas, mediante oficio 148 del 19 de septiembre de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre, del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Aprobar el cambio de denominación del ‘Programa IMSS Oportunidades’, para que en lo sucesivo se identifique como ‘Programa IMSS PROSPERA’. En tanto se emiten las Reglas de Operación del Programa IMSS PROSPERA, se mantendrán vigentes las del Programa IMSS Oportunidades publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 17 de diciembre de 2013. Segundo.- Aprobar la modificación de la estructura orgánica básica del Instituto, consistente en el cambio de la denominación de la ‘Unidad del Programa IMSS Oportunidades’ adscrita a la Dirección de Prestaciones Médicas, por la de ‘Unidad del Programa IMSS PROSPERA’, en su misma adscripción. Dicho cambio no implicará modificaciones al presupuesto autorizado en servicios personales del Instituto para el presente ejercicio y los subsecuentes, toda vea que se trata únicamente de un cambio de denominación. Tercero.- Nombrar a la doctora Frinné Azuara Yarzábal, como Titular de la Unidad del Programa IMSS PROSPERA, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Este nombramiento surtirá efectos a partir del día siguiente a la fecha de la aprobación del presente Acuerdo. Cuarto.- Las menciones que en otras disposiciones reglamentarias, jurídicas o administrativas se hagan respecto a la ‘Unidad IMSS Oportunidades’ y al ‘Programa IMSS Oportunidades’, se entenderán referidas a la ‘Unidad del Programa IMSS PROSPERA’ y al ‘Programa IMSS PROSPERA’, respectivamente. Quinto.- Los recursos presupuestarios para el ejercicio fiscal 2014 previstos para el ‘Programa IMSS Oportunidades’, serán ejercidos por la ‘Unidad del Programa IMSS PROSPERA’, en los términos que establecen los ordenamientos aplicables en la materia. Sexto.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas para que, a más tardar el 31 de diciembre de 2014, actualice su Manual de Organización y las normas, procedimientos, guías y demás normatividad institucional en la materia, derivado de los cambios de denominación a que se refiere el presente Acuerdo. Séptimo.- Instruir a la Dirección Jurídica para que, conforme a lo previsto en el artículo 75, fracción IV, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, coordine la formulación y presentación a este Consejo Técnico, del anteproyecto de Decreto por el que se reforma el citado Reglamento, así como el Reglamento de Prestaciones Médicas del Instituto Mexicano del Seguro Social, en lo que así proceda, derivado de la reestructuración orgánica aprobada con el presente Acuerdo, a fin de someterlo a la consideración de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y, en su caso, se presente al Presidente de la República para que en términos de sus facultades reglamentarias, si lo considera conveniente, lo expida y publique en el Diario Oficial de la Federación. Octavo.- Instruir al Director General para que, por conducto del Director de Administración, promueva las modificaciones al Contrato Colectivo de Trabajo y sus Reglamentos, así como al Estatuto de Trabajadores de Confianza ‘A’ del Instituto Mexicano del Seguro Social, que resulten necesarias con motivo de los cambios de denominación a que se refieren los puntos Primero y Segundo del presente Acuerdo. Noveno.- La expedición de este Acuerdo no afecta la relación laboral entre el Instituto y los trabajadores del ‘Programa IMSS Oportunidades’, por lo que conservarán los derechos correspondientes. Décimo.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente a la fecha de su aprobación, por lo que quedan sin efectos todas aquellas disposiciones administrativas que se le contrapongan".
  • SCAP3.HCT.260214/22.P.DPES / Informe sobre el número y monto de préstamos otorgados a cuenta de pensión, así como su recuperación, correspondiente al ejercicio 2013.
    '22/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracción XXXVII, 263 y 264, fracción III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 31 del 14 de febrero de 2014, signado por la Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, toma nota del Informe sobre el número y monto de los préstamos otorgados a cuenta de pensión, así como su recuperación, correspondiente al ejercicio 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en el punto VIII del Acuerdo 434/1989 y punto Segundo del diverso ACDO.SA2.HCT.270411/112.P.SG, dictados en sesiones del 28 de junio de 1989 y 27 de abril de 2011, respectivamente".
  • ACDO.SA3.HCT.290114/22.P.DIR / Se autoriza el Aviso mediante el cual se dan a conocer los costos de mano de obra por m2 para la obra privada, así como los factores (porcentajes) de los contratos regidos por la LOPSRM, para el ejercicio 2014.
    '22/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones II, IV y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 18, cuarto párrafo, del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado; conforme a lo establecido en el Acuerdo 58/92, dictado por este Órgano de Gobierno en sesión del 26 de febrero de 1992; y en términos del oficio 4 del 16 de enero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, así como de la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 15 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar el ‘Aviso mediante el cual se dan a conocer los costos de mano de obra por metro cuadrado para la obra privada, así como los factores (porcentajes) de mano de obra de los contratos regidos por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para el año 2014’, propuesto por la Dirección de Incorporación y Recaudación, el cual se agrega como Anexo Único del presente Acuerdo. Segundo.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación para que, por conducto de la Unidad de Fiscalización y Cobranza, resuelva las dudas o aclaraciones que con motivo de la aplicación de este Acuerdo, presenten las unidades administrativas del Instituto. Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica, para que realice los trámites necesarios ante las instancias competentes, a efecto de que este Acuerdo y su Anexo, se publiquen en el Diario Oficial de la Federación".
  • ACDO.IN2.HCT.170914/221.P.SG / Informe de seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones de la H. Comisión de Vigilancia en la 104 AGO, con corte al 23 de septiembre de 2014.
    '221/2014 / 17 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción III y 68, fracción IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; de conformidad con lo establecido en el numeral 1.9.2.9, de los Lineamientos Operativos del H. Consejo Técnico, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en el Acuerdo ACDO.IN2.HCT.301013/302.P.SG, dictado en sesión del 30 de octubre de 2013; y en términos del oficio sin número, del 23 de septiembre de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de avance al cumplimiento de las recomendaciones formuladas por la H. Comisión de Vigilancia en la Centésima Cuarta Asamblea General Ordinaria del IMSS, celebrada el 25 de octubre de 2013, a las Direcciones de Administración, Finanzas, Innovación y Desarrollo Tecnológico, Jurídica, Prestaciones Económicas y Sociales, Prestaciones Médicas y a la Unidad de Planeación Estratégica Institucional, con corte al propio 23 de septiembre del presente año, y en el cual consta el cumplimiento total de 14 de las 16 recomendaciones emitidas por dicho Órgano, debiendo informar la Secretaría General, sobre el resultado que al efecto se obtenga respecto a las 2 restantes".
  • ACDO.DS.HCT.240914/222.P.SG / Designación de representante suplente, ante la H. Comisión de Vigilancia del IMSS (CONCANACO-SERVYTUR).
    '222/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 265, de la Ley del Seguro Social; 47 y 48, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, toma nota de la designación comunicada por el ingeniero Enrique Solana Sentíes, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), mediante oficio sin número del 17 del mes y año citados, en favor del contador público Erick Suárez Márquez, como representante suplente, ante la H. Comisión de Vigilancia del IMSS, en sustitución del licenciado Miguel Alfaro Aranguren, cuyo antecedente obra en el Acuerdo ACDO.DS.HCT.270509/110.P.SG, dictado en sesión del 27 de mayo de 2009, misma que surtirá sus efectos, provisionalmente, a partir del 24 de septiembre de 2014, hasta en tanto la H. Asamblea General del Instituto dicte el Acuerdo respectivo, comuníquese esta determinación a la H. Comisión de Vigilancia".
  • ACDO.IN2.HCT.240914/223.P.SG / Fecha de la próxima sesión.
    '223/2014 / 24 de Septiembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el artículo 263, de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las dieciséis treinta horas del 29 de octubre de 2014".
  • ACDO.SA2.HCT.131014/224.P.DG / Revisión salarial 2014-2015.
    '224/2014 / 13 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; así como 31, fracciones XVIII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por la Dirección General, por conducto del Director de Administración, con fecha 10 de octubre de 2014, Acuerda: Único.- Autorizar la celebración del convenio derivado de las negociaciones salariales con el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social, cuyo monto total asciende a 6,442 millones de pesos, que comprende el 3.4% de incremento al Tabulador de Sueldos, así como el 1.8% de aumento a la Ayuda para el pago de renta para casa habitación establecida en el inciso b), de la Cláusula 63 B, del Contrato Colectivo del Trabajo vigente, en los términos y condiciones que se plateen en el propio convenio, en el entendido de que conforme a lo establecido en la Ley Federal de Trabajo, el incremento al Tabulador de Sueldos regirá del 16 de octubre de 2014 al 15 de octubre de 2015".
  • ACDO.DN.HCT.291014/225.P.DG / Designación Titular de la Delegación del IMSS en Nayarit.
    '225/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VII y XXXVII, 251 A, 263, 264, fracciones IX y XVII, y 286 H, de la Ley del Seguro Social; 5 y 58, fracción XI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; así como 31, fracción III, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el doctor José Antonio González Anaya, Director General de este Instituto, mediante oficio 326 del 28 de octubre de 2014, y nombrar a la C. Dora Cecilia Espinosa González, como Titular de la Delegación Estatal del IMSS en Nayarit, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Este nombramiento surtirá sus efectos a partir del 16 de noviembre de 2014".
  • ACDO.DN.HCT.291014/226.P.DG / Nombramiento del Director de la UMAE: Hospital de Cardiología del CMN “Siglo XXI", en el Distrito Federal.
    '226/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VII y XXXVII, 251 A, 263, 264, fracciones IX y XVII, 286 H, de la Ley del Seguro Social; 5 y 58, fracción XI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y 31, fracción III, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta de designación presentada por el doctor José Antonio González Anaya, Director General de este Instituto, mediante oficio 329 del 28 de octubre de 2014, y nombrar al doctor Gilberto Pérez Rodríguez, como Director de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Cardiología del Centro Médico Nacional ‘Siglo XXI’, en el Distrito Federal, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Este nombramiento surtirá sus efectos a partir del 1º de noviembre de 2014".
  • ACDO.AS3.HCT.291014/227.P.DF / Contratación plurianual: Valuación Actuarial del RJP y Prima de Antigüedad e Indemnizaciones de los trabajadores del IMSS, bajo la Norma de Información Financiera D-3 ‘Beneficios a los Empleados.
    '227/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones I, IV y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII, y 277 F, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General a través del Director de Finanzas, mediante oficio 433 del 17 de octubre de 2014 y con base en el dictamen del Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 28 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar al Instituto para que, por conducto de la Dirección de Finanzas, lleve a cabo la contratación plurianual del servicio de consultoría para actualizar la Valuación Actuarial del Régimen de Jubilaciones y Pensiones y de la Prima de Antigüedad e Indemnizaciones de los Trabajadores del Instituto, bajo la Norma de Información Financiera D-3 ‘Beneficios a los Empleados’, al 31 de diciembre de los años 2014, 2015 y 2016, por un periodo comprendido de enero de 2015 a diciembre de 2017, por un monto total de hasta $1’464,465.00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado. Será responsabilidad de la Dirección de Finanzas, dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 277 F, de la Ley del Seguro Social. Segundo.- Las erogaciones derivadas de la autorización a que se refiere el punto anterior, se realizarán de acuerdo al siguiente calendario anual: para el ejercicio 2015, se erogará la cantidad de hasta $466,207.00 (CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SIETE PESOS 00/100 M.N.); en el ejercicio 2016, se erogará un monto de hasta $487,821.00 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTIUN PESOS 00/100 M.N.); y en el ejercicio 2017, se erogará un monto de hasta $510,437.00 (QUINIENTOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.), quedando sujetas a la disponibilidad presupuestal del ejercicio de que se trate, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 24 y 25, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y 277 F, de la Ley del Seguro Social. Tercero.- La presente autorización se limita exclusivamente al ámbito presupuestario y no genera implicación alguna sobre los respectivos procedimientos de contratación, mismos que deberán realizarse con estricto apego a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y las demás disposiciones que resulten aplicables. Cuarto.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que informe a este Órgano de Gobierno sobre los resultados de los procedimientos de contratación que correspondan y los contratos que al efecto se formalicen; y para que, por lo menos una vez al año, durante la vigencia de los mismos, presente un informe del avance del cumplimiento de lo establecido en este Acuerdo. Quinto.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que presente a este Órgano de Gobierno, para su consideración y aprobación, las modificaciones que pudieran requerir su autorización, privilegiando la continuidad y fortalecimiento del servicio".
  • ACDO.AS3.HCT.291014/228.P.DF / Contratación plurianual: Estudio actuarial para medir la suficiencia financiera de la Subcuenta 2 del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, al 31 de diciembre de los años: 2014, 2015 y 2016.
    '228/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones I, IV y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII, y 277 F, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y conforme al planteamiento presentado por el Director General a través del Director de Finanzas, mediante oficio 433 del 17 de octubre de 2014 y con base en el dictamen del Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 28 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar al Instituto para que, por conducto de la Dirección de Finanzas, lleve a cabo la contratación plurianual del servicio de consultoría para actualizar el Estudio Actuarial para medir la Suficiencia Financiera de la Subcuenta 2 del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, al 31 de diciembre de los años 2014, 2015 y 2016, por un periodo comprendido de enero de 2015 a diciembre de 2017, por un monto total de hasta $1’065,446.00 (UN MILLÓN SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado. Será responsabilidad de la Dirección de Finanzas, dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 277 F, de la Ley del Seguro Social. Segundo.- Las erogaciones derivadas de la autorización a que se refiere el punto anterior, se realizarán de acuerdo al siguiente calendario anual: para el ejercicio 2015, se erogará la cantidad de hasta $514,555.00 (QUINIENTOS CATORCE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.); en el ejercicio 2016, se erogará un monto de hasta $269,205.00 (DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCO PESOS 00/100 M.N.); y en el ejercicio 2017, se erogará un monto de hasta $281,686.00 (DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N.), quedando sujetas a la disponibilidad presupuestal del ejercicio de que se trate, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 24 y 25, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y 277 F, de la Ley del Seguro Social. Tercero.- La presente autorización se limita exclusivamente al ámbito presupuestario y no genera implicación alguna sobre los respectivos procedimientos de contratación, mismos que deberán realizarse con estricto apego a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y la demás disposiciones que resulten aplicables, conforme lo establecido en el artículo 277 G, de la Ley del Seguro Social. Cuarto.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que informe a este Órgano de Gobierno sobre los resultados de los procedimientos de contratación que correspondan y los contratos que al efecto se formalicen; y para que por lo menos una vez al año durante la vigencia de los mismos, presente un informe del avance del cumplimiento de lo establecido en este Acuerdo. Quinto.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que presente a este Órgano de Gobierno, para su consideración y aprobación, las modificaciones que pudieran requerir su autorización, privilegiando la continuidad y fortalecimiento del servicio".
  • ACDO.AS3.HCT.291014/229.P.DF / Contratación plurianual: Valuación Financiera y Actuarial del IMSS al 31 de diciembre de los años 2014, 2015 y 2016.
    '229/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones I, IV y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII, y 277 F, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y conforme al planteamiento presentado por el Director General a través del Director de Finanzas, mediante oficio 433 del 17 de octubre de 2014, y con base en el dictamen del Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 28 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar al Instituto para que, por conducto de la Dirección de Finanzas, lleve a cabo la contratación plurianual del servicio de consultoría para realizar la Auditoría Anual a la Valuación Financiera y Actuarial al 31 de diciembre de 2014, 2015 y 2016, por un periodo comprendido de enero de 2015 a diciembre de 2017, por un monto total de hasta $2’983,171.00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO SETENTA Y UN PESOS 00/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado. Será responsabilidad de la Dirección Finanzas, dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 277 F, de la Ley del Seguro Social. Segundo.- Las erogaciones derivadas de la autorización a que se refiere el punto anterior, se realizarán de acuerdo al siguiente calendario anual: para el ejercicio 2015, se erogará la cantidad de hasta $949,682.00 (NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.); en el ejercicio 2016, se erogará un monto de hasta $993,710.00 (NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS DIEZ PESOS 00/100 M.N.); y en el ejercicio 2017, se erogará un monto de hasta $1’039,779.00 (UN MILLÓN TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.), quedando sujetas a la disponibilidad presupuestal del ejercicio de que se trate, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 24 y 25, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y 277 F, de la Ley del Seguro Social. Tercero.- La presente autorización se limita exclusivamente al ámbito presupuestario y no genera implicación alguna sobre los respectivos procedimientos de contratación, mismos que deberán realizarse con estricto apego a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y las demás disposiciones que resulten aplicables, conforme lo establecido en el artículo 277 G, de la Ley del Seguro Social. Cuarto.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que informe a este Órgano de Gobierno sobre los resultados de los procedimientos de contratación que correspondan y los contratos que al efecto se formalicen; y para que por lo menos una vez al año durante la vigencia de los mismos, presente un informe del avance del cumplimiento de lo establecido en este Acuerdo. Quinto.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que presente a este Órgano de Gobierno, para su consideración y aprobación, las modificaciones que pudieran requerir su autorización, privilegiando la continuidad y fortalecimiento del servicio".
  • SCAT1.HCT.260214/23.P.DPES / Informe de resultados de la operación de Guarderías en el Campo, correspondiente al año 2013.
    '23/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracción XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 31 del 14 de febrero de 2014, signado por la Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, toma nota del Informe de resultados de la Operación de Guarderías en el Campo, correspondiente al ejercicio 2013, en cumplimiento cabal a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en los puntos VI y Segundo de los Acuerdos 349/2005 y 562/2005, dictados en sesiones del 22 de julio y 14 de diciembre del 2005, respectivamente, así como punto Segundo del diverso ACDO.SA2.HCT.270411/112.P.SG, del 27 de abril de 2011, el cual modifica la periodicidad para rendir el citado informe. Asimismo, se instruye a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, para que continúe el seguimiento al cumplimiento del Acuerdo origen, y solo en caso de contar con información relevante se haga del conocimiento de este Órgano de Gobierno".
  • ACDO.DG.HCT.291014/230.P.SG / Designación de representante suplente, ante el CCD en Tlaxcala (GOBIERNO).
    '230/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta de designación comunicada por el licenciado Mariano González Zarur, Gobernador Constitucional del Estado de Tlaxcala, mediante oficio SECPAR/UC/G/039/2014, del 1° de septiembre de 2014, en favor del doctor Jaime Hernández Guevara, como representante suplente por el Sector Gobierno, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS en dicha Entidad Federativa, misma que se hace en sustitución del doctor Jorge Luis Vázquez Soto, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DG.HCT.010611/130.P.SG, dictado en sesión del 1° de junio de 2011 y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.291014/231.P.SG / Ratificación y designación de representantes propietario y suplente, ante el CCD en Quintana Roo (CTM).
    '231/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta de ratificación y designación comunicada por el licenciado Joaquín Gamboa Pascoe, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), mediante oficio sin número, del 11 de septiembre de 2014, en favor del C. José Luis Reyes Retureta y la licenciada Dania Alejandra González Estrada, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la segunda fórmula del Sector Obrero, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS en Quintana Roo. La ratificación del representante propietario guarda su antecedente en el Acuerdo ACDO.DS.HCT.240908/245.P.SG, dictado en sesión del 24 de septiembre de 2008 y surtirá sus efectos a partir del 29 de octubre de 2014; y la designación de la representante suplente, se hace en sustitución del C. Miguel Ángel Hernández Contreras, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante el Acuerdo citado y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.291014/232.P.SG / Ratificación de representantes propietario y suplente, ante el CCD en Sinaloa (CTM).
    '232/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta de ratificación comunicada por el licenciado Joaquín Gamboa Pascoe, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), mediante oficio sin número, del 11 de septiembre de 2014, en favor de los CC. Diego Aguilar Acuña y Aristeo Arredondo Valdez, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la tercera fórmula del Sector Obrero, en el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS en Sinaloa, cuyos antecedentes obran en el Acuerdo ACDO.DS.HCT.240908/232.P.SG, dictado en sesión del 24 de septiembre de 2008 y surtirán sus efectos a partir del 29 de octubre de 2014, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.291014/233.P.SG / Designación de representantes propietario y suplente, ante el CCD en Sonora (CTM).
    '233/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta de designación comunicada por el licenciado Joaquín Gamboa Pascoe, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), mediante oficio sin número, del 11 de septiembre de 2014, en favor del licenciado Román Alberto Holguín Villegas y la C. Sonia Haydee Sánchez Lerma, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la primera fórmula del Sector Obrero, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS en Sonora, en sustitución del licenciado Javier Villareal Gámez y el C. Juan Manuel López Valenzuela, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.290212/36.P.SG, dictado en sesión del 29 de febrero de 2012 y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.291014/234.P.SG / Designación de representantes propietario y suplente, ante la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Especialidades No. 2 “Lic. Luis Donaldo Colosio Murrieta", del CMN del Noroeste, Ciudad Obregón, Sonora (CTM).
    '234/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción II, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta de designación comunicada por el licenciado Joaquín Gamboa Pascoe, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), mediante oficio sin número, del 11 de septiembre de 2014, en favor de los CC. Sonia Haydee Sánchez Lerma y Rigoberto Romero Moreno, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la primera fórmula del Sector Obrero, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades No. 2 ‘Lic. Luis Donaldo Colosio Murrieta’, del Centro Médico Nacional del Noroeste, en Ciudad Obregón, Sonora, mismas que se hacen en sustitución del licenciado Javier Villareal Gámez y del C. Juan Manuel López Valenzuela, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.280312/69.P.SG, dictado en sesión del 28 de marzo de 2012 y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.291014/235.P.SG / Designación de representante propietario, ante la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Oncología del CMN “Siglo XXI", en el D.F. (CONCAMIN).
    '235/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción III, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta de designación comunicada por el licenciado Francisco J. Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/406/14 del 22 de septiembre de 2014, en favor del doctor Emilio Exaire Murad, como representante propietario, en la segunda fórmula del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Oncología del Centro Médico Nacional ‘Siglo XXI’, en el Distrito Federal, en sustitución del doctor Yukiyosi Kimura Fujikami, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.250810/249.P.SG, dictado en sesión del 25 de agosto de 2010 y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.291014/236.P.SG / Designación de representante propietario, ante la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Traumatología y Ortopedia de Lomas Verdes, en el Estado de México (CONCAMIN).
    '236/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción III, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta de designación comunicada por el licenciado Francisco J. Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/408/14 del 23 de septiembre de 2014, en favor del doctor Enrique Espinosa Urrutia como representante propietario, en la primera fórmula del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Traumatología y Ortopedia de Lomas Verdes, en el Estado de México, en sustitución del doctor Eduardo G. Carriedo Rico, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.260214/59.P.SG, dictado en sesión del 26 de febrero de 2014 y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DG.HCT.291014/237.P.SG / Designación de representantes propietario y suplente, ante el CCD del IMSS en el Estado de Baja California (GOBIERNO).
    '237/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta de designación comunicada por el licenciado Francisco Arturo Vega de Lamadrid, Gobernador Constitucional del Estado de Baja California, mediante oficio 108 del 18 de septiembre de 2014, en favor del doctor Sergio Tolento Hernández y el licenciado Edgar Castillo Padilla, como representantes propietario y suplente, respectivamente, por el Sector Gubernamental, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Regional del IMSS en dicha Entidad Federativa, misma que se hace en sustitución de los doctores Miguel Antonio Osuna Millán y Miguel Efrén Lomelí Benítez, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DG.HCT.230714/152.P.SG, dictado en sesión del 23 de julio de 2014 y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.291014/238.P.SG / Designación de representante propietario, ante la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Traumatología y Ortopedia No. 21, en Monterrey, Nuevo León (CONCAMIN).
    '238/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción III, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el licenciado Francisco J. Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/422/14 del 13 de octubre de 2014, en favor del licenciado José Alejandro Delgado Treviño, como representante propietario en la primera fórmula del Sector Patronal, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Traumatología y Ortopedia No. 21, en Monterrey, Nuevo León, en sustitución de la licenciada Aracely Talamantes Contreras, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.290910/277.P.SG, dictado en sesión del 29 de septiembre de 2010 y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.IN2.HCT.291014/239.P.SG / Informe relativo a las sugerencias y recomendaciones expresadas por la HCV en la Centésima Quinta Asamblea General Ordinaria del IMSS.
    '239/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 266, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción III, y 68, fracción IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con el Acuerdo ACDO.IN2.AGO.141014/8.P.HCV, dictado en la Centésima Quinta Asamblea General Ordinaria del IMSS, celebrada el 14 de octubre de 2014; y en términos del oficio sin número, del 17 de octubre de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, Acuerda: Único.- Tomar nota de las sugerencias y recomendaciones expresadas por la H. Comisión de Vigilancia en la citada Asamblea, cuyo cumplimiento quedará sujeto a lo que legalmente proceda, y su seguimiento a cargo de la Secretaría General del Instituto, de lo cual se deberá informar a la citada Comisión y al propio Órgano de Gobierno".
  • SCAP1.HCT.260214/24.P.DPES / Informe de resultados del desempeño del CASSAAM, correspondiente al ejercicio 2013.
    '24/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracción XXVII, 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 31 del 14 de febrero de 2014, signado por la Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, toma nota del Informe de resultados del desempeño del Centro de Atención Social a la Salud de las y los Adultos Mayores (CASSAAM), correspondiente al ejercicio 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno, en el punto Octavo del Acuerdo ACDO.SA1.HCT.210710/198.P.DPES, dictado en sesión del 21 de julio de 2010".
  • ACDO.SA3.HCT.290114/24.P.DPES / Ampliar a 20 años el plazo de arrendamiento del Parque Acuático ubicado en el Centro Vacacional IMSS-Oaxtepec “Presidente Adolfo López Mateos".
    '24/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este H. Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4, 5, 209, 210, fracción VII, 251, fracciones I, IV, VI y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 116, de la Ley General de Bienes Nacionales; 5, 57 y 58, fracción XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 2398 y 2411, del Código Civil Federal, así como 31, fracciones XVI y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 14 del 27 de enero de 2014, signado por la Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, Acuerda: Único.- Modificar el punto Segundo del Acuerdo ACDO.AS3.HCT.260613/144.P.DPES, dictado por este Órgano de Gobierno, en sesión del 26 de junio de 2013, para quedar como sigue: Segundo.- El contrato de arrendamiento a que se refiere el punto Primero de este Acuerdo, tendrá una vigencia de 20 años a partir de la fecha de su firma, y será asignado a través del procedimiento de Licitación Pública Nacional".
