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Criterios de pago establecidos en la Ley del Seguro Social
Riesgos de trabajo
100% último salario registrado en el IMSS
Requisitos:
Estar calificado como riesgo de trabajo en el formato ST-1 y original del certificado de incapacidad
Los periodos duplicados se descuentan
Límite de pago: 52 Semanas (364 Días)
Prescribe para su pago a los 2 años, a partir de la fecha de expedición de la incapacidad
Enfermedad General
60% del último salario registrado en el IMSS a pagar a partir del 4to. día de incapacidad, por un mismo padecimiento.
Requisitos:
4 Semanas cotizadas antes de inicio de la enfermedad y 6 semanas en los últimos 4 meses anteriores a la enfermedad para trabajadores eventuales
Los períodos duplicados se descuentan
Limite de pago: 52 semanas más 26 con prorroga médica, para el derecho al subsidio
Prescribe para su pago al año, a partir de la fecha de expedición de la incapacidad
Maternidad
100% último salario registrado en el IMSS, 42 días prenatales y 42 post natales.
Si
se excede el período prenatal, se expiden incapacidades de enlace que se pagan al 60% del último salario registrado.
Nota: Los períodos de enlace se expiden de
1 a 7 días.
Requisitos:
30 semanas cotizadas en los 12 meses anteriores al inicio de la prenatal
Que el IMSS certifique el embarazo
Que no desempeñe trabajo alguno
Los períodos duplicados se descuentan
Prescribe para su pago al año, a partir de la fecha de expedición de la incapacidad
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Última modificación: 2008/12/05 11:00 hrs. Fuente: Delegación Veracruz Nte