  • ACDO.SA2.HCT.291014/240.P.DA / Modificación al Manual de Organización de la Jefatura de Servicios de Prestaciones Económicas y Sociales.
    '240/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones I, II, VIII y XXXVII, 263, 264, fracción XVII, 268, fracciones IX y XII, y 291, segundo párrafo, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones II, XII y XX y 69, fracción I, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como de la ‘Norma que Establece las Disposiciones para Elaborar, Actualizar, Autorizar y Registrar los Manuales de Organización de los Órganos Administrativos y los Manuales de Integración y Funcionamiento de Comités o Comisiones del IMSS’; y en términos del oficio 508 del 20 de octubre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, con base en el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Aprobar en sus términos el ‘Manual de Organización de la Jefatura de Servicios de Prestaciones Económicas y Sociales’. Segundo.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales a difundir dicho ordenamiento, para la estricta observancia de las disposiciones contenidas en el instrumento normativo que se autoriza. Tercero.- Tomar nota que el documento aprobado entrará en vigor a partir del día siguiente de la emisión del presente Acuerdo, por lo que quedan sin efecto todas aquellas disposiciones administrativas que se le contrapongan".
  • ACDO.SA1.HCT.291014/241.P.DA / Modificación al Programa de Austeridad del IMSS, para el ejercicio 2014.
    '241/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VIII y XXXVII; 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, y 272, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones II y XX, del Reglamento Interior del IMSS; y en términos del oficio 508 del 20 de octubre de 2014, signado por el Director de Administración; así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Único.- Modificar el Programa de Austeridad del Instituto Mexicano del Seguro Social para el ejercicio 2014, en su punto 3.6 párrafo primero, para quedar como sigue: ‘3.6 Viáticos y comisiones’. Para llevar a cabo reuniones nacionales, se deberá solicitar previamente autorización del Director General quien podrá delegar, por escrito, esta facultad, en el servidor público que para tal efecto designe".
  • ACDO.IN3.HCT.291014/242.P.DF / Informe relativo a las operaciones de inversión, rendimientos y composición de las inversiones de las RFA’s y el FCOLCLC, con corte al mes de agosto de 2014.
    '242/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III, XXII y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX y 70, fracción XIII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 9, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; y en términos del oficio 433 del 17 de octubre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe relativo a las operaciones de inversión, los rendimientos obtenidos y la composición de las inversiones de las Reservas Financieras y el Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, con corte al mes de agosto de 2014".
  • ACDO.IN3.HCT.291014/243.P.DF / Informe de Actividades de la CIF, correspondiente al mes de septiembre de 2014.
    '243/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y 9, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; y en términos del oficio 433 del 17 de octubre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe de Actividades de la Comisión de Inversiones Financieras, con corte al mes de septiembre de 2014".
  • ACDO.IN2.HCT.291014/244.P.SG / Fecha de la próxima sesión.
    '244/2014 / 29 de Octubre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 263, de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las dieciséis treinta horas del 26 de noviembre de 2014".
  • ACDO.AS3.HCT.261114/245.P.DA / Se autoriza el incremento salarial vigente a partir del 1° de enero de 2015, para el personal del Estatuto de Trabajadores de Confianza “A" del IMSS.
    '245/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 256, 263, 264, fracciones III, IV, XII, XIV y XVII, 277 D y 286 I, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; en apego a lo dispuesto en el artículo 86, de la Ley Federal del Trabajo; y conforme al planteamiento presentado por la Dirección General, por conducto de la Dirección de Administración mediante oficio 561 del 10 de noviembre de 2014, con base en el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Único.- Se aprueba el otorgamiento de un incremento salarial al personal operativo contratado conforme al Estatuto de Trabajadores de Confianza ‘A’ del Instituto Mexicano del Seguro Social, del 3.4% al sueldo tabular y del 5.55% a la compensación garantizada, el cual entrará en vigor a partir del 1º de enero de 2015, a fin de homologar sus salarios con respecto a los demás trabajadores que realizan iguales funciones".
  • ACDO.AS3.HCT.261114/246.P.DF / Tercera Evaluación Trimestral de los Ingresos Recibidos y el Gasto Incurrido con respecto al Presupuesto 2014 del IMSS y propuestas de Adecuación.
    '246/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 264, fracciones I, II, III y VI, 270, 272, 274, 277 y 286 A, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 481 del 14 de noviembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, así como el dictamen del Comité de Presupuesto de ese Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 25 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar el documento denominado ‘Tercera Evaluación Trimestral de los Ingresos Recibidos y el Gasto Incurrido con Respecto al Presupuesto 2014 del Instituto Mexicano del Seguro Social y Propuestas de Adecuación’, que presenta la Dirección enunciada. Segundo.- Tomar nota de los resultados de ingresos y gastos en flujo de efectivo y devengado presentados en las Secciones II y III del documento mencionado en el punto que antecede. Tercero.- Tomar nota del avance en el cumplimiento de la Segunda Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas 2014, aprobada por este Órgano de Gobierno en sesión del 28 de mayo de 2014, mediante Acuerdo ACDO.AS3.HCT.280514/108.P.DF. Cuarto.- Tomar nota del resultado al tercer trimestre de los indicadores y del ejercicio programático con respecto al presupuesto aprobado, contenidos en la Sección V del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Quinto.- Tomar nota de las adecuaciones pormenorizadas realizadas por la Dirección de Finanzas en cumplimiento al punto del Acuerdo ACDO.AS3.HCT.040414/64.P.DF, dictado por este Órgano de Gobierno en sesión del cuatro de abril de 2014 y contenidas en la Sección VI, inciso a), del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Sexto.- Autorizar las adecuaciones al presupuesto de flujo de efectivo y de operación, así como el impacto que tendrán en los calendarios, en los términos descritos en la Sección VI, incisos a) y b), del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo, incluyendo las cifras contenidas en las Tablas 6, 7 y 8. Séptimo.- Autorizar las adecuaciones al presupuesto de Inversión Física 2014 que se presentan en la Sección VII del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Octavo.- Autorizar las adecuaciones al presupuesto de cuotas, aportaciones y equidad, contenido en la Sección VIII, inciso a), del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Noveno.- Tomar nota del adeudo del Gobierno Federal con el Instituto por $1,996 millones, integrado por $502 millones de aportaciones al régimen obligatorio de 2013; $1,491 millones de la administración de las pensiones en curso pago de 2012 al tercer trimestre de 2014; y $3 millones por el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 2008, por el que se exime parcialmente del pago de las cuotas obrero patronales (beneficio del 5%). Décimo.- Instruir a la Dirección General para que, por conducto de la Dirección de Finanzas, continúe las gestiones de cobro ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para el pago de los adeudos a cargo del Gobierno Federal. Décimo Primero.- Tomar nota del Calendario de Flujo de Efectivo Modificado a Noviembre, contenido en la Sección VIII, inciso c), del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Décimo Segundo.- Instruir a la Dirección General para que, por conducto de la Dirección de Finanzas, se envíe el presente documento a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento y efectos conducentes".
  • ACDO.AS2.HCT.261114/248.P.DPES / Se autoriza la contratación plurianual del servicio de guardería infantil por una vigencia de hasta tres años (2015-2017).
    '248/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 203, 237 A, 251, fracciones I, IV, VI y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII, y 277 F, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; así como 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General, a través del Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, mediante oficio 413 del 14 de noviembre de 2014, así como los dictámenes de los Comités de Prestaciones Económicas y Sociales y de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reuniones celebradas los días 12 y 25 del mes y año citados, respectivamente, Acuerda: Primero.- Autorizar que el Instituto lleve a cabo la contratación plurianual del servicio de guardería infantil por una vigencia de hasta tres años, a través de los esquemas Vecinal Comunitario Único y Guardería Integradora, así como la suscripción de convenios plurianuales de subrogación del servicio de guardería infantil por una vigencia de hasta tres años, a través del esquema de Guardería en el Campo, por un importe total de hasta $1,818’183,916.36 (MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO MILLONES CIENTO OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS DIECISÉIS PESOS 36/100 M.N.) con la siguiente distribución anual: para el ejercicio fiscal 2015, se erogarán $804’870,404.12 (OCHOCIENTOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA MIL CUATROCIENTOS CUATRO PESOS 12/100 M.N.); en el ejercicio fiscal 2016, se erogarán $607’115,596.80 (SEISCIENTOS SIETE MILLONES CIENTO QUINCE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 80/100 M.N.); y en el ejercicio fiscal 2017, se erogarán $406’197,915.45 (CUATROCIENTOS SEIS MILLONES CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS QUINCE PESOS 45/100 M.N.). Todas las cifras señaladas en el presente punto incluyen los impuestos correspondientes. Segundo.- Instruir a la Dirección de Finanzas, para que considere dentro del presupuesto de operación a partir del año 2015, en cada ejercicio fiscal, las cantidades referidas en el punto anterior, quedando sujeto a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio de que se trate. Lo anterior, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 24 y 25, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 32, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 277 F y 277 G, de la Ley del Seguro Social. Tercero.- La presente autorización se limita exclusivamente al ámbito presupuestario y no genera implicación alguna sobre los respectivos procedimientos de contratación, mismos que deberán realizarse por parte de los servidores públicos responsables, con estricto apego a lo establecido en la Ley del Seguro Social; Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento; las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social; y las demás disposiciones que resulten aplicables. Cuarto.- Será responsabilidad de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, en coordinación con las Direcciones de Finanzas y de Administración, cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 277 F, de la Ley del Seguro Social. Quinto.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales para que de manera directa o por conducto de la Coordinación del Servicio de Guardería para el Desarrollo Integral Infantil, proporcione el apoyo normativo que se requiera por parte de las áreas responsables de los procedimientos de contratación de los servicios de guardería infantil a que se refiere el presente Acuerdo. Sexto.- Instruir a los Titulares de las Delegaciones Estatales, Regionales y del Distrito Federal, para que a través de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, informen a este Órgano de Gobierno en la primera sesión ordinaria del año 2015, el resultado de los procedimientos de contratación que corresponda y los contratos que al efecto formalicen. Séptimo.- Tomar nota de las cuotas, mecanismo de pago y actualización propuestos por la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, que se utilizarán durante los ejercicios fiscales 2015, 2016 y 2017, para la contratación del servicio de guardería infantil en los esquemas Vecinal Comunitario Único y Guardería Integradora, así como la subrogación del servicio de guardería infantil en el esquema de Guardería en el Campo, los cuales se describen en el Anexo Único de este Acuerdo".
  • ACDO.SA2.HCT.261114/249.P.SG / Se autoriza el Calendario de Sesiones Ordinarias del H. Consejo Técnico para el año 2015.
    '249/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 39 y 68 fracción I, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con el punto 1.9.1.2, de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 5 de noviembre de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, Acuerda: Único.- Aprobar el Calendario conforme al cual celebrará las sesiones ordinarias el Consejo Técnico durante el año 2015, que se describe en el Anexo Único del presente Acuerdo".
  • ACDO.IN2.HCT.290114/25.P.SG / Fecha de la próxima sesión
    '25/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el artículo 263, de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las dieciséis treinta horas del 26 de febrero de 2014".
  • SCAP1.HCT.260214/25.P.DPES / Informe de resultados del Programa Institucional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, correspondiente al ejercicio 2013.
    '25/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracción XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 31 del 14 de febrero de 2014, signado por la Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, toma nota del Informe del Programa Institucional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, correspondiente al ejercicio 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en los Acuerdos 99/1998, ACDO.SA2.HCT.300408/100.P.DPES y ACDO.SA2.HCT.240210/45.P.DPES, dictados en sesiones del 11 de febrero de 1998, 30 de abril de 2008 y 24 de febrero de 2010, respectivamente".
  • ACDO.SA2.HCT.261114/250.P.SG / Se autoriza el Calendario de las Reuniones Ordinarias de los Comités del HCT para el año 2015.
    '250/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 33, fracción I, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, en relación con el punto Octavo del Acuerdo 481/2006; y en términos del oficio sin número, del 5 de noviembre de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, Acuerda: Único.- Aprobar el Calendario de las Reuniones Ordinarias de los Comités de este Órgano de Gobierno para el año 2015, que se describe en el Anexo Único del presente Acuerdo".
  • ACDO.DS.HCT.261114/251.P.SG / Se toma nota de la designación del Presidente de la HCV del IMSS, para el periodo noviembre 2014 - noviembre 2015.
    '251/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 265, de la Ley del Seguro Social; 49, 60 y 61, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 159 del 30 de octubre de 2014, signado por el señor Gerardo Cortés García, Presidente saliente de la Comisión de Vigilancia del IMSS, Acuerda: Único.- Tomar nota de la designación del ingeniero Carlos Gálvez Herrera, representante del Sector Patronal, por la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), para fungir como Presidente de dicha Comisión para el periodo noviembre 2014 - noviembre 2015".
  • ACDO.DS.HCT.261114/252.P.SG / Designación de representante suplente, ante la HCV. (CONCANACO-SERVYTUR)
    '252/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 265, de la Ley del Seguro Social; 47 y 48, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Tomar nota de la propuesta de designación que el ingeniero Enrique Solana Sentíes, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), hace mediante oficio sin número, del 23 de octubre de 2014, en favor del licenciado Guillermo Romero Rodríguez, como representante suplente ante la H. Comisión de Vigilancia del IMSS. Esta designación se hace en sustitución del señor Andrés Beceiro López y surtirá sus efectos, provisionalmente, a partir del 26 de noviembre de 2014, hasta en tanto la H. Asamblea General del Instituto dicte el Acuerdo respectivo. Comuníquese esta determinación a la citada Comisión".
  • ACDO.DS.HCT.261114/253.P.SG / Designación de representantes propietario y suplente, ante el CCD Regional del IMSS en Tamaulipas. (CONCANACO-SERVYTUR)
    '253/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; así como 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta de designación formulada por el ingeniero Enrique Solana Sentíes, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), mediante oficio 568 del 30 de octubre de 2014, en favor de los CC. Jorge Pensado Robles y Juan Carlos González Salum, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la segunda fórmula del Sector Patronal, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Regional del IMSS en Tamaulipas, en sustitución del C. Armando Amín Rodríguez y del propio médico veterinario zootecnista Jorge Pensado Robles, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.211112/278.P.SG, dictado en sesión del 21 de noviembre de 2012 y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.261114/255.P.SG / Ratificación y designación de representantes propietario y suplente, ante el CCD Regional del IMSS en Veracruz Sur. (CTM)
    '255/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta de ratificación y designación comunicada por el licenciado Joaquín Gamboa Pascoe, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), mediante oficio sin número, del 4 de noviembre de 2014, en favor del C. Víctor Manuel García Trujeque y el licenciado Rafael Martínez Hernández, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la primera fórmula del Sector Obrero, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Regional del IMSS en Veracruz Sur. La ratificación del representante propietario guarda su antecedente en el Acuerdo ACDO.DS.HCT.271113/342.P.SG, dictado en sesión del 27 de noviembre de 2013 y surtirá sus efectos a partir del 26 de noviembre de 2014; y la designación del representante suplente, se hace en sustitución del C. Juan Sosa Cuellar, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante el Acuerdo citado y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.261114/256.P.SG / Designación de representantes propietario y suplente, ante el CCD de la Delegación Sur del IMSS en el D.F., para el período rotativo. (CTM)
    '256/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar las designaciones comunicadas por el licenciado Joaquin Gamboa Pascoe, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), mediante oficio sin número, del 4 de noviembre de 2014, en favor del C. Bernardino García Sánchez y la maestra en ciencias Gloria Leonor Álvarez Vergara, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la segunda fórmula del Sector Obrero, en el Consejo Consultivo de la Delegación Sur del IMSS, en el Distrito Federal, , mismas que se hacen en sustitución del licenciado Ascención Martínez Chaparro y la C. María Mayela Trueba Hernández (CROM), de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.271113/344.P.SG, dictado en sesión del 27 de noviembre de 2013, y surtirán sus efectos por el período rotativo de un año a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.SA2.HCT.261114/257.P.DA / Se modifica la estructura orgánica de la Dirección Jurídica.
    '257/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264, fracciones III, IV, XIV y XVII, 270 y 286 I, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción VIII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones I, XII y XX, 66, fracción IV y 84, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; numeral 8.1.1, de la Norma que Establece las Disposiciones para Elaborar, Autorizar y Registrar las Estructuras Orgánicas, Ocupacionales y Salariales de Puestos de Mando y de Nómina Ordinaria del IMSS; y en términos del oficio 561 del 10 de noviembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Aprobar los movimientos organizacionales solicitados por la Dirección Jurídica. Segundo.- Autorizar a la Dirección de Administración para modificar la estructura orgánica de la Dirección Jurídica, misma que considera la conversión de una plaza de Coordinador Normativo Homólogo (KA2), para incorporarse a la estructura orgánica de la Unidad de Investigaciones y Procesos Jurídicos como Coordinación de Evaluación de Procesos Jurídicos, manteniendo el mismo nivel salarial. Asimismo, la reubicación y cambio de denominación de la Coordinación Técnica de Control y Mejora Continua de Procesos Jurídicos que depende de la citada Unidad ahora dependerá de la Coordinación de Asuntos Contenciosos bajo la denominación de Coordinación Técnica de Control Constitucional, manteniendo el mismo nivel salarial. Dichos movimientos implican el reordenamiento de los tramos de control de las Coordinaciones involucradas, para lo cual se llevarán a cabo las reubicaciones y cambios de denominación correspondientes, manteniéndose los mismos niveles salariales. Tercero.- Tomar nota que las adecuaciones de estructura orgánica antes citadas, no implicarán un incremento en el número total de plazas, ni en el presupuesto autorizado en servicios personales del Instituto Mexicano del Seguro Social para el presente ejercicio y los subsecuentes. Cuarto.- Instruir a la Dirección Jurídica para actualizar su Manual de Organización, en congruencia con las modificaciones organizacionales aprobadas en el presente Acuerdo. Quinto.- Instruir a la Dirección Jurídica para que conforme a lo previsto en el artículo 75, fracción IV, del Reglamento Interior del IMSS, coordine la formulación y presentación a este Consejo Técnico del proyecto de Decreto de Reformas al citado Reglamento, en lo que así proceda, derivado de la reestructuración orgánica aprobada con el presente Acuerdo, a fin de someterlo a la sanción de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y en su caso, se someta a consideración del Presidente de la República para que en términos de sus facultades reglamentarias, si lo considera conveniente, lo expida y publique en el Diario Oficial de la Federación. Sexto.- Tomar nota que el presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente de la fecha en que haya sido emitido, por lo que quedan sin efecto todas aquellas disposiciones administrativas que se le contrapongan".
  • ACDO.SA3.HCT.261114/258.P.DA / Se autoriza otorgar la gratificación de fin de año, a los prestadores de servicios profesionales y personales independientes asimilables a salarios, bajo el régimen de honorarios, por el ejercicio fiscal 2014.
    '258/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, primer párrafo, 264, fracciones XIV y XVII, y 277 D, de la Ley del Seguro Social y 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; Primero, fracción II, Cuarto, fracción II, inciso e), Quinto, fracción II, inciso d), Séptimo y Octavo, del Decreto que establece las disposiciones para el otorgamiento de aguinaldo o gratificación de fin de año, correspondiente al ejercicio fiscal de 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de noviembre de 2014; de conformidad con lo establecido en la Política 3.20 del ‘Procedimiento para la Contratación de Servicios Profesionales o Especiales Bajo el Régimen de Honorarios’, modificado mediante Acuerdo ACDO-HCT-311007/445.P.(D.A.E.D.); y en términos de la propuesta que hace el Director General por conducto del Titular de la Dirección de Administración, mediante oficio 561 del 10 de noviembre de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Único.- Autorizar a la Dirección de Administración para que, a través de la Unidad de Personal, otorgue a los prestadores de servicios profesionales y personales Independientes asimilables a salarios, contratados bajo el régimen de honorarios, que cuenten con un contrato vigente al 31 de diciembre de 2014, un pago por concepto de gratificación de fin de año de hasta 15 días de su percepción mensual bruta, o su parte proporcional de acuerdo a la vigencia de la contratación, con cargo a la disponibilidad del presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2014".
  • ACDO.IN3.HCT.261114/259.P.DF / Informe de los Estados Financieros del IMSS, con corte al 30 de septiembre de 2014.
    '259/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones II, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 481 del 14 de noviembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Toma nota del resultado acumulado de los Estados Financieros del IMSS, presentados por la Dirección General por conducto de la Dirección primeramente enunciada, con cifras comparativas al 30 de septiembre de 2014".
  • SCAP2.HCT.260214/26.P.DPM / Informe sobre las acciones realizadas en torno al Convenio General de Colaboración Interinstitucional para la Atención de la Emergencia Obstétrica.
    '26/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones VII, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 7 del 23 de enero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas, toma nota del Informe sobre las acciones realizadas en torno al Convenio General de Colaboración Interinstitucional para la Atención de la Emergencia Obstétrica, en cumplimiento al punto Tercero del Acuerdo ACDO.AS2.HCT.230211/45.P.DPM, dictado en sesión del 23 de febrero de 2011".
  • ACDO.AS3.HCT.260214/26.P.SG / Segunda Adecuación al Presupuesto 2014 del Instituto Mexicano del Seguro Social.
    '26/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 264, fracciones I, II, III y VI, 270, 272 y 274, tercer párrafo, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 54 del 14 de febrero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, así como la resolución tomada en el Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno en reunión celebrada el día 25 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar el documento denominado ‘Segunda Adecuación al Presupuesto 2014 del Instituto Mexicano del Seguro Social’. Segundo.- Tomar nota de las adecuaciones al presupuesto de flujo de efectivo y de operación, en los términos descritos en la Sección II del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo, incluyendo las cifras contenidas en las Tablas 1 y 2, y su impacto en los calendarios respectivos. Tercero.- Tomar nota de las adecuaciones al presupuesto de Inversión Física 2014 que se presentan en la Sección III del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Cuarto.- Tomar nota de las adecuaciones al presupuesto de las áreas de administración central, contenidas en la Sección IV, inciso a), del documento descrito en el punto Primero que antecede. Quinto.- Tomar nota de las adecuaciones al calendario de flujo de efectivo, contenido en la Sección IV, inciso b), del documento que ha quedado precisado en el punto Primero del presente Acuerdo. Sexto.- Tomar nota que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público realizó un pago parcial al Instituto en el mes de enero de $1,500 millones por el adeudo de los gastos de administración de las pensiones en curso de pago, cuyo saldo por liquidar estará en función del estudio sobre los conceptos que integran los costos operativos, solicitado por esa dependencia con base en la cláusula séptima del ‘Convenio de coordinación para la determinación de las comisiones y costos operativos por la administración y pago de las pensiones y prestaciones, a Cargo del Gobierno Federal, a que se refiere el artículo duodécimo transitorio de la Ley del Seguro Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995’. Séptimo.- Instruir a la Dirección General para que, por conducto de la Dirección de Finanzas, continúe las gestiones necesarias para el cobro ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de los gastos de administración de las pensiones en curso de pago a cargo del Gobierno Federal. Octavo.- Instruir a la Dirección General para que, por conducto de la Dirección de Finanzas, se envíe el presente documento a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento y efectos conducentes".
  • ACDO.IN3.HCT.261114/260.P.DF / Informe relativo a las operaciones de inversión, rendimientos y composición de las inversiones de las RFA’s y el FCOLCLC, con corte al mes de septiembre de 2014.
    '260/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III, XXII y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX y 70, fracción XIII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 9, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; y en términos del oficio 481 del 14 de noviembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe relativo a las operaciones de inversión, los rendimientos obtenidos y la composición de las inversiones de las Reservas Financieras y el Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, con corte al mes de septiembre de 2014".
  • ACDO.IN3.HCT.261114/261.P.DF / Informe de Actividades de la CIF, correspondiente al mes de octubre de 2014.
    '261/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y 9, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; y en términos del oficio 481 del 14 de noviembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe de Actividades de la Comisión de Inversiones Financieras, con corte al mes de octubre de 2014".
  • ACDO.SA1.HCT.261114/262.P.DJ / Se otorga en comodato, a favor del H. Ayuntamiento de San Salvador, Hidalgo, un inmueble con superficie de 576.32 m², destinado a una Unidad Básica de Rehabilitación para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF).
    '262/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracciones V y XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 116 y Décimo Cuarto Transitorio, de la Ley General de Bienes Nacionales; y 31, fracciones XV, XVI y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y conforme al planteamiento que hace el Director General por conducto del Director Jurídico, mediante oficio 153 del 12 de noviembre de 2014, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto de la Titular de la Delegación Estatal del IMSS en Hidalgo, otorgue en comodato al H. Ayuntamiento de San Salvador, Hgo., el inmueble con superficie de 576.32 metros cuadrados, ubicado en Calle 16 de Enero, en el municipio y entidad mencionados, a fin de que sea destinado a una Unidad Básica de Rehabilitación (UBR), por parte del Patronato del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia en Hidalgo. Las medidas y colindancias de dicho predio, se indican en el título de propiedad de este Instituto, consistente en la escritura pública número 19,970 del 10 de abril de 2003, pasada ante la fe del licenciado Diosdado Heriberto Pfeiffer Varela, Notario Público número 5 en Pachuca, Hgo., inscrita en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio del Distrito Judicial de Actopan, Hgo., el 6 de junio del 2013, bajo el número 248, del tomo II, del Libro I, de la Sección I, y en el Registro Público de la Propiedad Federal, el 12 de julio de 2013, bajo el Folio Real número 144141. Segundo.- Instruir a la Dirección de Administración, a fin de que tramite el avalúo correspondiente para dictaminar el valor del inmueble, para efectos del artículo 2496, del Código Civil para el Estado de Hidalgo. Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que supervise que, en los trámites de formalización de la operación, se cumpla con lo previsto en la Ley General de Bienes Nacionales y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales".
  • ACDO.SA1.HCT.261114/263.P.DPES / Se autoriza el uso del logotipo institucional, en certificados que emite el Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales.
    '263/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 253, fracción I, II y III, 263 y 264, fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 91, fracción II, de la Ley de la Propiedad Industrial, así como 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General por conducto del Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, mediante oficio número 413 de 14 de noviembre de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 12 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar el uso a título gratuito del logosímbolo del IMSS, en el certificado de competencia laboral que expide el Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales (CONOCER), a las personas que resulten competentes después de ser evaluadas en el Estándar de Competencias EC0435 ‘Prestación de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral de las niñas y los niños en Centros de Atención Infantil’, con lo cual el Consejo Nacional tendrá derecho para digitalizar, grabar, copiar, reproducir y en general plasmar dicho logosímbolo institucional en diplomas, certificados y reconocimientos. Segundo.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales para que, conjuntamente con la Coordinación de Comunicación Social, supervise el correcto uso del logosímbolo del Instituto en las actividades a que se refiere el punto anterior, y en caso de detectar un indebido uso del mismo, informar a este Órgano de Gobierno para que determine lo procedente".
  • ACDO.SA3.HCT.261114/264.P.DPM / Se autoriza para el año 2015, ayuda por equidad, para cubrir los costos de las erogaciones derivadas de asistencia obstétrica en caso de embarazo, a beneficiarias hijas menores de 16 años.
    '264/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, XIII y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, VI, XIII, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; así como 31, fracciones IV y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y conforme al planteamiento presentado por el Director General por conducto del Director de Prestaciones Médicas, mediante oficio número 187 del 12 de noviembre de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre, del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 10 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar el otorgamiento de ayuda por equidad, por un monto total de hasta $85’848,024.98 (OCHENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL VEINTICUATRO PESOS 98/100 M.N.) para cubrir durante el año 2015, los costos de las erogaciones derivadas de la asistencia obstétrica, en caso de embarazo, a las beneficiarias hijas menores de 16 años de edad. Segundo.- El otorgamiento de las prestaciones por concepto de ayuda por equidad señalada en el punto que antecede, será autorizado por el Consejo Consultivo Delegacional que corresponda, a solicitud del asegurado o pensionado, en atención a las circunstancias particulares de cada caso y sin perjuicio del eficaz otorgamiento de las prestaciones a que tienen derecho las aseguradas y las beneficiarias esposa o concubina. Tercero.- Las Direcciones de Prestaciones Médicas y de Finanzas, determinarán y supervisarán la aplicación de los lineamientos y procedimientos que deberán seguir las Delegaciones para el trámite de autorización de los casos específicos, así como para el registro y control de los montos que proceda aplicar con cargo a la ayuda por equidad. Cuarto.- Las Direcciones de Prestaciones Médicas y de Finanzas, informarán a este Órgano de Gobierno, con periodicidad semestral, sobre las prestaciones otorgadas y los importes aplicados con cargo al concepto de ayuda por equidad a que se refiere el presente Acuerdo, durante el periodo que se trate".
  • ACDO.IN2.HCT.261114/265.P.SG / Fecha de la próxima sesión.
    '265/2014 / 26 de Noviembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 263, de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las dieciséis treinta horas del 10 de diciembre de 2014".
  • ACDO.DN.HCT.101214/266.P.DG / Nombramiento del Director de la UMAE: “Dr. Victorio de la Fuente Narváez" en el Distrito Federal.
    '266/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VII y XXXVII, 251 A, 263 y 264, fracciones IX y XVII, y 286 H, de la Ley del Seguro Social; 5 y 58, fracción XI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y 31, fracción III, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el doctor José Antonio González Anaya, Director General de este Instituto, mediante oficio 388 del 9 de diciembre de 2014, y nombrar al doctor Juan Carlos de la Fuente Zuno, como Director de la Unidad Médica de Alta Especialidad: ‘Dr. Victorio de la Fuente Narváez’, en el Distrito Federal, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Este nombramiento surtirá sus efectos a partir del 2 de enero de 2015".
  • ACDO.AS3.HCT.101214/268.P.DF / Presupuesto 2015 del IMSS y Reporte de la Dirección General.
    '268/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, 264, fracciones I, II, III y VI, 270, 272, 274, 275, 276, 277 D, 277 G y 286 K, de la Ley del Seguro Social; 58, fracciones I y II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; así como 28, segundo párrafo, 31, fracciones XI y XX, y 51, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento del Director General presentado por conducto del Titular de la Dirección de Finanzas, mediante oficio 495 del 28 de noviembre de 2014, así como el dictamen del Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 9 de diciembre del presente año, Acuerda: Único.- Modificar el punto Primero del Acuerdo ACDO.AS3.HCT.240914/197.R.DF, dictado por este Órgano de Gobierno en sesión del 24 de septiembre de 2014, e incluir los puntos Vigésimo Tercero y Vigésimo Cuarto, destacando que los restantes se mantienen sin cambios, para quedar como sigue: . Los puntos restantes del Acuerdo citado se mantienen sin cambio".
  • ACDO.AS3.HCT.101214/269.P.DF / Se autoriza el cambio en la tasa de depreciación de las obras de arte.
    '269/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 264, fracciones II, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 495 del 28 de noviembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, así como el dictamen del Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 9 de diciembre del presente año, Acuerda: Primero.- Eliminar la tasa de depreciación del 15% para el rubro de activo fijo ‘Obras de Arte’. Segundo.- Instruir a la Dirección de Finanzas para realizar el registro contable de la cancelación de la depreciación acumulada con la cuenta de resultados de ejercicios anteriores al 31 de diciembre de 2014".
  • ACDO.DS.HCT.260214/27.P.SG / Ratificación y designación de representantes propietarios y suplentes, ante el H. Consejo Técnico del IMSS. (CONCAMIN)
    '27/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 14, fracción IV, 27, 28 y 29, fracción I, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Tomar nota de las ratificaciones y designaciones que ha hecho la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/066/14 del 31 de enero de 2014, para quedar en los siguientes términos: licenciados Francisco Javier Funtanet Mange (propietario) y Manuel Herrera Vega (suplente); licenciado Raúl Rodríguez Márquez (propietario) e ingeniero Giovanni Aloi Timeus Salvato (suplente); y licenciados León Halkin Bider (propietario) y Manuel Reguera Rodríguez (suplente). La designación del representante suplente primeramente enunciado, y la del representante propietario descrito en segundo término, se hacen en sustitución del licenciado Francisco Alberto Cervantes Díaz y del ingeniero Salomón Presburger Slovik, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.250412/91.P.DG, dictado en sesión del 25 de abril de 2012; y las ratificaciones de los propietarios y suplentes restantes, guardan su antecedente en el Acuerdo descrito y el diverso ACDO.DS.HCT.280813/214.P.SG, y surtirán sus efectos, provisionalmente, a partir del 26 de febrero de 2014, hasta en tanto la H. Asamblea General del IMSS dicte el Acuerdo respectivo".
  • SCAP2.HCT.260214/27.P.DPM / Informe derivado de las erogaciones e ingresos del IMSS, en el marco del Convenio Específico para el Intercambio de Servicios de Salud entre el IMSS, ISSSTE y la SS de Baja California Sur, correspondiente al primer semestre de 2013.
    '27/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones VII, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 7 del 23 de enero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas, toma nota del Informe derivado de las erogaciones del Convenio Específico para el Intercambio de Servicios de Salud entre el IMSS, el ISSSTE y la Secretaría de Salud de Baja California Sur, correspondiente al primer semestre de 2013, en cumplimiento a los puntos Cuarto y Segundo de los Acuerdos ACDO.AS2.HCT.230211/45.P.DPM y ACDO.SA3.HCT.260912/245.P.DPM, dictados en sesiones del 23 de febrero de 2011 y 26 de septiembre de 2012, respectivamente".
  • ACDO.AS3.HCT.101214/270.P.DF / Se aprueba el Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el ejercicio fiscal 2015.
    '270/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 264, fracción I, 276, 278, 279, 283, 286 B y 286 K, de la Ley del Seguro Social; y en términos del oficio 495 del 28 de noviembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, así como el dictamen del Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 9 de diciembre del presente año, Acuerda: Primero.- Aprobar el Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el ejercicio fiscal 2015, que propone la Dirección General, a través de la Dirección de Finanzas, el que contempla: a) La acumulación en las reservas y fondo por $10,320 millones, y se compone de: $7,742 millones provenientes de la Subcuenta 2 del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, y $2,265 millones por intereses generados en las Reservas Financieras y Actuariales; y en la Reserva General Financiera y Actuarial $307 millones de intereses de la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento y $6 millones por intereses en la Subcuenta 1 del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, dispuestos en el Anteproyecto de Presupuesto Modificado 2015, del Instituto Mexicano del Seguro Social y Reporte de la Dirección General; b) El informe sobre la totalidad de los recursos financieros en poder del Instituto; c) Las proyecciones de ingresos y egresos totales en efectivo para 2015; d) Los montos trimestrales y anuales que se dedicarán a incrementar o reconstituir cada una de las reservas para 2015, la proyección de las tasas de interés que generarán dichas reservas y los montos esperados al finalizar el ejercicio 2015; y e) Los recursos anuales que en forma trimestral se prevén afectar a las Reservas Operativas en 2015. Segundo.- Tomar nota que se estiman $1,837 millones como ingresos restringidos. Tercero.- Tomar nota que se considera la disposición de recursos de la Reserva Financiera y Actuarial del Seguro de Enfermedades y Maternidad, para cubrir las necesidades adicionales de financiamiento para el gasto de operación, calendarizado como a continuación se indica: $2,000 millones para enero; $4,000 millones para agosto; $4,000 millones para septiembre y $9,595 millones para diciembre. Cuarto.- Instruir a la Dirección General para que se envíe por conducto de la Dirección de Finanzas, el presente documento a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su conocimiento y efectos conducentes".
  • ACDO.AS3.HCT.101214/271.P.DF / Se autoriza el Financiamiento a través de cartas de crédito o coberturas cambiarias para el ejercicio fiscal 2015.
    '271/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, 264, fracción XIV y 277 B, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 495 del 28 de noviembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, así como el dictamen del Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 9 de diciembre del presente año, Acuerda: Único.- Instruir a la Dirección General para solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, un monto máximo para el ejercicio fiscal 2015, de 60 millones de dólares estadounidenses en cartas de crédito, a los plazos y condiciones establecidos en el artículo 277 B, de la Ley invocada".
  • ACDO.AS3.HCT.101214/272.P.DF / Se autoriza un incremento equivalente al 5% del monto vigente, al apoyo administrativo que reciben las representaciones de los sectores obrero y patronal ante el HCT y HCV.
    '272/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 263, 264, fracciones III, VI, XIV y XVII, 272, 274, último párrafo y 276, último párrafo, de la Ley del Seguro Social; 28, segundo y tercer párrafos, 31, fracciones XI y XX, y 51, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 495 del 28 de noviembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas; así como el dictamen del Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 9 de diciembre del presente año, Acuerda: Primero.- Autorizar a partir del 1º de enero de 2015, un incremento equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto vigente, al apoyo administrativo que reciben las representaciones de los sectores obrero y patronal ante el H. Consejo Técnico y la H. Comisión de Vigilancia de este Instituto. La distribución del apoyo administrativo en conceptos de gasto, se realizará anualmente, de acuerdo a las necesidades y solicitudes de cada uno de los Consejeros y Comisionados o por sector. Segundo.- El personal de apoyo de los referidos Órganos Superiores que se rija por los tabuladores del Instituto, no está incluido en los incrementos autorizados en el presente Acuerdo. Tercero.- El ejercicio de los recursos será responsabilidad de cada Consejero o Comisionado, de conformidad con lo establecido en la Ley del Seguro Social, el Presupuesto del Instituto del ejercicio fiscal correspondiente, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y demás disposiciones legales y administrativas aplicables".
  • ACDO.AS3.HCT.101214/273.P.DF / Se autorizan las cuotas del Seguro de Salud para la Familia, correspondiente al ejercicio fiscal 2015.
    '273/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones VIII y XXXVII, 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 1, 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones II y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme al estudio actuarial emitido por la Dirección de Finanzas, mediante oficio 502 del 5 de diciembre de 2014, signado por el Titular de la misma, así como el dictamen del Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 9 de diciembre del presente año, Acuerda: Primero.- Autorizar las cuotas anuales del Seguro de Salud para la Familia (SSFAM) que, buscando el principio de solidaridad social, se aplicarán a partir del 1° de febrero de 2015, para renovaciones o inscripciones, ya sean individuales o colectivas, de acuerdo al cuadro siguiente: Grupo de edad Cuotas 2015 0-19 1,900 20-29 2,250 30-39 2,400 40-49 3,400 50-59 3,600 60-69 5,200 70-79 5,450 80 y más 5,500 Segundo.- Se instruye a la Dirección de Incorporación y Recaudación para que difunda y aplique el contenido del presente Acuerdo en las Delegaciones y Subdelegaciones del IMSS. Tercero.- Se instruye a la Dirección de Finanzas para realizar los estudios actuariales que permitan incrementar gradualmente las cuotas del SSFAM, a fin de alcanzar el equilibrio financiero del mismo, cumpliendo con el principio de solidaridad social".
  • ACDO.DS.HCT.101214/275.P.SG / Ratificación y designación de representantes propietario y suplente, ante el CCD en Sonora. (CONCANACO-SERVYTUR).
    '275/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta de ratificación y designación comunicada por el ingeniero Enrique Solana Sentíes, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), mediante oficio sin número, del 3 de noviembre de 2014, en favor de los ingenieros Gerardo Valdivia Urrea y Leonel García Castelo, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la segunda fórmula del Sector Patronal, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS en Sonora. La ratificación del representante propietario guarda su antecedente en el Acuerdo ACDO.DS.HCT.250913/283.P.SG, dictado en sesión del 25 de septiembre de 2013; y la designación del representante suplente, se hace en sustitución de la contadora pública María de los Remedios Pulido Torres, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante el Acuerdo citado y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.SA2.HCT.101214/276.P.DA / Se autoriza el Programa de Arrendamiento Inmobiliario 2015, IMSS-Arrendatario: Régimen Ordinario.
    '276/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 253, fracciones II, III, V y último párrafo, 263, 264, fracciones I, III, 277 C y 277 F, de la Ley del Seguro Social, de conformidad con las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales, emitidas por la Secretaría de la Función Pública, publicadas el día 16 de julio de 2010 en el Diario Oficial de la Federación y última reforma del 3 de octubre de 2012; y en términos del oficio 593 del 2 de diciembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Aprobar el Programa de Arrendamiento de Inmuebles para el año 2015 IMSS-Arrendatario: Régimen Ordinario, que contiene las estrategias de planeación y operación para cancelar 23 arrendamientos, negociar la renovación de 276 contratos, evaluar la sustitución de 79 inmuebles arrendados con un presupuesto de $301.9 millones; así como la contratación de 668 cajones de estacionamiento, en apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, estimando un presupuesto de $8.3 millones, lo que arroja un presupuesto global de $310.2 millones. Segundo.- La superficie rentable destinada al servicio de resguardo de bienes sujetos a depuración, enajenación, así como a transferencias en materia de archivos de concentración, deberá disminuir en cumplimiento a los criterios de disciplina presupuestaria. Tercero.- La Dirección de Administración, deberá presentar el Informe de Resultados del Programa de Arrendamiento Inmobiliario IMSS-Arrendatario: Régimen Ordinario, correspondiente al ejercicio 2015, en cumplimiento a lo establecido en el presente Acuerdo, durante el primer trimestre de 2016".
  • ACDO.SA2.HCT.101214/278.P.DF / Se autoriza el Programa de Trabajo 2015 del (FOFOE).
    '278/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 495 del 28 de noviembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Primero.- Tomar nota del Programa de Trabajo 2015 del Fondo de Fomento a la Educación (FOFOE), integrado por 13 sub programas que se detallan en el Anexo 1 del presente Acuerdo, por un importe de $205’364,653.00 (DOSCIENTOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS 00/100 M.N.). Segundo.- Autorizar que el monto de los 13 sub programas del Programa de Trabajo 2015 del FOFOE, que se detallan en el Anexo 1 del presente Acuerdo, por un importe de $205’364,653.00 (DOSCIENTOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS 00/100 M.N.) sea transferido al presupuesto del IMSS para la ejecución de los referidos programas".
  • ACDO.IN3.HCT.101214/279.P.DF / Informe relativo a las operaciones de inversión, rendimientos y composición de las inversiones de las RFA’s y el FCOLCLC, con corte al mes de octubre de 2014.
    '279/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III, XXII y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX y 70, fracción XIII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 9, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; y en términos del oficio 495 del 28 de noviembre 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe relativo a las operaciones de inversión, los rendimientos obtenidos y la composición de las inversiones de las Reservas Financieras y el Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, con corte al mes de octubre de 2014".
  • SCAP1.HCT.260214/28.P.DPM / Informe sobre los Servicios de Prevención y Promoción de la Salud para Trabajadores IMSS, y de los Comités para el Control de la Incapacidad Temporal para el Trabajo, correspondiente al segundo semestre de 2013.
    '28/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 19 del 10 de febrero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas; así como la resolución tomada por el Comité del mismo nombre, del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, toma nota del Informe sobre los Servicios de Prevención y Promoción de la Salud para Trabajadores del IMSS (SPPSTIMSS), y de los Comités para el Control de la Incapacidad Temporal para el Trabajo (COCOITT), correspondiente al segundo semestre de 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en el punto Sexto del Acuerdo ACDO.AS2.HCT.260808/188.P.DPM y DF, dictado en sesión del 26 de agosto de 2008".
  • ACDO.DS.HCT.260214/28.P.SG / Designación de representante propietario y/o suplente, ante los Comités de: Incorporación y Recaudación, Presupuesto, Administración, y Evaluación de Delegaciones. (CONCAMIN)
    '28/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones X y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como lo establecido en el punto 1.8, de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno, Acuerda: Único.- Aprobar las designaciones formuladas por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/076/14 del 31 de enero de 2014, para integrar la representación del Sector Patronal en diversos Comités del propio Consejo Técnico, al licenciado Raúl Rodríguez Márquez, al tenor siguiente: a) En los de Incorporación y Recaudación, y de Presupuesto, como propietario; y b) En los de Administración, y de Evaluación de Delegaciones, como suplente; en sustitución del ingeniero Salomón Presburger Slovik. Consecuentemente, se modifican en su parte conducente los Acuerdos ACDO.DS.HCT.250412/92.P.DG, ACDO.DS.HCT.250810/251.P.SG y ACDO.DS.HCT.290709/154.P.SG, dictados en sesiones del 25 de abril de 2012, 25 de agosto de 2010 y 29 de julio de 2009, respectivamente, y surtirán sus efectos a partir de que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en las Actas respectivas".
  • ACDO.IN3.HCT.101214/280.P.DF / Informe sobre la revisión de la fórmula de cálculo de la prima de Seguro de Riesgos de Trabajo.
    '280/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones I, IV y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 495 del 28 de noviembre de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota que derivado del Estudio de la Revisión de la Fórmula para el Cálculo de la Prima del Seguro de Riesgos de Trabajo que elaboró un despacho externo se certificó que la fórmula descrita en el artículo 72, de la Ley del Seguro Social, para calcular la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo, es adecuada para garantizar la suficiencia financiera en el corto plazo".
  • ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR / Se aprueban las Reglas de operación para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social.
    '281/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 9, 251, fracciones IV, VIII, XV, XX, XXIII y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 1, 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones II y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y 32 D, del Código Fiscal de la Federación; y de conformidad con el planteamiento presentado por la Dirección General, por conducto de la Dirección de Incorporación y Recaudación, mediante oficio 84 del 28 de noviembre de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 26 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar las ‘Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social’, que forman parte del presente Acuerdo como Anexo Único. Segundo.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación para promover la difusión y aplicación del Anexo descrito en el punto que antecede, así como, en su caso, los lineamientos y/o procedimientos que emita con base en el mismo a los Órganos Operativos del Instituto. Tercero.- Instruir a las Direcciones de Incorporación y Recaudación e Innovación y Desarrollo Tecnológico, para desarrollar e implementar el sistema tecnológico para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social. Cuarto.- Instruir a la Dirección Jurídica a efecto de que realice el trámite para la publicación en el Diario Oficial de la Federación del presente Acuerdo y su Anexo. Quinto.- El presente Acuerdo y el Anexo Único, entrarán en vigor el día siguiente hábil a la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación".
  • ACDO.SA3.HCT.101214/282.P.DIR / Se autoriza dispensa del otorgamiento de garantía de interés fiscal, a patrones y demás sujetos que suscriban convenio para el pago a plazos.
    '282/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 9, segundo párrafo, 251, fracciones IV, VIII, XXXIII y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII y 271, de la Ley del Seguro Social; 1, 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 66 A, fracción III, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación; 31, fracciones II y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 133, segundo párrafo y 135, segundo párrafo, del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización; y de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General, por conducto del Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, mediante oficio 84 del 28 de noviembre de 2014; así como el dictamen del Comité del mismo nombre, del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 26 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar la dispensa del otorgamiento de la garantía del interés fiscal, a los patrones y demás sujetos obligados, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley del Seguro Social y en el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, cuando suscriban el convenio para el pago a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, de los créditos adeudados por concepto de cuotas obrero patronales y capitales constitutivos. Segundo.- En caso de que los patrones o sujetos obligados a que se refiere el punto anterior, incumplan en el pago de dos de las parcialidades autorizadas, se requerirá la garantía del interés fiscal respectivo debiendo efectuar el otorgamiento de la misma, en un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación del requerimiento, y en caso de no otorgarse, se revocará la autorización de prórroga para el pago de parcialidades. Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica, a efecto de que realice el trámite para la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Acuerdo que nos ocupa. Cuarto.- El presente Acuerdo iniciará su vigencia el día hábil siguiente a la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación con vigencia al treinta de junio de 2015".
  • ACDO.SA2.HCT.101214/283.P.DJ / Se autoriza la contratación plurianual de los servicios del Auditor Externo Gossler, S.C., para dictaminar los Estados Financieros del IMSS del ejercicio fiscal 2014.
    '283/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 263, 264, fracción XVII y 277 F, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General, a través del Titular de la Dirección Jurídica, mediante oficio 358 del 21 de noviembre de 2014, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto de las Direcciones Jurídica y de Administración, lleve a cabo la contratación plurianual de los servicios del Auditor Externo designado por la Secretaría de la Función Pública, para dictaminar los Estados Financieros del ejercicio fiscal 2014 del IMSS. Segundo.- El monto total de la contratación a que se refiere el presente Acuerdo, será la cantidad de $4’888,860.60 (CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA PESOS 60/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado, con la distribución anual siguiente: para el ejercicio 2014, un monto de $977,772.14 (NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS PESOS 14/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado; y para el ejercicio 2015, un importe de $3’911,088.48 (TRES MILLONES NOVECIENTOS ONCE MIL OCHENTA Y OCHO PESOS 48/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado. Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica, para que considere dentro de su presupuesto de operación a partir del año 2014, en cada ejercicio fiscal, las cantidades referidas con anterioridad, quedando sujetas a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio de que se trate, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 24 y 25, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 32, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 277 F y 277 G, de la Ley del Seguro Social. Cuarto.- La presente autorización se limita exclusivamente al ámbito presupuestario y no genera implicación alguna sobre el respectivo procedimiento de contratación, mismo que deberá realizarse con estricto apego a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y las demás disposiciones que resulten aplicables".
  • ACDO.SA1.HCT.101214/284.P.DPM / Se acepta la donación pura, no onerosa, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., consistente en 114,180 piezas del medicamento Ranitidina.
    '284/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, V y XXXVII, 263 y 264, fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción XVI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones XVII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; en relación a lo previsto en el artículo 182, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y conforme al planteamiento presentado por la Dirección General, por conducto de la Dirección de Prestaciones Médicas, mediante oficio 195 del 26 de noviembre de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 24 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto del Director de Prestaciones Médicas, acepte la donación pura, no onerosa ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., consistente en 114,180 piezas del medicamento Ranitidina (tableta), con un valor de $456,720.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTE PESOS 00/100 M.N.), con la finalidad de fortalecer la atención médica que proporciona el Instituto a la población derechohabiente. Segundo.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que se registre para efectos contables, el valor de los bienes objeto de la donación indicado en el presente Acuerdo. Tercero.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas a fin de que, en coordinación con la Dirección Jurídica, realice los trámites para la formalización del contrato de donación respectivo, atendiendo a lo previsto en el Código Civil Federal".
  • ACDO.SA3.HCT.101214/285.P.DPM / Se aprueba la adición de tarifas máximas referenciales de nuevas intervenciones al Anexo 1 del Acuerdo General de Colaboración para el Intercambio de Servicios.
    '285/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 89, fracción II, 251, fracciones IV, XXXII, XXXVI y XXXVII, 263 y 264, fracciones VII, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción III, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General, por conducto del Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas, mediante oficio 195 del 26 de noviembre de 2014; así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 24 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar las tarifas referenciales de las 10 intervenciones adicionales que se proponen en el Anexo Único de este Acuerdo, mismas que formarán parte del ‘Catálogo Nacional de Servicios, Intervenciones, Auxiliares de Diagnóstico y Tratamiento y Tabulador de Tarifas Máximas Referenciales’, documento que conforma el Anexo 1 del Acuerdo General de Colaboración para el Intercambio de Servicios, suscrito el 12 de mayo de 2011, entre la Secretaría de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y diferentes entidades públicas que forman parte del Sistema Nacional de Salud. Segundo.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas para que, en coordinación con la Dirección de Finanzas, rinda semestralmente a este Órgano de Gobierno un informe respecto a las erogaciones del Instituto y adeudos generados con base en la aplicación de las tarifas autorizadas en este Acuerdo".
  • ACDO.SA2.HCT.101214/286.P.DPM / Se aprueban los procedimientos actualizados del (FOFOE).
    '286/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones II, XII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como 164, del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS; y conforme al planteamiento presentado por el Director General, por conducto del Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas, mediante oficio 195 del 26 de noviembre de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre, del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 24 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar los documentos denominados: a) Procedimiento para la recepción y trámite de fichas de depósito bancario en el Fondo de Fomento a la Educación; b) Procedimiento para la operación del Fondo de Fomento a la Educación; c) Procedimiento para obtener apoyo del Fondo de Fomento a la Educación; y d) Procedimiento para la utilización de los recursos financieros del Fondo de Fomento a la Educación para gastos de administración, en los términos planteados por la Dirección de Prestaciones Médicas, los cuales sustituyen a los emitidos el 21 de mayo de 2010, en el caso de los señalados en los incisos a), b) y c), y el 6 de julio de 2010, en el caso del procedimiento citado en el inciso d). Segundo.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas para que lleve a cabo ante las instancias competentes de la Dirección de Administración, el registro de los Procedimientos aprobados en el Catálogo Institucional y en el Sistema de Información Normativa del Instituto Mexicano del Seguro Social. Tercero.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas a difundir los procedimientos señalados en el punto Primero de este Acuerdo, para la estricta observancia de las disposiciones contenidas en los instrumentos normativos que se aprueban".
  • ACDO.DS.HCT.101214/288.P.SG / Designación de representante propietario, ante el CCD en Baja California. (CONCAMIN)
    '288/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; así como 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta de designación comunicada por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/459/14 del 25 de noviembre de 2014, en favor de la señora Teresita del Niño Jesús Ruíz Mendoza, como representante propietario en la primera fórmula del Sector Patronal, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Regional del IMSS en Baja California, misma que se hace en sustitución del contador público Efraín Kantel Sánchez, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.260613/147.P.SG, dictado en sesión del 26 de junio de 2013, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.101214/289.P.SG / Designación de representante propietario, ante el CCD en Baja California Sur. (CONCAMIN)
    '289/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; así como 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta de designación comunicada por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/459/14 del 25 de noviembre de 2014, en favor del licenciado Jesús Alfredo Sánchez Moroyoqui, como representante propietario en la primera fórmula del Sector Patronal, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Regional del IMSS en Baja California Sur, misma que se hace en sustitución del licenciado Ismael Torres Meza, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.260613/148.P.SG, dictado en sesión del 26 de junio de 2013, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.260214/29.P.SG / Designación representantes propietario y suplente, ante las Comisiones de: Inversiones Financieras, Consultiva Mixta de Abastecimiento y Bipartita de Atención al Derechohabiente. (CONCAMIN)
    '29/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones X y XX, y 33, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con lo establecido en el punto 1.8, de los Lineamientos Operativos del Consejo Técnico, Acuerda: Único.- Aprobar la designación formulada por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/075/14 del 31 de enero de 2014, para integrar la representación del Sector Patronal, en las Comisiones creadas por este Órgano de Gobierno, en los términos siguientes: al licenciado Raúl Rodríguez Márquez, como representante suplente por dicha Confederación ante la Bipartita de Atención al Derechohabiente; y en la Consultiva Mixta de Abastecimiento, como propietario; y a los licenciados León Halkin Bider y el propio Raúl Rodríguez Márquez, como representantes propietario y suplente, respectivamente, ante la Comisión de Inversiones Financieras; lo anterior en sustitución del ingeniero Salomón Presburger Slovik, y del propio licenciado León Halkin Bider, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdos ACDO.DS.HCT.260809/180.P.SG, 581/2001 y ACDO.DS.HCT.280813/238.P.SG, dictados por este Órgano de Gobierno en sesiones del 26 de agosto de 2009, 24 de octubre de 2001 y 28 de agosto de 2013, respectivamente, y surtirán sus efectos a partir de que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en las Actas respectivas".
  • SCAP2.HCT.260214/29.P.SG / Informe de Actividades de los Comités y Comisiones del HCT, con corte al 25 de febrero de 2014.
    '29/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción XII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como en lo establecido en el punto 1.9.2.20, de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 14 de febrero de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de Actividades de las reuniones celebradas por los Comités del propio Órgano de Gobierno, acorde al calendario aprobado mediante Acuerdo ACDO.SA2.HCT.271113/337.P.SG dictado en sesión del 27 de noviembre de 2013, con corte al 25 de febrero de 2014".
  • ACDO.DS.HCT.101214/290.P.SG / Ratificación de representante suplente, ante el CCD en Campeche. (CONCAMIN)
    '290/2014 / 10 de Diciembre de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; así como 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta de ratificación comunicada por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/459/14 del 25 de noviembre de 2014, en favor del licenciado Juan de la Vega Rodríguez, como representante suplente en la primera fórmula del Sector Patronal, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS en Campeche, cuyo antecedente obra en el Acuerdo ACDO.DS.HCT.260613/149.P.SG, dictado en sesión del 26 de junio de 2013, y surtirá sus efectos a partir del 10 de diciembre de 2014, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.AS3.HCT.290114/3.P.DF / Se autorizan las cuotas del Seguro de Salud para la Familia, correspondiente al ejercicio fiscal 2014.
    '3/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 242, 263 y 264, fracciones II, III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y conforme al estudio actuarial emitido por la Dirección de Finanzas, mediante oficio 11 del 17 de enero de 2014, así como en la resolución tomada por el Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 28 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar las cuotas anuales del Seguro de Salud para la Familia que se aplicarán a partir del 1º de febrero de 2014, para renovaciones o inscripciones, ya sean individuales o colectivas, que se indican a continuación: Grupo de edad Cuotas 2014 0-19 1,600 20-29 1,900 30-39 2,000 40-49 2,850 50-59 3,050 60-69 4,400 70-79 4,600 80 y más 4,650 Segundo.- Se instruye a la Dirección de Incorporación y Recaudación para que difunda y aplique el contenido del presente Acuerdo en las Delegaciones y Subdelegaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social. Tercero.- Se instruye a la Dirección de Finanzas para realizar los estudios actuariales que permitan continuar cada año con el incremento gradual de las cuotas del Seguro que nos ocupa, a fin de alcanzar el equilibrio financiero del mismo, cumpliendo con el principio de solidaridad social. Cuarto.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que se realice un análisis y se presenten posibles soluciones a la contención del gasto de enfermedades preexistentes en el Seguro de Salud para la Familia".
  • SCAP3.HCT.290114/3.P.SG / Informe del funcionamiento de los Consejos Consultivos Delegacionales, correspondiente al tercer cuatrimestre de 2013.
    '3/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio sin número, del 20 de enero de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe del Funcionamiento de los Consejos Consultivos Delegacionales del propio Instituto, correspondiente al tercer cuatrimestre de 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en los Acuerdos 8 102/80 y 493/2006, punto III, dictados en sesiones del 15 de octubre de 1980 y 30 de octubre de 2006, respectivamente; e instruye a la Secretaría General para que haga llegar a los Presidentes de los Consejos Consultivos Delegacionales, el Informe de referencia, específicamente en lo que respecta a las incidencias que competen a los Órganos Colegiados que presiden".
  • SCAP2.HCT.040414/30.P.SG / Informe del Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del HCT, con corte al mes de febrero de 2014.
    '30/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción III, y 68, fracción IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9 y 2.6.4, inciso f), de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 14 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico, con corte al mes de febrero del año en curso".
  • ACDO.DS.HCT.260214/30.P.SG / Designación de representantes propietario y suplente, ante el CCD en Jalisco. (CROC)
    '30/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el senador Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), mediante oficio sin número, del 22 de enero de 2014, en favor de los CC. Nabor Rubén Jiménez Varela y Felipe Sierra Casillas, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la segunda fórmula del Sector Obrero, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS en Jalisco, en sustitución del licenciado Antonio Lara Nuño y el C. Nabor Jiménez Varela, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.260510/108.P.SG, dictado en sesión del 26 de mayo de 2010, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.260214/31.P.SG / Designación de representantes propietario y suplente, ante la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Gineco Obstetricia del CMN de Occidente ‘Lic. Ignacio García Téllez’, en Guadalajara, Jalisco. (CROC)
    '31/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción II, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el senador Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), mediante oficio sin número, del 22 de enero de 2014, en favor de los CC. Cosme Morán Manrique y Francisco Vargas Magaña, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la segunda fórmula del Sector Obrero, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Gineco Obstetricia del Centro Médico Nacional de Occidente ‘Lic. Ignacio García Téllez’, en Guadalajara, Jalisco, en sustitución del licenciado Antonio Lara Nuño y el propio C. Cosme Morán Manrique, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.200711/199.P.SG, dictado en sesión del 20 de julio de 2011, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAP2.HCT.040414/31.P.DA / Informe de la situación presupuestaria y evolución de los servicios personales en el IMSS, incluyendo la contratación de plazas de confianza a nivel nacional y servicios profesionales o especiales bajo el régimen de honorarios, correspondiente al ejercicio 2013.
    '31/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, primer párrafo, y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 89 del 12 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno en reunión celebrada en la fecha descrita, toma nota del Informe de la situación presupuestaria y evolución de los servicios personales en el IMSS, incluyendo la contratación de plazas de confianza a nivel nacional y servicios profesionales o especiales bajo el régimen de honorarios, correspondiente al ejercicio 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por el propio Consejo Técnico en el punto Segundo del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.230713/198.P.DAED, dictado en sesión del 23 de julio de 2013".
  • SCAT2.HCT.040414/32.P.DA / Informe de Resultados del Programa Anual de Disposición Final de Bienes Muebles correspondiente al ejercicio 2013.
    '32/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 263 y 264, fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 89 del 12 de marzo de 2014, signado por el Director de Administración, así como en la resolución tomada por el Comité del mismo nombre, del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, toma nota del Informe de Resultados del Programa Anual de Disposición Final de Bienes Muebles correspondiente al ejercicio 2013, en cumplimiento total al punto Segundo de los Acuerdos ACDO.SA2.HCT.300113/25.P.DAED y ACDO.SA2.HCT.250913/287.P.DAED, dictados por el propio Consejo, en sesiones del 30 de enero y 25 de septiembre de 2013, respectivamente, e instruye a que en las Delegaciones y Unidades Médicas de Alta Especialidad cuyos ingresos reales por concepto de venta de bienes muebles no útiles y desechos durante el ejercicio 2013, fueron superiores a los programados, se les asigne la cantidad real obtenida, para su aplicación".
  • ACDO.DS.HCT.260214/32.P.SG / Designación de representantes propietario y suplente, ante la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Especialidades del CMN de Occidente, en Guadalajara, Jalisco. (CROC)
    '32/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción II, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el senador Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), mediante oficio sin número, del 22 de enero de 2014, en favor de los CC. Arturo Morones Lomelí y Mario Rodríguez Bogarín, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la segunda fórmula del Sector Obrero, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades del Centro Médico Nacional de Occidente, en Guadalajara, Jalisco, en sustitución del licenciado Antonio Lara Nuño y el C. Nabor Jiménez Varela, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.300311/85.P.SG, dictado en sesión del 30 de marzo de 2011, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DG.HCT.260214/33.P.SG / Designación de representantes propietario y suplente, ante el CCD en Tabasco. (GOBIERNO)
    '33/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el licenciado Arturo Núñez Jiménez, Gobernador Constitucional del Estado de Tabasco, mediante oficio sin número, del 21 de enero de 2014, en favor del licenciado Juan Antonio Filigrana Castro y el doctor Esmelin Trinidad Vázquez, como representantes propietario y suplente, respectivamente, por el Sector Gobierno, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS en Tabasco, misma que se hace en sustitución de los doctores Ezequiel Alberto Toledo Ocampo y Sonia María Castro Noriega, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DG.HCT.300113/23.P.SG, dictado en sesión del 30 de enero de 2013, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAT2.HCT.040414/33.P.DA / Informe final sobre la contratación plurianual del Servicio de Hemodiálisis Subrogada 2011-2013.
    '33/2014 / 4 de Abril de 2014
    "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 89, fracción II, 251, fracciones IV y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII, 277 F y 277 G, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 89 del 12 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como la resolución tomada por el Comité del mismo nombre de este Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, toma nota del Informe final correspondiente al segundo semestre del año 2013, relativo a la contratación plurianual del Servicio de Hemodiálisis Subrogada (2011-2013), en cumplimiento total al punto Cuarto del Acuerdo ACDO.AS3.HCT.310811/216.P.DAED, DPM y DF".
  • SCAP2.HCT.040414/34.P.DA / Informe de Avances del Programa de Trabajo de Control Interno Institucional 2013-2014, correspondiente al cuarto trimestre de 2013.
    '34/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 11 y 61, fracción I, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; Tercero, numerales 9, 36, 37, 38 y 65, fracción VIII, inciso e) del ‘Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en Materia de Control Interno y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno’, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010 y su última modificación publicada el 27 de julio de 2012; y en términos del planteamiento del Director General por conducto del Titular de la Dirección de Administración, mediante oficio 89 del 12 de marzo de 2014, así como la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, toma conocimiento de: a) El Reporte trimestral de avances del Programa de Trabajo de Control Interno Institucional (PTCI) 2013-2014, correspondiente al periodo octubre-diciembre, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en el punto Segundo del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.290910/297.P.DAED, dictado en sesión del 29 de septiembre de 2010; y b) El Resultado del Estudio General de la Situación que Guarda el Sistema de Control Interno Institucional realizado por la Auditoría Superior de la Federación e instruye a la Dirección de Administración, a que las observaciones se incorporen, en la medida de lo posible, al PTCI 2014-2015. Así mismo, instruye a la Dirección de Administración para que exhorte a los Titulares de Delegaciones y Unidades Médicas de Alta Especialidad a concluir satisfactoriamente el PTCI 2013-2014".
  • ACDO.DS.HCT.260214/34.P.SG / Ratificación de representante suplente, ante CCD en Distrito Federal Sur. (CONCAMIN)
    '34/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la ratificación comunicada por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG0/054/14 del 28 de enero de 2014, en favor del licenciado Mario Emilio Carvajal Trillo, como representante suplente en la tercera fórmula del Sector Patronal, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Sur del IMSS en el Distrito Federal, cuyo antecedente obra en el Acuerdo ACDO.DS.HCT.270208/45.P.SG, dictado en sesión del 27 de febrero de 2008, y surtirá sus efectos a partir del 26 de febrero de 2014, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.260214/35.P.SG / Ratificación de representante propietario, ante el CCD en Jalisco. (CONCAMIN)
    '35/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la ratificación comunicada por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG0/062/14 del 31 de enero de 2014, en favor del ingeniero Rubén Masayi González Uyeda, como representante propietario en la primera fórmula del Sector Patronal, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS en Jalisco, cuyo antecedente obra en el Acuerdo ACDO-DS-HCT-270208/43.P.SG, dictado en sesión del 27 de febrero de 2008, y surtirá sus efectos a partir del 26 de febrero de 2014, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAP2.HCT.040414/35.P.DA / Informe sobre el Avance del Desarrollo del Programa para la Disminución del Ausentismo No Programado y Comparativo de Días de Incapacidad en trabajadores IMSS y No IMSS, correspondiente al ejercicio 2013.
    '35/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 84, 36 y 70 del 7 de marzo de 2014, signado por los Titulares de las Direcciones de Administración, Prestaciones Médicas y Prestaciones Económicas y Sociales, respectivamente, así como la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 12 del mes y año citados, toma nota del Informe sobre el Avance del Desarrollo del Programa para la Disminución del Ausentismo No Programado y Comparativo de Días de Incapacidad en trabajadores IMSS y No IMSS, correspondiente al ejercicio 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en el punto Segundo del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.230713/198.P.DAED, dictado en sesión del 23 de julio de 2013".
  • ACDO.DS.HCT.260214/36.P.SG / Designación representantes propietario y suplente, ante el CCD en Colima. (CROC)
    '36/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el senador Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), mediante oficio sin número, del 31 de enero de 2014, en favor de los CC. Leonardo Baltazar Blanco y Antonia Salvador Peregrina, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la segunda fórmula del Sector Obrero, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Regional del IMSS en Colima, en sustitución de los CC. Anahí Martínez Ciprian y Leonardo Baltazar Blanco, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.270612/143.P.SG, dictado en sesión del 27 de junio de 2012, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.260214/37.P.SG / Designación representantes propietario y suplentes, ante el CCD en Jalisco. (CONCAMIN)
    '37/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG0/087/14 del 6 de febrero de 2014, en favor de los licenciados Exequiel Rolón Valencia (suplente); así como Daniel Curiel Rodríguez (propietario) y Luis María Gutiérrez Muñoz (suplente), en las fórmulas primera y segunda del Sector Patronal, respectivamente, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS en Jalisco, en sustitución de los propios licenciados Daniel Curiel Rodríguez y Exequiel Rolón Valencia, y del contador público Urbano Adrián Ortega Díaz, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo ACDO-DS-HCT-270208/43.P.SG, dictado en sesión del 27 de febrero de 2008, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAP2.HCT.040414/37.P.DIR / Informe de las acciones para hacer efectivo el acceso al Seguro de Enfermedades y Maternidad al grupo de derechohabientes descritos en el Acuerdo ACDO.SA2.HCT.260214/43.P.DJ.
    '37/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones II, IV y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 17 del 12 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, toma nota del informe relativo a las acciones realizadas por la Dirección enunciada, en el ámbito de su competencia, para hacer efectivo el acceso al Seguro de Enfermedades y Maternidad, al cónyuge del asegurado, asegurada, pensionado o pensionada, con independencia si se trata de matrimonios de personas del mismo o distinto sexo, en cumplimento al punto Segundo del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.260214/43.P.DJ, dictado en sesión del 26 de febrero de 2014".
  • SCAP2.HCT.040414/38.P.DJ / Informe de Seguimiento a la atención de observaciones de la ASF, correspondiente al segundo semestre de 2013.
    '38/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III y XIV, de la Ley del Seguro Social; 26 y 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en cumplimiento a lo establecido en el punto Primero del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.230713/206.P.DJ, aprobado por este Órgano de Gobierno en sesión del 23 de julio de 2013; y con base en el informe que presenta la Dirección General por conducto del Director Jurídico, mediante oficio 56 del 28 de febrero de 2014, toma nota del Informe de Seguimiento a la atención de observaciones de auditoría al Instituto Mexicano del Seguro Social, correspondiente al período del 1° de julio al 31 de diciembre 2013, elaborado por la Dirección Jurídica; y que de un total de 259 observaciones existentes al inicio del segundo semestre de 2013, formuladas por la Auditoría Superior de la Federación, la Secretaría de la Función Pública, el Órgano Interno de Control en el Instituto y el despacho Auditor Externo, en el período que se informa, fueron solventadas 304 observaciones y se determinaron 580 nuevas, resultando al 31 de diciembre de 2013, un saldo de 535 observaciones en proceso de atención a cargo de los Órganos Normativos, de Operación Administrativa Desconcentrada y Operativos. Asimismo, exhorta a los Titulares de las Direcciones Normativas, de las Delegaciones y de las Unidades Médicas de Alta Especialidad, así como a las Unidades Administrativas que de ellos dependan, para que instrumenten mejoras y acciones preventivas para disminuirlas en sus procesos".
  • ACDO.DS.HCT.260214/38.P.SG / Designación y ratificación de representantes propietario y suplente, respectivamente, ante el CCD en Nuevo León. (FTSA)
    '38/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación y ratificación comunicadas por el licenciado Juan Manuel López Álvarez, Secretario General de la Federación de Trabajadores de Sindicatos Autónomos (FTSA), mediante oficio sin número, del 24 de enero de 2014, en favor de los licenciados Genaro Leal Cavazos y Edgar Arleff Salinas Benavides, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la quinta fórmula del Sector Obrero, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Regional del IMSS en Nuevo León. La designación del representante propietario, se hace en sustitución del licenciado Víctor Joaquín Rodríguez Sánchez, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.250810/239.P.SG, dictado en sesión del 25 de agosto de 2010, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo; y la ratificación guarda su antecedente en el Acuerdo citado, y surtirá sus efectos a partir del 26 de febrero de 2014, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.SA2.HCT.260214/39.P.DA / Se autoriza continuar con la aplicación del Programa Sustitución de Trabajador a Trabajador del 1° de enero al 31 de diciembre de 2014.
    '39/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 69, fracciones VIII y XI, inciso b), y 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 57 y 58, fracción I, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, de conformidad con el planteamiento presentado por la Dirección General a través de la Dirección de Administración, mediante oficio 50 del 17 de febrero de 2014, signado por el Titular de ésta, así como la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director de Administración para que por conducto del Titular de la Unidad de Personal, continúe con la aplicación del Programa ‘Sustitución de Trabajador a Trabajador’, por el periodo comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre de 2014, en términos de los Lineamientos Generales del Convenio suscrito bilateralmente entre el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social y el IMSS. Segundo.- Se faculta al Titular de la Unidad de Personal, dependiente de la Dirección enunciada, para elaborar, suscribir y difundir, el documento, para dar cumplimiento a lo previsto en el punto que antecede, así como para establecer las estrategias adecuadas para la supervisión respectiva".
  • SCAP2.HCT.040414/39.P.DJ / Informe sobre el estado que guarda la elaboración del proyecto de modificaciones al RIIMSS, correspondiente a la reestructura orgánica básica del Instituto, aprobada entre 2012 y 2014.
    '39/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracción VII, 263, 264, fracciones III, IV y XVII, y 286 I, de la Ley del Seguro Social; así como 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; en cumplimiento a lo establecido en el punto Séptimo del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.280312/76.P.DAED, aprobado por este Órgano de Gobierno en sesión del 28 de marzo de 2012; y con base en el informe que presenta la Dirección General por conducto del Director Jurídico, mediante oficio 61 del 10 de marzo de 2014, toma nota del estado que guarda la elaboración del proyecto de modificaciones al Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, correspondiente a la reestructuración orgánica básica del mismo, aprobada mediante Acuerdos ACDO.SA2.HCT.280312/76.P.DAED, del 28 de marzo de 2012; ACDO.SA2.HCT.280813/223.R.DAED, del 28 de agosto de 2013; ACDO.SA2.HCT.301013/321.P.DAED y ACDO.SA2.HCT.301013/322.P.DAED, del 30 de octubre de 2013; ACDO.SA2.HCT.271113/355.P.DAED, del 27 de noviembre de 2013; ACDO.SA2.HCT.111213/361.P.DAED, del 11 de diciembre de 2013 y ACDO.SA2.HCT.290114/10.P.DA, del 29 de enero de 2014".
  • SCAP2.HCT.290114/4.P.SG / Informe del funcionamiento de las Juntas de Gobierno de las UMAES, correspondiente al tercer cuatrimestre de 2013.
    '4/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio sin número, del 20 de enero de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe del Funcionamiento de las Juntas de Gobierno de las Unidades Médicas de Alta Especialidad del propio Instituto, correspondiente al tercer cuatrimestre de 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en el punto III, del Acuerdo 494/2006, dictado en sesión del 30 de octubre de 2006; e instruye a la Secretaría General para que haga llegar a los Presidentes de las Juntas de Gobierno de las Unidades Médicas de Alta Especialidad el Informe de referencia, específicamente en lo que respecta a las incidencias que competen a los Órganos Colegiados que presiden".
  • ACDO.AS3.HCT.290114/4.P.DF / Se aprueba la Primera Adecuación al Presupuesto 2014 del IMSS.
    '4/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 264, fracciones I, II, III y VI, 270, 272 y 274, tercer párrafo, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 11 del 17 de enero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, así como en la resolución tomada por el Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 28 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar el documento denominado: ‘Primera Adecuación al Presupuesto 2014 del Instituto Mexicano del Seguro Social’. Segundo.- Tomar nota de las adecuaciones al presupuesto de flujo de efectivo y de operación, así como el impacto en los calendarios respectivos, en los términos descritos en la Sección II del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo, incluyendo las cifras contenidas en las Tablas 1 y 2. Tercero.- Autorizar el uso de los recursos del Fondo de Fomento a la Educación para su Programa de Trabajo 2014, aprobado mediante Acuerdo ACDO.SA3.HCT.271113/351.P.DF, por $209 millones, contenido en la Sección II del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Cuarto.- Tomar nota de las adecuaciones al presupuesto de Inversión Física 2014, que se presentan en la Sección III del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Quinto.- Tomar nota de las adecuaciones al presupuesto de las áreas de administración central, contenidas en la Sección IV, inciso a), del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Sexto.- Tomar nota de las adecuaciones al calendario de flujo de efectivo, contenido en la Sección IV, inciso b), del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Séptimo.- Autorizar el uso de recursos de la Reserva Financiera y Actuarial del Seguro de Enfermedades y Maternidad hasta por $20,250 millones, con la programación señalada en la Tabla 6 del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Octavo.- Instruir a la Dirección General para que, por conducto de la Dirección de Finanzas, se envíe el presente documento a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento y efectos conducentes".
  • SCAP2.HCT.040414/40.P.DJ / Informes Cuantitativo y Cualitativo de juicios fiscales, correspondientes al segundo semestre de 2013 y anual.
    '40/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5 y 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 64 del 14 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección Jurídica, toma nota de los Informes cuantitativo y cualitativo de juicios fiscales, correspondientes al segundo semestre y anual de 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en los Acuerdos 296/96, punto II, 217/98, parte final y punto Primero del ACDO.SA2.HCT.300311/98.P.DJ, dictados en sesiones del 21 de agosto de 1996, 22 de abril de 1998 y 30 de marzo de 2011, respectivamente".
  • ACDO.IN2.HCT.260214/40.P.DA / Informe de Actividades del Comité Institucional de Obras Públicas, correspondiente al ejercicio 2013.
    '40/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 50 del 17 de febrero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe de Actividades del Comité Institucional de Obras Públicas, correspondiente al ejercicio fiscal 2013, autorizado por éste, mediante acuerdo 11.01/2014, en sesión ordinaria del 28 de enero de 2014, en cumplimiento al numeral 7.2 del Manual de Integración y Funcionamiento de los Comités de Obra Pública en los ámbitos Institucional, Delegacional y en las Unidades Médicas de Alta Especialidad".
  • SCAP2.HCT.040414/41.P.DJ / Informes Cuantitativo y Cualitativo de los juicios labores, correspondientes al segundo semestre de 2013 y anual.
    '41/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 64 del 14 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección Jurídica, toma nota de los Informes cuantitativo y cualitativo de juicios laborales, correspondientes al segundo semestre y anual de 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en los Acuerdos 147/92, punto IV, 398/97, parte final, y punto Primero del ACDO.SA2.HCT.300311/99.P.DJ, dictados en sesiones del 22 de abril de 1992, 20 de agosto de 1997 y 30 de marzo de 2011, respectivamente".
  • SCAP2.HCT.040414/42.P.DJ / Informe de avances obtenidos en el abatimiento de juicios labores, con base en el Convenio de Colaboración entre la PROFEDET, JFCyA y el IMSS, correspondiente al segundo semestre de 2013.
    '42/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III y XIV, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 64 del 14 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección Jurídica, toma nota del Informe de avances obtenidos en el abatimiento de juicios laborales, con base en el Convenio de Colaboración entre la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y el Instituto Mexicano del Seguro Social, correspondiente al segundo semestre de 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en los Acuerdos 218/2001, y punto Primero del ACDO.SA2.HCT.300311/100.P.DJ, dictados en sesiones ordinarias del 16 de mayo de 2001 y 30 de marzo de 2011, respectivamente".
  • ACDO.IN3.HCT.260214/42.P.DF / Informe de Actividades de la CIF, correspondiente al mes de enero de 2014.
    '42/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y 9, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; y en términos del oficio 54 del 14 de febrero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe de Actividades de la Comisión de Inversiones Financieras, con corte al mes de enero de 2014".
  • ACDO.SA2.HCT.260214/43.P.DJ / Criterio de interpretación del artículo 84, fracción III, de la Ley del Seguro Social (SEM en tratándose de matrimonio de ambos sexos).
    '43/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; así como 31, fracciones II, IV y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de acuerdo al planteamiento presentado por la Dirección General a través de la Dirección Jurídica, mediante oficio 30 del 14 de febrero de 2014, Acuerda: Primero.- Tomar conocimiento del criterio de interpretación del artículo 84, fracción III, de la Ley del Seguro Social, fijado por la Dirección Jurídica a través del oficio número 0952174000/0024 del 24 de febrero de 2014, que en su parte conducente señala lo siguiente: ‘De una interpretación armónica de los artículos 5 A, fracciones XI, XII y XIII, y 84, fracción III, de la Ley del Seguro Social, en correlación con el artículo 1°, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debe permitirse el acceso al Seguro de Enfermedades y Maternidad al cónyuge del asegurado, asegurada, pensionado o pensionada, con independencia de si se trata de matrimonios entre personas del mismo o de distinto sexo’. Segundo.- Instruir a las Direcciones de Incorporación y Recaudación; de Prestaciones Médicas y de Prestaciones Económicas y Sociales que presenten a este Órgano de Gobierno a más tardar en su sesión ordinaria correspondiente al mes de marzo de 2014, los proyectos de modificaciones a la normatividad aprobada por el Consejo Técnico que resulten necesarios, para hacer efectivo el acceso de este grupo de derechohabientes a las prestaciones del Seguro Social. En el mismo plazo, los referidos órganos normativos deberán promover la modificación de los demás instrumentos que hubieran emitido en su respectivo ámbito de competencia, y llevar a cabo las acciones para su registro y difusión inmediata. Tercero.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que lleve a cabo y presente a este Órgano de Gobierno a la brevedad, los estudios necesarios que permitan conocer el impacto que tendrá esta medida en la situación financiera del Instituto".
  • SCAP2.HCT.040414/43.P.DJ / Informe relativo al estudio denominado Conveniencia para concluir litigios, sin agotar todos los procedimientos jurisdiccionales, correspondiente al año 2013.
    '43/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5 y 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 65 del 14 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección Jurídica, toma nota del Informe relativo al estudio denominado ‘Conveniencia para concluir litigios, sin agotar todos los procedimientos jurisdiccionales’, correspondiente al año 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en los Acuerdos 280/2004, punto Cuarto y ACDO.SA2.HCT.300311/101.P.DJ, punto Primero, dictados en sesiones del 23 de junio de 2004 y 30 de marzo de 2011, respectivamente".
  • SCAP2.HCT.040414/44.P.DPES / Informe de resultados operativos y financieros de los Centros Vacacionales del IMSS, correspondiente al ejercicio 2013.
    '44/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 208, fracción I, 209, 210, fracciones III, IV y VII, 210 A, 251, fracciones I, II, IV, XII y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 26, del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XIII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano de Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por la Dirección General, a través de la Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, mediante oficio 78 del 13 de marzo de 2014, toma nota del Informe de Resultados Operativos y Financieros de los Centros Vacacionales IMSS, correspondiente al ejercicio 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en los Acuerdos 635/2001, punto IV, ACDO.SA2.HCT.300408/100.P.DPES, y punto Segundo del diverso ACDO.SA2.HCT.270411/112.P.SG, dictados en sesiones del 21 de noviembre de 2001, 30 de abril de 2008 y 27 de abril de 2011, respectivamente".
  • ACDO.SA2.HCT.260214/44.P.DJ / Se autoriza enajenar, a título gratuito y por adjudicación directa, en favor de la UNAM y el GDF, diversos predios que forman parte del conjunto “Magdalena de las Salinas", ubicado en la Delegación Norte del Distrito Federal.
    '44/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 253, fracción II, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracciones V y XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 116, 117, segundo párrafo y Décimo Cuarto Transitorio, de la Ley General de Bienes Nacionales; y 31, fracciones XV, XVI y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y conforme al planteamiento que hace el Director General por conducto del Director Jurídico, mediante oficio sin número, del 25 de febrero de 2014, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto del Titular de la Delegación Norte del Distrito Federal, enajene a título oneroso y mediante adjudicación directa en favor del Gobierno del Distrito Federal, el inmueble sin uso institucional, que forma parte del conjunto ‘Magdalena de las Salinas’ ocupado actualmente por damnificados de los sismos de 1985, cuya superficie, linderos y colindancias están descritos en el Anexo 1 del presente Acuerdo. Segundo.- Autorizar al Director General para que, por conducto del Titular de la Delegación Norte del Distrito Federal, enajene a título oneroso y mediante adjudicación directa en favor de la Universidad Nacional Autónoma de México, el inmueble sin uso institucional, que forma parte del conjunto ‘Magdalena de las Salinas’ ocupado actualmente por la Escuela Nacional Preparatoria número 9 ‘Pedro de Alba’, cuya superficie, linderos y colindancias están descritos en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Tercero.- El valor de cada uno de los inmuebles, para efecto de formalizar la donación a que se refiere este Acuerdo, será de $1.00 (UN PESO 00/100 M/N). Cuarto.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que considere como valor del terreno, la cantidad señalada en el punto inmediato anterior. Quinto.- Instruir a la Dirección Jurídica para que, en los trámites de formalización de las operaciones autorizadas por el presente Acuerdo por parte de la Delegación Norte del Distrito Federal, supervise que se cumpla con lo previsto en la Ley General de Bienes Nacionales y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Sexto.- Los gastos y honorarios que se generen por cada una de las operaciones autorizadas, serán por cuenta de los adquirentes".
  • ACDO.SA2.HCT.260214/45.P.DJ / Se autoriza modificar el Acuerdo referente a la enajenación de un inmueble sin uso institucional, ubicado en el municipio de Guadalupe, Estado de Nuevo León.
    '45/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracciones V y XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 116, 117, segundo párrafo y Décimo Cuarto Transitorio, de la Ley General de Bienes Nacionales; y 31, fracciones XV, XVI y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y conforme al planteamiento que hace el Director General por conducto del Director Jurídico, mediante oficio 29 de fecha 14 de febrero de 2014, Acuerda: Primero.- Aprobar la modificación del punto Primero del Acuerdo número ACDO-HCT-250707/324.R.(D.J.), del 25 de julio de 2007, para quedar como sigue: ‘Autorizar al Director General de este Instituto para que, por conducto del Titular de la Delegación Regional en Nuevo León, enajene a título oneroso y mediante el procedimiento de licitación pública, el inmueble sin uso institucional, localizado en el Lote número 22, de la Manzana número 15, identificado como Casa número 100, de la Calle Linda Vista, Colonia Linda Vista, municipio de Guadalupe, Estado de Nuevo León, con superficie de 246.35 metros cuadrados, cuyas medidas y colindancias, de conformidad con el título de propiedad en favor de este Instituto, consistente en la escritura pública número 136 de fecha 6 de agosto de 1975, pasada ante la fe del licenciado Graciano Contreras, Titular de la Notaría Pública número 154 del Distrito Federal y del Patrimonio Nacional, son las siguientes: Al Norte: en 22.80 metros, al frente a la calle Vista Regia; Al Sur: en 18.50 metros, colinda con la Fracción Sur del Lote Sur número 22; Al Oriente: En 12.50 metros, da frente a la calle Larga Vista, y al Poniente: En 12.00 metros, colinda con el Lote número 21, cuyo terreno se encuentra circundado por las siguientes calles: Al Norte: Vista Regia; Al Sur: Vista Divina; Al Oriente: Larga Vista; y Al Poniente: Plena Vista’. Segundo.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación".
  • SCAP2.HCT.040414/45.P.DPES / Informe de resultados operativos y financieros del Sistema Nacional de Tiendas IMSS-SNTSS, correspondiente al segundo semestre de 2013.
    '45/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones II, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracciones I, II y XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones IV y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por la Dirección General por conducto de la Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, mediante oficio 78 del 13 de marzo de 2014, toma nota del Informe de los Resultados Operativos y Financieros del Sistema Nacional de Tiendas IMSS-SNTSS, correspondiente al segundo semestre de 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en el punto Segundo del Acuerdo ACDO.SA3.HCT.280508/133.R.DPES, dictado en sesión del 28 de mayo de 2008".
  • SCAT2.HCT.040414/46.P.DPM / Informe sobre los costos de las erogaciones derivadas de la asistencia obstétrica, en caso de embarazo, a las beneficiarias hijas menores de 16 años, correspondiente al segundo semestre de 2013 y acumulado enero-diciembre de dicho ejercicio.
    '46/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 39 del 11 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas; así como la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 10 del mes y año citados, toma nota del Informe sobre los costos de las erogaciones derivadas de la asistencia obstétrica, en caso de embarazo, a las beneficiarias hijas menores de 16 años de edad, correspondiente al segundo semestre de 2013, y acumulado enero-diciembre de dicho ejercicio, en cumplimiento total a lo dispuesto por este Consejo, en el punto Cuarto del Acuerdo ACDO.SA3.HCT.211112/301.P.DPM, dictado en sesión del 21 de noviembre de 2012".
  • ACDO.SA2.HCT.260214/46.P.DJ / Se acepta la donación condicionada, en favor del IMSS, de un terreno ubicado en el municipio de Nogales, Son., que será destinado a la construcción de un HGZ de 144 camas.
    '46/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, V, VI y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 116, de la Ley General de Bienes Nacionales; y 31, fracciones XVI y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como de acuerdo al planteamiento que hace el Director General, por conducto del Director Jurídico, mediante oficio 28 del 14 de febrero de 2014, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto del Titular de la Delegación Estatal en Sonora, acepte la donación condicionada en favor de este Instituto, del terreno con superficie de 60,000.00 metros cuadrados, propiedad de la empresa denominada EMPRESARIAL LIBRASUR, S.A. DE C.V., ubicado en Avenida Universidad número 110, Colonia Universidad, en el municipio de Nogales, Sonora, el cual deberá ser destinado a la construcción de un Hospital General de Zona de 144 camas. Las medidas y colindancias de dicho inmueble, se indican en la escritura pública número 12,083, del 26 de noviembre de 2013, pasada ante la fe del licenciado Rogelio Calderón Celaya, suplente de la Notaría Pública número 38, de Nogales, Sonora, inscrita el 28 de noviembre de 2013, en el Registro Público de la Propiedad de esa localidad, en la Sección Registro Inmobiliario, Libro Uno, número de inscripción 80187, Volumen 6520. Segundo.- Instruir a las Direcciones de Finanzas y de Administración, a fin de considerar como valor de terreno señalado, la cantidad de $20’400,000.00 (VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), de acuerdo al dictamen valuatorio de fecha 29 de enero de 2014. Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para supervisar que, en los trámites de formalización de la operación por parte de la Delegación Estatal en Sonora, se cumpla con lo previsto en la Ley General de Bienes Nacionales y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Cuarto.- Los gastos y honorarios que se generen por la presente operación, serán por cuenta del Instituto".
  • ACDO.SA2.HCT.260214/47.P.DPES / Se autoriza la donación pura, no onerosa, de equipos de cómputo y diversos bienes para apoyar el Programa de Trabajo del Sistema Nacional de Tiendas IMSS-SNTSS 2014".
    '47/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, V y XXXVII, 263 y 264, fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción XVI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones XVII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con lo previsto en el artículo 182, del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; conforme al planteamiento presentado por la Dirección General por conducto de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales; y en términos del oficio 31 del 14 de febrero de 2014, así como la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 12 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto de la Directora de Prestaciones Económicas y Sociales, acepte en donación pura, no onerosa, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., consistente en 60 equipos de cómputo marca Lanix, un servidor marca Lanix, 78 carritos de supermercado, 17 licencias de software punto de venta modelo POS SW TERMINAL Versión 5.0, 17 equipos punto de venta y 11 impresoras para punto de venta, cuya descripción y especificaciones técnicas se señalan en el Anexo Único del presente Acuerdo, con un valor total de $1’518,253.80 (UN MILLÓN QUINIENTOS DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS 80/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado, con el fin de continuar con la modernización de la plataforma tecnológica del Sistema Nacional de Tiendas IMSS-SNTSS. Segundo.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que se registre para efectos contables, el valor de los bienes objeto de la donación. Tercero.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales a fin de que, en coordinación con la Dirección Jurídica, realice los trámites de formalización del contrato de donación respectivo, atendiendo a lo previsto en los artículos 2332 al 2335 y 2344, del Código Civil Federal".
  • SCAP2.HCT.040414/47.P.SG / Informe de Actividades de los Comités y Comisiones del HCT, con corte al 25 de febrero de 2014.
    '47/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, de la Ley del Seguro Social; y 38, fracción XII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como en lo establecido en el punto 1.9.2.20, de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 14 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de Actividades de las reuniones celebradas por los Comités del propio Órgano de Gobierno, acorde al calendario aprobado mediante Acuerdo ACDO.SA2.HCT.271113/337.P.SG dictado en sesión del 27 de noviembre de 2013, con corte al 25 de marzo de 2014".
  • SCAP2.HCT.290414/48.P.SG / Informe del Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del HCT, con corte al mes de marzo de 2014.
    '48/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción III, y 68, fracción IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9 y 2.6.4, inciso f), de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 16 de abril de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del H. Consejo Técnico, con corte al mes de marzo de 2014".
  • SCAP2.HCT.290414/49.P.DA / Informe de resultados de la aplicación del Estatuto de Trabajadores de Confianza “A" del IMSS, correspondiente al ejercicio 2013 .
    '49/2014 / 29 de Abril de 2014
    Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, 264, fracción XVII y 286 I, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; en atención a lo previsto en el artículo Sexto Transitorio, del Estatuto de Trabajadores de Confianza ‘A’ del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 172 del 24 de abril de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como de la resolución tomada por el Comité del mismo nombre, del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, toma nota del Informe de resultados de la aplicación del Estatuto citado, correspondiente al ejercicio 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en el punto Tercero del Acuerdo ACDO.AS2.HCT.071211/322.P.DAED, dictado en sesión del 7 de diciembre de 2011".
  • ACDO.SA2.HCT.260214/49.P.DPM / Se autoriza el otorgamiento de los donativos previstos en el presupuesto del IMSS para el ejercicio fiscal 2014, en favor de: Fundación IMSS, A.C., y las Academias: Mexicana de Cirugía, A.C., Nacional de Medicina de México, A.C., y Mexicana de Pediatría, A.C.
    '49/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, XXIV y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción XVI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 80, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 31, fracciones XVII y XX, del Reglamento Interior del IMSS; y de conformidad con el planteamiento presentado por la Dirección General por conducto de la Dirección de Prestaciones Médicas, mediante oficio 19 del 10 de febrero de 2014, así como la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Autorizar el otorgamiento de los donativos previstos en el Presupuesto del Instituto Mexicano del Seguro Social para el ejercicio fiscal 2014, en favor de las siguientes Asociaciones: a la Fundación IMSS, A.C., la cantidad de $11,000,000.00 (ONCE MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.); a la Academia Mexicana de Cirugía, A.C., la cantidad de $300,000.00 (TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.); a la Academia Nacional de Medicina de México, A.C., la cantidad de $300,000.00 (TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.); y a la Academia Mexicana de Pediatría, A.C., la cantidad de $200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.). Segundo.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas para que, en coordinación con la Dirección Jurídica, formalice el instrumento jurídico que corresponda, con base en el modelo y reglas emitidos por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, observando lo dispuesto en los artículos 183, 183 A y 183 B, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria".
  • ACDO.DS.HCT.290114/5.P.SG / Ratificación de representante suplente, ante el CCD en el Estado de México Oriente. (CROC)
    '5/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la ratificación comunicada por el senador Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), mediante oficio sin número, del 9 de enero de 2014, en favor del C. Jorge Pérez Ibarra, como representante suplente en la segunda fórmula del Sector Obrero, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Regional del IMSS Estado de México Oriente, cuyo antecedente obra en el Acuerdo ACDO.DS.HCT.270208/44.P.SG, dictado en sesión del 27 de febrero de 2008, y surtirá sus efectos a partir del 29 de enero de 2014, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAT2.HCT.290114/5.P.DA / Informe de resultados del Programa de Arrendamiento Inmobiliario del ejercicio 2013, IMSS Arrendatario: Régimen Ordinario.
    '5/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; y en términos del oficio 15 del 20 de enero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como en la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, toma nota del Informe de Resultados del Programa de Arrendamiento Inmobiliario del ejercicio 2013, IMSS-Arrendatario: Régimen Ordinario, que presenta la Dirección citada, en cumplimiento total a lo dispuesto por este Consejo, en el punto Segundo del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.121212/323.P.DAED, dictado en sesión del 12 de diciembre de 2012".
  • ACDO.DS.HCT.260214/50.P.SG / Designación de representante propietario, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital General ‘Dr. Gaudencio González Garza’ del CMN ‘La Raza’, D.F. (CONCAMIN)
    '50/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción III, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/094/14 del 12 de febrero de 2014, en favor del doctor Raúl López Ledezma, como representante propietario, en la segunda fórmula del Sector Patronal, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital General ‘Dr. Gaudencio González Garza’ del Centro Médico Nacional ‘La Raza’, en el Distrito Federal, en sustitución del licenciado Econ. Adolfo Galván Ulloa, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.250810/229.P.SG, dictado en sesión del 25 de agosto de 2010, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAP3.HCT.290414/50.P.DIR / Informe sobre los resultados de la aplicación de las Bases para cancelar créditos fiscales en las cuentas del Instituto, y adeudos por extinción de créditos fiscales a cargo de patrones y demás sujetos obligados, correspondientes al cuarto trimestre de 2013.
    '50/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, XXX y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 20 del 26 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, toma nota del Informe sobre los resultados de la aplicación de las ‘Bases para cancelar créditos fiscales en las cuentas del Instituto, por INSOLVENCIA, INCOSTEABILIDAD y por NO LOCALIZACIÓN del deudor o responsable solidario’; y de las ‘Bases para cancelar adeudos por extinción de créditos fiscales a cargo de patrones y demás sujetos obligados, por PRESCRIPCIÓN, y por la extinción de la facultad del Instituto para determinarlos y fijarlos en cantidad líquida, CADUCIDAD’, correspondiente al cuarto trimestre de 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno, en la base DÉCIMA SEXTA de los Acuerdos 469/2005 y 470/2005, dictados en sesión del 26 de octubre de 2005".
  • SCAP2.HCT.290414/51.P.DIR / Informe sobre la instrumentación de las 44 plazas autorizadas a la Coordinación de Fiscalización, así como de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, correspondiente al segundo semestre de 2013.
    '51/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 21 del 26 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, toma nota del Informe referente a la instrumentación de 44 plazas autorizadas a la Coordinación de Fiscalización, así como de las acciones realizadas por las personas contratadas en las mismas y los resultados obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación fiscal del Instituto, correspondiente al segundo semestre de 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Técnico en el punto Séptimo del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.210710/189.P.DIR y DAED, dictado en sesión del 21 de julio de 2010".
  • ACDO.DS.HCT.260214/51.P.SG / Designación de representante suplente, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Especialidades No. 71, en Torreón, Coahuila. (CONCAMIN)
    '51/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción III, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/094/14 del 12 de febrero de 2014, en favor del doctor Rolando Borbón Rosas, como representante suplente, en la primera fórmula del Sector Patronal, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades No. 71, en Torreón, Coahuila, en sustitución de la T.S. María Magdalena Ramírez Toraño, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.310811/217.P.SG, dictado en sesión del 31 de agosto de 2011, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.260214/52.P.SG / Designación de representante propietario, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Especialidades No. 2 ‘Lic. Luis Donaldo Colosio Murrieta’ del CMN Noroeste, en Ciudad Obregón, Sonora. (CONCAMIN)
    '52/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción III, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/094/14 del 12 de febrero de 2014, en favor del doctor Luis Jaime Elizondo, como representante propietario, en la primera fórmula del Sector Patronal, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades No. 2 ‘Lic. Luis Donaldo Colosio Murrieta’ del Centro Médico Nacional Noroeste, en Ciudad Obregón, Sonora, en sustitución del doctor Norberto Rivera Olvera, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.260912/223.P.SG, dictado en sesión del 26 de septiembre de 2012, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAP2.HCT.290414/52.P.DIR / Informe sobre la aplicación de los beneficios de condonación de multas a través del SIPARE, correspondiente al segundo semestre de 2013 .
    '52/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones VIII y XXXVII, 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 1, 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones II y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 194, del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización; y en términos del oficio 22 del 31 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, toma nota del Informe sobre la aplicación de los beneficios de condonación de multas a través del Sistema de Pago Referenciado (SIPARE), correspondiente al segundo semestre de 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por el propio Órgano de Gobierno en el punto Tercero del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.230713/204.P.DIR, dictado en sesión del 23 de julio de 2013".
  • SCAP2.HCT.290414/53.P.DIR / Informe sobre la aplicación de las Reglas Generales para el cumplimiento del artículo Tercero del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, correspondiente al ejercicio 2013.
    '53/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, 251, fracciones IV, VIII, XXVIII y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones II y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, en relación con los artículos Tercero y Sexto del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 30 de junio de 2010; y en términos del oficio 23 del 31 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, toma nota del Informe sobre la aplicación de las Reglas Generales para el cumplimiento del artículo Tercero del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, correspondiente al ejercicio 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por el propio Consejo Técnico en el punto Segundo del Acuerdo ACDO.AS1.HCT.241110/334.P.DIR, dictado en sesión del 24 de noviembre de 2010".
  • ACDO.DS.HCT.260214/53.P.SG / Designación de representante propietario, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Oncología del CMN ‘Siglo XXI’, en el D.F. (CONCAMIN)
    '53/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción III, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/094/14 del 12 de febrero de 2014, en favor del doctor José Luis Matamoros Tapia, como representante propietario, en la primera fórmula del Sector Patronal, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Oncología del Centro Médico Nacional ‘Siglo XXI’, en el Distrito Federal, en sustitución del doctor Guillermo Asalí Serio, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.250810/232.P.SG, dictado en sesión del 25 de agosto de 2010, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.260214/54.P.SG / Designación de representante suplente, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Cardiología del CMN ‘Siglo XXI’, en el D.F. (CONCAMIN)
    '54/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción III, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/094/14 del 12 de febrero de 2014, en favor del doctor Emilio Exaire Murad, como representante suplente, en la segunda fórmula del Sector Patronal, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Cardiología del Centro Médico Nacional ‘Siglo XXI’, en el Distrito Federal, en sustitución del doctor Enrique Ibarra Herrera, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.250810/227.P.SG, dictado en sesión del 25 de agosto de 2010, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAP2.HCT.290414/54.P.DIR / Informe de actividades de la Unidad de Servicios Estratégicos, correspondiente al primer trimestre de 2014.
    '54/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VII y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, IV y XVII y 286 I, de la Ley del Seguro Social; así como 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 27 del 11 de abril de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, así como la resolución tomada en el Comité de mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 9 del mes y año citados, toma nota del Informe de actividades realizadas por la Unidad de Servicios Estratégicos, correspondiente al primer trimestre de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por el propio Consejo Técnico en el punto Séptimo del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.271113/355.P.DAED y DIR, dictado en sesión del 27 de noviembre de 2013".
  • SCAT1.HCT.290414/55.P.DIR / Informe final sobre las acciones realizadas para actualizar el Catálogo de actividades para la clasificación de las empresas en el Seguro de Riesgos de Trabajo.
    '55/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones I, IV y XVI, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y 31, del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización; y en términos del oficio 27 del 11 de abril de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación; así como la resolución tomada en el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 9 del mes y año citados, toma nota de las acciones realizadas por la Dirección enunciada, en cumplimiento total a los Acuerdos ACDO.AS2.HCT.280508/103.P.DIR y ACDO.SA2.HCT.260808/225.P.DIR, dictados en sesiones del 28 de mayo y 26 de agosto de 2008, respectivamente, teniéndolos por concluidos, sin perjuicio de continuar realizando lo conveniente".
  • ACDO.DS.HCT.260214/55.P.SG / Designación de representante suplente, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Pediatría ‘Dr. Silvestre Frenk Freund’ del CMN ‘Siglo XXI’, en el D.F. (CONCAMIN)
    '55/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción III, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/094/14 del 12 de febrero de 2014, en favor del doctor Luis Jasso Gutiérrez, como representante suplente, en la primera fórmula del Sector Patronal, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Pediatría ‘Dr. Silvestre Frenk Freund’ del Centro Médico Nacional ‘Siglo XXI’, en el Distrito Federal, en sustitución del doctor Enrique Téllez Gutiérrez, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.250810/250.P.SG, dictado en sesión del 25 de agosto de 2010, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.260214/56.P.SG / Designación de representante suplente, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Gineco Obstetricia No. 3 ‘Dr. Víctor Manuel Espinosa de los Reyes Sánchez’ del CMN ‘La Raza’, en el D.F. (CONCAMIN)
    '56/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción III, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/094/14 del 12 de febrero de 2014, en favor de la doctora Inés Vázquez Hernández, como representante suplente, en la segunda fórmula del Sector Patronal, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Gineco Obstetricia No. 3, ‘Dr. Víctor Manuel Espinosa de los Reyes Sánchez’ del Centro Médico Nacional ‘La Raza’, en el Distrito Federal, en sustitución del doctor Francisco Eduardo Rivas García, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.250810/230.P.SG, dictado en sesión del 25 de agosto de 2010, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAP3.HCT.290414/56.P.DIR / Informe sobre los resultados de la aplicación de las de las Bases para cancelar créditos fiscales en las cuentas del Instituto, y adeudos por extinción de créditos fiscales a cargo de patrones y demás sujetos obligados, correspondientes al primer trimestre de 2014.
    '56/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, XXX y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 28 del 22 de abril de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, toma nota del Informe sobre los resultados de la aplicación de las ‘Bases para cancelar créditos fiscales en las cuentas del Instituto, por INSOLVENCIA, INCOSTEABILIDAD y por NO LOCALIZACIÓN del deudor o responsable solidario’, y de las ‘Bases para cancelar adeudos por extinción de créditos fiscales a cargo de patrones y demás sujetos obligados, por PRESCRIPCIÓN, y por la extinción de la facultad del Instituto para determinarlos y fijarlos en cantidad líquida, CADUCIDAD’, correspondiente al primer trimestre de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en la Base DÉCIMA SEXTA de los Acuerdos 469/2005 y 470/2005, dictados en sesión del 26 de octubre de 2005".
  • SCAP2.HCT.290414/57.P.DPES / Informe de las acciones para hacer efectivo el acceso al SEM al grupo de derechohabientes descritos en el punto Primero del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.260214/43.P.DJ .
    '57/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; así como 31, fracciones II, IV y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 105 del 2 de abril de 2014, signado por la Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, toma nota del Informe relativo a las acciones realizadas por la Dirección enunciada, en el ámbito de su competencia, para hacer efectivo el acceso al Seguro de Enfermedades y Maternidad al cónyuge del asegurado, asegurada, pensionado o pensionada, con independencia si se trata de matrimonios de personas del mismo o distinto sexo, en cumplimento al punto Segundo del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.260214/43.P.DJ, dictado en sesión del 26 de febrero de 2014".
  • ACDO.DS.HCT.260214/57.P.SG / Designación de representante propietario, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Especialidades ‘Dr. Bernardo Sepúlveda Gutiérrez’ del CMN ‘Siglo XXI’, en el D.F. (CONCAMIN)
    '57/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción III, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/094/14 del 12 de febrero de 2014, en favor del doctor José Alfredo Jiménez Méndez, como representante propietario, en la primera fórmula del Sector Patronal, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades ‘Dr. Bernardo Sepúlveda Gutiérrez’ del Centro Médico Nacional ‘Siglo XXI’, en el Distrito Federal, en sustitución del licenciado Ernesto Rubio del Cueto, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.300909/198.P.SG, dictado en sesión del 30 de septiembre de 2009, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.260214/58.P.SG / Designación de representantes propietario y suplente, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital ‘Dr. Victorio de la Fuente Narváez’, en el D.F. (CONCAMIN)
    '58/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción III, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/094/14 del 12 de febrero de 2014, en favor de los doctores Jorge Larruz Quintanilla y Marcos Ismael Gallaga Bejarano, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la primera fórmula del Sector Patronal, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital ‘Dr. Victorio de la Fuente Narváez’, en el Distrito Federal, en sustitución de la doctora Alma Lucía Larrinaga García y el doctor Juan Ortiz Feijoo, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.250810/233.P.SG, dictado en sesión del 25 de agosto de 2010, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.260214/59.P.SG / Designación de representante propietario, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Traumatología y Ortopedia ‘Lomas Verdes’, en el Estado de México. (CONCAMIN)
    '59/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción III, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/094/14 del 12 de febrero de 2014, en favor del doctor Eduardo G. Carriedo Rico, como representante propietario, en la primera fórmula del Sector Patronal, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Traumatología y Ortopedia ‘Lomas Verdes’, en el Estado de México, en sustitución del doctor Mario Barquet Rodríguez, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.290910/272.P.SG, dictado en sesión del 29 de septiembre de 2010, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAP2.HCT.290414/59.P.DPM / Informe de logros relevantes alcanzados por el Área Médica, correspondiente al ejercicio 2013.
    '59/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 49 del 9 de abril de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas, así como la resolución tomada por el Comité del mismo nombre, del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, toma nota del Informe de logros relevantes alcanzados por el Área Médica, correspondiente al ejercicio 2013, en cumplimiento al punto III del Acuerdo 5/1998, dictado en sesión del 14 de enero de 1998".
  • ACDO.DG.HCT.290114/6.P.SG / Designación de representante propietario, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Gineco Pediatría No. 48, del Centro Médico Nacional del Bajío en León, Guanajuato. (CROC)
    '6/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción II, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el senador Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), mediante oficio sin número, del 16 de enero de 2014, en favor del C. Jorge Antonio Hernández Campos, como representante propietario, en la segunda fórmula del Sector Obrero, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Gineco Pediatría No. 48, del Centro Médico Nacional del Bajío en León, Guanajuato, en sustitución del C. José Antonio Regalado Becerra, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.200711/196.P.SG, dictado en sesión del 20 de julio de 2011, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAP1.HCT.290414/60.P.DPM / Informe de avances del Plan Geriátrico Institucional “GERIATRIMSS", correspondiente al segundo semestre de 2013.
    '60/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 49 del 9 de abril de 2013, signado por el Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas, así como de la resolución tomada por el Comité del mismo nombre, del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, toma nota del Informe de avances del Plan Geriátrico Institucional ‘GERIATRIMSS’, correspondiente al segundo semestre de 2013, en cumplimiento al punto Tercero del Acuerdo ACDO.SA1.HCT.241110/362.P.DPM, dictado en su sesión del 24 de noviembre de 2010".
  • ACDO.IN2.HCT.260214/60.P.SG / Fecha de la próxima sesión.
    '60/2014 / 26 de Febrero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el artículo 263, de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las dieciséis treinta horas del 26 de marzo de 2014".
  • ACDO.AS3.HCT.040414/61.P.DA / Se actualizan las percepciones de los servidores públicos de mando.
    '61/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VII y XXXVII, 256, 263, 264, fracciones III, IV, XIV y XVII, 270, 271, 277 D, 286 I y 286 J, fracción III, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción XI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, 91 y 118, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 105 del 25 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como la resolución tomada por el Comité de Administración del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 12 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar la actualización de las percepciones de los servidores públicos de mando, con el objeto de que se homologue el Tabulador de Mando del Instituto con el Tabulador de Sueldos y Salarios con Curva Salarial de Sector Central Aplicable a los Puestos de Mando de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal. Segundo.- Aprobar que la actualización señalada, sea el equivalente al 1.8% sobre la percepción ordinaria bruta, y que se efectuará con cargo al presupuesto autorizado en servicios personales del Instituto Mexicano del Seguro Social, para el presente ejercicio y los subsecuentes. Tercero.- Tomar nota que la actualización de las percepciones de los servidores públicos de mando del Instituto, no implicará cambios en grupo, grado y nivel de los puestos de mando. Cuarto.- Aprobar una actualización del 1.8% sobre los emolumentos que perciben los representantes patronales y de los trabajadores, integrantes del Consejo Técnico, la Comisión de Vigilancia, los Consejos Consultivos Delegaciones y las Juntas de Gobierno de las Unidades Médicas de Alta Especialidad. La percepción de dichos emolumentos no les otorga a los referidos representantes, el carácter de trabajadores, asegurados o derechohabientes del Instituto, ni algún otro derecho adicional, conforme a lo dispuesto en el sexto y octavo párrafos del artículo 263, de la Ley del Seguro Social. Quinto.- Instruir a la Dirección de Administración para que presente ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la actualización del Catálogo de Puestos y Tabulador de Percepciones para los Servidores Públicos de Mando del Instituto Mexicano del Seguro Social. Sexto.- La actualización a que se refieren los puntos Segundo y Cuarto de este Acuerdo, tendrá una vigencia a partir del 1 de enero de 2014".
  • SCAP2.HCT.290414/61.P.SG / Informe de Actividades de los Comités del HCT, con corte al 29 de abril de 2014.
    '61/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción XII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como en lo establecido en el punto 1.9.2.20, de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 16 de abril de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de actividades de las reuniones celebradas por los Comités del propio Consejo, acorde al calendario aprobado mediante Acuerdo ACDO.SA2.HCT.271113/337.P.SG, dictado en sesión del 27 de noviembre de 2013 y sus adecuaciones, con corte al 29 de abril del presente año".
  • SCAP2.HCT.280514/62.P.SG / Informe del Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del HCT, con corte al mes de abril de 2014.
    '62/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción III, y 68, fracción IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9 y 2.6.4, inciso f), de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 16 de mayo de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos de este Consejo, con corte al mes de abril de 2014".
  • ACDO.AS3.HCT.040414/62.P.DA / Se actualiza el incremento sobre el tabulador de sueldos y salarios del personal de mando del Instituto.
    '62/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VII y XXXVII, 256, 263, 264, fracciones III, IV, XIV y XVII, 270, 271, 277 D, 286 I y 286 J, fracción III, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción XI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, 91 y 118, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; con base en el oficio 315-A-00345 de fecha 12 de febrero de 2014, emitido por la Dirección General de Programación y Presupuesto ‘A’, de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y en términos del oficio 105 del 25 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como la resolución tomada por el Comité de Administración del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 12 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar el incremento sobre el tabulador de sueldos y salarios del personal de mando del Instituto, en términos de lo señalado en el oficio emitido por la Dirección General de Programación y Presupuesto ‘A’, anteriormente descrito. Segundo.- Aprobar que el incremento señalado se realice con cargo al presupuesto autorizado en servicios personales del Instituto para el presente ejercicio. Tercero.- Tomar nota que el incremento autorizado a las percepciones de los servidores públicos de mando del Instituto, no implicará cambios en grupo, grado y nivel de los puestos de mando. Cuarto.- Aprobar un incremento del 3.0% sobre los emolumentos que perciben los representantes patronales y de los trabajadores, integrantes del Consejo Técnico, la Comisión de Vigilancia, los Consejos Consultivos Delegaciones y las Juntas de Gobierno de las Unidades Médicas de Alta Especialidad. La percepción de dichos emolumentos no les otorga a los referidos representantes, el carácter de trabajadores, asegurados o derechohabientes del Instituto, ni algún otro derecho adicional, conforme lo dispuesto en el sexto y octavo párrafos del artículo 263 de la Ley del Seguro Social. Quinto.- Instruir a la Dirección de Administración para que presente ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la actualización del Catálogo de Puestos y Tabulador de Percepciones para los Servidores Públicos de Mando del Instituto Mexicano del Seguro Social. Sexto.- El incremento a que se refieren los puntos Primero y Cuarto de este Acuerdo, tendrá un vigencia a partir del 1 de enero de 2014".
  • ACDO.AS3.HCT.040414/63.P.DF / Cuarta Evaluación Trimestral de los Ingresos Recibidos y el Gasto Incurrido con Respecto al Presupuesto del IMSS, correspondiente al ejercicio fiscal 2013 y Propuesta de Adecuación.
    '63/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 264, fracciones I, II, III y VI, 270, 272, 274, 277, 283, 286 A y 286 K, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 91 del 12 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, así como la resolución tomada por el Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el 3 de abril del año en curso, Acuerda: Primero.- Aprobar el documento denominado ‘Cuarta Evaluación Trimestral de los Ingresos Recibidos y el Gasto Incurrido con respecto al Presupuesto 2013 del IMSS y Propuestas de Adecuación’, que presenta la Dirección enunciada. Segundo.- Tomar nota de los resultados de ingresos y gastos en flujo de efectivo y devengado presentados en las Secciones II y III, del documento mencionado en el punto que antecede. Tercero.- Tomar nota del avance en el cumplimiento de la Segunda Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas 2013, aprobado por este Órgano de Gobierno en sesión celebrada el 27 de noviembre de 2013, mediante Acuerdo ACDO.SA3.HCT.271113/349.P.DF. Cuarto.- Tomar nota que del préstamo solicitado en agosto de 2013, el saldo pendiente de liquidar de la Reserva Operativa a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento, asciende a $3,000 millones. Quinto.- Tomar nota del uso de recursos de la Subcuenta 1 del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual por $1,977 millones y de la Reserva Financiera y Actuarial del Seguro de Enfermedades y Maternidad por $9,164 millones. Sexto.- Tomar nota de los resultados de los principales indicadores que evalúan los programas aprobados, así como el avance programático devengado con respecto al presupuesto aprobado, contenidos en la Sección V, del documento descrito en el punto Primero del presente Acuerdo. Séptimo.- Tomar nota de las adecuaciones al presupuesto de flujo de efectivo y operación, así como el impacto que tendrán en los calendarios, en los términos descritos en la Sección VI, del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo, incluyendo las cifras contenidas en las Tablas 6 y 7. Octavo.- Tomar nota de las adecuaciones al presupuesto de Inversión Física 2013, que se presentan en la Sección VII, del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Noveno.- Tomar nota del ejercicio y adecuación del presupuesto de las áreas de administración central, contenido en la Sección VIII, inciso a), del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Décimo.- Tomar nota del ejercicio del presupuesto de los gastos de servidores públicos superiores, previsión social y fomento, donativos, cuotas, aportaciones y equidad, apoyos administrativos al Consejo Técnico y a la Comisión de Vigilancia, contenidos en la Sección VIII, incisos b), c) y d), del documento enunciado en el punto Primero del presente Acuerdo. Décimo Primero.- Tomar nota del adeudo del Gobierno Federal con el Instituto por $1,603 millones, integrado por $502 millones, de aportaciones al régimen obligatorio del ejercicio 2013; $1,098 millones, de la administración de las pensiones en curso pago de 2010-2013; y $3 millones, del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 2008, por el que se exime parcialmente del pago de las cuotas obrero patronales (beneficio del 5%). Décimo Segundo.- Tomar nota de la devolución al Gobierno Federal de $284 millones por pensiones en curso de pago del ejercicio de 2013. Décimo Tercero.- Instruir a la Dirección General para que, por conducto de la Dirección de Finanzas, continúen las gestiones de cobro ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para el pago de los adeudos a cargo del Gobierno Federal. Décimo Cuarto.- Instruir a la Dirección General para que, por conducto de la Dirección de Finanzas, se envíe el presente documento a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento y efectos conducentes".
  • SCAP2.HCT.280514/63.P.SG / Informe del funcionamiento de los Consejos Consultivos Delegacionales del IMSS, correspondiente al primer cuatrimestre de 2014.
    '63/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio sin número, del 20 de mayo de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe del Funcionamiento de los Consejos Consultivos Delegacionales del propio Instituto, correspondiente al primer cuatrimestre de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en los Acuerdos 8 102/80 y 493/2006, punto III, dictados en sesiones del 15 de octubre de 1980 y 30 de octubre de 2006, respectivamente; e instruye a la Secretaría General para que haga llegar a los Presidentes de los Consejos Consultivos Delegacionales, el Informe de referencia, específicamente en lo que respecta a las incidencias que competen a los Órganos Colegiados que presiden".
  • SCAP2.HCT.280514/64.P.SG / Informe del funcionamiento de las Juntas de Gobierno de las UMAE’s, correspondiente al primer cuatrimestre de 2014.
    '64/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio sin número, del 20 de mayo de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe del Funcionamiento de las Juntas de Gobierno de las Unidades Médicas de Alta Especialidad del propio Instituto, correspondiente al primer cuatrimestre de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en el punto III, del Acuerdo 494/2006, dictado en sesión del 30 de octubre de 2006; e instruye a la Secretaría General para que haga llegar a los Presidentes de las Juntas de Gobierno de las Unidades Médicas de Alta Especialidad el Informe de referencia, específicamente en lo que respecta a las incidencias que competen a los Órganos Colegiados que presiden".
  • ACDO.AS3.HCT.040414/64.P.DF / Se aprueban los Lineamientos para la autorización de Adecuaciones al Presupuesto del IMSS.
    '64/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los artículos 263 y 264, fracciones III, VI, XIV y XVII, 272, 274, 277, 277 A y 277 C, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 5, fracción II, inciso c), 57 y 58, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como 99 y 100, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y en términos del oficio 91 del 12 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, así como la resolución tomada por el Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el 3 de abril del año en curso, Acuerda: Primero.- Autorizar de manera global que se realicen las adecuaciones presupuestarias que resulten indispensables para el mejor cumplimiento de los objetivos de los programas del Instituto, siempre y cuando no se modifique el monto de las reservas aprobado en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación y no se trate de: a) Incrementos y reducciones al presupuesto de Servicios Personales, de la nómina del Régimen de Jubilados y Pensionados, y de Inversión Física; b) Traspasos de recursos de inversión física a gasto corriente, o viceversa; c) Aplicación de los ingresos o excedentes a que se refiere el artículo 277, de la Ley del Seguro Social, a los programas prioritarios del Instituto; d) Disminución del gasto en los supuestos previstos en el artículo 277 A, de la Ley del Seguro Social; e) Modificación de las metas de reservas, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y f) Incrementos y reducciones en el uso de las reservas y fondos. Las adecuaciones a cargo de la Dirección de Finanzas no deberán modificar el presupuesto previamente comprometido. Lo anterior, sin perjuicio de que este Órgano de Gobierno determine otros casos que requieran de su autorización específica para llevar a cabo las adecuaciones presupuestarias correspondientes. Segundo.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que, en el marco de las evaluaciones trimestrales previstas en el artículo 274, de la Ley del Seguro Social, presente a este Consejo Técnico, un informe pormenorizado sobre las adecuaciones presupuestarias realizadas en el período, con fundamento en el punto Primero del presente Acuerdo. Tercero.- La Dirección de Finanzas deberá informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre las adecuaciones presupuestarias realizadas con base en lo previsto en el punto Primero de este Acuerdo, en los términos y plazos requeridos por esa dependencia. Cuarto.- Instruir a la Dirección de Finanzas para que modifique el marco normativo institucional aplicable a las adecuaciones presupuestarias referidas en el punto Primero del presente Acuerdo".
  • ACDO.AS3.HCT.040414/65.P.DF / Primera Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas para el ejercicio fiscal 2014.
    '65/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 264, fracción I, 276, 278, 279, 283, 286 B y 286 K, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 91 del 12 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Primero.- Aprobar la Primera Modificación al Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas (PAACR), para el ejercicio fiscal 2014, que propone la Dirección General, a través de la Dirección primeramente enunciada. Segundo.- Tomar nota que a partir de marzo de 2014, se estima hacer uso de los recursos adicionales de financiamiento para el gasto de operación, hasta por $20,250 millones, provenientes de la Reserva Financiera y Actuarial del Seguro de Enfermedades y Maternidad, de conformidad al calendario del flujo de efectivo presentado en la Primera Adecuación al Presupuesto 2014, del Instituto Mexicano del Seguro Social. Tercero.- Instruir a la Dirección General, para que se envíe el presente documento, por conducto de la Dirección de Finanzas, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento".
  • SCAP2.HCT.280514/65.P.SG / Informe Cuantitativo y Cualitativo de los Recursos de Inconformidad interpuestos ante los Consejos Consultivos Delegacionales, correspondiente al primer cuatrimestre de 2014.
    '65/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio circular 6285 del 26 de noviembre de 2013, así como del oficio sin número, del 20 de mayo de 2014, signados por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe Cuantitativo y Cualitativo de los Recursos de Inconformidad interpuestos ante los Consejos Consultivos Delegacionales, correspondiente al primer cuatrimestre de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno, en el punto Tercero del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.260111/10.P.SG, dictado en sesión del 26 de enero de 2011".
  • SCAP2.HCT.280514/66.P.DA / Informe de resultados de la contratación plurianual para la adquisición de equipamiento oncológico 2011-2012, correspondiente al ejercicio 2013.
    '66/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 26 y 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 215 del 19 de mayo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración; así como la resolución del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, toma nota del Informe de resultados de la contratación plurianual para la adquisición de equipamiento oncológico 2011-2012, correspondiente al ejercicio 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por este Consejo, en el punto Tercero del Acuerdo ACDO.AS1.HCT.260111/3.P.DAED y DPM, dictado en sesión del 26 de enero de 2011".
  • ACDO.DS.HCT.040414/66.P.SG / Designación de representante propietario, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Gineco Obstetricia No. 4, ‘Luis Castelazo Ayala’, en el D.F. (CONCAMIN)
    '66/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción III, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el licenciado Francisco Javier Funtanet Mange, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), mediante oficio DG/138/14 del 26 de febrero de 2014, en favor del doctor Alberto Alvarado Durán, como representante propietario, en la segunda fórmula del Sector Patronal, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Gineco Obstetricia No. 4, ‘Luis Castelazo Ayala’, en el Distrito Federal, en sustitución del maestro Javier González de la Torre, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.270612/148.P.SG, dictado en sesión del 27 de junio de 2012, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.040414/67.P.SG / Designación y ratificación de representantes propietario y suplente, respectivamente, ante el CCD en Hidalgo. (CONCANACO)
    '67/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación y ratificación comunicadas por el maestro Jorge Enrique Dávila Flores, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio (CONCANACO), mediante oficio sin número, del 11 de febrero de 2014, en favor de la licenciada Semjase Samantha Flores Ramírez y la C. Ana María Navarro García, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la segunda fórmula del Sector Patronal, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS en Hidalgo. La designación de la primera, se hace en sustitución del C. Mario Alberto Briseño Mendoza, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.281009/222.P.SG, dictado en sesión del 28 de octubre de 2009, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo; y la ratificación de la segunda de ellas guarda su antecedente en el Acuerdo enunciado, y surtirá sus efectos a partir del 26 de marzo de 2014, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAP2.HCT.280514/67.P.DA / Informe del Sistema de Control Interno Institucional: Modelo de Administración de Riesgos Institucionales 2014.
    '67/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social, de conformidad con el artículo Tercero del ‘Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en Materia de Control Interno y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno’, numerales 9, 37, fracción I, inciso f) y 65, fracción IX; y en términos del oficio 215 del 19 de mayo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como la resolución del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, toma conocimiento del Modelo de Administración de Riesgos Institucionales del año 2014, alineado al Programa Institucional del Instituto Mexicano del Seguro Social (PIIMSS) 2014-2018, consistente en una matriz de administración de riesgos institucional, un mapa de riesgos institucional y un programa de trabajo de administración de riesgos, en cumplimiento a lo previsto por este Órgano de Gobierno en el punto Segundo del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.290910/297.P.DAED, y en el inciso b) del diverso SCAP2.HCT.271113/131.P.DAED, dictados en sesiones del 29 de septiembre de 2010 y 27 de noviembre de 2013, respectivamente".
  • SCAP3.HCT.280514/68.P.DPES / Informe del importe total de la ayuda en efectivo otorgada a Guarderías, correspondiente al primer trimestre de 2014.
    '68/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 146 del 15 de mayo de 2014, signado por la Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, toma nota del Informe del importe total de la ayuda en efectivo, otorgada con motivo de las modificaciones y adiciones al Reglamento para la Prestación de los Servicios de Guardería, correspondiente al primer trimestre de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno, en el punto Tercero del Acuerdo ACDO.AS1.HCT.161209/306.P.DJ y DPES, dictado en sesión del 16 de diciembre de 2009".
  • ACDO.DS.HCT.040414/68.P.SG / Designación de representantes propietario y suplente, respectivamente, ante el CCD en Coahuila. (SNTMMSRM)
    '68/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el licenciado Napoleón Gómez Urrutia, Secretario General del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSRM), mediante oficio 30 del 18 de marzo de 2014, en favor de los CC. Jesús Feliciano Cibrian Monreal y Andrés Pérez Torres, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la tercera fórmula del Sector Obrero, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS en Coahuila, en sustitución de los CC. Juventino Mares Martínez y Roberto Avilés Pérez, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.290513/109.P.SG, dictado en sesión del 29 de mayo de 2013, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.SA2.HCT.040414/69.P.DA / Se autoriza modificar el Programa Anual de Disposición Final de Bienes Muebles, ejercicio fiscal 2014.
    '69/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracción XXXVII, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 131 y 139, de la Ley General de Bienes Nacionales; así como los numerales 8.1.7, 8.1.9 y 8.1.11, de la Norma que establece las bases generales para el registro, afectación, disposición final y baja de bienes del Instituto Mexicano del Seguro Social; 26 y 31, fracción XX, del Reglamento Interior del IMSS; y en términos del oficio 89 del 12 marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como la resolución tomada por el Comité del mismo nombre, del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Autorizar la Modificación al Programa Anual de Disposición Final de Bienes Muebles, ejercicio fiscal 2014, que presenta la Dirección enunciada, a solicitud de las Delegaciones y Unidades Médicas de Alta Especialidad (UMAE´s). Segundo.- La Dirección de Administración deberá informar a este Órgano de Gobierno, dentro del transcurso del primer trimestre del año 2015, los resultados del Programa de Disposición Final de Bienes Muebles, ejercicio fiscal 2014 (modificado). Consecuentemente, se deroga el punto Primero del Acuerdo ACDO.SA2.HCT290114/14.P.DA. Tercero.- A las Delegaciones y UMAE´s que sus ingresos reales por concepto de venta de bienes muebles no útiles y desechos durante el ejercicio 2014, sean superiores a los programados, se les asignará la cantidad real obtenida para su aplicación".
  • SCAT1.HCT.280514/69.P.DPES / Informe sobre el estado que guarda la formalización del contrato de donación de un equipo de cómputo en beneficio del Programa de Envejecimiento Activo.
    '69/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 146 del 15 de mayo de 2014, signado por la Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, toma nota del Informe sobre el estado que guarda la formalización del contrato de donación pura, no onerosa, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., de un equipo de cómputo marca Apple, modelo iMac 21.5, con la que se apoyan las actividades del ‘Programa de Envejecimiento Activo’, en cumplimiento total a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno, en el punto Cuarto del Acuerdo ACDO.SA1.HCT.280312/85.P.DPES, dictado en sesión del 28 de marzo de 2012".
  • ACDO.DS.HCT.290114/7.P.SG / Designación de representante propietario, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Especialidades No. 1, del Centro Médico Nacional del Bajío en León, Guanajuato. (CROC)
    '7/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción II, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el senador Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), mediante oficio sin número, del 16 de enero de 2014, en favor de la C. Irma Oliva Gómez Contreras, como representante propietario, en la primera fórmula del Sector Obrero, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Especialidades No. 1, del Centro Médico Nacional del Bajío en León, Guanajuato, en sustitución del C. Humberto González Medina, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.290611/169.P.SG, dictado en sesión del 29 de junio de 2011, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAP2.HCT.290114/7.P.DA / Informe de los avances en la Instrumentación del Servicio Integral de Transporte Terrestre, del periodo octubre a diciembre de 2013.
    '7/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 26 y 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 15 del 20 de enero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como en la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, toma nota del Informe de avance trimestral de la contratación plurianual para el Servicio Integral de Transporte Terrestre 2013-2015, correspondiente al periodo octubre a diciembre del ejercicio 2013, en cumplimiento a lo dispuesto por este Consejo, en el punto Cuarto del Acuerdo ACDO.AS2.HCT.290513/105.P.DAED, dictado en sesión del 29 de mayo del 2013".
  • ACDO.SA2.HCT.040414/70.P.DA / Se aprueba el otorgamiento de Permisos de Uso Temporal Revocable para la instalación de Tiendas de Conveniencia en Unidades Médicas y/o Administrativas del Instituto.
    '70/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 116, de la Ley General de Bienes Nacionales; así como 31, fracciones XVI y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 89 del 12 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como de la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero. Aprobar el otorgamiento de Permisos de Uso Temporal Revocable para la instalación de Tiendas de Conveniencia en Unidades Médicas y/o Administrativas del Instituto, conforme a la propuesta presentada por el Director de Administración. Segundo.- Instruir a la citada Dirección, para que de manera semestral informe a este Órgano de Gobierno el avance y resultados del proceso de otorgamiento de permisos a que se refiere el presente Acuerdo".
  • ACDO.SA2.HCT.040414/71.P.DA / Se autoriza modificar el cambio de denominación de la Unidad de Organización y Calidad, al de Unidad de Desarrollo Organizacional, Competitividad e Igualdad, así como su estructura orgánica y titular de la misma.
    '71/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264, fracciones III, IV, IX, XIV y XVII, 270, 286 H y 286 I, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracciones VIII y XI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones I, III, XII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; el numeral 8.1.1, de la Norma que establece las Disposiciones para Elaborar, Autorizar y Registrar las Estructuras Orgánicas, Ocupacionales y Salariales de Puestos de Mando y de Nómina Ordinaria del IMSS; y en términos del oficio 89 del 12 de marzo de 2014, así como la resolución tomada por el Comité de Administración, del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, así como la propuesta presentada por el Director General, Acuerda: Primero.- Aprobar la modificación a la estructura orgánica del Instituto, la cual considera el cambio de denominación de la ‘Unidad de Organización y Calidad’, a la de ‘Unidad de Desarrollo Organizacional, Competitividad e Igualdad’, adscrita a la Dirección de Administración, manteniendo su mismo nivel salarial JA3 autorizado a la fecha; así como en el ámbito Delegacional tipo ‘A’ y ‘B’, el cambio de denominación de la ‘Coordinación Delegacional de Calidad’, a la de ‘Coordinación Delegacional de Competitividad, Capacitación e Igualdad’, manteniendo sus mismos niveles salariales NC3 y NB3, respectivamente, autorizados a la fecha. Segundo.- Tomar nota que dichos movimientos no implicarán modificaciones al presupuesto autorizado en servicios personales del Instituto Mexicano del Seguro Social para el presente ejercicio y los subsecuentes, toda vez que se trata de cambios de denominación. Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que conforme a lo previsto en el artículo 75, fracción IV, del Reglamento Interior del IMSS, coordine la formulación y presentación a este Consejo Técnico, del proyecto del Decreto de Reformas al citado Reglamento, en lo que así proceda, derivado de la modificación orgánica aprobada con el presente Acuerdo, a fin de que se realicen los trámites correspondientes para su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Cuarto.- Instruir a la Dirección de Administración para actualizar su manual de organización, así como el de la Coordinación Delegacional de Calidad, derivado de las adecuaciones organizacionales a que se refiere el Acuerdo que nos ocupa. Quinto.- Nombrar a la licenciada Alcira de Jesús Vásquez Corral, como titular de la Unidad de Desarrollo Organizacional, Competitividad e Igualdad, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Sexto.- Tomar nota que el presente Acuerdo entrará en vigor el día 1° de abril de 2014".
  • SCAP2.HCT.280514/71.P.DPM / Informe del Comité para la Vinculación de la Investigación Médica con la Atención a la Salud que se otorga en las Unidades Médicas, ejercicio 2013.
    '71/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracción XXIV, 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 66 del 13 de mayo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas, así como la resolución del Comité del mismo nombre, del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 12 del mes y año citados, toma nota del Informe del Comité para la Vinculación de la Investigación Médica con la Atención a la Salud que se otorga en las Unidades Médicas del Instituto Mexicano del Seguro Social, correspondiente al ejercicio 2013, en cumplimiento a lo previsto por este Consejo en el punto Sexto del Acuerdo ACDO.AS2.HCT.290212/31.P.DPM, dictado en sesión del 29 de febrero de 2012".
  • SCAP2.HCT.280514/72.P.SG / Informe de Actividades de los Comités del HCT, con corte al 29 de abril de 2014.
    '72/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción XII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como en lo establecido en el punto 1.9.2.20, de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 19 de mayo de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de actividades de las reuniones celebradas por los Comités del propio Órgano de Gobierno, acorde al calendario aprobado mediante Acuerdo ACDO.SA2.HCT.271113/337.P.SG, dictado en sesión del 27 de noviembre de 2013, con corte al día 27 del mes y año primeramente enunciados".
  • ACDO.SA2.HCT.040414/72.P.DA / Se autoriza modificar la estructura orgánica de la Dirección Jurídica.
    '72/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VII y XXXVII, 263, 264, fracciones III, IV, XIV y XVII, 270 y 286 I, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción VIII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones I, XII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; numeral 8.1.1, de la Norma que establece las Disposiciones para Elaborar, Autorizar y Registrar las Estructuras Orgánicas, Ocupacionales y Salariales de Puestos de Mando y de Nómina Ordinaria del IMSS; y en términos del oficio 89 del 12 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como la resolución tomada por el Comité de Administración del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Aprobar la modificación a la estructura orgánica de la Dirección Jurídica del Instituto, la cual considera la incorporación de la ‘Unidad de Asuntos Consultivos y de Orientación al Derechohabiente’ a la estructura de la Dirección mencionada, de la que dependerán las Coordinaciones de Legislación y Consulta; de Atención a Quejas y Orientación al Derechohabiente; y de Atención a Órganos Fiscalizadores. Segundo.- Instruir a la Dirección de Administración para que proceda a la cancelación de la Subjefatura de División de Asuntos Legislativos NB3, perteneciente a la Dirección Jurídica, con la finalidad de no incrementar el número total de plazas de mando del Instituto. Tercero.- Instruir a la Dirección de Administración que tome en cuenta que la diferencia de la fuente de financiamiento será soportada presupuestalmente, a través de la cancelación de 4 plazas de nómina ordinaria de confianza: 1N-62 Jefe de Área, 1N-56 Asesor Coordinador 80, 1N-47 Secretaria B de Director y 1N-25 Auxiliar Técnico E2, pertenecientes a la Dirección Jurídica, las cuales se encuentran vacantes; y que dichos movimientos organizacionales no deberán incrementar el Capítulo de Servicios Personales. Cuarto.- Instruir a la Dirección Jurídica para que conforme a lo previsto en el artículo 75, fracción IV, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, coordine la formulación y presentación a este Consejo Técnico del proyecto del Decreto de Reformas al citado Reglamento, en lo que así proceda, derivado de la modificación orgánica aprobada con el presente Acuerdo, a fin de que se realicen los trámites correspondientes para su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Quinto.- Instruir a la Dirección Jurídica para actualizar su manual de organización, derivado de la adecuación organizacional a que se refiere el presente Acuerdo. Sexto.- Tomar nota que el presente Acuerdo entrará en vigor a partir del 1° de abril de 2014".
  • ACDO.SA3.HCT.040414/73.P.DF / Se autorizan los Costos Unitarios por Nivel de Atención Médica para el ejercicio 2014.
    '73/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VIII, XIV, XVII, XXXVI y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, 270, 272 y 277 E, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción III, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 112, párrafos penúltimo y último, y 119, del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización; 31, fracciones II y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por la Dirección General, por conducto de la Dirección de Finanzas, mediante oficio 91 del 12 de marzo de 2014, así como la resolución tomada por el Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el 3 de abril del año en curso, Acuerda: Primero.- Aprobar los Costos Unitarios por Nivel de Atención Médica para el año 2014, contenidos en el Anexo 1 de este Acuerdo, cuya actualización se realizó, con base en el promedio ponderado de los costos observados durante los años 2011 y 2012, actualizados en ambos casos a pesos de febrero de 2014, tal y como se aprecia en el Anexo 2 de este documento. Segundo.- Instruir a la Dirección Jurídica, para que realice los trámites necesarios ante las instancias competentes, a efecto de publicar este Acuerdo y sus Anexos en el Diario Oficial de la Federación. Tercero.- El presente Acuerdo, así como los Costos Unitarios a que se refiere el punto Primero del mismo, entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación".
  • SCAP1.HCT.280514/73.P.SG / Informe de la Comisión Bipartita de Atención al Derechohabiente, correspondiente al segundo semestre de 2013.
    '73/2014 / 28 de Mayo de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social, toma nota del Informe de Labores realizadas por la Comisión Bipartita de Atención al Derechohabiente del propio Órgano de Gobierno, correspondiente al segundo semestre de 2013, que presenta la misma por conducto de la Secretaría General del Instituto, mediante oficio sin número, del 8 de mayo de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por este Cuerpo Colegiado en el punto III del Acuerdo 197/97, dictado en sesión del 14 de mayo de 1997".
  • SCAP2.HCT.250614/74.P.SG / Informe del Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del HCT, con corte al mes de mayo de 2014.
    '74/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción III, y 68, fracción IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9 y 2.6.4, inciso f), de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 12 de junio de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos de este Consejo, con corte al mes de mayo de 2014".
  • ACDO.IN3.HCT.040414/74.P.DF / Informe de la Composición y Situación Financiera de las Inversiones del Instituto, correspondiente al segundo semestre del ejercicio fiscal 2013.
    '74/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III, XXII y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; Tercero Transitorio, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación, de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; así como los Acuerdos 141/99 y ACDO.AS3.HCT.301013/304.P.DF, dictados por este Órgano de Gobierno en sesiones del 24 de marzo de 1999 y 30 de enero de 2013, respectivamente; y en términos del oficio 91 del 12 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Primero.- Tomar nota de: a) El informe relativo a las operaciones de inversión y a los rendimientos obtenidos de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuentas 1, 2A y 2B, del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal y Contractual, (Composición y Situación Financiera de las Inversiones del Instituto), correspondiente al segundo semestre de 2013; y b) De los resultados obtenidos durante el segundo semestre de 2013 en las operaciones de inversión. Segundo.- Dar por finalizada la elaboración del informe descrito en el punto que antecede, así como su presentación ante este Órgano de Gobierno, en virtud de haber quedado sin efecto el artículo 3, del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social, el cual se abrogó en su totalidad con la entrada en vigor de la nueva normatividad institucional en materia de inversiones, misma que no contempla el informe referido. Cabe señalar que se seguirán entregando los informes con periodicidad mensual señalados en el artículo 70, fracción XIII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social a este Órgano de Gobierno".
  • ACDO.IN3.HCT.040414/75.P.DF / Informe de los rendimientos generados por las operaciones de inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuentas 1, 2A y 2B del FCOLCLC, con corte al mes de diciembre de 2013.
    '75/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III, XXII y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, y 70, fracción XIII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 9, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; y en términos del oficio 91 del 12 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único- Tomar nota del Informe relativo a los rendimientos generados por las operaciones de inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuentas 1, 2A y 2B, del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal y Contractual, con corte al mes de diciembre de 2013".
  • SCAP2.HCT.250614/75.P.DA / Informe de los avances en la instrumentación del Servicio Integral de Transporte Terrestre (SITT), correspondiente al primer trimestre de 2014.
    '75/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 26 y 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 249 del 16 de junio de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, toma nota del Informe de los avances en la instrumentación de la contratación del Servicio Integral de Transporte Terrestre 2013-2015, correspondiente al primer trimestre de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto en el punto Cuarto del Acuerdo ACDO.AS2.HCT.290513/105.P.DAED, dictado en sesión del 29 de mayo del 2013".
  • SCAP2.HCT.250614/76.P.DA / Informe de las acciones derivadas de la instrumentación del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Administración y Enajenación de Bienes Adjudicados con motivo de la aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución, con corte al mes de mayo de 2014.
    '76/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, 264, fracciones III, XIV y XVII, y 291, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracciones I y XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones II y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 1, 5, 6, 8, 11, 14, 15, 16 y 17, del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Administración y Enajenación de Bienes Adjudicados con motivo de la Aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución (Reglamento); 191, del Código Fiscal de la Federación; y en términos del oficio 249 del 16 de junio de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, toma nota del Informe de acciones derivadas de la instrumentación del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Administración y Enajenación de Bienes Adjudicados con motivo de la aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno, en el punto Segundo del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.230713/203.P.DIR, dictado en sesión del 23 de julio de 2013".
  • ACDO.IN3.HCT.040414/76.P.DF / Informe de los rendimientos generados por las operaciones de inversión de las Reservas Financieras y la Cuenta Especial para el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Subcuentas 1, 2A y 2B del FCOLCLC, con corte al mes de enero de 2014.
    '76/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III, XXII y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, y 70, fracción XIII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 9, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; y en términos del oficio 91 del 12 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Primero.- Tomar nota del Informe relativo a las operaciones de inversión, los rendimientos obtenidos y la composición de las inversiones de las Reservas Financieras y el Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, con corte al mes de enero de 2014. Segundo.- Tomar nota de la operación de venta de un instrumento financiero de la Reserva Financiera y Actuarial del Seguro de Enfermedades y Maternidad, comprendida en el informe referido en el punto anterior, en cumplimiento a lo dispuesto en el punto Tercero del Acuerdo ACDO.SA3.HCT.200313/66.P.DF, dictado por este Órgano de Gobierno".
  • SCAP2.HCT.250614/77.P.DA / Informe de seguimiento a la implementación y actualización del Sistema de Control Interno Institucional (SCII), correspondiente al primer trimestre del 2014.
    '77/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 21 y 22, de la Ley de Planeación, de conformidad con el artículo tercero, numerales 9, 31, 33 y 65, fracción VIII, inciso e), del ‘Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en Materia de Control Interno y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno’, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010, con reformas publicadas el 27 de julio de 2012 y con su última modificación del 2 de mayo de 2014; y en términos del oficio 249 del 16 de junio de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, toma conocimiento de: a) El Informe de avances correspondiente al periodo enero-marzo de 2014; b) Atención a las observaciones del OIC; y c) Cierre del Programa de Trabajo de Control Interno Institucional (PTCI) 2013-2014, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en el punto Segundo del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.290910/297.P.DAED, dictado en sesión del 29 de septiembre de 2010. Asimismo, instruye a la Dirección enunciada informe en la próxima sesión de este Órgano de Gobierno el PTCI 2014-2015".
  • ACDO.SA2.HCT.040414/77.P.DPM / Se autoriza otorgar reconocimientos al personal médico, enfermeras y técnicos que participan en el Programa de Encuentros Médico-Quirúrgicos, del IMSS.
    '77/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 39 del 11 de marzo de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas; así como la resolución tomada por el Comité del mismo nombre, del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 10 del mes y año citados, Acuerda: Único.- Aprobar el otorgamiento de reconocimientos al personal médico, enfermeras y técnicos que se relacionan en el Anexo Único del presente Acuerdo, por su destacada labor en el Programa de ‘Encuentros Médico – Quirúrgicos’, del Instituto".
  • ACDO.SA3.HCT.040414/78.P.DPM / Se aprueban las Tarifas Referenciales de las Intervenciones adicionales al Anexo I del Acuerdo General de Colaboración para el Intercambio de Servicios.
    '78/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 89, fracción II, 251, fracciones IV, XXXII, XXXVI y XXXVII, 263 y 264, fracciones VII, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción III, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General, por conducto del Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas, mediante oficio número 39 del 11 de marzo de 2014, así como la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 10 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar las tarifas referenciales de las 26 intervenciones adicionales que se proponen en el Anexo Único de este Acuerdo, mismas que formarán parte del ‘Catálogo Nacional de Servicios, Intervenciones, Auxiliares de Diagnóstico y Tratamiento y Tabulador de Tarifas Máximas Referenciales’, documento que conforma el Anexo 1 del Acuerdo General de Colaboración para el Intercambio de Servicios, suscrito el 12 de mayo de 2011 por la Secretaría de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y diferentes entidades públicas que forman parte del Sistema Nacional de Salud. Segundo.- Instruir a la Dirección de Prestaciones Médicas para que, en coordinación con la Dirección de Finanzas, rinda semestralmente a este Órgano de Gobierno, un informe respecto a las erogaciones del Instituto y adeudos generados con base en la aplicación de las tarifas autorizadas en el presente Acuerdo, y en los diversos ACDO.AS2.HCT.230211/45.P.DPM y DF, y ACDO.SA3.HCT.260912/245.P.DPM, dictados en sesiones del 23 de febrero de 2011 y 26 de septiembre de 2012, respectivamente".
  • ACDO.DN.HCT.040414/79.P.DG / Nombramiento del Titular de la Delegación Estatal en Jalisco.
    '79/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VII y XXXVII, 251 A, 263, 264, fracciones IX y XVII, y 286 H, de la Ley del Seguro Social; 5 y 58, fracción XI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; así como 31, fracción III, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el doctor José Antonio González Anaya, Director General de este Instituto, mediante oficio 916 del 2 de abril de 2014, y nombrar al doctor Marcelo Sergio Castillero Manzano, como Titular de la Delegación Estatal del IMSS en Jalisco, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Este nombramiento surtirá sus efectos a partir del 16 de abril de 2014".
  • SCAP2.HCT.250614/79.P.SG / Informe de Actividades de los Comités del HCT, con corte al 16 de junio de 2014.
    '79/2014 / 25 de Junio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción XII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como lo establecido en el punto 1.9.2.20, de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 16 de junio de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de actividades de las reuniones celebradas por los Comités del propio Órgano de Gobierno, acorde al calendario aprobado mediante Acuerdo ACDO.SA2.HCT.271113/337.P.SG, dictado en sesión del 27 de noviembre de 2013, con corte al día 16 junio de 2014".
  • SCAT2.HCT.290114/8.P.DF / Informe de resultados de los procesos licitatorios del PAI que estará vigente en el ejercicio fiscal 2014.
    '8/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones I, IV, XX y XXXVII, 263 y 264, fracción III, de la Ley del Seguro Social; 1, 5, 57 y 58, fracción II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 26 y 31, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 11 del 17 de enero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, así como en la resolución tomada por el Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 28 del mes y año citados, toma conocimiento de que en cumplimiento total a lo establecido en el punto Primero del ACDO.AS3.HCT.301013/305.P.DF, dictado por este Órgano de Gobierno en sesión del 30 de octubre de 2013, la Dirección de Finanzas informa sobre los resultados de la licitación pública nacional electrónica que se llevó a cabo en noviembre y diciembre de 2013, para contratar las 17 pólizas de seguros patrimoniales y no patrimoniales que conforman el Programa de Aseguramiento Integral del IMSS para el ejercicio 2014 (PAI 2014), respecto del cual se comunicó lo siguiente: i) La licitación pública nacional electrónica que se realizó fue la No. LA-019GYR019-N141-2013, en la que se adjudicaron 14 contratos de seguros patrimoniales o de daños y 3 contratos no patrimoniales; ii) El costo total de los 17 contratos adjudicados que conforman el PAI 2014, más los montos máximos de retención de los contratos que operan en la modalidad de capas de Administración de la pérdida (ADP) y los montos máximos de los contratos abiertos, se estima será de $737.7 millones, inferior en $128.4 millones al monto autorizado en el mes de octubre de 2013 por este Cuerpo Colegiado que fue de $866.1 millones incluyendo el IVA; y iii) Los ingresos obtenidos en 2013 por la Dirección de Finanzas, por concepto de recuperación de indemnizaciones derivadas de siniestros, pagadas al IMSS por las compañías aseguradoras con las que se tienen contratadas las pólizas del PAI, ascendieron a $483.8 millones, lo cual constituye el mayor ingreso obtenido por ese concepto desde el año 2008. Considerando el monto de recuperación y el costo autorizado de $705.5 millones, el costo estimado del PAI 2013 fue de $221.7 millones. Asimismo, se instruye a la Dirección de Finanzas para que en coordinación con las Direcciones de Administración, y de Vinculación Institucional y Evaluación de Delegaciones, en sus respectivos ámbitos de competencia, promuevan entre los Órganos Normativos del Nivel Central, las Delegaciones y las Unidades Médicas de Alta Especialidad del Instituto, las acciones para la prevención de los siniestros con mayor severidad y frecuencia, para que éstos se contengan y en la medida de lo posible se reduzcan, y se apeguen a los tiempos normados para reportar y documentar los expedientes de siniestros, a fin de que se recuperen en el menor plazo posible las indemnizaciones correspondientes, de manera que la totalidad de los siniestros ocurridos hasta el 31 de diciembre de 2013, queden debidamente reportados y documentados ante las aseguradoras al 30 de junio de 2014, debiendo informar a este Cuerpo Colegiado de los resultados. Será responsabilidad de los Órganos Normativos del Nivel Central, Delegaciones, Unidades Médicas de Alta Especialidad, Centros Vacacionales y Unidades institucionales afectadas por siniestros, dar cumplimiento a los plazos normados para tal fin".
  • ACDO.DS.HCT.290114/8.P.SG / Designación de representante suplente, ante el CCD en Guanajuato. (CROC)
    '8/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el senador Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), mediante oficio sin número, del 16 de enero de 2014, en favor del C. Antonio Hernández Navarro, como representante suplente, en la segunda fórmula del Sector Obrero, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS en Guanajuato, en sustitución del C. Jacobo Cabrera Lara, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.230610/154.P.SG, dictado en sesión del 23 de junio de 2010, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAP3.HCT.230714/80.P.DIDT / Informe sobre el resultado de la contratación del Servicio de Evolución de la Red de Telecomunicaciones y su monitoreo, correspondiente al primer semestre de 2014.
    '80/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, V y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII, y 277 F, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 54 del 11 de julio de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico, así como el dictamen del Comité del mismo nombre, del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 9 del mes y año citados, toma nota del Informe sobre los procedimientos de contratación del Servicio de Evolución de la red de Telecomunicaciones y su monitoreo, correspondiente al primer semestre de 2014, en cumplimiento al punto Cuarto del Acuerdo ACDO.AS3.HCT.301013/307.P.DIDT, dictado en sesión del 30 de octubre de 2013".
  • ACDO.DN.HCT.040414/80.P.DG / Nombramiento del Titular de la Delegación Estatal en Quintana Roo.
    '80/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VII y XXXVII, 251 A, 263, 264, fracciones IX y XVII, y 286 H, de la Ley del Seguro Social; 5 y 58, fracción XI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; así como 31, fracción III, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el doctor José Antonio González Anaya, Director General de este Instituto, mediante oficio 916 del 2 de abril de 2014, y nombrar al licenciado Flavio Carlos Rosado, como Titular de la Delegación Estatal del IMSS en Quintana Roo, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Este nombramiento surtirá sus efectos a partir del 16 de abril de 2014".
  • ACDO.DN.HCT.040414/81.P.DG / Nombramiento del Titular de Unidad de Asuntos Consultivos y de Orientación al Derechohabiente.
    '81/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, 264, fracciones IX y XVII, y 286 H, de la Ley del Seguro Social; 5 y 58, fracción XI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; así como 31, fracción III, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el doctor José Antonio González Anaya, Director General del IMSS, mediante oficio sin número, del 20 de marzo de 2014, y nombrar al licenciado Jorge Guillermo Franco Martínez, como Titular de la Unidad de Asuntos Consultivos y de Orientación al Derechohabiente, adscrita a la Dirección Jurídica, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Este nombramiento surtirá sus efectos a partir del 1º de abril de 2014".
  • SCAP2.HCT.230714/81.P.SG / Informe del Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del HCT, con corte al mes de junio de 2014.
    '81/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción III, y 68, fracción IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9 y 2.6.4, inciso f), de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 14 de julio de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos de este Consejo, con corte al mes de junio de 2014".
  • SCAP2.HCT.230714/82.P.DA / Informe sobre la Norma que establece las disposiciones para que las Unidades Médicas, Sociales o Administrativas participen en el Premio IMSS a la Competitividad, correspondiente al primer semestre de 2014.
    '82/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracción XXXVII, 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 7, 31, fracción XX, 69, fracciones VIII y IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 311 del 10 de julio de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, toma nota del Informe de las acciones derivadas de la actualización de la Norma que establece las disposiciones para que las Unidades Médicas, Sociales o Administrativas participen en el Premio IMSS a la Competitividad, correspondiente al primer semestre de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto en el punto Cuarto del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.290114/12.P.DA, dictado en sesión del 29 de enero de 2014".
  • ACDO.DN.HCT.040414/82.P.DG / Ratificación de representantes propietario y suplente, respectivamente, ante el CCD en Veracruz Norte y Sur. (GOBIERNO)
    '82/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; así como 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la ratificación y designación comunicadas por el doctor Javier Duarte de Ochoa, Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz, mediante oficio 067/2014 del 19 de marzo de 2014, en favor del licenciado Juan Antonio Nemi Dib y el doctor Arturo Navarrete Escobar, como representantes propietario y suplente, respectivamente, por el Sector Gobierno, ante los Consejos Consultivos de las Delegaciones Regionales Norte y Sur del IMSS en dicha Entidad Federativa. La ratificación del representante propietario guarda su antecedente en el Acuerdo ACDO.DG.HCT.271113/341.P.SG, dictado en sesión del 27 de noviembre de 2013 y surtirá sus efectos a partir del 4 de abril de 2014; y la designación del representante suplente, es en sustitución del doctor Javier Guevara Arenas, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante el Acuerdo citado, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.IN2.HCT.040414/83.P.SG / Fecha de la próxima sesión.
    '83/2014 / 4 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en el artículo 263, de la Ley del Seguro Social, acuerda que su próxima sesión ordinaria se lleve a cabo a las dieciséis treinta horas del 30 de abril de 2014".
  • SCAP2.HCT.230714/83.P.DA / Informe de la Norma que establece las disposiciones para la implementación y mantenimiento del Modelo Institucional para la Competitividad “MC", correspondiente al primer semestre de 2014.
    '83/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones VIII y XXXVII, 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 7, 31, fracción XX, 69, fracciones VIII y IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 311 del 10 de julio de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, toma nota del Informe de las acciones derivadas de la actualización de la Norma que establece las disposiciones para la implementación y mantenimiento del Modelo Institucional para la Competitividad ‘MC’, correspondiente al primer semestre de 2014, en cumplimiento a lo previsto en el punto Cuarto del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.290114/11.P.DA, dictado en sesión del 29 de enero de 2014".
  • SCAP2.HCT.230714/84.P.DA / Informe del estado que guarda el SCII, ejercicio 2013-2014, y presentación del Programa de Trabajo de Mejora al mismo, 2014-2015.
    '84/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 21 y 22, de la Ley de Planeación, y de conformidad con el artículo tercero, numerales 9, 22, 23, 24, 29 y 65, fracción VIII, inciso e), del ‘Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en Materia de Control Interno y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno’, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010, con reformas publicadas el 27 de julio de 2012 y con su última modificación del 2 de mayo de 2014; y en términos del oficio 311 del 10 de julio de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, toma conocimiento del Informe anual del estado que guarda el Sistema de Control Interno Institucional (SCII), ejercicio 2013-2014 al 30 de abril 2014, el cual incluye en sus anexos los resultados de la encuesta de Autoevaluación y el Programa de Trabajo de Mejora al mismo, 2014-2015, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en el punto Segundo del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.290910/297.P.DAED, dictado en sesión del 29 de septiembre de 2010. Asimismo, instruye se dé a conocer el Programa de Trabajo de Control Interno (PTCI) a las áreas normativas y al cumplimiento del mismo en su periodo mayo 2014 - abril 2015".
  • ACDO.SA3.HCT.230414/84.P.DF / Se aprueban las modificaciones realizadas al Programa Institucional del IMSS (PIIMSS) 2014-2018.
    '84/2014 / 23 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; tercero del Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018; numerales 24, 27 y 32 del Acuerdo 01/2013 por el que se emiten los Lineamientos para dictaminar y dar seguimiento a los programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018; y en términos del oficio 126 del 21 de abril de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Primero.- Aprobar las modificaciones realizadas al Programa Institucional del Instituto Mexicano del Seguro Social (PIIMSS) 2014-2018, en atención a las observaciones y recomendaciones de la Unidad de Evaluación del Desempeño de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Segundo.- Autorizar el envío de la versión definitiva del PIIMSS 2014-2018 a la citada Secretaría, para su dictamen. Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que, una vez obtenido el dictamen de la Secretaría que nos ocupa, se realicen los trámites necesarios ante las instancias competentes, a efecto de publicar el presente Acuerdo y la versión definitiva del PIIMSS 2014-2018 en el Diario Oficial de la Federación".
  • ACDO.DN.HCT.290414/85.P.DG / Nombramiento de la Titular de la Unidad de Personal.
    '85/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, 264, fracciones IX y XVII, y 286 H, de la Ley del Seguro Social; 5 y 58, fracción XI, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; así como 31, fracción III, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta presentada por el doctor José Antonio González Anaya, Director General del IMSS, mediante oficio 110 del 28 de abril de 2014, y nombrar a la licenciada Karla Raygoza Rendón, como Titular de la Unidad de Personal, adscrita a la Dirección de Administración, con las atribuciones y obligaciones que a dicho puesto corresponden. Este nombramiento surtirá sus efectos a partir del 16 de mayo de 2014".
  • SCAP3.HCT.230714/85.P.DF / Informe sobre la siniestralidad y la recuperación de indemnizaciones, registradas en el IMSS durante el 2013.
    '85/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones I, IV, XX y XXXVII, 263 y 264, fracción III, de la Ley del Seguro Social; 1, 5, 57 y 58, fracción II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; así como 26 y 31, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 309 del 11 de julio de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, toma conocimiento del Informe sobre los temas que se mencionan a continuación, en cumplimiento a lo establecido en el punto iii) del Acuerdo SCAT2.HCT.290114/8.P.DF, dictado por este Órgano de Gobierno en sesión del 29 de enero de 2014: i) Resultados de la siniestralidad registrada por el IMSS en el ejercicio 2013, dentro de las cuales se destaca que al 30 de junio de 2014, los siniestros ocurridos en el ejercicio 2013, se encuentran debidamente reportados, reclamados y documentados para su indemnización ante las compañías aseguradoras con las que se tienen suscritos los contratos de seguro patrimoniales y no patrimoniales y sólo 37 casos están pendientes de documentar por parte de las unidades afectadas dada la complejidad en la obtención de la información requerida, por lo que deberán sustentarlos a más tardar el día 31 de julio del 2014; ii) Ingresos obtenidos en el ejercicio 2013 y el primer semestre de 2014 por concepto de indemnizaciones derivadas de siniestros ocurridos en ese año y periodo, mismos que ascendieron a $701.3 millones; y iii) Acciones realizadas por la Dirección de Finanzas en el ámbito de su competencia, para que las Delegaciones, las UMAE’s y los Órganos Normativos de Nivel Central se apeguen a los tiempos normados para reportar y documentar sus siniestros y recuperar en el menor plazo posible, las indemnizaciones correspondientes, así como para controlar el crecimiento de los siniestros con mayor severidad y frecuencia, tales como variación de voltaje y robo con y sin violencia".
  • SCAP3.HCT.230714/87.P.DF / Informe sobre las gestiones realizadas durante el primer semestre de 2014, del Fideicomiso Público Irrevocable "Fondo para ayudas Extraordinarias con motivo del Incendio de la Guardería ABC".
    '87/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 309 del 11 de julio de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, toma nota del Informe de las gestiones realizadas por la misma durante el primer semestre de 2014, respecto a la observancia de los fines del Fideicomiso Público Irrevocable denominado: ‘Fondo para Ayudas Extraordinarias con motivo del Incendio de la Guardería ABC’, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno, en los puntos Quinto y Segundo de los Acuerdos ACDO.AS1.HCT.230610/128.P.DF y DJ, y ACDO.SA2.HCT.270411/112.P.SG, dictados en sesiones del 23 de junio de 2010 y 27 de abril de 2011, respectivamente".
  • ACDO.DS.HCT.290414/87.P.SG / Designación de representante suplente, ante los Comités de: Prestaciones Médicas; Incorporación y Recaudación; Asuntos Jurídicos e Innovación y Desarrollo Tecnológico, así como ante la Comisión de Revisión de Actas de las sesiones del H. Consejo Técnico. (CONCANACO-SERVYTUR)
    '87/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones X y XX, 32 y 33, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como lo establecido en el punto 1.8, de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta de designación formulada por el maestro Jorge Enrique Dávila Flores, Presidente de la Confederación de Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), mediante oficio sin número, del 19 de marzo de 2014, para integrar la representación del Sector Patronal en diversos Comités y Comisión creados por el propio Consejo Técnico, en favor del licenciado Héctor Doporto Ramírez, con el carácter de suplente, al tenor siguiente: en los de Incorporación y Recaudación, Innovación y Desarrollo Tecnológico, Asuntos Jurídicos y Prestaciones Médicas, en sustitución del licenciado Arturo Mendicuti Narro; y ante la Comisión de Revisión de Actas. Consecuentemente, se modifican en su parte conducente los Acuerdos ACDO.DS.HCT.290910/274.P.DG, ACDO.DS.HCT.081210/374.P.DG y ACDO. HCT.210207/61.P.SG, dictados en sesiones del 29 de septiembre de 2010, 8 de diciembre de 2010 y 21 de febrero de 2007, respectivamente, y surtirán sus efectos a partir de que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en las Actas respectivas".
  • ACDO.DS.HCT.290414/88.P.SG / Designación y Ratificación de representantes propietario y suplente, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Gineco Obstetricia No. 23, ‘Dr. Ignacio Morones Prieto’, en el Monterrey, Nuevo León. (CROC)
    '88/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción II, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar las propuestas de designación y ratificación comunicadas por el senador Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), mediante oficio sin número, del 25 de marzo de 2014, en favor de los CC. Rogelio Rodríguez Roque y Pedro Rogelio Román Castillo, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la segunda fórmula del Sector Obrero, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Gineco Obstetricia No. 23, ‘Dr. Ignacio Morones Prieto’, en Monterrey, Nuevo León. La designación del representante propietario se hace en sustitución del C. Arturo Rosales Muñoz, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.230713/194.P.SG, dictado en sesión del 23 de julio de 2013, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo; y la ratificación guarda su antecedente en el diverso ACDO.DS.HCT.200313/60.P.SG, dictado en sesión del 20 de marzo de 2013, y surtirá sus efectos a partir del 29 de abril de 2014, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAP2.HCT.230714/88.P.DIR / Informe de actividades de la Unidad de Servicios Estratégicos, correspondiente al segundo trimestre de 2014.
    '88/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VII y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, IV y XVII y 286 I, de la Ley del Seguro Social; así como 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 51 del 11 de julio de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 9 del mes y año citados, toma nota del Informe de las actividades realizadas por la Unidad de Servicios Estratégicos, correspondiente al segundo trimestre de 2014, en cumplimiento a lo establecido en el punto Séptimo del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.271113/355.P.DAED y DIR, aprobado por este Órgano de Gobierno en sesión del 27 de noviembre de 2013".
  • SCAT2.HCT.230714/89.P.DPES / Informe de resultados de la donación pura, no onerosa, ofrecida por la Fundación IMSS con un valor total de $10’341,786.74, destinada al equipamiento de las Tiendas IMSS-SNTSS.
    '89/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 237 del 14 de julio de 2014, signado por la Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, toma nota del Informe del avance respecto a la donación pura, no onerosa, ofrecida por la Fundación IMSS, A.C., de diversos bienes, para apoyar el equipamiento de las Tiendas IMSS-SNTSS, y mejoramiento de su operación, en cumplimiento total a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno, en el punto Cuarto del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.241012/265.P.DPES, dictado en sesión del 24 de octubre de 2012."
  • ACDO.DS.HCT.290414/89.P.SG / Ratificación de representantes propietario y suplente, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Oncología del CMN “Siglo XXI", en el Distrito Federal. (CTM)
    '89/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción II, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar las propuestas de ratificación comunicadas por el licenciado Joaquín Gamboa Pascoe, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), mediante oficio sin número, del 3 de abril de 2014, en favor de los licenciados Maura Patricia Hernández Tapia y José Mario Galván Ramírez, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la primera fórmula del Sector Obrero, para integrar la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Oncología, del Centro Médico Nacional ‘Siglo XXI’, en el Distrito Federal, mismas que guardan su antecedente en los Acuerdos ACDO.DS.HCT.290709/152.P.SG y ACDO.DS.HCT.260111/14.P.SG, dictados en sesión del 29 de julio de 2009 y 26 de enero de 2011, respectivamente, y surtirán sus efectos a partir del 29 de abril de 2014, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DG.HCT.290114/9.P.SG / Designación de representantes suplente, ante el CCD en Nuevo León. (GOBIERNO)
    '9/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el licenciado Rodrigo Medina de la Cruz, Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, mediante oficio 277-A/2013 del 13 de diciembre de 2013, en favor del licenciado Jorge Manuel Macías Rodríguez, como representante suplente, por el Sector Gobierno, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Regional del IMSS en Nuevo León, misma que se hace en sustitución del licenciado Genaro Leal Cavazos, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DG.HCT.270612/142.P.SG, dictado en sesión del 27 de junio de 2012, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAT3.HCT.290114/9.P.DF / Informe sobre el manejo de los recursos del Fondo de Reserva del PPE, correspondiente al ejercicio 2013.
    '9/2014 / 29 de Enero de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 26 y 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 11 del 17 de enero de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, toma nota del Informe del manejo de los recursos del Fondo de Reserva del Programa Primer Empleo, correspondiente al ejercicio fiscal 2013, en cumplimiento cabal a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en los Acuerdos ACDO-HCT-280207/72.R.D.F, punto Sexto; ACDO.SA2.HCT.270411/112.P.SG, punto Segundo; y del SCAP3.HCT.300113/11.P.DF, dictados en sesiones del 28 de febrero de 2007, 27 de abril de 2011 y 30 de enero de 2013, respectivamente; y dar por finalizado el seguimiento del Programa antes señalado, en virtud de que se ha reintegrado el total de sus recursos a la Tesorería de la Federación".
  • ACDO.DS.HCT.290414/90.P.SG / Designación de representantes propietario y suplente, ante el CCD en Chiapas. (CTM)
    '90/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar las propuestas de designación comunicadas por el licenciado Joaquín Gamboa Pascoe, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), mediante oficio sin número, del 8 de abril de 2014, en favor de los CC. Erick Juárez López y Esperanza Concepción Arrazola Lau, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la primera fórmula del Sector Obrero, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS en Chiapas, en sustitución de los CC. Eduardo Cuevas García y Edy Said Córdova Maza, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.290709/149.P.SG, dictado en sesión del 29 de julio de 2009, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAP2.HCT.230714/90.P.DPES / Informe del importe total de la ayuda en efectivo otorgada a Guarderías, correspondiente al segundo trimestre de 2014.
    '90/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 237 del 14 de julio de 2014, signado por la Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, toma nota del Informe del importe total de la ayuda en efectivo, otorgada con motivo de las modificaciones y adiciones al Reglamento para la Prestación de los Servicios de Guardería, correspondiente al segundo trimestre de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno, en el punto Tercero del Acuerdo ACDO.AS1.HCT.161209/306.P.DJ y DPES, dictado en sesión del 16 de diciembre de 2009".
  • SCAP2.HCT.230714/91.P.SG / Informe de Actividades de los Comités del HCT, con corte al 22 de julio de 2014.
    '91/2014 / 23 de Julio de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción XII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como en lo establecido en el punto 1.9.2.20, de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 14 de julio de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de actividades de las reuniones celebradas por los Comités del propio Órgano de Gobierno, acorde al calendario aprobado mediante Acuerdo ACDO.SA2.HCT.271113/337.P.SG, dictado en sesión del 27 de noviembre de 2013, con corte al 22 de julio de 2014".
  • ACDO.DS.HCT.290414/91.P.SG / Designación de representante suplente, ante el CCD en Jalisco. (CROC)
    '91/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta de designación comunicada por el senador Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), mediante oficio sin número, del 9 de abril de 2014, en favor de la C. María Guadalupe López Torres, como representante suplente, en la segunda fórmula del Sector Obrero, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS en Jalisco, en sustitución del C. Felipe Sierra Casillas, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DS.HCT.260214/30.P.SG, dictado en sesión del 26 de febrero de 2014, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • ACDO.DS.HCT.290414/92.P.SG / Designación de representantes propietario y suplente, ante el CCD en Veracruz Sur. (CONCANACO-SERVYTUR)
    '92/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones X y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como lo establecido en el punto 1.8, de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno, Acuerda: Único.- Aprobar la propuesta de designación formulada por el ingeniero Enrique Solana Sentíes, Presidente de la Confederación de Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), mediante oficio sin número, del 2 de abril de 2014, en favor del arquitecto Jesús Salgado Nesme y el licenciado Jorge Peláez Muñoz, como representantes propietario y suplente, respectivamente, en la segunda fórmula del Sector Patronal, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Regional del IMSS en Veracruz Sur, en sustitución del licenciado Mario Humberto Ríos Alvarado y del propio arquitecto Jesús Salgado Nesme, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdos ACDO.DS.HCT.280312/72.P.SG y ACDO.DS.HCT.111213/366.P.SG, dictados en sesiones del 28 de marzo de 2012 y 11 de diciembre de 2013, respectivamente, y surtirán sus efectos a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAT2.HCT.270814/92.P.DIDT / Informe de avance de la solución tecnológica que contribuya al desarrollo del Programa de Educación a Distancia.
    '92/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 70 del 15 de agosto de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 12 del mes y año citados, toma nota del Informe sobre la solución tecnológica, que contribuya al desarrollo del Programa de Educación a Distancia, que presenta la Dirección primeramente enunciada. Con lo anterior, se da total cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno, en el punto Tercero del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.270411/125.P.DPM, dictado en sesión del 27 de abril de 2011".
  • ACDO.DS.HCT.290414/93.P.SG / Designación de representantes propietario y suplente, respectivamente, para integrar la Junta de Gobierno de la UMAE: Hospital de Gineco Obstetricia No. 23, ‘Dr. Ignacio Morones Prieto’, en Monterrey, N.L. (CONCANACO-SERVYTUR)
    '93/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 113, fracción II, 116 y 117, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar las propuestas de designación comunicada por el ingeniero Enrique Solana Sentíes, Presidente de la Confederación de Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), mediante oficio sin número, del 4 de abril de 2014, en favor del ingeniero Darío Treviño Muguerza, como representante propietario y suplente, respectivamente, en la segunda fórmula del Sector Patronal, ante la Junta de Gobierno de la Unidad Médica de Alta Especialidad: Hospital de Gineco Obstetricia No. 23, ‘Dr. Ignacio Morones Prieto’, en Monterrey, N.L., en sustitución del ingeniero Ramón Cantú Willman, de cuyos nombramientos se tomó nota mediante Acuerdos ACDO.DS.HCT.250412/107.P.SG y ACDO.DS.HCT.230610/149.P.SG, dictados en sesiones del 25 de abril de 2012 y 23 de junio de 2010, respectivamente, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAP2.HCT.270814/93.P.SG / Informe del Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos del HCT, con corte al mes de julio de 2014.
    '93/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 38, fracción III, y 68, fracción IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.9.2.9 y 2.6.4, inciso f), de los Lineamientos Operativos del propio Órgano de Gobierno; y en términos del oficio sin número, del 8 de agosto de 2014, signado por el Titular de la Secretaría General del IMSS, toma nota del Informe de Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos de este Consejo, con corte al mes de julio de 2014".
  • ACDO.DG.HCT.290414/94.P.SG / Designación de representante propietario, CCD en Tlaxcala. (GOBIERNO)
    '94/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251 A, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 89 y 90, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, Acuerda: Único.- Aprobar la designación comunicada por el licenciado Mariano González Zarur, Gobernador Constitucional del Estado de Tlaxcala, mediante oficio SECPAR/UC/G/022/2014, del 2 de abril de 2014, en favor del doctor Alejandro Guarneros Chumacero como representante propietario por el Sector Gobierno, ante el Consejo Consultivo de la Delegación Estatal del IMSS en dicha Entidad Federativa, misma que se hace en sustitución del doctor Jesús Salvador Fragoso Bernal, de cuyo nombramiento se tomó nota mediante Acuerdo ACDO.DG.HCT.010611/130.P.SG, dictado en sesión del 1° de junio de 2011, y surtirá sus efectos a partir de la fecha en que tome posesión de su cargo, lo cual deberá asentarse en el Acta respectiva".
  • SCAP3.HCT.270814/94.P.DIR / Informe sobre los resultados de la aplicación de las Bases para cancelar créditos fiscales en las cuentas del Instituto, y adeudos por extinción de créditos a cargo de patrones y demás sujetos obligados, correspondiente al segundo trimestre de 2014.
    '94/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, XXX y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 52 del 15 de julio de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, toma nota del Informe sobre los resultados de la aplicación de las ‘Bases para cancelar créditos fiscales en las cuentas del Instituto, por INSOLVENCIA, INCOSTEABILIDAD y por NO LOCALIZACIÓN del deudor o responsable solidario’, y de las ‘Bases para cancelar adeudos por extinción de créditos fiscales a cargo de patrones y demás sujetos obligados, por PRESCRIPCIÓN, y por la extinción de la facultad del Instituto para determinarlos y fijarlos en cantidad líquida, CADUCIDAD’, correspondiente al segundo trimestre de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en la Base DÉCIMA SEXTA de los Acuerdos 469/2005 y 470/2005, dictados en sesión del 26 de octubre de 2005".
  • ACDO.SA2.HCT.290414/95.P.DA / Se autoriza la Norma que establece las disposiciones para la implementación y operación del Sistema de Profesionalización y Desarrollo de Personal de Confianza “A".
    '95/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 256, 264, fracción XVII y 286 I, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones XII y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como el Título Cuarto del Estatuto de Trabajadores de Confianza ‘A’ del Instituto Mexicano del Seguro Social, aprobado por este Consejo Técnico en sesión ordinaria del 7 de diciembre de 2011 a través del Acuerdo ACDO.AS2.HCT.071211/322.P.DAED, dictado en sesión del 7 de diciembre de 2011 y su última reforma a través del diverso ACDO.SA2.HCT.250913/288.P.DAED, del 25 de septiembre de 2013; y en términos del oficio 172 del 24 de abril de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Administración, así como de la resolución tomada por el Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada en la fecha descrita, Acuerda: Primero.- Aprobar en sus términos el documento denominado: ‘Norma que establece las disposiciones para la implementación y operación del Sistema de Profesionalización y Desarrollo de Personal de Confianza “A", clave 1000-001-021’. Segundo.- La Dirección de Administración a través de la Unidad de Personal, deberá llevar a cabo las medidas administrativas necesarias para difundir y dar estricta observancia a las disposiciones contenidas en el instrumento normativo que se autoriza. Tercero.- Se dejan sin efecto todas aquellas disposiciones administrativas que se opongan a la Norma que se aprueba con el presente Acuerdo".
  • ACDO.IN3.HCT.290414/96.P.DF / Informe de Gestión 2013 y Programas de Trabajo 2014 de los Fideicomisos: FIDTEATROS, FIBESO, FIDEIMSS, FIS, FNM, FABC; y el FOFOE.
    '96/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 122 del 10 de abril de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota de los Informes de Gestión 2013 y Programas de Trabajo 2014, de los Fideicomisos: de Administración de Teatros y Salas de Espectáculos del IMSS (FIDTEATROS); para el Desarrollo del Deporte (FIDEIMSS); de Investigación en Salud (FIS); de Beneficios Sociales (FIBESO); de la ‘Niña del Milenio’ (FNM); Público Irrevocable denominado: ‘Fondo para ayudas extraordinarias con motivo del incendio de la Guardería ABC’ (FABC); y del Fondo de Fomento a la Educación (FOFOE)".
  • SCAP1.HCT.270814/96.P.DIDT / Informe de avance en la implementación de la Estrategia de Actualización del ECE, correspondiente al primer y segundo trimestres de 2014.
    '96/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 70 del 15 de agosto de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico, con base en el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 12 del mes y año citados, toma nota del Informe de avance en la implementación de la Estrategia de Actualización del Expediente Clínico Electrónico (ECE-IMSS), correspondiente al primer y segundo trimestres de 2014, en cumplimiento al punto Segundo del Acuerdo ACDO.IN1.HCT.300512/132.P.DIDT, dictado por este Órgano de Gobierno en sesión del 30 de mayo de 2012".
  • SCAP2.HCT.270814/97.P.DJ / Informes Cuantitativo y Cualitativo de los juicios fiscales, correspondiente al primer semestre de 2014.
    '97/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5 y 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 221 del 24 de julio de 2014, signado por el Titular de la Dirección Jurídica, toma nota del Informe cuantitativo y cualitativo de juicios fiscales, correspondiente al primer semestre de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en los Acuerdos 296/96, punto II, 217/98, parte final y punto Primero del ACDO.SA2.HCT.300311/98.P.DJ, dictados en sesiones del 21 de agosto de 1996, 22 de abril de 1998 y 30 de marzo de 2011, respectivamente".
  • ACDO.IN3.HCT.290414/97.P.DF / Informe relativo a las operaciones de inversión, los rendimientos obtenidos y la composición de las inversiones de las Reservas Financieras y el FCOLCLC, con corte al mes de febrero de 2014.
    '97/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III, XXII y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX y 70, fracción XIII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 9, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; y en términos del oficio 122 del 10 de abril de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota del Informe relativo a las operaciones de inversión, los rendimientos obtenidos y la composición de las inversiones de las Reservas Financieras y el Fondo para el Cumplimiento de las Obligaciones Laborales de Carácter Legal y Contractual, con corte al mes de febrero de 2014".
  • ACDO.IN3.HCT.290414/98.P.DF / Informes de Actividades de la CIF, correspondientes a los meses de febrero y marzo 2014.
    '98/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones III y XXXVII, 263 y 264, fracciones I, III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 57 y 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y 9, del Reglamento de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento; y en términos del oficio 122 del 10 de abril de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Único.- Tomar nota de los Informes de Actividades de la Comisión de Inversiones Financieras, correspondientes a los meses de febrero y marzo de 2014".
  • SCAP2.HCT.270814/98.P.DJ / Informes Cuantitativo y Cualitativo de los juicios laborales, correspondiente al primer semestre de 2014.
    '98/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en términos del oficio 221 del 24 de julio de 2014, signado por el Titular de la Dirección Jurídica, toma nota de los Informes cuantitativo y cualitativo de juicios laborales, correspondientes al primer semestre de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en los Acuerdos 147/92, punto IV; 398/97, parte final y punto Primero del diverso ACDO.SA2.HCT.300311/99.P.DJ, dictados en sesiones del 22 de abril de 1992, 20 de agosto de 1997 y 30 de marzo de 2011, respectivamente".
  • SCAP2.HCT.270814/99.P.DJ / Informe de avances obtenidos en el abatimiento de juicios laborales, con base en el Convenio de Colaboración entre la PROFEDET, JFCYA y el IMSS, correspondiente al primer semestre de 2014.
    '99/2014 / 27 de Agosto de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del IMSS; y en términos del oficio 221 del 24 de julio de 2014, signado por el Titular de la Dirección Jurídica, toma nota del Informe de avances obtenidos en el abatimiento de juicios laborales, con base en el Convenio de Colaboración entre la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y el Instituto Mexicano del Seguro Social, correspondiente al primer semestre de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano de Gobierno en los Acuerdos 218/2001 y punto Primero del ACDO.SA2.HCT.300311/100.P.DJ, dictados en sesiones del 16 de mayo de 2001 y 30 de marzo de 2011, respectivamente".
  • ACDO.SA2.HCT.290414/99.P.DJ / Se autoriza enajenar, a título oneroso y mediante el procedimiento de adjudicación directa en favor del Gobierno del Estado de Campeche, una fracción de predio, sin uso institucional, ubicado en el municipio de Campeche, en dicha entidad.
    '99/2014 / 29 de Abril de 2014
    “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracciones V y XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 116, 117 segundo párrafo, y Décimo Cuarto Transitorio, de la Ley General de Bienes Nacionales; 31, fracciones XV, XVI y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y conforme al planteamiento que hace el Director General por conducto del Director Jurídico, mediante oficio 105 del 14 de abril de 2014, Acuerda: Primero.- Autorizar al Director General para que, por conducto del Titular de la Delegación Estatal del IMSS en Campeche, enajene a título oneroso y mediante el procedimiento de adjudicación directa en favor del Gobierno del Estado de Campeche, una fracción con superficie de 24.96 metros cuadrados, sin uso institucional, del predio ubicado en Avenida María Lavalle Urbina número 4-A, por Avenida Fundadores y calle Francisco Field Jurado, en el área denominada ‘Ah-Kim-Pech’, Sector Fundadores, municipio de Campeche, Estado de Campeche, cuyos linderos y colindancias se indican en el plano de levantamiento topográfico del mes de enero de 2014. Segundo.- Instruir a las Direcciones de Finanzas y de Administración, a fin de considerar como valor mínimo de enajenación del terreno señalado en el punto Primero de este Acuerdo, la cantidad de $128,510.00 (CIENTO VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS DIEZ PESOS 00/100 M.N.), según dictamen con número genérico G-3560-ZND y número secuencial 04-14-29, del 12 de febrero de 2014, emitido por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN). Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que, en los trámites de formalización de la operación, se cumpla con lo previsto en la Ley General de Bienes Nacionales y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Cuarto.- Los gastos y honorarios que se generen con motivo de la enajenación del inmueble, serán por cuenta del adquirente".